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    <title>Sur24</title>
    <subtitle>Todo el sur, todo el día, todos los días.</subtitle>
    <updated>2026-03-18T16:15:30+00:00</updated>
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            ¿Cuál es la causa en Santa Fe de los juicios por siniestros del trabajo?
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                <![CDATA[Redacción Sur24]]>
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        </author>
        
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/YExyHZQ28p1ErwCRBM2coSk_hoo=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2025/12/poder_judicial.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure><p>Por Juan Manuel Pusineri (*)</p><p>Transcurridos más de cuatro años desde la puesta en funcionamiento en la Provincia de Santa Fe del sistema de Comisiones Médicas obligatorias para los siniestros laborales - previa adhesión a la Ley Nacional de Riesgos del Trabajo 27.348 -, se vuelve a advertir sobre la excesiva litigiosidad en la materia. Sus consecuencias son sobrecarga en la labor de los juzgados, encarecimiento de los costos, incertidumbre para quienes los deben afrontar y ausencia de una respuesta rápida y eficaz para el trabajador, cuestiones cuya erradicación fue el objetivo de la sanción de la Ley Provincial 14.003 de adhesión.</p><p>Identificar acertadamente la causa que provoca ese cuadro, resulta crucial para proponer soluciones.</p><p>Desde el sector de las ART, vale aclararlo actor del sistema con fines de lucro, se atribuye la judicialización de los siniestros laborales a la actuación de los peritos médicos judiciales, quienes serían propensos a determinar incapacidades y hacerlo con porcentajes altos porque sus honorarios se fijan en función de la cuantía de la reparación. Puntualmente para el caso de Santa Fe se recurre a la comparación con la Provincia de Córdoba que registra una menor cantidad de juicios.</p><p>Si el origen fuera el mencionado incentivo, aunque no lo es (el art. 82 del Código Procesal Laboral dice que “no estarán vinculados a la cuantía del respectivo juicio, ni al porcentaje de incapacidad que se dictamine en caso de pericia médica” sino “a la labor técnica realizada en el pleito y su relevancia; calidad y extensión en lo concreto” con un tope del 30% de lo que percibe el abogado), la tesis no explica porque frente a una legislación similar que proviene del Código Procesal Laboral de Córdoba, en esa Provincia no ocurre lo mismo.</p><p>Ese argumento sugiere un obrar ilícito o al menos poco ético, que pierde toda consistencia cuando se constata que prácticamente no existen denuncias ante los Colegios o la Justicia Penal. Las situaciones reñidas con la legalidad, que pueden existir, no alcanzan si quiera marginalmente para ensayar una hipótesis.</p>Criterios<p>En otro andarivel están quienes piensan que la disparidad de criterios entre las instancias administrativas - es decir las Comisiones Médicas - y la judicial es lo que trae aparejado el reclamo ante los Juzgados.</p><p>Santa Fe está en etapa de conformación del Cuerpo Médico Forense con profesionales que perciben un salario público en el ámbito del Poder Judicial y en el marco de un convenio con la S.R.T., lo que en principio aparece como una propuesta para zanjar las diferencias apuntadas.</p><p>Ahora bien desde algunos ámbitos, cuyo conocimiento técnico-jurídico no aparece del todo claro, se pregona que la función de aquel Cuerpo debería reducirse a constatar si el dictamen de las Comisiones Médicas se ajusta o no al “Baremo de Evaluación de Incapacidades Laborales”, y que ello debe constituirse en una especie de instancia definitiva que impida una nueva evaluación en sede judicial.</p><p>Cualquiera que haya transitado el procedimiento de las Comisiones sabe que allí no se lleva a cabo producción de pruebas, ni un debate jurídico sobre el nexo causal u otras de fondo vinculadas a la interpretación del derecho, ciñéndose al examen médico y al cumplimiento de pasos administrativos.</p><p>Por lo que la postulación de limitar el acceso a la Justicia resulta tan irrazonable como contraria a la jurisprudencia consolidada de la C.S.J.N. sobre la necesidad de un control judicial amplio y suficiente de las decisiones de los Tribunales Administrativos (“Fernández Arias c. Poggio” de 1960 y más recientemente “Angel Estrada y Cía. S.A.”), sin contar que atenta frontalmente contra uno de los pilares básicos de los Tratados de Derechos Humanos que poseen jerarquía constitucional en Argentina (art. 75 in. 22 CN).</p>Eficiencia<p>Es mucho más racional y ajustado a derecho apostar por hacer más eficientes los organismos existentes - para lo cual puede el mencionado Cuerpo Médico cumplir una tarea importante - y no quedarse en la superficie a la hora de identificar la causa real del problema.</p><p>Es que no puede soslayarse en el análisis que pese a la existencia de numerosos precedentes judiciales de la C.S.J.N. que asignan relevancia al nexo causal entre la lesión y las tareas del trabajador (“Silva” de 2010; “Rivadero” de 2013, “Marchetti” de 2016, “Poggi” de 2019 entre otros), determinadas enfermedades, entre las que sobresalen las músculo esqueléticas, no son reconocidas ni por las ART ni por las Comisiones Médicas, que las califican equivocadamente como inculpables, es decir sin relación con el trabajo, aun cuando la vinculación entre ambos resulta palmaria.</p><p>La comparación con Córdoba a la luz de las estadísticas que proporciona la Superintendencia de Riesgos del Trabajo permite corroborar lo afirmado. En 2024 Santa Fe tenía 619.350 trabajadores cubiertos por ART, 26.871 fueron los siniestros ocurridos y 16.140 las causas judiciales iniciadas. En Córdoba eran 619.619 las personas cubiertas; 27.535 los siniestros y 9.985 las causas judiciales.</p><p>Es obvio que frente a una simétrica cantidad de población alcanzada por el sistema con una incidencia similar de accidentes y enfermedades laborales, son las instancias previas al juicio las que están brindando una respuesta de mejor calidad que la nuestra en la Provincia vecina. Salvo que se piense que aquí los peritos y por transición los trabajadores, abogados y jueces son corruptos o lo son en mayor medida que en la Provincia mediterránea, razonamiento al que por absurdo lógicamente no adscribimos.</p><p>Allí corresponde poner la mirada para comprender el origen de la judicialización y no el desempeño de los profesionales. ¿Por qué los peritos judiciales no deberían expedirse reconociendo el carácter profesional de la dolencia si se verifican las condiciones para ello? ¿Por qué los jueces tendrían que resolver en contra de quien es víctima de un siniestro cuando la razón está de su lado?</p><p>La Comisiones Médicas existentes en la Provincia cuentan con personal médico y jurídico. ¿No será mejor trabajar en una necesaria adecuación a los estándares de juridicidad, sobre todo para el abordaje de las enfermedades laborales? La Ley Provincial 14.003 creó un Observatorio con participación de quienes tienen incumbencia en este tema, cuyo diagnóstico puede significar un aporte útil en esta dirección, pero sobre el cual no se hace mención alguna.</p><p>El trabajador al cual se le reconoce su derecho en sede administrativa rara vez opta por recurrir a la justicia. Lo que está claro es que reclamará la protección judicial si como ocurre en la actualidad sistemáticamente le es negado el amparo legal.</p>Paradojas<p>En este entendimiento frente al crecimiento de la litigiosidad es conveniente preguntarse en primer lugar sobre su verdadera causa. Con estigmatizaciones a profesionales o a la justicia seguramente no va a disminuir.</p><p>La mayor alícuota que pagan las Empresas es fijada por las ART y la justifican en la suba de las causas que ingresan a la justicia. La paradoja radica en que en gran medida estas últimas se originan en la falta de reconocimiento de los siniestros por parte quienes la cobran.</p><p>En sede judicial por acuerdos o por sentencias las ART abonan las indemnizaciones a valores históricos - en general con intereses que no cubren la inflación – mientras las alícuotas que perciben lo son a valores actuales y más caras por la judicialización en la cual les cabe responsabilidad. En el mientras tanto se privó al trabajador de disponer del dinero y de acceder a las prestaciones médicas. Lo que invariablemente conduce a que sean las Obras Sociales, en el mejor de los casos, o el sistema público de salud quienes deben hacerse cargo de los tratamientos y de las intervenciones quirúrgicas.</p><p>Si el servicio de cobertura de riesgos del trabajo fuera prestado en el marco de la legalidad habría menos juicios y las Empresas deberían pagar menos. Esta también es una exigencia que los empleadores pueden y deben hacer a la hora de contratar o renovar los contratos con las aseguradoras.</p><p>(*) Abogado Especialista en Derecho Laboral</p>]]>
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                                                <summary type="html">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/YExyHZQ28p1ErwCRBM2coSk_hoo=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2025/12/poder_judicial.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure>"Si el servicio de cobertura de riesgos del trabajo fuera prestado en el marco de la legalidad habría menos juicios y las empresas deberían pagar menos. Esta también es una exigencia que los empleadores pueden y deben hacer a la hora de contratar o renovar los contratos con las aseguradoras", afirma el autor.]]>
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                                <category term="opinion" label="Opinión" />
                <updated>2026-03-18T16:15:30+00:00</updated>
                <published>2025-12-08T16:02:25+00:00</published>
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            Un estudio midió cuántas horas les dedican los jueces a las audiencias
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        <link rel="alternate" href="https://www.sur24.com.ar/noticias/un-estudio-midio-cuantas-horas-les-dedican-los-jueces-a-las-audiencias" type="text/html" title="Un estudio midió cuántas horas les dedican los jueces a las audiencias" />
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                <![CDATA[Emerio Agretti]]>
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        </author>
        
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/Rfz-UUC7Pr9zUNzrd4n6dC3_rVs=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2025/10/justicia_penal_1.webp" class="type:primaryImage" /></figure><p>Por Emerio Agretti</p><p>El tiempo que los jueces argentinos dedican en promedio a las audiencias es sumamente dispar entre los diferentes distritos, pero en general, si bien se registran notorios avances, el nivel de oralidad en los procesos sigue siendo insuficiente en todo el país. En ese marco, Santa Fe se encuentra entre las provincias con índice más elevado, a continuación de San Juan y Neuquén.</p><p>Así surge de un reciente análisis del Instituto de Estudios Comparados en Ciencias Penales y Sociales (INECIP), que pone en evidencia las limitaciones en el avance hacia sistemas judiciales más transparentes y eficientes en Argentina.</p><p>El informe resalta desigualdades notables tanto entre provincias como al interior de cada una, lo que refleja variaciones en la implementación del modelo acusatorio y en la organización de oficinas judiciales, diseñadas para separar tareas administrativas de las jurisdiccionales y optimizar el rol de los jueces.</p>Indicador clave<p>El estudio se basa en información recolectada durante 2023 de los tribunales penales provinciales, nacionales y federales. Y pone la lupa sobre un indicador determinante: las horas promedio que pasan los jueces de primera instancia en salas de audiencia, excluyendo etapas de revisión o impugnación donde predomina el trámite escrito.</p><p>Según los investigadores, la oralidad representa el pilar fundamental de un sistema acusatorio moderno, ya que favorece la resolución de conflictos mediante el diálogo directo, asegura la participación activa de víctimas e imputados, y promueve la publicidad de los actos judiciales.</p><p>“Es la herramienta que permite pacificar disputas de manera democrática, respetando la inmediatez y la transparencia”, explican en el documento. Sin embargo, el informe alerta sobre prácticas persistentes que invisibilizan etapas intermedias o de investigación, donde a menudo se recurre a procedimientos escritos o rutinarios que afectan derechos y garantías.</p>Cómo se calculó<p>En términos metodológicos, el cálculo se realizó sumando las horas totales en audiencias de cada juez durante el año, promediándolas y dividiéndolas por 11 meses.</p><p>El Inecip propone un estándar mínimo de 72 horas mensuales por magistrado, equivalente a tres días semanales de seis horas en sala, dejando espacio para deliberaciones y redacción de fallos. En ese sentido, los datos obtenidos no son alentadores: ninguna de las jurisdicciones que reportan datos precisos llega a ese nivel.</p><p>“Hay avances, pero persisten deficiencias en la producción de estadísticas y en su uso para tomar decisiones”, señalaron las autoras Sidonie Porterie, Aldana Romano y Creusa Videla.</p><p>De acuerdo con los datos procesados, San Juan lidera con un promedio de 33,1 horas mensuales por juez, seguido por Neuquén (26,16) y Santa Fe (25,45). En el otro extremo, provincias como Entre Ríos reportan apenas 5,22 horas, mientras que otras como Buenos Aires, Salta o la Justicia Nacional no proporcionan información completa o no contestan.</p><p>Jurisdicciones como Catamarca, Chaco o Córdoba informan parcialmente, y San Luis, Santa Cruz y Tucumán no ofrecen datos en absoluto. Este panorama subraya la necesidad de mejorar los sistemas de medición y estandarizar indicadores para evaluar la calidad del servicio judicial.</p>Conclusiones<p>El objetivo principal de esta microinvestigación consiste en medir la cantidad de tiempo que jueces y juezas se encuentran en audiencia. Si bien se admite que ésas no es la única variable que puede analizarse para evaluar la oralidad de los procesos penales, se parte de la base de que es una manera apropiada de poner en el centro de la discusión el nivel de oralidad en Argentina, y la importancia de gestionar el tiempo de jueces y juezas de la mejor manera posible.</p><p>En las conclusiones advierten que, aunque fueron pocas las provincias que remitieron la información desagregada por tipo de audiencia, no pareciera haber una diferencia sustancial en el tiempo dedicado a audiencias de investigación y de etapa intermedia, con respecto a las de debate. A priori, este dato podría indicar el bajo nivel de oralidad de las audiencias previas al juicio, siendo que en los sistemas acusatorios, la etapa preliminar es donde se debiera concentrar el mayor caudal de trabajo.</p>El problema de la virtualidad<p>En otro orden, fueron muy pocas las provincias que pudieron reconstruir la información de hora de juez en audiencia por modalidad (virtual o presencial). Y los resultados entre ellas también difieren: las provincias de San Juan, Chubut y La Pampa tuvieron mayor carga de hora en audiencias presenciales (94.9% en San Juan, 98.7% en Chubut y 80% en La Pampa). En la provincia de Jujuy los resultados se invierten: 88,6% de las horas fueron en audiencias virtuales (audiencias de investigación, etapa intermedia, ejecución y abreviado) y 11,4% en audiencias presenciales (de juicio).</p><p>El uso de las audiencias virtuales se ha ido incrementando luego de la pandemia de COVID-19. Y si bien la tecnología puede ser un soporte válido para agilizar procesos y garantizar el desarrollo de algunas audiencias, los investigadores entienden que esto “debería ser la excepción y no la regla”.</p><p>Consignan que “la sala virtual es incapaz de reemplazar a una sala de audiencias como espacio de resolución de los graves conflictos humanos que gestiona la justicia penal. Debe siempre tenerse presente que las salas de audiencia cumplen con una función central en la administración de justicia penal: son el espacio en el que los conflictos se traducen en palabras”.</p><p>Por la importancia que asignan a esta cuestión, resaltan que incluso el diseño y arquitectura de la sala de audiencia son aspectos esencialmente críticos, en la medida en que pueden favorecer u obstaculizar la oralidad y el litigio.</p>Obstáculos<p>“La virtualidad supone muchas veces un obstáculo para promover una participación activa de las partes y facilitar un litigio más dinámico y fluido. Más aún en contextos en los que la dinámica del litigio adversarial, el ejercicio de la contradicción y la fluidez en la presentación de la información en las audiencias previas al juicio, continúa siendo en muchos casos deficiente. La sala de audiencia debe además proyectar solemnidad; es importante que en ella se jerarquice el lugar del juez o jueza”, advierten.</p><p>Y, al respecto, hacen hincapié en las características que deben reunir las salas de audiencia, entre otras cosas el mobiliario y los símbolos, para jerarquizar el lugar de jueces, juezas y jurados. Elementos que, como se observa, “jamás pueden garantizarse por igual en salas virtuales”.</p><p>En este sentido, advierten sobre los efectos distorsivos del uso de la tecnología en las audiencias penales, sobre todo el riesgo inmenso que representa la virtualización de las audiencias de juicio. “La virtualización del juicio oral puede impactar muy severamente sobre la calidad del litigio y afectar derechos y garantías”, que no pueden ponerse en peligro en atención a la mayor celeridad. En atención a ello, convocan a un debate serio, para “construir consensos razonables sobre el uso de la virtualidad para las audiencias penales”.</p><p>Y concluyen expresando la expectativa de que los resultados del informe “permitan avanzar en una discusión honesta sobre el mejoramiento técnico y de gestión de las estadísticas de la justicia penal, así como sobre la calidad y nivel de oralidad que tenemos hoy en nuestro país”.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/Rfz-UUC7Pr9zUNzrd4n6dC3_rVs=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2025/10/justicia_penal_1.webp" class="type:primaryImage" /></figure>El informe registra los avances en la implementación del sistema acusatorio, y la importancia de la oralidad en los procesos y la reasignación de tareas administrativas.]]>
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                                <category term="provinciales" label="Provinciales" />
                <updated>2026-03-18T16:15:30+00:00</updated>
                <published>2025-10-30T16:59:03+00:00</published>
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            Prisión perpetua para el acusado de homicidio en el primer juicio por jurados en Santa Fe
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        <link rel="alternate" href="https://www.sur24.com.ar/noticias/prision-perpetua-para-el-acusado-de-homicidio-en-el-primer-juicio-por-jurados-en-santa-fe" type="text/html" title="Prisión perpetua para el acusado de homicidio en el primer juicio por jurados en Santa Fe" />
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        <author>
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                <![CDATA[Redacción Sur24]]>
            </name>
        </author>
        
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/OUAdXN3Ek6bCZICs-2I2TRguPOw=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2025/09/juicio_por_jurados.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>María José Valdéz</p><p>El martes marcó un hito judicial en la capital provincial. Tras la declaración de los últimos testigos, el jurado popular emitió su decisión: Iván Carrizo es culpable del crimen de Lautaro Leandro, conocido como “Lato”, ocurrido en septiembre de 2022. La pena impuesta fue la de prisión perpetua, la más alta prevista en el Código Penal argentino.</p><p>"Nosotros, el jurado, por unanimidad, encontramos al acusado Iván Oscar Carrizo culpable del homicidio criminis causa con arma de fuego, conforme al requerimiento de la acusación", leyó el presidente del jurado en la sala de audiencias. Tras el veredicto, la jueza Rosana Itatí Carrara resolvió aplicar la condena de cadena perpetua.</p><p>El histórico proceso estuvo presidido por la jueza Rosana Itatí Carrara. Foto: Manuel Fabatia</p>Una historia truncada<p>Lautaro Leandro, un joven de Lomas de Zamora, llegó a Santa Fe en septiembre de 2022 para cumplir un sueño: comprar una moto. Pero el viaje terminó en tragedia. Fue ejecutado de un disparo en la nuca en un episodio que, según la fiscalía, fue premeditado.</p><p>El juicio por jurados permitió que doce ciudadanos de la capital provincial escucharan durante dos jornadas los testimonios, pruebas y argumentos de las partes, y luego deliberaran a puertas cerradas hasta llegar al veredicto unánime.</p><p>Familiares siguieron cada instancia del primer juicio por jurados en la ciudad. Foto: Manuel Fabatia</p>Un sistema inédito en Santa Fe<p>Se trata del primer juicio por jurados que se realizó en la ciudad de Santa Fe, en el marco de la implementación de esta modalidad que busca democratizar la justicia penal. Con este caso, el sistema pone a prueba la participación ciudadana en decisiones de máxima trascendencia.</p><p>La modalidad del jurado, integrada por personas comunes elegidas al azar, refuerza la transparencia del proceso judicial y el vínculo entre la sociedad y la administración de justicia. La decisión del tribunal popular será ahora la base para que la jueza determine la pena que deberá cumplir Carrizo.</p><p>La familia de “Lato” Leandro escuchó el fallo con profunda emoción. Sus padres, que siguieron cada instancia del debate, destacaron la importancia de haber llegado a este desenlace gracias a su rol como querellantes.</p><p>Mientras tanto, el veredicto dejó una huella en la historia judicial santafesina: por primera vez, ciudadanos comunes tuvieron en sus manos la responsabilidad de definir un caso de homicidio de alto impacto social.</p>]]>
                </content>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/OUAdXN3Ek6bCZICs-2I2TRguPOw=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2025/09/juicio_por_jurados.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>Iván Carrizo fue hallado culpable  por el crimen de "Lato" Leandro en un fallo unánime que culminó con la imposición de la pena máxima prevista en el Código Penal.]]>
                </summary>
                                <category term="provinciales" label="Provinciales" />
                <updated>2026-03-18T16:15:30+00:00</updated>
                <published>2025-09-03T01:41:27+00:00</published>
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            Sobreseyeron a los rugbiers franceses acusados de abuso sexual
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        <link rel="alternate" href="https://www.sur24.com.ar/noticias/sobreseyeron-a-los-rugbiers-franceses-acusados-de-abuso-sexual" type="text/html" title="Sobreseyeron a los rugbiers franceses acusados de abuso sexual" />
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        <author>
            <name>
                <![CDATA[Redacción Sur24]]>
            </name>
        </author>
        
                                <content type="html" xml:base="https://www.sur24.com.ar/noticias/sobreseyeron-a-los-rugbiers-franceses-acusados-de-abuso-sexual">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/W1titiMpSP5hNUtnM1dpu31Yb0A=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2024/12/rugbiers.webp" class="type:primaryImage" /></figure><p>La Justicia de Mendoza dictó el sobreseimiento de los rugbiers franceses Oscar Jégou y Hugo Auradou, quienes habían sido acusados de abuso sexual con acceso carnal agravado por una mujer de 39 años.</p><p>La decisión fue tomada por la jueza Eleonora Arenas, luego de cinco meses de investigación que culminaron con la liberación definitiva de los deportistas.</p><p>El caso se originó el 7 de julio, cuando la denunciante presentó la acusación que derivó en la detención de los rugbiers al día siguiente, cuando se disponían a viajar hacia Montevideo tras haber disputado un partido amistoso con Los Pumas.</p><p>Los jugadores permanecieron casi 40 días detenidos en la provincia y recuperaron su libertad condicional el 2 de septiembre, luego de que la recolección de pruebas debilitara la denuncia inicial.</p><p>A lo largo del proceso judicial, se detectaron contradicciones en los testimonios de la denunciante, según el análisis de la Fiscalía de Mendoza, liderada inicialmente por el fiscal Gonzalo Nazar.</p><p>El funcionario judicial sostuvo que los cambios en el relato de la mujer llevaron a la conclusión de que no existían pruebas suficientes para sostener la acusación contra Jégou y Auradou.</p><p>El abogado defensor, Rafael Cúneo Libarona, celebró la resolución judicial y subrayó que el fallo "salvó el honor de los jugadores y el prestigio del rugby francés". Además, anticipó que las familias de los deportistas evalúan iniciar una acción legal contra la denunciante por falsa denuncia.</p><p>“Queda a salvo el honor de los jugadores y el prestigio del rugby francés”, expresó Cúneo Libarona, quien insistió en que las pruebas demostraron la existencia de consentimiento por parte de la mujer en el encuentro con los jugadores.</p><p>A pesar del fallo a favor de los rugbiers, la querella tiene la posibilidad de apelar la decisión ante un tribunal de segunda instancia, lo que podría extender la resolución definitiva de la causa.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/W1titiMpSP5hNUtnM1dpu31Yb0A=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2024/12/rugbiers.webp" class="type:primaryImage" /></figure>La jueza Eleonora Arenas determinó que no había pruebas para sostener la acusación contra Oscar Jégou y Hugo Auradou.]]>
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                                <category term="nacionales" label="Nacionales" />
                <updated>2024-12-10T20:15:59+00:00</updated>
                <published>2024-12-10T20:15:53+00:00</published>
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        <title>
            Reformas en la ley de registro provincial de huellas genéticas digitalizadas
        </title>
        <link rel="alternate" href="https://www.sur24.com.ar/noticias/reformas-en-la-ley-de-registro-provincial-de-huellas-geneticas-digitalizadas" type="text/html" title="Reformas en la ley de registro provincial de huellas genéticas digitalizadas" />
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                <![CDATA[Mario Cáffaro]]>
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        </author>
        
                                <content type="html" xml:base="https://www.sur24.com.ar/noticias/reformas-en-la-ley-de-registro-provincial-de-huellas-geneticas-digitalizadas">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/XBfj0do1Mb1rPvSIBze4gc8v5_Q=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2024/11/huellas.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>La Cámara de Diputados aprobó y giró en revisión al Senado un proyecto para crear un nuevo registro provincial de huellas genéticas digitalizadas que apunta a modernizar este instituto y por lo tanto deroga la vigente Ley N° 13.222 que con el mismo título y en base a ADN se sancionó en noviembre del 2011 aunque nunca se la puso en práctica.</p><p>En este caso es una iniciativa del radical José Corral que llegó al recinto con los respectivos dictámenes de comisión y que tuvo la abstención de los tres integrantes del bloque Frente Amplio por la Soberanía y el rechazo de Natalia Armas Bellavi (Vida y Familia). Fabián Palo Oliver pidió permiso de abstenerse por diferencias en un solo artículo.</p><p>El autor, respetando el acuerdo de Labor Parlamentaria, pidió que los fundamentos del proyecto se inserten en la versión taquigráfica. El tema fue votado el jueves pasado en una sesión donde Diputados aprobó 33 proyectos de ley, en los cuales en 17 casos se transformaron en nuevas normas.</p><p>&nbsp;</p><p>"Esta iniciativa se suma al paquete de leyes ya sancionadas desde el inicio de esta gestión y muestra una decisión firme de avanzar en la mejora y la agilización del acceso a la justicia y la prevención del delito", señala Corral en los fundamentos. "Al incorporar tecnología de vanguardia para la digitalización de huellas genéticas, se establece una herramienta poderosa para la identificación precisa de individuos implicados en delitos, fortaleciendo así la capacidad investigativa de las fuerzas de seguridad y del sistema judicial" argumenta. "Este proyecto de ley es idóneo para constatar la identidad de una persona al tiempo que respeta los límites establecidos por la Constitución Nacional los tratados internacionales y las normas locales, ya que las pruebas y prácticas realizadas sólo podrán aportar· información identificatoria de manera análoga a la huella dactilar, protegiendo la privacidad de la persona en cuestión", aclara.</p><p>Para Corral, "el procedimiento presentado supera el test de convencionalidad y constitucionalidad al ser asimilable a la prueba utilizada para determinar la huella dactilar. De esta manera, el análisis de ADN no codificante no vulnera el derecho a la intimidad, como tampoco otros derechos y garantías constitucionales".</p><p>En cuanto a los antecedentes, subraya la aún vigente Ley 13.222 impulsada por el entonces diputado Jorge Lagna que creó un registro nunca puesto en funcionamiento en el ámbito provincial debido al proceso de transición entre el Ministerio Público Fiscal y el Ministerio Público de la Acusación. Rescata además del año 2022, un proyecto del también entonces diputado y hoy gobernador Maximiliano Pullaro titulado "Registro ADN criminal" que apuntaba a ampliar los sujetos alcanzados para la incorporación de huellas genéticas digitalizadas al registro, dotándolo de herramientas para la investigación criminal. Existe a nivel nacional un registro con 9.000 perfiles correspondientes a personas sentenciadas por delitos contra la integridad sexual, almacenados en la base de datos genéticos de la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires.</p><p>&nbsp;</p>José Corral fue el impulsor del proyecto.<p>Con respecto a la vigente ley provincial, Corral subraya que además de no haber sido puesta en funcionamiento, resulta desactualizada en cuanto al concepto de huella genética digital y no contempla la incorporación al registro a los imputados, procesados y condenados por delitos previos a su sanción. En cuanto a la ley nacional, marca la insuficiencia de limitar la herramienta solo a los delitos de índole sexual.</p><p>El texto votado tiene 26 artículos divididos en varios capítulos. "Se entenderá por huella genética digitalizada el registro alfanumérico personal elaborado exclusivamente sobre la base de la información obtenida de un análisis de ácido desoxirribonucleico (ADN) que comprenda un mínimo de veinte marcadores genéticos validados a nivel internacional, carezca de asociación directa con ADN de genes codificantes, que aporte sólo información identificatoria y que resulte apto para ser sistematizado y codificado en una base de datos informatizada, sin perjuicio de la utilización más amplia de la muestra biológica que pudiera disponerse en el marco de una investigación judicial, previa autorización fundada de la autoridad jurisdiccional interviniente y dentro de los límites establecidos por la legislación vigente", señala el artículo 2.</p><p>Dispone que la información contenida en el Registro tendrá carácter reservado y será de acceso restringido a las autoridades públicas competentes en materia de prevención, investigación y sanción de los delitos. Se la considerará dato personal.</p><p>En otro artículo se dispone que el Registro incorporará la huella genética de toda persona condenada con sentencia firme, en forma inmediata. Además la autoridad judicial de ejecución de la pena en un plazo de cuatro meses deberá ordenar la extracción de las muestras necesarias que permitan obtener las huellas genéticas digitalizadas de todas las personas que con anterioridad al dictado de esta ley hubieran sido condenadas y se encontraren actualmente cumpliendo su condena en establecimientos dependientes del Servicio Penitenciario Provincial. La autoridad competente dispondrá, en un plazo de cuatro meses desde la entrada en vigencia de la ley, el procedimiento de obtención de la muestra biológica e incorporación al registro, en relación a los condenados en libertad condicional, asistida o prisión domiciliaria.</p><p>En los siguientes artículos se disponen las características de la toma de muestras, las responsabilidades de los funcionarios actuales, las limitaciones en divulgar la información e incluso el régimen de sanciones para el incumplimiento de la norma. También modifica 3 artículos del Código Procesal Penal para incluir al Registro por ejemplo en el caso de las sentencias.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/XBfj0do1Mb1rPvSIBze4gc8v5_Q=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2024/11/huellas.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>En Diputados, la iniciativa de Corral logró amplio consenso. Diferencias con la norma vigente que data de 2011, no aplicada aún y derogada en el nuevo texto.]]>
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                                <category term="provinciales" label="Provinciales" />
                <updated>2024-11-23T16:01:05+00:00</updated>
                <published>2024-11-23T16:00:42+00:00</published>
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        <title>
            Puyrredón y otros dos nombres validados como jueces de Ejecución Penal de Santa Fe
        </title>
        <link rel="alternate" href="https://www.sur24.com.ar/noticias/puyrredon-y-otros-dos-nombres-validados-como-jueces-de-ejecucion-penal-de-santa-fe" type="text/html" title="Puyrredón y otros dos nombres validados como jueces de Ejecución Penal de Santa Fe" />
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        <author>
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                <![CDATA[Mario Cáffaro]]>
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        </author>
        
                                <content type="html" xml:base="https://www.sur24.com.ar/noticias/puyrredon-y-otros-dos-nombres-validados-como-jueces-de-ejecucion-penal-de-santa-fe">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/nPRhU5aG7d9jPqzu08L-ByikYEU=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2024/05/horacio_puyrredon.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>La Asamblea Legislativa validó la composición de la flamante Cámara de Ejecución Penal y Supervisión Carcelaria al aprobar los pliegos de los tres postulantes remitidos por el Poder Ejecutivo aunque en votación dividida. De esta manera, el santafesino Mario Guedes, la rosarina Valeria Haurigot y el venadense Horacio Puyrredón conformarán este cuerpo surgido de la ley privativa de la libertad sancionada en diciembre último. El primero con injerencia en la ciudad de Santa Fe y los dos restantes en Rosario y sur santafesino.</p><p>El pliego de Guedes fue votado a mano alzada debido a que no tenía objeciones y el único que expresó su rechazo a la postulación fue Carlos del Frade (Frente Amplio por la Soberanía).</p><p>En cambio, a la hora de votar a Haurigot y Pueyrredón el oficialista Unidos puso los 40 votos de sus legisladores presentes mientras que los bloques justicialistas y las bancadas celestes marcaron el rechazo (21 votos) mientras que Claudia Balagué y Fabián Palo Oliver (Frente Amplio por la Soberanía) optaron por abstenerse en ambos casos.</p><p>Los tres pliegos llegaron al recinto de la Asamblea Legislativa que presidió la vicegobernadora Gisela Scaglia con el dictamen de la Comisión de Acuerdos y las firmas en ellas de los senadores Raúl Gramajo (presidente), Felipe Michlig y Orfilio Marcón más los diputados Ariel Bermúdez, Lionella Cattalini, Astrid Hummel, Silvana Di Stéfano y Gisel Mahmud y en el caso de Guedes se sumó Marcos Corach.</p><p>Guedes es hoy integrante de la Defensa Pública en Santa Fe mientras que Haurigot y Pueyrredón son fiscales del Ministerio Público de la Acusación en Rosario y Venado Tuerto, respectivamente.</p><p>La oposición a través de Marcos Corach, Emiliano Peralta, Miguel Rabbia y Silvia Malfessi cuestionaron que ambos fiscales habían rendido mal en la primera etapa del concurso, apelaron la decisión y fueron reincorporados al concurso en el Consejo de la Magistratura. En tanto los oficialistas Martín Rosúa y Pablo Farías defendieron enfáticamente el procedimiento llevado adelante por el Poder Ejecutivo para seleccionar a los tres aspirantes para integrar la cámara que tendrá a su cargo el control del sistema carcelario. "Recordemos cuando se votó la ley, en diciembre, y la situación de violencia en las calles de Rosario, mucha de ella ordenada desde la cárcel" señaló Rosúa."Se privilegia un perfil para defender una política que, por ahora, es exitosa, y que es evitar la propagación de violencia desde la cárcel. Ejerce el gobernador una facultad para proteger esa política carcelaria" subrayó Farías.</p><p>Palo Oliver justificó la abstención al señalar que es facultad del gobernador mandar pliegos pero también respetar el concurso que él mismo convocó.</p><p>Corach insistió en que Haurigot y Puyrredón rindieron mal. "Se recompuso el concurso y serán jueces de la Cámara. El Ejecutivo borró de un plumazo una historia institucional de años", afirmó. Luego se preguntó que pasará con los próximos concursos donde ya no habrá orden de mérito entre los concursantes. "Entramos en un terreno peligroso donde el gobierno busca el perfil del juez o camarista" reprochó el justicialista. Enseguida, Del Frade valoró los votos obtenidos por Pullaro en la elección que lo hizo gobernador pero le recordó que la suma de votos no es la sumatoria del poder público. También Emiliano Peralta (Somos Vida) cuestionó que habiendo tantos postulantes que aprobaron el concurso era necesario enviar dos pliegos de los que no aprobaron. "La institucionalidad no es un traje a medida. El concurso fue viciado y hubo ostensible parcialidad a la a la hora de elegir los candidatos". También el justicialista Rabbia apuntó a la falta de institucionalidad y al peligro de armar una justicia afin.</p><p>Rosúa fue enfático en defender lo actuado por el ejecutivo tanto en materia reglamentaria como en el fondo de la cuestión. "No siempre el mejor examen académico es el más indicado para el cargo. Hay perfiles que van más allá examen. No estamos votando un juez o un camarista para el fuero civil y comercial, estamos votando un camarista de ejecución penal con lo que significa tener el control carcelario" insistió el radical. "Estos jueces no responder a la política partidaria, responden a la política de seguridad". Antes de Farías, Malfessi (Somos Vida) insistió con el vicio sustancial de dos candidatos que no aprobaron el examen. El socialista, en tanto, repasó la autolimitación que hicieron los diferentes gobernadores a la hora de reglamentar el funcionamiento del Consejo de la Magistratura para luego marcar lo delicado que es designar un juez. "Pullaro está convencido que son los mejores y por eso defendemos pliegos" afirmó. Valoró el juego de poderes, el sistema complejo para designar jueces y los controles cruzados entre Legislatura, Ejecutivo y Poder Judicial. "En esta instancia se privilegia un perfil para defender una política que hasta hora es exitosa y que tuvo que ver con el desmadre que había en las cárceles. Hemos destituido fiscales que llegaron impecables en el concurso. Estamos convencidos y tranquilos de lo actuado por el Ejecutivo y por los pliegos", remató. A esa hora, ya con los pliegos votados, la mayoría de los senadores había abandonado el recinto de Diputados para ajustar la votación de la reforma previsional.</p>&nbsp;]]>
                </content>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/nPRhU5aG7d9jPqzu08L-ByikYEU=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2024/05/horacio_puyrredon.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>Solo con votos oficialistas se aprobaron los pliegos de Haurigot y Puyrredón. Apenas un voto en contra para Guedes.]]>
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                                <category term="provinciales" label="Provinciales" />
                <updated>2024-09-05T23:18:32+00:00</updated>
                <published>2024-09-05T23:15:09+00:00</published>
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        <title>
            Podrían sancionar a Donald Trump por violar la orden de silencio en el juicio penal
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        <link rel="alternate" href="https://www.sur24.com.ar/noticias/podrian-sancionar-a-donald-trump-por-violar-la-orden-de-silencio-en-el-juicio-penal" type="text/html" title="Podrían sancionar a Donald Trump por violar la orden de silencio en el juicio penal" />
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                <![CDATA[Sur24]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/GcrLtCwX98x48G1LrcbLvv1RNW0=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2024/04/donald_trump_2.webp" class="type:primaryImage" /></figure><p>El juez Juan Merchan mostró intención este martes de sancionar a Donald Trump por presuntamente violar la orden de silencio en su caso penal relacionado con el pago de dinero por silencio. Durante la jornada, el exjefe de American Media Inc., David Pecker, testificó sobre la investigación de supuestos romances de Trump y su rol en los acuerdos de "atrapar y matar".</p>Retrato de David Pecker del dibujante de la Corte. Foto: vía Reuters.<p>La audiencia del martes abordó las 10 presuntas violaciones de Trump a la orden de silencio, y culminó con el testimonio de Pecker sobre cómo trabajó con Michael Cohen para enterrar historias negativas sobre Trump durante las elecciones de 2016.</p><p>El juez Merchan cuestionó las explicaciones de los abogados de Trump sobre sus publicaciones en redes sociales, expresando su escepticismo sobre la naturaleza política de estas. A pesar de la festividad de Pésaj, el día fue desafiante para Trump, quien mostró frustración por la cobertura mediática y las restricciones de la orden de silencio.</p><p>La próxima audiencia contará nuevamente con el testimonio de Pecker, quien ya ha detallado dos de los tres acuerdos de entierro de historias de Trump. Se espera que Stormy Daniels, la estrella de cine para adultos, testifique el jueves.</p><p>Entre los puntos clave del día, destaca la ampliación de la orden de silencio por parte del juez Merchan, que Trump apeló, así como la negativa del juez a aceptar las explicaciones de los abogados de Trump sobre sus publicaciones en redes sociales.</p><p>El juez no ha emitido una decisión sobre la posible sanción a Trump, pero su postura sugiere un posible fallo en su contra. Mientras tanto, el fiscal del distrito solicita una multa de US$ 1.000 por cada violación y advierte sobre posibles consecuencias adicionales.</p>El testimonio de David Pecker<p>La jornada también destacó el testimonio de Pecker, quien detalló el papel de Cohen en la supuesta conspiración de "atrapar y matar" historias negativas sobre Trump. Según Pecker, Cohen actuaba como intermediario para obtener y gestionar estas historias durante la campaña de 2016.</p><p>La próxima audiencia promete seguir arrojando luz sobre este controvertido caso penal que involucra al expresidente Trump y su presunto pago de dinero por silencio durante su campaña electoral.</p>]]>
                </content>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/GcrLtCwX98x48G1LrcbLvv1RNW0=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2024/04/donald_trump_2.webp" class="type:primaryImage" /></figure>En tanto, durante la audiencia del martes, el exjefe de American Media Inc., David Pecker, testificó sobre la investigación de supuestos romances de Trump y su rol en los acuerdos de "atrapar y matar".]]>
                </summary>
                                <category term="internacionales" label="Internacionales" />
                <updated>2024-04-24T10:58:03+00:00</updated>
                <published>2024-04-24T10:58:35+00:00</published>
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            Perotti envió dos pliegos para completar las regionales del MPA y la Defensa
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        <author>
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                <![CDATA[Redacción Sur24]]>
            </name>
        </author>
        
                                <content type="html" xml:base="https://www.sur24.com.ar/noticias/perotti-envio-dos-pliegos-para-completar-las-regionales-del-mpa-y-la-defensa">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/ji2TN-dStg8lL0yeu7qA_d0hDdc=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2023/04/Pliegos.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>

Ivana Fux
Emerio Agretti



<p>El gobernador de la provincia de Santa Fe, Omar Perotti, envió a la Legislatura santafesina los pliegos para cubrir las vacantes que se producirán en la conducción de las regionales del Ministerio Público de la Acusación y el Servicio Provincial de Defensa, luego del rechazo por parte de la Legislatura de dos de las candidaturas.</p>


<p>Así, en base a las ternas elevadas oportunamente por el Consejo de la Magistratura, el abogado Carlos María Vottero fue propuesto para encabezar la fiscalía regional con cabecera en Rafaela, y el actual defensor público Martín Riccardi para la defensoría regional de Rosario.</p>

<p>Lanzamientos y cumbres políticas empiezan a configurar la grilla electoral de Santa Fe</p>
<p></p>

<p>Tal como sucedió con las autoridades que encabezarán el sistema penal, como con las respectivas cabeceras regionales, los pliegos de Vottero y Riccardi deberán ser considerados por la Asamblea Legislativa para, en caso de ser aprobados, ocupar los cargos cuyos actuales mandatos culminan el 20 del corriente. Como los tiempos no dan para una nueva convocatoria, en ambos casos se designarán autoridades interinas, hasta que pueda completarse el proceso.</p>


<p>En tanto, el Poder Ejecutivo ya comunicó a la Corte quienes serán las nuevas autoridades ya votadas por la Legislatura, encabezadas por María Cecilia Vranicich en el MPA y Estrella Moreno en la Defensa, para que se disponga la fecha de la jura.</p>

]]>
                </content>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/ji2TN-dStg8lL0yeu7qA_d0hDdc=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2023/04/Pliegos.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>Ivana FuxEmerio AgrettiEl gobernador de la provincia de Santa Fe, Omar Perotti, envió a la Legislatura santafesina los pliegos para cubrir las vacante...]]>
                </summary>
                                <category term="provinciales" label="Provinciales" />
                <updated>2023-04-18T08:07:18+00:00</updated>
                <published>2023-04-17T18:17:07+00:00</published>
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            Con Perotti en el recinto, Diputados debate el fortalecimiento de la Justicia Federal en Santa Fe
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        <author>
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                <![CDATA[Redacción Sur24]]>
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        </author>
        
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/jJd5O7QfIvfzQbRngdS_ikEs7zA=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2023/03/perotti-congreso.webp" class="type:primaryImage" /></figure><p>(Por Cesar Rodriguez) &#8211; La Cámara de Diputados comenzó a debatir este martes por la tarde el proyecto que apunta a fortalecer la justicia penal de la provincia de Santa Fe, a fin de contar con mejores herramientas para combatir el crimen organizado y el narcotráfico en el marco de la ola de violencia en la ciudad de Rosario, en una sesión especial que cuenta con la presencia del gobernador de esa provincia, Omar Perotti.</p>


El debate fue abierto a las 14 por el diputado del Frente de Todos (FdT), Roberto Mirabella, quien al defender el dictamen de mayoría señaló que esta iniciativa “es una señal política de todo el Congreso Nacional, para unir fuerzas” y “estar todos juntos para combatir un delito como es el narcotráfico y la narcocriminalidad”. En ese sentido, dijo que la implementación del sistema acusatorio “es un salto cualitativo” para la provincia, ya que “solo se aplica en Salta y Jujuy y es muy satisfactorio”.



<p>Mirabella explicó detalles del proyecto de su autoría, que busca crear 27 fiscalías federales, 15 de ellas en Rosario; nueve defensorías y seis juzgados federales, así como seis cargos de juez penal federal con funciones de revisión, 50 cargos en total, con el fin de poder avanzar con mayor rapidez con las causas penales.</p>


<p>El legislador dijo que el sistema acusatorio permite que “los tiempos procesales se han acortado tremendamente: de 5 a 6 años a un año”, y manifestó que “es un sistema que, además, hace a la calidad del gobierno democrático”. “Queremos implementar este Código y este proyecto va en esa dirección”, enfatizó.</p>





El proyecto tiene como objetivo fortalecer el Sistema de Justicia Penal Federal de la provincia de Santa Fe. Crédito: Prensa Diputados</p>



<p>Asimismo, afirmó que esta reforma es muy importante para la persecución penal, ya que cuando se estableció el sistema judicial hace treinta años “no existía este delito del narco lavado” y hoy “la narcocriminalidad que se da en nuestra provincia no tiene demasiados antecedentes”. Detalló, además, que en su distrito se tramita “el 20% de las causas de droga de todo el país” y manifestó que “la violencia urbana tiene niveles inusitados”.</p>
<p>Desde el radicalismo, en tanto, la diputada santafesina Ximena García señaló que “la tasa de homicidio de Rosario cuadriplica la tasa nacional” y dijo que “es por eso que hoy estamos tratando en el Congreso un tema en el que es urgente avanzar, para fortalecer la Justicia Federal de nuestra provincia”.</p>


<p>“Los números no mienten y nos preocupan. En 2021, hubo 358 homicidios en la provincia de Santa Fe; en 2022, 406 y en lo que va de este año 2023, entre enero y febrero, se perpetraron 85 homicidios. Y solamente en Rosario fueron 57 homicidios, uno por día. Son cifras trágicas”, precisó la diputada.</p>

En este sentido, insistió con que “la Procuraduría de Narcocriminalidad (Procunar) comprobó que las maniobras de tráfico, comercialización y transporte de drogas y otros delitos vinculados son planificados desde el interior de las cárceles”, y expresó que, “por eso, es que no entendemos por qué la subsecretaria de asuntos penitenciarios, María Laura Garrigós, no toma medidas y no da explicaciones en este Congreso aún cuando fue citada en varias oportunidades”.

El proyecto tiene como objetivo fortalecer el Sistema de Justicia Penal Federal de la provincia de Santa Fe a los efectos de la implementación del Código Procesal Penal Federal, Ley Nº27.063, sus normas modificatorias y complementarias.



<p>En tanto, debe conformarse además la Comisión bicameral de Implementación del Código Procesal Penal Federal, que aún tiene que nombrar a los senadores que la integrarán, ya que los diputados ya fueron designados.</p>


<p>Uno de los puntos esenciales del proyecto plantea que “quienes sean titulares de las Fiscalías Federales ante los Juzgados, Cámaras y tribunales orales de la jurisdicción de la Cámara Federal de Apelaciones de Rosario, podrán desempeñarse simultáneamente ante los jueces con función de garantía, revisión, de juicio y ejecución del Distrito fiscal correspondiente a su asiento.</p>

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                <updated>2023-03-28T17:05:32+00:00</updated>
                <published>2023-03-28T17:05:32+00:00</published>
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