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    <title>Sur24</title>
    <subtitle>Todo el sur, todo el día, todos los días.</subtitle>
    <updated>2026-03-18T16:15:30+00:00</updated>
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            La justicia y un fallo contra Milei: invalidez constitucional para DNU que limita el derecho a huelga
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                <![CDATA[Redacción Sur24]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/61M7WZJiqENqd-DkupdjMS0NfVU=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2022/10/CGT0.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>Una jueza laboral falló a favor del amparo para frenar el decreto de necesidad y urgencia del gobierno nacional que limitaba el derecho a huelga.</p><p>Hizo lugar a la acción el Juzgado Nacional de Primera Instancia del Trabajo N°3, a cargo de Moira Fullana, solicitando declarar la invalidez constitucional del DNU N° 340/2025, que aseguraban "viola el principio republicano de división de poderes y violación al derecho y principio de libertad sindical".</p><p>El pasado miércoles 21 de mayo, el Gobierno publicó el DNU 340 con el que busca ampliar las actividades consideradas esenciales, incorporando al transporte de cargas y personas, la educación y los servicios de telecomunicaciones, y les impuso la obligación de garantizar la prestación del 75% de los servicios en caso de una medida de fuerza.</p><p>Además, el decreto incorporaba la categoría de servicios consideradas de importancia trascendental, que abarca los sectores más diversos, y al que le impone la obligación de mantener un mínimo de la 50% de la prestación en las jornadas de huelga.</p><p>Entre las actividades alcanzadas en ese parámetro figuran los principales rubros industriales (alimentación, metalúrgica y la construcción), el funcionamiento de los bancos, los comercios y locales gastronómicos y todos los sectores vinculados a la exportación.</p>Reclamos sindicales<p>Uno de las presentaciones judiciales había sido elevado por la CGT, subrayando que la medida viola el artículo 14 bis de la Constitución Nacional, los Convenios 87 y 98 de la OIT, el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, la Convención Americana sobre Derechos Humanos y otras normas con jerarquía constitucional que garantizan la libertad sindical y el derecho a la huelga.</p><p>Por estos motivos, solicitaron una medida cautelar de no innovar para suspender de forma inmediata la aplicación de los artículos 2° y 3° del DNU 340/2025, a los que hizo lugar la jueza laboral este lunes</p><p>En el mismo sentido se había expedido la Asociación de Trabajadores del Estado. En declaraciones a Noticias Argentinas, el secretario general de ATE Rodolfo Aguiar afirmó que el Juzgado Nacional de Primera Instancia del Trabajo Nº3 “resolvió admitir la viabilidad formal de la acción de amparo contra el Decreto 340/25” que pretendía limitar el derecho a realizar paros como medida de fuerza.</p><p>“Queremos destacar esta sentencia de amparo, favorable a nuestro sindicato, valorar el trabajo de nuestro equipo jurídico y celebrar que una Justicia fuertemente cuestionada y desprestigiada, en este caso, ha fallado en favor de los trabajadores, en tiempo y forma. Ha reconocido la inconstitucionalidad manifiesta de este decreto presidencial”, aseguró Aguiar.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/61M7WZJiqENqd-DkupdjMS0NfVU=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2022/10/CGT0.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>Así lo resolvió el Juzgado Nacional de Primera Instancia del Trabajo N°3, a cargo de Moira Fullana, asegurando que "viola el principio republicano de división de poderes y violación al derecho y principio de libertad sindical".]]>
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                <published>2025-06-02T21:12:03+00:00</published>
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            Piden que la Justicia habilite el voto joven en Santa Fe
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                <![CDATA[Redacción Sur24]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/EvBmZ6Wb75eJivhewQL6W0m5xcg=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2022/10/voto-joven-1.webp" class="type:primaryImage" /></figure>
<p>El diputado Nicolás Mayoraz (Vida y Familia) presentó una acción judicial de inconstitucionalidad de un artículo de la Constitución santafesino para que se declare la inaplicabilidad de la norma que impide a los jóvenes menores de 18 de poder participar en los comicios provinciales, municipales y comunales.</p>


<p>El artículo 29 de la Constitución santafesina señala, en su primer párrafo, que “son electores todos los ciudadanos, hombres y mujeres, que hayan alcanzado la edad de dieciocho años y se hallen inscriptos en el Registro Cívico Provincial”.</p>


<p>“Nadie parece discutir lo absurdo que resulta que en Santa Fe un joven de 16 a 18 años pueda elegir al presidente de la Nación, pero no pueda elegir al gobernador, al intendente, ni a ninguna otra autoridad santafesina. El problema está en cómo salir de este trato desigual que la Constitución provincial les da”, justificó Mayoraz.</p>


<p>“Entendemos que es la única vía posible, ya que no es correcto proponer una ley si tenemos una Constitución vigente que lo impide”, señaló Mayoraz, diferenciándose de los proyectos de ley que están en la Cámara de Diputados que apuntan a habilitar la votación a los jóvenes. “Necesitamos que la justicia declare que esa norma de la Constitución Provincial es inconstitucional, y a partir de allí habilitar el voto optativo de los mayores de 16 años”, explicó.</p>


<p>Mayoraz que apoya a Javier Milei como candidato presidencial, es abogado y dijo esperar que “la justicia nos dé la razón. Esperamos que en el 2023 los jóvenes logren este objetivo”.</p>

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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/EvBmZ6Wb75eJivhewQL6W0m5xcg=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2022/10/voto-joven-1.webp" class="type:primaryImage" /></figure>El diputado Nicolás Mayoraz (Vida y Familia) presentó una acción judicial de inconstitucionalidad de un artículo de la Constitución santafesino para q...]]>
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                <updated>2022-10-29T18:31:08+00:00</updated>
                <published>2022-10-29T18:30:54+00:00</published>
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