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    <title>Sur24</title>
    <subtitle>Todo el sur, todo el día, todos los días.</subtitle>
    <updated>2024-12-11T19:52:56+00:00</updated>
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            &quot;Ley Nicolás&quot;: a extraordinarias o pierde estado parlamentario
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                <![CDATA[Nancy Balza]]>
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        </author>
        
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/FvPBjHyOS8JZt2FeamYo0zyr5us=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2024/12/ley_nicolas.webp" class="type:primaryImage" /></figure><p>O se convierte en ley antes de que termine diciembre o vuelve a fojas cero: esas parecen ser las opciones para el proyecto de calidad y seguridad sanitaria, conocido como "Ley Nicolás". La iniciativa lleva el nombre del joven de 24 años que falleció el 2 de noviembre de 2017 por mala praxis. Desde entonces, su madre, Gabriela Covelli, impulsa una ley para prevenir situaciones similares.</p><p>El proyecto siguió un largo camino legislativo, donde requirió de debates, exposición de especialistas y construcción de consensos para arribar a la media sanción unánime en Diputados a fines de 2023, y a dictamen de comisiones en el Senado, que no abre sus puertas para sesionar desde el 26 de septiembre.</p><p>Mientras tanto, el período de sesiones ordinarias concluyó el 30 de noviembre y hasta ahora las novedades sobre extraordinarias se basan en anuncios hechos por el vocero presidencial Manuel Adorni, quien anticipó que la convocatoria del Ejecutivo abarca el período entre el 5 de diciembre (largamente superado) y el 27 de este mes. Este dato adosaba un temario que no incluye la "Ley Nicolás".</p><p>Por eso, este martes familiares de víctimas de mala praxis se concentraron frente a Casa Rosada para pedir, concretamente, que el presidente Javier Milei incluya este entre los temas de extraordinarias. Cabe recordar que esta instancia de sesiones en el Congreso es convocada por el mandatario nacional que, además, establece cuál es el temario a debatir.</p><p>Ya en noviembre, Covelli, quien preside la asociación civil "Por la vida y la salud, por vos, por mi y por todos", había remitido una nota a integrantes del Senado pedir por la sanción definitiva a la ley que lleva el nombre de su hijo fallecido hace 7 años por una meningitis bacteriana mal diagnosticada.</p>&nbsp;Qué es<p>El proyecto tiene por finalidad "asegurar el derecho a una asistencia sanitaria de calidad y segura, centrada en las personas y en las comunidades, a través de la definición de un marco jurídico e institucional que promueva la transformación de las pautas culturales, la mejora de las condiciones de la práctica sanitaria, la protocolización y jerarquización de los procesos de atención, la incorporación de herramientas tecnológicas adecuadas, la disminución de daños evitables, y el cuidado del marco de trabajo del equipo de salud".</p><p>De acuerdo a la iniciativa, todas las instituciones proveedoras de servicios de salud, públicas o privadas, deberán cumplir con esta ley. A su vez, estas entidades tendrán que "dotar a su organización de los medios que permitan: establecer protocolos de actuación del personal de salud, tendientes a la prevención de daños evitables; diseñar planes de auditoría de los sistemas de trabajo, de evaluación de las prestaciones individuales del servicio y monitoreo de indicadores de seguridad del y la paciente, para perfeccionar los sistemas y mejorar las prácticas", entre otros puntos.</p><p>También se establece que "la autoridad de aplicación debe implementar un Registro Unificado de Eventos Centinela (RUDEC), con el objetivo de registrar todo evento centinela, así como los resultados de la investigación de los mismos".</p><p>"A fin de garantizar condiciones de equidad y calidad en la atención sanitaria, es obligatoria la verificación periódica de las condiciones psicofísicas del equipo de salud. Este requisito será aplicable en los plazos que se determinen por vía reglamentaria", estipula otro de los artículos.</p><p>La iniciativa determina que "el equipo de salud debe realizar capacitaciones periódicas en materia de calidad y seguridad de la atención sanitaria y legislación vigente vinculada a temáticas de acceso al derecho a la salud, independientemente del área y cargo en el que se desempeñe".</p><p>Entre otros aspectos, adhiere al Día Mundial de la Seguridad del Paciente, instituido el 17 de septiembre de cada año, "con el objetivo de promover una agenda que busque generar la cultura de la seguridad en el diseño y la prestación del servicio de salud".</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/FvPBjHyOS8JZt2FeamYo0zyr5us=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2024/12/ley_nicolas.webp" class="type:primaryImage" /></figure>La norma cuenta con media sanción de Diputados y necesita su aprobación en el Senado para no volver a fojas cero. Pero, para que sea tratada, debería figurar entre las prioridades del Ejecutivo.]]>
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                                <category term="nacionales" label="Nacionales" />
                <updated>2024-12-11T19:52:56+00:00</updated>
                <published>2024-12-11T19:51:52+00:00</published>
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            Condenan por mala praxis a una mutual, una anestesista y un sanatorio de Venado Tuerto
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        <link rel="alternate" href="https://www.sur24.com.ar/noticias/condenan-por-mala-praxis-a-una-anestesista-en-venado-tuerto" type="text/html" title="Condenan por mala praxis a una mutual, una anestesista y un sanatorio de Venado Tuerto" />
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                <![CDATA[Mauro Dalmazzo]]>
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                                <content type="html" xml:base="https://www.sur24.com.ar/noticias/condenan-por-mala-praxis-a-una-anestesista-en-venado-tuerto">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/-pmVumpWQIAvWCJqajbP8W9t38Q=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2024/10/sanatorio_abel_beroiz.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>La Cámara de Apelación en lo Civil, Comercial y Laboral de Venado Tuerto dictó una sentencia condenatoria por mala praxis contra una anestesista, el Sanatorio Abel Beroiz y la Mutual del Sindicato de Camioneros, en el marco de la muerte de un joven de 24 años ocurrida en el año 2009.</p><p>Lo llamativo de la resolución es que los vocales fijaron una indemnización para el hijo y los padres de la víctima en 50.000 dólares MEP, con el objetivo de garantizar que no se deprecie el dinero.</p><p>Historia del caso</p><p>El hecho se registró en el año 2009 cuando Aldo Clemente iba a ser intervenido quirúrgicamente en el efector privado y sufrió un paro cardiorespiratorio previo al inicio de la operación, desembocando en su muerte.</p><p>La Junta Médico Forense integrada por los Dres. Mancini, Cavallini y Cadierno, concluyó que el joven “sufrió un cuadro de descompensación hemodinámica refleja y paradojal con robo de flujo y braquicardia extrema hasta llegar al paro cardiorrespiratorio que fue tratado inmediatamente a su diagnóstico”.</p><p>Al mismo tiempo, los profesionales consideran que “podemos concluir que no existieron demoras en el tratamiento por parte de los médicos”. Además, deslindaron responsabilidades a la anestesista (que finalmente fue condenada) marcando que “no existen elementos para considerar que el cuadro que presentaba el fallecido Clemente se halla relacionado con una reacción alérgica. Clemente presentaba patologías mórbidas de jerarquía capaces por sí solas de producir un cuadro de complicaciones respiratoria, infecciosa, etc. ante cualquier situación de stress”.</p>Una de las modernas salas con las que contaba el sanatorio.<p>Disconformes con el informe, los médicos fueron recusados y se conformó una nueva Junta integrada por Soplán, Fernández y Herrera, quienes realizaron un nuevo informe donde concluyen: “No consta en la documental acción u omisión alguna que nos asegure haber sido la causa del daño cerebral grave e irreversible; nada hay que haga sospechar una violación de la lex artis (buenas prácticas profesionales) por la médica anestesista; la complicación en el estado de salud del Sr. Clemente Aldo fue un hecho imprevisto; los controles y cuidados previos (prequirurgico) son descritos en la literatura y los protocolos preanestésicos, y fueron realizados; ante la pregunta concreta, la junta médica coincide con sus colegas en cuanto a que los médicos actuaron siguiendo la lex artis”.</p><p>Fallo judicial</p><p>La Cámara de Apelación en lo Civil, Comercial y Laboral de Venado Tuerto está integrada por Héctor Matías López, Juan Ignacio Prola y Federico Gustavo Bertram.</p><p>López consideró que “el paciente fue víctima de un problema vinculado exclusivamente a la práctica anestésica, totalmente ajeno a su accionar, pues no se había iniciado la práctica quirúrgica cuando el episodio (paro cardiorespiratorio) se produce”.</p><p>Además, hizo hincapié en que “tanto el Instituto Médico Legal como la Junta Médica, coincidieron en que la Ficha Anestésica es incompleta y agrego, insuficiente, pues no se necesita ser experto para poder advertir que ninguno de los siete cuadros que se encuentran en el margen izquierdo de la Ficha han sido llenados”.</p><p>En este marco, añadió: “Deseo destacar la importancia de esos Registros en tanto constituyen una gravísima omisión de la Médica Anestesista”. “Debo concluir que las lesiones neuronales irreversibles que sufriera el joven Aldo Sebastián Clemente, fueron provocadas por la anestesia y por la falta de reacción inmediata de la anestesista que hizo que la falta de oxígeno por un tiempo mayor al adecuado, diera muerte a sus neuronas, dejándolo en un estado vegetativo, siendo su cuerpo su propia cárcel, vulnerando de tal modo el derecho a la salud del paciente consagrado en el art. 42 de nuestra Carta Magna”, sostuvo López.</p><p>Sanatorio y obra social</p><p>Héctor López sostuvo que hay “directamente a una responsabilidad civil del Sanatorio Abel Beroiz. Toda entidad sanatorial asume una obligación de seguridad para con el paciente al prestarle asistencia médica y será responsable por un lado por el servicio que presta y será su obligación que ese servicio sanatorial se preste en condiciones de seguridad tales que se le garantice al paciente que no sufrirá ningún daño, tal como es de esperarse”.&nbsp;</p><p>En torno a la responsabilidad de la Obra Social, caso de la co-demandada Mutual de Camioneros su responsabilidad deriva “de la que le cabe a los establecimientos médicos con los cuales contrata y deberán responder por los perjuicios provocados a sus afiliados. En tal sentido se ha dicho que la Obra Social es solidariamente responsable con la prestadora del servicio de asistencia médica cuando el afiliado resulta damnificado a consecuencia de la atención negligente ofrecida por esta última, pues aquélla debe efectuar un análisis concienzudo respecto a la eficacia de las entidades y personas que contratara para prestar servicios médicos, controlando permanentemente el desempeño de los mismos”.</p><p>Daños</p><p>Desde la Cámara fijaron un daño a resarcir con el hijo de la víctima en 25 millones de pesos. A esto se suma 12 millones en daño moral,&nbsp;</p><p>En tanto, los padres de la víctima “hubieron de licenciarse en sus respectivas actividades y ello debe ser debidamente reparado. Se cuantificó el lucro cesante en 7.500.000 y el de su conyugue en la suma de 3.600.000, más 8.000.000 por daño moral”.&nbsp;</p><p>López concluye diciendo que “permite la norma determinar el valor de las sumas otorgadas en pesos y equipararlas a una moneda estable y legal utilizada de ordinario en este país como es el Dólar Mercado Electrónico de Pagos (MEP). A tal fin ascendiendo las sumas otorgadas a un total de $ 64.100.000 equivalentes a 50.000 dólares MEP”. &nbsp;</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/-pmVumpWQIAvWCJqajbP8W9t38Q=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2024/10/sanatorio_abel_beroiz.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>Es por la muerte de Aldo Clemente un joven de 24 años. Sufrió un paro cardiorespiratorio previo a una intervención quirúrgica.]]>
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                                <category term="policiales" label="Policiales" />
                <updated>2026-03-18T16:15:30+00:00</updated>
                <published>2024-10-04T13:29:17+00:00</published>
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            Entre Ríos: 11 años de prisión para un cirujano por la muerte de dos pacientes
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                <![CDATA[Redacción Sur24]]>
            </name>
        </author>
        
                                <content type="html" xml:base="https://www.sur24.com.ar/noticias/entre-rios-11-anos-de-prision-para-un-cirujano-por-la-muerte-de-dos-pacientes">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/-F_lek-5F8iLYvQjFTrXPGB2C1Q=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2024/09/cirujano_er.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>Belén Fedullo</p><p>El cirujano concordiense Daniel Ojeda (60), había admitido su responsabilidad ante los jueces que lo juzgaron por la muerte de una paciente en la clínica trucha que montó en 2022 en Villa General Mitre, CABA. Ya sabía de lo que se trataba: la Justicia de Entre Ríos lo había condenado por el homicidio de una mujer y por lesionar a otras dos. También lo inhabilitó para ejercer la medicina.</p><p>Este martes 24 de septiembre, los magistrados del Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional N° 1 porteño le unificaron la pena en 11 años de prisión y en 16 quedó la prohibición sobre su profesión.</p><p>Los jueces del TOCC N°1, Fernando Ramírez, Luis Salas y Adrián Pérez Lance, consideraron a Ojeda responsable por los delitos de homicidio simple en concurso ideal con desobediencia a una orden judicial y le dieron la pena de ocho años de cárcel.</p><p>Sin embargo, como cuando murió su segunda paciente ya estaba condenado a ocho años de prisión por otro homicidio ocurrido en Concordia, su ciudad natal, y, además, tenía prohibido ejercer la medicina por 16 años; la pena unificada para Ojeda quedó en 11.</p><p>Los fundamentos del fallo que se conoció este martes se difundirán el próximo 1º de octubre. Pero, en este caso, el médico “a principios del juicio reconoció su responsabilidad en los hechos que le imputan”. Fue ante esto que la Fiscalía, representada por Horacio Azzolin y la auxiliar Jazmín Auat, solicitó en su alegato la condena que finalmente le concedieron los jueces.</p><p>Así, el “Lotocki entrerriano” (como lo bautizaron medios nacionales) extiende su estadía en el penal de Ezeiza, donde ya cumplía la condena por homicidio imprudente y un amplio abanico de lesiones que le otorgó la Justicia de Entre Ríos por la muerte de una paciente en 2019 en la ciudad de Concordia: la uruguaya Iris Amaro (45) falleció dos días después de someterse a una liposucción con Ojeda. Ese fallo fue confirmado en marzo de este año.</p><p>Eso no lo disuadió de seguir practicando tratamientos estéticos riesgosos y en lugares no aptos. Así, se fue de Entre Ríos e instaló en Buenos Aires otra clínica clandestina en la que ofrecía servicios de estética-plástica. El 3 de junio de 2022, Débhora Campos Gonzáles murió tras someterse a una liposucción, según la investigación que llevó adelante el fiscal Marcelo Retes, a cargo de la Fiscalía Criminal y Correccional N°23. Por esa causa llegó al juicio que concluyó este martes y la estadía de Ojeda en la cárcel de Ezeiza se alarga.</p>Detalles de la investigación<p>En la causa por la que fue condenado este martes, Ojeda reconoció que fue responsable de la muerte de Campos Gonzáles. Según la autopsia que está en el expediente, el fallecimiento pudo “deberse a dos posibilidades”: un uso “indebido de drogas anestésicas inyectadas, o a consecuencia del dolor que habría sufrido producto de anestesia mal proporcionada o combinada, durante el procedimiento llevado a cabo”.</p><p>Ojeda le practicó a la víctima una cirugía estética coincidente con una liposucción y eso le produjo “una descompensación hemodinámica... que al no poder ser revertido fue seguido de muerte”.</p><p>También se destacó en la autopsia que los forenses hallaron tres “punturas vitales” similares a las que se ven para lograr un “inyección intracardíaca”. Las lesiones atravesaron la parrilla costal, la pleura y el pulmón izquierdo, provocando enfisema, que no tuvo “idoneidad para causar la muerte”, pero se dejó en claro que se buscó acceder al corazón y “no se logró”.</p><p>Por lo que se consideró que “no utilizó el instrumental adecuado o bien careció de pericia para utilizarlo”, pero tampoco pidió una ambulancia del SAME y no hubo indicios de que la víctima haya sido intubada, algo que, quizá “podría haber mejorado su situación”.</p><p>Para la Justicia, Ojeda operó sin “el acompañamiento de profesionales médicos” que se requieren para casos de este estilo, “como mínimo, un anestesiólogo”. Pero, además, el departamento en el que se hizo la cirugía no estaba habilitado como clínica, sino que era para habitar como vivienda “sin poseer las instalaciones sanitarias correspondientes, hallándose en el lugar elementos de quirófano oxidados y defectuosos”.</p><p>&nbsp;</p><p>Allí se encontró un desfibrilador y un electro bisturí que “no poseen antecedentes de habilitación ni registro ante la Anmat” y, además, le atribuyeron que “no proporcionó la información correspondiente” a la víctima: no le hizo firmar los formularios de consentimiento.</p><p>Pero, sobre todo, Ojeda, según la acusación, violó la prohibición que tenía desde el 15 de enero de 2021 por la causa de Concordia por la muerte de Amaro y por la cual estaba inhabilitado para ejercer la profesión.</p><p>El caso contra Ojeda le valió al cirujano el apodo del “Lotocki entrerriano” por las similitudes con la muerte de Rodolfo Christian Zárate y de Romina Vega por las que Aníbal Lotocki va a juicio y fue absuelto, respectivamente.</p><p>Ojeda era, en Concordia, un reconocido médico y cirujano pediátrico. Durante años se desempeñó en esa rama de la medicina con éxito y grandes reconocimientos. Desde el año 2004, aproximadamente, comenzó su incursión en la cirugía plástica y poco a poco fue dejando su lugar de prestigio en la medicina pediátrica.</p>]]>
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                                                <summary type="html">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/-F_lek-5F8iLYvQjFTrXPGB2C1Q=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2024/09/cirujano_er.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>Se trata del cirujano Daniel Ojeda. Abrió una clínica “trucha” donde murió una mujer mientras era investigado por una muerte anterior.]]>
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                                <category term="nacionales" label="Nacionales" />
                <updated>2024-09-25T02:19:49+00:00</updated>
                <published>2024-09-25T02:19:26+00:00</published>
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            Bautista, el niño venadense que quedó ciego, “condenado” a una indemnización irrisoria
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        <author>
            <name>
                <![CDATA[Juan Franco]]>
            </name>
        </author>
        
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/ZfK0iXw4JtMPY3P7BeIA960KgXg=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2024/02/bautista_cordoba.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>En los últimos días hubo novedades en el recordado caso de Bautista Córdoba, el recién nacido que, en 2006, quedó ciego en Venado Tuerto a causa de una retinopatía del prematuro grado 5. Ese mismo año, sus padres, Marisa Baumgartner e Iván Córdoba, iniciaron un juicio por mala praxis contra el profesional oftalmólogo actuante, que ganaron años después en primera y segunda instancia, e incluso se les reconoció una indemnización, aunque con los años esa suma, inflación mediante, se volvió irrisoria y hoy reclaman la correspondiente actualización.&nbsp; &nbsp;</p><p>Desde hace nueve años, la familia venadense se radicó en la ciudad rionegrina de Viedma, y en diálogo con Sur24, Marisa Baumgartner se manifestó: “Queremos dar a conocer nuestra situación porque ya confiamos en su momento en la Justicia y no logramos una respuesta justa. Hoy, en 2024, nos ofrecen una indemnización miserable en base a una sentencia con intereses bajísimos, desproporcionados, hasta el punto tal que sería nuestro hijo quien tiene que hacerse cargo del costo de la inflación en nuestro país, a causa de que el proceso judicial duró casi 18 años”.&nbsp;</p><p>“Ni en primera instancia ni en la Cámara obtuvimos justicia con respecto a los intereses. Ahora esperamos que la Corte Suprema santafesina lo haga accediendo a revisar el expediente. Sentimos que no hay efectiva reparación, a pesar de que reconocieron el daño causado. Tampoco descartamos llevar nuestro caso a la Corte Interamericana de Derechos Humanos, porque observamos una responsabilidad del Estado. En este mundo, donde hay tantas injusticias, también hay mucha información, y a través de los medios conocimos el ‘caso Furlan’, donde el Estado fue considerado responsable por no garantizar justicia a un menor de edad en tiempo razonable”.</p>Bautista con su hermana mayor, Milagros, quien cursa estudios superiores en Rosario.Origen del caso<p>Nacidos en julio de 2006, los mellizos Joaquín y Bautista, en su condición de sietemesinos, fueron internados en un instituto privado venadense (ya desaparecido), y Marisa relata los hechos desde los orígenes: “Sufrimos muchas injusticias desde el comienzo. Les hicieron un solo fondo de ojo y nunca más lo repitieron. Ahí empezó la mala praxis porque la ceguera por retinopatía del prematuro puede evitarse. En aquel momento se realizaba una fotocoagulación con láser y era la solución. Pero, en nuestro caso, nunca nadie nos informó siquiera de esos riesgos o en qué situación se encontraban los chicos. Sólo les dieron el alta luego de un mes de internados, cuando llegaron a los dos kilos, y nos enviaron a casa. Pasó un mes y nos dimos cuenta de que algo no funcionaba bien con los ojos de uno de los mellizos (Bautista) y fuimos al pediatra, quien nos derivó al oftalmólogo que los había atendido en el instituto”.&nbsp;</p><p>Este profesional, en su clínica, “nos dijo que era una catarata muy avanzada, y que vayamos a Buenos Aires, porque él se había formado allí, aunque se lo veía nervioso, como sabiendo algo más de lo que nos contaba. Entonces le hicimos el pedido de la derivación y la descripción de la patología, ya que nunca habíamos ido al Hospital Garrahan y desconocíamos cómo manejarnos”.&nbsp;</p>La familia Córdoba-Baumgartner, y el "profe" que corrió la regata con Joaquín y rema con "Bauti".<p>“Desde el comienzo nos manipularon y nunca nos dijeron la verdad. No nos dieron la posibilidad de hacer algo más por nuestro hijo. En el Garrahan nos dijeron que la patología no era cataratas, como erróneamente había escrito el médico venadense. Y también que ya no era operable. Pensé, entonces, que usaría anteojos y lo imaginé tan chiquito y con anteojos, pero los especialistas subrayaron que ya era tarde, que la retinopatía del prematuro había llegado al último estadio, el quinto, el de la ceguera irreversible. Hasta el estadio cuarto se podría haber operado y debieran haberlo hecho en ese mes que estuvo internado en Venado. Hoy la ceguera por retinopatía del prematuro se corrige sólo con unas gotitas mientras permanecen en la incubadora”, detalló Baumgartner.&nbsp;</p><p>También Joaquín sufrió secuelas de la misma afección, ya que perdió casi toda la visión en el ojo izquierdo. A diferencia de Bautista, su retina se formó, pero con un pliegue que le obstruyó gran parte de la visión en ese ojo, y tiempo atrás su oftalmóloga lo confirmó, ya que aún tiene las cicatrices en la retina.</p><p>&nbsp;</p>La batalla legal<p>Comenzaron el juicio en ese mismo año 2006, impulsados por un amigo, ya que ellos estaban muy dolidos y no tenían voluntad de recurrir a la Justicia, sabiendo que ya nada devolvería la vista a su hijo. Sin embargo, los convencieron con el argumento de que, algún día, Bautista les preguntaría qué habían hecho contra quien lo dejó en esa condición, y entonces tomaron contacto con el abogado venadense Arsenio Domínguez para el patrocinio.</p><p>El primer gran escollo fue conseguir un delegado técnico (perito de parte), rol que ni siquiera aceptó asumir una reconocida oftalmóloga rosarina que se especializaba en ceguera por retinopatía de prematuro y controlaba a Bautista cada seis meses. “Nadie quería ir contra un colega”, simplificó Marisa. En consecuencia, “asistimos al Instituto Médico Legal a la pericia médica, sin delegado técnico y, para nuestra sorpresa, allí nos encontramos con nuestro demandado y su delegada técnica, que era precisamente la misma profesional que atendía a Bautista en Rosario”.</p><p>Tras este impactante momento, “al regresar a Venado Tuerto escribí una nota al juez de la causa explicándole lo ocurrido y presentando pruebas de que esta oftalmóloga había atendido a mis hijos durante años, y enseguida corrió traslado para que expusieran el motivo de haber elegido esta persona como delegada técnica del demandado, siendo que era médica de la víctima”.</p>Los inseparables Bautista y Joaquín, compartiendo mates en el invierno patagónico.<p>“Todo, absolutamente todo, fue una burla. Quisieron ubicarnos como culpables por no haber tratado a tiempo a nuestros hijos y la verdad es que le hacíamos anotar cada control al médico como seguimiento, por lo tanto, todo sirvió como prueba. Y así fue que obtuvimos la primera sentencia favorable (en el juicio contra el médico) en el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 2° Nominación de Venado Tuerto, a cargo del Dr. Federico Bertram, en 2018; luego pasó a la Cámara de Apelaciones de Rosario, siendo revisado el fallo por cinco jueces, quienes también resolvieron a favor el 30 de octubre del año pasado. Pero lo insólito es que ya habían transcurrido 17 años, y sabiendo de la inflación endémica de nuestro país, nunca corrigieron los intereses”, lamentó la madre de los mellizos que en este 2024 cursarán el último año de la secundaria.</p><p>El fallo judicial, en su punto 5, establece, en lo que hace al interés aplicable a los montos indemnizatorios establecidos, un mix entre tasa activa y pasiva sumada del Banco de la Nación Argentina, a partir del 10 de noviembre de 2006. Sin embargo, explicó Baumgartner que “hoy ya no se suman los intereses en las sentencias, debido a la gran inestabilidad económica del país. Por eso nuestro pedido de que la Corte revise esos intereses y que sean capitalizados y no sumados” y agregó que, según la estimación de sus asesores en lo legal y contable, “apenas nos están ofreciendo un 10% del monto que se ajustaría a la razonabilidad”.</p><p>&nbsp;</p>Empezar de nuevo&nbsp;<p>“Ante tanta injusticia, impericia, destrato y desamparo, en 2015 nos mudamos a Viedma para comenzar de nuevo. Era un lugar donde ya vivía mi cuñado y donde habíamos ido de vacaciones. Nos gustó porque era una ciudad más tranquila, a orillas del río Negro y muy cerca del mar. Sentíamos que era un buen ambiente para empezar de nuevo, ya que lo que había ocurrido con Bautista resultó muy traumático para toda la familia”, reveló la profesora de Inglés.&nbsp;</p><p>Además, en Viedma había una asociación para personas con problemas de visión que brindaba atención y estimulación. “Allí Bautista comenzó a aprender orientación y movilidad (usar el bastón), actividades de la vida diaria y la verdad es que por primera vez sentíamos que nos contenían, que alguien nos veía", remarcó Marisa, jugando con las palabras.</p><p>Además de Iván y Marisa, y los mellizos de 17 años de edad, la hermana mayor, Milagros, de 20 años, estudia en Rosario, muy cerca del resto de la parentela materna, radicada en Venado Tuerto, y de la paterna, en Berabevú.&nbsp;</p><p>Con una familia muy presente desde siempre, Bautista contó con todas las herramientas posibles para aliviar su discapacidad y disfrutar de una integración que los tuvo a sus papás Marisa e Iván, y al mellizo Joaquín, como los principales baluartes. A modo de ejemplo, orgullosa, la madre contó que Joaquín hace canotaje a nivel competitivo y, por efecto contagio, Bautista comenzó este año en la práctica de la actividad, ya que en la última Regata Internacional del Río Negro -de la que Joaquín participó- conoció a un palista ciego, se entusiasmó y decidió sumarse a la especialidad.</p>Bautista, al igual que su hermano, descubrió una gran pasión en el canotaje.<p>&nbsp;</p>¿Qué es la retinopatía del prematuro?<p>La retinopatía del prematuro es una enfermedad que afecta a bebés prematuros que en las incubadoras reciben oxígeno en alta concentración en sangre. “Las venitas que alimentan la retina empiezan a secarse y a generar muchas venitas alternativas para salvar esa retina. Eso se llama mala vascularización y se detecta con un fondo de ojo. No un solo fondo de ojos, sino sucesivos fondos de ojo, ya que fueron prematuros y recibieron oxígeno. Todo bebé que nace prematuro y recibe oxígeno, tiene riesgos de padecer retinopatía del prematuro”, explicó la madre de Bautista.&nbsp;</p><p>“En este caso, la ceguera pudo evitarse mediante controles semanales para observar el avance o no de esa mala vascularización, y llegado a un estadio avanzado de la enfermedad, debieron avisarnos para proceder a la fotocoagulación con láser y solucionar el tema. Nunca repitieron el control de fondo de ojos y llegó al estadio 5 sin que nadie nos informara nada”, completó.&nbsp;</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/ZfK0iXw4JtMPY3P7BeIA960KgXg=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2024/02/bautista_cordoba.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>En 2006, el sietemesino sufrió una retinopatía del prematuro, que derivó en ceguera irreversible, mientras estaba internado en un instituto privado. Tras casi 18 años, la Justicia dio la razón a la familia en la causa por mala praxis, tanto en primera como en segunda instancia, pero sin actualizar los intereses de la indemnización. Ahora sus padres tramitan un recurso de revisión ante la Corte Suprema de Justicia y podrían acudir a la Corte Interamericana de Derechos Humanos.]]>
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                <updated>2026-03-18T16:15:30+00:00</updated>
                <published>2024-02-06T19:57:10+00:00</published>
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            Silvina Luna: mientras se esperan los resultados de la autopsia, ¿cómo sigue la causa contra Lotocki?
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/vGYhW_hESMGWptLRajPY73A5svU=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2023/09/silvina_luna.webp" class="type:primaryImage" /></figure><p>El Tribunal Oral Criminal 28 ordenó la preservación del cuerpo de Silvina Luna, quien falleció este jueves luego de más de 70 días internada, ante la eventual autopsia que se prevé se realizará en las próximas horas para establecer la causa de la muerte.</p>Qué dijeron los fiscales<p>La orden de la autopsia fue dada por el juez Carlos Rengel Mirat a las autoridades del Hospital Italiano donde estuvo internada la joven.</p><p>“Deberá ser preservado hasta tanto el magistrado interviniente en una posible denuncia de un delito de acción pública, disponga las medidas que estime pertinente o hasta nueva indicación por parte del suscripto”, ordenó.</p><p>La orden de la autopsia fue dada por el juez Carlos Rengel Mirat</p><p>Asimismo, el fiscal Sandro Abraldes remarcó que "el resultado muerte provocado importa una 'situación nueva' en la sustanciación de este proceso penal que amerita el aseguramiento de los presupuestos de realización de dicha práctica, en procura de la máxima consolidación de la teoría del caso de la Fiscalía en el recurso de casación que actualmente se encuentra en trámite".</p><p>En tanto, Abraldes sostuvo que "dentro de las incumbencias del proceso penal se encuentra la de lograr una adecuada reparación a las víctimas por los daños ocasionados como consecuencia del hecho punible. En consecuencia, se torna también imperiosa la producción de la medida de prueba requerida, dada la proyección que -desde el ámbito científico- podrían tener las conclusiones que se obtengan a partir de dicha autopsia e incluso estudios complementarios, en la salud de las otras tres personas damnificadas que existen en estas actuaciones: Gabriela Nilda Trenchi, Pamela Sosa y Stefanía Belén Xipolitaxis".</p><p>Silvina Luna falleció este jueves luego de más de 70 días internada</p><p>El fiscal hizo su presentación ante los Tribunales Orales en lo Criminal y Correccional de la Capital Federal, a cargo de la Fiscalía General Nro. 29, en el marco de la causa nro. 50949/2015, caratulada "Lotocki, Aníbal Rubén por lesiones graves en concurso real con estafa, lesiones graves y lesiones graves reiteradas en dos oportunidades, delitos que concurren en forma real entre sí".</p>&nbsp;<p>&nbsp;</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/vGYhW_hESMGWptLRajPY73A5svU=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2023/09/silvina_luna.webp" class="type:primaryImage" /></figure>Se aguarda saber cómo sigue el expediente contra el cirujano que le realizó una intervención estética años atrás.]]>
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                                <category term="nacionales" label="Nacionales" />
                <updated>2023-09-01T12:49:50+00:00</updated>
                <published>2023-09-01T12:45:45+00:00</published>
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            Silvina Luna se encuentra con “signos vitales estables” según el nuevo parte médico: 
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                <![CDATA[Redacción Sur24]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/pmif8Jf-WnYECzX_777VJ2C0JAg=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2023/07/LunaSilvina0.webp" class="type:primaryImage" /></figure>
<p>Silvina Luna se encuentra “con signos vitales estables y su evolución es favorable”, de acuerdo con un nuevo parte médico dado a conocer el jueves por la noche.</p>


<p>“La paciente Silvina Luna continúa internada en el servicio de terapia intensiva. Se encuentra lúcida, sin asistencia ventilatoria mecánica, con signos vitales estables y su evolución es favorable”, afirmaron las autoridades del Hospital Italiano en el comunicado.</p>

Silvina Luna lleva más de dos semanas internada</p>



<p>Además, ratificaron que Luna “permanecerá internada en este mismo servicio, donde se le brindarán los cuidados y tratamientos necesarios”.</p>


<p>Allegados a la modelo destacaron las buenas noticias en relación al parte médico y señalaron: “Los familiares y afectos de Silvina Luna queremos contarles que el poder de la oración está mostrando sus efectos. Silvina ha sido intubada y eso implica una mejoría, lenta pero franca, y eso nos llena de una tranquilidad que queremos compartir con quienes nos acompañan con sus rezos”.</p>

La modelo presentó complicaciones en su salud, derivadas de una cirugía estética</p>



<p>“Ella pelea con todas sus fuerzas y nosotros la acompañamos con la fe y la esperanza que se necesitan en este difícil momento. Gracias”, añadieron.</p>


<p>En tanto, el abogado de Luna, Fernando Burlando afirmó que “después del susto empezó lentamente a mejorar” y agregó que “ella por suerte está mejor”.</p>


<p>“Ayer (por el miércoles) se dijeron muchas cosas feas, dijeron que la habían intubado nuevamente, que le tenían que hacer traqueotomía, y quiero aclarar que pasó una buena noche, la extubaron y hace horas que está sin sobresaltos”, detalló Burlando en declaraciones a un canal de televisión.</p>

<p>Evalúan hacerle una traqueotomia: Silvina Luna sigue en estado crítico</p>
<p></p>

Por qué está internada


<p>La mujer, de 43 años, lleva más de dos semanas internada en ese nosocomio, tras una serie de complicaciones en su salud, derivadas de una cirugía estética a la que se sometió en 2011.</p>


<p>Luna espera de un trasplante de riñón, mientras el equipo médico intenta disminuir los efectos de una encefalopatía, que refiere a cualquier afección que altera el normal funcionamiento del cerebro.</p>


<p>Además, durante los últimos días fue intubada en varias ocasiones, ya que había sufrido ciertas complicaciones en sus pulmones a raíz de la bacteria KPC que le detectaron. La misma origina infecciones graves y es resistente a los antibióticos.</p>

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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/pmif8Jf-WnYECzX_777VJ2C0JAg=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2023/07/LunaSilvina0.webp" class="type:primaryImage" /></figure>Silvina Luna se encuentra “con signos vitales estables y su evolución es favorable”, de acuerdo con un nuevo parte médico dado a conocer el jueves por...]]>
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                                <category term="nacionales" label="Nacionales" />
                <updated>2023-07-07T07:53:54+00:00</updated>
                <published>2023-07-07T07:53:54+00:00</published>
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            Insólito: le diagnosticaron cáncer en el riñón izquierdo y los médicos le extirparon el derecho
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                <![CDATA[Redacción Sur24]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/CnV0gSTpxRA0JfHCuoZ_L3Lv9N8=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2023/07/jnjsnsjnjs.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>Aída Luz Suhurt, una jubilada de 61 años que vive en Puerto Madryn, denunció por mala praxis a un sanatorio privado de esa ciudad patagónica y a dos médicos, a quienes acusa de la extirpación de un órgano equivocado de su cuerpo.</p>
<p>A la mujer debían realizarse una nefrectomía total izquierda por la presencia de un tumor en el riñón izquierdo pero cuando salió del quirófano y despertó en la habitación se encontró con que le habían sacado el riñón derecho.</p>
<p>Este traumático episodio, que tuvo lugar en abril de 2017 en el Sanatorio de la Ciudad, terminó en la justicia y tanto la damnificada como su familia están a la espera del fallo de primera instancia, que tendría lugar dentro de un mes aproximadamente.</p>
<p>El juicio civil por daños y perjuicios contra ese centro de salud chubutense, el urólogo Jorge Bresser y su médico colaborador, Martín Piana, se llevó a cabo en el Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Civil Número 14, a cargo del doctor Federico Causse y la Secretaría Única, a cargo de Cecilia Caire.</p>
<p id="caption-attachment-162718" class="wp-caption-text">Aída Luz Suhurt.</p>
<p>“El Sanatorio de la Ciudad SRL es responsable por ser la Institución de asistencia médica donde sucedió la incorrecta extirpación ya que tiene la obligación tácita de brindar seguridad por intermedio de los facultativos del cuerpo médico”, explicó el abogado demandante Nicolás Schick.</p>
<p>“Asimismo, el doctor Jorge Bresser es responsable por recomendar una cirugía e indicar los estudios y análisis a los efectos de determinar la patología en concreto”. “Era el responsable del equipo médico dentro del quirófano”, indicó.</p>
El caso
<p>En un control de rutina, el médico de cabecera de Aída le ordenó una ecografía abdominal. Ese estudio, que se practicó el 10 de enero de 2017, puso de manifiesto la presencia de litiasis vesicular (es decir, la existencia de cálculos dentro de la vesícula) y de un quiste en el riñón izquierdo.</p>
<p>Ante este cuadro, el médico ecografista le sugirió la realización de una tomografía para obtener una mejor definición. Veinte días después, la paciente se efectuó una tomografía computada helicoidal de abdomen con contraste oral y endovenoso en la cual se identificó la presencia de un tumor.</p>
<p>Hasta ese momento, Aída gozaba de un óptimo estado de salud físico y anímico y trabajaba en la panadería familiar, junto a su marido y su hijo. Esta tarea le representaba un ingreso extra ya que con la jubilación no le alcanza para cubrir sus necesidades y su función era clave en el negocio debido a que estaba en la parte de atención al público.</p>
<p>Llevaba una vida acorde a su edad, disfrutando de paseos y caminatas y asistiendo a sesiones de yoga dos o tres veces por semana. Pero su rutina cambió rotundamente a raíz de la cirugía laparoscópica renal que le practicaron los médicos Dresser y Piana. Ahora, la mujer debe recibir atención nefrológica de por vida, someterse a tratamientos psicológicos y convivir con un órgano dañado.</p>
La operación que cambió la vida de Aída
<p>Una vez reunidos los exámenes prequirúrgicos, el electrocardiograma, el riesgo cardiológico, los análisis clínicos y la tomografía donde se menciona la presencia del tumor renal izquierdo y la ecografía abdominal solicitada previamente, Aída ingresó al sanatorio el 27 de abril de 2017 para realizarse la nefrectomía del riñón izquierdo, según consta en el consentimiento médico informado y que le fuera explicado.</p>
<p>Al despertarse en la sala de terapia intensiva del sanatorio, en el que estuvo internada durante 48 horas, advirtió dolor y molestias en el costado derecho de su abdomen.</p>
<p>Ante ese padecimiento, la mujer le consultó al doctor Bresser, quien -de acuerdo a su entender- le brindó respuestas evasivas y escuetas; así como el resto del equipo de salud interviniente. Debido a la insistencia de Aída, finalmente le informaron que le habían extraído el riñón derecho en lugar del izquierdo.</p>
<p>“Sufrió la pérdida del órgano sano, ya que le extrajeron un riñón sin alteraciones, que funcionaba correctamente, provocando la pérdida de armonía corporal y un riesgo gravísimo de salud. Lo hicieron a pesar de los estudios médicos precedentes, contra el consentimiento informado y contra la práctica quirúrgica programada sobre el riñón izquierdo”, señaló el abogado Schick.</p>
<p>A partir de ese momento, Aída recurrió a consultas con un médico clínico, un nefrólogo y un oncólogo que “le confirmaron que la nefrectomía derecha había sido innecesaria”, afirmó el letrado.</p>
<p>“Debido a los daños anatómicos, funcionales, estéticos y psicológicos que le causó esa cirugía mutiladora a mi clienta, tuvo que arrancar con un tratamiento psicológico para poder afrontar su nuevo presente, con el órgano dañado dentro de su cuerpo para siempre”, precisó Schick.</p>
<p>El abogado denunció que Aída fue sometida a dos operaciones, de las cuales en solo una de ellas había dado su consentimiento. Es que tras la realización de la cirugía equivocada tuvieron que sacarle el tumor que tenía en el riñón izquierdo.</p>
<p>“No existía tumor en el renal del lado derecho, no se intentó reimplantar el órgano inmediatamente cuando los médicos advirtieron el error al extraerlo. No se pueden intervenir ambos riñones en un mismo abordaje quirúrgico, todo lo cual revela vicios, deficiencias, errores, imprudencias, inobservancias y negligencias no solo en el error de diagnóstico, sino también en la falta de información adecuada y suficiente a la señora Suhurt”.</p>
La explicación del médico
<p>Al momento de ser citado a declarar ante el Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Civil Número 14, el urólogo Bresser presentó un escrito, a través de su abogado, donde admitió que le tuvo que extirpar el riñón derecho porque también presentaba un tumor, algo que no había aparecido en ningún estudio realizado a la mujer.</p>
<p>“Si bien es cierto que se practicó una nefrectomía total de riñón derecho, no es menos cierto que aquella se encuentra plenamente justificada en base al estado de necesidad que tuvo que actuar el médico en virtud de lo aquí manifestado”, indicó en el documento.</p>
<p>Además, señaló que una vez extirpado el riñón derecho “el resultado del estudio anatomopatológico evidenció un carcinoma renal de células claras”. Y añadió que “también tenía un tumor renal más allá que el mismo no se hubiera objetivado con los estudios previos realizados”.</p>
<p>Para exculparse, el médico manifestó que si no hubiese actuado de esa manera “el peligro inminente lo constituía la muerte de la paciente”.</p>
<p>&nbsp;</p>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/CnV0gSTpxRA0JfHCuoZ_L3Lv9N8=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2023/07/jnjsnsjnjs.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>Aída Luz Suhurt, una jubilada de 61 años que vive en Puerto Madryn, denunció por mala praxis a un sanatorio privado de esa ciudad patagónica y a dos m...]]>
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                <updated>2023-07-03T16:22:04+00:00</updated>
                <published>2023-07-03T16:22:04+00:00</published>
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            Internaron a Silvina Luna en terapia intensiva
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                <![CDATA[Redacción Sur24]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/OZS5TE9u5Z1IFZsGAg9JorJlYTg=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2023/06/GS5wSygsl_1300x655__2.webp" class="type:primaryImage" /></figure><p>La salud de Silvina Luna es tema de preocupación para el público y sus colegas desde que la ex “Gran Hermano” confirmó que necesita de un trasplante de riñón para sobrevivir. Este martes, Ángel de Brito informó a través de sus redes sociales que se encuentra internada en terapia intensiva y su estado es “crítico”.</p>
<p>La modelo, de 43 años, “está acompañada por su hermano y por toda la gente que la quiere”, dijo el conductor sobre el cierre de LAM (América), minutos después de dar a conocer la información en redes sociales.</p>
<p>La situación de Silvina es tan delicada que necesita hacerse diálisis tres veces por semana durante cuatro horas cada vez para poder filtrar la sangre, ya que sus riñones no lo pueden hacer porque han dejado de funcionar. En este estado, la única solución para que la modelo pueda volver a tener una vida normal es recibir un trasplante de riñón.</p>
Mala praxis
<p>Los problemas de salud de Silvina Luna fueron provocados por Aníbal Lotocki, cirujano plástico condenado a 4 años de prisión por mala praxis que fue demandado por varias mujeres del espectáculo nacional. En el caso de Luna, por la administración en exceso de metacrilato en sus glúteos, la modelo terminó con un problema renal que la colocó en la lista de espera para un trasplante.</p>
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                <updated>2023-06-28T13:54:08+00:00</updated>
                <published>2023-06-28T13:54:08+00:00</published>
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