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    <title>Sur24</title>
    <subtitle>Todo el sur, todo el día, todos los días.</subtitle>
    <updated>2025-04-16T22:59:25+00:00</updated>
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            Dos marcas de vinagre fueron prohibidas de comercializar por la Anmat
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                <![CDATA[Redacción Sur24]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/UYP8VjoXS7xK0v_-gmyloGXeLVg=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2025/04/vinagres.webp" class="type:primaryImage" /></figure><p>La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) informó este martes que la empresa Alimentos Silva S.A. inició el retiro del mercado de varios lotes de vinagres de las marcas San Remo y Silva Sapori que no cuadraban con las disposiciones del Código Alimentario Argentino (CAA).</p><p>La decisión fue tomada tras una fiscalización realizada por la Dirección de Fiscalización, Control y Tecnología Agroindustrial del Ministerio de Producción de Mendoza.</p><p>Durante un monitoreo rutinario, se detectó que las muestras de los lotes afectados no cumplían con los artículos 1333, 1334 y 1335 del Código Alimentario Argentino, que establecen los niveles mínimos de acidez para los vinagres.</p>San Remo, una de las marcas de vinagre afectadas.Lotes afectados<p>Los productos retirados incluyen vinagres de alcohol, manzana y vino en presentaciones de 500cc, 960cc y 5000cc, con fechas de vencimiento que van desde julio de 2025 hasta agosto de 2026.</p><p>Los lotes comprometidos pertenecen tanto a la marca San Remo como a Silva Sapori, y cuentan con sus respectivos Registros Nacionales de Producto Alimenticio (RNPA).</p><p>En detalle, ANMAT informa que la empresa Alimentos Silva S.A. - RNE 02-034407 se encuentra realizando el retiro del mercado de los siguientes productos:</p><p>“Vinagre de alcohol”, marca San Remo, RNPA N° 02-595830</p><p>- LOTE 32100 - VENCIMIENTO 11/25, Contenido neto 500cc</p><p>- LOTE 21100 - VENCIMIENTO 07/26, Contenido neto 960cc</p><p>- LOTE 21100 - VENCIMIENTO 08/26, Contenido neto 5000cc</p><p>- LOTE 15600 - VENCIMIENTO 06/26, Contenido neto 500cc</p><p>“Vinagre de manzana”, marca San Remo, contenido neto 960cc, RNPA N° 02-595841</p><p>- LOTE 15502 - VENCIMIENTO 06/26</p><p>“Vinagre de vino”, marca San Remo, RNPA N° 02-595842</p><p>- LOTE 15501 - VENCIMIENTO 06/26, Contenido neto 960cc</p><p>- LOTE 15502 - VENCIMIENTO 06/26, Contenido neto 500cc</p><p>“Vinagre de alcohol”, marca Silva Sapori, contenido neto 960 cc, RNPA N° 02-712314</p><p>- LOTE 21800 - VENCIMIENTO 08/26</p><p>- LOTE 22500 - VENCIMIENTO 08/26</p><p>- LOTE 23200 - VENCIMIENTO 08/26</p><p>- LOTE 24200 - VENCIMIENTO 08/26</p><p>- LOTE 23600 - VENCIMIENTO 08/26</p><p>- LOTE 20100 - VENCIMIENTO 07/26</p><p>“Vinagre de manzana”, marca Silva Sapori, contenido neto 960cc, RNPA N° 02-712315</p><p>- LOTE 22900 - VENCIMIENTO 08/26</p><p>- LOTE 22801 - VENCIMIENTO 08/26</p><p>- LOTE 23500 - VENCIMIENTO 08/26</p><p>- LOTE 24200 - VENCIMIENTO 08/26</p><p>“Vinagre de vino”, marca Silva Sapori, contenido neto 960cc, RNPA N° 02-727237</p><p>- LOTE 19300 - VENCIMIENTO 07/26</p>Varios lotes de la marca de vinagre Silva Sapori fueron removidos del mercado.Recomendaciones para consumidores<p>La ANMAT solicita a los consumidores que posean alguno de los lotes mencionados que se comuniquen con la empresa responsable a través del correo electrónico ddd@distribuciongloball.com para coordinar la devolución del producto. Además, se insta a los comercios que aún los expendan a cesar su comercialización y contactar de inmediato a sus proveedores.</p><p>Esta medida busca proteger la salud de los ciudadanos y garantizar la seguridad alimentaria. La ANMAT continúa coordinando acciones con las autoridades sanitarias provinciales para asegurar el efectivo retiro del mercado de los productos comprometidos.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/UYP8VjoXS7xK0v_-gmyloGXeLVg=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2025/04/vinagres.webp" class="type:primaryImage" /></figure>Una fiscalización en Mendoza detectó que los productos San Remo y Silva Sapori no cumplían con el nivel de acidez total exigido por el Código Alimentario Argentino (CAA). En detalle, cuáles son los lotes retirados del mercado.]]>
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                <updated>2025-04-16T22:59:25+00:00</updated>
                <published>2025-04-16T22:56:15+00:00</published>
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            Anmat prohibió la comercialización de un vinagre de sidra de manzana
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                <![CDATA[Sur24]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/Q8rvOs_FKLF1UthDe_8V-6oxX6s=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2024/01/vinagre_anmat.webp" class="type:primaryImage" /></figure><p>A través de la Disposición 897/2024 publicada en el Boletín Oficial, la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) de Argentina prohibió la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional de un producto específico: "Vinagre de sidra de manzana, marca Made For You - Raw Food, RNE N° 05002729, RNPA N° 02007375".</p><p>La decisión se tomó luego de la detección de irregularidades en el registro y rotulado de este producto, que exhibe en su etiqueta números de Registro Nacional de Establecimiento (RNE) y Registro Nacional de Producto Alimenticio (RNPA) inexistentes.</p><p>El proceso se inició a partir de la notificación del Incidente Federal N° 3603 en el Sistema de Información de Vigilancia Alimentaria (SIVA) del Sistema de Información Federal para la Gestión del Control de los Alimentos (SIFeGA). La Dirección de Registro y Control de Alimentos de la provincia de Tierra del Fuego realizó la notificación tras una auditoría realizada por la Dirección de Bromatología de la ciudad de Ushuaia.</p>Producto prohibido por AnmatActa de inspección<p>Según actas de inspección se detectó la comercialización del producto en cuestión, el cual no cumplía con la información obligatoria en su etiqueta, como razón social, domicilio y número de lote. Además, se constató que el producto exhibía registros sanitarios inexistentes. La mercadería fue intervenida conforme a lo establecido por el artículo 14 de la Ley 18284 y el Decreto N° 2126/71.</p><p>La Dirección de Registro y Control de Alimentos de la provincia de Tierra del Fuego realizó consultas a otras jurisdicciones a través del SIFeGA para verificar la autenticidad de los registros. La Dirección de Saneamiento Ambiental y Bromatología de la provincia de Corrientes confirmó que el número de Registro Nacional de Establecimiento (RNE) N° 05002729 no se encuentra autorizado. De manera similar, la Dirección de Industrias y Productos Alimenticios (DIPA) de la provincia de Buenos Aires indicó que el número de Registro Nacional de Producto Alimenticio (RNPA) N° 02007375 también es inexistente.</p><p>Ante la gravedad de la situación y considerando que el producto se promociona en plataformas de venta en línea, se solicitó la intervención del Programa de Monitoreo y Fiscalización de Publicidad y Promoción de Productos sujetos a Vigilancia Sanitaria.</p>l producto no cumplía con la información obligatoria en su etiqueta.<p>El producto en cuestión se encuentra en infracción a diversas normativas, incluyendo el artículo 3° de la Ley 18284, el artículo 3° del Anexo II del Decreto 2126/71 y los artículos 6 bis, 13 y 155 del Código Alimentario Argentino (CAA). La falta de registro de establecimiento y de producto, junto con el rotulado falso que presenta números de RNE y RNPA inexistentes, hacen que sea considerado ilegal.</p><p>El Departamento de Rectoría en Normativa Alimentaria del INAL, en vista de la falta de garantías sobre la trazabilidad, condiciones de elaboración, calidad y inocuidad del producto, recomienda la prohibición de la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional del mencionado alimento. Esta medida se extiende también a todos aquellos productos que en sus rótulos indiquen los mismos números de RNE y RNPA.</p><p>Dado que el producto no puede ser identificado de manera fehaciente y clara como producido en un establecimiento determinado, se respalda la prohibición de su elaboración, comercialización y expendio en el territorio de la República, de acuerdo con el Artículo 9°, inciso II de la Ley 18284.</p><p>La medida sugerida recae bajo la competencia de la Anmat. Desde el organismo destacaron que la acción se enmarca en las funciones de fiscalización y control para garantizar la salud de los ciudadanos ante el consumo de productos ilegales.</p><p>Anmat by El Litoral</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/Q8rvOs_FKLF1UthDe_8V-6oxX6s=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2024/01/vinagre_anmat.webp" class="type:primaryImage" /></figure>La medida busca garantizar y proteger la salud de los consumidores. El producto no cumplía con la información obligatoria en su etiqueta.]]>
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                                <category term="nacionales" label="Nacionales" />
                <updated>2024-01-29T14:22:32+00:00</updated>
                <published>2024-01-29T14:21:25+00:00</published>
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