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    <title>Sur24</title>
    <subtitle>Todo el sur, todo el día, todos los días.</subtitle>
    <updated>2023-09-09T22:29:20+00:00</updated>
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            La Justicia santafesina tendrá expedientes totalmente digitales
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/Nveh9ZwNAT3mldIYIzuhOzqi-xY=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2023/09/corte_suprema_de_justicia_de_santa_fe.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>Por César Rodríguez</p><p>La Corte Suprema de Justicia de Santa Fe aprobó, como parte de un ambicioso proyecto de digitalización de procesos en el ámbito de la justicia de derecho privado, la implementación escalonada y programática de los mismos hacia su digitalización completa.</p><p>Abogados, contadores, peritos y otros auxiliares de la Justicia, junto a funcionarios de distintos órganos jurisdiccionales, tramitarán de manera íntegramente digital las causas judiciales en diferentes materias de derecho privado, con el propósito de lograr así una prestación del servicio "más ágil y eficiente".</p><p>Con este paso se ingresa a la etapa final de un ambicioso plan de despapelización de trámites procesales que la Corte Suprema de Justicia viene transitando desde agosto de 2021.</p><p>La Corte Suprema de Justicia de Santa Fe. Crédito: Guillermo Di Salvatore</p><p>Hasta la fecha, algunas dependencias y procesos ya tenían tramitación 100% digital. Se trata de los casos en que el expediente fuera iniciado por la Administración Provincial de Impuestos en toda la provincia de Santa Fe y por las Municipalidades de las ciudades de Santa Fe y de Rosario (desde 2021); en las Declaratorias de Herederos que tramitan en las Oficinas de Procesos Sucesorios de Santa Fe y Rosario (desde 2022); en los Tribunales Colegiados de Familia de Santa Fe y Rosario, en causas por violencia familiar o de género sea que provengan de profesionales o de la Unidad de Atención a la Víctima (2023).</p>Cronograma<p>La Corte difundió el cronograma mediante el cual se ampliará la implementación:</p>- 11 de septiembre de 2023: Procesos de Oralidad (Juicios ordinarios/sumarios) en los Juzgados de Distrito en lo Civil y Comercial y en los Juzgados de Circuito de Santa Fe y Rosario.- 18 de septiembre de 2023: Accidentes y Enfermedades Ocupacionales en los Juzgados Laborales de Santa Fe y Rosario; y Daños y perjuicios en los Tribunales Colegiados de Responsabilidad Extracontractual y Juzgados de Circuito de Santa Fe y Rosario.- 25 de septiembre de 2023: Declaratoria de Herederos en todos los Juzgados de Distrito de la Provincia.- 9 de octubre de 2023: Ejecución Fiscal API y Municipalidades y Comunas en todos los Juzgados de Distrito y Circuito de la Provincia.- 6 de noviembre de 2023: Violencia Familiar en todos los Juzgados de Distrito de Familia de Vera, Rafaela, San Cristóbal, Reconquista, Cañada de Gómez, Casilda, Villa Constitución, San Lorenzo y Venado Tuerto.- 27 de noviembre de 2023: Procesos de Oralidad (Juicios ordinarios/sumarios) en los Juzgados de Distrito Civil y Juzgados de Circuito de Rafaela, Reconquista y Venado Tuerto.- 4 de diciembre de 2023: Daños y Perjuicios (Oralidad) en Juzgados de Distrito Civil y Juzgados de Rafaela, Reconquista y Venado Tuerto.- 12 de diciembre de 2023: ART en Juzgados Laborales de Reconquista, Venado Tuerto, Rafaela, Villa Constitución y San Lorenzo.<p>Las causas que actualmente se tramitan en soporte papel, y más allá de su digitalización dentro del sistema informático SISFE y visualización por Autoconsulta Online, continuarán bajo dicha modalidad hasta su finalización.</p>&nbsp;<p>&nbsp;</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/Nveh9ZwNAT3mldIYIzuhOzqi-xY=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2023/09/corte_suprema_de_justicia_de_santa_fe.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>Aprobó la implementación escalonada y programática de los mismos hacia su digitalización completa.]]>
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                                <category term="provinciales" label="Provinciales" />
                <updated>2023-09-09T22:29:20+00:00</updated>
                <published>2023-09-09T22:25:26+00:00</published>
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            Sigue en Santa Fe la causa contra Sain
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/-WccMNNb_zpB6krv0SOAVzvRoL8=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2023/04/Sain6.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>

Emerio Agretti
Luis Rodrigo



<p>En segunda instancia, la justicia santafesina consideró que corresponde a su jurisdicción el caso contra el ex ministro de Seguridad y ex titular del Organismo de Investigaciones del Ministerio Público de la Acusación, Marcelo Sain, conocido en los medios como la “causa espionaje”, aunque técnicamente no corresponde esa denominación sino la de otras figuras como la de “uso indebido de datos”, entre otras, como “abuso de autoridad”.</p>


<p>El fallo difundido al mediodía del viernes 14 comprende también los pedidos de los ex funcionarios Esteban Montenegro, María Agustina Moulins, Nadia Schujman, Débora Cotichini, Milagros Bernard, Diego Rodríguez y Pablo Álvarez, que según el caso se desempeñaron en el Ministerio de Seguridad o en el MPA.</p>


<p>“Conforme los supuestos de hechos que habría planteado la acusación en las audiencias imputativas, por las acciones que habrían desplegado los imputados estaríamos en presencia de ilícitos de competencia de la justicia ordinaria, la mayoría de ellos vinculados a la función pública (Abuso de Autoridad, Peculado, Malversación de Caudales Públicos, etc.). Es por estos fundamentos que considero que corresponde la competencia de los tribunales de la Provincia, para la investigación y juzgamiento de posibles ilícitos penales cometidos por personas que ejercían funciones públicas en la administración central provincial”, dice el magistrado.</p>


<p>Con este nuevo traspié judicial, al ex ministro Sain y sus colaboradores en esa cartera y en el órgano de la Acusación le queda por delante la apelación ante la Corte Suprema de Justicia de Santa Fe para completar las quejas por agravios presentadas por la defensa.</p>

El ex ministro de Seguridad quedó imputado en la causa.</p>



Diferencia


<p>En los considerandos, el juez entiende que se debe confirmar lo resuelto en primera instancia, “aunque con distintos fundamentos”. Y se explaya: “no se puede compartir el análisis que efectúan los acusadores de los tipos legales. En efecto, los tipos penales contemplados en la Ley 25.520, son delitos especiales, que requieren que los sujetos activos reúnan las cualidades exigidas por la propia norma”, vinculada al espionaje ilegal en el ámbito del Estado federal dentro de la denominada “Ley de Inteligencia Nacional”.</p>


<p>En otras palabras, “no es correcto la interpretación que efectúan los acusadores, de que cualquier funcionario o empleado puede realizar las conductas prohibidas en el cuarto de la Ley 25.520, sino solo aquellos que integran el Sistema de Inteligencia Nacional. Así, entonces, cuando la ley prescribe una pena a “todo funcionario o empleado público que realice acciones de inteligencia prohibidas por las leyes&#8230; 25.520&#8230; ” (art. 43 ter, Ley 25.520-t.o. Ley 27.126), debemos entender que refiere a cualquier funcionario o empleado público que integre el Sistema de Inteligencia Nacional, quedando excluídos todo otro empleado o funcionario, ya sea nacional o provincial, que no forme parte de dicho sistema”, tal el caso de los funcionarios provinciales tanto del Poder Ejecutivo como del Judicial.</p>

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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/-WccMNNb_zpB6krv0SOAVzvRoL8=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2023/04/Sain6.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>Emerio AgrettiLuis RodrigoEn segunda instancia, la justicia santafesina consideró que corresponde a su jurisdicción el caso contra el ex ministro de S...]]>
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                <updated>2023-04-14T19:15:39+00:00</updated>
                <published>2023-04-14T19:15:39+00:00</published>
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            San Lorenzo: la Justicia admitió el cambio de apellido a una mujer abusada por su padre
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/A53IEcBAohJ8PmLjPqDs6sdyCZw=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2021/11/justicia.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>La Justicia santafesina admitió el cambio de apellido paterno solicitado por una joven de 21 años cuyo padre fue condenado en abril pasado a 20 años de prisión por abusar de ella durante más de una década, informaron este viernes fuentes judiciales, que accedieron a la solicitud porque “su identidad-personalidad se ha visto modificada y alterada de una forma extrema, violenta, arrasadora”.</p>
<p>“No puedo seguir identificándome socialmente con un apellido que alude a mi abusador”, sostuvo B., la joven de 21 años que tras acusar a su padre y lograr una condena, ahora consiguió que un juez de Familia de la ciudad santafesina de San Lorenzo admitiera el cambio del apellido paterno.</p>
<p>En el fallo, el juez Marcelo Escola sostuvo que “de manera real y concreta, su identidad-personalidad se ha visto modificada y alterada de una forma extrema, violenta, arrasadora”.</p>
<p>El magistrado agregó que “a tal punto que, estoy convencido, no resiste el menor análisis el hecho que no pueda, ni quiera, ni sienta, identificarse con quien se transformó de progenitor en su abusador permanente y sistemático, durante la mayor parte de su vida”.</p>
<p>Como consecuencia de los abusos sistemáticos a los que fue sometida, la joven quedó embarazada de su padre y tras denunciarlo dio a la niña en adopción, indica la resolución, que no es la primera en esa materia, pues existen antecedentes de adolescentes mujeres y varones que solicitaron el cambio de sus apellidos en casos que llevaran el del abusador o del femicida de su madre.</p>
“Una nueva batalla”
<p>En el escrito que B. presentó en el juzgado para solicitar el cambio del apellido paterno por el materno, patrocinada por la defensora general Silvina Raquel Bernardelli, señaló que “me encuentro que debo comenzar una nueva batalla y en esta presentación la comienzo”.</p>
<p>Así, solicitó “cambiar” su apellido, “el cual no puedo evitar por razones obvias, que cada vez que me nombren o que yo me tenga que representar, me identifique interna y socialmente con mi abusador, con todo lo que ello implica”.</p>
<p>La joven hizo referencia a “una nueva batalla” porque la primera consistió en poder contarle a su madre que era abusada sexualmente por su padre desde los 8 años, denunciarlo y llevarlo a juicio.</p>
<p>En abril pasado, un tribunal de la ciudad de San Lorenzo condenó a E.R.P. a 20 años de prisión por abuso sexual doblemente calificado.</p>
<p>Como consecuencia de “los traumas psicológicos que le ocasionó ser víctima de su propio padre”, reseña el escrito, la joven comenzó con apoyo terapéutico y con el paso del tiempo y la ayuda de su terapeuta, familiares y amigos, “logró transitar el juicio contra su abusador”.</p>
<p>Ese proceso “le hizo sentir que logró ser escuchada judicialmente, que su abusador pague con su libertad parte del daño que sufrió y que, más allá de los tratamientos que haga, la marcó de por vida”, sostuvo la abogada.</p>
<p>Según señaló el fallo, B. solicitó cambiarse el apellido paterno por el de su madre, quien desde un primer momento la acompañó y en quien “no hubo un segundo de desconfianza”.</p>
<p>“Juntas fuimos a denunciarlo y no paramos hasta la condena de quien no puedo seguir llamándolo padre, ya que es un verdadero chacal”, dijo la víctima.</p>
<p>A la vez, señaló que su madre “es una gran mujer, tuvo que soportar a aquel hombre que había elegido como esposo y padre de sus hijos, haya arruinado la vida de su hija y de toda una familia”.</p>
<p>Y agregó que “por eso mi apellido debe ser (el materno), con el cual quiero identificarme y que me identifique la sociedad”.</p>
Fundamentos
<p>En los fundamentos de la resolución, el juez Escola manifestó que “el horror al que fue sometida la peticionante cada día, durante al menos catorce años, el poder transitar la denuncia de tales aberraciones y el juicio posterior, como asimismo los demás días a transcurrir, con sus lamentables consecuencias, me relevan de tener que dar otra explicación o hacer interpretación alguna, más allá de sus propias palabras, con las que entiendo sobradamente acreditada la petición origen de estas actuaciones”.</p>
<p>Un informe de la terapeuta que atiende a B., adjuntado a la resolución, indicó que “el cambio de apellido paterno por el materno está altamente justificado en la historia de abusos y violencias ejercidas por su progenitor, que no ha podido cumplir con su función paterna, sino todo lo contrario”.</p>
<p>Así, planteó que “es necesario que el Estado ejerza una reparación simbólica en su subjetividad, que extenderá los efectos favorables de la pena a veinte años de cárcel para dicho sujeto”.</p>
<p>“El trauma o daño psíquico padecido por mi paciente está siendo tramitado en el proceso terapéutico, pero además, es un acto de afirmación vital el deseo de este cambio de identidad para poder reconocerse como otre, tanto en su interioridad como para con sus vinculaciones afectivas, sociales, institucionales”, abundó el informe psicológico.</p>
<p>La sentencia judicial concluyó que “hacer lugar a este pedido es allanar el camino para poder sostener este deseo que la liberará, en parte, de tener que soportar su apellido paterno como un estigma, como una carga”.</p>
<p>&nbsp;</p>
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                <updated>2021-11-05T19:16:53+00:00</updated>
                <published>2021-11-05T19:16:53+00:00</published>
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