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    <title>Sur24</title>
    <subtitle>Todo el sur, todo el día, todos los días.</subtitle>
    <updated>2023-10-11T13:04:33+00:00</updated>
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            Devolución del IVA: la importancia de comprar en comercios habilitados
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/lnzBUzU1y0tdehA5ydG1AVY2sd8=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2023/10/compre_sin_iva.webp" class="type:primaryImage" /></figure><p>El Programa Compre sin IVA que devuelve el 21 por ciento de las compras de productos de la canasta básica que se realizan con tarjeta de débito, transferencias o pagos con códigos QR, está destinada a gran parte de la población que cumpla con determinados requisitos, siempre que se realicen en comercios registrados.</p><p>Si bien los negocios no deben estar adheridos al programa bajo ningún trámite específico, sí es necesario que se encuentren registrados en alguna de las 25 nomenclaturas de actividades económicas, incluyendo mayoristas, hipermercados, supermercados, minimercados, fiambrerías, almacenes, dietéticas, carnicerías, pescaderías, verdulerías, mercados y puestos móviles, comercios alimenticios especializados, farmacias y perfumerías.</p><p>De no efectuarse la compra en un comercio debidamente habilitado por AFIP, no se podrá concretar el reintegro, al igual que si se usan otros medios de pago que están excluidos del programa, como las compras en efectivo o con tarjeta de crédito.</p><p>El reintegro del IVA se realiza a las 48 horas de efectuada la compra, sin necesidad de un trámite específico. El beneficiario sabrá que tuvo la devolución del 21 por ciento de las compras realizadas porque en los movimientos de su cuenta bancaria aparecerá la leyenda “Reintegro programa Compre sin IVA”.</p><p>La compra debe efectuarse en un comercio debidamente habilitado por AFIP</p>Cómo consultar si me reintegran el IVA<p>El sitio oficial de AFIP puso a disposición una sección en la que el usuario puede ingresar sus datos personales y así conocer si se le hará la devolución del IVA por las compras que realice en los productos de la canasta básica.</p><p>Para ello se deben seguir los siguientes pasos:</p><p>-Ingresar al sitio web de la AFIP.</p><p>-Escribir el número de CUIT del interesado, sin guiones ni puntos</p><p>-Completar el código de seguridad alfanumérico que arroja el sistema</p><p>-Hacer click en el botón consultar</p><p>El reintegro del IVA se realiza a las 48 horas de efectuada la compra.</p><p>-Cuál es el plazo de reintegro del IVA, según la hora de compra</p><p>-El beneficiario debe hacer una compra con tarjeta de débito o a través de pagos con débito con códigos QR, y el monto del IVA se acreditará directamente en la caja de ahorro de la persona en 48 horas (dentro de las 24 horas para las compras realizadas entre las 0:00 y las 17 del mismo día, y dentro de las 48 horas para las realizadas después de las 17 horas).</p>Dónde reclamar si no me devuelven el IVA<p>Consultá el formulario de la AFIP para saber si te corresponde la devolución del IVA</p><p>Este beneficio está dirigido a los monotributistas, jubilados y pensionados, beneficiarios de pensiones por fallecimiento y no contributivas nacionales, titulares de la Asignación Universal por Hijo (AUH) y de las asignaciones por embarazo, trabajadores que cobren hasta $708.000 y empleados de casas particulares.</p><p>La posibilidad de recibir la devolución del IVA tiene un tope mensual por persona de $18.800 y se realiza de manera automática a los consumidores que cumplan con las condiciones nombradas y que hayan realizado su compra en alguno de los comercios que estén inscriptos en el sitio de AFIP (Administración Federal de los Ingresos Públicos).</p>&nbsp;<p>&nbsp;</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/lnzBUzU1y0tdehA5ydG1AVY2sd8=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2023/10/compre_sin_iva.webp" class="type:primaryImage" /></figure>De no efectuarse la compra en un comercio debidamente habilitado por AFIP, no se podrá concretar el reintegro.]]>
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                                <category term="nacionales" label="Nacionales" />
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                <published>2023-10-11T13:00:07+00:00</published>
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            Compre sin IVA: cómo saber si recibirás la devolución de 18.800 pesos
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/SIN-u1WvWnWJjw9uUUVqqTCe8-A=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2023/05/Inflacionn.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) instrumentó el programa “Compre sin IVA” para la devolución del Impuesto al Valor Agregado en la compra de productos de la canasta básica. Y en su primer día de vigencia lanzó, además, una web para que los potenciales beneficiario puedan corroborar si van a recibir el reintegro.</p><p>La medida, establecida mediante la Resolución General N°5418/2023 publicada este lunes en el Boletín Oficial, beneficiará a más de 20 millones de personas. A partir de esta norma, trabajadores y trabajadoras que cobren salarios de hasta $708.000, monotributistas, jubilados y pensionados que perciban hasta seis haberes mínimos, y titulares de la Asignación Universal por Hijo (AUH), Tarjeta Alimentar o Potenciar Trabajo, recibirán el equivalente al 21% de sus gastos realizados con tarjeta de débito en bienes de primera necesidad.</p><p>El programa rige para todos los rubros de alimentos y bebidas e higiene personal, con un tope mensual por persona de $18.800, que se identificará según el CUIL o CUIT. El monto se acreditará en la cuenta bancaria del contribuyente a las 48 horas de realizada la operación. Cabe destacar que no habrá necesidad de realizar ningún tipo de trámite, ya que se activa de manera automática.</p>¿Cómo saber si voy a recibir la devolución de IVA?<p>La AFIP puso en funcionamiento una web que permite saber si una persona está alcanzada por el beneficio de Compre sin IVA. Se puede llegar a la misma googleando “Compre sin IVA - AFIP” y luego haciendo click en “nómina de personas beneficiarias del régimen de reintegros” o directamente ingresando al link https://servicioscf.afip.gob.ar/publico/reintegro/consulta.aspx</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/SIN-u1WvWnWJjw9uUUVqqTCe8-A=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2023/05/Inflacionn.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>Beneficiará a un universo de 20 millones de consumidores. Verificá si estás en el padrón de beneficiados.]]>
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                                <category term="nacionales" label="Nacionales" />
                <updated>2023-09-18T18:45:22+00:00</updated>
                <published>2023-09-18T18:37:38+00:00</published>
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            Por defraudación condenaron al director de una reconocida empresa de agroalimentos
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/4SIHqgIg-oyhxCb_G_SgxJ78CkE=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2022/12/empresa-agroalimentos.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>

Juliano Salierno



<p>El Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Santa Fe condenó al presidente del directorio de la firma Yeruvá SA de la ciudad de Esperanza, por haber defraudado al fisco en los reintegros del IVA por exportación entre 2006 y 2009, lo cual fuera denunciado en 2012 por la AFIP-DGI.</p>


<p>La sentencia, publicada este martes por el Centro de Información Judicial (CIJ) y firmada por el camarista Luciano Lauría, impone un año de prisión en suspenso y el cumplimiento de reglas de conducta por el doble de tiempo para Juan Miguel Requena (72).</p>


<p>El TOF declaró al industrial oriundo de Córdoba, pero radicado en Esperanza, como autor del delito de “obtención fraudulenta de beneficios fiscales” (art. 4° de ley 24.769 y 45 del Código Penal), en el marco de un juicio abreviado alcanzado entre la Fiscal Auxiliar Jimena Caula y el abogado defensor Leandro Corti.</p>


<p>En los considerandos del fallo, el magistrado sostuvo que “se encuentra probado que la firma Yeruvá SA, obtuvo fraudulentamente beneficios fiscales consistentes en reintegros de IVA por exportación en perjuicio del Fisco Nacional”. Además, explicó que la maniobra se concretó “a través de la presentación de declaraciones juradas engañosas en relación al impuesto al valor agregado (IVA), aumentando en forma maliciosa su crédito fiscal, valiéndose para ello de proveedores apócrifos, en los períodos fiscales 2006, 2007, 2008 y 2009”.</p>


Denuncia de AFIP


<p>La investigación comenzó hace ya más de una década, cuando el 29 de marzo de 2012, el jefe interino de la sección Penal Tributaria de la delegación Santa Fe de Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP-DGI) radicó la denuncia penal ante el Juzgado Federal Nº 1 de Santa Fe.</p>


<p>Allí se tomaron las primeras declaraciones testimoniales a los contadores de AFIP, se solicitaron informe del Registro Público de Comercio y le recibieron declaración indagatoria al director Requena, que fue procesado el 28 de agosto de 2015 por el delito por el cual resultó condenado y sobreseído por el cargo de “aprovechamiento indebido de subsidio”.</p>


“Se encuentra probado que la firma Yeruvá SA, obtuvo fraudulentamente beneficios fiscales por exportación en perjuicio del Fisco Nacional”, sostuvo el juez Luciano Lauría. Crédito: Luis Cetraro.</p>



<p>Hacia fines de 2015 la defensa de Requena interpuso un recurso de “excepción de falta de acción y cosa juzgada” que fue rechazado en primera instancia y en la Sala A de la Cámara Federal de Apelaciones de Rosario en 2017, para finalmente ser elevada la causa a juicio.</p>


Agroalimentos


<p>Yeruvá SA es una empresa líder cuya actividad principal es la elaboración de productos alimenticios para la nutrición animal como la humana, pero también destinados a las industrias químicas, agroquímicas, cosméticas, entre otras.</p>


<p>En el ejercicio de dichos negocios fue que se le reprochó a Requena, como su director, haber obtenido “de modo fraudulento, en 8 oportunidades reconocimientos y/o autorizaciones para gozar reintegros de IVA por exportación, de los cuales aprovechó en forma indebida en los ejercicios fiscales 2006 (por $ 168.407,29), 2007 (por 43.680,71), 2008 (por $ 78,723,81) y 2009 (por $ 152.930,26), ya sea cobrándolos de manera efectiva o utilizándolos para compensar diferentes deudas que mantenía con el organismo recaudador”.</p>


<p>El juez Lauría valoró como prueba “el contenido de los libros de IVA Compras de los ejercicios fiscales 2005 y 2006, de los cuales surge la utilización de proveedores apócrifos por parte de la firma denunciada para abultar sus créditos fiscales”.</p>


“Prueba suficiente”


<p>Además, señaló el magistrado que “las pruebas existentes son suficientes para señalar a Juan Miguel Requena como responsable de las obtenciones fraudulentas de beneficios fiscales analizadas” puesto que “el nombrado, al momento del hecho, se desempeñaba en el cargo de presidente de la sociedad denunciada, representándola en todos sus actos legales y actuando en su nombre”.</p>


<p>Por último, se puso de resalto que “en este caso mediante la obtención del &#8216;reconocimiento del beneficio fiscal&#8217; su autor no ha logrado todavía perjudicar patrimonialmente al sistema de recaudación tributaria o de realización de subsidios, sin perjuicio de que luego de obtenido ese reconocimiento, resulta evidente el peligro de que aquellas situaciones se sucedan”.</p>

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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/4SIHqgIg-oyhxCb_G_SgxJ78CkE=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2022/12/empresa-agroalimentos.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>Juliano SaliernoEl Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Santa Fe condenó al presidente del directorio de la firma Yeruvá SA de la ciudad de Esperan...]]>
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                <updated>2022-12-02T21:03:29+00:00</updated>
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