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    <title>Sur24</title>
    <subtitle>Todo el sur, todo el día, todos los días.</subtitle>
    <updated>2026-04-30T22:55:46+00:00</updated>
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            La Corte Suprema prohíbe al Estado el uso de datos personales sin consentimiento explícito
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                <![CDATA[Redacción Sur24]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/XKoKCmwkIGpr4gxfYegUYuFauHI=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2026/04/anses.webp" class="type:primaryImage" /></figure><p>Analía De Luca</p><p>El máximo tribunal argentino resolvió que organismos públicos no pueden utilizar teléfonos o correos electrónicos de ciudadanos sin autorización y anuló artículos de la ley de datos personales por vulnerar la privacidad y la autodeterminación informativa.</p><p>La Corte Suprema declaró inconstitucional el uso de datos personales sin consentimiento por parte del Estado y anuló artículos de la ley de Protección de Datos al considerar que vulneran derechos a la privacidad.</p>El caso<p>El fallo se dictó al hacer lugar a una acción de habeas data presentada por una jubilada contra el Estado Nacional, tras un convenio que permitió a la ANSES ceder información a la Secretaría de Comunicación Pública para difundir contenidos oficiales.</p><p>Horacio Rosatti. Archivo El Litoral.</p><p>El tribunal, con las firmas de Horacio Rosatti, Ricardo Lorenzetti y el conjuez Daniel Bejas, sostuvo que no existe interés legítimo que justifique un sistema de almacenamiento y circulación de datos personales sin conocimiento de sus titulares.</p><p>Además, declaró inválidos artículos de la ley 25.326 que habilitaban el intercambio de información entre organismos estatales sin consentimiento, al considerar que esas excepciones resultan excesivas e injustificadas y afectan garantías constitucionales.</p><p>En ese sentido, advirtió que la amplitud de la norma permitía al Estado eludir casi siempre la exigencia de autorización, lo que vaciaba de contenido la protección de los datos personales.</p><p>El ministro de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, Carlos Rosenkrantz. Crédito: CSJN</p><p>El caso se originó cuando la demandante cuestionó el uso de su información para fines distintos a los que motivaron su entrega, al señalar que no deseaba recibir comunicaciones oficiales ni ser objeto de contactos reiterados.</p>En disidencia<p>En disidencia, el ministro Carlos Rosenkrantz y la conjueza Beatriz Aranguren propusieron rechazar el recurso del Estado y dejar firme la sentencia previa sin pronunciarse sobre la constitucionalidad de la norma.</p>Qué implica esta medida de la CSJN<p>La decisión de la Corte Suprema de Justicia de la Nación marca un límite claro al uso que el Estado puede hacer de los datos personales. En términos simples, establece que ningún organismo público puede compartir o utilizar información de ciudadanos sin su consentimiento explícito, aun cuando se trate de acciones de comunicación oficial.</p><p>El fallo impacta directamente en prácticas habituales dentro del Estado: desde ahora, organismos como ANSeS no podrán ceder datos a otras dependencias —por ejemplo, para campañas informativas— si no cuentan con autorización previa de cada persona.</p><p>Además, la Corte anuló partes de la Ley 25.326 de Protección de Datos Personales que permitían ese intercambio sin permiso, al considerar que eran demasiado amplias y dejaban a los ciudadanos sin control real sobre su información.</p><p>En la práctica, el fallo refuerza el derecho a la privacidad: obliga al Estado a ser más transparente, a pedir consentimiento y a limitar el uso de los datos solo a los fines para los que fueron recolectados. También abre la puerta a que otros ciudadanos reclamen si consideran que su información fue utilizada de manera indebida.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/XKoKCmwkIGpr4gxfYegUYuFauHI=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2026/04/anses.webp" class="type:primaryImage" /></figure>El máximo tribunal resolvió que organismos públicos no pueden utilizar teléfonos o correos electrónicos de ciudadanos sin autorización. También anuló artículos de la ley de datos personales por vulnerar la privacidad y la autodeterminación informativa.]]>
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                                <category term="nacionales" label="Nacionales" />
                <updated>2026-04-30T22:55:46+00:00</updated>
                <published>2026-04-30T22:55:14+00:00</published>
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            Ministros de justicia se reunieron en Santa Fe con eje en la modernización del sistema
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        <link rel="alternate" href="https://www.sur24.com.ar/noticias/ministros-de-justicia-se-reunieron-en-santa-fe-con-eje-en-la-modernizacion-del-sistema" type="text/html" title="Ministros de justicia se reunieron en Santa Fe con eje en la modernización del sistema" />
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                <![CDATA[Redacción Sur24]]>
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        </author>
        
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/qDiGvA0lhPaaFd8tbs9P4OVQohY=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2026/04/junta_cortes.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>Agustina Labath</p><p>Los integrantes de la Junta Federal de Cortes y Superiores Tribunales (Jufejus) mantuvieron una reunión de trabajo en la ciudad de Santa Fe. El encuentro tuvo como objetivo coordinar la agenda administrativa y técnica entre las distintas jurisdicciones provinciales y analizar los proyectos de modernización del sistema judicial.</p>Ejes de la agenda federal<p>Emilia María Valle, presidenta de Jufejus, informó sobre los puntos abordados durante la jornada y el vínculo con la Corte Suprema de la Nación. "Abordamos los trabajos que hacemos en conjunto la Junta Federal y la Corte, como el trabajo con la Oficina de la Mujer y el bus federal para el intercambio de notificaciones", precisó.</p><p>Valle indicó que se analizaron temas de coyuntura política-judicial: "Trasladamos preocupaciones como el problema no resuelto de Santa Cruz, una crisis institucional en el Poder Judicial que está en manos de la Corte y que necesita una pronta definición. También tratamos las asimetrías salariales provinciales".</p><p>Emilia María Valle y Rafael Gutiérrez brindaron detalles sobre el encuentro. Crédito: Guillermo Di Salvatore.</p><p>Respecto a la operatividad de los tribunales, la magistrada definió el concepto de innovación aplicado a la gestión actual: "Innovar es repensar los procesos y la forma de administrar justicia. El trabajo de la Junta Federal incluye capacitaciones, modernización y una justicia más cercana a la ciudadanía".</p>El nuevo anexo judicial<p>El presidente de la Corte Suprema de Santa Fe, Rafael Gutiérrez, se refirió al estado de las obras del nuevo anexo del Palacio de Justicia en la capital provincial. "La obra está casi en la terminación. En 30 o 60 días estaremos inaugurando el nuevo edificio", confirmó el magistrado sobre la estructura que se conecta mediante un túnel con el palacio histórico de los tribunales santafesinos.</p><p>El presidente de la Corte Suprema de Santa Fe, Rafael Gutiérrez. Crédito: Guillermo Di Salvatore.</p><p>Sobre la ocupación de las nuevas dependencias y las recientes declaraciones de la fiscalía local respecto a la asignación de espacios, Gutiérrez señaló: "La Corte ya se expidió. Hay que tener en cuenta que el Ministerio Público ya no integra el Poder Judicial; lo resolvió la Comisión Constituyente".</p><p>&nbsp;</p><p>El magistrado concluyó especificando el destino de las instalaciones: "La acordada establece que daremos prioridad para centralizar todas las dependencias judiciales en el nuevo edificio y en el inmueble de Tucumán y Urquiza".</p><p>&nbsp;</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/qDiGvA0lhPaaFd8tbs9P4OVQohY=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2026/04/junta_cortes.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>Emilia María Valle y Rafael Gutiérrez brindaron detalles sobre el encuentro de Jufejus. Entre los temas centrales figuraron la crisis institucional de Santa Cruz, las asimetrías salariales y el avance del anexo judicial santafesino, que será inaugurado en los próximos meses.]]>
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                                <category term="provinciales" label="Provinciales" />
                <updated>2026-04-16T22:40:15+00:00</updated>
                <published>2026-04-16T22:40:10+00:00</published>
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            Rectores de 15 universidades avalan cambios en la selección de jueces
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        <link rel="alternate" href="https://www.sur24.com.ar/noticias/rectores-de-15-universidades-avalan-cambios-en-la-seleccion-de-jueces" type="text/html" title="Rectores de 15 universidades avalan cambios en la selección de jueces" />
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                <![CDATA[Emerio Agretti]]>
            </name>
        </author>
        
                                <content type="html" xml:base="https://www.sur24.com.ar/noticias/rectores-de-15-universidades-avalan-cambios-en-la-seleccion-de-jueces">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/BAe3J9SAxOkiq0uTXv3ObfPVNtA=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2026/04/horacio_rosatti_2.webp" class="type:primaryImage" /></figure><p>Quince universidades de diversas regiones del país manifestaron públicamente su respaldo al nuevo proyecto de reglamento para los concursos de jueces aprobado por la Corte Suprema de Justicia de la Nación a través de la Acordada 4/2026.</p><p>En un comunicado conjunto, los rectores y decanos de estas casas de estudios destacaron la importancia de la iniciativa, orientada a perfeccionar el sistema de selección de magistrados y fortalecer la transparencia de los concursos públicos, e instaron a las autoridades competentes a darle pronto tratamiento.</p><p>Los ministros de la Corte Suprema de la Nación, Rosenkrantz, Rosatti y Lorenzetti.</p><p>El documento, firmado por representantes de universidades privadas, subraya que la calidad de la Justicia depende en gran medida de la calidad de quienes la integran. Por ello, valoraron que la propuesta de la Corte coloque en el centro del proceso la formación profesional, la excelencia académica y la capacitación continua como condiciones indispensables para el acceso a la magistratura.</p><p>Los firmantes señalaron que avanzar en esta dirección permitirá consolidar un sistema consistente y eficaz, evitando “soluciones fragmentarias que debiliten su alcance y comprometan sus objetivos”.</p><p>El comunicado destaca especialmente la importancia de reglas claras y evaluaciones objetivas para garantizar procesos de selección previsibles y basados en el mérito. En este sentido, las universidades respaldaron la centralidad de la formación profesional y la capacitación continua de los aspirantes, recordando que la excelencia académica es un pilar para el fortalecimiento del sistema judicial.</p><p>Las autoridades universitarias también invitaron a los poderes públicos a brindar un tratamiento rápido e integral a la propuesta de la Corte Suprema, entendiendo que su aprobación redundará en un avance concreto para el sistema de justicia.</p><p>La declaración lleva las firmas de los máximos responsables de quince instituciones académicas: Universidad de Belgrano, Universidad CAECE, Universidad del Salvador, Universidad Católica de Córdoba, Universidad Católica de Cuyo y Universidad Católica de La Plata.</p><p>También firman Universidad FASTA, Universidad de Morón, Universidad Museo Social Argentino, Universidad de Palermo, Universidad Ciencias Empresariales y Sociales, Universidad Santo Tomás de Aquino de Tucumán, Universidad Católica de Santa Fe (a través de su rector Martín De Palma), Universidad de Concepción del Uruguay y Universidad Blas Pascal.</p>Posturas encontradas<p>El Consejo de la Magistratura inició el debate sobre la reforma del sistema de selección de jueces impulsada por la Corte, con posiciones divididas entre aprobación inmediata y análisis profundo.</p><p>La semana pasada, las comisiones de Reglamentación y Selección del Consejo de la Magistratura se reunieron de manera conjunta para iniciar el análisis de la acordada firmada por los ministros Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti, que propone una reforma integral del reglamento de concursos para la selección de jueces federales.</p><p>El debate dejó posturas encontradas: algunos consejeros impulsaron la aprobación inmediata del texto, otros reclamaron un análisis pausado que incorpore los proyectos que el propio Consejo tenía en trámite, y un tercer grupo introdujo advertencias sobre las condiciones políticas e institucionales en las que se desarrolla la discusión.</p><p>El Consejo de la Magistratura inició el debate con posturas encontradas.</p>La propuesta<p>La acordada 4/2026, en rigor, propone un plexo de 100 artículos con dos tipos de concursos para la selección de magistrados: los anticipados -como regla general, con un máximo de ocho cargos, desvinculados de la existencia de una vacante al momento del llamado- y los especiales, como excepción.</p><p>Establece una prueba de oposición escrita dividida en dos etapas: una general de 120 preguntas de opción múltiple seleccionadas aleatoriamente de un banco de 2.000, con corrección automatizada; y una especial de resolución de casos prácticos y redacción de sentencias, de seis horas de duración, con anonimato garantizado mediante sistemas informáticos auditables.</p><p>La calificación de antecedentes se realizaría sobre un máximo de 100 puntos -distribuidos entre formación, experiencia profesional y producción académica- y la entrevista personal, pública y transmitida por medios audiovisuales, tendrá una ponderación máxima de 20 puntos sobre un total de 200.</p><p>La Corte, al respecto, remarcó en sus considerandos la necesidad de perfeccionar “determinados procedimientos con el objetivo de reforzar la objetividad, la transparencia y la previsibilidad del sistema, y de reducir aún más potenciales ámbitos de discrecionalidad”.</p><p>A la vez, identificó como principal deficiencia del sistema vigente que la evaluación de antecedentes favorece “en ocasiones el mero tránsito burocrático por sobre el rendimiento académico de excelencia y el mérito real”.</p>Sin paridad de género<p>En un contexto de creciente tensión institucional, la Asociación de Mujeres Jueces de Argentina (AMJA) presentó una nota formal ante el Consejo.</p><p>El documento, dirigido a su presidente, Horacio Rosatti, manifiesta una "profunda preocupación" por el nuevo proyecto de reglamento de concursos aprobado por la Corte. La asociación advierte que la nueva normativa omite la obligatoriedad de incluir mujeres en las ternas de candidatos, lo que representa un retroceso frente al régimen de paridad vigente hasta el momento.</p><p>De acuerdo con el documento, el régimen vigente —establecido por la Resolución 266/2019— contempla mecanismos concretos para asegurar la participación femenina tanto en etapas previas, como entrevistas, como en la integración final de las ternas. El proyecto actual, en cambio, traslada la cuestión de género al plano general del procedimiento, sin asegurar resultados en términos de representación.</p><p>La AMJA sostuvo que este cambio “no puede ser considerado neutro”, ya que elimina una herramienta directa de incidencia en el acceso a cargos judiciales. En su argumentación, advirtió que reemplazar esa garantía por mecanismos indirectos reduce la eficacia de las políticas de igualdad en un momento decisivo del proceso de selección.</p><p>Además, la asociación recordó que impulsa un proyecto de ley en el Congreso que busca establecer medidas de acción positiva para garantizar la igualdad real de oportunidades.</p><p>Dicha iniciativa busca establecer una medida de acción positiva que impida la conformación de tribunales colegiados integrados exclusivamente por personas de un mismo género, amparándose en el artículo 75 inciso 23 de la Constitución Nacional.</p><p>La nota firmada por la presidenta de AMJA, Ercilia Eve Flores Aiuto, y la directora ejecutiva, Nieves Macchiavelli, subraya la subrepresentación femenina en los niveles jerárquicos superiores del Poder Judicial argentino. Este fenómeno, conocido como "techo de cristal", es un dato objetivo de la realidad institucional que, según la organización, no puede ser ignorado al legislar.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/BAe3J9SAxOkiq0uTXv3ObfPVNtA=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2026/04/horacio_rosatti_2.webp" class="type:primaryImage" /></figure>Se trata de la propuesta de la Corte Suprema para otorgar más transparencia al procedimiento y privilegiar el orden de méritos, restando peso a los criterios más “subjetivos”. Con posturas divididas, el Consejo de la Magistratura inició el debate. Reclamo por la paridad de género.]]>
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                                <category term="nacionales" label="Nacionales" />
                <updated>2026-04-15T20:16:49+00:00</updated>
                <published>2026-04-15T20:09:04+00:00</published>
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            Caja de Jubilaciones: Pullaro firma convenio con Anses por $ 10 mil millones mensuales
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        <link rel="alternate" href="https://www.sur24.com.ar/noticias/caja-de-jubilaciones-pullaro-firma-convenio-con-anses-por-10-mil-millones-mensuales" type="text/html" title="Caja de Jubilaciones: Pullaro firma convenio con Anses por $ 10 mil millones mensuales" />
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        <author>
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                <![CDATA[Emerio Agretti]]>
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        </author>
        
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/IgMODw845KTw2HK3COzSCQilzi0=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2026/04/pullaro_y_gobernadores.webp" class="type:primaryImage" /></figure><p>El gobernador Maximiliano Pullaro firmará este martes con autoridades de la Anses el convenio que establecerá las pautas para los futuros desembolsos desde el organismo nacional a la provincia, para financiar parte del déficit de la Caja de Jubilaciones y Pensiones de Santa Fe, conforme a lo acordado en virtud de la no transferencia del organismo a la órbita nacional.</p><p>Será a razón de $ 10 mil millones por mes, durante un año, y en concepto de “pago a cuenta” de los montos correspondientes. Mientras tanto, se continuará con la negociación para llevar esa cobertura al nivel debido.</p><p>A la vez, y por 180 días renovables, se suspenderán los plazos procesales de los reclamos de Santa Fe ante la Corte Suprema Nacional, uno para se normalicen los pagos suspendidos y otro para que se pague la deuda acumulada, que se calcula en 1,2 billones de pesos.</p>Historia y compromiso<p>Los términos del convenio fueron adelantados por El Litoral, y confirmados en la mañana de este lunes por el secretario de Seguridad Social, Jorge Boasso, y la flamante vocera del gobierno provincial, Virginia Coudannes.</p><p>Tal como recordó Boasso, el compromiso de Nación de cubrir el déficit de las cajas previsionales provinciales no transferidas a la Nación se produjo durante el gobierno de Carlos Menem.</p><p>Por entonces, Santa Fe quedó entre las 13 cajas que decidieron no transferir sus cajas, mientras que otras 11 sí lo hicieron y hoy sus jubilados cobran los montos fijados por Ansés, sensiblemente inferiores a los provinciales.</p><p>Ese déficit se vino enjugando de manera incompleta y deficiente, hasta que en 2021, en la gestión de Alberto Fernández, se interrumpieron las partidas; generando una deuda acumulada que se incrementó durante el gobierno de Javier Milei, cuyo monto está calculado por la provincia en 1,2 billones y hoy se reclama por vía judicial.</p><p>Coudannes, flamante vocera del gobierno de Santa Fe.</p>En proceso<p>Las partidas cuya remisión retomará Ansés a partir del mes de mayo, y que además son un pago a cuenta, triplican las que venía recibiendo el anterior gobierno provincial antes de que fuesen suspendidas, remarcó Coudannes.</p><p>A mayor abundamiento, marcó que equivalen, en cada una de las 12 cuotas, al presupuesto de la reparación de la ruta nacional A012, que tiene previsto solventar la provincia, y también al calculado para la adquisición de más de 300 transformadores eléctricos de la EPE y la mejora del tendido eléctrico.</p><p>“Esto forma parte de una serie de decisiones tomadas por el gobierno de Maximiliano Pullaro para salvar la Caja de Jubilaciones y no transferirla, porque todos sabemos la diferencia en los ingresos de un jubilado de Ansés y uno de la Provincia de Santa Fe”, remarcó Coudannes.</p><p>Añadió que “la Caja se saneó, mejoró su funcionamiento, mantiene un déficit del que la Nación tiene que seguir haciéndose cargo, pero que está mucho mejor de lo que la encontramos en 2023”.</p><p>“Esto ha generado incomodidades, pero hay que decirles a los santafesinos que es parte de un proceso, que va a continuar, siempre con el objetivo de preservar el sistema previsional en manos de la provincia”, completó.</p><p>La Anses debe compensar en parte el déficit previsional de la Caja de Jubilaciones de Santa Fe.</p>Controversia<p>A su turno, Boasso remarcó que si Santa Fe no encaraba la reforma previsional (que consideró “modelo”), el sistema “explotaba y había que transferir las jubilaciones a la Nación”. Pero que con lo hecho, el déficit, que el año pasado fue de 311 mil millones de pesos, se redujo a la mitad.</p><p>Adelantó que como parte del proceso de negociaciones se harán “simulaciones” para determinar cuánto costaría a la Nación hacerse cargo de las jubilaciones santafesinas, y así ajustar tanto los montos a remitir mensualmente, como la deuda que se sigue acumulando.</p><p>“Con esto el déficit no desaparece, pero hay una reducción importante, mientras se sigue trabajando en un acuerdo por mayor valor. Y si no se llega a ese acuerdo, se seguirá con las dos acciones judiciales”, adelantó Boasso.</p><p>En ese sentido, consideró que este convenio no resuelve el problema, pero es “un muy buen paso adelante”.</p><p>Partiendo de la base de que “el déficit nunca puede ser cero, porque nosotros pagamos mucho mejores jubilaciones que la Nación. Ansés tiene jubilaciones máximas de 2,5 millones, mientras que la nuestra es de 11. Por eso no entendemos los planteos de sectores privilegiados que buscan bombardear el sistema con recursos de amparo”, completó.</p>Los puntos del convenio<p>En concreto, el acuerdo establece que Anses transferirá a Santa Fe 120 mil millones de pesos en doce cuotas iguales, mensuales y consecutivas de diez mil millones pesos cada una a partir de mayo del corriente año y hasta abril de 2027. Ello será en concepto de anticipo de capital correspondiente al resultado definitivo que surge de la auditoría realizada sobre el ejercicio en curso.</p><p>El convenio dispone, asimismo, que provincia y nación se comprometen a colaborar de manera recíproca a fin de establecer el resultado definitivo tras la simulación como consecuencia de la armonización de los sistemas, correspondiente a los ejercicios comprendidos entre 2022 y 2025. Si alguna de las partes incumpliese lo establecido, se suspenderá de manera inmediata la ejecución del articulado.</p><p>La "armonización" citada resultado de analizar ambos sistemas previsionales (el nacional y el provincial) de acuerdo con una serie de criterios, como la edad que se establece para el retiro en cada uno de esos ámbitos.</p><p>Del resultado de esa comparativa, se calcula el nivel de asistencia financiera que la Nación le aportará a Santa Fe para enjugar parte del déficit de su Caja de Jubilaciones.</p><p>Ambos estamentos acuerdan, en otro orden, que los montos provenientes de los resultados definitivos correspondientes a los ejercicios pendientes (2022 a 2025) podrán ser incorporados en el marco del Régimen de Extinción de Obligaciones Recíprocas.</p><p>En el escenario eventual de que las sumas transferidas a la provincia en concepto de anticipo correspondiente al Ejercicio 2026 superen el Resultado Definitivo de dicho ejercicio, Anses podrá realizar las gestiones para el recupero de esas sumas.</p><p>Como adelantara El Litoral, se suspenden también por 180 días (prorrogable por idéntico período) los plazos procesales que se encuentran corriendo en materia de juicios iniciados por la provincia contra Nación en esta materia.</p><p>Canceladas las sumas citadas de parte de Nación a través del Régimen de Compensación de Deudas, la provincia deberá desistir de procesos iniciados y vinculados al convenio en cuestión.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/IgMODw845KTw2HK3COzSCQilzi0=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2026/04/pullaro_y_gobernadores.webp" class="type:primaryImage" /></figure>Tal como adelantara El Litoral, operarán como “pago a cuenta” durante un año, mientras se determina el monto final para compensar el déficit del sistema previsional. Coudannes y Boasso dieron detalles de las cláusulas.]]>
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                <updated>2026-04-06T15:45:36+00:00</updated>
                <published>2026-04-06T15:37:25+00:00</published>
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        <title>
            Cococcioni anticipó cambios importantes en todos los niveles del Poder Judicial
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                <![CDATA[Redacción Sur24]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/pnbOMingR-vEjfmSUSTS75GcJpg=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2026/02/cococcioni_apertura_sesiones.webp" class="type:primaryImage" /></figure><p>El ministro de Seguridad y Justicia de Santa Fe, Pablo Cococcioni, expresó que el inicio del año legislativo abre una etapa de transformaciones profundas en el sistema judicial provincial y sostuvo que el objetivo es avanzar hacia un modelo más moderno, eficiente y con mayor capacidad de respuesta.</p><p>El funcionario señaló que existe expectativa en torno a cambios estructurales en el funcionamiento judicial y consideró que el mensaje del gobernador debía marcar el rumbo de esas reformas. En ese marco, explicó que la prioridad pasa por mejorar el funcionamiento de los fueros más exigidos y fortalecer la estructura operativa del sistema.</p><p>Cococcioni remarcó que uno de los puntos centrales es dotar de mayores recursos al fuero laboral y al fuero de familia, especialmente en Rosario, donde la demanda judicial creció en los últimos años. Según indicó, la necesidad de reforzar esas áreas surge de la presión que atraviesan los tribunales y de la urgencia de acelerar los tiempos de respuesta.</p><p>El ministro insistió en que la provincia necesita proyectar su Justicia a mediano y largo plazo. En ese sentido, sostuvo que las reformas deben pensarse con horizonte de dos, cinco y hasta diez años, con un enfoque que supere las urgencias coyunturales y apunte a un rediseño institucional más amplio.</p>Digitalización total y una Justicia pensada a futuro<p>Uno de los ejes que el funcionario destacó fue la informatización del sistema judicial. Para Cococcioni, el proceso de digitalización avanzó, pero aún no alcanzó un nivel pleno que permita agilizar expedientes, procesos y trámites.</p><p>El ministro sostuvo que completar la transformación tecnológica resulta clave para modernizar el funcionamiento judicial y mejorar la calidad del servicio. Según explicó, la digitalización no solo impacta en la eficiencia interna, sino también en la accesibilidad para ciudadanos, abogados y operadores del sistema.</p><p>El gobierno anticipa cambios en la Corte Suprema provincial hacia fines de 2026.</p><p>En ese marco, señaló que la provincia ya inició ese camino y que los próximos pasos deben consolidar una informatización integral. A su entender, la Justicia debe acompañar los cambios sociales y tecnológicos para evitar quedar rezagada frente a otras áreas del Estado.</p><p>Cococcioni también aclaró que el sistema de investigación penal no depende directamente del Poder Judicial, sino del Ministerio Público de la Acusación, organismo autónomo que lleva adelante la política criminal. No obstante, afirmó que el fortalecimiento institucional del sistema acusatorio seguirá siendo parte del proceso de reforma.</p>Una Corte distinta y nuevas formas de trabajo<p>El ministro anticipó que hacia fines de 2026 la provincia tendrá una Corte Suprema con cambios en su integración, lo que implicará nuevas dinámicas de funcionamiento interno y acuerdos institucionales.</p><p>Según explicó, esa renovación obligará a repensar la articulación entre los distintos poderes del Estado y a adaptar la gestión judicial a una nueva etapa política e institucional. Para Cococcioni, el desafío no será solo el recambio de nombres, sino la posibilidad de consolidar una visión estratégica de largo plazo.</p><p>El funcionario sostuvo que el gobierno sigue con atención los conflictos y demandas del sistema judicial, y aseguró que la expectativa oficial es que los problemas estructurales puedan resolverse con mayor rapidez a medida que avancen las reformas.</p><p>En ese contexto, afirmó que el objetivo central es construir una Justicia más eficiente, con mejores estándares de funcionamiento y preparada para responder a las demandas actuales de la sociedad santafesina.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/pnbOMingR-vEjfmSUSTS75GcJpg=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2026/02/cococcioni_apertura_sesiones.webp" class="type:primaryImage" /></figure>El ministro de Seguridad y Justicia planteó que la provincia necesita una Justicia moderna, con más recursos, digitalización plena y reformas estructurales.]]>
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                                <category term="provinciales" label="Provinciales" />
                <updated>2026-03-18T16:15:30+00:00</updated>
                <published>2026-02-15T13:58:56+00:00</published>
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        <title>
            Santa Fe: el Registro de Deudores Alimentarios Morosos supera los 2.500 certificados digitales emitidos
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        <author>
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                <![CDATA[Redacción Sur24]]>
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        </author>
        
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/JWalLyT2xCxCJju4r0Ku8jTDXVI=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2026/02/deudores_alimentarios.webp" class="type:primaryImage" /></figure><p>Desde el 15 de diciembre de 2025, se encuentra disponible en la provincia de Santa Fe una nueva modalidad para gestionar la solicitud, pago y recepción del Certificado del Registro de Deudores Alimentarios Morosos (CRDAM) de forma remota y 100% a distancia.</p><p>Esta iniciativa permite a los ciudadanos gestionar y recibir el certificado sin necesidad de acudir presencialmente a las sedes judiciales de los distintos registros.</p><p>Tal es así, que desde su implementación se tramitaron bajo esta nueva modalidad más de 2500 certificados. Una herramienta que agiliza la gestión reduce tiempos de espera y acerca el servicio judicial a toda la ciudadanía.</p><p>Con más de 1400 certificados emitidos solo en enero, el sistema digital se posiciona como una alternativa rápida, segura y accesible, permitiendo realizar la solicitud, el pago y la recepción del documento sin traslados ni gestiones presenciales.</p>Trámite<p>El proceso se realiza a través del sitio web institucional del Poder Judicial, donde los usuarios deben completar un formulario en línea y efectuar el pago del arancel correspondiente mediante el “Botón de Pago” del Banco Santa Fe (BSF).</p><p>La solicitud también puede hacerse de manera presencial, en las distintas sedes tribunalicias. Foto: Archivo El Litoral</p><p>Una vez finalizado el trámite, el certificado es enviado digitalmente a la casilla de correo electrónico indicada por el solicitante cuando completó el formulario de solicitud.</p><p>Esta funcionalidad busca agilizar y modernizar la interacción entre la ciudadanía y el Poder Judicial, garantizando la seguridad y la integridad del documento, que será firmado digitalmente por un funcionario del área.</p><p>Además, juntamente con la modalidad digital coexistirá el sistema presencial, ofreciendo así mayor accesibilidad y comodidad para quienes necesiten obtenerlo.</p>¿Cómo solicitarlo?<p>El trámite se realiza íntegramente a través del sitio web institucional www.justiciasantafe.gov.ar</p><p>Pasos para la solicitud digital:</p><p>• Accedé al sitio web oficial del Poder Judicial de Santa Fe.</p><p>• Ingresá a la sección “Registro de Deudores Alimentarios Morosos”.</p><p>• Cargá tu dirección de correo electrónico. El sistema te enviará un código TOKEN que deberás ingresar en el campo habilitado para poder continuar el trámite.</p><p>• Completa el formulario online con los datos requeridos del solicitante y de la persona sobre la que se solicita el certificado. Es importante incluir información personal como nombre, DNI, CUIL/CUIT, estado civil, y otros datos identificatorios.</p><p>• Indica el organismo donde se presentará el certificado emitido (puede ser un organismo público, privado o particular).</p><p>• Pagá el trámite de forma rápida y segura con un clic mediante “Plusplagos”.</p><p>• Una vez finalizado el trámite, el certificado será enviado digitalmente a la casilla de correo electrónico indicada por el solicitante. El documento estará firmado digitalmente por el funcionario responsable, garantizando su validez y seguridad.</p>Tarea conjunta<p>La implementación de esta modalidad es fruto del trabajo conjunto entre la Corte Suprema de Justicia de la provincia de Santa Fe y el Banco de Santa Fe S.A. Este desarrollo surgió como un producto moderno, ágil y dinámico que permite a cualquier usuario obtener, de manera 100% a distancia y sin necesidad de concurrir a las sedes físicas del Registro, el Certificado de Deudor Alimentario Moroso (CDAM).</p><p>Para alcanzar este objetivo, se delinearon pautas de trabajo específicas que garantizan tanto la integridad del documento —el cual es firmado digitalmente por un funcionario responsable de la Oficina— como la seguridad en el cobro del trámite.</p><p>Este último aspecto se materializa a través de una pasarela de pagos electrónica, conocida como “Botón de Pago”, ofrecida y desarrollada en el ámbito del Banco de Santa Fe.</p><p>Esta funcionalidad representa un avance significativo en la modernización de los servicios judiciales, facilitando el acceso, agilizando los trámites y brindando mayor transparencia y seguridad a la ciudadanía.</p><p>El sistema digital y presencial conviven, permitiendo a los ciudadanos elegir la opción más conveniente según sus necesidades.</p>Sobre el RDAM<p>La Corte Suprema de Justicia de la Provincia puso en funcionamiento el Registro de Deudores Alimentarios Morosos (RDAM), de acuerdo con lo establecido en la Ley Provincial Nro. 11.945 y en el Decreto del Poder Ejecutivo Nro. 1005 de fecha 27.04.06.</p><p>La medida se inscribe en el proceso de modernización y agilización de los trámites judiciales.</p><p>Para solicitarlo en forma presencial, el RDAM funciona en las sedes judiciales de las ciudades de Santa Fe y Rosario, en dependencias del Registro de Procesos Universales (RPU).</p><p>En Rafaela, Reconquista y Venado Tuerto, lo hace en la Secretaría de la Cámara de Apelación en lo Civil, Comercial y Laboral.</p><p>En las demás sedes judiciales, los certificados se gestionan a través de los juzgados Civiles y Comerciales; o de Circuito, donde aquellos no existieran.</p><p>Para más información y acceso al trámite digital, visitá: https://www.justiciasantafe.gov.ar/index.php/poder-judicial/institucional/registro-de-deudores-alimentarios-morosos/</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/JWalLyT2xCxCJju4r0Ku8jTDXVI=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2026/02/deudores_alimentarios.webp" class="type:primaryImage" /></figure>Desde la Corte Suprema informaron que sólo en enero se confeccionaron más de 1.400 certificados bajo la nueva modalidad, reflejando la creciente adopción del sistema digital por parte de la ciudadanía.]]>
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                                <category term="provinciales" label="Provinciales" />
                <updated>2026-03-18T16:15:30+00:00</updated>
                <published>2026-02-10T15:50:19+00:00</published>
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            Deuda de ANSES con Santa Fe: Provincia aguarda respuesta de la Corte Suprema
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        <link rel="alternate" href="https://www.sur24.com.ar/noticias/deuda-de-anses-con-santa-fe-provincia-aguarda-respuesta-de-la-corte-suprema" type="text/html" title="Deuda de ANSES con Santa Fe: Provincia aguarda respuesta de la Corte Suprema" />
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                <![CDATA[Emerio Agretti]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/qSo1bSZifPrCKmB7ezvlK5t5KQ4=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2026/01/corte_suprema.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>La remisión de fondos nacionales para compensar el déficit de la Caja de Jubilaciones de la Provincia es el principal condicionante que esgrime la gestión de Maximiliano Pullaro para activar de manera efectiva el diálogo político con el gobierno central, que gestiona el acompañamiento de los gobernadores a su programa de reformas.</p><p>Más allá de cuestiones de concepto (que la modernización laboral ponga el foco en la situación de las pymes) y de otros planteos (como la reactivación de la obra pública), el tema previsional es el que más afecta a las cuentas santafesinas, incluso por encima de los cambios en materia impositiva que pudieran suponer alguna caída de recursos.</p><p>Pullaro, que todavía no participó de la ronda de conversaciones del ministro del Interior Diego Santilli, argumentó que no servía “sacarse la foto” si no hay respuestas concretas. “No me puedo sentar a dialogar hasta que la Nación no reconozca lo que le debe a la provincia”, sostuvo.</p>Dimensiones<p>Entre esas deudas, la principal es la que atañe a la Caja de Jubilaciones de Santa Fe, vinculada a los fondos que debería transferir la Ansés. Pullaro precisó que el monto adeudado supera el billón de pesos, una cifra equivalente “a casi todo el presupuesto anual destinado a la obra pública provincial”.</p><p>“Este reclamo no es nuevo. Viene de los pactos fiscales firmados hace muchos años, cuando la provincia cedió impuestos coparticipables con el compromiso de que la Nación cubriera parte del déficit previsional”, explicó, y recordó que el planteo ya fue llevado a la Corte Suprema de Justicia.</p><p>La deuda con la Caja de Jubilaciones se originó en los años 90, cuando la Nación reformó el sistema previsional y se comprometió a compensar a las provincias que no transfirieran sus cajas. Santa Fe fue una de ellas y sostiene que el incumplimiento es sostenido.</p><p>Pullaro asumió sabiendo que el déficit previsional era el principal condicionante de su gestión. Por eso, la primera reforma que impulsó fue la de emergencia previsional, que generó fuertes tensiones con gremios y protestas en la Legislatura, y no fue más que un paliativo.</p><p>En paralelo, la provincia llevó el reclamo a la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Los intentos de conciliación no prosperaron y el conflicto sigue abierto.</p>Dos demandas<p>En concreto, se trata de dos demandas. Una apunta a que se restituya el adelanto automático que está previsto en la ley para compensar el déficit mensual, y que el gobierno nacional suspendió mediante un DNU. A tal efecto, Santa Fe presentó una medida cautelar ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación, que debe expedirse al respecto.</p>El gobierno de Pullaro sostuvo una demanda iniciada por Omar Perotti. Archivo El Litoral<p>La otra es el juicio por la deuda acumulada, que se inició durante la gestión de Omar Perotti y que, con algunas correcciones, siguió impulsando el actual gobierno provincial.</p><p>En ambos casos, se corrió traslado a la Nación, que dio su respuesta a las demandas, y ahora quedaron en instancia de decisión del Alto Tribunal. En este último, lo que se espera es que fije el calendario de audiencias y producción de pruebas.</p>Insuficiente<p>En el interín, hubo una oferta del gobierno nacional, poco después de que se hubiese llegado a un acuerdo con la provincia de Córdoba por el mismo concepto.</p>Llaryora logró un acuerdo con la Nación, con un monto "insuficiente" para Santa Fe. Archivo El Litoral<p>El gobernador había adelantado que el ofrecimiento de la Nación “es insuficiente, en base al impacto que tiene la Provincia de Santa Fe y a los impuestos que le transferimos a Nación para sostener Ansés. Nosotros tenemos una Caja mucho más ordenada porque el año pasado hicimos las reformas que no hizo nadie en la República Argentina”.</p><p>“Si no nos hacen un mejor ofrecimiento, tendrá que resolver la Corte una medida de resolución inmediata porque el flujo no nos lo pueden cortar”, anticipó Pullaro. “Después -añadió- discutiremos el stock, que no es poco. Nos deben muchos recursos y queremos que esos recursos vengan”.</p><p>En otro momento, aclaró que la voluntad de “no resignar un solo centavo de lo que corresponde a Santa Fe”, tiene como correlato la flexibilidad a la hora de acordar los medios de pago.</p><p>"Uno quiere siempre que nos den la plata; papeles no. Pero entendemos el momento que vive la Argentina y no vamos nunca a empujar para que la Nación rompa el equilibrio fiscal. No cederemos ni un centavo, pero si nos dan bonos para capitalizarnos y hacer obras, o bienes que tiene el Estado nacional y que a la provincia o a las ciudades le pueden venir bien, estoy dispuesto a discutirlo”, completó.</p><p>En tanto, el secretario de Seguridad Social, Jorge Boasso, quien participó de la fallida audiencia de conciliación junto al fiscal de Estado, Domingo Rondina, precisó que “propusieron empezar a recomponer con 2.000 millones de pesos por mes durante seis meses. Nos pareció irrisorio el monto atento a la deuda que tienen con nosotros, que asciende a casi 2 billones de pesos”, detalló.</p><p>“Cuando dijimos que no, subieron a 5.000 millones de pesos por mes, que es la misma oferta que le realizaron a Córdoba. El gobernador ya había anticipado que no iba aceptar eso”, concluyó.</p>Peso<p>Pullaro resumió todos estos puntos posteriormente en una entrevista con distintos medios nacionales. “Santa Fe tiene un tema que le pesa mucho: la deuda que tiene Nación con la provincia. En los pactos fiscales que se fueron firmando, había un compromiso de que Nación, con los impuestos que las provincias les cedimos para sostener el Anses, sostenían una parte del déficit de las cajas de jubilaciones.</p><p>“Nosotros hicimos nuestra parte corrigiendo ese déficit, a razón de $20 mil millones por mes aproximadamente. Hoy tenemos una deuda de más de $1 billón y, según algunas estimaciones, cerca de $2 billones que le debe Nación a Santa Fe”, añadió.</p><p>En línea con las premisas del Gobierno nacional, sostuvo que “somos una de las provincias que más achicó el Estado. Tenemos cerca de 6.000 empleados públicos menos en dos años, bajamos 40% el costo de la obra pública, mostramos que se puede gestionar con eficiencia. Hoy se debate el costo de los medicamentos; nosotros pagamos los medicamentos un 82% menos en precio de lista. Ahorramos $184.000 millones solo en medicamentos.</p><p>“Ese esfuerzo que hacemos hoy, que indudablemente trae tensiones dentro de la provincia, y que la provincia lo hace para generar desarrollo en infraestructura y para cumplir con la sociedad -mejor educación, salud y seguridad- es con esfuerzo propio. No es justo que Nación no nos de lo que nos debe”, completó.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/qSo1bSZifPrCKmB7ezvlK5t5KQ4=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2026/01/corte_suprema.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>La Provincia rechazó la oferta del gobierno central por insuficiente y a la vez insiste en que se reactive el flujo de fondos para la Caja de Jubilaciones. El caso de Córdoba como referencia.]]>
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                                <category term="provinciales" label="Provinciales" />
                <updated>2026-03-18T16:15:30+00:00</updated>
                <published>2026-01-13T23:18:43+00:00</published>
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            Santa Fe redefine su justicia con nuevos roles para los ministerios públicos
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                <![CDATA[Redacción Sur24]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/-EgRXYBsvmuGomKKG4lQd5gbGXU=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2025/12/vranicich.webp" class="type:primaryImage" /></figure><p>(Por Juliano Salierno) - La reforma constitucional que transformó de raíz el sistema de justicia en la provincia de Santa Fe marca un hito en la historia política local: por primera vez, el Ministerio Público de la Acusación (MPA) y el Ministerio Público de la Defensa (MPD) fueron reconocidos constitucionalmente como órganos autónomos, independientes y extrapoder, con respecto de los tres poderes clásicos del Estado.</p><p>La pugna por esta autonomía se aceleró en los primeros meses de 2025, en el marco de la Convención Constituyente Reformadora que sesionó entre julio y septiembre con el mandato de modernizar la Carta Magna santafesina.</p><p>La Defensora General, Moreno Robinson, en la toma de juramento a nuevos defensores públicos. Foto: Prensa MPD</p><p>Allí, el destino institucional de los organismos de acusación y defensa penal fue uno de los debates de mayor repercusión, tensionando posiciones entre convencionales, autoridades judiciales y representantes de los organismos jurídicos.</p>Reclamo de independencia<p>En abril de 2025, y en medio de la expectativa por la reforma, los fiscales del MPA difundieron un comunicado institucional en el que plantearon la necesidad de que el organismo deje de formar parte de cualquier poder estatal tradicional.</p><p>El texto reafirmó la voluntad de que el Ministerio Público de la Acusación sea considerado “un órgano extrapoder”, subrayando que debe gozar de “independencia, autonomía funcional y autarquía financiera”.</p><p>La reacción institucional se produjo tras unas declaraciones del nuevo ministro de la Corte Suprema de Justicia provincial, Rubén Weder, quien había sugerido la posibilidad de que el MPA pudiera depender del Poder Judicial o incluso del Ejecutivo, remitiendo la definición a la futura Constitución.</p><p>El 10 de septiembre de 2025, la Convención aprobó el nuevo texto constitucional provincial. Foto: Prensa MPD</p><p>En ese contexto, el MPA sostuvo en el comunicado que “las manifestaciones de los funcionarios públicos deben procurar mantener un marco de respeto recíproco y republicano de las funciones institucionales”.</p><p>Paralelamente, el Servicio Público Provincial de Defensa Penal, que había articulado su posición institucional mediante otro comunicado dirigido a los convencionales, reclamó igualmente que el Ministerio Público de la Defensa sea reconocido con autonomía funcional, autarquía financiera e independencia respecto de los tres poderes del Estado.</p>¿Dentro o fuera del Poder Judicial?<p>El debate en la Convención Constituyente no estuvo exento de controversias. Uno de los centros del contrapunto fue precisamente si el MPA y el MPD debían quedar dentro del Poder Judicial o bien ser considerados órganos extrapoder con plena autonomía institucional.</p><p>Según una crónica de El Litoral, en ese espacio hubo posiciones divergentes incluso dentro del oficialismo, aunque predominó un acuerdo para incluir la expresión “órgano extrapoder” en el texto constitucional final, en consonancia con el planteo sostenido por la Fiscal General María Cecilia Vranicich.</p><p>Vranicich, junto al Dr. Julio de Olazábal, primer Fiscal General del MPA. Foto: El Litoral</p><p>La discusión se centró también en la representación y control del desempeño de fiscales y defensores, un punto que implicaba repensar los mecanismos de selección y remoción de sus titulares.</p><p>En ese marco, hubo debates sobre si un organismo como un Consejo de la Magistratura o un Consejo Asesor debía intervenir, y bajo qué condiciones, en la propuesta institucional del nuevo esquema del Ministerio Público.</p>Reconocimiento institucional<p>El 10 de septiembre de 2025, la Convención aprobó el nuevo texto constitucional provincial.</p><p>El cambio más significativo para los ministerios públicos fue la incorporación de un capítulo específico que dota de rango constitucional al Ministerio Público como un organismo independiente, dividido en el MPA y el MPD, con autonomía funcional, autarquía financiera y fuera de la órbita del Poder Judicial y los demás poderes tradicionales.</p><p>Además, se incluyeron disposiciones transitorias que establecieron el marco para la transición hacia el nuevo régimen institucional.</p><p>El reconocimiento como órgano extrapoder implica que ambos organismos tienen ahora capacidad de elaborar y ejecutar su propio presupuesto, seleccionar y remover a sus integrantes mediante procedimientos técnicos y autónomos, y definir su estructura interna sin injerencias del Ejecutivo, Legislativo o Judicial.</p>Actos simbólicos<p>La ratificación pública de este cambio se materializó en actos solemnes celebrados en septiembre y octubre de 2025.</p><p>El 27 de septiembre, la Fiscal General María Cecilia Vranicich encabezó, en el Museo de la Constitución de Santa Fe, la primera ceremonia de jura de fiscales bajo la nueva Carta Magna, un hecho inédito que consolidó el papel del MPA como órgano autónomo.</p><p>Estrella Moreno Robinson juró ante el gobernador el 12 de septiembre. Foto: El Litoral</p><p>En esa ocasión, Vranicich declaró ante la prensa: “Estamos ante un salto de calidad institucional enorme”, destacando la importancia histórica del momento y la decisión de los convencionales de reconocer al MPA como órgano extrapoder.</p><p>Días después, el 7 de octubre, la Defensora General Estrella Jorgelina Moreno Robinson encabezó un acto similar para autoridades y funcionarios del MPD, reafirmando el compromiso del Ministerio Público de la Defensa con el nuevo orden constitucional y con la plena vigencia de sus funciones en un marco de independencia institucional.</p>Con impacto social<p>La transformación institucional impulsada en Santa Fe no solo rediseña el mapa del sistema de justicia provincial, sino que también refuerza los estándares de acceso a la justicia, imparcialidad y defensa de derechos.</p><p>El reconocimiento constitucional de los ministerios públicos extrapoder responde, según sus referentes, a la necesidad de garantizar que la persecución penal y la defensa técnica se ejerzan con plena autonomía institucional, reforzando la independencia de los operadores judiciales frente a influencias políticas o administrativas.</p><p>Este proceso constituyó, sin dudas, uno de los capítulos más relevantes del debate institucional santafesino en décadas, y coloca a la provincia en la vanguardia de las reformas judiciales en Argentina, al consagrar una figura moderna de órganos fiscales y defensores integrados bajo un paraguas institucional sólido, autónomo y constitucionalmente protegido.</p>Del nacimiento a la autonomía<p>El proceso de modernización del sistema de justicia penal en Santa Fe se inició con la reforma del Código Procesal Penal a fines de los años 2000, impulsada para transitar a un sistema penal acusatorio.</p><p>Esta reforma incluyó la creación del Ministerio Público de la Acusación mediante la Ley Provincial N° 13.013 sancionada el 24 de septiembre de 2009, y la creación del Servicio Público Provincial de Defensa Penal (ley 13.014).</p><p>Ambos organismos comenzaron a funcionar -dentro del Poder Judicial- formalmente el 10 de febrero de 2014, durante la gestión del entonces gobernador Antonio Bonfatti, consolidando la estructura acusatoria que la reforma procesal penal venía gestando.</p><p>El 10 de septiembre de 2025 se sancionó la nueva Constitución de la provincia de Santa Fe, en la cual se reconoce expresamente al Ministerio Público como un órgano independiente de los tres poderes clásicos del Estado, compuesto por el MPA y el MPD, independientes entre sí y dirigidos por un Fiscal General y un Defensor General respectivamente.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/-EgRXYBsvmuGomKKG4lQd5gbGXU=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2025/12/vranicich.webp" class="type:primaryImage" /></figure>El destino institucional de los organismos de acusación y defensa penal fue uno de los debates de mayor repercusión de la reforma constitucional 2025, tensionando posiciones entre convencionales, autoridades judiciales y representantes de los organismos jurídicos.]]>
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                <updated>2026-03-18T16:15:30+00:00</updated>
                <published>2025-12-29T18:35:49+00:00</published>
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            Maciel, Alurralde y Genghini, los propuestos para completar la Corte Suprema
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        <link rel="alternate" href="https://www.sur24.com.ar/noticias/maciel-alurralde-y-genghini-los-propuestos-para-completar-la-corte-suprema" type="text/html" title="Maciel, Alurralde y Genghini, los propuestos para completar la Corte Suprema" />
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                <![CDATA[Redacción Sur24]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/on956yR9YGRi_N8RVrlwRWXNM_4=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2025/12/jueces_corte.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>(Por María José Valdéz) - El análisis de perfiles jurídicos vuelve a ocupar un lugar central en la agenda institucional santafesina. La evaluación pone el foco en la formación académica, el ejercicio profesional y la experiencia en funciones públicas y judiciales.</p><p>En ese marco aparecen los nombres de Diego Maciel, Aldo Mario Alurralde y Jorgelina Mabel Genghini, quienes se perfilan para ocupar cargos en la Corte Suprema de Justicia de Santa Fe, con trayectorias extensas y perfiles técnicos que permiten un abordaje comparado.</p><p>Los antecedentes de cada uno reflejan distintos caminos dentro del derecho, desde la gestión legislativa y administrativa, hasta la magistratura y el ejercicio profesional con especialización académica.</p>&nbsp;Diego Maciel: gestión legislativa y anclaje territorial<p>Diego Maciel es abogado egresado de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de la Universidad Nacional del Litoral. Se encuentra matriculado tanto en la provincia de Santa Fe como en el Poder Judicial de la Nación.</p><p>Desde octubre de 2004 ejerce la profesión liberal con sede en la ciudad de Esperanza, con especial dedicación al Derecho Civil y Comercial, representando a particulares, empresas, asociaciones civiles y comunas.</p><p>Su recorrido profesional incluye una extensa tarea como asesor legal y apoderado de comunas del departamento Las Colonias y de la Asociación para el Desarrollo del Departamento Las Colonias.</p><p>Maciel también tuvo una destacada participación en el ámbito legislativo y administrativo. Fue asesor del bloque del FPCyS en la Cámara de Diputados entre 2007 y 2011.</p><p>Entre 2011 y 2015 se desempeñó como subsecretario de Relaciones Institucionales y Comunicación Social del Ministerio de la Producción de la provincia de Santa Fe.</p><p>Luego ocupó cargos clave en la Cámara de Senadores: secretario del bloque del FPCyS, subsecretario del cuerpo y, desde 2023, secretario administrativo del Senado provincial.</p><p>En 2025 asumió además como secretario administrativo de la Convención Reformadora de la Constitución Provincial, sumando un rol central en un proceso institucional de alto impacto.</p><p>Diego Maciel.</p><p>Maciel es una figura clave del entramado institucional de la provincia de Santa Fe, con un perfil técnico–político que lo posiciona como uno de los actores relevantes en la redacción y articulación de normas de alto impacto provincial. Maciel ha tenido un rol central en la elaboración de marcos legales vinculados al funcionamiento del Estado, la modernización institucional y el fortalecimiento de los mecanismos democráticos.</p>&nbsp;Aldo Alurralde: perfil académico y magistratura federal<p>Aldo Mario Alurralde es abogado graduado en la Universidad Nacional del Litoral, con una sólida formación de posgrado en Derecho Tributario y Ciencias Jurídicas.</p><p>Cuenta con una maestría en Derecho Tributario por la Universidad de Barcelona, es doctor en Ciencias Jurídicas por la Universidad Católica de Santa Fe y además posee título de escribano.</p><p>Juez federal de Reconquista Aldo Mario Alurralde.</p><p>Actualmente se desempeña como juez federal titular del Juzgado Federal de Reconquista, con competencia en causas federales del norte provincial.</p><p>Su trayectoria académica es uno de los ejes de su perfil. Es profesor titular de Derecho Tributario, Aduanero y Financiero en la Universidad Católica de Santa Fe, en las sedes de Reconquista, Posadas y Santa Fe.</p><p>También dicta la cátedra de Obligaciones y es profesor de posgrado en la Universidad Nacional de Rosario y en la Universidad Católica de Santa Fe.</p><p>Alurralde es autor de libros y publicaciones jurídicas, disertante en congresos nacionales e internacionales y ha recibido premios por su labor académica e investigativa.</p>&nbsp;Jorgelina Genghini: experiencia judicial y gestión pública<p>Jorgelina Mabel Genghini es abogada, egresada de la Pontificia Universidad Católica Argentina, con formación previa como Perito Mercantil. Cuenta con una diplomatura en Política, Derecho y Gestión Ambiental por la Universidad Austral.</p><p>Realizó cursos de actualización en Derecho del Trabajo y la Seguridad Social en la Universidad Nacional de Rosario, fortaleciendo su perfil técnico.</p><p>Su trayectoria laboral se desarrolló principalmente en el ámbito municipal y judicial de Rosario. Fue asesora legal en distintas áreas del municipio y participó en procesos de descentralización y modernización.</p><p>Desde 2003 se desempeña como jueza del Tribunal Municipal de Faltas, función que ejerce actualmente, con un intervalo entre 2016 y 2019.</p><p>Entre 2016 y 2019 estuvo a cargo de la Oficina Legal y Técnica del Ministerio de Medio Ambiente de la provincia de Santa Fe en Rosario.</p><p>Es socia titular del estudio Del Vecchio y Asociados desde 1999, apoderada de compañías de seguros y ART, e integrante de la Mesa Directiva de la Federación Argentina de Colegios de Abogados.</p><p>Desde 2022 representa a la abogacía organizada en el Consejo de la Magistratura de la Nación, integrando comisiones clave vinculadas a la selección y acusación de jueces.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/on956yR9YGRi_N8RVrlwRWXNM_4=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2025/12/jueces_corte.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>Con recorridos consolidados en la abogacía, la función pública y el ámbito judicial, Diego Maciel, Aldo Mario Alurralde y Jorgelina Mabel Genghini exhiben trayectorias diversas, con fuerte anclaje técnico y experiencia en cargos de responsabilidad.]]>
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                <updated>2026-03-18T16:15:30+00:00</updated>
                <published>2025-12-17T17:50:10+00:00</published>
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            El Tribunal Electoral de Santa Fe será presidido por Rafael Gutiérrez
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                <![CDATA[Redacción Sur24]]>
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        </author>
        
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/oFumLYmwlA12XxM81vC21ZtLTlA=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2025/12/corte_suprema_sf.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>A través de un comunicado oficial del Poder Judicial de la provincia de Santa Fe se dio a conocer cómo quedó integrado el Tribunal Electoral para el próximo año (2026).</p><p>"La Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe hace saber que conforme la previsión contenida en la quinta disposición transitoria de la Constitución de la Provincia reformada, que entró en vigencia el 11.9.2025 y las prescripciones de la ley 6808 y lo establecido en el artículo 22 inc. 15 de la ley 10.160 (t.o. según Decreto 0046/98), y habiéndose practicado el sorteo correspondiente con el resultado que informa el acta de fecha 10.12.2025, y en virtud de las atribuciones que dicho ordenamiento legal le otorga, resolvió declarar integrado el Tribunal Electoral de la Provincia para el año 2026", se explicó.</p><p>En ese sentido, el máximo tribunal de Justicia provincial indicó que el tribunal "será presidido por el Presidente de este Cuerpo para dicho período, Dr. Rafael Gutiérrez.</p><p>Rafael Gutiérrez estará al frente del tribunal. Crédito: Manuel Fabatía</p>Vocales<p>Al mismo tiempo, se informó que como Vocales por los magistrados que resultaron sorteados el diez de diciembre del corriente año, según el siguiente detalle:</p><p>Titulares: Dra. Jessica Cinalli y Dr. Mario Guedes, Jueza de Cámara de Apelación Civil y Comercial de los Tribunales de Rosario y Juez de Cámara Apelación de Ejecución Penal y Supervisión Carcelaria de los Tribunales de Santa Fe, respectivamente,</p><p>Quedó definido el tribunal electoral provincial para 2026. Foto: Guillermo Di Salvatore</p><p>Suplentes: Dra Valeria Haurigot y Dr Carlos Depetris Jueza de Cámara Apelación de Ejecución Penal y Supervisión Carcelaria de los Tribunales de Rosario y Juez de Cámara de Apelación Civil y Comercial de los Tribunales de Santa Fe, respectivamente.</p><p>"Finalmente, actuará como Procurador Fiscal el Dr. Jorge Barraguirre, Procurador General del Poder Judicial", cierra el comunicado.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/oFumLYmwlA12XxM81vC21ZtLTlA=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2025/12/corte_suprema_sf.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>A través de un comunicado de prensa, se dio a conocer cómo quedó el tribunal. El presidente de la Corte Suprema estará acompañado por los doctores Jessica Cincalli y Mario Guedes.]]>
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                                <category term="provinciales" label="Provinciales" />
                <updated>2026-03-18T16:15:30+00:00</updated>
                <published>2025-12-15T21:49:08+00:00</published>
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            Libertad de expresión: el fallo de la Corte a favor de Mirtha Legrand
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                <![CDATA[Emerio Agretti]]>
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        </author>
        
                                <content type="html" xml:base="https://www.sur24.com.ar/noticias/libertad-de-expresion-el-fallo-de-la-corte-a-favor-de-mirtha-legrand">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/muRmS0uR7-KEQt0qCUuYYoZyu7I=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2025/10/mirtha_legrand.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>La Corte Suprema de Justicia de la Nación reafirmó su doctrina sobre el derecho a la libertad de expresión, al rechazar una demanda por daños y perjuicios que se había iniciado contra el programa de la conductora Mirtha Legrand. El motivo fue la cobertura que se hizo, a partir de una investigación judicial en curso por la desaparición de una bebé recién nacida en una clínica de Mar del Plata.</p><p>La Corte ha desarrollado doctrinas fuertemente tutelares del ejercicio de la libertad de expresión, particularmente en materias de interés público, y tanto la doctrina "Campillay" como la doctrina de la "real malicia" constituyen estándares que brindan una protección intensa a la libertad de expresión y que resguardan un espacio amplio para el desarrollo de “un debate público robusto”.</p><p>Carlos Ronsenkrantz, Ricardo Lorenzetti y el presidente Horacio Rosatti, los tres miembros actuales de la Corte. Archivo El Litoral</p><p>Aquí, siguiendo el dictamen de la Procuración General, los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti afirmaron que lo sucedido en el programa se enmarcó en “el legítimo interés social que ampara la libertad de expresión y justifica cierta intromisión en la vida privada”.</p>La causa<p>La causa se origina por la difusión televisiva de información considerada difamatoria hacia M. B. y O. B. –ambos funcionarios públicos de entonces- en el marco de varios programas conducidos por Rosa María Juana Martínez Suárez y las firmas Candilejas SA, Teveespectáculos SA y América TV SA.</p><p>Durante cuatro emisiones entre 2000 y 2001, se abordó el denominado caso de Rocío Cigarreta, una investigación penal abierta por la desaparición de una bebé recién nacida en una clínica de Mar del Plata.</p><p>Dentro del tratamiento del caso, distintos invitados y la propia conductora mencionaron hipótesis que vinculaban a los actores —directa o indirectamente— con esa desaparición y con una supuesta red dedicada al tráfico de niños. Esa vinculación, según los actores, era falsa y les produjo graves daños.</p><p>La situación se agravó, planteó la demanda, porque en los programas también se difundieron datos íntimos y familiares de los actores y de sus dos hijas menores, como el lugar de nacimiento de una de ellas, la condición de adoptada de la otra y la existencia de estudios de ADN.</p><p>Para los actores, esa información permitía identificarlas y violaba órdenes judiciales y normas que protegen la intimidad y los derechos de niños y adolescentes. Por ello alegaron que la conducta mediática no fue neutral ni informativa, sino que fueron señalados públicamente como involucrados en un delito especialmente grave.</p>Primer fallo<p>Frente a esa exposición pública, M. B. y O. B. iniciaron una demanda por daños y perjuicios contra la conductora, la productora y los canales involucrados. Consideraron que se había afectado su honor, su imagen y la intimidad familiar, y que se los había expuesto injustamente ante la opinión pública en un contexto de alta sensibilidad social.</p><p>En primera instancia, la Justicia hizo lugar al reclamo y condenó a los demandados, pero, por mayoría, la Sala M de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil revocó la sentencia. Los afectados entonces interpusieron un recurso extraordinario federal que fue concedido.</p><p>El caso fue girado a la Procuración General, que dictaminó contra la demanda. “Adelanto que, a mi modo de ver, la sentencia apelada entendió acertadamente que el tratamiento de la noticia por parte de los demandados y las expresiones cuestionadas están amparadas por el derecho a la libertad de expresión y no violan el derecho al honor de los demandados”, comenzó diciendo el dictamen.</p>Fundamentos<p>El procurador recordó que “en aras de garantizar un debate libre y desinhibido sobre asuntos de interés público, la Corte Suprema adoptó el estándar de la real malicia".</p><p>Conforme a él, quien difunde información de interés público que pueda afectar el honor de funcionarios públicos, figuras públicas o particulares que hubieran intervenido en cuestiones públicas solo debe responder jurídicamente si el agraviado prueba la falsedad de la información y que ésta fue difundida con conocimiento de su falsedad o con notoria despreocupación por su veracidad”.</p><p>La Procuración también destacó que “el interés público que despertaba el caso se desprende de los gravísimos hechos denunciados".</p><p>El procurador Eduardo Casal aplicó en su dictamen los parámetros de Real Malicia y Campillay. Archivo El Litoral</p><p>Ello considerando que incluían "la desaparición de una niña recién nacida de una clínica, una maniobra para ocultar esa sustracción mediante la inhumación de un cadáver perteneciente a otro bebé fallecido y la existencia de una red de tráfico de niños, que operaba en distintas zonas del país y a la que se vinculaba con funcionarios públicos y profesionales de la medicina”.</p><p>En ese contexto, se subrayó que “una cuestión tan sensible como la sustracción y comercialización de niños que, además, involucraba figuras de la política alcanzó, como era de esperar, gran trascendencia pública y cobertura mediática”.</p>Abordaje<p>Bajo ese análisis, la Procuración señaló que “en los distintos programas televisivos, la conductora abordó el tema brindando espacio suficiente para que se escucharan las diferentes versiones del caso y para que sus invitados plantearan libremente sus ideas y posiciones.</p><p>“Participaron de esos programas el matrimonio, los médicos que atendieron el parto y las autoridades de la clínica, los periodistas Daniel Tognetti y Jorge Taranto -quienes realizaron investigaciones periodísticas sobre el caso--, y los abogados de los denunciantes y los denunciados.</p><p>Allí se ventilaron múltiples hipótesis sobre la presunta desaparición de la niña -desde una maniobra de los padres para iniciar un reclamo por daños contra la clínica, hasta la existencia de una red internacional dedicada al tráfico de niños- y se expusieron todo tipo de opiniones al respecto”, añade.</p><p>Según afirmó, “el manejo de la información sobre la causa no reflejó una versión parcializada -y, menos aún, falsa- de los hechos, sino que permitió que se escucharan las diversas voces y conjeturas elaboradas en relación con una cuestión tan sensible como la sustracción y comercialización de niños”.</p>Interés social<p>El dictamen también rechazó que “la exposición de ciertos datos de su vida familiar y de sus hijas vulneró el derecho a la intimidad del grupo familiar y, en especial, el de las niñas”.</p><p>Argumentó además que el modo en que periodistas y productores “organizaron la comunicación de las expresiones aquí cuestionadas no produjo una intromisión en la esfera de intimidad de los actores y de las niñas de suficiente entidad para prevalecer frente al interés público involucrado en la difusión de esos contenidos”.</p><p>Así las cosas, concluyó la Procuración, “los dichos de los entrevistados, las preguntas y comentarios de la conductora y el modo en que fueron dispuestas las entrevistas por la producción no excedieron el legítimo interés social que ampara la libertad de expresión y justifica cierta intromisión en la vida privada, sin que pueda vislumbrarse una conducta por la que los demandados deban responder”.</p><p>“Esta Corte comparte los fundamentos del dictamen del señor Procurador Fiscal, a cuyos términos corresponde remitir en razón de la brevedad. Por ello se declara admisible el recurso extraordinario y se confirma la sentencia apelada”, dijeron Rosatti, Rosenkrantz y Lorenzetti.</p><p>Dos grandes líneas</p><p>La CSJN en la última década ha continuado consolidando dos grandes líneas: la protección amplia de la libertad de expresión en asuntos de interés público (aplicando y delimitando la doctrina de la real malicia), y la adaptación de esos principios al mundo digital (motores de búsqueda, derecho al olvido, responsabilidad de plataformas).</p><p>En ese sentido, la Corte y su Secretaría han fijado pautas para la responsabilidad de buscadores (remoción, diligencia) equilibrando libertad de expresión e intereses personalísimos; en algunos casos confirmó exigencias de diligencia a los motores.</p><p>En cuanto al quehacer estrictamente periodístico, en 2020 se pronunció en dos casos estrechamente vinculados con estos criterios, y con la protección constitucional de las fuentes periodísticas.</p><p>En uno confirmó el sobreseimiento de Carlos Pagni, Roberto García y otros periodistas y particulares en una causa en la que desde hace doce años estaban acusados de formar parte de una supuesta red de espionaje ilegal y violar secretos de Estado.</p><p>En otro, rechazó una demanda de Cecilia Pando contra la revista Barcelona, que había sido condenada en primera instancia. Pando demandó a Barcelona por la tapa del número 193 de la revista, que --en su estilo muy característico-- mostraba un fotomontaje con su cara en el cuerpo desnudo de otra mujer, con sogas entrelazadas a manera de cadenas.</p><p>Se trataba de la tapa satírica de otra supuesta revista: S/M (Soy Milico). "Para matarla! Soltá el genocida que llevás dentro". "Apropiate de esta bebota". "Las chicas quieren guerra... Antisubversiva". "Ceci Pando se encadena para vos", se leía en los titulares.</p><p>En su fallo, el máximo tribunal destacó la condición de figura pública de Pando, "por su activa participación en el debate público respecto de los crímenes de lesa humanidad de la última dictadura", y que por tanto la publicación es de interés público. También advierte que Barcelona es un medio gráfico "que utiliza la sátira para hacer críticas respecto de la política y sociedad argentina".</p><p>Denuncia de Milei</p><p>En aplicación de los criterios fijados por la Corte, la Justicia desestimó este año la denuncia realizada por el presidente Javier Milei contra los periodistas Carlos Pagni y Ari Lijalad, al considerar que sus expresiones están amparadas por el derecho a la libertad de prensa y no constituyen delito alguno.</p><p>El juez federal Daniel Rafecas consideró que lo dicho por los periodistas en El Destape y el programa Odisea de LN+, se enmarcan dentro del derecho a la libertad de expresión y consideró que “utilizar el ámbito penal para perseguir opiniones periodísticas pondría en riesgo el debate democrático”.</p><p>En esa línea, Rafecas argumentó que "la divulgación de expresiones sobre asuntos de interés público no puede ser criminalizada ni se encuentra prohibida ni constituye actividad ilícita"</p><p>Y consgina que, además, se encuentra amparada por el derecho a la libre expresión en consideración de las previsiones convencionales y de jerarquía constitucional que resultan de ineludible aplicación al caso y cuya desatención puede incluso generar responsabilidad internacional de nuestro Estado".</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/muRmS0uR7-KEQt0qCUuYYoZyu7I=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2025/10/mirtha_legrand.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>Acorde a los criterios establecidos en pronunciamientos anteriores, el Máximo Tribunal rechazó un planteo contra la conductora por la cobertura televisiva de un posible caso de tráfico de bebés. Cuáles son los principios aplicados.]]>
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                <updated>2026-03-18T16:15:30+00:00</updated>
                <published>2025-11-20T21:17:51+00:00</published>
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            La Corte dejó firme el sobreseimiento de Lázaro Báez en la causa de retención de aportes
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                <![CDATA[Redacción Sur24]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/ImOrntu5KysLOM4XY6GvYnDWGJU=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2025/06/lazaro_baez.webp" class="type:primaryImage" /></figure><p>La Corte Suprema de Justicia rechazó un recurso presentado por la fiscalía y dejó firme el sobreseimiento del empresario Lázaro Báez en una causa por la retención indebida de aportes al sistema de seguridad social, vinculada con las empresas de su grupo económico investigadas en los expedientes Vialidad, Los Sauces y Hotesur.</p><p>La decisión del máximo tribunal se produjo tras considerar “inadmisible” el planteo del Ministerio Público Fiscal, que había cuestionado la aplicación de una figura de extinción de la acción penal conocida como “excusa absolutoria”.</p>Aplicación de la "excusa absolutoria"<p>El caso se remonta al 12 de marzo de 2020, cuando el Juzgado Nacional en lo Penal Económico N°1 sobreseyó a Báez en base al artículo 16 de la Ley 24.769. Esta norma establece que si el contribuyente cancela en forma espontánea, total e incondicional la deuda tributaria evadida, se extingue la acción penal.</p><p>La medida benefició a Báez por omisiones en el depósito de aportes previsionales retenidos en empresas de su holding, entre ellas Valle Mitre S.A., Austral Agro S.A., Loscalzo y Del Curto S.R.L., Sucesión Adelmo Biancalani y Kank y Costilla S.A.</p><p>El sobreseimiento fue apelado por la AFIP, y posteriormente confirmado de manera parcial por la Sala “A” de la Cámara en lo Penal Económico en mayo de 2021, al considerar que los pagos fueron realizados de forma espontánea, sin mediar intimación de la AFIP.</p><p>A pesar de la insistencia del fiscal ante Casación, la Cámara Federal también desestimó el recurso. Finalmente, la causa llegó a la Corte, que ahora dejó firme el fallo.</p>Otras causas de Báez<p>En paralelo, Báez ya fue condenado junto a la ex presidenta Cristina Fernández de Kirchner en la causa por direccionamiento de obra pública, mientras que aún no se ha iniciado el segundo juicio relacionado con los alquileres de propiedades de la familia Kirchner a empresas vinculadas al empresario.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/ImOrntu5KysLOM4XY6GvYnDWGJU=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2025/06/lazaro_baez.webp" class="type:primaryImage" /></figure>El máximo tribunal determinó que la cancelación espontánea de deudas fiscales por parte de contribuyentes extingue la acción penal, beneficiando al empresario.]]>
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                                <category term="nacionales" label="Nacionales" />
                <updated>2026-03-18T16:15:30+00:00</updated>
                <published>2025-10-24T21:43:05+00:00</published>
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            La Corte deja firme la destitución de Sain tras rechazar su recurso
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        <link rel="alternate" href="https://www.sur24.com.ar/noticias/la-corte-deja-firme-la-destitucion-de-sain-tras-rechazar-su-recurso" type="text/html" title="La Corte deja firme la destitución de Sain tras rechazar su recurso" />
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                <![CDATA[Emerio Agretti]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/-yikASK1pjSegE7pRoT9K95Hi8U=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2025/09/sain.webp" class="type:primaryImage" /></figure><p>La Corte Suprema de Justicia de la Nación dejó firme la destitución de Marcelo Sain como director del Organismo de Investigaciones del Ministerio Público de la Acusación (MPA) de Santa Fe. Lo hizo al rechazar un recurso presentado por el ex ministro de Seguridad del gobierno de Omar Perotti, que había acudido al Máximo Tribunal cuestionando las decisiones de la Justicia santafesina, ante la cual no había conseguido frenar un sumario administrativo en el que se lo acusaba de “faltas graves”. Precisamente por esas faltas fue destituido por la Legislatura en noviembre del 2021.</p><p>Sain llegó a la Corte Suprema en queja por denegatoria de recurso de inconstitucional. Buscaba cuestionar el sumario administrativo en su contra y que se declarara la inconstitucionalidad e inaplicabilidad de la ley provincial 14016, que amplió el régimen disciplinario diseñado para los integrantes del Ministerio Público de la Acusación. En esa presentación, alegó que el procedimiento configuraba un “juicio político encubierto” y que se aplicaba de forma retroactiva una ley disciplinaria que consideraba inconstitucional.</p><p>El fallo firmado por Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti, desestimó la queja presentada por el ex funcionario por considerar “inadmisible” el recurso extraordinario planteado, conforme a lo dispuesto por el artículo 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación. Lorenzetti, en su voto, aclaró que este tipo de decisiones no implica convalidar la justicia del fallo cuestionado, sino únicamente rechazar la vía procesal elegida, citando el precedente “Vidal”.</p>La causa<p>El caso se originó cuando Saín presentó una acción de amparo contra la provincia de Santa Fe para detener un sumario administrativo abierto en su contra durante su gestión como director del Organismo de Investigaciones, cargo que asumió en 2017.</p><p>El juez de primera instancia rechazó el planteo, lo que fue confirmado después por la Cámara en lo Contencioso Administrativo de Rosario y luego por la Sala III de la Cámara de Apelación en lo Laboral. Ambos tribunales entendieron que la vía del amparo no era idónea y que la cuestión se había tornado abstracta, ya que en noviembre de 2021 la Legislatura santafesina había votado su destitución.</p><p>La Corte Suprema provincial, también por mayoría, rechazó la queja. Ante ese escenario, la defensa de Saín acudió a la Corte nacional, que este martes cerró el camino judicial y otorgó firmeza al procedimiento que derivó en su apartamiento del cargo.</p><p>Saín, politólogo y creador de la Policía de Seguridad Aeroportuaria (PSA), denunció en reiteradas oportunidades que fue objeto de persecución y sostuvo que la ley provincial había sido diseñada especialmente para desplazarlo. Sin embargo, todos los tribunales que revisaron su reclamo coincidieron en que el amparo no resultaba procedente para cuestionar decisiones de carácter legislativo.</p>Espionaje<p>Pero al margen de este planteo rechazado, Sain enfrenta un proceso judicial que podría llevarlo a prisión, junto a algunos de sus ex colaboradores. En noviembre de 2024, la Fiscalía de la Unidad de Delitos Complejos del Ministerio Público de la Acusación, a cargo del fiscal Ezequiel Hernández, pidió elevar a juicio la causa iniciada en 2022 en su contra por presunto espionaje ilegal.</p><p>De acuerdo con la acusación, Saín lideró una asociación ilícita que confeccionó al menos 661 “perfiles” sobre dirigentes políticos, sindicalistas, empresarios, periodistas y funcionarios judiciales sin orden de un juez, en violación de la Ley de Inteligencia. La imputación sostiene que esas prácticas implicaban la sistematización de datos sensibles -patrimoniales, familiares y migratorios- obtenidos tanto de registros públicos como de bases privadas.</p>Saín lideró una asociación ilícita que confeccionó al menos 661 “perfiles”. Foto: Archivo<p>En esa causa también están involucrados seis ex colaboradores de su gestión en el Ministerio de Seguridad de la provincia, entre ellos la ex directora de la Agencia de Control Policial, Nadia Schujman, y la ex directora de Inteligencia del Organismo de Investigaciones, Débora Cotichini. Además, se les atribuyen delitos de abuso de autoridad, peculado y desvío de fondos destinados a gastos reservados.</p><p>La investigación incluyó, además, sospechas sobre una licitación para la compra de armas para la policía provincial. En ese marco, Saín fue imputado por “negociaciones incompatibles con el cargo” y tentativa de defraudación a la administración pública, con un perjuicio estimado en más de 17 millones de dólares.</p>Domingo Rondina, fiscal de Estado de Santa Fe. Foto: Flavio RainaPedido de prisión<p>En una extensa presentación realizada a fines de agosto pasado, el equipo de abogados que representa al gobernador Maximiliano Pullaro formalizó una acusación formal ante el Colegio de Jueces Penales de la provincia contra Marcelo Sain y otros funcionarios por, entre otros puntos, espionaje ilegal, en la que pide 10 años de prisión.</p><p>El documento, de 174 páginas, firmado por los letrados Jorge M. Ilharrescondo e Ignacio E. Martín, acusa al ex funcionarios por defraudación, abuso de autoridad, asociación ilícita y violación de la ley 25.520, relacionada con el espionaje ilegal.</p><p>La acusación detalla cómo los imputados, muchos de ellos funcionarios públicos, habrían organizado un sistema para recopilar ilegalmente información personal, política y laboral de individuos, incluyendo al propio Pullaro y su entorno, utilizando recursos del Ministerio de Seguridad y del Organismo de Investigaciones.</p><p>Cabe recordar que para ese entonces, el ahora gobernador ocupaba una banca como diputado provincial en el bloque de la UCR, opositor al gobierno del cual formaba parte Sain.</p><p>El texto presenta pruebas documentales, comunicaciones y testimonios que respaldan la existencia de esta red de espionaje, cuyo objetivo era influir en la vida política y la opinión pública de la provincia de Santa Fe, y se solicita la apertura de un juicio.</p><p>En simultáneo, se conoció que la Fiscalía de Estado santafesina también acusa a Sain y sus ex colaboradores, y pide pena de prisión.</p><p>La oficina a cargo de Domingo Rondina presenta un documento de más de 400 páginas con fundamentos para alcanzar esta acusación en carácter de querellante en la causa que se investiga.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/-yikASK1pjSegE7pRoT9K95Hi8U=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2025/09/sain.webp" class="type:primaryImage" /></figure>El ex funcionario fue removido de su cargo al frente del Organismo de Investigaciones del MPA en base a acusaciones por comandar una “asociación ilícita” para cometer diversos delitos, entre ellos espionaje a figuras públicas. La Provincia pide prisión para él y ex colaboradores.]]>
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                <updated>2026-03-18T16:15:30+00:00</updated>
                <published>2025-09-24T14:50:38+00:00</published>
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        <title>
            Presupuesto 2026: la Corte Suprema de la Nacional determinó el monto para el Poder Judicial
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                <![CDATA[Redacción Sur24]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/fqbIVzMXejss6CDiQ7uJ9BX0Hlk=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2025/08/corte_suprema_de_justicia_de_la_nacion.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>La Corte Suprema de Justicia de la Nación estableció el presupuesto de gastos para el ejercicio 2026 del Poder Judicial de la Nación, fijándolo en $378.087.606.265.</p><p>Esta Acordada 26/2025, publicada este lunes 18 de agosto de 2025, detalla la asignación de recursos para gastos en personal, bienes de consumo, servicios no personales y bienes de uso, asegurando el funcionamiento eficiente del Poder Judicial.</p><p>Se prevé la creación de 4.732 cargos y se aprueba un plan de obras para la infraestructura judicial. Además, se solicita la incorporación de remanentes de ejercicios anteriores y aportes del Tesoro Nacional, enfatizando la necesidad de garantizar la autarquía financiera del Poder Judicial.</p><p>El documento cuenta con las firmas de Horacio Daniel Rosatti, presidente de la Corte Suprema; Carlos Fernando Rosenkrantz, ministro de la Corte Suprema; y Gerardo Gabriel Prataviera, secretario general de Administración de la Corte.</p>Horacio Rosatti, presidente de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.<p>La acordada busca asegurar la administración efectiva de justicia y atender las necesidades básicas de la Corte, impactando directamente en la calidad del servicio judicial para los ciudadanos.</p>Distribución de gastos y cargos<p>El monto total aprobado asciende a $378.087.606.265, distribuido en cuatro grandes ítems:</p><p>Gastos en personal: $309.185 millones (82% del total).</p><p>Bienes de consumo: $6.412 millones.</p><p>Servicios no personales: $24.860 millones.</p><p>Bienes de uso (equipamiento e infraestructura): $37.629 millones.</p><p>El presupuesto incluye también la cuantificación de 4.732 cargos, de los cuales 4.091 se financiarán con recursos propios de la Corte y 641 con aportes del Tesoro Nacional (DAJUDECO).</p>Corte Suprema de Justicia de la Nación.<p>Además, se aprueba un Plan de Obras que contempla reacondicionamiento, restauración y ampliación de edificios judiciales, así como la continuidad del plan de preservación del Palacio de Justicia, declarado monumento histórico nacional por el Decreto 349/99.</p><p>La Corte justificó su decisión en la necesidad de “garantizar el accionar de la justicia” ante los techos presupuestarios impuestos por el Ejecutivo, los cuales calificó de “insuficientes para el nivel de necesidades mínimas”.&nbsp;</p>  <p>  Acordada 26/2025  by  El Litoral  </p> ]]>
                </content>
                                                <summary type="html">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/fqbIVzMXejss6CDiQ7uJ9BX0Hlk=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2025/08/corte_suprema_de_justicia_de_la_nacion.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>Fue mediante la Acordada 26/2025, fijando el monto en $378.087.606.265.]]>
                </summary>
                                <category term="nacionales" label="Nacionales" />
                <updated>2026-03-18T16:15:30+00:00</updated>
                <published>2025-08-18T11:23:47+00:00</published>
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            Autonomía municipal en serio: convenciones locales
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        <link rel="alternate" href="https://www.sur24.com.ar/noticias/autonomia-municipal-en-serio-convenciones-locales" type="text/html" title="Autonomía municipal en serio: convenciones locales" />
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        <author>
            <name>
                <![CDATA[Redacción Sur24]]>
            </name>
        </author>
        
                                <content type="html" xml:base="https://www.sur24.com.ar/noticias/autonomia-municipal-en-serio-convenciones-locales">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/KHohWzi9xN5xfY2rqH07K7omdrY=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2025/08/palacio_de_los_leones.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure><p>Por Francisco Javier Funes y Ciro Bonomelli</p><p>La ley 14384, de 2024, por la cual se declaró la necesidad de reforma de la Constitución de la Provincia de Santa Fe, ha incluido en su artículo 2, dentro de las materias a modificar, el régimen de los gobiernos locales, es decir los artículos 106 y 107 de la actual Constitución. Se pretende consagrar así, la tantas veces invocada "autonomía municipal", con los alcances dispuestos en la Carta Magna nacional a partir de la reforma de 1994.</p><p>Sin embargo, a pesar de dicha razonable e incluso deseable propuesta, a renglón seguido, en el artículo 3, establecen que el dictado de la carta fundacional de las ciudades autónomas será labor de los actuales concejos municipales -en su integración ordinaria y sin elección específica-, los que harán las veces de asamblea constituyente municipal. De esa manera la ley se despacha en contra del más elemental sentido de autonomía, invadiendo competencias y distorsionando, cuando no potencialmente anulando todo el proceso, lo que implica un apartamiento manifiesto del estándar constitucional de autonomía institucional.</p><p>A los efectos de echar luz sobre el tema, debemos recordar que la ciudad de Rosario sancionó su carta orgánica municipal en el año 1933, en virtud de las disposiciones de la Constitución Provincial de Santa Fe de 1921. Esta última, aunque rigió solo por un breve período (entre el 1 de enero de 1934 hasta el 30 de octubre de 1935, cuando fue dejada sin efecto por un decreto de la intervención federal de la provincia), sirvió para constituirse, junto a la ciudad de Santa Fe, con una experiencia similar, en los primeros instrumentos locales de este tipo en la República Argentina.</p><p>El régimen municipal de la avanzada carta magna de 1921 (capítulo VII) se extendía desde el artículo 138 hasta el 159 -nótese su importancia- y preveía, de manera sabia, tres categorías de municipios. A nuestro entender el artículo clave era el 142, que marcaba las atribuciones comunes y fundantes de todos los municipios.</p><p>Todos los servicios públicos indispensables, necesarios o simplemente útiles para la vida de los habitantes, "para su mayor comodidad, salud, higiene, moralidad y bienestar, para el desenvolvimiento, belleza y progreso de la ciudad", correspondían "en principio al Gobierno Municipal" y podían ser atendidos: exclusivamente por la Municipalidad; por particulares o empresas privadas de conformidad con los contratos o concesiones que la Municipalidad acuerde; por la Municipalidad o por empresas privadas o particulares concurrentemente y por empresas mixtas en las cuales sean partícipes la municipalidad y los particulares (artículo 110).</p><p>Como novedad, se creaba una Junta Electoral Municipal con la facultad de organizar los comicios locales, confeccionar el padrón e inscribir a "extranjeros y mujeres". Ahora bien, para dictar la carta orgánica de 1933, como no podía ser de ninguna otra manera, fue convocada una convención y fueron elegidos los convencionales municipales, destacándose en la ciudad del sur provincial –entre otros- los doctores en derecho Mario Antelo, José Araya, Antonio Reynares Solari, Roberto Siquot, Emilio Solari, Fermín Spagnolo y Enrique Thedy.</p><p>No es posible realizar el ideal autonómico, conforme lo ha delineado la Constitución Nacional, de la forma en que se pretende en la ley que declaró la necesidad de reforma local. Incluso ya se ha exigido a la provincia, en reciente jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, que se convoque a una asamblea constituyente municipal, donde los convencionales deban ser electos a tal fin y deliberen para lograr la mejor hoja de ruta local.</p><p>Ese gran jurista que fue Carlos Santiago Nino (1943-1993), sostenía: "(…) Existen dos posiciones básicas que se dan respecto de la concepción de la Política y fundamentalmente de la Política democrática. Dos concepciones que voy a llamar rápidamente, y esto también es muy discutido, 'pluralismo' por un lado y una concepción digamos 'deliberativa' por el otro lado, como dos concepciones de la Política" (Revista Doxa, Nº 14, año 1993).</p><p>En definitiva, lo que puntualmente recordamos es que en 1933 se realizó un proceso constituyente autonómico municipal serio, y como debe ser, como corresponde en una democracia deliberativa. No como lo prevé erróneamente el artículo 3 de la ley provincial 14384, declarativa de la necesidad de reforma, que distorsiona a nuestro entender el proceso fundacional local.</p><p>Atentos a lo anteriormente descripto, hacemos votos para que, en el seno de la actual Convención Provincial los convencionales, de manera consensuada, enmienden el error señalado y el proceso constituyente municipal se desarrolle, democráticamente y conforme a Derecho. Los municipios deben contar con el derecho y la responsabilidad de darse a sí mismos, mediante convenciones elegidas a tal fin por su pueblo, las reglas de su vida institucional.</p>Referencia insoslayable<p>De sólida fundamentación normativa y argumentativa, Carlos Santiago Nino fue un destacado abogado, sociólogo, escritor, docente, filósofo y jurista argentino, uno de los que alcanzó mayor notoriedad académica a nivel internacional en la segunda mitad del siglo XX. Experto en ciencias jurídicas y en derecho penal, fue ampliamente reconocido por sus trabajos en disciplinas como Ética y Moral, Filosofía del Derecho y Filosofía Política, así como por ser un gran defensor de los derechos humanos y de la democracia deliberativa.</p><p>(*) Abogados constitucionalistas y docentes universitarios.</p>]]>
                </content>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/KHohWzi9xN5xfY2rqH07K7omdrY=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2025/08/palacio_de_los_leones.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure>"Los municipios deben contar con el derecho y la responsabilidad de darse a sí mismos, mediante convenciones elegidas a tal fin por su pueblo, las reglas de su vida institucional", afirman los autores de la columna.]]>
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                                <category term="opinion" label="Opinión" />
                <updated>2025-08-06T19:56:13+00:00</updated>
                <published>2025-08-06T19:48:44+00:00</published>
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            Pullaro y la deuda de Anses: &quot;No vamos a resignar ni un centavo&quot;
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                <![CDATA[Emerio Agretti]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/vg27yRrkudtmSKZXYxmWnSKfN4c=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2025/07/pullaro_anses.webp" class="type:primaryImage" /></figure><p>El gobernador Maximiliano Pullaro consignó que la Provincia de Santa Fe estaba esperando una "contraoferta" del Gobierno nacional para el pago de la deuda acumulada por la suspensión de la remisión de los fondos para compensar el déficit de la deuda previsional.</p><p>En declaraciones periodísticas, reveló que "el monto que se nos estaba ofreciendo era similar al de Córdoba, pero dijimos que no, porque por el impacto en nuestra provincia y el monto de los impuestos que transferimos para mantener Ansés, era insuficiente".</p><p>Santa Fe rechazó la propuesta nacional por la deuda previsional de Ansés. Crédito: Archivo El Litoral.</p><p>En tal sentido, cabe apuntar que la deuda reconocida por la Nación a Córdoba fue de 60 mil millones, pagaderos en cuotas. Mientras que el reclamo de Santa Fe por el monto actualizado, como mínimo, supera los 800 millones.</p><p>Mientras se desarrollaba en la Corte Suprema de Justicia de la Nación una nueva instancia de mediación para facilitar la posibilidad de algún tipo de acuerdo, en el marco del reclamo judicial formulado por la Provincia, Pullaro (que mantenía contacto en tiempo real con la delegación santafesina, encabezada por el secretario de Seguridad Social Jorge Boasso) hizo notar que "tenemos una Caja mucho más ordenada, porque el año pasado hicimos la reforma. Si no, nuestra Caja iba a tener problemas realmente serios".</p>“No vamos a ceder los recursos de la provincia”<p>Precisamente, al término de la audiencia, Boasso confirmó a El Litoral que "no hubo acuerdo, por considerar que lo que ofrecía el gobierno nacional no contemplaba los derechos que legítimamente le corresponden a la Provincia de Santa Fe".</p><p>Al respecto, Pullaro insistió en la necesidad de que "Nación pague lo que tiene que pagar. No vamos a resignar ni un centavo. Tenemos buena relación, pero no cedemos los recursos de la provincia. Si no hay un mejor ofrecimiento, tendrá que definir la Corte".</p><p>Boasso encabezó en la Corte la delegación que defendió el reclamo provincial. Foto: Flavio Raina</p><p>El mandatario asumió que, en cualquier caso, "no nos van a dar toda la plata junta, porque no la tiene el Estado Nacional. Pero puede haber un acuerdo por bienes, terrenos muy grandes y muy lindos que la Nación tiene en territorio santafesino, edificios como el del Correo, solamente por poner un ejemplo. Tendrían que estar de acuerdo en transferirlos y ver cómo hacemos. No habría problemas en recibir bienes, terrenos con mucho valor para la provincia para espacios públicos o un desarrollo público-privado", completó.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/vg27yRrkudtmSKZXYxmWnSKfN4c=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2025/07/pullaro_anses.webp" class="type:primaryImage" /></figure>El gobierno santafesino rechazó una primera oferta nacional, formulada este martes en una nueva audiencia ante la Corte, para buscar una salida acordada al reclamo por los fondos correspondientes al déficit previsional. El gobernador insistió en que aceptaría bienes como parte de pago, pero que no cederá en cuanto al monto de la acreencia.]]>
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                                <category term="provinciales" label="Provinciales" />
                <updated>2025-07-15T18:40:04+00:00</updated>
                <published>2025-07-15T18:39:48+00:00</published>
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            El PJ provincial criticó a Rosatti y Lorenzetti por el fallo Vialidad
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        <link rel="alternate" href="https://www.sur24.com.ar/noticias/el-pj-provincial-critico-a-rosatti-y-lorenzetti-por-el-fallo-vialidad" type="text/html" title="El PJ provincial criticó a Rosatti y Lorenzetti por el fallo Vialidad" />
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        <author>
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                <![CDATA[Emerio Agretti]]>
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        </author>
        
                                <content type="html" xml:base="https://www.sur24.com.ar/noticias/el-pj-provincial-critico-a-rosatti-y-lorenzetti-por-el-fallo-vialidad">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/aRHtRzHprZDDqv6y_ntw6ka9NgU=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2025/06/pj_santa_fe.webp" class="type:primaryImage" /></figure><p>La dirigencia provincial del Partido Justicialista dejó de lado las diferencias y coincidió en repudiar "enérgicamente" la condena a Cristina Fernández de Kirchner, y sumarse a las acusaciones de "proscripción". Y, al mismo tiempo, fustigó a los jueces de la Corte Ricardo Lorenzetti y especialmente Horacio Rosatti, por el hecho de haber sido intendente de Santa Fe por el peronismo e incluso integrante del Consejo Ejecutivo.</p><p>Luego de una extensa reunión, en la que coincidieron numerosos referentes de distintas líneas internas (tanto las explícitamente alineadas con el kirchnerismo como aquellas que guardan alguna distancia), se acordó el texto del comunicado oficial del Consejo Ejecutivo Provincial. Allí consignan que "desde el Partido Justicialista Distrito Santa Fe repudiamos enérgicamente la condena a Cristina Fernández de Kirchner en una causa sin pruebas, ya juzgada, que sólo busca disciplinar políticamente a quien representa los intereses mayoritarios del pueblo argentino.</p><p>Coincidió en repudiar "enérgicamente" la condena a Cristina Fernández de Kirchner. Crédito: Reuters.</p><p>"Nadie está exento. Ni un presidente comunal, ni una legisladora o legislador de nuestra provincia están a salvo de ser perseguidos por el sólo hecho de representar intereses contrarios al poder económico y político que hoy gobierna. Lo que le sucede a Cristina Fernández de Kirchner puede pasarle a cualquiera que se anime a defender al pueblo. Nos preocupa y atemoriza la postura que manifestó públicamente el gobernador Pullaro, que lejos de defender la institucionalidad, deja en claro que está dispuesto a replicar estas prácticas en nuestra provincia", añadieron.</p><p>Para los justicialistas santafesinos, el fallo en la causa Vialidad, que consistió en rechazar los recursos de queja presentados contra la condena dictada en primera instancia y ratificada por la Cámara de Casación, "es un ataque directo a la democracia, impulsado por el poder real y los sectores mas antipopulares que ahora recurren a un Poder Judicial cooptado y funcional a esos intereses".</p><p>"La celeridad inusual con la que se dictó esta sentencia -en contraste con el letargo con que se tratan las causas vinculadas al poder económico- confirma que la Justicia no actúa de manera imparcial, sino que es selectiva y direccionada. No es casual: dos de los tres jueces que integran esta Corte Suprema aceptaron ser designados por decreto, en violación al procedimiento constitucional", argumenta el documento, en consonancia con los lineamientos planteados por el partido a nivel nacional.</p><p>"Esto no es sólo por Cristina. Esto es por el pueblo". Crédito: Reuters.</p><p>Pero el punto en el que el posicionamiento del justicialismo provincial adquiere tintes propios, es donde rechaza el rol de "los jueces santafesinos Horacio Rosatti y Ricardo Lorenzetti, protagonistas centrales de esta maniobra judicial. En particular, señalamos a Rosatti, quien fuera intendente de la ciudad de Santa Fe por nuestro partido y quien ocupó este mismo Consejo Ejecutivo. Hoy traiciona no sólo los principios del justicialismo sino también a la ciudadanía que alguna vez dijo representar".</p><p>En su tramo final, el documento advierte que "las necesidades del pueblo no se resuelven con fallos inconstitucionales ni con persecución judicial. Por eso, desde Santa Fe no sólo adherimos a la convocatoria nacional del PJ, sino que también impulsamos la conformación de una Mesa de Acción junto a partidos aliados, organizaciones sociales y todos los sectores comprometidos con la democracia. Esto no es sólo por Cristina. Esto es por el pueblo. Unidad, movilización y acción".</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/aRHtRzHprZDDqv6y_ntw6ka9NgU=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2025/06/pj_santa_fe.webp" class="type:primaryImage" /></figure>Pusieron de resalto el origen justicialista de los magistrados y, sobre todo, la trayectoria partidaria del actual presidente de la Corte. También apuntaron al gobernador, y convocaron a conformar una "mesa de acción".]]>
                </summary>
                                <category term="provinciales" label="Provinciales" />
                <updated>2025-06-12T15:56:55+00:00</updated>
                <published>2025-06-12T15:56:45+00:00</published>
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            En un comunicado, el PJ nacional habló de &quot;proscripción&quot; y &quot;cepo al voto popular&quot;
        </title>
        <link rel="alternate" href="https://www.sur24.com.ar/noticias/en-un-comunicado-el-pj-nacional-hablo-de-proscripcion-y-cepo-al-voto-popular" type="text/html" title="En un comunicado, el PJ nacional habló de &quot;proscripción&quot; y &quot;cepo al voto popular&quot;" />
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                <![CDATA[Redacción Sur24]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/VpYQRO4XyQhnPFJ_enke9xKNIM8=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2025/06/pj_cristina.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure><p>El Partido Justicialista defendió a la ex presidenta y actual titular del partido, Cristina Kirchner, frente a la condena ratificada por la Corte Suprema a 6 años de prisión por la Causa Vialidad, y advirtió que se trata de un “acto político antidemocrático”.</p><p>A través de un comunicado, el PJ manifestó que es “un hecho de gravedad institucional”.</p><p>El comunicado del Partido Justicialista.</p><p>“Reviste un nivel inédito de gravedad institucional. No estamos frente a un fallo judicial, sino frente a un acto político de carácter antidemocrático. La democracia que hemos sabido construir en estos cuarenta años está sostenida en el firme principio del derecho ciudadano a ejercer libremente la soberanía popular”, expresó el partido.</p><p>A su vez, la fuerza sostuvo que se trata de “ponerle cepo al voto popular”, en los mismos términos que se expresó este martes la expresidente tras conocerse la ratificación de la condena.</p><p>El PJ llamó a sus militantes a “pelear” por “dejar atrás la Argentina de la proscripción”. Reuters / Tomas Cuesta.</p><p>“Va contra los preceptos sobre los que fundamos nuestro país y nuestra Constitución”, expuso y añadió que es un hecho que “daña profundamente la credibilidad de las instituciones argentinas” y que “debe despertar” el repudio del resto de los partidos políticos.</p><p>Al respecto, agregó. “Nuestro partido conoce de proscripciones, detenciones ilegales, fusilamientos, bombardeos y desaparecidos. No será la primera vez que el poder económico de la Argentina intente resolver de manera ilegal, irregular y anticonstitucionalista su problema principal: el peronismo”.</p><p>Desde el partido indicaron que el peronismo se plantea ante los argentinos como “una alternativa a su modelo excluyente y fracasado”.</p><p>Por último, el PJ llamó a todos sus militantes a “pelear” por “dejar atrás la Argentina de la proscripción”, al afirmar: “Convocamos a quienes creen que hay una alternativa a este modelo económico y a todos los argentinos y argentinas que creen que en el derecho de nuestro pueblo a elegir sus representantes”.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/VpYQRO4XyQhnPFJ_enke9xKNIM8=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2025/06/pj_cristina.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure>El Partido Justicialista repudió la condena a la expresidenta. Calificó el fallo de la Corte como “acto político antidemocrático” que daña las instituciones.]]>
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                                <category term="nacionales" label="Nacionales" />
                <updated>2025-06-11T20:09:46+00:00</updated>
                <published>2025-06-11T20:09:05+00:00</published>
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            Cristina Fernández irá a prisión: la Corte Suprema dejó firme la condena
        </title>
        <link rel="alternate" href="https://www.sur24.com.ar/noticias/cristina-fernandez-ira-a-prision-la-corte-suprema-dejo-firme-la-condena" type="text/html" title="Cristina Fernández irá a prisión: la Corte Suprema dejó firme la condena" />
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        <author>
            <name>
                <![CDATA[Redacción Sur24]]>
            </name>
        </author>
        
                                <content type="html" xml:base="https://www.sur24.com.ar/noticias/cristina-fernandez-ira-a-prision-la-corte-suprema-dejo-firme-la-condena">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/l_Hc3Jn6o5AmL1uageUEoBRnNuI=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2025/06/cristina.webp" class="type:primaryImage" /></figure><p>Horacio Rosatti, Ricardo Lorenzetti y Carlos Rosenkrantz firmaron la condena de Cristina Fernández de Kirchner a 6 años de cárcel y la inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos.</p><p>Los jueces de la Corte Suprema de Justicia de la Nación resolvieron rechazar el recurso de queja interpuesto por la defensa de la expresidenta sobre la sentencia del Tribunal Oral Federal 2 y ratificada luego por la Cámara Federal de Casación Penal.</p>Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti.<p>La decisión de los cortesanos contra la expresidenta de la Argentina fue tomada este martes 10 de junio de 2025. Los hechos juzgados refieren al desvío de fondos en 51 procesos de licitación pública para la construcción de obras viales sobre rutas nacionales y provinciales en la provincia de Santa Cruz, entre los años 2003 y 2015.</p><p>Por ser mayor de 70 años (tiene 72), Cristina Kirchner podrá gozar del beneficio de la prisión domiciliaria. Se especula que lo haga en su departamento de San Cristóbal, adonde se mudó tras su paso por Recoleta.</p>Argumentos<p>Según el fallo, "las sentencias dictadas por los tribunales anteriores se asentaron en la profusa prueba producida", y se remarcó que Cristina Kirchner "relegó la ventaja económica para la administración pública por la ventaja económica para intereses particulares". La condena incluye también al empresario Lázaro Báez, al ex secretario de Obras Públicas José López y otros ex funcionarios.</p><p>En diciembre de 2022, el Tribunal Oral Federal 2 había sentenciado a Fernández de Kirchner por administración fraudulenta y ordenado el decomiso de $84.835 millones, al considerar probado un esquema que favoreció a las empresas de Báez durante los gobiernos kirchneristas.</p>Militantes se manifiestan en las calles porteñas en respaldo a la expresidenta Cristina Fernández de Kirchner. Foto: REUTERS / Tomas Cuesta.<p>La defensa de la ex presidenta planteó numerosos cuestionamientos sobre la imparcialidad del tribunal y la valoración de las pruebas, pero la Corte concluyó que esos planteos no lograron demostrar arbitrariedad ni violaciones a garantías constitucionales.</p><p>En sus fundamentos, la Corte rechazó los argumentos sobre supuesta parcialidad de los jueces y consideró que las críticas de la defensa fueron una "reedición" de argumentos ya descartados por instancias inferiores. "No resulta una refutación suficiente sostener un criterio interpretativo distinto", señalaron los ministros.</p>  <p>  Fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación que deja firme la condena a Cristina Fernández de Kirchner </p>]]>
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                                                <summary type="html">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/l_Hc3Jn6o5AmL1uageUEoBRnNuI=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2025/06/cristina.webp" class="type:primaryImage" /></figure>Los jueces Horacio Rosatti, Ricardo Lorenzeti y Carlos Rosenkrantz rechazaron el recurso de queja y, de esta forma, ratificaron la condena a seis años de prisión e inhabilitación para ejercer cargos públicos contra la expresidenta.]]>
                </summary>
                                <category term="nacionales" label="Nacionales" />
                <updated>2026-03-18T16:15:30+00:00</updated>
                <published>2025-06-10T20:32:56+00:00</published>
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        <title>
            Corte Suprema: el Senado busca una composición más representativa del país
        </title>
        <link rel="alternate" href="https://www.sur24.com.ar/noticias/corte-suprema-el-senado-busca-una-composicion-mas-representativa-del-pais" type="text/html" title="Corte Suprema: el Senado busca una composición más representativa del país" />
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        <author>
            <name>
                <![CDATA[Emerio Agretti]]>
            </name>
        </author>
        
                                <content type="html" xml:base="https://www.sur24.com.ar/noticias/corte-suprema-el-senado-busca-una-composicion-mas-representativa-del-pais">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/ZXaFdj8aUxQk1cvIQAk1oF0GQ7Q=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2025/05/corte_suprema.webp" class="type:primaryImage" /></figure><p>A casi dos meses de haber rechazado los pliegos de Ariel Lijo y Manuel García-Mansilla, el Senado convocó a una reunión plenaria entre las comisiones de Asuntos Constitucionales, y de Justicia y Asuntos Penales para dar comienzo al debate respecto a ampliar el número de jueces de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, garantizar una mayor presencia de mujeres y "federalizar" la composición del Tribunal.</p><p>Será este miércoles 28 a las 13, y el debate contempla ocho proyectos, presentados por la neuquina Lucila Crexell; la cordobesa Alejandra Vigo (Unidad Federal); el catamarqueño Flavio Fama (UCR); la rionegrina Mónica Silva; Silvia Sapag y Nora del Valle Giménez de Unión por la Patria; y el salteño Juan Carlos Romero (Cambio Federal). Tal como informó El Litoral, éste último fue el texto más reciente impulsado desde las usinas oficiales, después de la caída de ficha limpia el pasado 7 de mayo.</p><p>Las propuestas van en la dirección de llevar el número de ministros de la Corte Suprema de cinco miembros -aunque actualmente funciona con tres- a siete, nueve o quince. También, con distintas modalidades, la mayor parte de las iniciativas apunta a garantizar la presencia de mujeres en el alto tribunal; cosa que no se produjo a lo largo de los 163 años de historia del Alto Tribunal, período en que el que tuvo 113 miembros, y solo tres fueron mujeres. Finalmente, se plantea que la elección de los ministros responda a un criterio de representatividad regional.</p>Qué dice cada proyecto<p>En cuanto a las iniciativas en discusión, el proyecto de Romero consta de un solo artículo que establece que "la Corte Suprema de Justicia de la Nación estará compuesta por siete (7) jueces, de los cuales no más de cinco (5) de sus integrantes serán del mismo sexo". Es decir que al menos debe haber dos mujeres.</p><p>El bloque de Unión por la Patria -que con 34 senadores ostenta la primera minoría, y una fuerza preponderante para impulsar o bloquear cualquier iniciativa - cuenta con tres proyectos propios: dos de la neuquina Silvia Sapag y otro de Nora del Valle Giménez.</p><p>Sapag tiene, por un lado, un texto integral que propone una Corte de 15 integrantes, en la que no puede haber más de 8 del mismo género. A su vez, divide al país en cinco zonas geográficas (Patagonia, Centro, NEA, NOA y Cuyo) y plantea que haya tres integrantes por cada región.</p><p>En forma paralela, promueve otro proyecto, centrado exclusivamente en la cuestión de género. El texto exige que cualquiera sea la cantidad de miembros de la Corte, debe "estar integrada por mujeres en una proporción mínima del 40 %". Como cláusula transitoria, establece que, hasta que se llegue a ese guarismo, "la totalidad de las vacantes que se produzcan deben ser cubiertas por mujeres".</p><p>En tanto, el proyecto Nora del Valle Giménez mantiene en 5 la cantidad de jueces, pero estipula que deben ser "no menos de dos mujeres".</p><p>La presidenta de la comisión de Asuntos Constitucionales, la cordobesa del bloque federal Alejandra Vigo, también tiene un proyecto, que cuenta además con la firma de la santacruceña Natalia Gadano, el santiagueño de UxP Gerardo Montenegro, y el ex libertario Francisco Paoltroni. También mantienen la Corte con 5 jueces pero proponen "un mínimo de 30% de mujeres", tanto para el máximo tribunal como para cada tribunal federal colegiado.</p><p>En sus fundamentos el proyecto recuerda que "el ex presidente Néstor Kirchner fue el único mandatario en nuestro país que postuló dos mujeres como las juezas Elena Highton y Carmen Argibay. Ambas generaron impactantes transformaciones de género en todo el país", como la Oficina de Violencia Doméstica y la de la Mujer.</p><p>La rionegrina Mónica Silva, que responde al gobernador Alberto Weretilneck eleva a 9 el número de miembros, dispone que no debe haber más de 5 miembros del mismo género -con lo cual al menos 4 deberían ser mujeres- y plantea una selección "federal". Para ello divide el país en cinco regiones (CABA, Buenos Aires, Norte, Centro y Sur) y estipula que no pueda haber más de dos magistrados por cualquiera de ellas.</p><p>La neuquina Lucila Crexell tiene un proyecto que fija una Corte "compuesta por 9 jueces que acrediten imparcialidad partidaria o sectorial. En su composición no podrá haber menos de un tercio de jueces del género femenino, debiendo respetarse la representatividad regional del país".</p><p>Por último, el radical Flavio Fama tiene un texto propio junto a otros compañeros del bloque UCR, como Carolina Losada, que declara la paridad de genero para el Máximo Tribunal.</p>La Corte de 3<p>Desde el año pasado, el máximo tribunal de justicia funciona con su presidente Horacio Rosatti; el vicepresidente Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti. En diciembre, Juan Carlos Maqueda dejó la Corte tras cumplir 75 años, y el presidente Javier Milei nombró a García-Mansilla en comisión, pero el rechazo del Senado obligó la renuncia del catedrático.</p><p>De todos modos, la Corte Suprema de Justicia funciona con cuatro integrantes desde octubre del 2021 tras la salida de Elena Highton de Nolasco, quien también cumplió los 75 años, pero nunca tuvo reemplazante.</p><p>El número total de ministros llegó a ser de nueve desde 1989, cuando Carlos Menem impulsó el añadido de cuatro jueces a los cinco existentes. Con la renuncia de dos de ellos por efecto de la polémica suscitada, estuvo entonces en condiciones de nombrar a seis ministros (que llegaron a ser diez, con el correr de los años), y generar lo que durante todo su mandato se llamó la "mayoría automática", hasta la puesta en marcha de un proceso de juicio político que la desarticuló en 2004.</p><p>En 2006 se volvió a fijar en cinco el número de miembros, con la reducción paulatina de los siete ministros en ejercicio en ese momento (las dos últimas vacantes no habían sido cubiertas), hasta llegar a la cantidad estipulada y que rige hasta hoy.</p><p>Conforme ya se llevó a la práctica en otros períodos en que la Corte funcionó con integración menguada, para que se dicte un fallo es necesario que haya tres votos coincidentes; número que opera de esa manera sobre la base de que garantizaría la mayoría aún cuando estuviesen cubiertos los dos cargos vacantes. Pero si uno de los jueces no está de acuerdo, esa condición no se cumpliría. Entonces se debe convocar a un conjuez, sorteado entre todos los presidentes de las Cámaras Federales del país.</p><p>Precisamente, a finales del año pasado, a pocos días de que se jubilase Juan Carlos Maqueda (y el Tribunal funcionaba todavía con cuatro miembros), la Corte firmó una acordada para establecer un nuevo mecanismo, que permita acelerar el sorteo de conjueces y así aventar el riesgo de la paralización de expedientes por falta de mayorías.</p><p>Esa medida se dictó con la pretensión de evitar el bloqueo de causas y garantizar el acceso a la justicia en tiempo y forma. Pero además, se estableció que un mismo conjuez será designado para resolver casos análogos, asegurando coherencia en los fallos y evitando la atomización de la jurisprudencia que podría derivar en variaciones constantes en las sentencias de la Corte Suprema debido a la rotación de integrantes eventuales.</p><p>La paradoja es que aquella decisión se tomó por tres votos contra uno, con el concurso de Maqueda (que hoy ya no está) y la disidencia de uno de los tres actuales ministros en ejercicio, Ricardo Lorenzetti.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/ZXaFdj8aUxQk1cvIQAk1oF0GQ7Q=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2025/05/corte_suprema.webp" class="type:primaryImage" /></figure>De los ocho proyectos en debate, algunos llevan el número de ministros a siete, nueve o quince. Otros lo mantienen en cinco, pero todos propician una mayor representatividad de género. También, garantizar una composición "federal", en base a regiones.]]>
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                <updated>2025-05-27T11:30:29+00:00</updated>
                <published>2025-05-27T11:27:48+00:00</published>
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