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    <title>Sur24</title>
    <subtitle>Todo el sur, todo el día, todos los días.</subtitle>
    <updated>2026-03-18T16:15:30+00:00</updated>
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            La Corte da por firmes dos condenas contra Guillermo Moreno y lo inhabilita de por vida
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                <![CDATA[Redacción Sur24]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/EK-AOLlTXz5CTi3S-ANdrJSJm1M=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2025/10/guillermo_moreno.webp" class="type:primaryImage" /></figure><p>La Corte Suprema de Justicia de la Nación dejó firmes dos condenas contra el exsecretario de Comercio Interior Guillermo Moreno, que implican penas de dos años y dos años y medio de prisión en suspenso e incluyen su inhabilitación absoluta para ejercer cargos públicos, al rechazar los recursos presentados por su defensa.</p>La asamblea de Papel Prensa: un episodio de amenazas y violencia<p>El primer caso, tramitado ante el Tribunal Oral Federal 8, se refiere a la asamblea de accionistas de Papel Prensa del 12 de agosto de 2010, en la que Moreno irrumpió con guantes de boxeo y un casco de sparring, profirió amenazas y forzó la suspensión de la votación.</p><p>Fue condenado por amenazas coactivas, fallo que fue confirmado en 2023 por la Sala I de la Cámara de Casación Penal y, ahora, por el máximo tribunal que lo declaró “inadmisible” en aplicación del artículo 280 del Código Procesal Civil y Comercial.</p><p>La segunda condena, dictada en 2017 por el Tribunal Oral Federal 7 y ratificada en 2019, se refiere al uso de fondos públicos para financiar cotillón con consignas hostiles contra el Grupo Clarín, como “Clarín miente” y otras frases impresas en artículos promocionales difundidos entre 2011 y 2013 desde la Secretaría de Comercio.</p><p>El delito acreditado fue peculado, en concurso real con incitación a la violencia colectiva.</p><p>Ambas sentencias estaban recurridas por la defensa del exfuncionario, pero los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti rechazaron los planteos, lo que dejó firmes las condenas y la inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos. También fueron condenados en la causa del cotillón Fabián Dragone y Guillermo Cosentino, exdirectivos del Mercado Central.</p><p>Moreno, figura clave del kirchnerismo en materia económica durante el mandato de Néstor Kirchner y el primer gobierno de Cristina Fernández de Kirchner, quedó así definitivamente fuera del ámbito público por sentencia judicial firme.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/EK-AOLlTXz5CTi3S-ANdrJSJm1M=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2025/10/guillermo_moreno.webp" class="type:primaryImage" /></figure>Ambas sentencias estaban recurridas por la defensa del exfuncionario peronista. También fueron condenados en la causa del cotillón Fabián Dragone y Guillermo Cosentino, exdirectivos del Mercado Central.]]>
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                                <category term="nacionales" label="Nacionales" />
                <updated>2026-03-18T16:15:30+00:00</updated>
                <published>2025-10-29T00:42:00+00:00</published>
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            Dos años y 5 meses de prisión efectiva por cometer tres robos en Rufino
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        <link rel="alternate" href="https://www.sur24.com.ar/noticias/dos-anos-y-5-meses-de-prision-efectiva-por-cometer-tres-robos-en-rufino" type="text/html" title="Dos años y 5 meses de prisión efectiva por cometer tres robos en Rufino" />
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                <![CDATA[Redacción Sur24]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/pxaK1FAHtdCqij8b__yPQaoCOSA=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2024/06/prision.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>Un hombre de 32 años, identificado como Franco David Burgos, fue condenado a dos años y cinco meses de prisión efectiva como autor de delitos contra la propiedad cometidos en Rufino.</p><p>La sentencia fue ordenada por la jueza Lorena Garini, en un juicio en el que se abreviaron los procedimientos que se desarrolló en los tribunales rufinenses. En función de que Burgos tenía antecedentes penales, la magistrada lo declaró reincidente. Además, ordenó el decomiso de una motocicleta que el condenado utilizó para trasladarse antes y después de concretar un hurto.</p><p>El fiscal Mauro Menéndez es quien realizó la investigación y representó al MPA en la audiencia en la que se resolvió el conflicto penal.</p>Los hechos<p>Menéndez indicó que “Burgos fue condenado por tres ilícitos cometidos en febrero de este año”, y precisó que “a principios de marzo fue detenido y transitó el proceso judicial en prisión preventiva”.</p><p>El fiscal afirmó que “en una oportunidad, el hombre de 32 años ingresó de madrugada a una verdulería y se apoderó ilegítimamente de una botella de whisky, una campera y 3.000 pesos en efectivo”. Al respecto, detalló que “para acceder al local comercial, rompió una puerta y forzó una reja”.</p><p>Por otro lado, puntualizó que “Burgos también sustrajo herramientas que estaban en una obra en construcción a la que llegó en bicicleta”. Especificó que “hurtó una amoladora, dos alargues, una masa, dos cortafierros, una cuchara de albañil, una tenaza, una pinza y clavos gancho”, y relató que “colocó los elementos ajenos en una lata que cargó en el canasto del birrodado y se fue del lugar”.</p><p>Asimismo, Menéndez sostuvo que “en otra ocasión, el condenado llevó a cabo su accionar delictivo en una casa”, y añadió que “entró por un ventiluz y se apropió de cinco bolsas de cemento”. En tal sentido, mencionó que “en el marco de ese ilícito, se trasladó en la moto que ahora le decomisaron”.</p>Responsabilidad penal<p>Burgos reconoció su responsabilidad penal como autor de robo, hurto y violación de domicilio. A su vez, junto con su abogado defensor, aceptó la calificación penal propuesta por la Fiscalía, la pena impuesta y la decisión de abreviar los procedimientos del juicio.Por su parte, las víctimas fueron informadas sobre lo resuelto y expresaron su conformidad.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/pxaK1FAHtdCqij8b__yPQaoCOSA=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2024/06/prision.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>Se trata de Franco David Burgos, de 32 años, quien además fue declarado reincidente.]]>
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                                <category term="policiales" label="Policiales" />
                <updated>2024-12-06T21:09:14+00:00</updated>
                <published>2024-12-06T21:09:07+00:00</published>
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            Prisión para al dueño de un pitbull que mató a una nena en Corrientes
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        <link rel="alternate" href="https://www.sur24.com.ar/noticias/prision-para-al-dueno-de-un-pitbull-que-mato-a-una-nena-en-corrientes" type="text/html" title="Prisión para al dueño de un pitbull que mató a una nena en Corrientes" />
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                <![CDATA[Redacción Sur24]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/8zIFgmQFo15QnpxUf1bOMF4SziI=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2023/01/pitbull.webp" class="type:primaryImage" /></figure><p>Un hombre fue sentenciado a 8 años de prisión porque su pitbull mató a una niña de 10 años. El trágico incidente ocurrió el 23 de septiembre de 2022 en el barrio Esperanza de Paso de los Libres, Corrientes. Fabián Rafael Ledesma, propietario del perro, intentó detener el ataque, pero lamentablemente no llegó a tiempo para salvar a la víctima.</p><p>Según informes de medios locales, se reveló que el pitbull había estado involucrado en al menos tres ataques previos, aunque ninguno había sido denunciado penalmente.</p><p>La fiscal del caso, Daniela Di Tomaso, recabó testimonios de vecinos que habían advertido sobre la peligrosidad del animal, especialmente hacia niños.</p><p>El juez de Garantías Gabriel Aldaz validó el acuerdo entre la fiscal y el defensor oficial Facundo Sotelo, concluyendo que Ledesma actuó previendo el riesgo mortal debido a la agresividad del perro.</p><p>Los padres de la niña afectada también aceptaron el acuerdo, y Ledesma fue trasladado de inmediato a la unidad penal local, donde quedó bajo la jurisdicción del Juzgado de Ejecución de Penas, Medidas de Seguridad y Cautelares.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/8zIFgmQFo15QnpxUf1bOMF4SziI=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2023/01/pitbull.webp" class="type:primaryImage" /></figure>El perro dejó de atacar solo cuando el hombre trató de intervenir, aunque no pudo evitar la tragedia.]]>
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                                <category term="nacionales" label="Nacionales" />
                <updated>2024-07-13T15:27:55+00:00</updated>
                <published>2024-07-13T15:27:48+00:00</published>
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            Santa Fe: condenado por amenazar a un mujer para que sea su pareja
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                <![CDATA[Redacción Sur24]]>
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        </author>
        
                                <content type="html" xml:base="https://www.sur24.com.ar/noticias/santa-fe-condenado-por-amenazar-a-un-mujer-para-que-sea-su-pareja">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/JAIKZFtc3OLvIrsQ-AxWRR4Z8T0=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2024/05/condena_justicia.webp" class="type:primaryImage" /></figure><p>Un hombre de 65 años fue condenado a dos años de prisión de cumplimiento efectivo por haber amenazado de muerte a una mujer que se negó a tener una relación de pareja con él. La pena también se le impuso por haber incumplido una medida de distancia respecto de ella y porque en una oportunidad agredió y amenazó a un hombre que estaba con la víctima.</p><p>La condena a Julio Enrique Villani fue dispuesta por el juez Lisandro Aguirre en el marco de un juicio en el que se abreviaron los procedimientos que se desarrolló en los tribunales de la ciudad de Santa Fe.</p><p>La fiscal Milagros Parodi realizó la investigación que permitió arribar a la condena por los delitos de "desobediencia de mandato judicial" en tres oportunidades, "amenazas coactivas" y "agresión con arma y amenazas"."Villani acosó y hostigó a la víctima, a quien conoció porque él tenía una relación de amistad con la madre de ella", explicó.</p><p>En la audiencia de juicio abreviado, el condenado admitió expresamente su responsabilidad penal en los ilícitos atribuidos. Además, junto con su abogado defensor, manifestaron su conformidad con los hechos endilgados, con la calificación legal definida por la fiscalía y con el procedimiento elegido para llegar a la condena.</p>Desobediencias<p>"Los ilícitos que investigamos fueron cometidos entre mediados de 2022 y el año pasado, no obstante, el condenado ya venía hostigando a la víctima desde antes", aclaró la fiscal. "El primer hecho fue el 11 de agosto de 2022, y consistió en desobedecer una medida de distancia que ya le había impuesto en junio de ese año el juzgado de Circuito número 28 de Santo Tomé, a raíz de lo denunciado por la víctima", agregó Parodi.</p><p>La funcionaria del MPA relató que "hubo otros dos hechos en los que Villani incumplió la prohibición de acercamiento. Uno de ellos fue el 14 de marzo y otro el 15 de junio, en ambos casos, de 2023".</p><p>Villani también fue condenado por haber agredido con un fierro a un hombre que estaba con la mujer. "Fue el jueves 9 de junio de 2022, en la vía pública en la localidad de Franck, donde interceptó con su auto a la víctima y a su acompañante, la amenazó de muerte a ella y lo golpeó a él en las manos", indicó la fiscal.</p>Rastreo satelital<p>Parodi puntualizó que "las desobediencias de las medidas de distancia consistían en persecuciones callejeras y hostigamientos permanentes", y especificó que "el condenado le exigía a la víctima que fuera su pareja, ella se negaba sistemáticamente y entonces él la amenazaba de muerte".</p><p>"En uno de los casos, Villani la persiguió hasta la puerta de la comisaría número 23 de Santo Tomé, adonde ella estaba yendo a denunciarlo", remarcó la fiscal. "En otra oportunidad, la contactó telefónicamente, la amenazó de muerte, le infundió temor y le impidió el libre ejercicio de sus acciones", añadió.</p><p>En relación a la tercera desobediencia, Parodi detalló que fue en Franck. "A raíz de la relación de amistad que tenía con la madre de la mujer, contrató una empresa de rastreo satelital de vehículos, hizo colocar un dispositivo en el automóvil de la víctima y la siguió hasta la localidad del departamento Las Colonias", concluyó.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/JAIKZFtc3OLvIrsQ-AxWRR4Z8T0=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2024/05/condena_justicia.webp" class="type:primaryImage" /></figure>Julio Enrique Villani, de 65 años, "hostigó y persiguió a la víctima" y cometió varios delitos en Santo Tomé y Franck, sostuvo la fiscalía.]]>
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                                <category term="policiales" label="Policiales" />
                <updated>2024-05-09T19:36:12+00:00</updated>
                <published>2024-05-09T19:36:07+00:00</published>
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            Condenado por subir fotos y videos íntimos de su expareja a sitios de pornografía
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                <![CDATA[Redacción Sur24]]>
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        </author>
        
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/YBJPySro59la4KX8xEjsbMUnKDY=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2024/02/porno_venganza.webp" class="type:primaryImage" /></figure><p>Por Ornella Pazzi</p><p>Un santafesino de 38 años fue condenado por haber publicado fotos y videos íntimos de su expareja en sitios de pornografía y en redes sociales. La sentencia fue por un tipo especial de "injuria", deberá abonar $20.000 y además hacerse cargo de las costas del juicio.</p><p>La mujer lo llevó a juicio a través de una querella privada, y fue representada por los abogados Martín Durando, Julio César Loss y María Eugenia Espósito. El debate contra Pablo Daniel T. fue presidido por el juez Nicolás Falkenberg, mientras que su representación legal estuvo en manos de la defensora pública Virginia Balanda.</p>Porno venganza<p>El vínculo entre Pablo T. y la víctima comenzó en 2005 y culminó en 2019. Tras la ruptura, la mujer dijo haber sufrido hostigamientos por parte de su expareja: llamadas, mensajes y apariciones imprevistas en su casa.</p><p>Pasaron algunos años hasta que ella se dio cuenta, debido a una publicación de Instagram, que Pablo T. había sido denunciado por publicar fotos y videos íntimos en un sitio web de pornografía. En algunos estaba ella, y en el resto se podía observar a distintas mujeres.</p><p>Este fue el puntapié para que la víctima comenzara a averiguar si existían más publicaciones, y encontró que Pablo T. había creado perfiles en distintos sitios pornográficos, donde había subido fotos y videos íntimos -tanto de ella como de otras mujeres-.</p><p>Los abogados de la mujer sostuvieron que el accionar de Pablo T. tenía como objetivo dañar a su ex, y además lucrar con el material de contenido sexual, ya que al pie de los videos y fotografías proporcionaba nombres y apellidos, se refería a ella como "mi ex" y coordinaba con diferentes sujetos para "hacer intercambio de mayor material, o recibir algún tipo de premio o contraprestación, ya sea monetaria o crediticia".</p>Descrédito<p>Al finalizar el juicio, el juez Falkenberg condenó a Pablo T. por un tipo específico de "injuria", el "descrédito", configurado en el artículo 110 del Código Penal. Se esperan los fundamentos del magistrado.</p><p>Los querellantes señalaron que "la injuria necesita una expresión a través de cualquier medio que venga a dañar la imagen de una persona, o la dignidad de la misma, e incluso perjudicar la reputación de la persona".</p><p>"Es sabido que la denuncia de injuria, para que progrese, debe tratarse de un hecho grave que cause un perjuicio claro. Es por ello que esta injuria impartida por el denunciado, realizada en los medio más masivos actualmente (internet/redes sociales/ Whatsapp), trasciende y logra el perjuicio y gravedad que la figura requiere y, claro está, se condice con la intención del agraviante"</p><p>En este caso, señalaron que el accionar de Pablo T. se enmarcó en la figura del "descrédito, que se da cuando las imputaciones ofensivas ocurren ante terceros y así se daña la reputación de un persona, con lo cual el sujeto pasivo -la víctima- queda difamado".</p><p>Aquí, "la conducta exteriorizada por el agente tiene carácter ultrajante de todo y cualquier honor, crédito, imagen de una persona sobre un modo de exposición susceptible de valoración peyorativa, estigmatizante, ultrajante y humillante para con la personalidad del ofendido".</p>Con una cámara oculta<p>La querella también señaló que Pablo T. "ha colocado una cámara oculta en el baño de la residencia que compartía con la víctima para tomar fotos y videos de las personas -mujeres- que asistían al baño (amigas, familiares, etc.), sin saber si en alguna oportunidad lo hacía con los menores que asistían a la residencia".</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/YBJPySro59la4KX8xEjsbMUnKDY=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2024/02/porno_venganza.webp" class="type:primaryImage" /></figure>Estuvieron 14 años en pareja y tras separarse él realizó las publicaciones. La mujer lo llevó a juicio con una querella privada.]]>
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                                <category term="provinciales" label="Provinciales" />
                <updated>2024-02-21T17:12:48+00:00</updated>
                <published>2024-02-21T17:12:16+00:00</published>
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        <title>
            Una niña le escribió una carta a su mamá para contarle que su padrastro abusaba de ella
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        <author>
            <name>
                <![CDATA[Redacción Sur24]]>
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                                <content type="html" xml:base="https://www.sur24.com.ar/noticias/una-nina-le-escribio-una-carta-a-su-mama-para-contarle-que-su-padrastro-abusaba-de-ella">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/6tN-8YeRM8n_A9sT2trwL-A9yMc=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2023/10/abuso_sexual.webp" class="type:primaryImage" /></figure><p>Carlos Luis Gauna fue condenado a 11 años de prisión por haber abusado sexualmente de la hija menor de edad de su pareja en Santo Tomé (departamento La Capital). La niña fue sometida durante 4 años, hasta que pudo poner en palabras lo que le sucedía y, a través de una carta, se lo contó a su mamá.</p><p>La investigación penal que permitió llegar a la condena fue realizada por la fiscal de la Unidad Fiscal Especial de Violencias de Género, Familiar y Sexual (Gefas) de la Fiscalía Regional 1, Alejandra Del Río Ayala.</p><p>Oportunamente, atribuyó a Gauna la autoría de los delitos de "abuso sexual gravemente ultrajante calificado por la guarda y la convivencia" y "promoción a la corrupción de menores agravada por la edad de la víctima, la guarda y la convivencia".</p><p>El hoy condenado decidió responsabilizarse de estos delitos, firmando un juicio abreviado. El mismo fue homologado por el juez Martín Torres durante un audiencia desarrollada en los tribunales santafesinos, en la que la defensa aceptó la atribución delictiva, la pena a 11 años de prisión y la modalidad elegida para resolver el conflicto penal.</p>Abusos<p>De acuerdo con lo señalado en la audiencia, Gauna vulneró la integridad sexual de la hija de su pareja entre 2017 y 2021. "En esa época, la niña iba a la escuela primaria", informó la fiscal y agregó que "los ataques fueron en reiteradas oportunidades en las que el hombre se quedó al cuidado de la víctima en diferentes inmuebles en los que convivieron".</p><p>Del Río Ayala remarcó que "para procurar su impunidad, el condenado amenazaba a la niña con 'dejarlas en la calle' a ella y a su madre si alguien se enteraba de lo sucedido".</p><p>"Más allá de las intimidaciones, la víctima logró contarle a su madre mediante una carta que Gauna la sometía a situaciones abusivas", valoró la fiscal. "Entonces, la mujer confrontó a su pareja y luego lo denunció en una comisaría", indicó.</p><p>Asimismo, manifestó que "durante la investigación se determinó que por las características de los ilícitos, la relación entre el agresor y la víctima y la diferencia de edad entre ambos, lo ocurrido tuvo entidad suficiente para interferir en el libre y progresivo desarrollo sexual de la niña".</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/6tN-8YeRM8n_A9sT2trwL-A9yMc=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2023/10/abuso_sexual.webp" class="type:primaryImage" /></figure>El hombre fue condenado a 11 años de prisión. Sometió a la menor desde 2017 a 2021, cuando ella pudo expresarlo.]]>
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                                <category term="provinciales" label="Provinciales" />
                <updated>2023-10-28T13:40:56+00:00</updated>
                <published>2023-10-28T13:13:56+00:00</published>
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            Santafesino mandaba droga a El Calafate por encomienda y a nombre de su padre muerto
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                <![CDATA[Redacción Sur24]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/7bjD1nTvAY99oX3soOMY6oLQBN0=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2023/05/gendarmeria-colastine.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>

Juliano Salierno



<p>Un narco santafesino de 32 años, radicado en la provincial de Santa Cruz, fue condenado este lunes por el Tribunal Oral Federal (TOF) de Santa Fe, tras encontrarlo responsable del envío de al menos dos encomiendas con marihuana al sur del país.</p>


<p>Joaquín Alfredo Reible (32), quien se presentó ante las autoridades como “jardinero”, se encuentra detenido en la Unidad 15 de Río Gallegos desde el 10 de noviembre del año pasado, donde actualmente cumple sentencia de cuatro años y medio de prisión.</p>


<p>La sanción fue impuesta por el juez federal Luciano Lauría, al cabo de un juicio abreviado alcanzado por el fiscal Guillermo Gschwind y la defensora particular Carolina Scamperti, así como con el consentimiento de Reible.</p>


Las dos puntas


<p>El acusado, que es oriundo de Santa Fe y se encontraba radicado en la ciudad de El Calafate, fue declarado culpable por enviar más de 8 kilos de marihuana y 32 gramos de cocaína a al sur del país, a través de un servicio privado de encomiendas.</p>


<p>La particularidad del caso radica en que en uno de los envíos su nombre figura como remitente y destinatario y en el otro, utilizó el nombre de su padre fallecido para hacer el envío.</p>


<p>El acto que lo involucra desde un primer momento se remonta al 27 de noviembre de 2021, cuando efectivos de la Sección Seguridad Vial Colastiné de Gendarmería Nacional, interceptaron una caja que viajaba en un camión por la ruta nacional N° 168 -a la altura del Km 10,400-, en dirección a la ciudad de Paraná.</p>


<p>Según constan en la investigación “los uniformados perciben un fuerte olor a marihuana proveniente de uno de los bultos identificado con el número de guía 99900199368 cuyo remito impreso indica como remitente a Joaquín Reible de la ciudad de Santa Fe y su destinatario la misma persona pero de la ciudad de El Calafate, prov. de Santa Cruz”.</p>


Segundo envío


<p>A partir de ese momento comenzó la búsqueda del sospechoso, que tal vez ignorando que estaba siendo perseguido volvió a enviar una encomienda el 8 de octubre de 2022, esta vez, utilizando el DNI de su padre como remitente.</p>


<p>Tras su detención, Reible fue indagado y procesado con prisión preventiva, como presunto autor del delito de transporte de estupefacientes, dos hechos en concurso real.</p>


<p>La causa se elevó a juicio y el lunes pasado estaba fijada la fecha para el debate oral, cuando las partes alcanzaron el acuerdo condenatorio.</p>


Único responsable


<p>En los considerandos del fallo, el juez Lauría determinó que “se encuentra probado que el 27 de noviembre de 2021 Gendarmería detectó una caja con más de cinco kilos de marihuana” a nombre de Reible.</p>


<p>“Asimismo se encuentra acreditado que el 9 de octubre de 2022, personal de la misma fuerza durante un procedimiento de control de encomiendas realizado también sobre ruta nacional N° 168, km 10, logró el hallazgo dentro de un paquete de aproximadamente tres kilogramos de marihuana y 32 gramos de cocaína”, atribuido a la misma persona.</p>


<p>En total las dos cajas -enviadas el 26 de noviembre de 2021 y el 8 de octubre de 2022 desde Santa Fe- arrojaron un peso de 8,210 kilos de marihuana y 32 gramos de cocaína.</p>


<p>“El reconocimiento del hecho se encuentra corroborado con las pruebas reunidas, que son suficientes para señalar a Joaquín Reible como responsable”, apuntó el magistrado, que declaró a Reible autor del delito de transporte de estupefacientes, -dos hechos- en concurso real y le impuso pena de cuatro años y seis meses de prisión y multa de 54 unidades fijas.</p>

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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/7bjD1nTvAY99oX3soOMY6oLQBN0=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2023/05/gendarmeria-colastine.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>Juliano SaliernoUn narco santafesino de 32 años, radicado en la provincial de Santa Cruz, fue condenado este lunes por el Tribunal Oral Federal (TOF)...]]>
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                                <category term="provinciales" label="Provinciales" />
                <updated>2023-05-30T18:18:20+00:00</updated>
                <published>2023-05-30T18:18:20+00:00</published>
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            Trece años de prisión para venadense que abusó por 10 años de una menor y otras dos niñas
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                <![CDATA[Redacción Sur24]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/9ugsLW4l5ehd0gEvgvtkVAjKIU8=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2022/05/abuso-menores.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>Un hombre de 38 años, identificado como Daniel Alberto Galichini, fue condenado a 13 años de prisión como autor de abusos sexuales en perjuicio de tres niñas -que actualmente son mayores de edad-, cometidos en Venado Tuerto.
La sentencia fue resuelta por un un tribunal integrado por los jueces Silvina Marinucci (presidenta), Lorena Garini y Mauricio Clavero, en el marco de un juicio oral que se realizó en los tribunales venadenses.</p>
<p>La fiscal que representó al MPA es Florencia Schiappa Pietra, quien indicó que “estamos conformes con lo resuelto por los magistrados, ya que el monto de la pena impuesta es apenas dos años menor a la que pedimos en la acusación”. Asimismo, valoró que “las tres víctimas fueron escuchadas por el tribunal”.
Por otro lado, Schiappa Pietra mencionó que “dado que Galichini transitó el proceso judicial en libertad, tras conocer el veredicto solicitamos su prisión preventiva hasta que el fallo quede firme”, y agregó que “la Querella hizo el mismo requerimiento”. En tal sentido, manifestó que “los jueces otorgaron la medida con efecto suspensivo, por lo que regirá una vez agotada la vía recursiva en relación a la cautelar”.</p>
Abusos
<p>La fiscal afirmó que “en el debate quedó demostrado que Galichini vulneró la integridad sexual de una de las niñas durante alrededor de 10 años”, e indicó que “los primeros abusos sucedieron cuando la víctima tenía edad para ir al jardín de infantes”.
Por otro lado, planteó que “logramos probar que el hombre atacó a las otras dos niñas durante por lo menos dos años y que estos hechos ilícitos comenzaron a ocurrir cuando ellas transitaban la escuela primaria”.
Según sostuvo la funcionaria del MPA, “el hombre de 38 años llevó a cabo su accionar delictivo en diferentes viviendas en las que por distintas circunstancias se quedó a solas con las víctimas”.</p>
Delitos
<p>Al condenado se le endilgó la autoría de abuso sexual gravemente ultrajante agravado (por la guarda y por haber sido cometido en contra de una menor de 18 años, aprovechando la situación de convivencia preexistente); y de abuso sexual gravemente ultrajante.</p>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/9ugsLW4l5ehd0gEvgvtkVAjKIU8=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2022/05/abuso-menores.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>Un hombre de 38 años, identificado como Daniel Alberto Galichini, fue condenado a 13 años de prisión como autor de abusos sexuales en perjuicio de tre...]]>
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                <updated>2022-05-10T06:59:50+00:00</updated>
                <published>2022-05-09T18:46:14+00:00</published>
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            Santo Tomé: abusó de una adolescente a la que le enseñaba oficios
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/yoObo3lKiGcH1HitToqPaYE5fg8=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2022/05/fiscalia-ST.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>El Litoral
Un hombre identificado como Juan Rubén Alviso, fue condenado a 13 años de prisión como autor de un hecho de abuso sexual cometido en perjuicio de una adolescente a la que le enseñaba oficios en Santo Tomé.
La pena fue impuesta por unanimidad por un tribunal integrado por los jueces Susana Luna (presidenta), Nicolás Falkenberg y Sergio Carraro en el marco de un juicio oral que se realizó en los tribunales de la ciudad de Santa Fe. Por su parte, la investigación estuvo a cargo de la Unidad Fiscal Especial de Violencia de Género, Familiar y Sexual de la Fiscalía Regional 1.</p>
Abuso
<p>El MPA sostuvo que en el debate quedó probado que el abuso sexual fue cometido el sábado 16 de noviembre de 2019 en la vivienda del condenado.
La Fiscalía planteó que Alviso se aprovechó de la confianza de la adolescente, quien en esa época transitaba el último tramo de su escolarización primaria e integraba un grupo de jóvenes a los que el hombre instruía en oficios como panadería, peluquería, jardinería.
En relación a la denuncia que dio origen a la investigación, el MPA valoró que fue radicada por la madre de la víctima días después del ilícito.</p>
Delito calificado
<p>Alviso fue condenado como autor de abuso sexual con acceso carnal calificado (por haber estado encargado de la educación y de la guarda).</p>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/yoObo3lKiGcH1HitToqPaYE5fg8=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2022/05/fiscalia-ST.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>El LitoralUn hombre identificado como Juan Rubén Alviso, fue condenado a 13 años de prisión como autor de un hecho de abuso sexual cometido en perjuic...]]>
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                <updated>2022-05-08T16:21:00+00:00</updated>
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