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    <title>Sur24</title>
    <subtitle>Todo el sur, todo el día, todos los días.</subtitle>
    <updated>2024-01-22T13:30:22+00:00</updated>
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            Rigen los cambios en la prescripción de medicamentos y su comercialización
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                <![CDATA[Sur24]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/77AO5_2ee4l9wr5X9s9FkdPtlMY=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2024/01/medicamentos_farmacias.webp" class="type:primaryImage" /></figure><p>Los médicos deberán consignar el nombre genérico o denominación común internacional en la receta, aunque también podrán sugerir una marca comercial que el farmacéutico podrá sustituir por otra de menor precio a pedido del consumidor, según estableció el Gobierno a través de un decreto publicado en el Boletín Oficial, al tiempo que definió que la venta libre de medicamentos en establecimientos no habilitados como farmacias estará limitada a los antiácidos y analgésicos.</p><p>Con esta medida, publicada este lunes en el Boletín Oficial mediante el decreto 63/2024, el Poder Ejecutivo avanza en la reglamentación de los artículos concernientes al área de salud, vinculados a la prescripción de medicamentos y su comercialización que contiene el DNU 70/2023 firmado en diciembre último.</p><p>Según indicó el Ministerio de Salud, en esta nueva norma "se definen los alcances del primer decreto reglamentario, estableciendo medidas complementarias y aclaratorias para su mejor aplicación, garantizando las condiciones de seguridad sanitaria".</p>Los médicos deberán consignar el nombre genérico o denominación común internacional en la receta.Medicamentos genéricos<p>Estas medidas disponen el principio rector de facilitar la utilización de genéricos, las condiciones que facultan a los profesionales a prescribir especialidades medicinales bajo un sistema electrónico, así como para la comercialización de aquellas de venta libre fuera de farmacias, y el despacho de recetas por parte de las droguerías habilitadas.</p><p>Según detallaron fuentes de la cartera sanitaria, "en esta dirección, y como resultado del diálogo con los distintos sectores, se avanzó en la definición de las especificaciones sobre la prescripción de medicamentos y su comercialización".</p><p>&nbsp;</p><p>Según el nuevo decreto, los profesionales de la salud facultados a prescribir especialidades medicinales deberán consignar el nombre genérico o denominación común internacional del medicamento en la receta y podrán sugerir una marca comercial, mientras que el farmacéutico "tendrá la obligación, a pedido del consumidor, de sustituir la misma por una especialidad medicinal de menor precio que contenga los mismos principios activos, concentración, forma farmacéutica y similar cantidad de unidades que el prescripto".</p><p>"El farmacéutico, debidamente autorizado por la autoridad competente, es el único responsable y capacitado para la debida dispensa de especialidades medicinales que requieren recetas, como así también para su sustitución", agrega la norma.</p><p>Asimismo, el sistema de receta electrónica deberá devolver al profesional actuante la información, en caso de sustitución en farmacia, para preservar un adecuado seguimiento del tratamiento clínico del paciente.</p>Se encuentra prohibida la comercialización de las especialidades medicinales a menores de 18 añosExpendio de medicamentos<p>En cuanto al expendiendo de medicamentos en establecimientos que no sean habilitados como farmacias, que había generado reclamos por parte del sector tras la publicación del DNU 70/2023, el nuevo decreto especifica que la comercialización de medicamentos de condición de expendio de venta libre "estará limitada a los antiácidos y analgésicos".</p><p>A tales efectos, y con carácter previo a la autorización de la autoridad sanitaria correspondiente, dichos establecimientos deberán presentar la documentación que acredite su derecho sobre el inmueble, de acuerdo con la legislación vigente, y una póliza de seguro que cubra riesgos de venta de productos farmacéuticos por una suma asegurada mínima equivalente a setecientos cincuenta (750) salarios mínimos, vitales y móviles.</p><p>También, contar con un espacio para almacenar las especialidades medicinales, separado e independiente de otros productos comercializados por el establecimiento, resguardado bajo llave y que reúna las condiciones de higiene, seguridad, limpieza, amplitud, luz y ventilación adecuadas conforme las especificidades que determine la autoridad de aplicación.</p><p>&nbsp;</p>Medicamentos de venta libre<p>Por otra parte, los medicamentos de venta libre en establecimientos que no sean farmacias deberán encontrarse de modo tal que el público no pueda acceder directamente a las especialidades medicinales y fuera del alcance de los niños, debiendo ser entregados por un dependiente del establecimiento.</p><p>En tanto, la temperatura máxima del establecimiento no podrá superar los 24 grados centígrados.</p><p>El decreto publicado este lunes añade que se encuentra prohibida la comercialización de las especialidades medicinales a menores de 18 años y que queda prohibido el fraccionamiento del envase primario y secundario en todos los casos.</p><p>Según el nuevo decreto, la autoridad competente podrá establecer por vía reglamentaria otros requisitos para asegurar que las especialidades medicinales indicadas en el primer párrafo conserven inalteradas sus propiedades fisicoquímicas.</p><p>En tanto, las droguerías podrán despachar únicamente al público recetas en las que se prescriba exclusivamente medicamentos oncológicos o los de tratamientos especiales listados por la autoridad de aplicación. Así, quedará excluida de este canal la comercialización de cualquier otra especialidad medicinal.</p><p>Finalmente, en el artículo 5 del decreto se indica que la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat) podrá incorporar otros ingredientes farmacéuticos activos (IFA), como monodroga o como asociación o combinación a dosis fija para la realización de estudios de bioequivalencia/biodisponibilidad, así como establecer excepciones sobre la base de la evidencia científica y/o las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud (OMS) y la Organización Panamericana de la Salud (OPS).</p><p>Medicamentos by El Litoral</p><p>&nbsp;</p>]]>
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                                                <summary type="html">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/77AO5_2ee4l9wr5X9s9FkdPtlMY=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2024/01/medicamentos_farmacias.webp" class="type:primaryImage" /></figure>La medida publicada en el Boletín Oficial reglamenta la venta en establecimientos que no sean farmacias, medicamentos genéricos y de venta libre.]]>
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                                <category term="nacionales" label="Nacionales" />
                <updated>2024-01-22T13:30:22+00:00</updated>
                <published>2024-01-22T13:26:44+00:00</published>
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            Navidad ajustada: alternativas gastronómicas para las fiestas
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                <![CDATA[Santiago Balague]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/7jlviQXq558G4TUjmHXTpCRur44=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2023/12/navidad_1.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure><p>A pocos días de la celebración de la Noche Buena y Navidad, todavía hay familias que están definiendo el menú que prepararán para compartir durante estas jornadas tan especiales. Sin duda, este año la cuestión de los costos pasó a ser central, buscando alternativas ricas pero un poco más accesibles.</p><p>La disparada del precio de algunos alimentos, como el caso de la carne, algunas verduras y frutas, que eran tradicionales en esta fecha obligó a los vecinos a “recalcular” y pensar en otras variantes que se ajusten a sus bolsillos.</p><p>En este sentido, el chef de Venado Tuerto, Octavio Fueyo, brindó algunos consejos para lograr platos atractivos, utilizando productos que se consiguen a un mejor precio. “Tenemos que buscar alternativas que sean del agrado de nuestras familias y de paso hacer un poco de economía”, manifestó.</p>Chef venadense Octavio Fueyo.&nbsp;<p>Uno de los clásicos de esta época es el vitel toné y la primer recomendación es utilizar algún otro corte de carne vacuna que no sea peceto, como por ejemplo un chingolo, que si bien considerada de segunda calidad, al cocinarse hervida, va a quedar tierna. “Si a eso le ponemos una cebolla, una ramita de apio, hojas de laurel, un diente de ajo, vamos a lograr un sabor muy rico”, señaló, agregando que la salsa también puede modificarse, cambiando, por ejemplo, las alcaparras por aceitunas.</p><p>“Con un kilo de carne, de cualquier tipo, hervida, 50 gramos de aceituna, medio kilo de mayonesa, 200 gramos de crema de leche, un chorrito de vinagre, un poquito de mostaza, una lata de atún económico y una o dos anchoas, voy a lograr un plato rico y rendidor; además se va a poder aprovechar al día siguiente si sobra”, completó.</p>Vitel toné, un clásico de las fiestas.&nbsp;<p>Asimismo, resaltó: “Se pueden hacer comidas más sustanciosas, como una carne braseada para comer en sándwich o una torre de panqueques, porque con un huevo, 200 gramos de harina y un litro de leche o agua podemos hacer creps para ese plato”, comentó. Y añadió: “Podemos hacer ensaladas con arroz o un pollo, utilizando las pechugas para hacerlas rellenas y las patamulso para una mayonesa de ave”.</p><p>“Antes, quizá la idea era juntarse en una casa y el dueño recibía a la familia o amigos, pero hoy se utiliza más las comidas a la canasta, para pasar una linda fiesta, más económica, pero siempre recordando que lo importante es el encuentro”, indicó.</p>Ser creativos<p>“Como el argentino es creativo en diferentes aspectos, seguro también lo será en estas fiestas”, consideró Fueyo, detallando que a quienes les gusta hacer carne a la parrilla puede reemplazar el asado de vaca, el lechón o el cordero, por otros más accesible como el pollo y el cerdo.</p><p>“Ante, el lechón, el lechón arrollado, el cordero, el chivo era costumbre para muchas familias, que hoy quizás piensan en otras propuestas o alternativas”, enfatizó.</p><p>Los mismo sucede con los postres, donde un clásico era la ensalada de fruta, pero que hoy es “el más caro”, por eso se puede pensar en otras opciones como “alguna torta o tarta a base de crema, o un pionono relleno”, puntualizó.</p><p>Por último consideró que el postre se puede adornar con algunas confituras habituales en esta época. “Antes se tenía en gran cantidad y hasta se derrochaba, hoy quizás debamos cuidarnos un poco más en las cantidades, pero creo que un pan dulce va a aparecer, al igual que el turrón”, sentenció.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/7jlviQXq558G4TUjmHXTpCRur44=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2023/12/navidad_1.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure>La situación económica obliga a muchas familias a buscar alternativas ricas, consistentes y un poco más accesibles.]]>
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                                <category term="venado-tuerto" label="Venado Tuerto" />
                <updated>2023-12-22T18:34:08+00:00</updated>
                <published>2023-12-22T18:33:58+00:00</published>
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            Autorizan a las farmacias a dispensar medicamentos recetados por veterinarios
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                <![CDATA[Redacción Sur24]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/rrGcxwLm2UgrcCPhGxhGAxTro8o=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2023/04/medicamentos.webp" class="type:primaryImage" /></figure>

<p>Las farmacias podrán suministrar medicamentos recetados por veterinarios para uso en mascotas. La medida quedó confirmada a través del decreto 185/2023, publicado en el Boletín Oficial y firmado por el presidente Alberto Fernández; el jefe de gabinete, Agustín Oscar Rossi, y la ministra de Salud, Carla Vizzotti.</p>


<p>Según se explica en el documento, la medida busca “abordar la prevención y el manejo de las enfermedades que constituyen amenazas para la salud en la interfaz entre los seres humanos, los animales y el ambiente”, tomando en cuenta que “en la actualidad más de doscientas noxas llamadas zoonosis, transmisibles por animales a las personas, con elevadas tasas de morbilidad y mortalidad que representan una amenaza para la salud humana y el bienestar animal”.</p>

La medida fue respaldada por las facultades de Ciencias Veterinarias nacionales.</p>



<p>Al mismo tiempo, el documento señala que “el setenta y cinco por ciento de las enfermedades infecciosas emergentes o reemergentes humanas son de origen animal” y que “para el tratamiento y prevención de las enfermedades de los animales deben utilizarse productos veterinarios aprobados y registrados por la autoridad competente”.</p>


<p>En específico, el decreto sustituye el inciso c) del artículo 25 de la reglamentación de Ley 17.565 por el siguiente texto: “Vigilar que en la farmacia bajo su dirección sólo se acepten las recetas extendidas por las personas autorizadas por la Ley Nº 17.132 a efectuarlas, así como por todo médico veterinario matriculado y toda médica veterinaria matriculada ante la autoridad jurisdiccional competente según lo establezca la normativa vigente”.</p>

Se busca favorecer “la prevención y control de las zoonosis que amenazan la salud humana”</p>



<p>La medida fue respaldada por las facultades de Ciencias Veterinarias nacionales, las sociedades de Medicina Veterinaria y Argentina de Oncología Veterinaria y la Academia Nacional de Agronomía y Veterinaria.</p>


<p>Según se detalla en el decreto, se busca favorecer “la prevención y control de las zoonosis que amenazan la salud humana”. Las zoonosis son enfermedades transmisibles por animales a las personas, con elevadas tasas de morbilidad y mortalidad que representan una amenaza para la salud humana y el bienestar animal.</p>



<p>&nbsp;</p>
]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/rrGcxwLm2UgrcCPhGxhGAxTro8o=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2023/04/medicamentos.webp" class="type:primaryImage" /></figure>Las farmacias podrán suministrar medicamentos recetados por veterinarios para uso en mascotas. La medida quedó confirmada a través del decreto 185/202...]]>
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                <updated>2023-04-12T09:07:12+00:00</updated>
                <published>2023-04-12T09:07:12+00:00</published>
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