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    <title>Sur24</title>
    <subtitle>Todo el sur, todo el día, todos los días.</subtitle>
    <updated>2025-01-01T13:04:51+00:00</updated>
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            Entró en vigencia la receta electrónica: todo sobre el nuevo sistema
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                <![CDATA[Redacción Sur24]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/GhTZ-yfk89zeZkBxa2EKEFOX2XY=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2025/01/receta_electronica.webp" class="type:primaryImage" /></figure><p>Desde este 1 de enero de 2025, comienza a funcionar en todo el país la receta electrónica, que reemplaza por completo a las recetas médicas en papel. Esta medida busca mejorar la eficiencia, seguridad y trazabilidad en la prescripción de medicamentos, además de facilitar la interacción entre pacientes, médicos y farmacias.</p><p>La implementación de este sistema fue establecida por la Ley Nacional de Recetas Electrónicas (Nº 27.553), reglamentada el 1 de julio de 2024. Desde entonces, hubo un plazo de 180 días para que se adecuaran las plataformas digitales y los repositorios que almacenarán las recetas. Ese período culminó el 31 de diciembre pasado, y ahora el sistema es obligatorio en todo el territorio nacional.</p>Se implementa mediante la Ley 27.553 de Recetas Electrónicas o Digitales.Cómo funciona la receta electrónica<p>A partir de este miércoles, los médicos y profesionales de la salud emitirán recetas exclusivamente a través de plataformas registradas en el Registro Nacional de Plataformas Digitales Sanitarias (ReNaPDiS). Esto significa que las recetas en papel ya no son válidas, salvo en situaciones excepcionales, como en zonas sin conectividad o en caso de interrupciones tecnológicas.</p><p>Las recetas digitales incluyen información detallada que asegura su validez y transparencia. Según la normativa, deben contener:</p><p>• Datos del médico o profesional: nombre, matrícula, profesión, especialidad y domicilio.</p><p>• Identificación del paciente: nombre, DNI, fecha de nacimiento, sexo y, en su caso, datos de la obra social o prepaga.</p><p>• Descripción del medicamento: nombre genérico, presentación, forma farmacéutica, cantidad de unidades y, de forma opcional, el nombre comercial sugerido.</p><p>• Otros datos esenciales: diagnóstico, fecha de emisión y firma digital del profesional.</p>El Ministerio de Salud asegura que este cambio refuerza la trazabilidad de los medicamentos y protege los derechos de los pacientes<p>Los pacientes podrán retirar sus medicamentos presentando su DNI y/o credencial de obra social o prepaga en la farmacia. Las plataformas digitales se encargan de almacenar las recetas en repositorios virtuales y actúan como puente entre médicos y farmacias. Esto permite a las farmacias acceder a las recetas para su dispensa de forma ágil y segura.</p>Qué garantiza el nuevo sistema<p>El Ministerio de Salud asegura que este cambio refuerza la trazabilidad de los medicamentos y protege los derechos de los pacientes. Los repositorios que almacenan las recetas deben cumplir con altos estándares de seguridad para garantizar la disponibilidad y resguardo de la información. Además, cuentan con sistemas de respaldo para prevenir la pérdida de datos en caso de fallas.</p><p>Por otro lado, las plataformas digitales verifican que los profesionales de la salud estén registrados en la Red Federal de Registros de Profesionales de la Salud (REFEPS), integrada en el Sistema Integrado de Información Sanitaria Argentino (SISA). Esto asegura que solo profesionales habilitados puedan emitir recetas.</p>Excepciones a la norma<p>Aunque la receta electrónica es ahora la norma, hay algunas situaciones en las que se podrá seguir utilizando la receta en papel. Estas excepciones incluyen:</p><p>• Regiones con dificultades de conectividad.</p><p>• Casos de interrupciones temporales del sistema digital.</p><p>• Recetas emitidas antes del 31 de diciembre de 2024, siempre que estén dentro de su período de validez.</p>Más información<p>El listado de plataformas digitales aprobadas por el ReNaPDiS está disponible en el sitio web del Ministerio de Salud. Ahí también se pueden consultar los pasos para acceder a las recetas electrónicas y más detalles sobre el sistema.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/GhTZ-yfk89zeZkBxa2EKEFOX2XY=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2025/01/receta_electronica.webp" class="type:primaryImage" /></figure>Hubo un plazo de 180 días para que se adecuaran las plataformas digitales y los repositorios que almacenarán las recetas]]>
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                                <category term="nacionales" label="Nacionales" />
                <updated>2025-01-01T13:04:51+00:00</updated>
                <published>2025-01-01T13:03:44+00:00</published>
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            Transición a recetas electrónicas: los cambios a implementar desde el próximo lunes
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                <![CDATA[Redacción Sur24]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/nggo8jklklO9PY9t1X6og8NOECg=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2024/01/farmacias.webp" class="type:primaryImage" /></figure><p>Elizabeth Maier</p><p>A partir del próximo 1 de julio (el lunes que viene) las recetas médicas deberán comenzar la transición de las manuscritas a las electrónicas, según lo establecido en el decreto 345/2024 publicado en el Boletín Oficial a fines de abril. Se trata de una adecuación de la reglamentación de la ley 27.553 (de 2020). La medida afecta tanto a la prescripción de medicamentos como a las órdenes de estudios y prácticas.</p><p>“La receta electrónica y/o digital es el medio obligatorio para la prescripción de medicamentos, órdenes de estudios, prácticas y cualquier otra indicación que los profesionales de la salud consideren pertinentes para sus pacientes, en todo el territorio de la República Argentina, en la medida en que las jurisdicciones locales adhieran”, precisa el texto del decreto. De momento, ambos formatos son válidos. Pero la implementación contempla un plazo de adhesión de 180 días, hasta diciembre de este año.</p><p>De todas maneras, la receta en papel se seguirá usando cuando la nueva modalidad no esté accesible, por ejemplo, en zonas de difícil acceso o sin conectividad, según afirmaron fuentes del Ministerio de Salud de la Nación a Infobae.</p>Las recetas médicas deberán comenzar la transición de las manuscritas a las electrónicas.<p>Romina Takesya (@farmaceutica_ro en Instagram) es farmacéutica y divulga en redes sociales sobre buenas prácticas sobre el consumo de medicamentos. “En principio debemos aclarar que si bien a partir del 1 de julio comienza a regir la reglamentación, esto no va a afectar al paciente, ya que tenemos 180 días para su adecuación. Muchos prescriptores ya trabajan con este formato”, asegura en diálogo con El Litoral.</p><p>Además, contextualiza que “desde la pandemia venimos implementando el uso de recetas electrónicas, el WhatsApp y ya estamos acostumbrados a adaptarnos a las circunstancias, creo que la pandemia fue la prueba de fuego. Lo veo como un cambio positivo, esto va a ayudar a los farmacéuticos en cuanto a una mayor legibilidad de la receta y así evitar errores en la prescripción”.</p><p>Sobre los beneficios del cambio, Takesya opina: “Como va a tener un único código que va a verificar la autenticidad, se evitará la adulteración de recetas. Ya lo vemos actualmente que mejora la calidad en la prestación de servicios de salud, es más ágil. Facilita la identificación de los profesionales que prescriben medicamentos, ya que muchas veces los sellos no son legibles. Si está todo registrado va a permitir un seguimiento del tratamiento de los pacientes, de esta manera colaboramos con la trazabilidad de medicamentos hasta su entrega”.</p><p>Finalmente, recomienda: “Que esté bien escrito el nombre y apellido del paciente, los datos de la obra social. Que el medicamento que le prescriban tenga el nombre del principio activo, con la forma farmacéutica y la cantidad”.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/nggo8jklklO9PY9t1X6og8NOECg=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2024/01/farmacias.webp" class="type:primaryImage" /></figure>La farmacéutica y divulgadora Romina Takesya aclara que "tenemos 180 días para su adecuación".]]>
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                                <category term="nacionales" label="Nacionales" />
                <updated>2024-06-25T00:35:09+00:00</updated>
                <published>2024-06-25T00:21:42+00:00</published>
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            Las farmacias argentinas dejarán de recibir fotos de recetas médicas por mail o WhatsApp
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/iam4SYZk1bHJC-Lhm_W2N8ikLfE=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2022/12/medicamentos-cuidados-1.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>
<p>El Gobierno argentino puso fin este lunes a una modalidad de prescripción médica adoptada en los primeros días de la pandemia. A través de la Resolución 3622/2022, publicada hoy en el Boletín oficial, el Ministerio de Salud dispuso que ya no serán válidas las fotos de las recetas médicas de papel enviadas por mail o por WhatsApp para comprar un medicamento o solicitar un tratamiento.</p>


<p></p>


<p>La norma deja sin efecto a la Resolución 696/2020, del 31 de marzo de 2020, que había permitido la prescripción “en formato de mensaje de texto o mensajes a través de aplicaciones de mensajería vía web, mail o fax”, en el marco del aislamiento social, preventivo y obligatorio (ASPO) que, por aquellos días, regía en el país.</p>


<p>De ahora en más, las recetas electrónicas o digitales válidas son las que regula la Ley 27.553, aprobada en agosto de 2020 por el Congreso de la Nación.</p>


Los cambios


<p>La resolución publicada este lunes anuló la excepción que permitía, a fin de evitar el traslado de personas en plena cuarentena y con la vacuna del COVID aún en fase de desarrollo. Ahora, la foto de la receta dejará de servir.</p>


<p>Desde la cartera que encabeza Carla Vizzotti explicaron que lo que ya no se podrá hacer es “presentar o enviar a la farmacia una foto de la receta en papel, una receta por mail, o una prescripción por WhatsApp”. Ocurre que en esas capturas “no tienen validada la firma ni la matrícula del profesional que la hace”.</p>


<p>La que sí se podrá usar es la receta digital, cuyos parámetros están establecidos por la ley ya mencionada. Esta prescripción se emite a través de un software oficial, registrado ante las autoridades sanitarias por lo que cuenta con un mecanismo de seguridad digital y trazabilidad. Dicho de otra forma, se puede saber quién la emitió, dónde fue presentada y no podrá volver a usarse a partir de su recepción en una farmacia o establecimiento sanitario.</p>


<p>La 27.553 dispone que “la prescripción y dispensación de medicamentos, y toda otra prescripción, pueden ser redactadas y firmadas a través de firmas manuscritas, electrónicas o digitales, en recetas electrónicas o digitales, en todo el territorio nacional; pueden utilizarse plataformas de teleasistencia en salud que reúnan los requisitos técnicos y legales”.</p>


<p>Por lo tanto, la derogación de la foto de la receta no implica que aquellos pacientes que más la usaban -en general, los oncológicos o con tratamiento de enfermedades crónicas no transmisibles- deban concurrir físicamente al consultorio del médico y recibir la indicación en papel, de puño y letra. Por el contrario, la receta digital emitida por el software oficial le puede llegar por correo y ser presentada ante la farmacia o centro de salud.</p>


<p>Lo que ya no se podrá hacer es “presentar o enviar a la farmacia una foto de la receta en papel, una receta por mail, o una prescripción por WhatsApp”, explicaron desde Salud.</p>


Los alcances de la legislación


<p>La Ley 27.553 indica que la prescripción de medicamentos puede realizarse en recetas electrónicas o digitales y se las puede firmar con firmas manuscritas o digitales en todo el territorio nacional.</p>


<p>La norma se aplica a las recetas o prescripciones médicas, odontológicas o de otros profesionales facultados a prescribir recetas en los ámbitos de asistencia sanitaria y de atención farmacéutica. Además, dispone que cualquier farmacia o servicios de farmacia de los establecimientos de salud deben suministrar los medicamentos prescriptos en recetas electrónicas o digitales sin objeción.</p>


<p>Si bien ya fue sancionada por el Congreso aún resta su reglamentación, es decir, cómo será la instrumentación para adecuar los sistemas electrónicos existentes para usar recetas digitales, y plataformas de teleasistencia en salud.</p>


<p>Estas recetas deben contar con la siguiente información en idioma nacional:</p>



Nombre y apellido




Profesión




Número de matrícula




Domicilio




Número telefónico y correo electrónico cuando corresponda




Solo pueden anunciarse cargos técnicos o títulos registrados en la autoridad de aplicación competente y en las condiciones que se reglamenten


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                <updated>2022-12-26T23:33:16+00:00</updated>
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