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    <title>Sur24</title>
    <subtitle>Todo el sur, todo el día, todos los días.</subtitle>
    <updated>2026-06-19T15:20:54+00:00</updated>
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            Caso Adorni: la prueba de la coherencia
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                <![CDATA[Redacción Sur24]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/FBdH0Ztnd9W-qPTEvNyOgEfgzjE=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2026/06/bullrich_y_adorni.webp" class="type:primaryImage" /></figure><p>Por Ricardo Roccaro</p><p>Las declaraciones formuladas por el jefe de Gabinete, Manuel Adorni, respecto de su declaración jurada patrimonial y el reconocimiento de haber mantenido durante años parte de sus ahorros fuera de los circuitos formales volvieron a colocar en el centro del debate una cuestión que trasciende largamente a un funcionario y a una administración determinada.</p><p>Lo que se encuentra en discusión no es únicamente el origen de un patrimonio ni la consistencia de una declaración jurada, sino una cuestión más profunda: la relación entre las convicciones ideológicas, la ética pública y la calidad institucional.</p><p>La controversia adquiere una relevancia especial por la jerarquía del cargo involucrado. El jefe de Gabinete de Ministros no es un funcionario más. La reforma constitucional de 1994 le otorgó, a través del artículo 100 de la Constitución Nacional, la responsabilidad de ejercer la administración general del país.</p><p>Se trata de uno de los cargos de mayor importancia del esquema institucional argentino y, por lo tanto, de uno de los principales depositarios de la confianza pública aunque no haya sido elegido por el pueblo.</p><p>Precisamente por ello, los estándares de transparencia que recaen sobre quien ocupa esa función son necesariamente más exigentes. En las democracias republicanas, la autoridad política no se sostiene solamente sobre la legitimidad electoral, sino también sobre la capacidad de quienes gobiernan de demostrar, sin ambigüedades, la regularidad y trazabilidad de su patrimonio.</p><p>Las explicaciones brindadas por el hasta ahora jefe de Gabinete, acerca del origen de sus bienes y del mantenimiento de ahorros no declarados, generaron una intensa discusión pública. Pero también pusieron bajo la lupa ciertas contradicciones señaladas entre algunas de sus declaraciones periodísticas y las respuestas ofrecidas posteriormente durante su exposición ante la Cámara de Diputados.</p><p>Esas diferencias, más allá de las interpretaciones que puedan suscitar, forman parte de aquellos aspectos que la sociedad y los organismos de control observan cuando se trata de evaluar la transparencia de quienes ejercen responsabilidades públicas. Sin embargo, el caso no puede analizarse de manera aislada del contexto político en el que se desarrolla.</p><p>Desde su llegada al poder, el oficialismo construyó buena parte de su legitimidad sobre la promesa de impulsar una transformación cultural y moral de la política argentina.</p><p>La reivindicación de la austeridad, la transparencia y la recuperación de determinados valores republicanos fue presentada por el actual presidente y por sus principales colaboradores como uno de los pilares fundamentales del cambio propuesto.</p><p>En numerosas oportunidades, dirigentes del actual oficialismo sostuvieron que la Argentina necesitaba recuperar la moral como política de Estado, argumentando que la decadencia económica y social del país no podía separarse de un prolongado deterioro ético e institucional.</p><p>En ese contexto, las controversias vinculadas con las declaraciones patrimoniales de uno de los principales funcionarios del Gobierno inevitablemente adquieren una dimensión superior. Porque cuanto más elevada es la exigencia moral que un espacio político plantea hacia el sistema y hacia sus adversarios, mayor es también la expectativa social respecto del comportamiento de sus propios dirigentes.</p><p>La situación adquiere una complejidad adicional cuando se consideran algunas definiciones históricas del propio presidente. Mucho antes de llegar al poder sostenía, desde una visión filosófica vinculada al liberalismo más radical, que quien evade impuestos frente a una presión fiscal considerada confiscatoria podía ser visto como un "héroe".</p><p>La frase fue objeto de intensos debates. Sus partidarios la interpretaron como una crítica al tamaño del Estado y a la carga tributaria; sus detractores, en cambio, entendieron que podía transmitir señales ambiguas respecto del cumplimiento de las obligaciones fiscales.</p><p>Pero las ideas y las discusiones filosóficas adquieren otra dimensión cuando se pasa del terreno teórico al ejercicio concreto del poder. Gobernar implica administrar recursos públicos y actuar dentro del marco de las normas vigentes. En ese sentido, la responsabilidad institucional exige estándares que trascienden las preferencias ideológicas de quienes circunstancialmente ejercen el gobierno.</p><p>Otro dato significativo es que los pedidos de claridad y transparencia no provinieron exclusivamente de la oposición. Dirigentes pertenecientes al mismo universo político que acompaña al Gobierno, entre ellos, la senadora Patricia Bullrich y el ex presidente Mauricio Macri, plantearon la necesidad de despejar cualquier duda y de ofrecer explicaciones exhaustivas.</p><p>Lejos de interpretarse necesariamente como una fractura política, esas posiciones pueden ser entendidas como una señal de que la rendición de cuentas debería constituir una exigencia transversal y no una bandera reservada únicamente para las disputas partidarias.</p><p>Por supuesto, el debate público tampoco debe transformarse en una condena anticipada. El respeto por las garantías constitucionales y por los procedimientos administrativos y judiciales constituye uno de los pilares fundamentales del Estado de derecho. La transparencia no implica sustituir a los organismos competentes ni reemplazar las pruebas por las presunciones.</p><p>Pero tampoco puede ignorarse que la confianza pública se construye sobre la coherencia entre las palabras y los hechos. Las contradicciones no necesariamente constituyen irregularidades, pero suelen afectar uno de los activos más valiosos de cualquier gobierno: su credibilidad.</p><p>La Argentina arrastra una larga historia de crisis económicas, inflación e informalidad estructural. Durante décadas, millones de ciudadanos desarrollaron mecanismos de supervivencia condicionados por la desconfianza hacia el Estado y por las distorsiones acumuladas del sistema económico.</p><p>Esa realidad explica muchas conductas que terminaron naturalizándose con el paso del tiempo. Sin embargo, aquello que puede resultar relativamente frecuente en la esfera privada adquiere una dimensión distinta cuando involucra a quienes tienen la responsabilidad de administrar el Estado.</p><p>Porque la función pública exige algo más que capacidad técnica o respaldo electoral. Exige ejemplaridad. Y cuanto mayor es la responsabilidad institucional, mayor es también el deber de rendir cuentas. Las democracias no se debilitan porque existan investigaciones, cuestionamientos o controversias.</p><p>Por el contrario, esos mecanismos forman parte de la normalidad republicana. Lo verdaderamente preocupante aparece cuando las exigencias éticas dejan de ser universales y pasan a depender de la identidad política de quien debe ofrecer las explicaciones.</p><p>La historia argentina muestra que ninguna fuerza política ha estado exenta de esa tentación. La doble vara, aplicada alternativamente por oficialismos y oposiciones, ha sido una de las causas que más contribuyeron al deterioro de la confianza ciudadana en sus dirigentes.</p><p>Las instituciones no se fortalecen cuando se exigen explicaciones a los adversarios. Se fortalecen cuando esas mismas exigencias alcanzan a quienes representan nuestras propias ideas y nuestras propias expectativas.</p><p>Al final, la prueba de la coherencia no la enfrenta solamente un funcionario, ni siquiera un gobierno, la enfrenta la sociedad en su conjunto. La decadencia de una república no comienza cuando aparecen las contradicciones; comienza cuando los ciudadanos dejan de exigir que quienes ejercen el poder vivan de acuerdo con los mismos principios que proclaman.</p><p>Por lo tanto, las preguntas más importantes que deja este episodio quizás no sean ¿qué hará el gobierno? o ¿qué resolverán los organismos de control? Sino... ¿qué clase de ciudadanía queremos tener?</p><p>¿Una sociedad que adapta sus principios a sus preferencias políticas partidarias, o una comunidad dispuesta a defender las mismas reglas y los mismos valores, incluso cuando resultan incómodos para aquellos en quienes eligió confiar?</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/FBdH0Ztnd9W-qPTEvNyOgEfgzjE=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2026/06/bullrich_y_adorni.webp" class="type:primaryImage" /></figure>Las revelaciones sobre el patrimonio de jefe de Gabinete ponen en jaque la promesa oficialista de transparencia y la coherencia entre ideales y prácticas de gobierno.]]>
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                                                <category term="opinion" label="Opinión" />
                                <updated>2026-06-19T15:20:54+00:00</updated>
                <published>2026-06-19T15:14:40+00:00</published>
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            Autonomía y municipios: ley 14436, observaciones e interrogantes
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        <link rel="alternate" href="https://www.sur24.com.ar/noticias/autonomia-y-municipios-ley-14436-observaciones-e-interrogantes" type="text/html" title="Autonomía y municipios: ley 14436, observaciones e interrogantes" />
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                <![CDATA[Redacción Sur24]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/I2XqCDTjv0QQ-YC8ZiKQQQC49Bs=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2026/06/convencion_reformadora.webp" class="type:primaryImage" /></figure><p>Por Luis de Mattia</p><p>La provincia de Santa Fe, es conocida, llegó a la reciente Reforma de su Constitución (aprobada el 10 de septiembre de 2025), en circunstancias de un contraste muy particular que va desde el sostenimiento de un régimen limitado por la Constitución de 1962 y el mandato del artículo 123 de la Constitución Nacional vigente desde 1994.</p><p>Con base en las nuevas cláusulas constitucionales, en los artículos 154/159 y la cláusula transitoria veinticinco (todas de la CP) inspiran al legislador provincial a la sanción de la nueva Ley Orgánica de Municipios aprobada el día 15 de abril de 2026, que transforma a las 365 localidades santafesinas en Municipios.</p><p>Así, dichos entes adquieren un nuevo status iuris reafirmatorio de la Autonomía Municipal, la cual constituye un elemento performativo del sistema destinado a operar en el espacio territorial del municipio confiriendo un grado de independencia explícito cuyos contenidos delimitan un bloque normativo que le otorga validez y seguridad jurídica sustentada en la Constitución, las leyes y reglamentos provinciales con soporte en el expreso y jerárquico reconocimiento de la Constitución Federal.</p><p>En efecto, las prescripciones del artículo 123 de la Constitución Nacional disponen que cada provincia debe dictar su Constitución con arreglo al artículo 5 (CN), asegurando la Autonomía Municipal y su alcance, y estableciendo ese contenido en el orden que se detalla:</p><p>1) Institucional. Que los municipios puedan dictar su Carta Orgánica o Constitutiva a través de una Convención convocada a ese fin.</p><p>2) Político. Que las autoridades locales sean electas por los ciudadanos y sustentado en el régimen republicano y democrático de gobierno;</p><p>3) Administrativo. Que se consagre la potestad de ejercer la función administrativa mediante la gestión y organización de servicios y de la obra pública, y la titularidad del "poder de policía" municipal, entre otras facultades, en salvaguarda de las competencias materiales dirigidas a la realización de los intereses colectivos.</p><p>4) Económico. Que se generen recursos para al gasto público municipal y facultando la proyección de erogaciones a la satisfacción de necesidades públicas.</p><p>5) Financiero. Que se vincule con la posibilidad de establecer un sistema rentístico mediante tributos locales destinados a solventar el gasto público municipal.</p><p>En el renovado escenario la Constitución local declara Municipio constituido a todo núcleo de población organizado con vida propia y la potestad de autogobernarse de acuerdo al ordenamiento jurídico, reconociendo una centralidad en la base de la organización territorial y democrática, y garantizando a dichos entes la respectiva autonomía institucional, política, administrativa, económica y financiera (artículo 154), y ahora sí, en sintonía con el artículo 123 de la Constitución Nacional.</p><p>Así declarados, se estipula que la organización de los municipios y la determinación de los alcances y contenidos de esa autonomía municipal se establecen por el ordenamiento jurídico sobre la base de un gobierno municipal democrático, representativo y republicano (artículo 155, inciso1).</p><p>En ese orden se autoriza a los municipios con más de 10.000 habitantes a dictar sus Cartas Orgánicas, y se prescribe que sus gobiernos se conformaran institucionalmente por un intendente, un Concejo Municipal y un órgano de control externo, correspondiendo su sanción a una Convención Municipal convocada por ordenanza dictada por el Concejo Municipal, y para su reforma (las CO) se debe legislar un procedimiento, órganos y mayorías agravadas(artículo 155, inciso 2).</p><p>Supletoriamente, para los municipios que no posean cartas orgánicas, ellos serán organizados sobre la base de un gobierno local elegido en forma directa por el pueblo y que garantice "el cumplimiento de la función ejecutiva y la función legislativa, elegidos de la misma manera, por el mismo plazo y con representación proporcional y órganos o sistemas de control" (artículo 155, inciso 3).</p><p>Finalmente, se dispone por la citada cláusula transitoria 25 la sanción por parte de la Legislatura de una nueva Ley Orgánica de Municipios de acuerdo con las nuevas disposiciones constitucionales, dentro del plazo de un año contado a partir de la entrada en vigencia de ese instrumento. Recientemente, la ley número 14436 recibió y amplió operativamente las cláusulas constitucionales del Título Único del Régimen Municipal, Regiones y Áreas Metropolitanas.</p><p>En cuanto a unas primeras observaciones e interrogantes, no obstante el artículo 154, inciso 2 (CP) y coincidentemente la ley 14436, ratificando la ausencia en los municipios de hasta 10.000 habitantes de dictar sus cartas orgánicas, lo cual podría cargar alguna lógica, y un debate y decisión circunstancial:</p><p>¿No implica ello un recorte al régimen autonómico instaurado por la reforma 2025 en el régimen de los municipios santafesinos? ¿Puede obviarse que tales categorías de municipios totalizan en la provincia unos 300 aproximadamente, o que Santa Fe vivió hasta la reforma una puja sostenida por el ascenso de Comunas a Municipalidades por diversas razones?</p><p>En términos de ponderación jurídica y política que conlleva la autonomía municipal y la jerarquización del municipio, puede asegurarse que la cuestión permanecerá pacífica sin descontar el debate que podría suscitar algún desfase en materia de coparticipación tributaria, entre otras?</p>II - Organización institucional de los Concejos<p>En cuanto a la organización institucional de los Concejos y las comisiones municipales en Santa Fe, surgen algunas observaciones. Con más atención por ahora que en la institución Intendente, los Concejos y Comisiones Municipales aparecen fortaleciendo con la reforma santafesina la adecuación al artículo 123 de la CN de 1994.</p><p>Asimismo, al serle conferido a los municipios con más de 10.000 habitantes la potestad de autonormarse dictando sus cartas orgánicas guardando la estructura institucional conformada por un intendente, un concejo deliberante y órgano de control externo, y darse una organización de la administración pública con deberes, atribuciones y competencias para un adecuado gobierno de los intereses locales (artículos 154/155)</p><p>En ese marco, los poderes Legislativo y Ejecutivo dictaron la ley 14436, que regula en el Capítulo I la organización institucional de los municipios las funciones ejecutivas y legislativas, diferenciando entre municipios de hasta 3.000 y de 3.000 a 10.000 habitantes a cargo de un intendente y este de la función ejecutiva, y una Comisión Municipal, encargada de la función legislativa e integrada por tres y cinco miembros, respectivamente.</p><p>Luego clasifica los demás municipios conforme a la mayor cantidad de habitantes reales que reúnan e instituye a cargo de intendentes responsables de las funciones ejecutivas y Concejos municipales responsables de las funciones legislativas.</p><p>A su vez, establece que dichos Concejos se integrarán de la siguiente manera: con cinco concejales cuando sumen entre 10.000 y 20.000 habitantes; con siete miembros entre 20.000 y 50.000 habitantes; nueve entre 50.000 y 80.000 habitantes; once entre 80.000 y 150.000 habitantes.</p><p>Por otra parte, aquellas localidades que reúnan más de 150.000 habitantes sumarán dos ediles cada 100.000 habitantes, en tanto las ciudades de Rosario y Santa Fe mantendrán la cantidad de concejales que tienen al momento de la entrada en vigencia de la presente ley (artículo 21).</p><p>&nbsp;</p><p>Concejo Municipal de Santa Fe.</p><p>Respecto a las comisiones municipales, se dispone que se integrarán con representantes elegidos por el voto directo de los vecinos de cada municipio, y para los supuestos sumen hasta 3.000 habitantes las listas de candidatos deberán postular tres titulares y tres suplentes; ingresando dos por mayoría y uno por el candidato de la lista que resulte segunda en la categoría de Intendente.</p><p>En el caso de los municipios de 3.000 hasta 10.000 habitantes serán postuladas listas de candidatos de cinco titulares y tres suplentes; ingresando tres miembros de la lista ganadora, y distribuyendo las dos bancas restantes por el sistema proporcional entre quienes hubieran sido candidatos de la lista en la categoría a Intendente que no resultaren ganadoras.</p><p>También y en todos los casos si alcanzaren el piso que establece la ley electoral, y que en ambas categorías los Vocales e Intendentes serán elegidos de manera conjunta, en un mismo acto (artículo 22).</p><p>En lo que atañe a la elección a los Concejos municipales, se prescribe que se integrarán con representantes elegidos por el voto directo de los vecinos de cada municipio mediante sistema de representación proporcional; y se estipula que las elecciones del órgano legislativo y la del Intendente serán conjuntamente y por el voto directo de los habitantes de cada municipio (artículo 23).</p><p>Se fija en la ley los mandatos de los concejales y los vocales en cuatro años y la posibilidad de ser reelectos por un período consecutivo, sin que puedan volver a ser reelectos sin el intervalo de un período más. Que los cuerpos legislativos se renuevan por entero al final del período de cuatro años, con excepción de los municipios con más de 20.000 habitantes que se renuevan cada dos años por mitades.</p><p>Seguidamente se establece el número impar de concejales, y en la primera constitución de un Concejo de más de 20.000 habitantes la duración de los mandatos se determina por sorteo efectuado por la autoridad electoral antes de la incorporación de los mismos. Que se debe procurar preservar la proporcionalidad de las representaciones políticas definida en la elección general (artículo 24).</p><p>El artículo 30 de la norma en lo relativo a las remuneraciones por las funciones legislativos o dietas, dispone que los miembros de los Concejos o Comisiones Municipales pueden percibir, durante el ejercicio de su mandato, una asignación funcional la cual es fijada por el propio Cuerpo mediante el voto favorable de los dos tercios (2/3) de la totalidad de sus integrantes.</p><p>Asimismo, prescribe que en las municipalidades de hasta 3.000 habitantes, la función de los vocales será ad honorem.</p>Aspectos de la ley 14436 a tener en cuenta<p>En este estadio se observa la colisión entre una norma legal y otra constitucional jerárquicamente superior y fundante, resultando un primer aspecto por la modificación legislativa involucrada al sustituirse los Concejos Municipales por Comisiones Municipales, casi en semejanza con la composición de la ex-ley 2439, sin respaldo constitucional.</p><p>Se suma a ello la reaparición de la cláusula de gobernabilidad o sistema de lista incompleta, derogada en la reciente reforma santafesina por el artículo 67, prescribiendo un sistema de representación proporcional pleno de los 50 diputados que integran la Cámara, y que la Constitución de 1962 asignaba al partido con mayoría de sufragios: 28 sobre 50 diputados. Por fin, la exclusión en estas categorías municipales del órgano de control, e igualmente sin justificación constitucional.</p><p>Como se advierte la ley 14436 (del 15 de abril de 2026) que rige la Organización Institucional presenta para los municipios con una cantidad de habitantes menor a 3.000 y a 10.000, un intendente a cargo de las funciones ejecutivas y una Comisión Municipal de tres o cinco miembros encargada de las legislativas, sustituyendo los Concejos Municipales, sin encontrarse legislada ese mandato en la nueva Constitución provincial.</p><p>Esta sustitución no es meramente semántica. Así la distribución de los cargos de los "vocales" fijados por la norma en la conformación de la Comisión Municipal en los municipios de hasta 3.000 habitantes, se eligen de listas de tres postulantes a vocales titulares y tres suplentes, resultando que los dos vocales electos por mayoría corresponderán a la lista política del elegido intendente</p><p>El tercero, un solo vocal, lo será al partido del candidato a intendente que obtuvo el segundo lugar, sin que importe el número de votos ni la proporcionalidad delas listas de candidatos en la contienda.</p><p>En tanto, en los municipios que tengan entre 3.000 y 10.000 habitantes, los "vocales" serán elegidos en listas de cinco vocales titulares y tres suplentes, ingresando en la Comisión Municipal tres miembros de la lista ganadora, y se distribuirán las dos bancas restantes por el sistema proporcionalmente los candidatos de las listas cuyos candidatos a Intendentes no resultaron ganadoras.</p><p>En ambos casos los intendentes son elegidos en el mismo acto que los Vocales. En una rápida valoración de las reglas electorales descriptas se percibe que en los municipios de 3.000 habitantes, al asignarse la mayoría legislativa a la lista de la Comisión Municipal cuyo intendente resultó electo, se desconoce la proporcionalidad que expresa eventualmente la voluntad popular.</p><p>Es decir que podría pretender un intendente por mayoría y vocales por mayoría pero de distintos signos políticos. En el siguiente caso de los municipios de 3.000 a 10.000 habitantes, si bien se respeta la proporcionalidad, el sistema propicia la repetición de la misma consecuencia respecto de las listas cuyos candidatos a intendentes no resultaron ganadores en la elección, pero sin respetar el eventual éxito de las respectivas listas de vocales.</p><p>En síntesis, como se dijo, es la vuelta al régimen que consagraba la Constitución de 1962 adjudicando una mayoría automática de Diputados al partido con mayor número de sufragios, repitiéndose por la ley 14.436 con características propias el abrogado régimen de lista incompleta o gobernabilidad.</p><p>El segundo aspecto que se percibe en ambas categorías analizadas precedentemente es la pérdida del Órgano de Control que garantice una administración municipal eficiente y transparente, y nuevamente, pese al artículo 155, inciso 2-a (CP) que lo dispone en la organización de los municipios, sin distinciones, y se infiere analógicamente para los municipios menores a 10.000 habitantes.</p><p>Solo por recordar, la derogada Ley de Comunas 2439 estatuía una "Comisión de Contralor de Cuentas" compuesta por vecinos durante todo el mandato de la Comisión Comunal. Se ha perdido.</p><p>El tercer aspecto percibido deriva de otra regla que recortaría la autonomía consagrada en la reciente reforma constitucional y que la ley 14436 en su artículo 30, in fine, fijando la gratuidad de las funciones legislativas que deben prestar los vocales miembros de las Comisiones Municipales de hasta 3.000 habitantes.</p><p>Dicha decisión no corresponde que sea impuesta por la norma. Es la Constitución, en su artículo 155, inciso 5, la que determina que es la ley y las CO quienes deben fijar las pautas y límites de las remuneraciones de los funcionarios locales, es decir, las libra a la resolución del Cuerpo.</p><p>Puede pensarse que esa disposición honra la tarea legislativa y la inversión de tiempo por el Vocal que resta al trabajo personal y lo más relevante es la escasa participación o el desinterés popular en la cosa pública que puede provocar en los ciudadanos. Esta disposición no ayuda.</p>Algunas conclusiones<p>Preliminarmente, por la ausencia de las cartas orgánicas y como se sostuvo, respaldada por la Constitución 2025 solo con una nueva reforma podría construirse un marco adecuado que torne posible una potestad inexistente, aunque, en principio, aparece lesiva al criterio de autonomía municipal.</p><p>Sí podría preverse eventualmente esa presencia legislativamente siendo que el cercenamiento de dicha autonomía podría reunir más razones que obstáculos, para reclamar su existencia ante los estrados judiciales por los 'municipios chicos'.</p><p>Según los aspectos que conforman la segunda observación realizada, y que provienen de la ley 14436, no existen impedimentos constitucionales para elaborar soluciones legislativas que eviten desigualdades y algún recorte más sobre la auspiciosa autonomía de los municipios instituida por el Gobierno Provincial.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/I2XqCDTjv0QQ-YC8ZiKQQQC49Bs=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2026/06/convencion_reformadora.webp" class="type:primaryImage" /></figure>La reciente reforma constitucional en Santa Fe otorga a los municipios un nuevo estatus jurídico, reforzando su autonomía institucional y política.]]>
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                                                <category term="opinion" label="Opinión" />
                                <updated>2026-06-18T15:45:45+00:00</updated>
                <published>2026-06-18T15:24:21+00:00</published>
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            Pullaro encabezó acto de promesa de lealtad a la Constitución Nacional
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        <link rel="alternate" href="https://www.sur24.com.ar/noticias/pullaro-encabezo-acto-de-promesa-de-lealtad-a-la-constitucion-nacional" type="text/html" title="Pullaro encabezó acto de promesa de lealtad a la Constitución Nacional" />
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                <![CDATA[Redacción Sur24]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/X1P4YY4x19Dz54UZ1vnc0Uc26KI=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2026/05/pullaro_promesa_lealtad.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure><p>El gobernador Maximiliano Pullaro encabezó este martes el acto de promesa de lealtad a la Constitución Nacional, del que participaron unos 250 estudiantes de tercer año de escuelas secundarias de la ciudad de Santa Fe.&nbsp;</p><p>La tercera edición de esta ceremonia en la provincia tuvo lugar en el Museo de la Constitución Nacional, en cumplimiento de la Ley Nacional 27.505, sancionada en 2019, que establece que los alumnos de tercer año de los establecimientos educativos de todo el país realicen este compromiso cívico como parte de su formación ciudadana.</p>Pullaro junto a los alumnos.&nbsp;Organización social<p>Pullaro dijo a los estudiantes presentes que “lo que están haciendo hoy, a partir de la promesa de lealtad, es que vuelva a nacer la Constitución, porque no vive en libros o mármoles escritos, sino que la encontramos en la forma cotidiana que tenemos de organizarnos y relacionarnos la vida común quienes vivimos en sociedad”.</p><p>“Jurar la Constitución de la Nación Argentina no es rendirle lealtad u obediencia al poder sin preguntar, ni es hacerle caso al gobierno de turno: es vivir y comportarnos en una sociedad organizada haciendo valer sus derechos”, remarcando que la Constitución “consagra un sistema de derechos y responsabilidades como a estudiar y aprender, vivir en paz cumpliendo las normas establecidas por ley para que la sociedad pueda vivir en paz y equilibrio que permite funcionar como sociedad”.</p><p>Por último, el mandatario reafirmó a la Provincia de Santa Fe como “invencible” porque “los ejércitos porteños vinieron aquí a querer imponernos un modelo de gobierno pero el Brigadier Estanislao López resistió y venció”, y aseguró que “desde allí se comenzó a establecer una idea de nación siendo la Constitucional Nacional un piso que nos da derecho a poder crecer cada día”.&nbsp;</p><p>Del acto participaron el intendente de Santa Fe, Juan Pablo Poletti; el ministro de Educación, José Goity; el senador por el departamento La Capital, Julio “Paco” Garibaldi; la rectora de la Universidad Nacional del Litoral, Laura Tarabella; la presidenta de la Asociación Museo y Parque de la Constitución Nacional, Mariela Uberti; autoridades provinciales, municipales y concejales.</p><p>Los alumnos y alumnas que realizaron la promesa de lealtad a la Constitución Nacional pertenecen a la Escuela Secundaria Nº 3098 Juan Marcos; la Escuela Industrial Superior y Escuela Secundaria de la UNL; la Escuela de Educación Técnico Profesional Nº 647 Dr. Pedro Lucas Funes; la Escuela Secundaria Orientada N.º 161 José Hernández; y la Escuela Constituyentes.</p>Construir identidad colectiva<p>El ministro de Educación, José Goity, aseguró que jurar lealtad a la Constitución Nacional “nos provee de identidad y nos define en lo que somos”, al tiempo que afirmó que “el futuro y el progreso pleno se hacen de manera colectiva”. Para el funcionario provincial, conocer y acompañar la Constitución Nacional es “construir nuestra identidad como santafesinos y como nación, reivindicando las mejores tradiciones, nuestra historia y mirando al futuro como sociedad integral, con valores y principios, ordenada jurídicamente y legalmente”.&nbsp;</p><p>Por su parte, el intendente de Santa Fe, Juan Pablo Poletti, remarcó que la Constitución Nacional es “un acuerdo que nos une, nos organiza y nos marca un rumbo como país”, recordando que en la capital provincial “empezó a tomar forma la idea de una Argentina con reglas claras, con derechos y obligaciones compartidas”. Y en ese sentido, subrayó que la jura de lealtad es “una invitación a ser ciudadanos activos que deben involucrarse y prepararse para ser mejor a nuestra ciudad”.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/X1P4YY4x19Dz54UZ1vnc0Uc26KI=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2026/05/pullaro_promesa_lealtad.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure>De la actividad participaron unos 250 estudiantes de tercer año de escuelas secundarias de la ciudad de Santa Fe.]]>
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                                <updated>2026-05-05T16:08:31+00:00</updated>
                <published>2026-05-05T16:08:20+00:00</published>
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            Moción de censura, ¿una figura que puede complicar a Francos?
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        <link rel="alternate" href="https://www.sur24.com.ar/noticias/mocion-de-censura-una-figura-que-puede-complicar-a-francos" type="text/html" title="Moción de censura, ¿una figura que puede complicar a Francos?" />
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                <![CDATA[Emerio Agretti]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/YZ7wWUU9MzAl72DCu-PgujvV6DM=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2025/09/francos_en_diputados.webp" class="type:primaryImage" /></figure><p>Diputados de distintos bloques de la oposición tienen decidido avanzar la próxima semana con la interpelación y eventual moción de censura contra el jefe de Gabinete Guillermo Francos, que en caso de prosperar tendría como consecuencia el apartamiento del funcionario de su cargo.</p><p>El motivo es no aplicar la ley de emergencia en discapacidad, cuyo veto fue rechazado por el Congreso, y que el Poder Ejecutivo terminó promulgando, pero subordinando su implementación a que los legisladores especifiquen de dónde saldrá el financiamiento para los aumentos que prevé.</p><p>La oposición planea convocar a una sesión para la semana que viene en la que incluirá un emplazamiento a la comisión de Asuntos Constitucionales, conducida por el libertario Nicolás Mayoraz, para obligarla a dictaminar la interpelación. Con ese dictamen luego podrá aprobar en el recinto la citación al jefe de Gabinete.</p><p>El proyecto de interpelación fue presentado por diputados del bloque Encuentro Federal, a la vez que hizo lo propio el grupo de ex integrantes de La Libertad Avanza ahora nucleado en el interbloque Coherencia y Desarrollo.</p><p>"Junto con diputados de nuestro bloque pedimos la interpelación y moción de censura al Jefe de Gabinete por incumplir la Ley 27.793 de Emergencia en Discapacidad, dictar decretos nulos e inconstitucionales y no reasignar las partidas conforme a la ley promulgada, en el contexto de gobernar sin presupuesto", aseguró el diputado nacional Oscar Agost Carreño, miembro del bloque Encuentro Federal en su cuenta de X.</p><p>La propuesta sostiene: "El presente proyecto se motiva en la genuina inquietud de garantizar la vigencia del orden democrático. La contundente afirmación en modo alguno resulta una exageración ya que el Poder Ejecutivo ha desoído las leyes sancionadas recientemente por el Congreso".</p><p>Además, el bloque insiste en que "el Presidente de la Nación ha utilizado la herramienta constitucional del veto sistemáticamente contra leyes claves como la Ley de Financiamiento Universitario, la Ley de Emergencia Pediátrica, entre otras y la que aquí nos ocupa, la Ley de Emergencia en Discapacidad".</p><p>Las presentaciones incluyen en la fundamentación irregularidades, como "decretos considerados inconstitucionales", "gobernar sin presupuesto aprobado", "reasignaciones arbitrarias de partidas" y "acusaciones públicas contra periodistas y legisladores que constituirían violencia política".</p>Los motivos<p>Los legisladores sostienen que las acciones de Francos violan principios fundamentales de la Constitución Nacional. En particular, critican el Decreto 681/2025, que condicionó la aplicación de la Ley 27.793 a explicaciones presupuestarias del Congreso, calificándolo de "inédito" y carente de sustento legal. Citando fallos de la Corte Suprema y la doctrina de Germán Bidart Campos, argumentan que el Ejecutivo no puede suspender o condicionar una ley promulgada tras la insistencia legislativa.</p><p>Asimismo, denuncian que el manejo discrecional del presupuesto, como la prórroga del ejercicio 2023 y la reasignación de fondos sin debate, contraviene la exclusividad del Congreso en esta materia, según lo establecido por la Corte en casos como Video Club Dreams (1991).</p><p>Francos defendió su gestión y rechazó las acusaciones. Además, confirmó que irá al Congreso si la oposición decide interpelarlo. Crédito: Archivo El Litoral.</p><p>Uno de los puntos más controvertidos del proyecto es la acusación de Francos contra periodistas y legisladores por la filtración de audios que implicarían actos de corrupción. Las declaraciones del funcionario, que incluso aludieron a "potencias extranjeras", no solo fueron desmentidas por la Justicia, sino que también generaron roces diplomáticos que requirieron intervención de la Cancillería. El bloque Coherencia considera que estas acusaciones violan la libertad de expresión (art. 14 de la Constitución) y la inmunidad parlamentaria (art. 68), además de constituir una forma de censura indirecta, según la Corte Interamericana de Derechos Humanos.</p><p>Los supuestos agravios de Francos hacia las diputadas Lourdes Arrieta y Marcela Pagano son otro eje del proyecto. Las expresiones del jefe de Gabinete, que incluyen descalificaciones personales y políticas, son señaladas como una forma de violencia de género que vulnera la Ley 26.485 y los estándares de respeto institucional de la Constitución. Los legisladores destacan que estas actitudes agravan la crisis de convivencia democrática.</p><p>El bloque Coherencia subraya que la moción de censura, prevista en el artículo 101 de la Constitución, es el "mecanismo de control político más eficaz" para garantizar la responsabilidad del jefe de Gabinete, según el constitucionalista Néstor Sagüés.</p>De qué se trata<p>De acuerdo con información del sitio web de la Cámara de Diputados, la moción de censura está prevista en el artículo 101 de la Constitución Nacional, incorporado en la reforma de 1994. Se trata de un procedimiento por cual el Poder Legislativo puede exigir la responsabilidad política al Poder Ejecutivo.</p><p>A diferencia del juicio político, no requiere demostrar la comisión de un delito ni un mal desempeño comprobado, sino que responde a una decisión política del Poder Legislativo frente al Ejecutivo.</p><p>La primera etapa del proceso es la aprobación del pedido de interpelación, que obliga al funcionario a presentarse ante el Congreso para responder preguntas y defender su gestión.</p><p>La no aplicación de la ley de emergencia en discapacidad, a pesar de que fue publicada luego del rechazo del veto, es el principal motivo por el que quieren convocar al Jefe de Gabinete. Crédito: Archivo El Litoral.</p><p>Luego, si se somete a votación y la moción de censura obtiene la mayoría absoluta del total de los miembros de ambas Cámaras, el Jefe de Gabinete queda removido del cargo. Sin embargo, la Constitución permite que el presidente lo designe nuevamente. El proceso no implica una responsabilidad judicial, sino exclusivamente política.</p>Qué dice Francos<p>Francos defendió su gestión y rechazó las acusaciones. Además, confirmó que irá al Congreso si la oposición decide interpelarlo.</p><p>"Toda ley que autorice o disponga gastos deberá prever en forma expresa el financiamiento de los mismos, en caso contrario quedará suspendida su ejecución hasta tanto se incluyan las partidas correspondientes en el presupuesto nacional", dijo el jefe de Gabinete en Radio Mitre. Y agregó: "El Congreso no hizo eso. Esto es una discusión de interpretación y competencias".</p><p>En cuanto a las consecuencias políticas de una eventual interpelación, Francos manifestó: "Todavía estos proyectos tienen que ser tratados en las comisiones, ir al pleno de la Cámara, tienen que ser aprobados por las mayorías que manda la ley. Y después, obviamente, pueden hasta si quieren censurarme, destituirme o hacer una moción de censura sin destituirme".</p><p>También remarcó la falta de antecedentes: "No sé si alguno fue censurado. Yo creo que no hay antecedentes de eso. Entonces, me tocará debutar en este tema y lo haremos".</p>Remoción y renombramiento<p>Según el constitucionalista Félix Lonigro, hay tres formas de remover a un jefe de Gabinete. Una está a cargo del Presidente (decreto de remoción); y las otras dos están a cargo del Congreso: 1) Juicio Político (Arts. 53, 59 y 60 Constitución Nacional); 2) Moción de Censura (Art. 101 Constitución Nacional).</p><p>"Jamás el Congreso destituyó a un jefe de Gabinete. Ahora se está intentando hacerlo a través de la Moción de Censura, y se dice que, si así fuera, el presidente podría volver a elegirlo. Un delirio. Veamos. Si la destitución fuera por juicio político, el Senado podría destituirlo e inhabilitarlo para ocupar cargos públicos. En este caso se evitaría que pueda ser nuevamente designado", argumentó el jurista.</p><p>Y añadió que "es cierto que el Art. 101, para la moción de censura, no prevé la inhabilitación, pero debe ser aplicada, esa posibilidad, por analogía con el juicio político. No puede ser de otra manera, porque no tendría absolutamente ningún sentido que el Congreso pudiera remover por Moción de Censura y que al día siguiente el removido sea repuesto en el cargo por el primer mandatario".</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/YZ7wWUU9MzAl72DCu-PgujvV6DM=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2025/09/francos_en_diputados.webp" class="type:primaryImage" /></figure>Se trata de uno de los procedimientos de remoción dispuestos por la Constitución Nacional, junto con el juicio político o un decreto presidencial. Cómo funciona el mecanismo, cuáles son los motivos y qué responde el jefe de Gabinete.]]>
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                <published>2025-09-28T17:05:42+00:00</published>
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            Universidades paradas y severa advertencia de los rectores
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        <link rel="alternate" href="https://www.sur24.com.ar/noticias/el-cin-advierte-sobre-la-grave-crisis-que-atraviesan-las-universidades" type="text/html" title="Universidades paradas y severa advertencia de los rectores" />
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                <![CDATA[Redacción Sur24]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/sfUqktq_1BCABjPb0njKB3FegEM=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2025/03/protesta_universitaria.webp" class="type:primaryImage" /></figure><p>El Comité Ejecutivo del Consejo Interuniversitario Nacional (CIN) expresa su "profunda preocupación por la grave crisis presupuestaria que atraviesan las universidades nacionales, a raíz de la falta de actualización de los gastos necesarios para su funcionamiento".</p><p>En 2025, los recursos destinados a las universidades "apenas alcanzan para cubrir un 50% de lo necesario, lo que agrava aún más la situación", sostiene el mayor organismo que nuclea esas casas de estudio argentinas, en un comunicado de prensa difundido días atrás.</p><p>En este contexto, el CIN reclama de manera urgente la recomposición salarial de docentes y no docentes, la reconstrucción del sistema de investigación, ciencia y tecnología, la reinversión en infraestructura universitaria y la actualización del sistema de becas para los estudiantes.</p><p>Durante la reunión celebrada el pasado 12 de marzo, en la que participaron rectoras y rectores de universidades públicas de todo el país, primó una creciente inquietud por el incumplimiento de los principios y regulaciones establecidos en la Constitución Nacional y las leyes que la reglamentan.</p><p>En ese encuentro, se subrayó que tanto la administración nacional como el sistema universitario público argentino no cuentan con un presupuesto asignado para el ejercicio de 2025. "Esto significa que el Poder Ejecutivo Nacional puede disponer discrecionalmente, sin ningún tipo de control, de los fondos que surgen del pago de los impuestos que realiza cada argentina y cada argentino.</p><p>De esta forma, el país no cuenta con una hoja de ruta que garantice el funcionamiento económico y financiero de las instituciones del país.", considera el CIN.</p>&nbsp;Afectación en todos los ámbitos<p>Ante este escenario, las universidades nacionales enfrentan una "grave situación de desfinanciamiento que afecta a todos los ámbitos de su actividad". Según lo informado por el CIN, los problemas planteados en febrero de 2024 persisten, e incluso, en varios aspectos, se han agravado.</p><p>En primer lugar, "las paritarias salariales no están funcionando, y los incrementos salariales otorgados por decreto no logran recuperar el poder adquisitivo de los trabajadores, con aumentos que siguen por debajo de la inflación".</p><p>Además, "las becas estudiantiles están congeladas desde agosto de 2024 y los montos asignados están muy por debajo de las necesidades mínimas de los estudiantes", indica.</p>&nbsp;Drástica reducción en ciencia<p>Otro de los puntos críticos señalados es el sistema de investigación, ciencia y tecnología, que se encuentra mayoritariamente en las universidades nacionales, y que "es víctima de una drástica reducción de recursos que parece tener por objetivo abortar el desarrollo científico y tecnológico autónomo de nuestra Nación".</p><p>"Obras de ampliación, mejora y mantenimiento de la infraestructura universitaria están totalmente paralizadas, dejándolas libradas a los posibilidades económicas de cada institución", añade el organismo en el parte de prensa.</p>&nbsp;Búsqueda de soluciones<p>El CIN insta, asimismo, a la búsqueda "urgente" de soluciones en conjunto con el gobierno nacional, destacando la necesidad de generar alternativas que resuelvan los problemas planteados.</p><p>En este sentido, el Consejo hace un llamado a las comunidades universitarias de todo el país a "seguir defendiendo la democracia, la educación pública y el sistema universitario", e insta a reforzar el diálogo con las comunidades para poner en valor los aportes de la educación, la investigación, la ciencia y la tecnología al desarrollo nacional.</p><p>"Es inconcebible e imperdonable no invertir en educación como país", afirma el CIN, enfatizando que en un mundo donde el conocimiento es clave para el futuro, la unidad nacional y el diálogo deben prevalecer por encima de la provocación y el conflicto, para construir un país independiente y solidario.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/sfUqktq_1BCABjPb0njKB3FegEM=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2025/03/protesta_universitaria.webp" class="type:primaryImage" /></figure>El organismo emitió un comunicado donde alerta que los recursos destinados al funcionamiento de las casas de altos estudios apenas alcanzan a un 50 % para el 2025. Este 17 y 18 de marzo hay paro por 48 horas.]]>
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                                <updated>2026-03-18T16:15:30+00:00</updated>
                <published>2025-03-17T18:16:38+00:00</published>
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            Siguen las reacciones por la designación de Lijo y García-Mansilla en la Corte
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                <![CDATA[Redacción Sur24]]>
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                                <content type="html" xml:base="https://www.sur24.com.ar/noticias/siguen-las-reacciones-por-la-designacion-de-lijo-y-garcia-mansilla-en-la-corte">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/hy1Cf8BlCIbK6j5701qrh2_hNSU=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2024/03/ariel_lijo_y_manuel_garcia_mansilla.webp" class="type:primaryImage" /></figure><p>El presidente argentino, Javier Milei, ha designado por decreto a Ariel Lijo y Manuel García-Mansilla como nuevos jueces de la Corte Suprema de Justicia, una medida que ha generado controversia y debates sobre su constitucionalidad.</p><p>La Constitución Nacional establece en su artículo 99, inciso 4, que el nombramiento de jueces de la Corte Suprema requiere el acuerdo del Senado por dos tercios de sus miembros presentes. Sin embargo, el inciso 19 del mismo artículo permite al presidente realizar nombramientos en comisión durante el receso del Congreso, hasta el fin del siguiente período legislativo. Milei ha invocado esta última disposición para justificar su decisión, argumentando la necesidad de completar las vacantes en el máximo tribunal, que actualmente opera con solo tres de sus cinco miembros.</p><p>No obstante, expertos constitucionalistas y diversos sectores políticos cuestionan la validez de esta acción. El exjuez de la Corte Suprema, Eugenio Zaffaroni, calificó el decreto de Milei como "inconstitucional" y advirtió sobre posibles denuncias penales contra los involucrados. Además, señaló que las decisiones que tomen Lijo y García-Mansilla podrían ser declaradas nulas por no contar con el acuerdo del Senado, tal como lo exige la Constitución.</p><p>Ante las críticas, el gobierno defendió la necesidad de garantizar el pleno funcionamiento de la Corte Suprema. Una fuente de la presidencia, que prefirió no ser identificada, señaló que "durante el plazo de funcionamiento en comisión, el Gobierno continuará insistiendo para que el Senado apruebe los pliegos de ambos funcionarios".</p><p>La controversia se intensifica con la figura de Ariel Lijo, quien ha sido objeto de múltiples denuncias y es percibido por algunos sectores como alineado con los intereses del Ejecutivo. Por su parte, Manuel García-Mansilla, académico de derecho, es conocido por sus posturas conservadoras, lo que también ha suscitado cuestionamientos sobre su idoneidad para el cargo.</p><p>La situación actual plantea un escenario complejo en el que se entrelazan interpretaciones constitucionales, tensiones políticas y debates sobre la independencia judicial en Argentina.</p>&nbsp;Ola de críticas<p>La diputada nacional Margarita Stolbizer expresó su rechazo en la red social X (antes Twitter), calificando la acción como un "Decretazo a la impunidad". En su mensaje, afirmó: "Poner jueces de la Corte por decreto siempre está mal, pero hacerlo con Lijo demuestra que la degradación de esta gente es total".</p><p>Desde el ámbito legislativo, el interbloque de senadores de Unión por la Patria expresó su categórico rechazo a las designaciones, calificándolas de "una maniobra que viola de manera tajante lo dispuesto por la Constitución Nacional y la normativa vigente". En un comunicado, afirmaron que "sin acuerdo, no habrá juez de la Corte".</p><p>El senador Martín Lousteau también manifestó su oposición, señalando: "Una vez más, Milei muestra el desprecio que tiene por la Constitución y su devoción por la mentira como método".</p><p>Desde el Frente de Izquierda, el diputado Nicolás del Caño consideró que la designación por decreto es "otra muestra del autoritarismo del gobierno de Milei que quiere seguir gobernando por decreto y pretende tener una Corte adicta que le garantice impunidad".</p><p>La exdiputada Myriam Bregman sugirió que el gobierno busca distraer con esta maniobra para desviar la atención del escándalo relacionado con la criptomoneda $LIBRA.</p><p>La líder de la Coalición Cívica, Elisa "Lilita" Carrió, calificó el nombramiento de Lijo como "un escándalo de corrupción de magnitud nacional e internacional".</p><p>El Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS) también se pronunció en contra, señalando que la medida es "inconstitucional y antidemocrática".</p><p>Ante las críticas, el ministro de Justicia, Mariano Cúneo Libarona, defendió la decisión presidencial, argumentando que la herramienta utilizada es constitucional y ha sido empleada por anteriores mandatarios.</p><p>La controversia en torno a estos nombramientos refleja las tensiones políticas y jurídicas actuales en Argentina, y plantea interrogantes sobre la independencia judicial y el respeto a los procedimientos constitucionales establecidos.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/hy1Cf8BlCIbK6j5701qrh2_hNSU=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2024/03/ariel_lijo_y_manuel_garcia_mansilla.webp" class="type:primaryImage" /></figure>El presidente Javier Milei designó por decreto a Ariel Lijo y Manuel García-Mansilla como nuevos jueces de la Corte Suprema, sin el acuerdo del Senado. Legisladores de distintos sectores denuncian la inconstitucionalidad de la medida y advierten sobre sus implicancias en la independencia judicial.]]>
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                                <updated>2025-02-27T16:33:29+00:00</updated>
                <published>2025-02-27T16:33:20+00:00</published>
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            Scaglia, presente en el aniversario de la Batalla de Caseros
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                <![CDATA[Redacción Sur24]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/9LFBc3IM4TVZQXDReXhBGmGNOeE=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2025/02/aniversario_caseros.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>La vicegobernadora de nuestra provincia, Gisela Scaglia, participó del acto por el 173° aniversario de la Batalla de Caseros, ceremonia realizada en la ciudad de Paraná, al pie del monumento al General Justo José de Urquiza, y que fue encabezada por los gobernadores de Entre Ríos, Rogelio Frigerio, y de Corrientes, Gustavo Valdés, y la intendenta de Paraná, Rosario Romero.</p><p>Al hacer uso de la palabra, la santafesina transmitió el saludo del gobernador Maximiliano Pullaro, y valoró la importancia de una Argentina federal. Remarcó "el esfuerzo que estamos haciendo para rescatar la importancia de un Argentina más federal, que mire más a las provincias y que entienda que el principio de la economía se da en la fortaleza que tienen nuestras provincias".</p><p>Durante su alocución, señaló que "no hay proceso nacional posible si no miramos a esta región Litoral como un espejo de lo que la Argentina debe ser: un pueblo de trabajo, de sacrificio y de lucha".</p><p>Enfatizó que "en este día tan importante para la historia argentina, celebro que reivindiquemos la patria desde estos lugares porque en nuestro territorio y en nuestras provincias forjamos la historia nacional. Sigamos trabajando para ponerle voz a nuestras provincias y devolverle a la Argentina lo grande que podemos ser", concluyó Scaglia.</p><p>En su rol de anfitrión, el mandatario entrerriano destacó la lucha que lideró Urquiza en 1852, cuando venció al ejército del poder central en los campos de Caseros y creó las condiciones para que la Argentina sancionara, un año más tarde, la primera Constitución Nacional.</p><p>"Cuando no había Ley ni Constitución, cuando solo reinaba el enfrentamiento, la violencia y el miedo, Urquiza plantó bandera. La gesta que lideró nos sigue convocando a defender esos dos pilares de la Nación que son el federalismo y la libertad", sostuvo Frigerio.</p><p>A su turno, el gobernador de Corrientes aseguró que "este es un nuevo abrazo que tenemos que darnos entre correntinos, entrerrianos y santafesinos, porque en el litoral nació la patria y tenemos que ser memoriosos de aquellas batallas que las ganamos y ganamos la batalla política".</p><p>"Todavía nos toca ganar la batalla económica, sabiendo que en las provincias argentinas es donde se produce, donde se trabaja y donde los provincianos le ponemos corazón para ser grande a nuestra querida patria Argentina".</p><p>El acto también contó con la presencia de legisladores nacionales y provinciales de Entre Ríos; ministros y autoridades de los gabinetes de Entre Ríos y de Corrientes; presidentes de comunas y juntas de gobierno; fuerzas de seguridad de la provincia anfitriona.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/9LFBc3IM4TVZQXDReXhBGmGNOeE=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2025/02/aniversario_caseros.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>Frigerio, Valdés y la vicegobernadora santafesina Gisela Scaglia encabezaron la ceremonia. "En nuestras provincias forjamos la historia nacional", sostuvo la galvense.]]>
                </summary>
                                                <category term="provinciales" label="Provinciales" />
                                <updated>2025-02-05T20:22:46+00:00</updated>
                <published>2025-02-05T20:22:40+00:00</published>
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            Roberto Saba: &quot;En la Argentina, funciona la Constitución y todas sus instituciones&quot;
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        <link rel="alternate" href="https://www.sur24.com.ar/noticias/roberto-saba-en-la-argentina-funciona-la-constitucion-y-todas-sus-instituciones" type="text/html" title="Roberto Saba: &quot;En la Argentina, funciona la Constitución y todas sus instituciones&quot;" />
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                <![CDATA[Mario Cáffaro]]>
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        </author>
        
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/52rd-WMNPUrr6AV_hS5tP-l-pho=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2024/04/congreso_de_la_nacion_argentina.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>Roberto Saba vino a Santa Fe para dictar clases en el posgrado de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de la UNL y dictó una conferencia sobre "Un constitucionalismo para tiempos de emergencia" en el marco del Ciclo de Diálogos Públicos en torno al constitucionalismo argentino a treinta años de la reforma de la Carta Magna. Además conversó con Sur24.</p><p>- La Constitución reformada está cumpliendo treinta años y se encuentra ante un desafío enorme que es ser regla de juego en un país donde el presidente de la Nación es minoría en ambas cámaras del Congreso y no tiene gobernadores de su propio espacio político</p>Saba entiende que al gobierno no le interesa el federalismo y el objetivo central es reducir el déficit. Crédito: Luis Cetraro.<p>- Esta Constitución y cualquier Constitución enfrenta un desafío fuerte cuando hay un gobierno con un apoyo popular mayor al normal y con cierta voluntad de esquivar los límites constitucionales. El problema -acá y en otros países- es un desafío para la democracia constitucional. No solo la Constitución sino que todas las instituciones que rodean a la democracia constitucional como el Poder Judicial, como el Congreso, en Argentina están funcionando. Incluso funcionan los partidos políticos, muy afectados, hay frustración y descreimiento, pero no desaparecieron. No tenemos el caso de El Salvador donde Bukele no tiene a nadie enfrente y puede sacar el 85% de los votos. Acá esto todavía no puede pasar porque hay un marco constitucional que está funcionando, no solo en su texto sino en esas instituciones. Es un desafío, nada asegura que sea siempre así. Las elecciones legislativas del año próximo van a ser un hito en ese proceso. Si el gobierno sacara, por ejemplo, un porcentaje muy alto para cubrir cargos legislativos, esto podría comenzar a cambiar. Hoy por hoy, las instituciones y la Constitución tienen la posibilidad de contener cualquier posible derrame o avance sobre esos límites.</p><p>- Más allá del diálogo entre poderes, hoy hay tensión entre poderes</p><p>- Hay tensión pero, por ejemplo, desde la justicia le están diciendo a un poder que quiere avanzar sobre el otro, momento. Cada semana, aparece una sentencia nueva sobre la constitucionalidad, por ejemplo, de algún aspecto de un decreto de Necesidad y Urgencia (DNU). Un Parlamento que todavía tiene mayorías para bloquear decisiones como pasó en el Senado con el DNU o para proponer este leyes que podrían avanzar en determinados temas. No está allanado el camino para quien quiera avanzar sobre esos límites, pero claro, eso genera tensiones. Tensiones entre el Poder Ejecutivo y el Legislativo. Creo que habrá mayores tensiones con el Poder Judicial porque cuando empiecen a llegar a la Corte Suprema de Justicia temas sobre el DNU ya no serán temas de un tribunal inferior sino que habrá que ver y observar qué posición toma la Corte.</p><p>- El gobierno lleva cuatro meses y no logró una sola ley del Congreso por falta de acuerdos</p><p>- Voy a decir algo obvio: nuestro sistema es un presidencialismo bastante fuerte pero no es omnímodo. Tener el Congreso en contra produce estas situaciones donde no podés tomar todas las decisiones que quieras. Las instituciones están funcionando, están obligado a la negociación, al consenso, ceder para poder acordar. Es cierto que el presidente tiene como política, y se ha construido una imagen, en no negociar. Días atrás el ministro de Economía (Luis Caputo) afirmó que negociar y acordar es parte de la vieja política que nos trajo hasta acá y que ellos vinieron a cambiar eso. Su forma de encarar los problemas es no negociar, pero en una democracia como la nuestra no se pueden tomar las decisiones sin negociar, salvo que lo hagas con DNU y está quedando en evidencia que es algo que tiene riesgos de ser rechazados por el Congreso.</p><p>- El otro tema que se ve desde el interior es que las provincias han sido ignoradas, se les han cortado recursos para funcionar y parte del ajuste pasa por los estados provinciales, a los que se les cortó obra pública, fondos para docentes, transportes, etc.</p><p>- Es claro que el gobierno tiene un objetivo principal que es donde está centrando todo su esfuerzo: la reducción del déficit y lo va a realizar como sea, si el federalismo es un obstáculo, pasará por arriba del federalismo. El objetivo es reducir el déficit y de ese objetivo depende su legitimidad, porque llegó al gobierno prometiendo que va a acabar con la inflación. No creo que el federalismo, sea preocupación del gobierno. El tema central es que cierren las cuentas. En un sistema constitucional como el nuestro, que está funcionando, va a traer conflictos entre las provincias y el gobierno federal y en última instancia se van a terminar dirimiendo en la Corte. La situación, por ahora, no llegó con fuerza al Poder Judicial pero va a tener gran protagonismo la Corte.</p>La designación en el Senado de los dos propuestos para la Corte necesitará de los dos tercios del Senado y Saba duda que se llegue a ese número en ambos candidatos del Poder Ejecutivo. Crédito: Luis Cetraro.<p>- Más allá de que el presidente de la Corte haya dicho que la política debe definir los temas</p><p>- (Horacio) Rosatti es consistente en ese punto. Lo ha dicho, incluso en fallos, que la Corte debe ser deferente al poder político, que el poder político tiene que llegar a acuerdos, pero a instancias en las que la Corte no va a poder no pronunciarse como, por ejemplo, la postura del gobierno nacional para con los fondos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Hay un punto donde si se plantea una demanda y la demanda está fundada, tendrá que tomar una decisión. Entiendo que la Corte esté parándose en el medio de este escenario político y dice, primero la política, pero si se dan conflictos entre gobierno nacional y gobierno provincial, conflictos entre derechos individuales y políticas del gobierno no le va a quedar mucho espacio para no intervenir. Vamos camino a que la Corte tenga un rol importante</p><p>- Un gobierno que anunció la postulación de dos ministros para la Corte.</p><p>- De acuerdo al decreto 222 del 2003 que regula el proceso de nominación del Ejecutivo en algún momento debería oficializar esa nominación y abrir un proceso de consulta pública para que la sociedad civil se pronuncie sobre él o los candidatos. Yo diría el candidato porque cubriría la vacante que dejó (Elena) Highton de Nolasco al retirarse y el otro es cuando se retire (Juan Carlos) Maqueda en diciembre. Hay un proceso formal que parecería que se va a habilitar pronto. El mismo decreto que el presidente invoca para iniciar ese proceso -el 222- dice expresamente que el presidente buscará un equilibrio de género, un equilibrio de expertises profesionales y un equilibrio de procedencia federal y que no lo respetó. Esto es claro. El decreto 222 no dice que tiene que designar un cupo de mujeres en la Corte, pero dice que observará el equilibrio de género. Tenés tres jueces varones, dos vacantes, una a cubrir y otra a cubrir a futuro y propones dos varones parece ser un mensaje. Parece decir "no estoy interesado en cumplir con este requerimiento" y es consistente con otras decisiones que ha tomado el gobierno vinculados a las cuestiones de género. Es parte también de su propuesta política que es una reacción a todo lo que se ha avanzado en ese tema.</p><p>- La designación de un ministro requiere una mayoría especial del Senado, cuerpo que tiene representación de mujeres y de las provincias.</p><p>- Sí, habrá que ver que pasa. Desgraciadamente muchas veces en los acuerdos políticos y partidarios, han producido u obligado a que algunos votos de mujeres comprometidas con los temas de género terminaron desplazados por la disciplina partidaria en algún acuerdo. Habrá que ver si el Presidente está buscando algún tipo de acuerdo en el Senado para lograr los dos tercios y si eso implicará o no, que que por ejemplo mujeres que han militado en el tema de género, desconozcan el mandato partidario. Los dos tercios es algo muy difícil de alcanzar, llevamos unos 16 años sin nombrar Defensor del Pueblo porque ningún gobierno llegó a ese porcentaje para poder lograrlo, llevamos siete años sin Procurador General por el mismo motivo y dos sin nombrar juez en la Corte.</p><p>- Al exigirse estas mayorías especiales ¿El problema es la Constitución o es la política?</p><p>- No creo que el problema sea la Constitución, al contrario en la Constitución lo que está buscando es que para que se elija al órgano que va a cumplir el rol de controlar a las mayorías, necesitas una mayoría superior a la simple. Si tengo una mayoría del 52% de apoyo, 52% de votos en el Congreso y en la Constitución te dijera que para elegir al juez de la Corte que va a controlar, necesitas una mayoría simple sería casi renunciar a ese control. Lo que hace la Constitución es ponerte una mayoría más alta que la que se requiere para ganar una elección de modo que tengas que hacer el esfuerzo de consensuar, con más representantes de otros partidos, de la oposición incluso para nombrar a quien va a ser el referí del partido. El punto es no poder elegir el referí con los votos de un solo equipo.</p><p>- La Constitución busca que no haya hegemonías</p><p>- Toda Constitución trata de lograr equilibrios, no hegemonías porque si tuvieras una Constitución que le concediera todo el poder a la mayoría que gana una elección, esa Constitución perdería sentido. Las constituciones son un límite a las mayorías democráticas. Cuando decimos que no se puede censurar a la libertad de prensa, se está diciendo que las mayorías democráticas por más personas que las compongan, no pueden censurar. Es un control al poder de las mayorías. Para aplicar ese límite está el Poder Judicial , para elegir a ese Poder Judicial necesito una mayoría mayor que la requerida para ganar una elección. No es un problema institucional, el modelo está bien, está justificado, recién en los últimos años la política no fue capaz de llegar a esos consensos. Hasta hace quince años no había problemas para designar jueces en la Corte. Cuando llegó Alfonsín al gobierno estaba la Corte de la dictadura que -justificadamente- se aparta entera, se compone una Corte nueva y se logran los dos tercios en el Senado donde el peronismo era mayoría. Se conocen a qué respondían cada uno de los ministros. Cuando Kirchner tiene que nombrar cuatro ministros de la Corte se llega a los dos tercios gracias al proceso del decreto 222 que lo hace transparente. Kirchner debió proponer candidatos a la Corte que fueran suficientemente aceptables para llegar a los dos tercios. Primero Zaffaroni que tenía mucho prestigio, luego a Highton, Argibay, Lorenzetti. El gobierno hizo esfuerzos para conquistar los dos tercios. La cosa se empieza a romper con la polarización con el segundo gobierno de Cristina Kirchner y propuso dos candidatos que no lograron dos tercios. Macri también tiene dificultades y sabiendo que no tenía los dos tercios avanzó con una designación por decreto pero, fue tanta la resistencia, que el proceso se reencauzó buscando los dos tercios en el Senado y finalmente las designación de Rosatti y Rosenkratz fueron constitucionales cuando Macri consiguió los dos tercios. El fracaso de la política tiene un momento bastante identificable, estos últimos seis o siete años. Esta propuesta del presidente de los dos candidatos parece que no ayuda para lograr los dos tercios, quizás lo logre pero no parecen ser candidatos que logren consensos, dividen mucho.</p><p>- Uno de ellos procede de Comodoro Py, un palacio de la justicia federal porteña que tiene una fuerte connotación social.</p><p>- Muchos antecedentes hacen desconfiar de nominaciones a la Corte de magistrados que provengan de ese fuero judicial. Más allá de los candidatos, no parece haber una intención del gobierno de buscar candidatos de consenso. Es difícil lograr consenso cuando hay un solo lugar porque es difícil negociar. Con dos, hay opciones de buscar consensos, no parece ser el camino. Parece que la presidencia nomina dos candidatos sin interés por el consenso. Es muy difícil pronosticar, veo difícil que se llegue a los dos tercios en Senado.</p>Perfil<p>Roberto Saba es abogado graduado en la Universidad de Buenos Aires (1990), Master en Derecho de Universidad de Yale (LLM 1995) y Doctor en Derecho en esta misma universidad (JSD 2011). Fue decano de la Facultad de Derecho de la Universidad de Palermo y, hoy dirige el Centro de Estudios de Posgrado de la Facultad. Fue co-fundador y director ejecutivo de la Asociación por los Derechos Civiles de Argentina (2001-2009) y director ejecutivo de la Fundación Poder Ciudadano, Capítulo Argentino de Transparency International (1995-1998). Además, es profesor de Derecho Constitucional y de Derechos Humanos de las Universidades de Buenos Aires y de Palermo desde el año 1997.</p><p>Diputados con rectores de universidades nacionales</p><p>Este miércoles, en el recinto de la Cámara de Diputados, la comisión de Educación y los presidentes de los bloques del cuerpo mantendrán una reunión con los rectores de las universidades nacionales con asiento en la provincia. Participarán los rectores de la UNL, Enrique Mammarella, y de la UNR, Franco Bartolacci; y los decanos de la UTN de Santa Fe, Eduardo Donnet, y de Rafaela, Oscar David. También estarán presentes el rector de la UN de Rafaela, Dr. Rubén Ascúa, y el director del Conicet Santa Fe, Carlos Piña.</p><p>El objetivo es que expongan la situación institucional y presupuestaria de las casas de estudios y luego realizar un intercambio con los legisladores provinciales.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/52rd-WMNPUrr6AV_hS5tP-l-pho=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2024/04/congreso_de_la_nacion_argentina.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>Considera lógica la tensión entre poderes. Admite que el gobierno arrasa con el federalismo para lograr el objetivo central que es eliminar el déficit fiscal. Dudas sobre los consensos para la designación de dos ministros en la Corte Suprema de Justicia.]]>
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                                                <category term="nacionales" label="Nacionales" />
                                <updated>2026-03-18T16:15:30+00:00</updated>
                <published>2024-04-02T11:15:17+00:00</published>
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        <title>
            Chile volvió a rechazar una nueva Constitución
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/yBTzilKPBZmx5RlQX-i2YtOuy1s=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2023/12/chile_plebiscito.webp" class="type:primaryImage" /></figure><p>El proyecto de nueva Constitución sometido a plebiscito este domingo en Chile era rechazado por la mayoría de los ciudadanos cuando el escrutinio oficial ya había computado los resultados de más de la mitad de las mesas.</p><p>El rechazo al texto reunía 55,16% de los votos válidos contra 44,84% de aprobación cuando se había cumplido el conteo de 54,20% de las 39.728 mesas totales, informó el Servicio Electoral (Servel) en su sitio web.</p><p>Los chilenos votaron para decidir si aprobaban o rechazaban un proyecto de nueva Constitución escrito en su mayoría por partidos de derecha para que reemplazara a la elaborada durante la dictadura de Augusto Pinochet (1973-90).</p><p>La tendencia fue reconocida sin demora por Javier Macaya, presidente de la Unión Demócrata Independiente (UDI), partido de orientación pinochetista y uno de los principales responsables de la redacción del proyecto consultado.</p>Los funcionarios electorales cuentan los votos, después del cierre de las urnas. Crédito: REUTERS / Pablo Sanhueza<p>El resultado del plebiscito "es una muestra de un cansancio constitucional que tiene el país, y la responsabilidad que tenemos como partido es ser consecuentes con la ciudadanía", dijo.</p><p>"Este tema queda cerrado; los chilenos están hastiados y lo que ha ocurrido hoy es la mejor demostración y el reflejo; nosotros damos por cerrado este tema", agregó Macaya.</p>Opiniones encontradas<p>El presidente Gabriel Boric, que impulsaba una iniciativa más progresista de carta magna que fue rechazado en otro plebiscito en 2022, dijo al votar que valoraba el carácter democrático de la consulta cualquiera fuera su resultado.</p><p>"Nuestro gobierno seguirá trabajando con las prioridades de la gente, independientemente de lo que suceda hoy", dijo el mandatario en su centro de votación en Santiago y agregó que la consulta "fortalece la democracia más allá del resultado".</p><p>Las mesas de votación cerraron a las 18 (misma hora en la Argentina) y comenzó entonces el conteo de los votos "a viva voz", como es tradición en el país, donde las autoridades de las mesas computan los sufragios uno a uno frente al público y los medios de comunicación.</p>El presidente de Chile, Gabriel Boric, emite su voto durante un referéndum sobre una nueva constitución chilena, en Punta Arenas, Chile.<p>Más de 15 millones de personas estuvieron habilitadas para sufragar en 3.000 centros de votación en Chile y otras 120.000 en el exterior.</p><p>Debido a la obligatoriedad de la votación, se percibieron largas filas en las comisarias para excusarse por estar a más de 200 kilómetros del lugar de sufragio.</p><p>Según datos de Carabineros, más de 300.000 personas realizaron la solicitud de manera online, de las cuales más de 200.000 fueron validadas en las comisarías de manera presencial.</p><p>El número de solicitudes fue más del doble comparado con el primer proceso constitucional, en el que fueron cerca de 103.000 las excusas registradas.</p><p>Otras figuras políticas se acercaron a votar en sus respectivas mesas, incluyendo los expresidentes Michelle Bachelet, Ricardo Lagos y Sebastián Piñera, así como el líder de ultraderecha José Antonio Kast.</p>Un hombre que está en contra de una nueva constitución muestra una camiseta con un lema después del cierre de las urnas. Crédito: REUTERS / Juan González<p>Bachelet, que se manifestó "en contra" del borrador de nueva Constitución, afirmó que prefería "algo malo que algo pésimo".</p><p>Lagos, que también es de centroizquierda y se opone al nuevo texto, dijo que esperaba "que se cierre la discusión constitucional con un resultado claro" y que Chile salga de la votación "más fuerte, más integrado".</p><p>El conservador Piñera, que está a favor, dijo al votar que Chile necesitaba "estabilidad y unidad". "Yo estoy seguro de que una de las dos opciones, y ustedes saben cuál es, cierra mejor el proceso y nos da mejores herramientas y oportunidades para empezar a derrotar a la delincuencia y la violencia que están desatadas en nuestro país", agregó.</p><p>Kast, líder del Partido Republicano, responsable de la mayor parte de la redacción del texto, dijo tras votar que esperaba que "sean muchas las personas que emitan su sufragio y que prime la paz, la cordura, la libertad y que gane el sentido común".</p>Texto polémico<p>Chile se rige por la Constitución de 1980, que tuvo una importante reforma en 2005 durante el gobierno de Lagos pero que fue el centro de los reclamos ciudadanos en el estallido social de octubre de 2019.</p><p>Eso derivó en un primer proceso constitucional, redactado en su mayoría por convencionales de izquierda e independientes, que finalmente fue rechazado por 61% de los chilenos en un plebiscito el 4 de septiembre de 2022.</p>En Santiago, agentes antidisturbios dispersaron a las personas que querían celebrar el rechazo a la nueva constitución chilena. Crédito: REUTERS / Ivan Alvarado<p>Aquella votación constituyó un gran revés para Boric, uno de los principales impulsores de la fallida reforma.</p><p>El presidente de izquierda, en el poder desde marzo de 2022, no expresó su intención de voto sobre el nuevo borrador de Constitución, lo que le valió críticas de la oposición.</p><p>La vocera del gobierno, Camila Vallejo, llamó a no "confundir" a la ciudadanía y rechazó que la elección sea una evaluación del gobierno, sino que se vota por aprobar o rechazar este nuevo texto constitucional.</p><p>El borrador de carta magna rechazado este domingo contenía 182 páginas, 17 capítulos, 216 artículos y 62 disposiciones transitorias que se redactaron en cinco meses de trabajo.</p><p>El texto no estuvo exento de polémica. Los sectores progresistas del país opinaron que significaba un "retroceso" en materia de derechos, principalmente por el riesgo que habría corrido la ley de aborto en tres causales, mientras la derecha lo definió como la "Constitución de la seguridad".</p><p>El borrador constitucional contemplaba un retiro del pago de contribuciones a la primera vivienda, la libertad de elección de salud y el derecho preferente de los padres a elegir la educación de sus hijos.</p><p>La libre elección en materia de salud habría podido dar rango constitucional a las prestaciones de salud privada de Chile, algo muy criticado por el oficialismo debido a los altos costos del sistema.</p><p>Además, el texto consultado proponía reducir la cantidad de diputados de 155 a 138 y establecer que los partidos políticos necesitaran superar un umbral de 5% de los votos para poder entrar en el Congreso.</p><p>El gobierno había anticipado que si la iniciativa sometida a referendo era rechazada, no apoyará un tercer intento de sancionar una nueva carta magna.</p><p>Con eso coincidió esta noche el presidente del Partido Comunista, Lautaro Carmona: "En este período político no hay ni una posibilidad de iniciar un tercer proceso constitucional", sostuvo.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/yBTzilKPBZmx5RlQX-i2YtOuy1s=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2023/12/chile_plebiscito.webp" class="type:primaryImage" /></figure>Se impuso la opción “En contra” y el país rechazó la segunda propuesta de reforma constitucional. De esta manera, se mantiene la actual Carta Magna y ya no habrá un tercer proceso constituyente bajo el gobierno de Gabriel Boric.]]>
                </summary>
                                                <category term="internacionales" label="Internacionales" />
                                <updated>2023-12-18T10:20:11+00:00</updated>
                <published>2023-12-18T10:20:04+00:00</published>
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        <title>
            Chile restableció la obligatoriedad del voto 
        </title>
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                <![CDATA[Redacción Sur24]]>
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<p>A 10 años de su derogación, el Congreso de Chile sancionó una ley que restablece la obligatoriedad del voto. La medida fue tomada luego de un progresivo aumento de la abstención bajo el imperio del voto voluntario, se informó oficialmente.</p>


<p>Mediante un comunicado, el organismo informó que la norma fue sancionada por la Cámara de Diputados con 124 votos a favor, seis en contra y tres abstenciones.</p>


<p>Finalmente, para que entre en vigencia solo resta que sea promulgada por el Poder Ejecutivo.</p>


<p>En virtud de la nueva ley, la inscripción en el padrón electoral será automática y el voto será obligatorio para los ciudadanos. Del mismo modo, fue en el referendo constitucional del 4 de septiembre pasado.</p>

<p>La reforma, que nació en la Cámara de Diputados, fue despachada a segundo trámite al Senado en junio de 2021.</p>


<p>En las últimas elecciones presidenciales, que se realizaron en noviembre de 2021 y ganó el mandatario Gabriel Boric, la participación en la primera vuelta fue de 47,33% del padrón y en la segunda creció a 55,64%.</p>


<p>En cambio, en el referendo constitucional de septiembre fue superior a 80%.</p>




<p>&nbsp;</p>
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                                <updated>2022-12-20T09:03:09+00:00</updated>
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            Chile: el Congreso firmó un acuerdo para redactar una nueva Constitución
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<p>El Congreso Chileno firmó un acuerdo para redactar una nueva Constitución, tres meses después de que la ciudadanía rechazó en un plebiscito una anterior propuesta de Carta Magna.</p>


<p>El proceso estará a cargo de un Consejo Constitucional de 50 miembros elegidos por voto popular que tendrán por único objeto discutir y aprobar una propuesta de texto de nueva Constitución y una Comisión Experta designada por el Congreso.</p>


<p>La Comisión Experta, que comenzaría a funcionar en enero del próximo año deberá presentar un anteproyecto al Consejo Constitucional, que será votado en abril de 2023, para instalarse el 21 de mayo y entregar el proyecto final el 21 de octubre del mismo año.</p>

<p>El 26 de noviembre o el 1 de diciembre se realizará un plebiscito de salida obligatorio en el que se decidirá si se ratifica o no el proyecto de Carta Magna, agrega el texto del acuerdo, alcanzado anoche después de más de tres meses de negociaciones.</p>


<p>El Consejo Constitucional deberá ser paritario y tendrá representación de los pueblos indígenas en escaños reservados que serán asignados en base a la cantidad de votos recibidos, dándole al Consejo un número mayor a los 50 consejeros antes mencionados.</p>


<p>Las fechas dependerán de la celeridad con que se apruebe dicho acuerdo en el Congreso, ya que necesita de una reforma constitucional con un quórum de cuatro séptimos para ser aprobada.</p>

<p>Este nuevo proceso nace después del plebiscito del 4 de septiembre pasado, en el que un 62% rechazó una anterior propuesta de nueva Constitución que buscaba reemplazar a la heredada de la dictadura de Augusto Pinochet.</p>



Bases constitucionales


<p>El proyecto deberá incluir 12 puntos que conformarán las “bases constitucionales”, a diferencia del anterior que inició desde cero.</p>


<p>Entre estos puntos destacan el reconocer a Chile como una “República democrática, cuya soberanía reside en el pueblo”, reconocer “a los pueblos indígenas”, reconocer los tres poderes del Estado: “Ejecutivo, Judicial y legislativo Bicameral”, entre otros.</p>




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                                <updated>2022-12-13T08:22:39+00:00</updated>
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