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    <title>Sur24</title>
    <subtitle>Todo el sur, todo el día, todos los días.</subtitle>
    <updated>2025-08-14T15:50:53+00:00</updated>
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            La EPE detectó casi 15 mil enganchados en lo que va de 2025
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                <![CDATA[Redacción Sur24]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/TV-gfkkRO9UYH_XMkjfgxvVuXTs=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2025/08/enganchados_epe.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure><p>Desde el Ministerio de Desarrollo Productivo de Santa Fe dieron a conocer datos vinculados al control que viene realizando la Empresa Provincial de la Energía (EPE) para disminuir los niveles de hurto de energía y desarticular conexiones clandestinas. En lo que va de 2025, se realizaron 61.905 inspecciones y se detectaron 14.793 irregularidades, con una tasa de efectividad del 24 %. El recupero equivale a unos 2 mil millones de pesos o USD 1.495.000, lo que representa un incremento del 265 % respecto al promedio 2022–2024.</p><p>Estas acciones se enmarcan en el proceso de orden y eficiencia que la gestión de Anahí Rodríguez, presidenta de la empresa, está llevando adelante por pedido del ministro Gustavo Puccini y el gobernador Maximiliano Pullaro.</p><p>Puccini remarcó que “el proceso de control es en todas las áreas. Queremos controlar a los empleados para que sean más eficientes, por eso pusimos el ingreso biométrico, los GPS en los 1.200 vehículos que tiene la empresa, disminuimos el consumo de combustible, recortamos horas extras en áreas que no las requerían, y estamos camino a consolidar un superávit. Pero también somos firmes en el control de la estructura y contra los vivos que quieren beneficiarse con la EPE”, y agregó: “Sepan que cuando decimos ‘se terminó la joda’ es para adentro y para afuera. Venimos a cortar con las avivadas que dañan una empresa que brinda un servicio esencial para la producción y para la vida diaria de los santafesinos”.</p><p>Rodríguez enfatizó: “Días atrás le contamos a los santafesinos que dimos de baja 15.000 tarifas sociales por fraguar datos y generar pérdidas millonarias a la empresa, pero también estamos trabajando fuerte en el control contra los enganchados. Lo decimos siempre con el ministro Puccini: el que roba energía, le está robando a los santafesinos, no a la EPE, porque eso impacta directamente en la calidad del servicio”.</p>Mes a mes<p>En lo que va del año, los operativos se distribuyeron de la siguiente manera:•⁠&nbsp; ⁠Enero: 9.652 inspecciones con 2.394 irregularidades.•⁠&nbsp; ⁠Febrero: 9.645 inspecciones con 1.910 irregularidades.•⁠&nbsp; ⁠Marzo: 7.565 inspecciones con 1.872 irregularidades.•⁠&nbsp; ⁠Abril: 9.043 inspecciones con 1.817 irregularidades.•⁠&nbsp; ⁠Mayo: 9.057 inspecciones con 2.219 irregularidades.•⁠&nbsp; ⁠Junio: 8.684 inspecciones con 2.494 irregularidades.•⁠&nbsp; ⁠Julio: 8.259 inspecciones con 2.087 irregularidades.</p><p>Puccini destacó el trabajo de los empleados: “Los datos son contundentes. En lo que va del año recuperamos 9.786.000 kWh, un 80 % más respecto del promedio de años anteriores. La eficacia operativa pasó del 14.7 % en 2022 al 24 % en 2025, y las detecciones aumentaron un 41.2 % respecto del período 2022–2024. Control, análisis de datos y mayor enfoque de los operativos”.</p><p>Rodríguez, por su parte, valoró que “estamos creciendo mes a mes en la efectividad de las inspecciones, a través de la incorporación de nuevas tecnologías como inteligencia artificial cruzada con datos existentes, dando un resultado exponencial en la recuperación de energía”.</p>Lo que se detectó<p>En las intervenciones realizadas se detectaron múltiples irregularidades, entre ellas manipulación y fallas de medidores, derivaciones de alimentadores y conexiones ilegales que fueron oportunamente denunciadas al Ministerio Público de la Acusación. Los usuarios constatados son residenciales, comerciales, industriales o asociaciones.</p><p>Los operativos se realizaron además por denuncias de vecinos que se registraron en el 0800 555 0083 y en la web de la empresa (https://epe.santafe.gov.ar/oficina-virtual/denuncias-web). Las mismas son anónimas y no se solicita ningún dato que pueda involucrar al denunciante.</p><p>Desde la empresa se ejemplificó con algunos casos testigo:•⁠&nbsp; ⁠Supermercado Rosario, más de $ 7.000.000, 22.300 kWh recuperados.•⁠&nbsp; ⁠Kiosco Laguna Paiva, más de $ 7.250.000, 27.500 kWh recuperados.•⁠&nbsp; ⁠Rosario: Casiano Casas, panadería/panificadora importante.•⁠&nbsp; ⁠Rosario: Juan José Paso 5600, importante negocio de venta de ropa minorista/mayorista.•⁠&nbsp; ⁠Rosario: Arroyito, bar con reiteración de irregularidades.•⁠&nbsp; ⁠Juan José Paso 1800, Rosario: carnicería con reiteración de irregularidades.•⁠&nbsp; ⁠Cazadores 2000, Rosario: comercio con reiteración de irregularidades.</p><p>“Vamos a seguir trabajando en la eficiencia de la EPE para poder brindar un mejor servicio de calidad a los santafesinos, invirtiendo cada peso recuperado en obra eléctrica”, finalizó Rodríguez.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/TV-gfkkRO9UYH_XMkjfgxvVuXTs=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2025/08/enganchados_epe.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure>Se realizaron más de 61 mil inspecciones, con una tasa de detecciones de irregularidades del 24 %. Sólo en lo que va de 2025 se recuperaron 1,5 millones de dólares, tres veces más que en 2024.]]>
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                                <category term="provinciales" label="Provinciales" />
                <updated>2025-08-14T15:50:53+00:00</updated>
                <published>2025-08-14T15:30:17+00:00</published>
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            Las internas del PRO santafesino fueron suspendidas por la justicia
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                <![CDATA[Mario Cáffaro]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/2pzDjr7qGtrNR6GAlDt-fY_80Uw=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2024/04/gisela_scaglia_y_cristian_cunha_referentes_del_pro_provincial.webp" class="type:primaryImage" /></figure><p>Por Mario Cáffaro</p><p>El juez federal con competencia electoral, Reinaldo Rodríguez, dejó sin efecto la resolución de la Junta Electoral del PRO santafesino que mantenía la convocatoria a internas con cierre de listas previsto para este martes.</p><p>Además, la decisión del magistrado ordena el inmediato cumplimiento de la resolución número 3 de la Junta Electoral nacional de esa fuerza política.</p><p>La resolución de Rodríguez se conoció este lunes pasado el mediodía a instancias de la presentación del afiliado Fernando Oldani patrocinado por Manuel Stratta.</p><p>El cronograma electoral interno en Santa Fe del PRO fijaba para este martes la presentación de listas y son dos sectores los que pugnan por presidirlo: Por un lado, la continuidad de Cristian Cunha con el respaldo de Federico Angelini , y por otro la vicegobernadora Gisela Scaglia.</p><p>Como informó Sur24, la Junta Electoral nacional suspendió las internas aduciendo irregularidades en el proceso de convocatoria, afiliaciones, etc pero la Junta Provincial ratificó el cronograma. Tras una serie de consideraciones, la decisión fue "continuar con el cronograma electoral vigente". Ahora, fue la justicia electoral la que lo dejó sin efecto y, en principio, la decisión fue acatada por las dos partes.</p><p>Este lunes, la vicegobernadora Scaglia y Cunha -secretario de Cooperación de la provincia- mantuvieron un largo encuentro a solas buscando algún principio de entendimiento para evitar la interna que puede impactar en la alianza Unidos.</p><p>Por lo que dejaron trascender allegados a ambos dirigentes no hubo entendimiento. Sobre las primeras horas de la tarde, el juez Rodríguez determinó que no habrá internas en el PRO santafesino, por ahora.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/2pzDjr7qGtrNR6GAlDt-fY_80Uw=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2024/04/gisela_scaglia_y_cristian_cunha_referentes_del_pro_provincial.webp" class="type:primaryImage" /></figure>Por Mario CáffaroEl juez federal con competencia electoral, Reinaldo Rodríguez, dejó sin efecto la resolución de la Junta Electoral del PRO santafesin...]]>
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                                <category term="provinciales" label="Provinciales" />
                <updated>2024-04-30T13:30:20+00:00</updated>
                <published>2024-04-30T13:30:48+00:00</published>
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            Patimo advirtió que hay chances de impugnar las elecciones del Samco de Rufino
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                <![CDATA[Sur24]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/xYXcsEJgUpqDzmWFSQZmjEv4kt0=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2022/02/Samco-Rufino.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>Por Ana Ines Dobal</p><p>En el marco de una nueva modalidad de informe semanal, transmitido por streaming desde las redes sociales de la Municipalidad local, el vocero, Arturo Patimo, se manifestó sobre un tema controversial, que no termina de encontrar su rumbo; el Samco, otra vez en la mira.&nbsp;</p><p>Durante la conferencia de prensa en la que se compartió la situación de la actual gestión municipal, el jefe de Gabinete del Ejecutivo, Arturo Patimo, señaló preocupado: “Hace unos días el Hospital Samco realizó su asamblea ordinaria y eligió autoridades. Estamos haciendo un detenido seguimiento de dicha asamblea y hemos visto con sorpresa que la Dirección de Ente Comunitarios del Ministerio de Salud de la provincia autorizó la participación en esa asamblea de instituciones, organizaciones o similares, sin las debidas formas legales cumplidas”.</p><p>A su vez, subrayó que “esto significa que muchas entidades que votaron en esa asamblea no tenían la supervivencia como institución u ONG al día, por lo cual estamos realizando un análisis considerando la posibilidad de impugnar esa asamblea, ya que no habría acontecido en el marco de la legalidad”.</p><p>Por último, Patimo resaltó: “Nos parece de una gravedad importante, y es poner en pie de igualdad a las instituciones que hacen bien las cosas, con aquellas que no lo hacen”, cerró inquieto, poniendo sobre la mesa la posibilidad de dar marcha atrás con lo avanzado por irregularidades.&nbsp;</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/xYXcsEJgUpqDzmWFSQZmjEv4kt0=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2022/02/Samco-Rufino.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>Así se pronunció Arturo Patimo en conferencia de prensa este viernes, alarmado ante irregularidades por instituciones que votaron durante la asamblea realizada en el Hospital Samco, que definió sus nuevas autoridades. Se está evaluando la opción de impugnación.]]>
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                                <category term="regionales" label="Regionales" />
                <updated>2024-04-13T15:51:24+00:00</updated>
                <published>2024-04-13T15:50:07+00:00</published>
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            Anmat prohibió la comercialización de dos productos de limpieza por irregularidades
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/vlaEUI33xRe5ts9996E_2LoHNyM=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2024/02/productos_de_limpieza_domesticas.webp" class="type:primaryImage" /></figure><p>La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió, a través de la Resolución 1441/2024 y la Resolución 1440/2021 publicadas en el Boletín Oficial, el uso y comercialización de dos tipos de productos domisanitarios e higiene del hogar. Por un lado una marca de lavandina y por el otro una marca de destapa cañerías.</p><p>En el caso de la lavandina la medida se tomó después de que el Servicio de Domisanitarios recibiera una consulta de la Coordinación de Salud Ambiental del Ministerio de Salud de Río Negro sobre la legitimidad de este producto. Aunque el rotulado incluía información como el Registro Nacional de Establecimiento (RNE), el Registro Nacional de Producto de Uso Doméstico (RNPUD) y otros datos, la ANMAT no encontró registro alguno del producto en su base de datos.</p><p>En una reunión convocada por el Servicio de Domisanitarios, la firma Multimax 5 SA, cuyo RNE figura en el producto, declaró que no reconocía el producto ni la nota del oferente como emitida por la empresa. Además, negaron la existencia de un empleado llamado Daniel Ibañez y que el membrete no pertenecía a su firma. También señalaron que no tenían registrado como cliente a Rossi&amp;Rossi S.R.L. con CUIT 30-71104873-8.</p>El organismo explicó que los productos son de dudosa procedencia<p>Ante estas circunstancias y con el objetivo de proteger a los consumidores, la Anmat decidió prohibir el uso, la comercialización, la distribución y la publicidad de todos los lotes de la lavandina "Full Clean". La medida abarca todo el territorio nacional, incluyendo plataformas de venta electrónica. Se destaca que los productos domisanitarios deben contar con las habilitaciones y registros correspondientes para garantizar su calidad, seguridad y eficacia, según normativas vigentes.</p>Otros productos prohibidos<p>Además la Anmat tomó medidas en relación a productos de la marca "FLOB" tras detectar irregularidades durante el Plan de Fiscalización de Mercado del año 2023. Este plan, enfocado en raticidas líquidos, insecticidas líquidos y destapa cañerías, reveló la presencia de productos "FLOB" en expendios de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.</p>Al ser ilegales puede implicar un riesgo para la salud de los consumidores<p>La fiscalización realizada por el Servicio de Domisanitarios identificó dos productos específicos: "NUEVO FLOB ROSA" y "FLOB CUCARACHICIDA". El primero, un triple acción para destapar cañerías, quitar sarro y limpiar restos de materiales de construcción, presentaba datos de rotulado que incluían composición, número de expediente, uso industrial, y fecha de elaboración y vencimiento.</p><p>Sin embargo, la Anmat destacó que la información registrada en el producto "FLOB CUCARACHICIDA" no era veraz, ya que no correspondía al producto en cuestión, incluyendo el Registro Nacional de Establecimiento (RNE) del establecimiento indicado. Ante estas irregularidades, y con el objetivo de proteger a los consumidores, el Departamento de Domisanitarios, Cosméticos y Productos de Higiene Personal recomendó la prohibición del uso, comercialización, distribución y publicidad de todos los lotes de productos domisanitarios de la marca FLOB.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/vlaEUI33xRe5ts9996E_2LoHNyM=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2024/02/productos_de_limpieza_domesticas.webp" class="type:primaryImage" /></figure>El organismo explicó que los productos son de dudosa procedencia y podrían poner en riesgo la salud de los consumidores.]]>
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                                <category term="nacionales" label="Nacionales" />
                <updated>2024-02-09T13:28:46+00:00</updated>
                <published>2024-02-09T13:27:48+00:00</published>
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            Se prohibió la comercialización de varios tipos de ácido hialurónico y gotas de cannabis
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        <link rel="alternate" href="https://www.sur24.com.ar/noticias/se-prohibio-la-comercializacion-de-varios-tipos-de-acido-hialuronico-y-gotas-de-cannabis" type="text/html" title="Se prohibió la comercialización de varios tipos de ácido hialurónico y gotas de cannabis" />
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                <![CDATA[Sur24]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/YKrDf3lIjNIYEtfbT4gQu4RONog=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2024/01/acido_hialuronico_anmat.webp" class="type:primaryImage" /></figure><p>La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) a través de la Disposición 955/2024 publicada en el Boletín Oficial prohibió la comercialización, distribución y uso en todo el territorio nacional de varios productos médicos debido a serias irregularidades detectadas en su fabricación y comercialización.</p><p>Las actuaciones que llevaron a esta determinación se iniciaron en virtud de la recepción de productos secuestrados en un procedimiento relacionado con el Caso MPF Nº 897567. El Departamento de Control de Mercado, dependiente de la Dirección de Evaluación y Gestión de Monitoreo de Productos para la Salud, recibió los productos y realizó una observación detallada que reveló múltiples irregularidades.</p><p>Entre los productos detectados se encuentran varios relacionados con ácido hialurónico, un componente comúnmente utilizado en tratamientos estéticos y médicos. Uno de los problemas fundamentales es la falta de información esencial en el etiquetado de estos productos, ya que no declaran el fabricante ni el responsable de importación en la República Argentina. Esta omisión genera incertidumbre sobre la verdadera composición y las condiciones de fabricación de los productos, lo cual constituye un riesgo para la salud de los potenciales pacientes.</p>Se busca evitar la circulación y el uso indebido de estos productos.<p>La Dirección de Gestión de Información Técnica de la Anmat informó que no consta registro de inscripción en la Administración Nacional de los productos mencionados y que la empresa C&amp;C, responsable de los productos, no cuenta con antecedentes de habilitación como importadora o fabricante de medicamentos, productos cosméticos y productos médicos.</p><p>Esta falta de autorización y registro, junto con la falta de información crucial en el etiquetado, llevó al Departamento de Control de Mercado a considerar que los productos se encontraban en infracción de la Ley 16.463 en su artículo 19 inciso a), la Disposición Anmat Nº 3802/2004 en su artículo 1º, aprobado por la Resolución GMC/MERCOSUR N° 40/00 e incorporado al ordenamiento jurídico nacional por la Disposición Anmat N° 2318/02 (T.O. 2004), sus modificatorias y complementarias.</p><p>&nbsp;</p>Productos prohibidos por Anmat<p>Ante esta situación y con el objetivo de proteger a los eventuales adquirentes y usuarios de estos productos, el Departamento de Control de Mercado sugirió la prohibición del uso, comercialización y distribución en todo el territorio nacional de los lotes identificados como:</p><p>"Volumen 33 - Ácido Hialurónico reticulado al 33% - Rostro - C &amp; C."</p><p>"Relleno labial y rostro - Volumen - Ácido Hialurónico + Carboximetilcelulosa reticulado - jeringas prellenadas - C &amp; C."</p><p>"Volumen 20 - Ácido Hialurónico reticulado al 20% - Rostro - C &amp; C."</p><p>"PROPHILE® - Tensador facial - Restaura y regenera las células del rostro. Contiene Ácido Hialurónico, hidrolizado de ADN y ARN, proveniente de hidrólisis bovina que restaura y regenera las células - C &amp; C."</p><p>En lo que respecta al otro producto prohibido por la Anmat, se trata de gotas sumbliguales de cannabis denominadas “CANNABIS SATIVA OIL”.</p><p>“Prohíbese el uso, la comercialización y la distribución en todo el territorio nacional de todos los lotes y presentaciones de los productos identificados como: “CANNABIS SATIVA OIL, gotas sublinguales, CBD. Ingredientes: Cannabidiol, Cannabis Sativa Seed Oil, Olea Europaea Fruit oil, Tocopherol. Importa y distribuye en Uruguay NEWAGE PRODUCTS S.A. y JABÓN TERAPEUTICO CON ALOE VERA Y ACEITE DE CANNABIS, no contiene THC, Industria Argentina. ELABORADOR N° 2145.” hasta tanto obtengan las autorizaciones correspondientes”, informó el documento oficial.</p>La medida se basa en la necesidad de salvaguardar la salud de la población.<p>Además de la prohibición, se tomaron medidas adicionales, como informar a todas las autoridades sanitarias jurisdiccionales, con el objetivo de evitar la circulación y el uso indebido de estos productos.</p><p>La medida se basa en la necesidad de salvaguardar la salud de la población, ya que la falta de autorización y la falta de información sobre la composición real de los productos representan un riesgo significativo.</p><p>La Dirección de Evaluación y Gestión de Monitoreo de Productos para la Salud y la Coordinación de Sumarios intervino para garantizar el cumplimiento de la disposición. Además, la Anmat comunicó a la prohibición al Ministerio de Salud del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y a las autoridades sanitarias provinciales, reforzando así la importancia de la medida.</p><p>Disposición 955/2024 by El Litoral</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/YKrDf3lIjNIYEtfbT4gQu4RONog=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2024/01/acido_hialuronico_anmat.webp" class="type:primaryImage" /></figure>Le medida se tomo debido a que se encontraron irregularidades en la fabricación de los productos.]]>
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                <updated>2024-01-31T13:44:37+00:00</updated>
                <published>2024-01-31T13:44:15+00:00</published>
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            Anmat prohibió la comercialización de un vinagre de sidra de manzana
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/Q8rvOs_FKLF1UthDe_8V-6oxX6s=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2024/01/vinagre_anmat.webp" class="type:primaryImage" /></figure><p>A través de la Disposición 897/2024 publicada en el Boletín Oficial, la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) de Argentina prohibió la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional de un producto específico: "Vinagre de sidra de manzana, marca Made For You - Raw Food, RNE N° 05002729, RNPA N° 02007375".</p><p>La decisión se tomó luego de la detección de irregularidades en el registro y rotulado de este producto, que exhibe en su etiqueta números de Registro Nacional de Establecimiento (RNE) y Registro Nacional de Producto Alimenticio (RNPA) inexistentes.</p><p>El proceso se inició a partir de la notificación del Incidente Federal N° 3603 en el Sistema de Información de Vigilancia Alimentaria (SIVA) del Sistema de Información Federal para la Gestión del Control de los Alimentos (SIFeGA). La Dirección de Registro y Control de Alimentos de la provincia de Tierra del Fuego realizó la notificación tras una auditoría realizada por la Dirección de Bromatología de la ciudad de Ushuaia.</p>Producto prohibido por AnmatActa de inspección<p>Según actas de inspección se detectó la comercialización del producto en cuestión, el cual no cumplía con la información obligatoria en su etiqueta, como razón social, domicilio y número de lote. Además, se constató que el producto exhibía registros sanitarios inexistentes. La mercadería fue intervenida conforme a lo establecido por el artículo 14 de la Ley 18284 y el Decreto N° 2126/71.</p><p>La Dirección de Registro y Control de Alimentos de la provincia de Tierra del Fuego realizó consultas a otras jurisdicciones a través del SIFeGA para verificar la autenticidad de los registros. La Dirección de Saneamiento Ambiental y Bromatología de la provincia de Corrientes confirmó que el número de Registro Nacional de Establecimiento (RNE) N° 05002729 no se encuentra autorizado. De manera similar, la Dirección de Industrias y Productos Alimenticios (DIPA) de la provincia de Buenos Aires indicó que el número de Registro Nacional de Producto Alimenticio (RNPA) N° 02007375 también es inexistente.</p><p>Ante la gravedad de la situación y considerando que el producto se promociona en plataformas de venta en línea, se solicitó la intervención del Programa de Monitoreo y Fiscalización de Publicidad y Promoción de Productos sujetos a Vigilancia Sanitaria.</p>l producto no cumplía con la información obligatoria en su etiqueta.<p>El producto en cuestión se encuentra en infracción a diversas normativas, incluyendo el artículo 3° de la Ley 18284, el artículo 3° del Anexo II del Decreto 2126/71 y los artículos 6 bis, 13 y 155 del Código Alimentario Argentino (CAA). La falta de registro de establecimiento y de producto, junto con el rotulado falso que presenta números de RNE y RNPA inexistentes, hacen que sea considerado ilegal.</p><p>El Departamento de Rectoría en Normativa Alimentaria del INAL, en vista de la falta de garantías sobre la trazabilidad, condiciones de elaboración, calidad y inocuidad del producto, recomienda la prohibición de la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional del mencionado alimento. Esta medida se extiende también a todos aquellos productos que en sus rótulos indiquen los mismos números de RNE y RNPA.</p><p>Dado que el producto no puede ser identificado de manera fehaciente y clara como producido en un establecimiento determinado, se respalda la prohibición de su elaboración, comercialización y expendio en el territorio de la República, de acuerdo con el Artículo 9°, inciso II de la Ley 18284.</p><p>La medida sugerida recae bajo la competencia de la Anmat. Desde el organismo destacaron que la acción se enmarca en las funciones de fiscalización y control para garantizar la salud de los ciudadanos ante el consumo de productos ilegales.</p><p>Anmat by El Litoral</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/Q8rvOs_FKLF1UthDe_8V-6oxX6s=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2024/01/vinagre_anmat.webp" class="type:primaryImage" /></figure>La medida busca garantizar y proteger la salud de los consumidores. El producto no cumplía con la información obligatoria en su etiqueta.]]>
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                                <category term="nacionales" label="Nacionales" />
                <updated>2024-01-29T14:22:32+00:00</updated>
                <published>2024-01-29T14:21:25+00:00</published>
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            Javier Milei denunció públicamente irregularidades en las elecciones generales
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        <link rel="alternate" href="https://www.sur24.com.ar/noticias/javier-milei-denuncio-publicamente-irregularidades-en-las-elecciones-generales" type="text/html" title="Javier Milei denunció públicamente irregularidades en las elecciones generales" />
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/jRFq3574HqlkCFbkPwBgOLkWppA=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2023/11/javier_milei.webp" class="type:primaryImage" /></figure><p>El candidato presidencial de La Libertad Avanza (LLA), Javier Milei, aseguró que durante las elecciones nacionales del 22 de octubre se dieron "irregularidades" que "ponen en duda el resultado", es decir, la victoria del postulante de Unión por la Patria, Sergio Massa.</p><p>"Hubo irregularidades de semejante tamaño que ponen en duda el resultado", sostuvo el diputado nacional, que pese a sus comentarios, no realizó -de momento- presentación alguna ante la Justicia Electoral.</p><p>En una entrevista con Jaime Bayly, Milei fue consultado sobre si las elecciones fueron "limpias", a lo que el libertario contestó: "No, está muy influenciado por el poder político, quien cuenta los votos es el que lo controla todo".</p><p>Ante esa respuesta, el periodista de origen peruano le preguntó cómo podía aceptar el resultado, y Milei agregó: "No lo podés aceptar, pero el tema es qué otras alternativas tenés".</p><p>El candidato de LLA cuestionó a Massa por hacer anuncios de gestión en momentos en que ya están prohibidos por la ley electoral.</p><p>“Justamente hay una cuestión de que no se pueden hacer anuncios que pueden tener impacto electoral y él lo ha estado haciendo hace poco. Yo creo que él ha manejado eso con mucha destreza. Él entregó mucho dinero, se gastó del PBI para las elecciones. Son varios billones de dólares”, enfatizó Milei.</p><p>Sobre los votos que sacó el ministro de Economía, el libertario sostuvo que “hay que mirarlo en perspectiva histórica".</p>Imagen ilustrativa. Javier Milei, candidato a presidente. Crédito: Mariana Nedelcu/Reuters<p>"Que el peronismo haya sacado el 37% de los votos es bajo, es la peor elección que han hecho en toda su historia. Por lo tanto, desde mi punto de vista, uno lo tiene que mirar con esa lógica. Hay todo un proceso de lavado de cerebro que hace que estén inclinados a abrazar ideas de corte socialista”, evaluó.</p><p>“Lo que hizo fue ponerle plata a la gente en el bolsillo. Suponete que vos no tenés nada para comer, nada, cero, entonces ahora viene alguien y te da plata. ¿A vos qué te importa si esa plata la sacó de imprimir billetes en el Banco Central? Eso genera inflación y la plata que vos vas a recibir en rigor va a ser menos que la que crees que estás recibiendo”, aseguró Milei.</p><p>Y agregó: “Pero ¿cuál es el punto? Cuando vos tenés una situación tan miserable como la que tiene Argentina, donde vos hoy tenéis más de 40% de pobres, más de 10% de indigente, 2/3 de los jóvenes de 0-14 años son pobres. En ese contexto, cuando vos hacés disección de dinero. Como la política monetaria actúa con rezagos, entonces de repente eso pega de acá a 18 meses, pero en el corto plazo a vos te da la sensación de que tu bolsillo se agrandó enormemente, y van y votan. Pero ‘contra nada’ es mejor que ‘nada contra nada’. Es un sistema perverso. Nosotros lo llamamos el modelo de la casta”.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/jRFq3574HqlkCFbkPwBgOLkWppA=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2023/11/javier_milei.webp" class="type:primaryImage" /></figure>El candidato de La Libertad Avanza cuestionó a Sergio Massa por violar la ley electoral con actos de gestión. No realizó presentación alguna ante la Justicia Electoral.]]>
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                                <category term="nacionales" label="Nacionales" />
                <updated>2023-11-08T11:26:02+00:00</updated>
                <published>2023-11-08T11:21:52+00:00</published>
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            Anmat prohibió una marca de aceite de oliva por ser un producto ilegal
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/wvsF9vgvO9dep_cDmyOfuk6ZWSw=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2023/11/aceite_de_oliva_anmat.webp" class="type:primaryImage" /></figure><p>La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica prohibió este miércoles a través de su publicación en el Boletín Oficial, una marca de aceite de oliva por distintas irregularidades administrativas.</p><p>La Disposición 9142/2023 establece la prohibición de la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional y en las plataformas de venta en línea del producto: “Aceite de oliva marca Olivos del Valle, variedad arauco - Elaborado por Olivos del Valle, Ruta 51 s/n, El Portezuelo, Cba - RNE 02440135 - RNPA 02430522″, en cualquier presentación, lote y fecha de vencimiento, por carecer de registro de establecimiento y de producto y por estar falsamente rotulado al exhibir en el rótulo números de RNE y de RNPA inexistentes, resultando ser en consecuencia un producto ilegal.</p><p>Aceite de Oliva by El Litoral</p>Qué dice la disposición<p>En su considerando explica que las actuaciones se iniciaron a partir de una notificación de la Dirección General de Control de la Industria Alimenticia de la provincia de Córdoba, en relación a la comercialización del producto que no cumpliría con la normativa alimentaria vigente.</p><p>Y señala que en el marco de un procedimiento en el puesto de control bromatológico ubicado en el ingreso de la localidad de Santa Rosa de Calamuchita, se detectó y no se permitió el ingreso del producto investigado por sospecha de irregularidades en los registros, y además informó que la distribuidora del citado producto se encontraría en Río Tercero.</p><p>Ante ello, la Dirección General de Control de la Industria Alimenticia de la provincia de Córdoba, realizó las consultas a la Dirección de Industrias y Productos Alimenticios de la provincia de Buenos Aires , a fin de verificar si el Registro Nacional de Establecimiento (RNE) y el Registro Nacional de Producto Alimenticio (RNPA) que se exhiben en el rótulo del producto investigado se encuentran autorizados; a lo que la DIPA informó que ambos registros son inexistentes.</p>La acción del Anmat esta destinada a proteger la salud pública y garantizar la calidad de los productos alimenticios<p>A su vez, la mencionada Dirección solicitó colaboración al Área de Bromatología de la localidad de Río Tercero para que realice una inspección en el presunto distribuidor, a lo que la Bromatología informó que constató la comercialización del producto investigado, procedió a la intervención y destruyó las mismas.</p><p>Luego de todo, la Dirección General de Control de la Industria Alimenticia de la provincia de Córdoba por Resolución N° 000119/2022 prohibió la elaboración, publicidad, comercialización y distribución en todo el territorio provincial y en las plataformas de venta electrónica del producto investigado.</p><p>Ante lo anteriormente dicho se determinó que el producto se halla en infracción por carecer de registro de establecimiento y de producto, por estar falsamente rotulado al exhibir en el rótulo un número de RNE y RNPA inexistentes, resultando ser en consecuencia un producto ilegal.</p><p>Además, por tratarse de un producto que no puede ser identificado en forma fehaciente y clara como producido, elaborado y/o fraccionado en un establecimiento determinado, no podrá ser elaborado en ninguna parte del país, ni comercializado ni expendido en el territorio de la República.</p><p>Finalmente sostiene que a fin de proteger la salud de los ciudadanos ante el consumo de productos ilegales, el Departamento de Rectoría en Normativa Alimentaria del INAL recomienda prohibir la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional del citado alimento, así como también todos aquellos productos que exhiban en sus rótulos i el RNE y RNPA mencionados.</p><p>&nbsp;</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/wvsF9vgvO9dep_cDmyOfuk6ZWSw=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2023/11/aceite_de_oliva_anmat.webp" class="type:primaryImage" /></figure>La medida fue tomada por el organismo debido a distintas irregularidades administrativas. La disposición rige en todo el territorio nacional]]>
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                <updated>2023-11-01T13:06:20+00:00</updated>
                <published>2023-11-01T12:57:18+00:00</published>
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            Prohíben dos medicamentos por irregularidades que ponen en riesgo la salud
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/20rQy2DC-9rhqF8NbGRkqmslVmk=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2023/10/medicamentos.webp" class="type:primaryImage" /></figure><p>Autoridades de la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT), mediante la Disposición 8696/2023, prohibió la comercialización a nivel nacional de la "solución de Iodopovidona al 10% FA VI ed." elaborada por el laboratorio DRINAS S.A.S. Esta medida se tomó tras descubrirse irregularidades que ponen en riesgo la salud de los usuarios</p><p>La Anmat inició las actuaciones después de una orden de inspección en la DROGUERÍA NOVAMED, propiedad de Santiago Gerardo ROSSI, donde se constató la falta de declaración de datos de registro sanitario para el mencionado producto. Tras la verificación, se descubrió que la droguería distribuyó unidades a diferentes provincias, poniendo en riesgo a los potenciales pacientes.</p><p>Además, la inspección en el Laboratorio DRINAS S.A.S. reveló que la unidad retirada para verificación no contaba con autorización de comercialización por parte del organismo de control. Aunque el laboratorio alegó estar cerrado por vacaciones durante la inspección, se constató que no tenía habilitación para el producto en cuestión.</p>Ambos productos médicos son fabricados por la misma empresa.<p>La ANMAT emitió una serie de medidas preventivas, incluyendo la prohibición de uso, distribución y comercialización a nivel nacional del producto de DRINAS S.A.S. hasta que obtenga las autorizaciones correspondientes. Además, se prohíbe la venta de medicamentos declarados elaborados por el laboratorio en todo el país, excepto en la provincia de Tucumán.</p><p>La DROGUERÍA NOVAMED y su director técnico, Julieta TORRES, están sujetos a un sumario sanitario por presuntas infracciones a la ley. La ANMAT insta a otras autoridades provinciales y al Ministerio de Salud de la provincia de Tucumán a tomar las medidas necesarias para proteger a la población.</p>Cloruro de Magnesio<p>En cuanto al segundo medicamento, a través de la Disposición 8697/2023, la Anmat prohibió en todo el territorio nacional la venta y distribución del producto "Cloruro de magnesio, lote C12326803, Vto. 10/12/2024, por 33 gramos, elaborado y envasado por el laboratorio DRINAS S.A.S." debido a riesgos para la salud de los consumidores.</p><p>La decisión se tomó después de recibir una denuncia de un particular que experimentó una reacción inesperada al disolver el producto en agua para su consumo, lo que resultó en emanación de vapores, burbujeo y rotura del envase plástico. La ANMAT tomó acciones inmediatas al descubrir que el cloruro de magnesio contenía impurezas y no cumplía con los estándares farmacéuticos.</p>La empresa fue intimada a retirar del mercado los productos<p>La autoridad sanitaria de la provincia de Tucumán intervino al recibir la denuncia y citó al farmacéutico responsable de DRINAS S.A.S., quien admitió haber recibido quejas previas sin informar a la autoridad. La empresa fue intimada a retirar del mercado el producto defectuoso y suspender la fabricación y distribución de sus productos hasta regularizar su situación.</p><p>La inspección en la sede de DRINAS S.A.S. reveló la presencia de unidades del lote denunciado. Consultado sobre la procedencia, el responsable exhibió una factura de Distribuidora VR SRL, confirmando que la sustancia distribuida era de calidad técnica, no apta para consumo humano por vía oral.</p><p>La Universidad Nacional de Tucumán colaboró en el análisis de una muestra del producto, concluyendo que contenía un 70.4% de cloruro, lejos del estándar del 98.0% a 101.0% requerido por la Farmacopea Nacional Argentina.</p><p>La ANMAT clasificó este caso como una infracción al artículo 19 de la Ley 16.463 y sugiere la prohibición del producto para proteger a los posibles adquirentes y usuarios de cualquier riesgo para la salud.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/20rQy2DC-9rhqF8NbGRkqmslVmk=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2023/10/medicamentos.webp" class="type:primaryImage" /></figure>La Anmat sacó del mercado la solución de Iodopovidona y Cloruro de Magnesio. Ambos productos médicos son fabricados por la misma empresa.]]>
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                                <category term="nacionales" label="Nacionales" />
                <updated>2023-10-20T13:32:39+00:00</updated>
                <published>2023-10-20T13:21:45+00:00</published>
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        <title>
            Anmat prohibió el uso de un producto dermatológico de origen chino
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                <![CDATA[Sur24]]>
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                                <content type="html" xml:base="https://www.sur24.com.ar/noticias/anmat-prohibio-el-uso-de-un-producto-dermatologico-de-origen-chino">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/niYqEOQZfi_FaYodbG8N8QyGllg=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2023/09/vacuna.webp" class="type:primaryImage" /></figure><p>La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) a través de la Disposición 7050/2023 prohibió el uso, la comercialización y la distribución de un producto médico de origen chino debido a la falta de registro y documentación adecuada. La decisión se tomó con el objetivo de salvaguardar la salud de los posibles usuarios y compradores de este producto, cuyas condiciones de fabricación y elaboración eran desconocidas.</p><p>Lo preocupante es que no se encontraron registros de inscripción. Gentileza</p>De qué producto se trata<p>El producto en cuestión es conocido como "HYDROIAM – CROSS – LINKED HYALURONIC ACID DERMAL FILLER," fabricado por Jinan Medicine Valley en China. Durante una inspección realizada por personal de la Dirección Evaluación y Gestión de Monitoreo de Productos para la Salud (DVPS) en el centro de estética "Dr. Franco Gomez" en Buenos Aires, se identificó este producto y se retiró una unidad para su posterior verificación.</p><p>Lo preocupante es que no se encontraron registros de inscripción en el Registro Nacional de Productores y Productos de Tecnología Médica para este producto, según informó la Dirección de Gestión de Información Técnica (DGIT) en una comunicación oficial emitida el 31 de mayo de 2023. Además, el responsable del centro de estética no pudo proporcionar documentación de compra para el producto en cuestión durante la inspección ni después de la misma.</p><p>La medida fue registrada y comunicada a las autoridades pertinentes. Gentileza</p>Qué medidas se tomaron<p>Ante esta situación, la DVPS sugirió dos medidas importantes. En primer lugar, se propuso la prohibición del uso, la comercialización y la distribución en todo el territorio nacional de todos los lotes y presentaciones del producto "HYDROIAM – CROSS – LINKED HYALURONIC ACID DERMAL FILLER," fabricado por Jinan Medicine Valley en China, debido a la falta de datos de importador o responsable en Argentina hasta que se obtengan las autorizaciones correspondientes. En segundo lugar, se recomendó informar esta medida al Ministerio de Salud de la Nación.</p><p>Esta acción se basa en las facultades conferidas por el Decreto Nº 1490/92 y sus modificatorias, y se lleva a cabo con el propósito de garantizar la seguridad y calidad de los productos médicos disponibles en Argentina, protegiendo así a los consumidores de posibles riesgos asociados con productos no registrados y cuya procedencia y elaboración son inciertas.</p><p>La medida fue registrada y comunicada a las autoridades pertinentes, incluyendo al Ministerio de Salud de la Nación, el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y las autoridades sanitarias provinciales, con el fin de tomar las acciones necesarias para hacer cumplir esta prohibición y garantizar la seguridad de la población en relación a productos médicos.</p>&nbsp;<p>&nbsp;</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/niYqEOQZfi_FaYodbG8N8QyGllg=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2023/09/vacuna.webp" class="type:primaryImage" /></figure>El objetivo es salvaguardar la salud de los posibles usuarios y compradores de este producto, cuyas condiciones de fabricación y elaboración son desconocidas.]]>
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                                <category term="nacionales" label="Nacionales" />
                <updated>2023-09-04T12:00:13+00:00</updated>
                <published>2023-09-04T11:54:17+00:00</published>
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        <title>
            Anmat prohibió la venta de una solución salina oftalmológica
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        <link rel="alternate" href="https://www.sur24.com.ar/noticias/anmat-prohibio-la-venta-de-una-solucion-salina-oftalmologica" type="text/html" title="Anmat prohibió la venta de una solución salina oftalmológica" />
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                <![CDATA[Redacción Sur24]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/Z_gT30hodUi_ejD0VjRnGVR_56w=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2023/07/Gotasojos.webp" class="type:primaryImage" /></figure>

<p>La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat) prohibió la comercialización en todo el territorio argentino de una marca de solución salina oftalmológica por no contar con las autorizaciones correspondientes avaladas por el organismo descentralizado y tras la denuncia de un usuario que sufrió consecuencias adversas al utilizarlo en sus lentes de contacto.</p>


<p>La Disposición 5073/2023 establece la prohibición del uso, comercialización y distribución en todo el territorio nacional de todos los lotes y presentaciones del producto: Solución salina, uso oftálmico, mizu, Laboratorio Santa Prisca, hasta tanto obtenga sus correspondientes autorizaciones, por las razones expuestas en el considerando.</p>

La investigación comenzó tras las denuncia de un usuario.</p>



Actuaciones


<p>La investigación surgió el 30 de enero de este año luego de una denuncia realizada por un usuario que había adquirido el producto y que sufrió irritaciones en el ojo después de usarla. “Ingresó a la casilla de correo pesquisa@anmat.gob.ar un reporte realizado por un ciudadano, informando que había adquirido una solución salina oftalmológica que utilizó para la limpieza de sus lentes de contacto y que luego de colocarse los lentes le produjo irritación ocular”.</p>


<p>Asimismo señala que el dicho correo electrónico, se adjuntó una imagen digital del producto en el que podía observarse la siguiente información: “solución salina oftalmológica MIZU por 500 ml, Laboratorio Santa Prisca &#8211; F. Angeloni 2745 – CP S3040AMW &#8211; San Justo – Pcia. De Santa Fe &#8211; DT Juan Carlos Contissa &#8211; MN Nº 9486 &#8211; Mtrio. De Salud PM 1965-16 &#8211; Producto para venta en ópticas”.</p>


<p>Fue por ello que la Dirección de Gestión de Información Técnica informó que no constaba registro de habilitación de la firma “laboratorio SANTA PRISCA” con domicilio en la calle F. Angeloni 2745, San Justo, Provincia de Santa Fé, ante esta Administración Nacional, en los rubros de Medicamentos, Productos Médicos ni Productos Cosméticos y que además, no constaba registro de inscripción en el Registro Nacional de Productores y Productos de Tecnología Médica del producto “Solución salina oftalmológica por 500 ml, mizu, PM 1965-16″.</p>


<p>Asimismo, la Dirección de Evaluación y Registro de productos médicos confirmó que el producto “Solución salina oftalmológica por 500 ml, mizu, PM 1965-16″ no se encontraba registrado ante esta Anmat.</p>

La investigación surgió el 30 de enero</p>



Medida adoptada


<p>Como consecuencia de ello, personal de dicha Dirección se hizo presente en la sede de la empresa Biomedici SRL, que se encuentra habilitada por la Anmat como importadora de productos médicos.</p>


<p>Allí y frente a la fotografía del producto denunciado, la directora técnica expresó que Biomedici SRL nunca había fabricado, importado ni comercializado el producto solución salina oftalmológica MIZU, ni ningún otro producto de uso en oftalmología, por lo que se trata de un producto falso. Y agregó que si bien el legajo de la empresa es el Nº 1.965, el PM 1965-16 no corresponde por el momento a ningún producto inscripto, toda vez que hasta el momento solo cuenta con cinco (5) registros de producto (PM 1965- 1 / 1965-2 / 1965-3 / 1965-4 y 1965-5) todos correspondientes a productos de uso en cirugía maxilofacial y neurocirugía.</p>


<p>Frente a todo lo ocurrido y a fin de proteger a eventuales adquirentes y usuarios de los productos involucrados, toda vez que se trata de un producto falsificado del que se desconocen sus condiciones de elaboración/fabricación, sugirió prohibir el uso, comercialización y distribución en todo el territorio nacional de todos los lotes y presentaciones del producto: Solución salina, uso oftálmico, mizu, Laboratorio Santa Prisca, hasta tanto obtenga sus correspondientes autorizaciones, e informar la medida al Ministerio de Salud de la provincia de Santa Fe, a sus efectos.</p>


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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/Z_gT30hodUi_ejD0VjRnGVR_56w=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2023/07/Gotasojos.webp" class="type:primaryImage" /></figure>La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat) prohibió la comercialización en todo el territorio argentino de una...]]>
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                                <category term="nacionales" label="Nacionales" />
                <updated>2023-07-11T09:40:43+00:00</updated>
                <published>2023-07-11T09:40:43+00:00</published>
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        <title>
            Batistuta se defendió de las supuestas irregularidades en su campo
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                <![CDATA[Redacción Sur24]]>
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        </author>
        
                                <content type="html" xml:base="https://www.sur24.com.ar/noticias/batistuta-se-defendio-de-las-supuestas-irregularidades-en-su-campo">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/268d1qkeX_Ftd-hpk35tqqiJmlY=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2023/07/Batistuta.webp" class="type:primaryImage" /></figure>

<p>El exfutbolista Gabriel Batistuta se defendió públicamente por medio de la red social Twitter de las denuncias que recibió por parte del gremio de trabajadores rurales debido a que supuestamente tiene en uno de sus campos trabajadores “mal pagados” y que están viviendo en “condiciones deplorables”.</p>


<p>“Estas son las 35 casas para uso de nuestro personal rural y sus familiares, construimos una casa por año, se invirtió en la escuela caminos energía eléctrica y pantallas solares. Nuestros trabajadores se enrolan conforme a derecho de la LCT y del estatuto del peón rural”, escribió Batistuta en una primera publicación, acompañado de varias fotos de su estancia.</p>

Las imágenes que compartió el ex futbolista y empresario agropecuario.</p>



<p>Y en un segundo comentario agregó que siempre respetó las normas y los convenios con los sindicatos para tener todo en regla por lo que no entiende qué fue lo que incumplió: “Respetamos los convenios sindicales contamos con un médico laboralista y una licenciada en seguridad e higiene de industria permanentemente para verificar las condiciones de todo el establecimiento. Esas imágenes es hoy dentro del campo ¿Todo esto y más, es incumplir?”</p>



<p lang="es" dir="ltr">ESTAS SON LAS 35 CASAS PARA USO DE NUESTRO PERSONAL RURAL  Y SUS FAMILIARES , CONSTRUIMOS  UNA CASA POR AÑO , SE INVIRTIÓ EN LA ESCUELA CAMINOS ENERGIA ELÉCTRICA Y PANTALLAS SOLARES .NUESTROS TRABAJADORES SE ENROLAN CONFORME A DERECHO DE LA LCT Y DEL ESTATUTO DEL PEÓN RURAL. pic.twitter.com/NYGf4qlSeP</p>
<p>&mdash; Gabriel Batistuta (@GBatistutaOK) July 6, 2023</p>
<p></p>

Presentación


<p>Como contó Sur24 este miércoles, una inspección del Registro Nacional de Trabajadores Rurales y Empleadores (Renatre) detectó ciertas irregularidades en la condiciones laborales de empleados de la firma Batistuta &amp; Batistuta en el distrito Los Amores, extremo norte santafesino.</p>

Las imágenes que compartió el ex futbolista y empresario agropecuario.</p>



<p>El delegado regional del gremio, Martín Fortuna, explicó a este medio la situación hallada en el establecimiento que pertenece al exgoleador.</p>


<p>Según este testimonio se trató de un relevamiento de rutina, con el registro como corresponde y aclararon que hay denuncia, “solo una presentación” en la Secretaría de Trabajo de Reconquista.</p>

Las imágenes que compartió el ex futbolista y empresario agropecuario.</p>



<p>El sindicalista aseguró que todos los trabajadores “estaban registrados, lo que sí con la categoría mínima de peón general, y le falta el pago de las horas extras de sábado a la tarde y domingo cuando hacen guardias, no le están pagando el 100 %”.</p>


<p>En cuanto a las condiciones de vivienda consignó que “no son dignas. Tiene una chapa agujereada, humedad” y apuntó a la “falta de entrega de ropa de trabajo”.</p>

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                </content>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/268d1qkeX_Ftd-hpk35tqqiJmlY=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2023/07/Batistuta.webp" class="type:primaryImage" /></figure>El exfutbolista Gabriel Batistuta se defendió públicamente por medio de la red social Twitter de las denuncias que recibió por parte del gremio de tra...]]>
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                <updated>2023-07-06T11:09:01+00:00</updated>
                <published>2023-07-06T11:09:01+00:00</published>
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        <title>
            Colombia: investigan posibles irregularidades en la campaña presidencial de Gustavo Petro
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                <![CDATA[Redacción Sur24]]>
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        </author>
        
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/oCpJSN-DStyHDGV3c1npN3eGOjw=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2023/06/Preto.webp" class="type:primaryImage" /></figure>

<p>La autoridad electoral de Colombia abrió el lunes (05.06.2023) una investigación de la campaña presidencial de Gustavo Petro por presunta financiación irregular, en medio de un escándalo por escuchas ilegales, chantaje y maletines con dólares que salpican al gobierno.</p>


<p>El exembajador de Colombia en Venezuela, Armando Benedetti, y la antigua mano derecha del mandatario, Laura Sarabia, deberán responder ante el organismo el 13 de julio por “presuntas irregularidades en la financiación” de la campaña de Petro, indicó el Consejo Nacional Electoral.</p>
<p>Dos muertos durante una protesta contra campo petrolero en Colombia</p>
<p></p>


<p>Benedetti y Sarabia, que hasta hace unos días pertenecían al círculo cercano del presidente, fueron apartados del gobierno el viernes cuando un caso con tintes domésticos escaló a escándalo nacional.</p>


<p>La revista Semana publicó unas grabaciones en las que se escucha a Benedetti enfadado y amenazando a Sarabia, antigua jefa de gabinete, con revelar financiaciones ilegales a la campaña de Petro por unos 3,5 millones de dólares y asegura que de hacerlo se irían todos a la cárcel.</p>


<p>“Laura (&#8230;) Nos hundimos todos. Nos acabamos todos. Nos vamos presos (&#8230;) Con tanta mierda que yo sé, pues nos jodemos todos, si ustedes me joden a mí, yo los jodo a ustedes”, dicen los audios inundados de palabrotas, atribuidos al exembajador y en los que no se oye a su interlocutor.</p>




<p lang="es" dir="ltr">Una agencia de inteligencia en el gobierno Duque nos grabó ilegalmente todas las conversaciones hechas en Zoom durante todos los meses de mi campaña y fueron publicadas en Semana. Nunca pudieron publicar un minuto siquiera en donde yo dijera algo ilegal o irregular.</p>
<p>La…</p>
<p>&mdash; Gustavo Petro (@petrogustavo) June 5, 2023</p>
<p></p>
<p>Benedetti, un curtido político tradicional, fue clave en la victoria del primer gobierno de izquierda en la historia del país y le presentó a Petro a su antigua secretaria privada, Sarabia, que luego se convertiría en la mano derecha del mandatario.</p>


<p>El presidente aseguró en Twitter que el gobierno no ha ordenado “interceptaciones de teléfonos, ni allanamientos ilegales (&#8230;) ni se han recibido en la campaña dineros de personas ligadas al narco”.</p>


<p lang="es" dir="ltr">Esto es lo que buscan. Que no se pueda poner una terna contra la impunidad. Por aquí comienza todo. https://t.co/Si3UoAywvA</p>
<p>&mdash; Gustavo Petro (@petrogustavo) June 5, 2023</p>
<p></p>
<p>“Yo no acepto chantajes, ni veo la política como un espacio de favores personales”, añadió, y se solidarizó con Sarabia por recibir “una presión enorme”</p>


<p>En un mensaje en Twitter, el exembajador aseguró que los audios revelados por Semana “han sido manipulados” y pidió “excusas al presidente” y a Sarabia “por la agresión y el ataque malintencionado”. En respuesta, Petro le pidió “explicar sus palabras ante la fiscalía y el país”.</p>


<p>&nbsp;</p>
]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/oCpJSN-DStyHDGV3c1npN3eGOjw=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2023/06/Preto.webp" class="type:primaryImage" /></figure>La autoridad electoral de Colombia abrió el lunes (05.06.2023) una investigación de la campaña presidencial de Gustavo Petro por presunta financiación...]]>
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                <updated>2023-06-06T07:50:30+00:00</updated>
                <published>2023-06-06T07:50:30+00:00</published>
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        <title>
            Prohíben una marca de aceite de oliva por distintas irregularidades
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        <link rel="alternate" href="https://www.sur24.com.ar/noticias/prohiben-una-marca-de-aceite-de-oliva-por-distintas-irregularidades" type="text/html" title="Prohíben una marca de aceite de oliva por distintas irregularidades" />
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                <![CDATA[Redacción Sur24]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/cgDOU6hFkD3YbCSrlZgEFFVakO4=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2023/04/Olivaprohibicion.webp" class="type:primaryImage" /></figure>



<p>Una marca de aceite de oliva fue prohibida debido a distintas irregularidades administrativas. La medida fue tomada por la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT).</p>


<p>La Disposición 2665/2023, publicada en el Boletín Oficial, dispone la prohibición de la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional del producto: “Aceite de oliva marca Colonial, Elaborado y Envasado, RNE: 13002372 &#8211; RNPA: 13023770, Mendoza &#8211; Argentina”, en cualquier presentación, lote y fecha de vencimiento, por carecer de registro de establecimiento y de producto y por estar falsamente rotulado al exhibir en el rótulo un número de RNE perteneciente a otra razón social dado de baja y de RNPA inexistente, resultando ser en consecuencia un producto ilegal.</p>


<p>Además establece la prohibición de la comercialización en todo el territorio nacional de cualquier producto que exhiba en sus rótulos los registros sanitarios RNE 13002372 y RNPA 13023770, por ser productos falsamente rotulados que utilizan un número de RNE dado de baja y RNPA inexistente, resultando ser en consecuencia ilegales.</p>
<p>Anmat prohibió una otra marca de aceite de oliva por distintas irregularidades</p>
<p></p>


<p>En su considerando, la disposición determina que las actuaciones se iniciaron a raíz de la detección de comercialización del producto “Aceite de oliva marca Colonial, Contenido Neto 500 cm3 y 900 cm3, fecha de vencimiento junio 2024, Elaborado y Envasado, RNE: 13002372 &#8211; RNPA: 13023770, Mendoza &#8211; Argentina”, durante una inspección llevada a cabo por el Departamento de Higiene de Los Alimentos de la provincia de Mendoza, que no cumpliría con la normativa alimentaria vigente.</p>


<p>Además, se constató que el Registro Nacional de Establecimiento (RNE) exhibido en el rótulo del producto investigado pertenecía a otra razón social y se encuentra dado de baja y, que el Registro Nacional de Producto Alimenticio (RNPA) es inexistente; por lo que procedió al decomiso de 7 unidades del mencionado producto.</p>


<p>Ante ello, el Departamento de Vigilancia Sanitaria y Nutricional del Instituto Nacional de Alimentos (INAL) le solicitó a través del SIFEGA, al Departamento de Nutrición e Higiene de los Alimentos de la provincia de Mendoza que informe si el RNE y el RNPA exhibidos en el rótulo del producto investigado se encuentran vigentes.</p>


<p>Asimismo, el Departamento de Higiene de los Alimentos de la provincia de Mendoza informó que el RNE pertenece a otra razón social y se encuentra dado de baja, y el RNPA es inexistente.</p>
<p>Riesgo para la salud: prohiben tres marcas de cremas para alisar el pelo</p>
<p></p>
<p>En consecuencia se estableció que el producto se halla en infracción por carecer de registro de establecimiento y de producto, por estar falsamente rotulado al exhibir en el rótulo un número de RNE perteneciente a otra razón social y dado de baja y un RNPA inexistente, resultando ser en consecuencia un producto ilegal.</p>


<p>Y finalmente se fijó que por tratarse de un producto que no puede ser identificado en forma fehaciente y clara como producido, elaborado y/o fraccionado en un establecimiento determinado, no podrá ser elaborado en ninguna parte del país, ni comercializado ni expendido en el territorio de la República y que en atención a las circunstancias detalladas y a fin de proteger la salud de los ciudadanos ante el consumo de productos ilegales, el Departamento de Rectoría en Normativa Alimentaria del INAL recomienda prohibir la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional del citado alimento, así como también todos aquellos productos que en sus rótulos indiquen el RNE y RNPA mencionados.</p>



<p>&nbsp;</p>



]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/cgDOU6hFkD3YbCSrlZgEFFVakO4=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2023/04/Olivaprohibicion.webp" class="type:primaryImage" /></figure>Una marca de aceite de oliva fue prohibida debido a distintas irregularidades administrativas. La medida fue tomada por la Administración Nacional de...]]>
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                <updated>2023-04-13T12:32:17+00:00</updated>
                <published>2023-04-13T08:24:24+00:00</published>
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            Anmat prohibió una otra marca de aceite de oliva por distintas irregularidades
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                <![CDATA[Redacción Sur24]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/cWEnf96WDtb_wWRqax5SpZuIPb8=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2022/03/Oliva.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>[vc_row][vc_column][vc_column_text]</p>




<p>Se prohibió una marca de aceite de oliva por distintas irregularidades. La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat) publicó la medida este martes en el Boletín Oficial.</p>


<p>A través de la Disposición 10056/2022 se determinó la prohibición de la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional, y en plataformas de venta en línea del producto: “Aceite de oliva extra virgen marca D’olivo &#8211; RNE 3314257, RPNA 13623467″, en cualquier presentación, lote y fecha de vencimiento, por carecer de registro de establecimiento y de producto, y por estar falsamente rotulado al exhibir en el rótulo números de RNE y de RNPA inexistentes, resultando ser en consecuencia un producto ilegal.</p>


<p>Las actuaciones se inician a partir de una consulta realizada ante el Departamento de Vigilancia Sanitaria y Nutricional de los Alimentos, del Instituto Nacional de Alimentos acerca de la veracidad de los registros del producto.</p>
<p>La Anmat prohibió la venta de dos marcas de aceite de oliva por distintas irregularidades</p>
<p></p>

<p>Ante esta inquietud se realizó Consulta Federal al Departamento de Higiene de los Alimentos de la provincia de Mendoza, quien indicó que el RNPA es inexistente y que la cantidad de dígitos del RNE no coincide con la nomenclatura utilizada por ninguna autoridad sanitaria y que dado que el producto se publicita y promociona en plataformas de venta en línea, se solicitó al Programa de Monitoreo y Fiscalización de Publicidad y Promoción de Productos sujetos a Vigilancia Sanitaria, que evalúe las medidas a adoptar.</p>


<p>Se estableció que el producto se halla en infracción por carecer de registro de establecimiento y de producto, por estar falsamente rotulado al exhibir en el rótulo un número de RNE y de RNPA inexistentes, resultando ser en consecuencia un producto ilegal y que por tratarse de un producto que no puede ser identificado en forma fehaciente y clara como producido, elaborado y/o fraccionado en un establecimiento determinado, no podrá ser elaborado en ninguna parte del país.</p>


<p>Con el objetivo de proteger la salud de los ciudadanos ante el consumo de productos ilegales, el Departamento de Rectoría en Normativa Alimentaria del INAL recomienda prohibir la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional del citado alimento.</p>






<p>[/vc_column_text][/vc_column][/vc_row][vc_row][vc_column][vc_column_text]&lt;iframe class=”scribd_iframe_embed” title=”Boletín Anmat” src=”https://www.scribd.com/embeds/616542624/content?start_page=1&amp;view_mode=scroll&amp;access_key=key-KiW2VV6DgpDOHPnvpWhP” tabindex=”0&#8243; data-auto-height=”true” data-aspect-ratio=”0.7080062794348508&#8243; scrolling=”no” width=”100%” height=”600&#8243; frameborder=”0&#8243;&gt;&lt;/iframe&gt;&lt;p style=” margin: 12px auto 6px auto; font-family: Helvetica,Arial,Sans-serif; font-style: normal; font-variant: normal; font-weight: normal; font-size: 14px; line-height: normal; font-size-adjust: none; font-stretch: normal; -x-system-font: none; display: block;” &gt;&lt;a title=”View Boletín Anmat on Scribd” href=”https://www.scribd.com/document/616542624/Boletin-Anmat#from_embed” style=”text-decoration: underline;”&gt;Boletín Anmat&lt;/a&gt; by &lt;a title=”View El Litoral&#8217;s profile on Scribd” href=”https://www.scribd.com/user/163631705/El-Litoral#from_embed” style=”text-decoration: underline;”&gt;El Litoral&lt;/a&gt;&lt;/p&gt;[/vc_column_text][/vc_column][/vc_row]</p>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/cWEnf96WDtb_wWRqax5SpZuIPb8=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2022/03/Oliva.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>[vc_row][vc_column][vc_column_text]Se prohibió una marca de aceite de oliva por distintas irregularidades. La Administración Nacional de Medicamentos,...]]>
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                <updated>2022-12-27T09:29:38+00:00</updated>
                <published>2022-12-27T09:29:38+00:00</published>
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            Debido a irregularidades se prohibieron productos odontológicos en Argentina
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                <![CDATA[Redacción Sur24]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/NPbXD0WrVigSIWmi_oIUGOvpE1I=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2022/11/odontologia.webp" class="type:primaryImage" /></figure><p>[vc_row][vc_column][vc_column_text]</p>


<p>Se prohibió el uso, comercialización y distribución de productos odontológicos debido a distintas irregularidades. La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) publicó la disposición 9553/2022 en el Boletín Oficial.</p>


<p>En el documento se establece la prohibición del uso, la comercialización y la distribución en todo el territorio nacional de todos los lotes y medidas de los productos rotulados como: BRACKET MONO 0.22 LIGHT / ROTH 0.22 x 0,28 / TECNIDENT EQUIPAMENTOS ORTODONTICOS sin lote, sin vencimiento / sin fecha de fabricación / sin datos del importador responsable en la Argentina.</p>


<p>Las actuaciones se iniciaron a raíz de la fiscalización de productos médicos programada. Personal de la ANMAT se constituyó en sede de la firma “Odontomisiones” de Carlos José Borszcz, sita en la Av. Francisco de Haro 3401 – Ciudad de Posadas, Provincia de Misiones.</p>

<p>Personal de la entidad realizó un control sobre los productos que se encontraban en el depósito, siendo estos productos médicos de uso en odontología, y se retiró del mismo el siguiente producto médico para posterior verificación: BRACKET MONO 0.22 LIGHT / ROTH 0.22 x 0,28 / TECNIDENT EQUIPAMENTOS ORTODONTICOS.</p>


<p>Durante la intervención se observó que esta unidad no posee más datos que los antes consignados, sin lote, sin vencimiento/sin fecha de fabricación/ sin datos del importador responsable en la Argentina y sobre la documentación de adquisición, el responsable se comprometió a remitir lo que no sucedió.</p>


<p>Además, se verificó en el Registro de Productores y Productos de Tecnología Médica y pudo constatarse que existen registros de brackets marca TECNIDENT bajo la titularidad de dos firmas: Industria Tecnológica de Ortodoncia SRL (PM 2495-100) y Ortodontia SRL (PM 1562-1) y sobre la documentación de adquisición, el responsable de la empresa manifestó que la extravió.</p>

Verificación del productos


<p>El personal de la Dirección de Vigilancia de Productos para la Salud se puso en contacto con las firmas titulares de tal producto a fin de verificar la legitimidad de la unidad retirada en carácter de muestra.</p>


<p>A este respecto el responsable de la firma Industria Tecnológica de Ortodoncia SRL, informó que la muestra en cuestión “NO ES ORIGINAL de la empresa, tratándose de una unidad ilegítima y explicó que la firma fabrica y comercializa solamente brackets de composite, siendo visible que los brackets de la unidad analizada son metálicos. Indica que las unidades que comercializa Industria Tecnológica de Ortodoncia SRL poseen la información completa del producto, datos del fabricante, número de PM correspondiente, lote y fecha de vencimiento.</p>


<p>Asimismo expuso que la firma no comercializa unidades por “un caso” sino que los envases que lanza al mercado la firma son por 5, 10, 20 y 40 casos y la muestra exhibida posee 20 brackets metálicos, lo que corresponde a “un caso/una boca completa”.</p>


<p>Como consecuencia de todo esto y a fin de proteger a eventuales adquirentes y usuarios de los productos involucrados, la Dirección de Vigilancia de Productos para la Salud recomendó la prohibición de comercialización, uso y distribución en todo el territorio nacional de todos los lotes y medidas de los citados productos odontológicos.</p>




<p>[/vc_column_text][/vc_column][/vc_row][vc_row][vc_column][vc_raw_html]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[/vc_raw_html][/vc_column][/vc_row]</p>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/NPbXD0WrVigSIWmi_oIUGOvpE1I=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2022/11/odontologia.webp" class="type:primaryImage" /></figure>[vc_row][vc_column][vc_column_text]Se prohibió el uso, comercialización y distribución de productos odontológicos debido a distintas irregularidades....]]>
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                <updated>2022-11-29T08:23:11+00:00</updated>
                <published>2022-11-29T08:23:10+00:00</published>
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            La Justicia secuestró el pliego del gasoducto Néstor Kirchner
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                <![CDATA[Redacción Sur24]]>
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        </author>
        
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/Jw__cl8CncgR65HBnXQcuoGWVSw=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2022/06/Rafecas-Stornelli.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>El procedimiento se dio en el marco de una investigación por supuestas irregularidades en el proceso de esa licitación, a partir de tres denuncias que se formalizaron este lunes en los tribunales de Comodoro Py.</p>
<p>La polémica alrededor del gasoducto comenzó el fin de semana, cuando desde el Ministerio que encabezaba el saliente Matías Kulfas se deslizó que hubo movimientos de parte del kirchnerismo para favorecer a la empresa Techint para quedarse con la licitación.</p>
<p>En el Juzgado de Rafecas recayó la primera de las denuncias hechas este lunes en Comodoro Py, mientras que las otras dos fueron a parar a manos de su par Ariel Lijo. Las denuncias fueron presentadas tras la renuncia forzada de Kulfas, en medio de las quejas de la vicepresidenta Cristina Kirchner, luego de que lo vinculara a un off de record en la que denunciaba supuestas irregularidades en el proceso de licitación de la obra.</p>
<p>La presentación que estudia Rafecas fue hecha por Santiago Dupuy de Lome y el magistrado interviene junto con el fiscal Carlos Stornelli. “Este fin de semana nos hemos enterado de un comunicado en off del ahora ex ministro Kulfas indicando que las licitaciones por la obra del gasoducto Néstor Kirchner estaban digitadas por los funcionarios de IEASA cercanos a la actual vicepresidente para favorecer a la empresa Techint”, señala la presentación, a la par que apunta contra Kulfas.</p>
<p>En ese sentido, remarca que él no radicó una denuncia en su momento, y el abogado también acusó a Andrés Cirnigliaro, presidente de IEASA, por presuntos delitos de cohecho, violación a la normativa Compre Argentino, y negociaciones incompatibles.</p>
<p>Las otras dos denuncias hechas por la Fundación para la Paz y el Cambio Climático y la de los diputados Graciela Ocaña y Waldo Wolff, quedaron en poder de Lijo. No obstante, la primera es la de Rafecas por lo que se acumularán allí todas las investigaciones. Rafecas ya ordenó las primeras medidas a horas de ser hecha la denuncia y luego que la misma fuese ratificada por el abogado Dupuy de Lome.</p>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/Jw__cl8CncgR65HBnXQcuoGWVSw=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2022/06/Rafecas-Stornelli.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>El procedimiento se dio en el marco de una investigación por supuestas irregularidades en el proceso de esa licitación, a partir de tres denuncias que...]]>
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                <updated>2022-06-06T23:41:18+00:00</updated>
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            Allanan casa de jefe policial por irregularidades en un depósito de vehículos policiales
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                <![CDATA[Redacción Sur24]]>
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<p>Mirador Provincial</p>
<p>Una investigación iniciada hace casi un año y medio por presuntas irregularidades en el manejo de móviles policiales –en su mayoría chocados o con problemas mecánicos- derivó en casi 20 allanamientos que fueron realizados este jueves 29 de julio en talleres y viviendas ubicadas en Zavalla, Rosario y Villa Gobernador Gálvez. Una de las viviendas que fueron allanadas por personal de la Agencia de Control Policial (ex Asuntos Internos) fue la del subjefe de Policía de la Provincia, comisario Ariel Zancocchia, quien tras enterarse del operativo, se puso a disposición de sus colegas.</p>
<p>Fuentes del Ministerio Público de la Acusación (MPA) señalaron que la causa que derivó en los allanamientos tuvo su origen comienzos de febrero de 2020, cuando personal de la Agencia de Control Policial (ACP) realizó una inspección de rutina en instalaciones de la base Comando Rampa Norte, mejor conocida como Taller Tarragona, de calle Tarragona 790 bis entre Juan José Paso y La República, de barrio Fisherton Norte de Rosario.</p>
<p>Según los voceros, en ese lugar se hallaron “irregularidades manifiestas en los automotores que se encontraban dentro del predio, con notable descuido de los vehículos depositados, falta de conservación y control de autopartes, contradicciones en el registro de los estados de los móviles; móviles desguazados con piezas de los mismos a la intemperie, y varios vehículos en el taller que no pertenecían al Comando Radioeléctrico sino a otras dependencias policiales y vehículos pertenecientes particulares”.</p>
<p>Este sorpresivo hallazgo derivó en una investigación por la posible comisión de un delito penal por parte del personal policial, ya que se presume que los policías sospechados recibían los patrulleros chocados o con algún tipo de problema mecánico y luego vendían los repuestos. También habría irregularidades en la compra de repuestos para los móviles que estaban rotos o chocados, ya que esos elementos no se colocaban sino que se revendían a terceros, señaló un portavoz.</p>
<p>Luego de casi 18 meses de investigación, los fiscales de la Agencia de Criminalidad Organizada, Matías Edery y Luis Schiappa Pietra, libraron 19 órdenes de allanamiento.</p>
<p>Los procedimientos se hicieron en domicilios particulares ubicados en Patricios al 900 y 24 de Septiembre al 1900 (zona sur); Donado al 100 bis y 600 bis (zona noroeste); Italia al 1500; Zeballos al 2500; Moreno al 2500; Rodríguez al 400 y un departamento en Dorrego al 1000 (zona centro) y Agrelo al 3000 (zona norte), todos de la ciudad de Rosario.</p>
<p>También fueron allanados locales comerciales ubicados en Arijón al 2800; 2 locales en bulevar 27 de Febrero al 2400 y un local de Gálvez al 2700 (zona sudoeste); y un taller de Buenos Aires al 5400 (zona sur).</p>
<p>Otros cuatro procedimientos tuvieron lugar en una vivienda de calle 25 de Mayo 1500 de la localidad de Zavalla; y en tres sitios de Villa Gobernador Gálvez: un predio de Balcarce al 1100, donde fue demorado un hombre identificado por las iniciales G.T., que trabajaría como mecánico ; y dos casas en Mitre al 1300.</p>
<p>Cabe recordar que el actual subjefe de Policía, Ariel Zancocchia, asumió en su cargo en septiembre de 2020, previamente fue jefe de la Unidad Regional VIII (departamento General López). Antes estuvo a cargo de las comisarías 10ª, 14ª, 18ª y 30ª; el Comando Radioeléctrico y las inspecciones de Zona 2ª y 10ª (centro y norte) y 9ª (Pérez), todas de la Unidad Regional II (departamento Rosario). En 2016 fue subjefe de la UR X (departamento Iriondo) y en 2017 subjefe de la URIII (departamento Belgrano).</p>
<p>&nbsp;</p>
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