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    <title>Sur24</title>
    <subtitle>Todo el sur, todo el día, todos los días.</subtitle>
    <updated>2024-04-30T17:09:39+00:00</updated>
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            Reconquista: liberaron a los seis policías viales imputados por hurto calamitoso
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                <![CDATA[Redacción Sur24]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/EVbii94SKAtBrmo-dqi4GqVWWF4=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2024/04/policias_reconquista.webp" class="type:primaryImage" /></figure><p>(Por Gustavo Capeletti) - La jueza Bressan dispuso la libertad con restricciones más reglas de conducta para 6 de los 7 policías imputados por hurto de más de 3.000 latas de atún, choclo y frutilla en una audiencia celebrada en la mañana en los Tribunales de Reconquista.</p><p>El abogado defensor de los encartados sostuvo que la audiencia fue solicitada a fin de tratar la morigeración de la prisión preventiva sin plazos que pesaba sobre sus clientes a pedido del fiscal del caso debido a la necesidad de analizar contenidos de cámaras de seguridad.</p><p>El Dr. Ricardo Degoumois dijo que "amén de que ha desaparecido el peligro de entorpecimiento probatorio, porque claramente no existe posibilidad o peligro de fuga", en una medida conjunta que oportunamente solicitamos y que la gestión fiscal ha diligenciado al 911 "hemos obtenido los informes que también desvirtúan absolutamente la acusación del fiscal".</p><p>El letrado explicó que "en el 9-11, de acuerdo a los informes que hemos facilitado a la gestión fiscal, existe una anotación donde el chofer del camión dice expresamente que 'la carga se encuentra asegurada', por ende, no le preocupa el destino o que sustraigan o que tomen los elementos de cargo. Eso está asentado en el 911, lo que quita la legitimación e indudablemente desvirtúa absolutamente las circunstancias del calificante del hurto, ya sea calamitoso". Es decir, "desvirtúa notoriamente la carga de verosimilitud de los hechos atribuidos".</p><p>Además, consideró que "la prisión preventiva ha llegado a límites insospechados en cuanto a la extensión, el señor fiscal ha tenido y ha trabajado con un denodado esfuerzo y a tiempo partido con el fin de lograr conciliar todas las diligencias que eran en el corto plazo que le otorgó la magistrada de 4 días, y así el riesgo procesal ha absolutamente desaparecido. (...) consecuentemente, solicitamos que se deje sin efecto la medida de cautelar de prisión preventiva, que se modifique esa cautelar con la libertad, con alguna serie de restricciones".</p><p>A su turno, el otro abogado defensor Andrés Ghío argumentó que "es público y notorio que hubo otras personas, imputadas, que encontraron mercadería que pertenecía a la carga del camión. Inclusive que son funcionarios públicos", apuntó, en referencia a una inspectora municipal sindicada que continúa en libertad. "Creemos que los imputados (policías) están sufriendo una vendetta, es sumamente injusto investigarlos en prisión. Por lo tanto, entiendo que la decisión preventiva para los diputados resulta caprichosa. No es más que un adelanto del tema", aseguró.</p>Relocalización<p>El fiscal Nicolás Maglier se opuso a las pretensiones defensivas de las contrapartes: "Creo que se debe mantener la prisión preventiva por cuanto entiendo que, más allá de esta cuestión, no se ha acelerado el estado de cosas en forma sustancial y aún resulta absolutamente proporcional en ordenar los hechos investigados. Quiero manifestarme en este sentido, teniendo en cuenta la necesidad de precisar la extensión del daño y averiguar cuáles serían los canales en los circuitos de relocalización de la mercadería sustraída".</p><p>El funcionario no concordó con vertido por la defensa en cuanto a que a "la eliminación o disminución de los elementos de convicción", en razón de que "la lectura que hace del registro del 911 de ninguna manera excluye esa aseveración, la materialización o la consumación de un desapoderamiento que efectivamente se produjo".</p><p>En referencia al segundo planteo defensivo formulado por el Dr. Ghío en función del principio de igualdad, contrapuso que "la funcionaria pública a la que refería no se encontraba en cumplimiento de funciones en el momento de la ocurrencia del hecho, y además no se puede inferir de los elementos de convicción que han sido recabados con respecto a esa persona, la existencia de una pluralidad de actuación o de la concurrencia de otras personas que es lo que supuso en un momento la determinación o remisión de una orden de detención".</p><p>Tras escuchar las posiciones encontradas, la jueza de Garantías Claudia Bressán resolvió hacer lugar al pedido de los defensores y dispuso la libertad con restricciones para los policías viales Paula Belen Vázquez, Alexis Joan Zambiaso, Iván Lobos, Nahuel Peresson, Emanuel Magnago y Gastón José Alfonso Ramírez, todos imputados como coautores penalmente responsables del delito de hurto doblemente calificado, por ser en ocasión de un infortunio o del damnificado, hurto calamitoso y por ser sobre mercadería transportada.</p><p>De total de 7 acusados, solo permanece con prisión preventiva domicliaria la suboficial Micaela Acosta, patrocinada por otro apoderado legal.</p>En dos camionetas<p>Los policías viales fueron señalados por fiscalía por el “desapoderamiento ilegítimo practicado en aprovechamiento de un incidente vehicular registrado que involucrara dos camiones”, uno de ellos con cuantiosa mercadería, valiéndose de dos camionetas policiales abocadas a la prestación de servicios públicos de seguridad ciudadana donde cargaron las cajas para luego trasladarlas a la casa del policía Peresson.</p><p>En ese domicilio se secuestró cerca de 3.000 latas de atún, frutillas enteras y choclo. Esos elementos obran como evidencia, al igual que los registros fílmicos de un domo de seguridad ubicado a metros de la casa allanada, en el barrio Loteo Las Lilas de Reconquista, y cuya instalación por esas vueltas del destino había sido gestionada por el policía vial Peresson en su rol de coordinador de un grupo de vecinos preocupados por la inseguridad.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/EVbii94SKAtBrmo-dqi4GqVWWF4=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2024/04/policias_reconquista.webp" class="type:primaryImage" /></figure>Deberán cumplir restricciones. Están acusados por la sustracción de más de 3.000 latas de conserva de un camión siniestrado.]]>
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                                <category term="policiales" label="Policiales" />
                <updated>2024-04-30T17:09:39+00:00</updated>
                <published>2024-04-30T17:09:08+00:00</published>
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            El jefe de Policía regional seguirá preso hasta depositar la caución
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                <![CDATA[Juan Franco]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/1q7i0M0q3nIT8CeyxyR9uUoipmQ=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2023/09/hurto_calamitoso_fernandez_1.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>Este jueves, el caso del jefe de la Unidad Regional VIII de la Policía provincial, Francisco Fernández, acusado y detenido en una causa con múltiples carátulas (hurto calamitoso, incumplimiento de los deberes de funcionario público y peculado), sumó un nuevo capítulo en el marco de la audiencia cautelar, donde el fiscal Eduardo Lago pidió la prisión preventiva ordinaria y el juez Leandro Martín la denegó; no obstante, ordenó una caución real por un millón de pesos, en efectivo o con la garantía de un bien inmueble, y hasta tanto la misma sea presentada, Fernández seguirá detenido en la Alcaidía de Melincué.&nbsp;</p><p>Además, Martín le prohibió al uniformado el uso del arma reglamentaria, le vedó el ingreso al departamento General López (apenas recupere la libertad) mientras se desarrolle el enjuiciamiento, a la vez que le impuso presentarse cada 15 días en una comisaría de Rosario, y le prohibió el acercamiento a cualquier persona interviniente en el caso, tanto los ya citados a declarar, como los que aún no lo hicieron.&nbsp;</p>El jefe policial acusado, Francisco Fernández, junto a la defensora Silvia Couselo y una asesora, en la audiencia imputativa.<p>Cabe recordar que el episodio que dio origen a esta resonante causa se produjo la noche del domingo último, en el Km 362 de la ruta nacional 8, donde el joven Federico Tracaneli, oriundo de María Teresa, murió como consecuencia del choque de la motocicleta que tripulaba contra un automóvil.</p><p>Poco después arribó al escenario de la tragedia el jefe regional Francisco Fernández, quien, según declararon los testigos, tomó en el lugar una cifra cercana a los 400 mil pesos que eran propiedad del malogrado motociclista, y luego no habría incluido en el informe de los elementos hallados en la investigación del hecho.</p>La palabra del fiscal<p>&nbsp;</p><p>El fiscal Eduardo Lago, a cargo de la investigación, manifestó tras la audiencia cautelar: “El juez consideró que la evidencia reunida hasta el momento es suficiente para acreditar la materialidad del ilícito y la probabilidad de que el jefe policial haya sido el autor -con el grado de certeza que demanda esta etapa procesal”.</p><p>En tal sentido, el funcionario del MPA solicitó la prisión preventiva del uniformado. Sin embargo, el fiscal explico que “el magistrado no hizo lugar a nuestro pedido y fundamentó su decisión en que el mínimo de la pena en expectativa prevista para los delitos endilgados es de ejecución condicional”.</p><p>“Por otra parte, el juez contempló que el policía no tiene antecedentes penales condenatorios y destacó que el accionar investigado tendrá un evidente impacto negativo en la carrera policial del imputado”, señaló el fiscal.</p><p>&nbsp;</p>¿Qué es el hurto calamitoso?<p>El abogado penalista Fernando Baiguera, ante la consulta de Sur24, ilustró que la figura del hurto calamitoso se encuentra contemplada en el artículo N° 163 inciso 2º del Código Penal Argentino, siendo un agravante de la figura del hurto simple.&nbsp;</p><p>“Esta figura de hurto calamitoso tiene la particularidad de que requiere que el delito sea cometido en ocasión y aprovechamiento de las facilidades resultantes de una calamidad o desgracia que esté viviendo la víctima, como pueden ser, por ejemplo, las producidas por inundaciones, incendios, terremotos, accidentes de tránsito, entre otras”, explicó el profesional.&nbsp;</p><p>“En el caso de un incendio, por ejemplo, la víctima estará ocupada tratando de defender sus bienes de la acción del fuego, y si un delincuente aprovechara esa situación para hurtarle sus pertenencias, incurriría precisamente en la figura de hurto calamitoso”, dimensionó.</p><p>“El tipo penal requiere la presencia de un escenario de desgracia para la víctima, generando en ella una situación de menor defensa y la actitud del autor del hecho de aprovecharse ilegítimamente del patrimonio de ésta en ese momento, violentando elementales deberes de solidaridad humana”, expresó Baiguera y agregó, para más datos, que el artículo 163 bis del Código Penal establece que “la pena aumentará cuando quien ejecutare el delito fuere miembro integrante de las fuerzas de seguridad, policiales o del servicio penitenciario”.</p><p>&nbsp;</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/1q7i0M0q3nIT8CeyxyR9uUoipmQ=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2023/09/hurto_calamitoso_fernandez_1.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>El juez Martín denegó el pedido de prisión preventiva del fiscal Lago, pero impuso reglas de conducta al imputado Francisco Fernández. ¿Qué es el hurto calamitoso?]]>
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                                <category term="venado-tuerto" label="Venado Tuerto" />
                <updated>2026-03-18T16:15:30+00:00</updated>
                <published>2023-09-14T18:15:23+00:00</published>
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