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    <title>Sur24</title>
    <subtitle>Todo el sur, todo el día, todos los días.</subtitle>
    <updated>2026-09-29T15:41:28+00:00</updated>
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            Últimas horas para la regularización de deudas impositivas en Santa Fe
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                <![CDATA[Ivana Fux]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/mLhUOilb8Soyxjo4KszpT7xHxJs=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2026/09/deudas_impositivas.webp" class="type:primaryImage" /></figure><p>Con más de 40 mil contribuyentes adheridos hasta el momento, la Subsecretaría de Ingresos Públicos de la provincia recordó que vence este miércoles el plazo para sumarse al Plan de Regularización de Deudas impositivas en Santa Fe.</p><p>En diálogo con El Litoral, Florencio Galíndez, titular de la repartición, recordó que la medida se instrumentó "como herramienta para que los contribuyentes pudiesen poner sus impuestos al día". El programa alcanza, de hecho, a todos los tributos de emisión provincial: Patente, Inmobiliario, Sellos e Ingresos Brutos.</p><p>"El 30 de septiembre vence el plazo y ya no habrá más prórrogas -advirtió-. Hasta ese día, los santafesinos podrán adherir y regularizar su situación. La idea era brindar una financiación con tasa preferencial para aliviar la carga fiscal de quienes tuviesen esos atrasos".</p><p>El funcionario aclaró que no se trata de una moratoria; el Plan de Regularización prevé la posibilidad de cancelar la deuda hasta en 12 cuotas sin interés para pequeños contribuyentes y contribuyentes con hasta dos inmuebles o dominios, y 36 a tasa cero en el caso de prestadores de servicios para personas con discapacidad. Se prevén, además, otras cuatro opciones a mayor plazo pero con recargo.</p>El 30 de septiembre vence el plazo y ya no habrá más prórrogas.Recaudado<p>Según se estimó, la firma hasta el momento de 40.940 planes representa una recaudación aproximada de 65.000 millones de pesos. Las deudas contempladas en el Plan son las contraídas hasta marzo de 2026.</p><p>Galíndez detalló que la opción más elegida por los contribuyentes fue la de doce cuotas sin interés; y precisó que el impuesto que más convenios ha generado es Patente, seguido de Inmobiliario, Ingresos Brutos y Sellos.</p>El Plan de Regularización prevé la posibilidad de cancelar la deuda hasta en doce cuotas sin interés.El trámite<p>La adhesión al plan se genera de manera on line, a través de la página web del gobierno de la provincia. El primer paso es ingresar al portal de Gestiones Ciudadanas, y generar la liquidación del impuesto que se desea regularizar.</p><p>Para las deudas vinculadas a Inmobiliario o Patente, se debe seleccionar el trámite "Visualización y liquidación de deuda". Una vez obtenida la liquidación, el sistema habilitará el acceso al Plan Especial de Pago.</p><p>En el caso de Ingresos Brutos y Sellos, se deberá buscar el trámite "Ingresos Brutos - Aportes Sociales - Liquidación de deuda". Para acceder a esta instancia, es necesario contar previamente con el servicio "API - Santa Fe - LDAE" habilitado en ARCA. Con la liquidación generada, se podrá iniciar la adhesión al plan.</p><p>En segunda instancia, se debe seleccionar el Plan Especial de Pago. Para Patente e Inmobiliario, una vez emitida la liquidación aparecerá la opción "Plan Especial de Pago 2026", desde donde podrá iniciarse el trámite. El sistema permitirá elegir la cantidad de cuotas y consultar el monto financiado, el valor de cada cuota y las fechas de vencimiento.</p><p>En tercer término y antes de confirmar la adhesión, el contribuyente deberá completar una declaración jurada con sus datos personales y/o empresariales.</p><p>El sistema habilitará, luego, la descarga e impresión del formulario "Solicitud de convenios de pago en cuotas", junto con el comprobante de la primera cuota.</p><p>Dicha cuota podrá abonarse en entidades habilitadas o por medios electrónicos, como tarjeta de débito, tarjeta de crédito o transferencia inmediata mediante DEBIN, a través de PlusPagos. Las cuotas restantes se debitarán automáticamente de la cuenta bancaria informada por el contribuyente.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/mLhUOilb8Soyxjo4KszpT7xHxJs=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2026/09/deudas_impositivas.webp" class="type:primaryImage" /></figure>Contempla incumplimientos producidos hasta marzo del corriente año de todos los tributos de emisión provincial. Patentes ha sido el que más planes de pago ha generado hasta el momento. Financiación hasta en 12 cuotas sin interés, la opción más elegida.]]>
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                                                <category term="provinciales" label="Provinciales" />
                                <updated>2026-09-29T15:41:28+00:00</updated>
                <published>2026-09-29T15:32:42+00:00</published>
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            Plan de regularización de deuda para sectores afectados en cuarentena
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                <![CDATA[Redacción Sur24]]>
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        </author>
        
                                <content type="html" xml:base="https://www.sur24.com.ar/noticias/plan-de-regularizacion-de-deuda-para-sectores-afectados-en-cuarentena">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/hzjJTB8OqBnDdLepvT6IG7do3VQ=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2021/12/GASTRONOMICOS.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>Con motivo de la pandemia COVID-19, el gobierno nacional emitió el Decreto N° 311/20 mediante el que estableció diferentes medidas y alcance para paliar la situación en determinados segmentos de usuarios de diferentes servicios esenciales (energía eléctrica, agua potable, gas natural).</p>
<p>En ese orden, el Poder Ejecutivo de la provincia de Santa Fe adhirió a dichas medidas con el Decreto Provincial N° 283/20, y a través del Ministerio de Infraestructura, Servicios Públicos y Hábitat, implementó beneficios para el consumo de energía eléctrica de sectores de la Industria, el Comercio y prestadores de servicios, entre otros, que se vieron afectados por los efectos de la pandemia.</p>
<p>Existe un grupo de sectores, más afectados en términos relativos por las restricciones en su actividad a las que obligó la situación sanitaria, que en el marco del permanente seguimiento que se realiza de la evolución de su situación, amerita un esquema complementario de ayuda.</p>
<p>Se detallan a continuación el segmento y detalle de actividades sobre los que se ampliarán las medidas de contención, dando continuidad a su apoyo con el fin de consolidar su recuperación.</p>

Segmentos y actividades alcanzadas según Actas
<p>VARIOS</p>
<p>Cooperativas de Trabajo / Empresas Recuperadas por los empleados</p>
<p>SALUD HUMANA Y SERVICIOS SOCIALES</p>
<p>Instituciones de Salud, públicas y privadas (afectadas en la emergencia)</p>
<p>SERVICIOS ARTÍSTICOS, CULTURALES, DEPORTIVOS Y DE ESPARCIMIENTO</p>
<p>Clubes</p>
<p>Gimnasios; Fútbol 5, Paddle; Canchas de Tenis</p>
<p>Centro de Jubilados; Asociaciones Vecinales</p>
<p>Centros y Salas Culturales</p>
<p>Salones Privados de Eventos, Otros salones de Juegos Infantiles; Peloteros; Confiterías Bailables</p>
<p>SERVICIOS DE ASOCIACIONES Y SERVICIOS PERSONALES</p>
<p>Sociedades de Fomento</p>
<p>Consorcios de Galerías Comerciales y Locales que la componen</p>
<p>SERVICIOS INMOBILIARIOS</p>
<p>Centros de Convenciones</p>
<p>SERVICIO DE TRANSPORTE Y ALMACENAMIENTO</p>
<p>Transportes Escolares, Empresas con permiso para realizar servicios de transporte automotor de pasajeros para el turismo de jurisdicción nacional (Listado de la Sec. De Turismo y Transporte)</p>
<p>ENSEÑANZA</p>
<p>Talleres; Escuelas de Conducción</p>
<p>Jardines Maternales</p>
<p>Academias de idiomas</p>
<p>Gimnasios, Escuela de Danzas o Artes Marciales, Pilates</p>
<p>SERVICIOS DE ALOJAMIENTO Y SERVICIOS DE COMIDA</p>
<p>Hoteles, Moteles, Alojamientos; Cabañas, Bungalows; Hostels</p>
<p>Restaurantes, Bares</p>
<p>ACTIVIDADES ADMINISTRATIVAS Y SERVICIOS DE APOYO</p>
<p>Agencias de Turismo</p>
<p>INFORMACIÓN Y COMUNICACIONES</p>
<p>Salas de Cines</p>

Beneficios
<p>LIQUIDACIONES A VALOR ORIGINAL: las liquidaciones de energía que se encuentren impagas y cuyo vencimiento haya operado a partir del 25 de marzo de 2020 hasta el 30 de noviembre de 2021, se considerarán a su valor original, sin recargos por mora ni actualización de capital.</p>
<p>CONVENIOS DE PAGO ESPECIALES: los usuarios que opten por financiar la deuda acumulada en el plazo indicado en el ítem 1 anterior, podrán acceder a convenios de pago especiales y regularizar la deuda acumulada hasta en 60 (sesenta) cuotas mensuales sin intereses.</p>
<p>Para acceder a los beneficios señalados, los usuarios deberán demostrar en forma fehaciente su actividad mediante la Constancia de Inscripción de AFIP que lo acredite.</p>
<p>Para las liquidaciones impagas cuyo vencimiento operaron con anterioridad del 25 de marzo de 2020 y con posterioridad al 30 de noviembre de 2021, se considerarán las tasas de actualización por mora y los convenios de pago vigentes en la EPE.</p>
Alcance
<p>La cantidad de usuarios ACTIVOS, que poseen DEUDA EXIGIBLE y pueden convertirse en beneficiarios son las que se indican:</p>

Pequeñas Demandas: más de 70.000 usuarios (5% sobre el total).
Grandes Demandas: 230 usuarios (7% sobre el total).
Solamente se podrán incluir a este Plan de Regularización de Deuda, liquidaciones por consumo de energía eléctrica impagas.
Las cuotas de convenio vencidas y otros conceptos, no podrán incorporarse a esta medida.

<p>Este plan de regularización de deuda para sectores afectados por las medidas ASPO, se aplicará a partir del 15 de diciembre de 2021, y tendrá una vigencia hasta el 31 de marzo de 2022.</p>
]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/hzjJTB8OqBnDdLepvT6IG7do3VQ=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2021/12/GASTRONOMICOS.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>Con motivo de la pandemia COVID-19, el gobierno nacional emitió el Decreto N° 311/20 mediante el que estableció diferentes medidas y alcance para pali...]]>
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                                <updated>2021-12-09T10:43:02+00:00</updated>
                <published>2021-12-08T22:46:07+00:00</published>
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