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    <title>Sur24</title>
    <subtitle>Todo el sur, todo el día, todos los días.</subtitle>
    <updated>2026-03-18T16:15:30+00:00</updated>
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            La Comuna de Cafferata elimina el uso de papel en su sistema tributario
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                <![CDATA[Redacción Sur24]]>
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        </author>
        
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/Q8fBpqnqZS35ZUFcaJQrS7UvJOw=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2026/01/pc.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>Desde el mes de febrero, la Comuna de Cafferata informó que inicia un proceso integral de despapelización de su sistema tributario con el fin de consolidar una gestión más moderna, ordenada y transparente. Esta transformación implica que la administración dejará de emitir cédulas físicas para las tasas urbanas y rurales, trasladando el envío de avisos y cedulones exclusivamente a la dirección electrónica proporcionada por cada contribuyente.</p>Compromiso con el medio ambiente<p>Uno de los pilares fundamentales de esta medida es el impacto ambiental concreto que genera. El objetivo de la comuna es alcanzar un ahorro superior a las 30 resmas de papel al año, lo cual equivale a evitar la tala de aproximadamente 4 árboles anualmente y reducir significativamente la generación de residuos.</p>Beneficios y facilidades&nbsp;<p>Para incentivar la adopción de este sistema, se ha establecido un beneficio económico para el contribuyente cumplidor. Aquellos que adhieran tanto a la dirección electrónica como al débito automático recibirán un 5% de descuento mensual en sus tasas urbanas y rurales.</p><p>La adhesión a este nuevo formato es simple y gratuita, y los vecinos pueden realizar el trámite a través de tres canales distintos:</p><p>• Por mensaje.</p><p>• Mediante la página web de la comuna.</p><p>• De forma presencial en las oficinas de la Comuna de Cafferata.</p><p>&nbsp;</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/Q8fBpqnqZS35ZUFcaJQrS7UvJOw=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2026/01/pc.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>A partir de febrero, las tasas urbanas y rurales se emitirán de forma digital. La iniciativa busca optimizar la gestión pública, reducir el impacto ambiental y ofrecer beneficios económicos a los contribuyentes.]]>
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                                <category term="regionales" label="Regionales" />
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                <published>2026-01-02T21:54:15+00:00</published>
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            “Trabajamos medio año para el Estado”, advierte el IARAF sobre la presión fiscal
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        <link rel="alternate" href="https://www.sur24.com.ar/noticias/trabajamos-medio-ano-para-el-estado-advierte-el-iaraf-sobre-la-presion-fiscal" type="text/html" title="“Trabajamos medio año para el Estado”, advierte el IARAF sobre la presión fiscal" />
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        <author>
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                <![CDATA[Redacción Sur24]]>
            </name>
        </author>
        
                                <content type="html" xml:base="https://www.sur24.com.ar/noticias/trabajamos-medio-ano-para-el-estado-advierte-el-iaraf-sobre-la-presion-fiscal">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/fyOrdvbprlhreAZoToDe1T8E_NU=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2024/09/impuestos_y_servicios.webp" class="type:primaryImage" /></figure><p>Los argentinos deberán trabajar entre 173 y 182 días durante 2025 solamente para cumplir con todas sus obligaciones tributarias, según el último informe del Instituto Argentino de Análisis Fiscal (IARAF). Esto significa que recién entre el 22 de junio y el 1 de julio los ciudadanos podrán empezar a generar ingresos "para sí mismos", después de haber destinado la primera mitad del año al pago de impuestos nacionales, provinciales y municipales.</p><p>Este concepto se conoce como “Día de la Independencia Tributaria”, y busca representar de manera gráfica y pedagógica la carga que el sistema impositivo argentino impone sobre los contribuyentes.</p>&nbsp;Declaraciones de Nadin Argañaraz<p>“El objetivo del indicador es visibilizar de forma sencilla cuánto del año una persona debe trabajar para cumplir con sus obligaciones tributarias, considerando todos los niveles del Estado”, explicó Nadin Argañaraz, economista y director del IARAF.</p><p>Además, agregó: “En un escenario de carga tributaria formal promedio baja, que representa el 47% del ingreso neto del contribuyente, la independencia tributaria se logra el 22 de junio. En cambio, en el caso de una presión tributaria promedio alta, cercana al 50%, ese día llega recién el 1 de julio”.</p>&nbsp;¿Qué impuestos incluye el cálculo?<p>El estudio contempla una variedad de tributos que afectan directamente al ciudadano común:</p>Impuesto a las GananciasImpuesto al Valor Agregado (IVA)Aportes y contribuciones a la seguridad socialImpuesto a los débitos y créditos bancariosImpuestos provinciales como Ingresos BrutosTasas municipales<p>En algunos casos, se incluyen también impuestos indirectos, como los gravámenes a los combustibles o al consumo.</p><p>“Cuando uno compra comida, usa el celular, carga nafta o paga servicios, está tributando. Muchos de estos impuestos están incluidos en el precio final, por eso se los percibe menos, pero están presentes y afectan el poder de compra”, advirtió Argañaraz.</p>&nbsp;Comparación internacional y eficiencia del Estado<p>Desde IARAF remarcaron que Argentina se encuentra entre los países con mayor presión tributaria relativa en comparación con los servicios que ofrece el Estado.</p><p>“El problema no es solo cuánto se paga, sino qué se recibe a cambio. En muchos países con presión tributaria similar, los contribuyentes tienen acceso a salud, educación, infraestructura y seguridad de alta calidad. En Argentina, los servicios públicos están lejos de ese estándar y hay problemas estructurales de eficiencia”, explicó el economista.</p><p>A su vez, consideró que “la falta de transparencia en el uso de los recursos públicos y la superposición de tributos en distintos niveles de gobierno generan un sistema opaco e ineficiente”.</p>&nbsp;¿Cómo impacta en la economía?<p>El informe también señala que la elevada carga impositiva desincentiva la inversión, desalienta la formalización del empleo y reduce la competitividad. “Es una presión difícil de sostener para muchos sectores productivos. En un país con alta inflación, informalidad y caída del consumo, este nivel de carga tributaria se vuelve un obstáculo”, resumió Argañaraz.</p>&nbsp;Invitación al debate<p>Por último, desde IARAF insistieron en que el “Día de la Independencia Tributaria” no es una crítica al pago de impuestos en sí, sino un llamado a reflexionar sobre la equidad, la eficiencia y la transparencia del sistema tributario argentino.</p><p>“El impuesto no es un castigo, es una herramienta de financiamiento del Estado. Pero debe ser justo, bien administrado y equilibrado. Hoy, la sociedad siente que paga mucho y recibe poco. Eso debe cambiar”, concluyó Argañaraz.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/fyOrdvbprlhreAZoToDe1T8E_NU=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2024/09/impuestos_y_servicios.webp" class="type:primaryImage" /></figure>El Instituto Argentino de Análisis Fiscal fijó entre el 22 de junio y el 1 de julio el “Día de la Independencia Tributaria” en 2025, una fecha simbólica que refleja el peso de los impuestos sobre el ingreso de los argentinos.]]>
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                                <category term="nacionales" label="Nacionales" />
                <updated>2025-06-16T15:24:36+00:00</updated>
                <published>2025-06-16T15:24:09+00:00</published>
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            A través de un amparo, Municipio seguirá cobrando servicios en la boleta de la luz
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        <author>
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                <![CDATA[Juan Franco]]>
            </name>
        </author>
        
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/oQqHDrDxoLIunqVPrNSD-L_GPqM=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2024/12/juzgado_de_san_nicolas.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>Este viernes, en su condición de juez subrogante del Juzgado Federal N° 1 de San Nicolás, Aurelio Cuello Murúa, resolvió hacer lugar a la medida cautelar (acción de amparo) solicitada por la Municipalidad de Pergamino, disponiendo la suspensión de los efectos de la Resolución 267/2024 respecto de las tasas municipales incluidas hasta la fecha en las facturas emitidas por prestadores de servicios de energía eléctrica en el ámbito municipal, por el plazo de seis meses, conforme el artículo 5 de la Ley 26.854.&nbsp;</p><p>Además, el magistrado, quien también es el responsable del Juzgado Federal de Venado Tuerto, instruyó que la prestadora de servicios de energía eléctrica “deberá identificar en forma cierta, clara y detallada el rubro tasa de alumbrado público en las facturas”.&nbsp;</p><p>Cabe recordar que la Secretaría de Comercio de la Nación emitió la citada Resolución 267/2024, a mediados de septiembre último, donde se prohíbe a las provincias y los municipios cobrar tasas o impuestos adicionales en las facturas de los servicios públicos.</p><p>Toda aquella información de los comprobantes emitidos por proveedores de bienes y servicios, “deberán referirse en forma única y exclusiva al bien o servicio contratado específicamente por el consumidor y suministrado por el proveedor, no pudiendo contener sumas o conceptos ajenos a dicho bien o servicio”, sentencia la norma que generó fuertes controversias, incluso en Venado Tuerto y otras localidades del sur-sur santafesino.</p>&nbsp;Presentación judicial<p>En el caso de la Municipalidad de Pergamino, ese disgusto se tradujo en una presentación judicial el 21 de noviembre último ante el mencionado juzgado nicoleño, solicitando la suspensión cautelar de la Resolución N° 267/2024 que prohíbe la inclusión de tasas municipales en la facturación de servicios públicos, argumentando que “esta normativa afecta directamente el sistema de recaudación municipal implementado mediante Ordenanza 9820/23 y el convenio vigente desde 2004 con la Cooperativa Eléctrica de Pergamino”. También asevera que la mencionada resolución en pugna impacta sobre su sistema de recaudación tributaria implementado mediante ordenanzas y convenios con prestadores de servicios públicos.&nbsp;</p><p>En la misma línea, el Municipio bonaerense expone en su demanda que desde 1997, mediante Ordenanza 4546/97, la Cooperativa Eléctrica Limitada Pergamino (CELP) opera como concesionaria del servicio eléctrico en el Partido de Pergamino. En este marco, el 9 de agosto de 2004 se celebró un convenio por el cual la Cooperativa se comprometió a incluir en la facturación de sus usuarios y percibir en representación del municipio, la tasa por prestación del servicio de Alumbrado Público, de acuerdo con la Ordenanza Fiscal e Impositiva vigente, recibiendo una contraprestación económica por esta gestión. Este sistema, sostiene, se adecua a los parámetros legales establecidos en la ley provincial 10.740 y el Marco Regulatorio Eléctrico Provincial (ley 11.769).</p>Ingreso sustancial<p>En su planteo, las autoridades políticas pergaminenses destacan que la recaudación por este concepto representa un “ingreso sustancial para el municipio”, ascendiendo a $3.063.315.633,73 entre enero y noviembre de 2024, con una proyección anual de $5.427.126.000 para 2025. Y manifiestan que la tarea que realiza el ente prestador optimiza enormemente la recaudación, alcanzando una efectividad superior al 97%. También advierten que el desdoblamiento de la facturación implicaría una considerable merma en la percepción del tributo.&nbsp;</p><p>En referencia a la Resolución 267/2024, publicada el 11 de septiembre último, la cual establece que la información en los comprobantes emitidos por prestadores de servicios debe referirse exclusivamente al servicio contratado, sin poder contener conceptos ajenos, dio lugar a la Dirección Nacional de Defensa del Consumidor a imputar a la Cooperativa por presunta infracción a esta resolución, ordenándole abstenerse de continuar facturando conceptos ajenos al servicio.&nbsp;</p><p>En tanto, la Municipalidad argumenta que la aplicación de esta normativa afectaría gravemente el funcionamiento del sistema de alumbrado público, comprometería el funcionamiento de edificios municipales, centros de desarrollo infantil, el sistema de monitoreo de seguridad y otros servicios esenciales. Y sostiene que la resolución excede el marco regulatorio de la Ley 24.240 al interferir en competencias municipales constitucionalmente reconocidas.&nbsp;</p><p>Por su parte, el Estado Nacional, al producir el informe previsto en el artículo 4° de la Ley 26.854, argumenta que la Municipalidad carece de legitimación activa para cuestionar la resolución, ya que esta está dirigida a regular la conducta de los prestadores de servicios públicos y no interfiere directamente con las potestades tributarias municipales. Y añade que no existe una prohibición de percibir tasas, sino una regulación sobre el modo de facturación que busca garantizar transparencia y evitar que la falta de pago de conceptos ajenos al servicio pueda derivar en su interrupción.&nbsp;</p>&nbsp;Los argumentos<p>En sus argumentos, en orden a la verosimilitud del derecho invocado, el juez Cuello Murúa interpreta que la Resolución 267/2024, "al prohibir absolutamente la facturación conjunta e incluir la tasa por alumbrado público, invadiría la autonomía municipal constitucionalmente reconocida, y el consecuente derecho a obtener medios de subsistencia, potestad que debe manejarse con total independencia y sin intervenciones de otros poderes del Estado”.</p>Aurelio Cuello Murúa, juez subrogante del Juzgado Federal de San Nicolás.<p>Asimismo, a los efectos de acreditar el peligro en la demora, escenario imprescindible para conceder una medida cautelar de estas características, el magistrado sostiene que “este requisito se encuentra configurado en especial por el impacto económico inmediato que tendría la resolución del Gobierno nacional, ya que afectaría de manera directa la percepción de recursos esenciales para el funcionamiento municipal, comprometiendo la prestación de servicios básicos a la comunidad”. Y agrega que podría correrse el riesgo de que la desarticulación abrupta del sistema vigente afecte la continuidad de servicios esenciales que se financian con estos recursos.</p><p>Mientras tanto, dice Cuello Murúa que la suspensión cautelar preserva el interés público por cuanto mantiene el mecanismo de percepción actual, que funcionaría adecuadamente desde hace años, y garantizaría el cobro efectivo de los medios de subsistencia -tributos- necesarios para el funcionamiento municipal, además de que los recursos comprometidos financian prestaciones fundamentales para la comunidad (alumbrado público, mantenimiento de espacios públicos, etc.).</p><p>Asimismo, de esta manera se evitaría perjuicios mayores, ya que la modificación abrupta del sistema podría generar más problemas que los que pretende solucionar, afectando tanto al municipio como a los usuarios.</p><p>&nbsp;</p><p>&nbsp;</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/oQqHDrDxoLIunqVPrNSD-L_GPqM=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2024/12/juzgado_de_san_nicolas.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>El venadense Aurelio Cuello Murúa, subrogante en el Juzgado Federal de San Nicolás, hizo lugar al recurso de amparo promovido por la Municipalidad de Pergamino. Así, quedó suspendida la Resolución 267/2024 del Gobierno nacional, que impedía el cobro de tasas o impuestos adicionales en las facturas de servicios públicos.]]>
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                                <category term="regionales" label="Regionales" />
                <updated>2024-12-14T00:32:00+00:00</updated>
                <published>2024-12-14T00:31:57+00:00</published>
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            Las claves de “Ahora 30”: productos, tasas y límites
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        <link rel="alternate" href="https://www.sur24.com.ar/noticias/las-claves-de-ahora-30-productos-tasas-y-limites" type="text/html" title="Las claves de “Ahora 30”: productos, tasas y límites" />
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        <author>
            <name>
                <![CDATA[Redacción Sur24]]>
            </name>
        </author>
        
                                <content type="html" xml:base="https://www.sur24.com.ar/noticias/las-claves-de-ahora-30-productos-tasas-y-limites">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/bpDv8KtsbWaeCQyVIF9wngMv_Xo=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2022/10/ahora-30.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>
<p>En las primeras horas de iniciado el Programa Ahora 30 las grandes cadenas de electrodomésticos salieron al mercado con sus respectivas promociones al tiempo que desde las pymes comerciales esperan que el beneficio también alcance al sector.</p>


<p>El programa de fomento al consumo permitirá acceder a celulares, electrodomésticos de línea blanca, aires acondicionados.</p>


<p>Según dijo el ministro de Economía, Sergio Massa, “el objetivo principal es fomentar el consumo, al mismo tiempo de incentivar el cuidado energético”.</p>


<p>En ese sentido, remarcó que además de enfocarse en dinamizar la economía, el programa tiene como otro de sus ejes el cuidado energético.</p>


<p>“Si cada argentino cambiara su aire acondicionado por este tipo, nos ahorraríamos un mes de la cuota argentina”, señaló.</p>


<p>Al respecto, indicó: “El esfuerzo que le pedimos a la gente de ahorro lo tenemos que acompañar con darle acceso por financiamiento con tasa fija de 48% anual y cuota fija a este tipo de electrodomésticos para ahorrar energía”.</p>


<p>En ese sentido, Massa destacó: “Es un objetivo que tenemos que recorrer y lo vemos en el mundo. Va a tener un fuerte impacto en la economía”.</p>

<p>&nbsp;</p>
Puntos principales

<p>Se trata de un programa de fomento al consumo, impulsado por el ministro de economía Sergio Massa, que incluye un congelamiento de precios por 90 días de productos como heladeras, lavarropas, celulares, televisores y equipos de aire acondicionado de bajo consumo, todos de producción nacional.</p>



 El límite del valor de venta de los productos será de $200.000, con un tope máximo de precio cupón, es decir, incluidos los intereses, de 400 mil pesos.




Se podrá financiar la compra de artículos como: aires acondicionados con tecnología “inverter”, lavarropas, heladeras, televisores de 50 o más pulgadas con resolución 4K y celulares 4G de gama baja y media, todos de producción nacional.




Los artículos incluidos en el programa contarán con un cartel o rótulo que marca que están alcanzados, para que el consumidor pueda identificarlos, tanto en el local (presencial) como en las páginas de venta online.




 La tasa de financiamiento será del 48%, casi la mitad de la actual en el sistema financiero para el pago de resúmenes de tarjetas de crédito, que es de 83% Tasa Efectiva Anual (TEA).




Los proveedores y comercios adheridos podrán elegir cobrar las operaciones realizadas con tarjeta de crédito en un plazo de 60 días corridos con una tasa máxima de descuento de 37,79% o de hasta diez días con una tasa máxima de 41,31%.


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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/bpDv8KtsbWaeCQyVIF9wngMv_Xo=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2022/10/ahora-30.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>En las primeras horas de iniciado el Programa Ahora 30 las grandes cadenas de electrodomésticos salieron al mercado con sus respectivas promociones al...]]>
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                <updated>2022-10-24T13:06:11+00:00</updated>
                <published>2022-10-24T13:05:40+00:00</published>
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