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    <title>Sur24</title>
    <subtitle>Todo el sur, todo el día, todos los días.</subtitle>
    <updated>2026-03-18T16:15:30+00:00</updated>
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            ¿Qué pasa si no voté en las elecciones presidenciales del 22 de octubre?
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                <![CDATA[Redacción Sur24]]>
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        </author>
        
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/Aqyb48TFcamVp-ArHVGczhD_f14=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2023/10/elecciones_22_10.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>Según el Código Electoral Nacional, las personas que se ausenten a su obligación de voto sin justificación podrían recibir una "pena" por no participar en los comicios.</p><p>Es importante recordar que el voto es obligatorio entre los 18 y 70 años y todas las personas que figuren en el padrón electoral deberán acercarse de forma obligatoria a cada una de las instancias de votación, ya que de lo contrario podrían verse expuestos a multas y sanciones.</p><p>El Código Electoral Nacional establece en su artículo 125 que los infractores que se ausenten sin justificación el día de los comicios no podrán desempeñar funciones o empleos públicos durante tres años ni realizar gestiones o trámites en el lapso de un año ante los organismos estatales nacionales, provinciales, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires o municipales.</p><p>En caso de tener justificación, podrá presentarse el formulario ante la Justicia Nacional Electoral en el plazo de 60 días desde los comicios. De no ser presentada, la persona será adherida al padrón de infractores.</p>De cuánto es la multa por no votar<p>Faltar el día de los comicios puede causar sanciones económicas que van desde 50 a 500 pesos. Pero también se estipula la imposibilidad de realizar trámites ante entes municipales, provinciales y nacionales. Sin embargo, esto no exime a las personas para que puedan ir a votar a las próximas elecciones.</p><p>Cada infracción acumula una falta en el Registro de Infractores, y en caso de que se adeuden una o más multas el monto de la sanción irá aumentando progresivamente hasta llegar a los 500 pesos:</p>Si el elector no tiene infracciones previas sin regularizar: $50.Si el elector tiene 1 infracción previa sin regularizar: $100.Si el elector tiene 2 infracciones previas sin regularizar: $200.Si el elector tiene 3 infracciones previas sin regularizar: $400.Si el elector tiene 4 o más infracciones previas sin regularizar: $500.<p>La multa por no votar puede abonarse directamente en la web de la Cámara Nacional Electoral (CNE) con cualquier medio de pago digital, o bien de forma presencial en cualquiera de las sedes del Banco de la Nación Argentina (BNA) en efectivo, con Mercado Pago o con transferencia bancaria.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/Aqyb48TFcamVp-ArHVGczhD_f14=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2023/10/elecciones_22_10.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>Las personas que no asistieron a votar podrían recibir una sanción monetaria y penal.]]>
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                                <category term="nacionales" label="Nacionales" />
                <updated>2026-03-18T16:15:30+00:00</updated>
                <published>2023-10-22T21:18:48+00:00</published>
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            Justificación del no voto en las PASO nacionales: dónde y cómo hacerlo
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                <![CDATA[Redacción Sur24]]>
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        </author>
        
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/Nl05AcEXhAkqF5dEL9l_1J9zWnQ=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2023/08/registro_de_infractores.webp" class="type:primaryImage" /></figure><p>La Cámara Nacional Electoral emitió una advertencia a la ciudadanía respecto a una publicación falsa que está circulando en línea. La información se relaciona con la consulta al Registro de Infractores al deber de votar, un tema de gran relevancia en el contexto electoral.</p><p>Según el comunicado, la Cámara Nacional Electoral insta a los ciudadanos a estar alerta y a verificar cuidadosamente las fuentes de información antes de tomar cualquier acción relacionada con sus derechos y deberes electorales. En particular, se identificó que una publicación falsa está circulando, sobre la justificación de la no emisión del voto y/o el pago de multas electorales.</p><p>La fuente oficial y confiable para realizar consultas y trámites es el sitio web oficial. La Cámara Nacional Electoral enfatiza que esta es la única plataforma válida para llevar a cabo tales acciones de manera correcta y legal.</p>Registro de InfractoresEn la provincia de Santa Fe<p>La Defensoría del Pueblo de la provincia de Santa Fe informa que hasta el viernes 13 de octubre próximo podrá realizarse en cualquiera de las oficinas de la institución la justificación de la no emisión del voto en las elecciones Primarias Abiertas, Simultáneas y Obligatorias (Paso) Nacionales. En Rosario y Santa Fe será de lunes a viernes de 12 a 17 horas, en tanto que en las oficinas de atención del resto de la provincia el trámite puede hacerse de lunes a viernes de 8 a 12.30 horas.</p><p>Quienes deseen justificar su inasistencia por alguna de las razones previstas en el artículo 12 del Código Electoral Nacional deberán asistir a la oficina de la Defensoría del Pueblo con su documento y la constancia que justifique su inasistencia.</p><p>De acuerdo con el Código Electoral Nacional, tienen justificada la inasistencia a votar:</p><p>A - Los jueces y sus auxiliares que debieron asistir a sus oficinas y mantenerlas abiertas mientras duró el acto comicial.</p><p>B - Los que el día de la elección se encontraban a más de 500 kilómetros del lugar donde debían votar y justifiquen que el alejamiento obedece a motivos razonables.</p><p>C - Los enfermos o imposibilitados por fuerza mayor, suficientemente comprobada, que les impidiera asistir al acto.</p><p>D - El personal de organismos y empresas de servicios públicos que por razones atinentes a su cumplimiento debieron realizar tareas que le impidieron asistir al comicio durante su desarrollo.</p>Hasta el viernes 13 de octubre se hay tiempo para justificar el no voto.Qué documentación se debe presentar<p>Para el caso de quienes justifiquen su inasistencia por los puntos A y D, se deberá adjuntar una constancia donde se verifique el desempeño de sus funciones durante las horas en que se desarrolló el acto electoral.</p><p>En el caso del punto B un certificado extendido por la autoridad policial del lugar en donde se encontraba el día del comicio.</p><p>Y para el caso del ítem C un certificado extendido por médicos oficiales, provinciales o municipales (en ausencia de éstos por médicos particulares).</p>Trámite a nivel nacional<p>Para ello, los electores que no emitieron su voto deben acercarse a la Secretaría Electoral correspondiente a su distrito o a la Cámara Nacional Electoral para demostrar el motivo pertinente que le impidió ingresar al cuarto oscuro. Esto debe hacerlo dentro de los 60 días a partir del día de la realización de los comicios. Para ello, deben contar con la documentación que acredite el motivo de la falta y evitar la multa. En ese sentido, deben ir con su DNI a la comisaría más próxima del lugar en el que se encuentren y solicitar una certificación escrita que justifique la imposibilidad de votar.</p><p>En el caso de los argentinos que se ausentan de las elecciones porque se encuentran en el exterior, deben realizar un trámite de forma online para no formar parte del Registro de Infractores al deber de votar, dentro de los 60 días a partir del día de la realización de los comicios. Para ello, deberán seguir los siguientes pasos:</p>Ingresar al sitio oficial del registroIndicar el número de documento, género y distrito al que pertenece el elector. Allí se podrán ver todas las votaciones en las que el elector debía participar, entre ellas la que no asistió.Hacer click en el botón “Justificar” y seleccionar la opción “Distancia mayor a 500 km (o hallarse fuera del territorio de la República Argentina)”Adjuntar la documentación que acredite el motivo antes seleccionado.Hacer click en “Proceder” e informar un número de teléfono y una dirección de correo electrónico.]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/Nl05AcEXhAkqF5dEL9l_1J9zWnQ=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2023/08/registro_de_infractores.webp" class="type:primaryImage" /></figure>La Cámara Nacional Electoral advirtió sobre la circulación de una publicación falsa sobre el Registro de Infractores.]]>
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                                <category term="nacionales" label="Nacionales" />
                <updated>2023-08-18T16:24:23+00:00</updated>
                <published>2023-08-18T16:15:17+00:00</published>
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            Elecciones 2021: ¿qué pasa si no fuiste a votar?
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                <![CDATA[Redacción Sur24]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/U4-BO6y7e4V8P7-WwqPz_SBihmo=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2021/11/Voto.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>Este domingo se realizaron las elecciones generales en Santa Fe y todo el país y quienes no hayan ido a votar pueden ser sancionados.</p>
<p>Si un ciudadano no se presenta a votar, deberá justificar el motivo para no recibir sanciones. Al respecto, la Cámara Nacional Electoral exceptuó de ir a votar a quiénes tengan COVID-19, los que sean caso sospechoso, los que sean contacto estrecho de un caso positivo y a las personas que por ser grupo de riesgo tengan indicación médica de no ir a votar. La justificación la podrán hacer con un certificado sobre su situación.</p>
<p>Por otra parte, quienes hayan ido a votar y en el colegio presenten algún síntoma compatible a Covid-19 o de un caso sospechoso también estarán exceptuados de votar.</p>
<p>A su vez,  si una persona no concurrió a votar porque se encontraba enferma, deberá presentar un certificado médico ante la Secretaría Electoral para justificar la ausencia.</p>
<p>Por otra parte, si el votante se encontraba a más de 500 kilómetros del lugar donde debía sufragar por “motivos razonables”, deberá presentarse en la comisaría más cercana y pedir un certificado que acredite la distancia.</p>
<p>En este sentido, quienes tuvieron que cumplir tareas laborales durante la jornada electoral, tienen derecho a que sus empleadores le otorguen una licencia especial sin descuento salarial alguno para que puedan cumplir con la obligación del voto.</p>
<p>Por otra parte, hay que recordar que el voto es voluntario para los jóvenes de 16 y 17 años y para los mayores de 70.</p>
<p>Vale aclarar, que hay 60 días para realizar estos trámites y justificar la ausencia.</p>
<p>&nbsp;</p>
<p>Multas</p>
<p>Las personas que no hayan ido a votar y no tengan justificación, deberán abonar una multa de 50 pesos.</p>
<p>Mientras no paguen la multa, quedarán registrados como infractores, lo que implica que no podrán hacer trámites durante un año ni obtener el pasaporte. Tampoco podrán ser designados funcionarios públicos durante tres años. En el sitio oficial infractores.padron.gob.ar se puede consultar la situación de cada ciudadano.</p>
<p>&nbsp;</p>
<p>&nbsp;</p>
]]>
                </content>
                                                <summary type="html">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/U4-BO6y7e4V8P7-WwqPz_SBihmo=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2021/11/Voto.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>Este domingo se realizaron las elecciones generales en Santa Fe y todo el país y quienes no hayan ido a votar pueden ser sancionados.Si un ciudadano n...]]>
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                <updated>2021-11-14T22:36:20+00:00</updated>
                <published>2021-11-14T19:21:20+00:00</published>
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            Multas por no ir a votar: ¿cómo y dónde pagar?
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                <![CDATA[Redacción Sur24]]>
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        </author>
        
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/Jp5SZ_vpAX_hbd5T1t2_2B4Dm8c=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2021/11/ELECCIONES.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>El próximo domingo 14 de noviembre se llevarán a cabo las elecciones generales legislativas en todo el país, y teniendo en cuenta el alto porcentaje de ausentes en las PASO, las dudas respecto a lo que suceda con aquellos que no asistan se mantienen presentes.
En base al artículo 125 del Código Electoral Nacional todos los argentinos nativos y por opción que al 14 de noviembre tengan 18 años o más y menores de 70 años, inscriptos en el padrón electoral, deben sufragar.
Si no concurren a votar y no poseen una justificación válida, serán sancionados y deberán pagar una multa.</p>
¿Cuál es el valor de la multa por no votar?
<p>“Se impondrá multa de $ 50 a $ 500 al elector mayor de 18 años y menor de 70 años que dejare de emitir su voto y no se justificare ante la justicia nacional electoral dentro de los sesenta 60 días de la respectiva elección”, indica el Código Electoral Nacional, en el apartado de “faltas electorales”.
Quienes no se presenten en su mesa de votación este 14 de noviembre para participar de las elecciones legislativas 2021, deberán justificar su ausencia. En caso de no poder hacerlo, deberán pagar una multa de $100 en las elecciones generales. Para las PASO la multa era de $50.</p>
¿Cómo y dónde se puede pagar la multa?
<p>La multa por no votar se puede abonar a través del Banco de la Nación Argentina. El trámite puede realizarse personalmente o por medios electrónicos como transferencia bancaria, tarjeta de crédito, pago en efectivo o cuenta virtual.
La información se actualiza en la web dos días hábiles después de saldada la deuda. El monto de las sanciones integra el Fondo Partidario Permanente, a cargo del Ministerio del Interior.</p>
¿Qué sucede si no pago la multa?
<p>En caso de no abonar la multa, los ciudadanos quedarán registrados como infractores y tendrán inconvenientes administrativos. Esto implica que no podrán hacer trámites durante un año (obtener el pasaporte, renovar el carnet de conducir, etc) y tampoco podrán ser designados para desempeñar empleos públicos durante tres años desde la elección.
Para abonar sus respectivas multas deberán ingresar en el Registro de Infractores.</p>
]]>
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                                                <summary type="html">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/Jp5SZ_vpAX_hbd5T1t2_2B4Dm8c=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2021/11/ELECCIONES.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>El próximo domingo 14 de noviembre se llevarán a cabo las elecciones generales legislativas en todo el país, y teniendo en cuenta el alto porcentaje d...]]>
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                <updated>2021-11-10T23:39:56+00:00</updated>
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