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    <title>Sur24</title>
    <subtitle>Todo el sur, todo el día, todos los días.</subtitle>
    <updated>2024-03-22T11:40:10+00:00</updated>
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            Anmat prohibió la comercialización de dos marcas de aceite de oliva por ser ilegales
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/06hEzVVePDhAvb89t3GEpwKGQWo=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2024/03/aceite_de_oliva.webp" class="type:primaryImage" /></figure><p>La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) emitió disposiciones prohibiendo la elaboración, fraccionamiento y comercialización de dos marcas específicas de aceite de oliva, debido a una serie de irregularidades que van desde la falta de registros sanitarios hasta la falsa rotulación.</p><p>La primera marca afectada es el "Aceite de Oliva extra virgen marca Don Luciano, Origen de Mendoza". Esta acción se inició a raíz de una consulta de un particular al Instituto Nacional de Alimentos (INAL) sobre la autenticidad del producto, que presentaba características organolépticas alteradas. Tras una investigación, se descubrió que tanto el Registro Nacional de Establecimiento (RNE) como el Registro Nacional de Producto Alimenticio (RNPA) exhibidos en el producto eran inexistentes.</p>Aceite de Oliva extra virgen Don Luciano<p>En respuesta, el Departamento Vigilancia Sanitaria y Nutricional de los Alimentos del INAL notificó el incidente a la Anmat, recomendando la prohibición de la elaboración, fraccionamiento y comercialización del producto en todo el territorio nacional y en las plataformas de venta en línea. La Anmat, en ejercicio de sus facultades conferidas por el Decreto Nº 1490/92, emitió una disposición en la que se prohíbe explícitamente la comercialización de este producto, destacando su carácter ilegal y la importancia de proteger la salud de los consumidores.</p><p>La segunda marca afectada es el "Aceite de Oliva Virgen Extra Orgánico, Selección del año, marca Salvia Morada, Delicias Artesanales", cuya genuinidad fue cuestionada por otro particular ante el INAL. Al igual que en el caso anterior, se descubrió que el producto carecía de registros de establecimiento y de producto. El Departamento Vigilancia Sanitaria y Nutricional de los Alimentos del INAL notificó el incidente a la Anmat, que emitió otra disposición prohibiendo la elaboración, fraccionamiento y comercialización de este producto.</p><p>&nbsp;</p>Aceite de oliva virgen extra Salvia Morada<p>Estas acciones de la Anmat se basan en la Ley N° 18284, el Decreto N° 2126/71 y el Código Alimentario Argentino, que establecen las regulaciones para la producción, fraccionamiento y comercialización de alimentos en Argentina. La falta de registros sanitarios, la falsa rotulación y otras irregularidades ponen en riesgo la salud de los consumidores, ya que no se pueden garantizar la trazabilidad, las condiciones de elaboración ni la calidad de estos productos.</p><p>Disposición 2719/2024 by El Litoral</p><p>Disposición 2737/2024 by El Litoral</p>]]>
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                                                <summary type="html">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/06hEzVVePDhAvb89t3GEpwKGQWo=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2024/03/aceite_de_oliva.webp" class="type:primaryImage" /></figure>Los productos podrían poner en potencial riesgo a los consumidores, debido a que no estaban registrados de manera legal.]]>
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                                <category term="nacionales" label="Nacionales" />
                <updated>2024-03-22T11:40:10+00:00</updated>
                <published>2024-03-22T11:39:43+00:00</published>
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            Anmat prohibió la comercialización de un aceite de oliva
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/C98m6M0ZY7RyboLZIShGg-qlCuo=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2023/09/aceite_de_oliva_anmat.webp" class="type:primaryImage" /></figure><p>La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) a través de la disposición 7834/2023 publicada en el Boletín Oficial, prohíbe la comercialización de un aceite de oliva bajo la marca "Colina del Rey".</p>A qué se debe la medida<p>El organismo explicó que la medida, que se basó en la falta de registros sanitarios de establecimiento y producto, así como en la falsificación de información en el etiquetado del producto. Se trata de "Aceite de oliva extra virgen, Sabor Intenso, marca Colina del Rey". El aceite, con una capacidad de 2 litros y fecha de consumo preferente antes de marzo de 2025, fue identificado como un producto ilegal por las autoridades.</p><p>El origen del problema se remonta a una consulta realizada por un particular ante el Instituto Nacional de Alimentos (INAL) con respecto a la comercialización de este producto en el mercado argentino. El INAL, a través del Sistema de Información Federal para la Gestión del Control de los Alimentos (SiFeGA), consultó a las autoridades provinciales y se descubrió que tanto el Registro Nacional de Establecimiento (RNE) como el Registro de Producto Alimenticio (RNPA) que aparecían en el etiquetado del producto eran inexistentes.</p><p>Producto prohibido por Anmat</p><p>Además, se consultó al Departamento de Higiene de los Alimentos de la provincia de Mendoza, donde el producto afirmaba tener origen, y se confirmó que el RNPA exhibido en el rótulo del producto era inexistente y que no se encontraron registros asociados a la razón social "Casanova S.A." ni a la marca "Colina del Rey".</p><p>Dado que el producto no puede ser identificado en forma fehaciente y clara en cuanto a su origen y cumplimiento de las normativas, se ha tomado la decisión de prohibir su elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional. Además, esta prohibición se extiende a las plataformas de venta en línea donde el producto se promociona.</p><p>Esta medida se enmarca en la Ley 18284 y el Código Alimentario Argentino, que buscan garantizar la seguridad y calidad de los alimentos para proteger la salud de los consumidores. La Anmat, como entidad reguladora en temas de salud y alimentos, tiene la responsabilidad de implementar y hacer cumplir estas medidas.</p><p>Colina del Rey es el producto que se prohibió</p><p>Cabe destacar que esta no es la primera vez que la empresa "Casanova S.A." se ve involucrada en una prohibición de comercialización. Anteriormente, un aceite de oliva marca "Monte del Rey", envasado por la misma empresa, fue prohibido por la Anmat en virtud de carecer de autorización de establecimiento y producto.</p>&nbsp;<p>&nbsp;</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/C98m6M0ZY7RyboLZIShGg-qlCuo=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2023/09/aceite_de_oliva_anmat.webp" class="type:primaryImage" /></figure>El organismo busca asegurar que los productos alimenticios cumplan con los estándares de calidad y seguridad establecidos por la normativa vigente.]]>
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                                <category term="nacionales" label="Nacionales" />
                <updated>2023-09-25T11:02:51+00:00</updated>
                <published>2023-09-25T10:59:58+00:00</published>
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            La Anmat prohibió un chocolate con maní y advirtió sobre las razones
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/LadHvyrpNc435Zo2PWoe4t-rFbQ=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2023/06/Chocolateconmani.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure>

<p>La Anmat (Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica) prohibió la comercialización en todo el territorio argentino y plataformas de venta en línea de una marca de chocolate con maní al tratarse de un producto “ilegal” por no presentar correctamente la información necesaria en su etiqueta, tal como los “efectos adversos” que podrían tener ciertas personas celíacas o alérgicas.</p>


<p>La Disposición 3998/2023 estableció la prohibición de la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional de los productos: “Barra de chocolate con maní, sabor chocolate con maní, libre de gluten Sin TACC, Contenido neto: 75 gr., RNE 02-041604 y RNPA en trámite, Certificado de habilitación municipal N° 21205, Calle 39 N° 1618, La Plata” y “Chocolate negro con maní, sabor chocolate con maní, libre de gluten Sin TACC, RNE/ RNPA: en trámite” en cualquier presentación, lote y fecha de vencimiento.</p>


<p>Entre las razones de la decisión señala que es por carecer de registros sanitarios, mencionar en el rotulado un número de RNE perteneciente a otra razón social y por no indicar correctamente información obligatoria en su rótulo como los alérgenos y sustancias capaces de producir reacciones adversas en individuos susceptibles. Las causas de la prohibición no terminan allí sino que además se agregan las de estar falsamente rotulados al consignar el símbolo y la leyenda “Sin T.A.C.C.”, sin estar autorizados con tal atributo.</p>


Latte Chocolate, la marca afectada</p>



<p>En su considerando, la norma explica que las actuaciones se iniciaron a raíz de una auditoría llevada a cabo por la Dirección de Bromatología y Zoonosis de la Municipalidad de Florentino Ameghino en un comercio de dicha localidad, donde detectó la comercialización de los productos los cuales no cumplirían con la normativa alimentaria vigente.</p>


<p>Fue por ello que la Dirección de Industrias y Productos Alimenticios de la provincia de Buenos Aires realizó una verificación de los registros exhibidos en el rótulo de los productos investigados que dio como resultado que tanto el Certificado de habilitación municipal N° 21205, como el número de Registro Nacional de Establecimiento mencionado pertenecen a otra razón social que no cuenta con autorización para elaborar alimentos libre de gluten; y que no hay constancia de que se haya solicitado la inscripción de los productos al Registro Nacional de Producto Alimenticio.</p>


Otro chocolate prohibido


<p>Además, determinó la prohibición de la elaboración, fraccionamiento, comercialización, conservación, transporte, expendio, exhibición, y tenencia del producto de los productos rotulados con la marca “LATTE CHOCOLATE” con “RNE N°02- 041.604″, y/o con registros de RNE y RNPA “en trámite” en todo el territorio de la provincia de Buenos Aires, por las razones antes expuestas.</p>

La Anmat prohibió un chocolate con maní y cereal.</p>



<p>Asimismo notificó el Incidente Federal, alertó a todas las bromatológicas municipales, y ordenó, en caso de verificar la comercialización del mencionado producto en su jurisdicción, se proceda al decomiso.</p>


<p>Por tratarse de productos que no pueden ser identificados en forma fehaciente y clara como producidos, elaborados y/o fraccionados en un establecimiento determinado, no podrán ser elaborados en ninguna parte del país, ni comercializados ni expendidos en el territorio de la República.</p>


<p>Concluye que a fin de proteger la salud de los ciudadanos, y en particular de la población celíaca, ante el consumo de productos ilegales, es que el Departamento de Rectoría en Normativa Alimentaria del INAL recomienda prohibir la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional de los referidos productos.</p>

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<p>&nbsp;</p>
]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/LadHvyrpNc435Zo2PWoe4t-rFbQ=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2023/06/Chocolateconmani.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure>La Anmat (Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica) prohibió la comercialización en todo el territorio argentino y plata...]]>
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                <updated>2023-06-13T08:56:33+00:00</updated>
                <published>2023-06-13T08:56:33+00:00</published>
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            Prohíben la venta de un queso cremoso por ser un riesgo para la salud
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                <![CDATA[Redacción Sur24]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/D6Pd5kbiHqxXg_iEAgu_JCou_hM=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2023/01/queso-1.webp" class="type:primaryImage" /></figure><p>[vc_row][vc_column][vc_column_text]</p>


<p>La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat) prohibió este miércoles la venta, elaboración y fraccionamiento de una marca de queso cremoso por ser confeccionado bajo “condiciones desconocidas” y, por ende, tratarse de un producto de tipo “ilegal”.</p>


<p>Según se desprende de la Disposición 519/2023, publicada en el Boletín Oficial sobre la medianoche, la Dirección General de Control de la Industria Alimenticia de la provincia de Córdoba recibió una notificación respecto de la comercialización del siguiente producto: “Queso cremoso marca Villalac”.</p>


<p>De acuerdo con la denuncia emitida, tanto el artículo como el establecimiento que lo produce no cumplirían con la normativa alimentaria vigente debido a no contar con los registros sanitarios exigidos por Anmat. Con la intención de verificar la falta, intervino el Área de Bromatología de la localidad de Villa Concepción del Tío.</p>
<p>Anmat prohibió una otra marca de aceite de oliva por distintas irregularidades</p>
<p></p>

<p>Como resultado de la investigación, se dictaminó prohibir “la elaboración, tenencia, fraccionamiento, transporte, comercialización y exposición a nivel mayorista en la República Argentina del citado producto por comercializarse con un números de registros inexistentes”. Asimismo, se emitió una alerta alimentaria.</p>


<p>Desde el organismo descentralizado, explicaron que se trata de una marca de queso cremoso “que no puede ser identificada en forma fehaciente y clara como producido, elaborado y/o fraccionado en un establecimiento determinado” y, por ende, “no podrá ser elaborado en ninguna parte del país”.</p>


<p>La medida tiene como objeto “proteger la salud de los ciudadanos ante el consumo de productos ilegales, toda vez que se trate de productos alimenticios que carecen de registro, motivo por el cual no pueden garantizarse su trazabilidad, condiciones de elaboración y calidad”.</p>
<p>Anmat prohibió la venta de un queso “tybo” santafesino</p>
<p></p>


<p>En los últimos tramos de la disposición, la Anmat resuelve: “Prohíbese la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional en cualquier presentación, lote y fecha de vencimiento del producto: Queso cremoso marca Villalac, elaborador Villalac SRL, RNE N° 04056987, RNPA N° 04003741″.</p>



<p>[/vc_column_text][/vc_column][/vc_row][vc_row][vc_column][vc_raw_html]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[/vc_raw_html][/vc_column][/vc_row]</p>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/D6Pd5kbiHqxXg_iEAgu_JCou_hM=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2023/01/queso-1.webp" class="type:primaryImage" /></figure>[vc_row][vc_column][vc_column_text]La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat) prohibió este miércoles la venta,...]]>
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                <updated>2023-01-25T10:55:17+00:00</updated>
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