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    <title>Sur24</title>
    <subtitle>Todo el sur, todo el día, todos los días.</subtitle>
    <updated>2021-08-09T08:06:40+00:00</updated>
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            Elecciones en pandemia: quiénes estarán exceptuados de votar
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                <![CDATA[Redacción Sur24]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/rTur8KGAeL4Db9EqvzbiNKDutJs=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2021/08/urna.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>La Cámara Nacional Electoral (CNE) estableció un “protocolo sanitario” para la realización de las elecciones primarias abiertas, simultáneas y obligatorias (PASO) del 12 de septiembre y para las generales del 14 de noviembre en este contexto de pandemia.</p>
<p>En el artículo 11 de la acordada 83, indican que los ciudadanos en aislamiento por contagio confirmado de Covid-19 o que tengan síntomas compatibles (“caso sospechoso”) con esa enfermedad, al igual que aquellos que sean “contacto estrecho” de otro contagiado, estarán autorizados legalmente para no votar en las elecciones de este año.</p>
<p>La misma excepción se aplicará para quienes integren grupos de riesgo que por indicación médica deban evitar los lugares con movimiento de gente.</p>
<p>Sin embargo, la CNE estableció que para el caso de las personas que pese a estar comprendidas en la justificación para no votar por alguna de las razones mencionadas vinculadas al coronavirus, quieran ejercer de todas formas su derecho a sufragar, entonces el juez electoral del distrito que corresponda deberá “determinar el procedimiento de emisión del voto”.</p>
<p>Estas decisiones fueron adoptadas por la Justicia Electoral y regirán para las elecciones primarias abiertas, simultáneas y obligatorias (PASO) del 12 de septiembre y para las generales del 14 de noviembre, la primera convocatoria a las urnas que en la Argentina se realizará en el marco de la pandemia para elegir 24 senadores y 127 diputados.</p>
¿Pueden votar?
<p>En este marco, la CNE dispuso que en caso de que un ciudadano “exija ejercer su derecho al sufragio” a pesar de estar en aislamiento por contagio confirmado o sospechoso de Covid-19, el juez federal electoral del distrito “determinará el procedimiento de emisión de voto”, para lo cual “deberá garantizar las medidas de higiene y distanciamiento adecuadas” para “garantizar la salud de las demás personas”.</p>
<p>Así lo establece la acordada extraordinaria 83 de la Cámara Electoral, emitida el martes pasado tras haber sido votada por el presidente, Santiago Corcuera, y los otros dos camaristas, Daniel Bejas y Alberto Dalla Vía, y que en su artículo 11 contiene el “Protocolo sanitario contra el Covid-19”.</p>
<p>En ese apartado, la acordada sostiene: “Disponer que, en caso de presentarse a sufragar un elector que exhiba síntomas evidentes compatibles con Covid-19 o que por cualquiera otra circunstancia conformare un caso sospechoso de Covid-19 en los términos de lo previsto por las normativas sanitarias vigentes, será informado de que se encuentra justificada su no emisión del voto y que debe retirarse a cumplir aislamiento preventivo”.</p>
<p>Sin embargo, en relación a posibilidad de que un elector contagiado de Covid-19 o sospechado de estarlo quiera sufragar de todas formas, el artículo prosigue: “En cada caso el juez federal electoral determinará el procedimiento de emisión de voto para aquellas personas que, eventualmente, y pese a estar comprendidas” en la justificación de la no votar “exijan ejercer su derecho al sufragio”.</p>
<p>Y en ese punto, el protocolo de la CNE subraya que “el procedimiento deberá garantizar las medidas de higiene y distanciamiento adecuadas para prevenir el contagio y preservar la salud de las demás personas”.</p>
Justificativo de &#8216;no voto&#8217;
<p>En cuanto a los ciudadanos que tengan un PCR positivo confirmado, síntomas compatibles con Covid o hayan estado en contacto estrecho con alguien cursando la enfermedad y que, por lo tanto, no quieran sufragar, podrán tramitar el justificativo de no emisión del voto a través del portal web de la Cámara, en la sección de infracciones al acto electoral.</p>
<p>Sobre ese punto, el artículo 10 de la acordada establece que podrán hacer esa solicitud a través de Internet “quienes a la fecha de la elección estén cumpliendo protocolos de aislamiento de Covid-19 (por contagio confirmado, caso sospechoso o contacto estrecho), como así también quienes por estar comprendidos dentro de los grupos de riesgo tuvieran indicación médica de no concurrencia a espacios de las características de un establecimiento de votación”.</p>
Comicios en pandemia
<p>En Argentina, los comicios estaban previstos para agosto (PASO) y octubre (generales), pero el presidente Alberto Fernández impulsó un acuerdo con la oposición y entonces se los postergó para septiembre y noviembre, lo que dará más tiempo a la vacunación masiva de la población con el esquema completo (dos dosis), sobre todo por la llegada de la variante Delta del coronavirus.</p>
<p>Además, la postergación del calendario electoral permitirá alejar los comicios del período de temperaturas invernales, lo que a su vez facilitará el uso de la ventilación cruzada en los centros de votación.</p>
<p>A modo de balance de lo ocurrido en otros países, la CNE evaluó que “en ningún caso la experiencia ha dejado evidencia acerca de que la realización de un proceso electoral constituya -siempre que se establezcan y apliquen adecuados protocolos de prevención- un episodio que determine un pico en los índices de contagiosidad, que sitúe a los comicios por encima de otras actividades esenciales e imprescindibles de una sociedad”.</p>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/rTur8KGAeL4Db9EqvzbiNKDutJs=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2021/08/urna.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>La Cámara Nacional Electoral (CNE) estableció un “protocolo sanitario” para la realización de las elecciones primarias abiertas, simultáneas y obligat...]]>
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                <updated>2021-08-09T08:06:40+00:00</updated>
                <published>2021-08-08T18:53:05+00:00</published>
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            Quiénes están exceptuados del confinamiento estricto
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                <![CDATA[Redacción Sur24]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/USW6YwijRjD1U_THUKz8tpnw0dA=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2021/05/app-1.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>El presidente Alberto Fernández anunció este jueves que quedará restringida la circulación en todas las zonas del país que se encuadren en alto riesgo o en alarma epidemiológica, en una medida que regirá desde las 0 horas del sábado 22 de mayo hasta el domingo 30 de mayo, inclusive.
De esta manera, quedarán suspendidas todas las actividades sociales, económicas, educativas, religiosas y deportivas en forma presencial.</p>
<p>Exceptuados</p>
<p>-Personal de Salud, Fuerzas de seguridad, Fuerzas Armadas, actividad migratoria, servicio meteorológico nacional, bomberos y control de tráfico aéreo.</p>
<p>-Autoridades superiores de los Gobiernos Nacional, Provinciales, Municipales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Trabajadores y trabajadoras del sector público nacional, provincial, municipal y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, convocados para garantizar actividades esenciales requeridas por las respectivas autoridades.</p>
<p>-Personal de los servicios de justicia de turno, conforme establezcan las autoridades competentes.</p>
<p>-Personal diplomático y consular extranjero acreditado ante el gobierno argentino, en el marco de la Convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas y la Convención de Viena de 1963 sobre Relaciones Consulares y al personal de los organismos internacionales acreditados ante el gobierno argentino, de la Cruz Roja y Cascos Blancos.</p>
<p>-Personas que deban asistir a otras con discapacidad; familiares que necesiten asistencia; a personas mayores; a niños, a niñas y a adolescentes.</p>
<p>-Personas que deban atender una situación de fuerza mayor.</p>
<p>-Personas afectadas a la realización de servicios funerarios, entierros y cremaciones.</p>
<p>-Personas afectadas a la atención de comedores escolares, comunitarios y merenderos.</p>
<p>-Personal que se desempeña en los servicios de comunicación audiovisuales, radiales y gráficos.</p>
<p>-Personal afectado a obra pública.</p>
<p>-Supermercados mayoristas y minoristas y comercios minoristas de proximidad. Farmacias. Ferreterías. Veterinarias. Provisión de garrafas.</p>
<p>-Industrias de alimentación, su cadena productiva e insumos; de higiene personal y limpieza; de equipamiento médico, medicamentos, vacunas y otros insumos sanitarios.</p>
<p>-Actividades vinculadas con la producción, distribución y comercialización agropecuaria y de pesca.</p>
<p>-Actividades de telecomunicaciones, internet fija y móvil y servicios digitales.</p>
<p>-Actividades impostergables vinculadas con el comercio exterior.</p>
<p>-Recolección, transporte y tratamiento de residuos sólidos urbanos, peligrosos y patogénicos.</p>
<p>-Mantenimiento de los servicios básicos (agua, electricidad, gas, comunicaciones, etc.) y atención de emergencias.</p>
<p>-Transporte público de pasajeros, transporte de mercaderías, petróleo, combustibles y GLP.</p>
<p>-Reparto a domicilio de alimentos, medicamentos, productos de higiene, de limpieza y otros insumos de necesidad.</p>
<p>-Servicios de lavandería.</p>
<p>-Servicios postales y de distribución de paquetería. Servicios esenciales de vigilancia, limpieza y guardia.</p>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/USW6YwijRjD1U_THUKz8tpnw0dA=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2021/05/app-1.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>El presidente Alberto Fernández anunció este jueves que quedará restringida la circulación en todas las zonas del país que se encuadren en alto riesgo...]]>
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                <updated>2021-05-20T22:17:41+00:00</updated>
                <published>2021-05-20T22:17:41+00:00</published>
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