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    <title>Sur24</title>
    <subtitle>Todo el sur, todo el día, todos los días.</subtitle>
    <updated>2024-04-22T21:40:24+00:00</updated>
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            Histórico fallo en Perú permitió a una mujer acceder a una muerte digna
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                <![CDATA[Redacción Sur24]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/wMVOonwwE6YNF4YPrUZQZQdYy_c=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2024/04/eustanasia_peru.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>Ana Estrada accedió a la eutanasia para morir de forma "digna" tras una larga batalla judicial que terminó con un histórico fallo en Perú para reconocer el derecho a tener un fallecimiento asistido, informó este lunes su abogada.</p><p>Estrada, de 47 años, sufre desde hace tres décadas de polimiositis, una enfermedad que atacaba sus músculos y no tiene cura. Estaba conectada a un respirador mecánico la mayor parte del tiempo y era asistida casi a diario por una enfermera.</p>Ana Estrada ganó una batalla judicial y accedió a la eutanasia en Perú.<p>Psicóloga de profesión, la mujer murió el domingo luego de que los médicos procedieron a realizar el "plan y protocolo de muerte digna", elaborado luego de que Estrada ganó hace dos años un juicio que inició en el 2016 para acceder a la eutanasia que era ilegal en el Perú.</p><p>"Ana partió agradecida con todas las personas que hicieron eco de su voz, que la acompañaron en su lucha y que de manera incondicional apoyaron su decisión con amor", dice un comunicado enviado a través de X por su abogada Josefina Miro Quesada.</p><p>La eutanasia no es permitida en muchos países y en Perú, donde la mayoría es católica, muchos conservadores se oponen fuertemente a esta práctica.</p>Ana Estrada ganó una batalla judicial y accedió a la eutanasia en Perú.<p>En Latinoamérica, Colombia permite el procedimiento bajo ciertas condiciones, y en los últimos meses Cuba y Ecuador abrieron la puerta legal también al procedimiento.</p><p>En una entrevista en el 2022, luego del histórico fallo judicial, Estrada afirmó que esperaba que su caso sentara un precedente en Perú, ya que buscaba poner fin a una enfermedad que atacaba a su salud de forma progresiva.</p><p>"Va llegar en un momento que ya no pueda ni siquiera poder escribir, o poder manifestarme. Mi cuerpo falla, pero mi mente y mi espíritu están felices. Quiero que el último momento de mi vida siga siendo así, en libertad, con paz, tranquilidad y con autonomía", había afirmado.</p><p>La sentencia en Perú sobre la eutanasia ordena no aplicar el código penal del país, que castiga con cárcel a una persona que ayuda a morir a otra. En este caso libró de responsabilidad a los médicos que eventualmente ayudaron a terminar la vida de Estrada.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/wMVOonwwE6YNF4YPrUZQZQdYy_c=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2024/04/eustanasia_peru.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>Sufría desde hace tres décadas de polimiositis, una enfermedad que atacaba sus músculos y no tiene cura.]]>
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                                <category term="internacionales" label="Internacionales" />
                <updated>2024-04-22T21:40:24+00:00</updated>
                <published>2024-04-22T21:39:45+00:00</published>
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            Córdoba: el municipio apeló un fallo que ordenaba &quot;desconectar&quot; a un paciente en estado vegetativo
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/EYyNy3HQeNSsijb0wwlJviHRsqc=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2023/10/hospital_de_urgencias_de_cordoba.webp" class="type:primaryImage" /></figure><p>La Municipalidad de Córdoba apeló este jueves el fallo judicial a favor de un amparo que permite retirar la asistencia del soporte vital de un hombre en estado vegetativo desde marzo, al considerar que el caso no contempla todos los aspectos exigidos para ese procedimiento. El abogado de la Municipalidad de la Ciudad de Córdoba, Andrés Varizat, manifestó hoy a los medios locales que la decisión de apelar el fallo judicial, dictado el 28 de septiembre, tiene como fundamento principal los derechos contenidos en la Constitución provincial que, en el artículo 19 inciso 1 establece que "todas las personas tienen el derecho a la vida".</p><p>El letrado añadió también que para decidir la apelación, previamente, se consultó a especialistas de la salud sobre el tema, quienes respondieron que "hay muchos casos similares que se recuperan con el tiempo", por lo que consideró que se requiere un análisis con mayor profundidad.</p><p>Entre algunos de los puntos del argumento del escrito jurídico de la apelación, se apunta que "no existe diagnóstico médico de irreversibilidad del estado del paciente, ni certificación médica que dicho estado sea incurable o terminal".</p><p>El municipio consideró que el paciente se halla en su sexto mes de internación, por lo que "aún existen posibilidades de una evolución favorable, destacándose que antecedentes del propio Hospital de Urgencias ponen de manifiesto que casos similares se han recuperado".</p><p>En otro de los párrafos resalta que el paciente "no presenta estado de muerte cerebral, respira por sus propios medios" (no tiene colocado -ni su estado físico lo requiere- un respirador artificial), y que además "ha realizado movimientos espontáneos".</p><p>Además, se agrega que el paciente cordobés de 64 años, identificado como J.S., tampoco puede ser considerado "irreversible" desde el punto de vista legal, ya que la Ley provincial Nº 10.058 exige más de doce meses de prolongación en el tiempo, en caso de lesiones traumáticas, del estado de vigilia sin conciencia de una persona para considerarlo "estado vegetativo permanente".</p><p>Sin embargo, el médico especialista en bioética que asiste a los familiares del paciente, Carlos Soriano, calificó de "falaces los argumentos" del municipio, y afirmó que "el paciente es incurable, jamás va a poder recuperar la salud" y que además "los médicos (del hospital) desconocen la leyes de la muerte digna".</p><p>La Cámara Contencioso Administrativa 2 de la ciudad de Córdoba, por mayoría, había hecho lugar al amparo presentado por la familia y se ordenó a la dirección del Hospital Municipal de Urgencias a que disponga, "sin dilación alguna, la limitación del esfuerzo terapéutico a J.S., solicitada por su familia".</p><p>La apelación deberá ser resuelta por el Tribunal Superior de Justicia, la máxima instancia judicial de la provincia de Córdoba.</p><p>El 12 de marzo pasado el hombre, de profesión jardinero, había sufrido un fuerte golpe en la cabeza cuando se retiraba de un baile, presuntamente al sufrir un intento de robo, que le ocasionó grave traumatismo de cráneo encefálico y quedó en estado vegetativo persistente internado en el Hospital Municipal de Urgencias de la capital local.</p><p>Desde entonces estuvo un par de meses en terapia intensiva y luego pasó a sala común donde se mantiene con soportes artificiales de alimentación e hidratación.</p><p>Los familiares de J.S. habían solicitado a las autoridades del Hospital Municipal de Urgencias, que depende de la Municipalidad de la capital, que se retirara el soporte que mantiene con vida al paciente, al sostener que "desde hace más de seis meses está sin actividad en la parte superior del cerebro", pero el pedido fue rechazado.</p><p>Luego de esa negativa los familiares recurrieron a la Justicia mediante recurso de amparo y, luego de varias instancias y con el visto bueno de dos comités de bioética que certificaron la condición de salud irreversible, la Cámara Contencioso Administrativa 2 se expidió favorablemente al pedido.</p>&nbsp;<p>&nbsp;</p><p>&nbsp;</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/EYyNy3HQeNSsijb0wwlJviHRsqc=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2023/10/hospital_de_urgencias_de_cordoba.webp" class="type:primaryImage" /></figure>Ahora, la apelación deberá ser resuelta por el Tribunal Superior de Justicia, la máxima instancia judicial de la provincia de Córdoba. La posición de la familia.]]>
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                                <category term="nacionales" label="Nacionales" />
                <updated>2023-10-06T09:50:53+00:00</updated>
                <published>2023-10-06T09:47:57+00:00</published>
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            Córdoba: otorgaron la &quot;muerte digna&quot; a un paciente en estado vegetativo
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                <![CDATA[Sur24]]>
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                                <content type="html" xml:base="https://www.sur24.com.ar/noticias/cordoba-otorgaron-la-muerte-digna-a-un-paciente-en-estado-vegetativo">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/N_zGNqEwIlJCOINBuUtSYdwnNmw=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2023/09/hospital_municipal_de_urgencias_de_cordoba.webp" class="type:primaryImage" /></figure><p>La Cámara Contencioso Administrativa 2 de Córdoba autorizó, por mayoría, la solicitud de la familia de un paciente de 64 años, quien había estado hospitalizado desde marzo debido a un traumatismo craneal severo, supuestamente resultado de una agresión durante un intento de robo.</p><p>La decisión ordena al Hospital Municipal de Urgencias retirar la asistencia respiratoria al paciente, quien permanecía en estado de coma desde hace más de seis meses.</p><p>La familia basó su solicitud en el concepto de "muerte digna", que implica retirar el soporte vital a un paciente terminal con su consentimiento o el de su familia cuando se considera que su condición de salud es irreversible.</p><p>Dos comités de bioética confirmaron esta condición médica. La medida fue respaldada por las vocales María Soledad Puigdellibol y Daniela Susana Sosa, quienes enfatizaron el respeto por la voluntad del paciente reconstruida a través de los testimonios de sus familiares y el principio de la dignidad humana.</p><p>Sin embargo, la vocal María Inés Ortiz de Gallardo votó en contra, argumentando que los procedimientos seguidos garantizaban plenamente la defensa y que no se cumplían los requisitos médico-legales.</p><p>Esta decisión marca el primer caso en el que la Justicia de la provincia aprueba la "muerte digna" desde la sanción de la ley.</p>&nbsp;<p>&nbsp;</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/N_zGNqEwIlJCOINBuUtSYdwnNmw=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2023/09/hospital_municipal_de_urgencias_de_cordoba.webp" class="type:primaryImage" /></figure>El paciente permanecía internado desde marzo por un traumatismo craneal severo que sufrió en un presunto robo.]]>
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                                <category term="nacionales" label="Nacionales" />
                <updated>2023-09-29T13:16:06+00:00</updated>
                <published>2023-09-29T13:12:21+00:00</published>
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            Un comité de Bioética debate sobre un posible caso de muerte digna en Córdoba
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/QR2OL-KAhuKgoJp8OA3-hy4auSY=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2023/06/Muertedigna.webp" class="type:primaryImage" /></figure>



<p>Un comité de bioética se reúne en el Ministerio de Salud de Córdoba para discutir un caso de muerte digna que genera debate en la comunidad médica y ética. El caso involucra a un paciente de 64 años que se encuentra en estado vegetativo persistente en el Hospital de Urgencias desde el 12 de marzo.</p>


<p>El paciente, identificado como J.S., sufrió un traumatismo grave de cráneo y se encuentra en un estado de incapacidad de respuesta consciente. Ante esta situación, la familia del paciente solicitó el retiro del soporte vital, basándose en la ley 10.058 de “Declaración de voluntad anticipada” y la norma 10.421, que facilitan una muerte digna en Córdoba. Según estas leyes, una persona tiene el derecho de decidir si se somete a intervenciones médicas para prolongar artificialmente su vida.</p>

Uno puede decir que un estado es irreversible cuando pasa un año.</p>



Cómo es el caso


<p>Tras una evaluación realizada por el comité de bioética del hospital, se decidió acatar la voluntad del paciente y se retiró el soporte vital el pasado 10 de junio. Sin embargo, cuatro días después, el equipo médico decidió restablecer la hidratación y alimentación artificial del paciente de manera unilateral, generando confusión y angustia en la familia.</p>


<p>Ante esta situación, el especialista en emergencias y magíster en Bioética, Carlos “Pecas” Soriano, se comunicó con la ministra de Salud provincial, Gabriela Barbás, quien convocó la comisión ad hoc para debatir y analizar el caso en cuestión. Esta es la primera vez que se reúnen los miembros de este comité, establecido en la reglamentación de las leyes mencionadas, para abordar casos dilemáticos relacionados con la muerte digna.</p>


<p>El paciente en cuestión presenta un estado vegetativo persistente, caracterizado por la ausencia de respuesta al dolor y la falta de ciclos de sueño y vigilia, entre otros indicadores de muerte cerebral. Sin embargo, existen dudas sobre si el estado del paciente es irreversible, ya que la ley establece que se considera irreversible después de un año. Por lo tanto, se requieren estudios complementarios para evaluar la situación del paciente.</p>

La autonomía del paciente en determinadas prácticas médicas está garantizada por ley.</p>



<p>El debate en torno a este caso se centra en el respeto a la autonomía del paciente y en el cumplimiento de las leyes de muerte digna. Mientras algunos defienden el derecho del paciente a tomar decisiones sobre su propia vida y evitar una prolongación artificial del sufrimiento, otros argumentan que la situación del paciente no es irreversible y que se necesitan más estudios para determinar la mejor opción.</p>


<p>La comisión ad hoc de bioética se reunirá este miércoles para examinar el caso en profundidad y tomar una decisión informada. En medio de este debate ético y legal, la sociedad espera una resolución que respete la dignidad y la voluntad del paciente, al tiempo que garantice la atención y el cuidado médico adecuados.</p>




]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/QR2OL-KAhuKgoJp8OA3-hy4auSY=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2023/06/Muertedigna.webp" class="type:primaryImage" /></figure>Un comité de bioética se reúne en el Ministerio de Salud de Córdoba para discutir un caso de muerte digna que genera debate en la comunidad médica y é...]]>
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                                <category term="nacionales" label="Nacionales" />
                <updated>2023-06-21T10:03:14+00:00</updated>
                <published>2023-06-21T10:03:14+00:00</published>
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