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    <title>Sur24</title>
    <subtitle>Todo el sur, todo el día, todos los días.</subtitle>
    <updated>2023-11-16T11:10:48+00:00</updated>
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            La libre portación de armas es una locura
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                <![CDATA[Sur24]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/NE-itAo0nxArHzwhNfPlyJF7USw=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2023/11/revolver.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>América Latina concentra el 9% de la población mundial y es la región donde se comete el 35% de los homicidios del mundo. Las encuestas en Argentina exhiben desde hace varios años que la inseguridad es una de las demandas sociales principales. Si bien investigaciones de organizaciones internacionales como la ONU y la OEA muestran que la tasa de homicidios ubica a la Argentina dentro del grupo de países con indicadores más bajos de América Latina, no es menos cierto que la tasa de robos del país duplica la del promedio hemisférico. Esto significa que la delincuencia es un flagelo que merece suma atención.</p><p>Ante este diagnóstico aparecen falsos profetas con facilidad para expresar disparates como si fueran verdades, que se presentan como revisionistas y proponen la libre portación de armas como medida para combatir la violencia. La evidencia empírica revela que la libre portación de armas no disminuye la cantidad de homicidios. Al contrario, expone que existe una relación proporcional: a mayor cantidad de armas en la sociedad civil, mayor cantidad de muertes, ya sea por homicidios, suicidios, femicidios o accidentes.</p><p>Colombia llegó a tener una tasa de 76 homicidios cada 100 mil habitantes en su época más violenta, cuando la ciudad de Medellín era llamada la "Capital mundial del crimen" (su tasa era de 381 homicidios cada 100 mil habitantes). Hoy la tasa de Colombia bajó notoriamente, ya que es de 26 homicidios cada 100 mil habitantes. Una de las medidas que contribuyó a esta reducción de los niveles de violencia fue la prohibición de la libre portación de armas. En Bogotá esta medida también redujo la violencia. Esta decisión se mantuvo a pesar del cambio de los gobiernos nacionales.</p><p>En este mismo sentido es oportuno señalar experiencia de países como Japón, Canadá y Corea del Sur que aplican estrictos controles de armas y presentan tasas de delitos violentos bajas. En el otro extremo se ubica Estados Unidos, el país con más cantidad de armas de fuego en manos de civiles del planeta: 120 armas cada 100 personas. Argentina presenta una tasa de 7,4 armas de fuego en manos de civiles cada 100 habitantes. Está por debajo de la mayoría de los países en el ranking regional.</p><p>En Argentina rige la Ley Nacional de Armas y Explosivos, que especifica las diferentes categorías de armas de fuego que pueden ser utilizadas con ciertos permisos. Y se prohíben las automáticas para el uso de civiles. La Agencia Nacional de Materiales Controlados (ANMAC) tiene el objetivo de controlar el cumplimiento de esta ley. La tenencia es sólo para uso en establecimientos autorizados y las armas no pueden transportarse cargadas para su uso inmediato, según establece la ANMAC.</p><p>Para la portación de armas el trámite es diferente. Se trata del permiso para disponer de un arma de fuego cargada en condiciones de uso inmediato en un lugar público. Se exige ser legítimo usuario y tener registrada el arma sobre la que se solicita portación, certificado de antecedentes penales, examen psicofísico y una nota que justifique razones de seguridad y defensa por las que se solicita la portación.</p><p>Los programas de desarme como herramienta de prevención de la violencia arrojaron resultados positivos en Argentina. El Programa Nacional de Entrega Voluntaria de Armas de Fuego y Municiones, consiste en posibilitarle a la sociedad entregar de manera anónima y voluntaria armas de fuego y municiones a cambio de un estímulo económico.</p><p>La puesta en práctica de este programa permitió sacar de circulación más de 200 mil armas de fuego en el período 2007-2022. Las armas que entregan los civiles son destruidas en un horno de elevada temperatura. Lo expuesto derrumba la peligrosa fantasía que busca instalar que una sociedad armada reduce la cantidad de homicidios por el incremento del riesgo que implica para el delincuente encontrarse con una persona armada que puede defenderse y herirlo o matarlo. Las evidencias actuales refutan esta hipótesis.</p><p>Las armas deben estar en manos de instituciones que cuentan con legitimidad, legalidad e idoneidad para tenerlas y usarlas. Fomentar la proliferación de la tenencia y/o portación de armas es como echarle leña al fuego para apagarlo. Los datos son contundentes: más armas en manos de civiles significan menos seguridad. Y lo que la sociedad demanda no son más armas sino más seguridad, que es muy diferente.</p><p>(*) Director del Posgrado en Gestión de Gobierno en la Universidad de Belgrano, especializado en el Centro de Estudios Hemisféricos de Defensa de Washington.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/NE-itAo0nxArHzwhNfPlyJF7USw=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2023/11/revolver.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>Para combatir la inseguridad y la delincuencia]]>
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                                <category term="opinion" label="Opinión" />
                <updated>2023-11-16T11:10:48+00:00</updated>
                <published>2023-11-16T11:07:21+00:00</published>
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            Santa Fe: el Poder Ejecutivo promulgó la prisión preventiva por la portación de armas
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/vL6KSid6EzVgckQGbERDnvDQYtQ=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2023/07/armas.webp" class="type:primaryImage" /></figure>


Por Mario Cáffaro



<p>Con la firma del gobernador, Omar Perotti, y de la ministra de Gobierno, Justicia y Derechos Humanos, Celia Arena, el Poder Ejecutivo promulgó un agregado al artículo 221 del Código Procesal Penal de la provincia para incorporar a la figura de peligrosidad procesal al portador ilegal de armas de fuego por lo que habilita a que su detención implique el dictado de la prisión preventiva.</p>


<p>Con la publicación de la norma en el Boletín Oficial terminó un largo trámite parlamentario que demandó el paso del expediente por el máximo de instancias que prevé la Constitución provincial. La norma tuvo el fuerte empuje de las organizaciones de víctimas de Santa Fe y de Rosario que militaron el proyecto que tomó como bandera Oscar Martínez (Frente Renovador) en la Cámara de Diputados y Lisandro Enrico (UCR &#8211; General López) en el Senado. De todas maneras, hubo objeciones y advertencias especialmente en la Cámara Baja de parte de Matilde Bruera (Lealtad Kirchnerista) y, por fuera de Legislatura, de varios actores del derecho penal que advierten sobre la inconstitucionalidad del agregado al Código.</p>


<p>Diputados convirtió en ley la prisión preventiva por la portación ilegal de armas de fuego</p>
<p></p>


<p>La reforma promulgada agrega el inciso 8 al artículo 221 del CPP sobre peligrosidad procesal incorporando el siguiente texto: “la tenencia y la portación de armas de fuego, así como el uso de armas de fuego, por uno o algunos de los imputados durante la ejecución del hecho delictivo o con posterioridad para asegurar sus resultados”.</p>


<p>El Senado en dos ocasiones modificó la postura de Diputados y con el mismo propósito la Cámara Alta propuso reformar tres artículos del Código: 219, 220 y 221. Martínez, en tanto, justificó la decisión de la Cámara de Diputados al indicar que la recomendación de jueces y fiscales es optar por esa redacción ya que la propuesta por el Senado podría tornar inconstitucional a la reforma.</p>


<p>Bruera insistió en considerar un error la sanción y recordó a El Litoral que la Corte Suprema de Justicia de la Nación ya declaró inconstitucional ese tema cuando provincia de Buenos Aires lo incluyó en su código procesal penal más allá de numerosos fallos de cámaras en todo el país. “Cada vez que hay inseguridad, inventan esas cosas , que son inaplicables por inconstitucionales. La prisión preventiva, ya está legislada para todos los delitos, para los casos de peligrosidad procesal y peligrosidad procesal es obstrucción del proceso y peligro de fuga” señaló a El Litoral la legisladora que es docente universitaria y alguna vez fue defensora general en la justicia federal.</p>


<p>Martínez insistió en marcar “de que el flagelo de la inseguridad y particularmente la violencia imperante hoy en nuestra sociedad están íntimamente relacionadas con la tenencia y utilización de armas de fuego. Basta ver las crónicas policiales de estos últimos meses donde se relatan una enorme cantidad de hechos relacionados con la utilización de armas de fuego contra bienes y personas. Las balas no solo sirven para dejar mensajes mafiosos y marcas en las paredes, sino que también provocan situaciones trágicas como vemos habitualmente”. Además le recordó a El Litoral que gran parte de los fundamentos del proyecto se basaron en los números que elabora el Observatorio de Seguridad Pública provincial sobre de las personas heridas por armas de fuego de los departamentos Rosario y La Capital.</p>


<p>Portación de armas: desde 2015 los fiscales no negocian una probation</p>
<p></p>


Escribanos


<p>Con aval unánime de ambas cámaras y respaldo del Colegio de Escribanos, el Poder Ejecutivo también promulgó la ley 14.202 que modifica la Ley orgánica del Notariado santafesino. La modificación sancionada al artículo 24 otorga un beneficio especial a los llamados escribanos adjuntos para quedarse con el registro del titular (en caso de muerte, incapacidad o renuncia por jubilación), sin tener que afrontar un concurso. Para ello se establece como requisito que el peticionante acredite cinco años de antigüedad ininterrumpida en ese registro, contados desde la fecha en que autorizó la primera escritura, y no hubiera incurrido en faltas que motivaran la aplicación de medidas disciplinarias que conlleven la suspensión en el ejercicio de sus funciones.</p>


Entidades piden mantener la estabilidad fiscal


<p>El Ministerio de Economía activó en las últimas semanas las reuniones sectoriales de la Comisión de Análisis Tributario, encabezadas por el secretario de Finanzas e Ingresos Públicos, Jorge Simón, y el administrador provincial de Impuestos, Martín Avalos.</p>


<p>El objetivo de la Comisión es discutir con distintos sectores la política impositiva para el siguiente año y la práctica instaurada por la gestión de Miguel Lifschitz fue ordenada luego con fuerza de ley.</p>


<p>El sector agropecuario abrió la ronda, siguió con industria y construcción y finalizó esta semana con el comercio. Además de funcionarios y representantes de entidades, en los encuentros participan legisladores de ambas cámaras o bien asesores de ellos. Cada sector postuló sus temas pero siempre dejando en claro la defensa de la estabilidad fiscal para pymes que Santa Fe tiene desde marzo de 2018 cuando se sancionó la Ley 13.749. Esa norma, dispone, entre otras cosas adherir al régimen de estabilidad fiscal previsto en el Artículo 16 de la Ley Nacional 27264 para las micros, pequeñas y medianas empresas.</p>


<p>El sector agropecuario solicitó extender las eximiciones impositivas para los productores afectados por la sequía hasta diciembre del corriente año, la suspensión del coeficiente de convergencia que desde el inicio de la gestión se viene propiciando, como así también la posición de los grandes propietarios rurales frente al impuesto inmobiliario.</p>


<p>Con sectores de la industria y la construcción fueron abordadas cuestiones vinculadas a ambos sectores, destacándose: el tratamiento de los saldos a favor cuando se trata de contribuyentes que tienen actividades mixtas, y la posibilidad de compensar los generados en otras provincias; la atenuación de los regímenes de recaudación; la estabilidad fiscal y la necesidad de que sea extendida hasta diciembre de 2024; y cuestiones vinculadas a la industria y sus servicios complementarios.</p>


<p>Ante la construcción y la industria, los representantes del Ministerio de Economía destacaron, en relación a lo planteado respecto a los regímenes de recaudación, que desde el 2022 la provincia ha reducido la alícuota general para la realización de retenciones y percepciones pasando del 0,7% al 0,6%, y se resaltó que Santa Fe no se ha incorporado a los sistemas de recaudación SIRTAC (Sistema de Recaudación sobre Tarjetas de Crédito y Compra) y SIRCUPA (Sistema Informático de Recaudación y Control de Acreditaciones en Cuentas de Pago).</p>


<p>Respecto a la compensación de saldos a favor que las empresas puedan generar en otras provincias, las autoridades manifestaron que, tal como el ministro de Economía se comprometió en reuniones mantenidas con los sectores productivos, Santa Fe presentó un proyecto ante la Comisión Arbitral del Convenio Multilateral para modificar el Protocolo Adicional y facilitar la implementación de un sistema de clearing.</p>


<p>El comercio, representado por todas las entidades de la provincia, destacó la necesidad de que la próxima gestión prorrogue la ley de estabilidad fiscal, clave para el sector.</p>



<p>&nbsp;</p>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/vL6KSid6EzVgckQGbERDnvDQYtQ=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2023/07/armas.webp" class="type:primaryImage" /></figure>Por Mario CáffaroCon la firma del gobernador, Omar Perotti, y de la ministra de Gobierno, Justicia y Derechos Humanos, Celia Arena, el Poder Ejecutivo...]]>
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                <updated>2023-07-14T07:06:04+00:00</updated>
                <published>2023-07-14T07:06:04+00:00</published>
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            Diputados hará ley la prisión preventiva por la portación ilegal de armas de fuego
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/pWskl0aqeMy-He7O7CEUlHICpJ8=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2023/06/rnDrQPVBy_1300x655__1.webp" class="type:primaryImage" /></figure>
<p>La Cámara de Diputados de Santa Fe insistirá con la redacción de su proyecto de reforma al artículo 221 del Código Procesal Penal de la provincia para incorporar a la figura de peligrosidad procesal al portador ilegal de armas de fuego por lo que su detención implicará el dictado de la prisión preventiva.</p>


<p>La norma es fuertemente impulsada por Oscar Martínez (Frente Renovador) para quien está claro “que la tenencia y el uso de armas en el momento que se comete el hecho además de constituir o no un delito autónomo es también una demostración de la conducta que va a asumir el imputado con respecto al proceso, a los sujetos que intervienen en el mismo; si al momento de cometer el hecho elige un modo que sabe que produce en la víctima miedo no solo actual sino también a futuro es consciente de que su acción también va en procura de su impunidad. Creemos firmemente que quien porta o usa un arma deja en claro cual va a ser su accionar en el proceso y por lo tanto esa conducta habilita el dictado de la prisión preventiva como mecanismo cautelar”, le dijo a El Litoral.</p>

<p>La reforma a votar implica agregar el inciso 8 al mencionado artículo sobre peligrosidad procesal incorporando “la tenencia y la portación de armas de fuego, así como el uso de armas de fuego, por uno o algunos de los imputados durante la ejecución del hecho delictivo o con posterioridad para asegurar sus resultados”.</p>


<p>El Senado en dos ocasiones modificó la postura de Diputados y con el mismo propósito propone reformar tres artículos del Código: 219, 220 y 221. Martínez justifica la decisión que tomará hoy la Cámara de Diputados al indicar que la recomendación de jueces y fiscales es optar por esa redacción ya que la propuesta por el Senado podría tornar inconstitucional a la reforma. “El Código de procedimiento no puede regular legislación de fondo” se dice en la Comisión de Asuntos Constitucionales de la Cámara Joven que tiene el expediente para su análisis previo a llegar al recinto.</p>


<p>La reforma al Código es uno de los ocho expedientes reservados para su tratamiento preferencial este jueves en Diputados. Martínez viene insistiendo que desde la Legislatura se contribuya con el Poder Ejecutivo, con el Poder Judicial y con el Ministerio Público de la Acusación “otorgándoles herramientas para luchar contra la inseguridad. Por eso al agregar como peligrosidad procesal la tenencia de armas de fuego o la portación de armas de cualquier tipo por parte del imputado al momento de la comisión de un hecho con apariencia de delito se logra que le quepa la figura de la prisión preventiva, es decir que quien sea hallado en estas circunstancias con armas de fuego no entre por una puerta y salga por la otra como está ocurriendo actualmente,” agregó el diputado.</p>

<p>El legislador dijo estar convencido “de que el flagelo de la inseguridad y particularmente la violencia imperante hoy en nuestra sociedad están íntimamente relacionadas con la tenencia y utilización de armas de fuego. Basta ver las crónicas policiales de estos últimos meses donde se relatan una enorme cantidad de hechos relacionados con la utilización de armas de fuego contra bienes y personas. Las balas no solo sirven para dejar mensajes mafiosos y marcas en las paredes, sino que también provocan situaciones trágicas como vemos habitualmente”.</p>


<p>Martínez recordó que gran parte de los fundamentos del proyecto se basan en los números que elabora el Observatorio de Seguridad Pública provincial sobre de las personas heridas por armas de fuego de los departamentos Rosario y La Capital.</p>
<p>Mario Cáffaro</p>



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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/pWskl0aqeMy-He7O7CEUlHICpJ8=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2023/06/rnDrQPVBy_1300x655__1.webp" class="type:primaryImage" /></figure>La Cámara de Diputados de Santa Fe insistirá con la redacción de su proyecto de reforma al artículo 221 del Código Procesal Penal de la provincia para...]]>
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                <updated>2023-06-16T12:19:28+00:00</updated>
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            Ecuador: autorizan a los civiles a portar armas para combatir la inseguridad
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<p>Ecuador autorizó la tenencia y porte de armas a civiles. El presidente Guillermo Lasso anunció la medida, citando el aumento de la delincuencia y la inseguridad en el país.</p>


<p>El gobierno ha estado luchando contra el aumento de la delincuencia y la violencia en las calles y las cárceles, que el gobierno atribuye a las bandas de narcotraficantes. Cientos de presos murieron en los últimos meses tras riñas en las cárceles.</p>


<p>El asediado presidente también se enfrenta a un posible juicio político por acusaciones de malversación de fondos, acusaciones que él ha negado, luego de que el tribunal supremo diera luz verde para que las audiencias siguieran adelante.</p>


<p>“Tenemos un enemigo común: la delincuencia, el narcotráfico y el crimen organizado”, dijo Lasso en un mensaje a la nación.</p>


<p>“Vamos a combatirlos con tres nuevas medidas urgentes: Hemos modificado el decreto que permite la tenencia y el porte de armas. En términos generales (&#8230;) se autoriza la tenencia y porte de armas de uso civil para defensa personal, de acuerdo con los requisitos de ley y el reglamento”, explicó, sin dar mayores detalles.</p>


<p>A los civiles también se les permitirá llevar y usar aerosoles de gas pimienta para defensa personal, añadió Lasso.</p>


<p>El mandatario también declaró estado de excepción en Guayaquil, una ciudad portuaria del Pacífico, y en las vecinas localidades Durán y Samborondón, así como en las provincias Santa Elena y Los Ríos.</p>


<p>La medida, que entró en vigencia el domingo, incluye el toque de queda desde la 1 de la mañana hasta las 5 de la mañana.</p>


<p>“Siento, como ustedes, la preocupación de la inseguridad, para el gobierno del Ecuador, su paz y tranquilidad son vitales”, dijo Lasso, quien no especificó cuánto durarán las medidas.</p>




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                <updated>2023-04-03T08:56:50+00:00</updated>
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            Javier Milei: “Estoy a favor de la libre portación de armas” 
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/WNwOH84SjQnRzX9OBPv6FKtHtUY=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2022/05/Milei.webp" class="type:primaryImage" /></figure><p>Este jueves el diputado nacional de La Libertad Avanza por la ciudad de Buenos Aires, Javier Milei, realizó polémicas declaraciones sobre el uso libre de armas, en un contexto delicado por la masacre que se registró en Texas, Estados Unidos. </p>
<p>Durante una entrevista en vivo para un medio televisivo de Buenos Aires, Milei expresó: “Cuando prohibís el uso de armas, los delincuentes por más que se lo prohíban la usan igual”, agregando que de esta manera “aumentan los beneficios esperados y hay más delincuencia”. </p>
<p>Esta frase del libertario golpeó duro en un determinado sector debido al debate a nivel mundial que se da tras la ola de ataques ocurridos en norteamérica por parte de extremistas. </p>
<p>El último de ellos fue el más resonante, luego de que Salvador Ramos de 18 años asesinara a 21 personas, principalmente niños, en un colegio de la ciudad estadounidense de Uvalde. </p>
<p>A pesar de este punto, no sorprende la postura de Javier Milei ya que no es la primera vez que realiza declaraciones de este tipo. Se trata de uno de los ejes de su espacio político. </p>
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                <updated>2022-05-27T11:49:47+00:00</updated>
                <published>2022-05-27T11:49:47+00:00</published>
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            Portación de armas: desde 2015 los fiscales no negocian una probation
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El Litoral
Con un clima que parece favorable en general a la iniciativa del Poder Ejecutivo Provincial, al cierre de esta edición se aguardaba en la Legislatura santafesina el mensaje para la reforma del Código Procesal Penal anunciado por el gobernador Omar Perotti. Se trata de una norma que obligue a dictar la prisión preventiva para aquellos ciudadanos que sean sorprendidos con armas en cualquier lugar público y no tengan el debido permiso para portarlas.
Como se sabe, el titular de la Casa Gris hizo ese anuncio en coincidencia con el fin de semana de las elecciones nacionales de legisladores (en las que fue candidato) y pasada esa instancia vuelve la actividad a las Cámaras, donde diputados y senadores que habitualmente fijan posiciones sobre el problema de la inseguridad comienzan a mostrar sus primeras opiniones y aunque todavía no tienen el texto del proyecto de ley a debatir ya se habla sobre la idea expresada por el jefe del Estado provincial.
El Litoral consultó al Ministerio Público de la Acusación sobre las instrucciones internas que la conducción del MPA ha elaborado para los fiscales ante el delito de portación de armas, y un vocero recordó que ya existe una resolución (que pronto cumplirá seis años) que básicamente asegura que quien sea sorprendido en esa situación (haya o no delinquido) deba afrontar un juicio, sin chances de negociación con por ejemplo una probation.
Se trata de una orden impartida por el anterior fiscal general, Julio de Olazábal, que obviamente ha continuado en aplicación y data del 22 de diciembre de 2014. En ella se instruye “a todos los órganos fiscales que en los casos que importen alguna forma de tenencia o portación de uso de armas de fuego, adopten como criterio de actuación, la oposición al otorgamiento de la suspensión del juicio a prueba, salvo que el Fiscal o Fiscal Adjunto interviniente fundamente de manera expresa la excepción”, dice la resolución número 16 de aquel año.
En los considerandos se recuerda otra decisión aún más trascendente, del mismo año: la Instrucción General Nro.8, donde “se dispuso la conveniencia y la necesidad de arbitrar las medidas pertinentes para profundizar en el ámbito del Ministerio Público de la Acusación, la persecución penal estratégica de todos aquellos hechos y circunstancias que pudieran resultar de interés en orden determinar las modalidades de utilización, origen, procedencia y mecanismo de circulación de armas legales e ilegales secuestradas en el marco de investigaciones penales”.
Entre otros elementos, hace casi siete años ya se decía que “en los últimos años, se constata una proliferación y presencia significativa de armas de fuego en la comisión de delitos, lo que ha impactado en un aumento sensible del uso de la violencia que afectan a los bienes jurídicos más importantes”, es decir, la vida. La instrucción parte de considerar que una probation no es admisible en un juicio por portación ilegal de armas “teniendo en cuenta lo establecido en los artículos 1, 4, 11 inc. 2, 16 inc. 1, 32 y 33 de la Ley 13.013”. Pero ahora, de lo que se trata es de que quien ande armado y no pueda justificarlo legalmente enfrente la chance de la prisión preventiva.</p>
Opiniones en la oposición
<p>Esta mañana, el diputado provincial y ex ministro de Seguridad del gobierno anterior, Maximiliano Pullaro (UCR-Juntos por el Cambio) expresó que ya hay algunas medidas respecto del tema tomadas en el ámbito del Ministerio Público de la Acusación, que le restaría nuevos efectos prácticos (aunque no legales y judiciales) a la propuesta del Ejecutivo.
El ex precandidato a senador nacional en las Paso de esa forma relativizó otra expresión pública anterior, que parecía darle un franco apoyo a la iniciativa. En su cuenta de twitter, el funcionario del gobierno de Miguel Lifschitz (1955-2021) escribió: “La persona que porta armas de manera ilegal debería quedar detenida. Vamos a estudiar la iniciativa”.
En tanto, Lisandro Enrico (UCR-General López) otro radical que también ha sido protagonista de debates sobre la inseguridad y que años atrás planteó una fuerte reforma procesal penal para endurecer las condiciones para la excarcelación y facilitar la prisión preventiva se mostró a favor de la idea, aunque con las reservas propias del caso porque aún no ha podido ver la letra del texto que todavía no había pasado por mesa de entradas en el palacio legislativo.
“Es un mensaje todavía no hemos visto, pero conceptualmente estoy de acuerdo”, apuntaló el legislador que años atrás fue duramente criticado por algunos sectores del actual oficialismo en Diputados más afinas al llamado garantismo en la Justicia, por proponer “mano dura”, según uno de los extremos de aquel debate.
Ante otra consulta, Enrico recordó que las normas que propuso tenían “un sentido parecido” aunque con “un enfoque distinto”. Subrayó que tanto aquel debate como el que ahora parece que se instalará con el cierre del año legislativo “refieren a la prisión preventiva” y los supuestos en los que debe ser dictada.</p>
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                <updated>2021-11-18T08:04:49+00:00</updated>
                <published>2021-11-17T18:21:23+00:00</published>
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            Proponen que no sea excarcelable la portación ilegal de armas en Santa Fe
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/UqtXzOfuNC6CeyLr4pmbNFndEJQ=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2021/11/portacion.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>Mario Cáffaro
El Litoral
El Poder Ejecutivo ingresó por la Cámara de Diputados un proyecto con modificaciones parciales al Código Procesal Penal santafesino con el objetivo de evitar la excarcelación de personas detenidas por la portación ilegal de armas de fuego. “La modificación del marco legal nos permitirá acciones de prevención más fuertes en resguardo de la población”, sostuvo este martes en Rosario el gobernador al confirmar la decisión que se plasmó a última hora de la tarde. “El hombre que va armado y no tiene autorización, es porque está en acción de robo o está listo para un enfrentamiento entre bandas o para participar en una balacera. Queremos que la modificación de ese marco legal nos permita tener una acción fuerte de prevención en resguardo de la población”, acotó en mandatario en la ciudad del sur.
“Con esta iniciativa del Poder Ejecutivo, a través de la modificación del Código Procesal Penal pretende modificar la dimensión procesal de la prisión preventiva -donde la provincia tiene competencia en virtud del reparto federal de atribuciones que realiza la Constitución Nacional-, procurando que aquellos delitos que se realicen con la utilización de armas de fuego sean susceptibles de prisión preventiva, independientemente de la cuantificación en abstracto que se pueda hacer de la pena que corresponda al caso en el momento de dictarse sentencia definitiva” explica en el comienzo del mensaje.  Sabiendo la polémica que el tema suscita, agrega la introducción que “el proyecto no desconoce el principio básico constitucional de presunción de inocencia del imputado durante la sustanciación del proceso sino que, en virtud de las atribuciones que tiene el legislador, busca limitar el principio razonablemente cuando los delitos importen una lesión mayor al ordenamiento jurídico en virtud de los medios que se emplean para realizarse”.
Los artículos a modificar serían el 219 y el 220. El primero refiere a las medidas cautelares no privativas de la libertad y el segundo a la procedencia de la prisión preventiva.
En la Cámara de Diputados fue Oscar Martínez (100% Santafesino) quien propuso discutir el tema e ingresó en septiembre del año pasado un proyecto para modificar el artículo 221 que refiere a la peligrosidad procesal pero que nunca tuvo dictámenes de las comisiones. Semanas atrás pidió el tratamiento preferencial pero no tuvo apoyo del pleno del cuerpo.
El mensaje enviado a Legislatura cita legislación comparada de otras provincias argentinas e incluso de países europeos para afirmar que “en todos los casos la facultad de elegir por un mecanismo u otro es del legislador provincial que se encuentra constitucionalmente facultado para hacerlo”.
Agrega en los considerandos que “la norma propuesta es constitucionalmente posible en virtud de encontrarse dentro del marco epistemológico donde el legislador puede decidir con validez. Pero también es constitucionalmente posible en virtud de no eliminar el principio de libertad sino que se limita razonablemente en virtud de un fin constitucionalmente válido como es el de &#8216;afianzar la justicia, consolidar la paz interior, proveer a la defensa común, promover el bienestar general, y asegurar los beneficios de la libertad&#8217; y, su razonabilidad consiste en limitar el principio a una especie concreta de modalidad de perpetración de delitos que, por su gravedad, asiduidad y violencia hacia las personas queda palmariamente justificado”.
Así la propuesta del Poder Ejecutivo pasa por agregar un párrafo final al artículo 219 sobre medidas cautelares no privativas de la libertad. Ese inciso diría: “Sin perjuicio de lo establecido previamente, no procederán las medidas cautelares no privativas de la libertad cuando el hecho haya sido cometido con arma de fuego y en caso de tenencia o portación ilegítima de arma de fuego de cualquier calibre, si el imputado hubiera intentado eludir el accionar policial, evadir un operativo público de control o, de cualquier otro modo, desobedecer, resistirse o impedir el procedimiento. Siempre y cuando existan elementos de convicción suficientes para sostener su probable autoría o participación punible en el hecho”.
La otra reforma es un párrafo en el artículo 220 sobre la procedencia de la prisión preventiva.</p>
Entrevistas y asamblea
<p>Para este jueves está citada la Asamblea Legislativa para considerar los primeros catorce pliegos para jueces de primera y segunda instancia en distintos asentamientos judiciales de la provincia. Este miércoles están citados los postulados por el Poder Ejecutivo para la entrevista con los integrantes de la Comisión de Acuerdos. No obstante, la Asamblea Legislativa pasará para la semana próxima, adelantaron dos integrantes de la Comisión de Acuerdos a El Litoral. “No habrá dictámenes para la Asamblea del jueves” se señaló.</p>


Tomaremos acciones que tienen que ver con las balaceras. Tenemos un proyecto de ley para promover modificaciones legales. La persona que esté transitando con un arma de fuego sin autorización no podrá quedar en libertad. Ese delito no puede ser excarcelable”.
<p>Omar Perotti
gobernador de Santa Fe</p>
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                <updated>2021-11-17T08:57:20+00:00</updated>
                <published>2021-11-16T22:03:41+00:00</published>
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