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    <title>Sur24</title>
    <subtitle>Todo el sur, todo el día, todos los días.</subtitle>
    <updated>2026-03-18T16:15:30+00:00</updated>
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            Cuáles son los cambios que plantea la Reforma Laboral
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                <![CDATA[Redacción Sur24]]>
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                                <content type="html" xml:base="https://www.sur24.com.ar/noticias/cuales-son-los-cambios-que-plantea-la-reforma-laboral">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/m6C8Ze1zlrLdV8Y5oA3ocG2wnGY=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2026/02/reforma_laboral_1.webp" class="type:primaryImage" /></figure><p>Ya con el documento oficial del proyecto de ley de Modernización Laboral aprobado este jueves en la madrugada por el Honorable Senado de la Nación, se oficializa el avance de los cambios.</p><p>Con una serie de modificaciones que sobrevivieron y otros 28 puntos que fueron acordados previamente entre el gobierno nacional y diferentes estratos opositores, el texto baja a la Cámara de Diputados para su tratamiento.</p>Modificaciones centrales<p>El texto votado habilita la negociación de condiciones laborales a nivel de empresa por encima de los acuerdos sectoriales, introduce un tope a las indemnizaciones por despido y permite la creación de un banco de horas para compensar jornadas mayores con períodos de menor carga laboral. Además incorpora cambios en los períodos de prueba y en los regímenes de registración y sanciones por empleo no registrado.</p><p>La votación en el Senado. Crédito: Senado</p><p>Se fijó un límite en las indemnizaciones: la base de cálculo excluye aguinaldo y bonos, y el tope no podrá superar tres veces el salario promedio mensual previsto en el convenio colectivo aplicable. También se prevé la actualización por inflación más un 3% anual y la posibilidad de pago en cuotas según el tamaño de la empresa.</p><p>La iniciativa contempla la creación de Fondos de Asistencia Laboral administrados por entidades habilitadas, destinados a garantizar el pago de indemnizaciones mediante aportes obligatorios de los empleadores; estos fondos serían inembargables y operarían como respaldo financiero, sin cubrir la informalidad.</p>Cambios sobre jornadas, licencias y justicia laboral<p>El proyecto modifica reglas sobre vacaciones, estableciendo el período entre el 1 de octubre y el 30 de abril, con posibilidad de acuerdos escritos para otra fecha y fraccionamiento en tramos de siete días. En materia de jornada, permite compensaciones mediante bancos de horas sin superar los topes semanales legales y mantiene descansos mínimos de doce horas entre jornadas y 35 horas semanales de descanso.</p><p>En casos de enfermedad o accidente no vinculados al trabajo se definieron compensaciones que van del 50% al 75% del salario por entre tres y seis meses, según la naturaleza del hecho y la situación familiar del trabajador, con intervención prevista de una Junta Médica ante discrepancias en certificaciones.</p><p>El texto incluye un anexo para transferir progresivamente la competencia de la Justicia laboral a la Ciudad de Buenos Aires y procura opciones para homologar acuerdos laborales ante autoridades, con límites en honorarios y mecanismos para reducir la reapertura de reclamos judiciales.</p>Debate político, apoyos y el siguiente tramo del trámite<p>Para conseguir el respaldo en la Cámara Alta, el oficialismo incorporó múltiples cambios al proyecto original. En el recinto la votación quedó registrada con 42 votos a favor y 30 en contra, según el recuento publicado por la prensa.</p><p>El Congreso de la Nación. Crédito: Fernando Nicola</p><p>Sectores sindicales y parte de la oposición cuestionaron que las modificaciones puedan fragmentar la negociación colectiva y debilitar protecciones ante cesantías, mientras que el gobierno defendió el paquete como una modernización que buscaría mayor flexibilidad y formalización del empleo.</p><p>La norma ahora debe ser debatida en la Cámara de Diputados, donde se aguarda un tratamiento intenso y negociaciones sobre eventuales modificaciones; en paralelo, la cobertura registró movilizaciones y enfrentamientos en las inmediaciones del Congreso que derivaron en detenciones durante la jornada.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/m6C8Ze1zlrLdV8Y5oA3ocG2wnGY=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2026/02/reforma_laboral_1.webp" class="type:primaryImage" /></figure>El Senado de la Nación votó a favor de la propuesta del gobierno nacional tras las 28 modificaciones acordadas. Ahora, el debate se mudará a Diputados.]]>
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                                <category term="nacionales" label="Nacionales" />
                <updated>2026-03-18T16:15:30+00:00</updated>
                <published>2026-02-12T18:06:59+00:00</published>
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            Santa Fe: Provincia les pagará a los damnificados por la inundación de 2003
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/y3mBLh1DMvZH8G6OBKLIXI_pvLo=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2024/04/casa_de_gobierno_de_santa_fe_reclamo_inundaciones.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>Tuvieron que pasar más de dos décadas pero finalmente llegó la justicia para los reclamos económicos por parte de los que sufrieron la inundación de la ciudad de Santa Fe en 2003. El propio fiscal de Estado, Domingo Rondina, informó a principios de este mes de abril que por decisión del gobernador Maximiliano Pullaro se dará cumplimiento al fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe y se les pagará a los damnificados “que estuvieron 21 años esperando justicia”.</p><p>Rondina indicó que la Corte provincial “resolvió por primera vez el tema de las indemnizaciones a las familias afectadas por la tremenda inundación de 2003. Después de 21 años la Corte decidió que la culpa fue del gobierno provincial de ese momento”, y agregó que según el fallo “es inexcusable la responsabilidad por la falta de obras y de previsión de la Provincia, así que en ese sentido condena a la Provincia a indemnizar a todas las familias que sufrieron como consecuencia de la inundación”.</p>El fiscal de Estado, Domingo Rondina, comunicó la decisión del Gobierno de la Provincia.<p>El funcionario aclaró de todos modos que la Corte determinó “que aquellas personas que cobraron la indemnización que pagaba en aquel momento el Ente de la Reconstrucción, ya están suficientemente compensadas con aquella indemnización, pero que quienes no cobraron tienen derecho a cobrar ahora, siempre y cuando hayan hecho su juicio”.</p>21 años después<p>Hay que recordar que el 29 de abril de 2003, el agua del río Salado, producto de una crecida extraordinaria, ingresó a la ciudad de Santa Fe a través de un segmento inconcluso del terraplén de la circunvalación oeste, lo que produjo que días después gran parte de la urbe esté inundada, en la peor tragedia de la historia de la ciudad. Muertos, miles de evacuados y pérdidas totales para la gran mayoría de todos ellos, fueron las consecuencias de esta catástrofe.</p>La impotencia al mirar desde arriba del techo el agua en todo el barrio. Una triste postal de aquel 2003.<p>21 años después, llegó este fallo de la Corte Suprema provincial. En ese sentido, el fiscal de Estado manifestó que “creemos que ahora hay que dejar que termine la causa. Lo habitual sería apelar esta sentencia mediante un recurso extraordinario ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación, pero lo hemos hablado con el gobernador Maximiliano Pullaro y él considera que no tenemos que apelar, cosa con la que estoy totalmente de acuerdo, porque las familias han esperado 21 años para que se les haga justicia. Es gente que además de sufrir la inundación tuvo que padecer la tremenda demora del Poder Judicial y la desatención del gobierno”.</p><p>Al respecto, indicó que “quienes no cobraron y tuvieron que hacer juicio, serán pagados cada uno en su expediente. Vamos a aceptar la condena y vamos a esperar, porque cada uno de los casos va a ir saliendo de la Corte. Estimo que durante este año ya todos los casos van a quedar en posición de empezarse a liquidar las sumas”, y reconoció que “seguir dilatando la cuestión judicial era seguir manteniendo abierta las heridas de la ciudad: tenemos que cerrar por lo menos la etapa jurídica de la inundación”.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/y3mBLh1DMvZH8G6OBKLIXI_pvLo=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2024/04/casa_de_gobierno_de_santa_fe_reclamo_inundaciones.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>La nueva gestión encabezada por el gobernador Maximiliano Pullaro tomó la determinación de no apelar la sentencia de la Corte Suprema de Justicia de Santa Fe y por lo tanto se cerrará el capítulo económico de la tragedia hídrica, 21 años después.]]>
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                                <category term="provinciales" label="Provinciales" />
                <updated>2026-03-18T16:15:30+00:00</updated>
                <published>2024-04-29T12:16:08+00:00</published>
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            La Corte sostiene el fallo que impide capitalizar intereses en indemnizaciones
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                <![CDATA[Emerio Agretti]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/Fy-iKO5JhrWW8FG6x1rqLfkS_wY=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2024/03/corte_suprema_de_justicia_de_la_nacion.webp" class="type:primaryImage" /></figure><p>La Corte Suprema de Justicia de la Nación desestimó un pedido de revocatoria contra su sentencia del 29 de febrero pasado en la que dejó sin efecto una resolución de la Cámara Nacional del Trabajo que ordenaba la capitalización sucesiva de intereses para el cómputo de una indemnización. Una sala de esa cámara ya receptó el nuevo criterio y dictó un primer fallo, donde el monto indemnizatorio se ajustó por CER, para preservar el valor del crédito laboral, sin que se produzca un "enriquecimiento ilícito".</p><p>En su sentencia del 29 de febrero, la Corte consideró que la aplicación del Acta 2764/2022 de la Cámara Nacional del Trabajo para el cómputo en una indemnización por despido no se encuentra prevista en la ley y provocó un incremento desproporcionado de la condena (del 7745,30%).</p><p>En el caso, la Sala IX de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo confirmó una condena por indemnizaciones laborales, elevó su monto y dispuso que al capital de la condena se le sumaran intereses calculados según los términos del Acta 2764/2022, invocando un supuesto sustento en el artículo 770 del Código Civil y Comercial.</p><p>La aplicación del Acta implicó imponer el pago de intereses calculados a tasas activas desde el momento de exigibilidad de los créditos laborales y, además, que esos intereses se capitalicen al momento de la notificación de la demanda y sigan capitalizándose sucesivamente en forma anual hasta la fecha de la liquidación de la condena.</p>"Arbitrario y desproporcionado"<p>El caso llegó a la Corte que, con la firma de Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz, Juan Carlos Maqueda y Ricardo Lorenzetti, consideró arbitraria la sentencia de la Sala IX. Entendió que "aun cuando lo atinente a los intereses aplicables a los créditos laborales es una materia ubicada en el espacio de razonable discreción de los jueces de la causa, cabe apartarse de tal principio cuando la decisión cuestionada, amén de carecer de sustento legal, arriba a un resultado manifiestamente desproporcionado que prescinde de la realidad económica existente al momento del pronunciamiento".</p><p>En tal sentido, señaló que "la capitalización periódica y sucesiva ordenada con base en el acta 2764/2022 de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo no encuentra sustento en las disposiciones del Código Civil y Comercial de la Nación". El Máximo Tribunal recordó que el artículo 770 del Código Civil y Comercial establece una "regla clara" según la cual "no se deben intereses de los intereses". Asimismo, remarcó que dicho artículo establece excepciones taxativas y de interpretación restrictiva, que no se dan en el caso.</p>Corte Suprema de Justicia de la Nación<p>La Corte apuntó que "la decisión impugnada y el acta que la sustenta dejan de lado el principio general fijado por el legislador y crean una excepción que no está legalmente contemplada".</p><p>En la causa, dijo el Tribunal, la capitalización periódica y sucesiva de intereses derivó en un resultado económico desproporcionado y carente de respaldo, que representó un incremento del 7745,30% del capital de condena en el término de ocho años.</p><p>En razón de ello, la Corte sentenció que "el fallo recurrido no constituye una derivación razonada del derecho vigente aplicable a las circunstancias comprobadas de la causa", por lo que resulta arbitrario, y dejó sin efecto la sentencia de la Cámara.</p><p>Contra ese pronunciamiento, la parte actora planteó un pedido de aclaratoria, invocó la existencia de errores materiales y, en suma, pretendió la revocatoria de lo resuelto.</p><p>En su sentencia del 12 de marzo, la Corte, con la firma de sus cuatro ministros, recordó que "las decisiones de esta Corte no son, en principio, susceptibles de recurso alguno (…), sin que en el caso se configure algún supuesto estrictamente excepcional que justifique apartarse de tal doctrina" y desestimó el planteo.</p>Nuevo parámetro<p>Los principios que rigieron el dictado de la sentencia original en la causa Oliva ya fueron receptados días atrás por la Sala VIII de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo. Esta Sala resolvió aplicar el Coeficiente de Estabilización de Referencia (CER) para el cálculo de los intereses de una indemnización por un accidente de trabajo y, de este modo, desoyó lo dispuesto en el Acta 2764.</p><p>En una sentencia dictada el 4 de marzo (Expediente Nº CNT 8056/2019/CA2), la Cámara entendió que la Corte, en la causa "Oliva", "al sostener que el Acta 2764 multiplicó 'de forma repetitiva el resultado de las tasas activas efectivas aplicadas', excediendo 'sin justificación cualquier parámetro de ponderación razonable', lo que hizo fue convocar a los magistrados a adoptar, en materia de accesorios, un criterio que, con el debido respaldo, combine la razonabilidad con la protección que debe garantizarse a los créditos laborales".</p><p>En esa línea, la Cámara agregó que "la premisa de partida es clara: es necesario encontrar un método de compensación, de los créditos de los trabajadores, que no lleve a que los reajustes representen un costo de tal magnitud, que exceda los valores del dinero en el mercado y derive en un posible enriquecimiento sin causa. A la par, es indispensable que ese método de compensación mantenga incólume el poder de compra -el 'valor'- del crédito laboral."</p><p>Los jueces Victor Pesino y María Dora González no dejaron de advertir "el alucinante incremento del costo de vida y, lo que es peor, del precio de los artículos de primera necesidad y de consumo diario" y señalar que "por una cuestión de política económica, se ha decidido 'congelar' la tasa de interés en un valor inferior a la inflación pasada y futura esperable". En ese contexto, afirmaron: "Si el Poder Ejecutivo Nacional ata sus deudas en pesos al 'CER' y el Banco Central de la República Argentina avala los depósitos a plazo fijo atados al 'CER', nada impide al Poder Judicial utilizar esta misma variable para penar la mora".</p><p>Para los jueces, "una tasa inferior implicaría licuar la deuda del acreedor, en la medida en que solo podría referirse a monedas cuyo valor permanezca incólume a través del tiempo, cosa que en nuestro país no ocurre". Y se añadió: "no aplicar el criterio esbozado, en las condiciones económicas actuales, resulta atentatorio contra un elemental derecho de propiedad, siendo deber de la justicia desalentar las prácticas evasivas y dilatorias que permitan financiarse a través del denominado 'dinero judicial barato'.</p><p>En tal sentido, resolvió que "la aplicación, a los créditos, del mecanismo del 'CER', guarda total y absoluta razonabilidad -en los términos exigidos, por la Corte en 'Oliva' y por la Constitución Nacional- en la medida que, indudablemente, su resultado no excede 'sin justificación y desproporcionadamente, el costo medio del dinero para deudores y operaciones similares en el lugar donde se contrajo la obligación' (art. 771, CC y CN)."</p><p>Así, la Cámara concluyó en utilizar, como interés moratorio, el índice "CER", publicado por el BCRA, desde que cada suma es debida y hasta su efectivo pago.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/Fy-iKO5JhrWW8FG6x1rqLfkS_wY=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2024/03/corte_suprema_de_justicia_de_la_nacion.webp" class="type:primaryImage" /></figure>Rechazó un recurso contra su pronunciamiento en el caso "Oliva", donde había dejado sin efecto un cálculo que incrementaba el monto en un 7745 %. La Cámara Laboral ya dictó un primer fallo que se ajusta a este criterio y aplicó el CER.]]>
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                                <category term="nacionales" label="Nacionales" />
                <updated>2024-03-15T10:36:33+00:00</updated>
                <published>2024-03-15T10:36:11+00:00</published>
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            Habilitaron la emisión de otros dos billones de pesos para 2024
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        <link rel="alternate" href="https://www.sur24.com.ar/noticias/habilitaron-la-emision-de-otros-dos-billones-de-pesos-para-2024" type="text/html" title="Habilitaron la emisión de otros dos billones de pesos para 2024" />
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                <![CDATA[Sur24]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/qB7adkmF5vY5H9du9WX17RPsb9I=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2023/12/banco_central_de_la_republica_argentina_2.webp" class="type:primaryImage" /></figure><p>En un movimiento para buscar la estabilidad financiera del país, el gobierno argentino, liderado por el presidente Javier Milei, emitió este lunes el Decreto 56/2023, autorizando una expansión significativa en la capacidad de endeudamiento del país.</p><p>Este paso se enfoca en afrontar obligaciones financieras inmediatas y garantizar los pagos.</p><p>El decreto, publicado en el Boletín Oficial, permite al Órgano Responsable de la Coordinación de los Sistemas de Administración Financiera emitir instrumentos de deuda pública por hasta 2 billones de pesos argentinos.</p>Banco Central de Argentina.<p>Estos fondos estarán destinados a cubrir emisiones de deuda con vencimientos en 2024, con plazos de amortización inferiores a 90 días. Esta medida es una respuesta a las necesidades financieras a corto plazo del país y refleja una estrategia de manejo de deuda enfocada en la sostenibilidad.</p><p>Además, el decreto incrementa en 1 billón de pesos el monto autorizado para operaciones de crédito público con un plazo mínimo de amortización de 90 días, según lo estipulado en la Ley N° 27.701 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2023.</p>Banco Central de la República Argentina. Crédito: Xinhua/Martín Zabala<p>Este aumento permitirá al gobierno argentino maniobrar en el complejo panorama económico global.</p><p>Otro aspecto relevante del decreto 56/2023 es el incremento de 4.000 millones de pesos en los montos autorizados para atender beneficios reconocidos por leyes específicas, incluyendo las Leyes N° 24.043, 24.411, 25.192, 26.690, 27.139 y 27.179.</p><p>Esto demuestra el compromiso del gobierno para cumplir con obligaciones legales y sociales preexistentes, incluso en tiempos de restricciones fiscales.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/qB7adkmF5vY5H9du9WX17RPsb9I=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2023/12/banco_central_de_la_republica_argentina_2.webp" class="type:primaryImage" /></figure>En la decisión oficial también se destaca el cumplimiento de indemnizaciones.]]>
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                                <category term="nacionales" label="Nacionales" />
                <updated>2023-12-18T11:42:29+00:00</updated>
                <published>2023-12-18T11:40:45+00:00</published>
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            El gobierno no indemnizará a víctimas de montoneros
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/v_6iYhm2blRikzbWnl0YD0G7t4M=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2022/10/Taiana.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>

Bryan J. Mayer



<p>Tiempo atrás, Agustín Rossi reconocía en público que evaluaba cómo promulgar el decreto que firmó el macrismo para indemnizar a las víctimas, o sus herederos, del ataque contra el Regimiento de Infantería 29 (Formosa) en 1975, por montoneros y en plena democracia. Ese hubiese sido un paso importante para respetar, también, la memoria de quienes cayeron en cumplimiento de su deber durante gobiernos constitucionales. Actualmente su sucesor, Jorge Taiana, lanzó por la borda toda probabilidad de que eso se efectúe. Fue como respuesta al diputado nacional Fernando Carbajal que le preguntó, en la Comisión de Presupuesto, por qué no está previsto cubrir los costos de esa medida en el proyecto de Presupuesto 2023.</p>


<p>“Respecto de la reparación a las víctimas del cuartel en Formosa: eso no se ha pagado porque todas las reparaciones de Malvinas, crímenes de la dictadura y las del ARA San Juan están establecidas por ley”, indicó Taiana en su respuesta alusiva a la cuestión mencionada. Buscó dejar en evidencia &#8211; al igual que intentaba hacerlo el jefe de bancada oficialista, Germán Martínez, gritando desde su lugar &#8211; que la medida de resarcimiento fue dispuesta por un DNU al cierre de la gestión de Mauricio Macri como presidente. Ante esto, los opositores reclamaron que el decreto está vigente con la misma fuerza que una ley. Sin embargo, esto no conformó al ministro que sentenció: “Trátenla en el Congreso, apruébenla y sin dudas la cumpliremos” al tiempo que les exigió: “Si quieren esa ley, apóyenla políticamente” para ser cerrada la cuestión por el presidente de la Comisión, Carlos Heller.</p>


<p>Al término de la presentación de Taiana, Martínez habló con El Litoral y señaló que traer ese tema en ese momento respondía a una intención de “chicanear” por parte de la oposición. Del mismo modo, recordó que Macri firmó el decreto en cuestión “tres días antes de dejar el gobierno”. Al ser preguntado si el oficialismo no quiere hacerse cargo de esa indemnización y pese a la sugerencia de Taiana de tratarlo en el parlamento, el diputado justicialista aseguró que “no es mi tarea hacerme cargo, soy diputado nacional; nada más”.</p>


<p>No es menor recordar que las víctimas del atentado eran mayoritariamente soldados muy jóvenes que descansaban ese domingo en el Regimiento porque no tenían recursos para volver a sus hogares y fueron sorprendidos por el ataque terrorista cuyos autores aterrizaron en campos en el límite entre Rafaela y Angélica (Santa Fe), tras secuestrar un avión para escapar. Actualmente las condiciones económicas de los ex conscriptos son muy parecidas a la de aquella época y denuncian que sus victimarios ya recibieron algún apoyo desde el Estado por su enfrentamiento con las Fuerzas Armadas.</p>

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                <updated>2022-10-05T21:53:29+00:00</updated>
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            Indemnizarán con menos dinero a los no vacunados en Reino Unido
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/kTdwTxk5-OW237b_-XbaMYrJsfg=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2022/01/Reino-Unido-1-25mhTQ.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure><p>Las marcas explicaron que la decisión tiene por objetivo reducir los costos vinculados con la pandemia y también impusarlos a que los hagan.</p>
<p>Afirman que los hospitales de Reino Unido estarán en “considerable” presión</p>
<p>El gigante sueco de muebles Ikea subraya en un comunicado que para las ausencias relacionadas con el virus, “los empleados vacunados o no vacunados que tengan razones particulares como el embarazo u otras médicas recibirán su paga completa”.</p>
<p>Por el contrario los no vacunados sin justificativo médico recibirán solo el mínimo legal SPP (Statutory Sick Pay), que es menor.</p>
<p>Nuevas restricciones en Reino Unido por el avance de la variante Ómicron</p>
<p>A partir de la expansión de la variante Omicron los miles de contagios registrados en el país provocaron una ola de ausentismo laboral.</p>
<p>La entrada Indemnizarán con menos dinero a los no vacunados en Reino Unido se publicó primero en Notife.</p>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/kTdwTxk5-OW237b_-XbaMYrJsfg=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2022/01/Reino-Unido-1-25mhTQ.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure>Las marcas explicaron que la decisión tiene por objetivo reducir los costos vinculados con la pandemia y también impusarlos a que los hagan.Afirman qu...]]>
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                <updated>2022-01-19T09:31:07+00:00</updated>
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            Desde enero, quedará sin efecto la prohibición de despidos en Argentina
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/jZR31R2kkJYUsfdkLZleNW3WUXU=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2021/12/despidos.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>La prohibición de despidos dejará de regir el 1 de enero y el recargo indemnizatorio vigente para las cesantías que de todos modos se producen se reducirá a partir de ese día de manera gradual hasta desaparecer antes de mitad de año. Se trata de la hoja de ruta definida por el Ministerio de Trabajo y el gabinete económico, que debe convalidar en última instancia Alberto Fernández, respecto de dos de las medidas clave sobre las que el Gobierno buscó blindar los puestos de trabajo desde el arranque de su gestión y, en particular, a partir de la pandemia.
El agravamiento de las indemnizaciones arrancó con la gestión del Frente de Todos con la duplicación de los montos y se mantuvo en el tiempo como un recargo del pago legal que en la actualidad tiene un tope de 500 mil pesos. La prohibición de las cesantías, en tanto, fue implantada en marzo de 2020 como coletazo directo de las tensiones en el mercado laboral por las restricciones a la actividad económica derivadas de la crisis sanitaria. Desde entonces el sindicalismo bregó por mantener ambas medidas y las cámaras empresarias, por derogarlas con el argumento de que representaban un desaliento a la creación de empleo.
El criterio fue expuesto a dirigentes de la Unión Obrera Metalúrgica (UOM) durante una charla de la que participaron el ministro de Trabajo, Claudio Moroni, junto a sus pares de Economía, Martín Guzmán, y de Desarrollo Productivo, Matías Kulfas, y sus respectivos equipos. Moroni respondió a una pregunta al respecto y blanqueó la planificación, confirmada luego por funcionarios a este diario: la prohibición de despidos tendrá fecha de defunción junto con el año y al mismo tiempo la penalidad se reducirá en un escalonamiento todavía no resuelto en el lapso de cuatro a seis meses. Una opción es bajarle 20% por mes a los 500 mil pesos del actual recargo indemnizatorio.</p>
Desempleo
<p>El equipo económico se convenció de tomar ambas determinaciones con los últimos números del mercado laboral: en septiembre la medición del segundo trimestre del año marcó un 9,6% de desempleo, el nivel más bajo desde el inicio de la gestión de Alberto Fernández y por primera vez, de vuelta en un dígito. En el segundo trimestre de 2020 la desocupación tocó un pico de 13,1 por ciento en el momento de mayor rigor de las restricciones por la pandemia del coronavirus. Desde entonces la actividad económica mostró mejorías aunque en el caso del mercado laboral lo hicieron en un contexto de sostenibilidad de una mayor precarización, marcada por el reemplazo de empleos de calidad, formales y de salarios de medios a altos, por otros precarios y ligados a formas como el monotributismo.
Junto con la crisis sanitaria el Ejecutivo desplegó acciones para garantizar el sostén de los puestos de trabajo en el sector privado que incluyeron, además de la prohibición de despidos y la multa indemnizatoria, el pago de parte de los salarios a través de herramientas como la Asignación para el Trabajo y la Producción (ATP), primero, y un fortalecimiento del subsidio Repro que abona el Ministerio de Trabajo a las empresas de los sectores más golpeados por la baja en la actividad económica.
La prohibición de efectuar despidos fue una de las primeras reacciones en momentos en que el Grupo Techint anunció la cesantía de 1.450 operarios de la construcción en obras que desarrollaba en varias provincias. Pese a las instancias de negociación abiertas y a los reclamos del propio Alberto Fernández (sugirió que Paolo Rocca era “miserable” por echar personal en el inicio de las restricciones) el conglomerado siderúrgico completó todas las desafectaciones pautadas.</p>
<p>Con información de Ámbito.com</p>
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                <updated>2021-12-21T09:30:18+00:00</updated>
                <published>2021-12-20T23:20:30+00:00</published>
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            Sacnun: “Eliminar las indemnizaciones por despido es destrozar el derecho laboral”
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/1OkqJExIjnIEc-Gthixi0p_EL7s=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2021/09/M-Sacnun.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>La senadora María de los Ángeles Sacnun, candidata a renovar su banca por el Frente de Todos en la provincia de Santa Fe, participó de una mesa debate donde se analizó el proyecto de reforma laboral presentado en el Congreso de la Nación por Juntos por el Cambio para eliminar las indemnizaciones laborales. “Cuando en la Argentina se profundizan las políticas de redistribución del ingreso, vuelven con esos proyectos que no tienen otro objetivo que desechar y destrozar el derecho laboral”, dijo Sacnun y agregó: “Si pudieran lo borrarían de un plumazo”.
Acompañada por Vanesa Siley (presidenta de la Comisión Laboral de la Cámara de Diputados de la Nación y Secretaria General de Fe.Si.Tra.Ju); la diputada nacional santafesina, Josefina González y el Secretario General del Sindicato de Trabajadores Judiciales de la provincia de Santa Fe, Jorge Perlo, Sacnun sostuvo que: “El concepto del derecho laboral en la Argentina tiene que ver con el peronismo y con los derechos no solo individuales sino también colectivos de los trabajadores y trabajadoras y de la importancia del movimiento obrero organizado. Porque el derecho laboral lo que hace es poner en un pie de igualdad los derechos de los trabajadores con los del capital y los empresariales”.
“Nosotros concebimos al Estado como el gran árbitro, que protege a la parte más débil del derecho laboral que son los trabajadores. Ese es el concepto básico en el peronismo y en el campo nacional y popular respecto de la organización del trabajo. Es imposible pensar en los derechos de los trabajadores en el marco de políticas neoliberales que arrasan con el poder adquisitivo de los salarios.”, dijo la senadora.
“En la provincia de Santa Fe y de cara a las elecciones de noviembre, los trabajadores y las trabajadoras tendremos que dar una discusión muy importante sobre este proyecto de ley presentado por legisladores de la oposición. Y en mi caso como senadora nacional puedo venir a dar la cara porque nunca voté ninguna ley que recortara ningún derecho a los trabajadores”, dijo.
Para finalizar, afirmó que: “Ante la crisis que estamos viviendo después de la pandemia del macrismo y la sanitaria, la salida no es recortarle los derechos a los trabajadores. Por el contrario Néstor y Cristina durante nuestro gobierno crearon 6 millones de puestos de trabajo sin tocar una sola coma de esos derechos consagrados.”
Participaron además, del encuentro realizado este martes en la sede del sindicato Judicial en Rosario, representantes gremiales de los sindicatos Luz y Fuerza, Correo, Municipales, UOM, de Choferes de Camiones de Santa Fe, conducido por Juan Chulich, Sutracovi, Bancaria, Peluqueros, Legislativos (APEL), Jockey Club, Industria Maderera, Telefónicos (Sitratel), del Movimiento Sindical Rosarino y Carlos Ghioldi del Centro Cultural La Toma.</p>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/1OkqJExIjnIEc-Gthixi0p_EL7s=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2021/09/M-Sacnun.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>La senadora María de los Ángeles Sacnun, candidata a renovar su banca por el Frente de Todos en la provincia de Santa Fe, participó de una mesa debate...]]>
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