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    <title>Sur24</title>
    <subtitle>Todo el sur, todo el día, todos los días.</subtitle>
    <updated>2024-08-13T15:27:34+00:00</updated>
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            Caso Loan: un giro inesperado en la investigación
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                <![CDATA[Redacción Sur24]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/fiiAdSJbltivKe6E6j9rfKZ7s0Y=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2024/08/loan_1.webp" class="type:primaryImage" /></figure><p>Según una nueva hipótesis, la desaparición de Loan Danilo Peña en Corrientes podría deberse a un accidente con una escopeta, lo que cambiaría el curso de la investigación, a dos meses de la última vez que se lo vio al niño de cinco años en la localidad de 9 de Julio.</p><p>La nueva línea de investigación surgió tras las entrevistas en cámara Gesell a los seis chicos que estuvieron con Loan durante el almuerzo aquel 13 de junio y la nueva declaración de Catalina, la abuela del niño. La hipótesis indica que el menor pudo haber sido víctima de un disparo involuntario.</p>Nueva Hipótesis<p>La abuela Catalina declaró por primera vez en la causa y reveló que el fin de semana anterior a la desaparición de su nieto, Daniel "Fierrito" Ramírez había ido a almorzar y cazar carpinchos junto a Antonio Benítez, el esposo de Laudelina Peña.</p><p>Otro de los testimonios que refuerzan esta hipótesis fue la del hijo de los tíos de Loan, quien fue entrevistado en cámara Gesell. A través de juegos y dibujos, el nene de 6 años aseguró que escuchó un "pum" cuando volvían de la zona de la trapera y declaró que "el nene murió". Varios testimonios afirman haber escuchado el mismo ruido.</p>Las siete personas que siguen detenidas.&nbsp;Fallas en la nueva teoría<p>La versión del accidente por un disparo de una escopeta presenta dos contras: en los allanamientos no se encontró el arma que nombran en las declaraciones y tampoco se detectaron rastros de sangre en el lugar.</p><p>Durante los primeros días de la investigación, no se halló la escopeta con la que a Loan le habrían disparado accidentalmente, por lo que una teoría es que se deshicieron de ella.</p><p>En medio de esta nueva información, declaran en la causa el intendente de la localidad 9 de Julio, Hugo Ynsaurralde y José Fernández Codazzi, el exabogado de Laudelina Peña, quien fue citado a indagatoria por la jueza federal Cristina Pozzer Penzo.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/fiiAdSJbltivKe6E6j9rfKZ7s0Y=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2024/08/loan_1.webp" class="type:primaryImage" /></figure>Las entrevistas en cámara Gesell a los seis chicos que estuvieron con Loan durante el almuerzo hablan de un disparo.]]>
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                                <category term="nacionales" label="Nacionales" />
                <updated>2024-08-13T15:27:34+00:00</updated>
                <published>2024-08-13T15:27:28+00:00</published>
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            San Justo: los acusados de colgar a una mujer delante de sus hijos seguirán presos
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/oKL5Ly8AKezqEv8dWU9f-Gk25TI=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2023/05/SanJusto.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>


Por Juliano Salierno



<p>El Colegio de Jueces Penales de Segunda Instancia de Santa Fe confirmó la prisión preventiva que desde hace dos meses atraviesan Julián Obregón (23) y Lucas Páez (22), como presuntos responsables de la muerte de Alejandra Agustina Vargas (25), ocurrida el 1° de marzo de este año en la ciudad de San Justo.</p>


<p>La audiencia, celebrada el pasado viernes en la Sala Nº 6 de los tribunales santafesinos, estuvo a cargo del camarista Alejandro Tizón, quien a su vez rechazó las alternativas propuestas por la Defensa Pública, para que Obregón y Páez continúen el proceso en libertad.</p>

“Podemos sostener que está abastecida la materialidad del hecho” y que en caso de condena “la pena sería de cumplimiento efectivo”, dijo el camarista Alejandro Tizón. Crédito: Flavio Raina / Archivo</p>



<p>El magistrado hizo énfasis en las declaraciones de los dos hijos de la víctima, de 5 y 7 años, tanto en la entrevista en cámara Gesell, como en instancias previas, ante personal policial, profesionales de la Secretaría de la Niñez y su padre biológico.</p>


Primeras palabras


<p>La apelación había sido planteada por la abogada Magalí Mazza, del Servicio Público Provincial de la Defensa Penal (SPPDP), quien tildó de “arbitrarios” los fundamentos vertidos por el juez de primera instancia Nicolás Falkenberg, en su resolución del 7 de marzo, cuando dispuso la medida cautelar.</p>

<p>En dos años, la Brigada de Femicidio intervino en más de 100 casos y detuvo a 27 personas</p>
<p></p>



<p>“Esta defensa atacó las declaraciones de los menores por la forma en que fueron obtenidas”. Y dado que de ellas depende la libertad de los encausados, “no se pudo tener control de dichos testimonios, porque no se respetaron las formas, de ahí su ilegalidad”, expuso.</p>


<p>Puntualmente, la defensa sostiene que la prisión de Obregón y Páez se sustenta en los dichos de los niños al personal policial que el 1° de marzo por la mañana los encontró dentro de la habitación donde su madre estaba colgada. Luego, los niños hicieron una segunda exposición ante profesionales de la Secretaría de la Niñez. Y por último, hablaron del hecho con su padre biológico, que no compartía el mismo domicilio que la víctima.</p>


<p>Allí los niños señalaban a su padrastro Obregón y al amigo de éste, al que conocían por el apodo de “Luquitas”, en alusión a Páez, como los responsables de haber colgado a Vargas con un cable de TV (coaxil) negro, que la víctima tenía anudado al cuello y estaba atado de un tirante, en una esquina de la precaria vivienda que la familia compartía en calle Enrique Rodríguez 2140, en las afueras de San Justo.</p>


La cámara Gesell


<p>Los testimonios fueron utilizados por el fiscal Francisco Cecchini, para solicitar la cautelar para los acusados, en detrimento de las declaraciones de otros testigos, mayores de edad y del entorno de Obregón y Páez, que los colocan a ambos fuera de la escena, en el lapso de entre las 6 y las 8 de la mañana de la fatídica jornada.</p>

“La investigación avanza y se han sumado nuevos elementos incriminatorios”, remarcó el fiscal de Cámara, Carlos Arietti. Crédito: Luis Cetraro / Archivo</p>



<p>La Dra. Mazza se apoyó en la entrevista en cámara Gesell de los dos niños, realizada el 8 de marzo, en la cual el más grande dijo que no había visto nada porque estaba dormido. En tanto que el más pequeño ya había dicho lo mismo en instancias anteriores y así lo volvió a referir.</p>


<p>En su descargo, el fiscal de Cámara, Carlos Arietti, reconoció que “el más grande no habló”. Pero ahondó en el estado de shock en el que se encontraba el menor. “Agachó la cabeza y no pudo hablar”, resaltó. Pero el hermano de 5 años, “contó que el padrastro la había enlazado a su madre como se enlazan los caballos” y que “estaba Luquitas”, tal como le había referido su hermano mayor.</p>


<p>San Gregorio: 12 años de prisión a un hombre por tentativa de femicidio contra su pareja</p>
<p></p>


“Libertad probatoria”


<p>“La investigación avanza y se han sumado nuevos elementos incriminatorios”, remarcó el Dr. Arietti, quien solicitó el rechazo del planteo defensivo y la confirmación de la resolución atacada.</p>


<p>También respondió a la defensa pública acerca del valor de las declaraciones de los niños en las primeras instancias de la investigación -policía, psicóloga y padre-. “Rige el principio de libertad probatoria en el proceso”, enfatizó. Y dijo que la normativa que se invoca para declarar la ilegalidad de la evidencia “está puesta para protección de los derechos de los niños y no para beneficiar a presuntos femicidas”.</p>


<p>En tanto la defensora marcó que “la libertad probatoria tiene un límite” que es “el derecho en juicio de los imputados”. Y en la cámara Gesell, que es “la oportunidad legal” para tomar este tipo de declaraciones, el mayor de los hermanos “manifestó que no había visto nada”.</p>

<p>Investigan posible femicidio en Pujato: dos personas fueron halladas sin vida en una vivienda</p>
<p></p>

“Saben de caballos”


<p>Para saldar el contrapunto, el juez Tizón, repasó las tres versiones recibidas a los menores previo a la cámara Gesell y aunque reconoció que el mayor de los niños cambió su relato en esta última instancia, puso de relieve un dato que le llamó la atención.</p>


<p>“Fui a escuchar la cámara Gesell” puntualmente en el tramo donde el más chico habla de “enlazar caballos”, una imagen poco común a esa edad, a menos que se trate de chicos que tengan un vínculo cercano con el campo.</p>


<p>Entonces se refirió a un tramo de la conversación del más grande con la psicóloga de tribunales, donde antes de bajar la cabeza y quedarse callado, habló con familiaridad del campo y los animales que vio durante el camino a Santa Fe, lo que da la pauta de que “tenía conocimiento de campo y de caballos”, lo que termina por dar crédito a la declaración de su hermano menor.</p>


<p>Es decir que “podemos sostener que está abastecida la materialidad del hecho” y que en caso de condena “la pena sería de cumplimiento efectivo” (es un delito que prevé perpetua) ya que “estamos ante uno de los hechos más graves” que atraviesa la sociedad, como lo son los femicidios.</p>


<p>Clave</p>



“Era mi mujer”


<p>Antes de resolver, el juez Alejandro Tizón le dio la palabra a los imputados. Julián Obregón dijo: “Con todo respeto señor juez, jamás me atrevería a hacer tal cosa. Era mi mujer hace 7 años. Yo no me encontraba en ese momento, me había ido a las 5.30 de la mañana”. Y su compañero Lucas Páez sólo manifestó: “Soy inocente señor juez”.</p>


Femicidio


<p>Julián Obregón y Lucas Páez está imputados con prisión preventiva confirmada como coautores del delito de “homicidio triplemente calificado” -por el vínculo, alevosía y por haber sido perpetrado por un hombre contra una mujer mediando violencia de género- en el caso del primero; y “homicidio calificado por alevosía”, el segundo, delito que en ambos casos prevé pena de prisión perpetua.</p>


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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/oKL5Ly8AKezqEv8dWU9f-Gk25TI=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2023/05/SanJusto.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>Por Juliano SaliernoEl Colegio de Jueces Penales de Segunda Instancia de Santa Fe confirmó la prisión preventiva que desde hace dos meses atraviesan J...]]>
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                <updated>2023-05-08T11:37:58+00:00</updated>
                <published>2023-05-08T11:37:58+00:00</published>
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            Dictan la prisión preventiva para un hombre acusado de abusar de su hija de 3 años
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                <![CDATA[Redacción Sur24]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/_KFSdESWvGJk1kHPp5cndHSyWTo=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2023/01/Abusosexual.webp" class="type:primaryImage" /></figure>

<p>El juez Martín Torres dispuso la prisión preventiva sin plazos para un santafesino imputado por haber abusado de su hija de 3 años. Así lo resolvió el jueves, tras escuchar el cúmulo de evidencias reunidas por la fiscalía.</p>


<p>La denuncia fue radicada el 8 de enero, luego de que la noche anterior la nena regresara de la casa de su padre y le contara a su hermana adolescente y a su mamá que su papá la había tocado.</p>

<p>Tras la revisión médica, se entrevistó a la menor en cámara Gesell, donde aportó detalles de lo sucedido, y se tomaron declaraciones al entorno familiar. La fiscal Alejandra Del Río Ayala ordenó la detención de Eduardo I., a quien atribuyó la autoría de “abuso sexual gravemente ultrajante” y “promoción a la corrupción de menores”, ambos delitos agravados.</p>


<p>El abogado venadense acusado de abuso sexual continuará detenido pero con prisión domiciliaria</p>
<p></p>
Develamiento


<p>Según lo expuesto en la audiencia en la que Eduardo I. -cuyo apellido se reserva para preservar la identidad de la víctima- quedó en prisión preventiva, el viernes 7 de enero pasó a buscar a su hija por la casa de su expareja y la trasladó hasta el domicilio donde él residía junto a sus padres.</p>


<p>Los testigos mencionaron que esto era habitual, él solía buscarla y llevársela por un par de días, algo que la nena ansiaba, ya que “adora a su papá, siempre quiso ir con él”. Pero sorpresivamente, ese viernes por la noche la madre recibió un mensaje de su expareja, diciéndole que le devolvería a su hija porque ella “no quería estar más ahí”.</p>

<p>La nena arribó a su hogar cerca de la medianoche, notablemente decaída. Su hermana mayor intentó animarla y le ofreció caramelos. Pero la chiquita no quiso, algo que extrañó a la adolescente, que le preguntó si le pasaba algo. Fue entonces que la víctima contó que le dolía la “cola”, señalándose la vulva, y cuando le preguntaron si alguien la había tocado, dijo: “Sí, el amigo de mi papá y mi papá”.</p>
<p>El abogado venadense acusado de abuso sexual continuará detenido pero con prisión domiciliaria</p>
<p></p>


<p>Tras contar lo vivido, la niña se descompuso y vomitó, lo que alarmó a su madre. Cuando su hija mayor le comentó lo que acababa de escuchar, la madre se llevó a la pequeña y volvió a preguntarle por lo que había pasado. La menor le contó, y volvió a repetirlo ante el médico que la atendió y la psicóloga que la entrevistó, señalándole a todos que no era la primera vez que pasaba. En cámara Gesell aportó más detalles y fue “muy concreta” al explicar qué le habían hecho.</p>


<p>Eduardo I. fue detenido e imputado. Durante la audiencia de medidas cautelares, la defensora pública Sonia Bustos ofreció una serie de medidas alternativas para cautelar el proceso, las cuales fueron rechazadas por el juez Torres tras considerarlas insuficientes para mitigar los riesgos de fuga y de entorpecimiento probatorio.</p>




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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/_KFSdESWvGJk1kHPp5cndHSyWTo=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2023/01/Abusosexual.webp" class="type:primaryImage" /></figure>El juez Martín Torres dispuso la prisión preventiva sin plazos para un santafesino imputado por haber abusado de su hija de 3 años. Así lo resolvió el...]]>
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                <updated>2023-01-14T18:43:06+00:00</updated>
                <published>2023-01-14T18:24:50+00:00</published>
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            Liberan al hombre acusado de abusar sexualmente de su hijo en Chapuy
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/65FngLJsApzO4nS4wGz4XeMeALA=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2022/10/manifestacion-chapuy.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>El hombre  de 58 años, Miguel R., quien había sido acusado de abusar sexualmente de su hijo de 7 años, recuperó este viernes la libertad, luego de la declaración del menor y su hermana en Cámara Gesell. Según información a la que pudo acceder Sur24, en esta instancia que se llevó a cabo el jueves no se logró evidencias que confirmen que se haya cometido este delito contra la integridad sexual del pequeño.</p>
<p>Si bien la investigación continuará, el acusado, un policía retirado que vive en la localidad de Chapuy, por decisión del juez Eduardo Bianchini, estará en libertad, debiendo cumplir reglas de conducta. La fiscal que atiende el caso, Mariana Vidal, aceptó el fallo del magistrado.</p>
Los hechos
<p>La investigación que encabeza la fiscal Vidal comenzó el lunes pasado a partir de una denuncia que realizó la madre del niño en la Comisaría de San Gregorio.</p>
<p>Según se informó, el papá y la mamá del niño están separados y, según había relatado la madre se habrían producido ataques sexuales mientras los menores estaban en la casa del padre en Chapuy, vivienda a la que iban la víctima y su hermana los fines de semana.</p>
<p>En ese momento, se solicitó una medida cautelar y al hombre, quien fue imputado por Abuso sexual con acceso carnal agravado por el vínculo, se le estableció prisión preventiva por el lapso de 10 días, aunque esa decisión se revirtió este viernes, quedando en libertad.</p>
<p>A su vez, al tomar conocimiento de la denuncia y la detención del expolicía, un grupo de vecinos se movilizó y manifestó frente a la Comisaría de Chapuy en reclamo de justicia (foto de portada).</p>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/65FngLJsApzO4nS4wGz4XeMeALA=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2022/10/manifestacion-chapuy.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>El hombre  de 58 años, Miguel R., quien había sido acusado de abusar sexualmente de su hijo de 7 años, recuperó este viernes la libertad, luego de la...]]>
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                <updated>2022-10-28T18:01:44+00:00</updated>
                <published>2022-10-28T16:05:56+00:00</published>
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            Hombre de San Gregorio volverá ser juzgado por abuso sexual, al quedar anulada una sentencia absolutoria
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<p>La investigación estuvo a cargo de los fiscales Horacio Puyrredón y Mariana Vidal, quienes representaron al MPA en el debate, solicitan una pena a 20 años de prisión para el acusado y elevaron el recurso de apelación ante la Cámara tras conocer el veredicto. Al respecto, aseguraron que “el fallo es injusto porque parte de la base de que las víctimas mienten”.</p>
Cámara Gesell
<p>Los camaristas cuestionaron que “el tribunal [de primera instancia] incumpliendo una prohibición legal expresa, ordenó la íntegra reproducción de las declaraciones prestadas en cámara Gesell, asignándole el carácter de prueba material, a pesar de que las víctimas devenidas mayores de edad, estando en condiciones de declarar y habiéndolo solicitado, lo hicieron en juicio”.
Según manifestaron, la decisión de incorporar las declaraciones grabadas al juicio oral fue justificada con “afirmaciones genéricas, meramente formales y dogmáticas que no se correspondían con un riesgo concreto de afectación al derecho de defensa”. En tal sentido, lo dispuesto fue “incompatible con la garantía constitucional del debido proceso”, agregaron.
Los jueces de segunda instancia también recordaron que mientras que la Defensa pidió la íntegra reproducción de las declaraciones previas de las víctimas, la Fiscalía se opuso “en términos claros y expresos”. Por lo tanto, consideraron que “es absolutamente incorrecto y desacoplado de lo acontecido durante el debate que tal decisión de incorporar los registros de cámara Gesell asignándole el carácter de prueba material haya obedecido a un acuerdo de las partes, como señala reiteradamente la sentencia”.</p>
Falta de recaudos
<p>El tribunal que revisó el fallo hizo referencia a que las víctimas declararon ante los jueces dos días antes de que se reprodujeran las entrevistas en cámara Gesell a las que se “decidió dotar de valor probatorio autónomo”. En función de ello, quienes de acuerdo con la acusación fueron abusadas cuando eran adolescentes no tuvieron la posibilidad de ser interrogadas acerca de posibles incongruencias con sus dichos previos.
Los camaristas expusieron que era obligación de los jueces de primera instancia “tomar todos los recaudos inherentes a la mejor producción de dicha prueba testimonial, absteniéndose de confrontarla y restarle valor a partir de pruebas irregularmente incorporadas al proceso, sin que [las víctimas] hayan tenido la oportunidad de brindar información con virtualidad explicativa o aclaratoria”.
Asimismo, el tribunal de Alzada subrayó que “el desarrollo argumental del fallo absolutorio se estructura sobre la afirmación de inconsistencias y contradicciones en los testimonios de las víctimas”, y criticó “la falta de perspectiva de género al considerar las diferencias entre las distintas declaraciones”.
De acuerdo con la argumentación de los magistrados, en el marco del debate oral se desatendieron normas y estándares nacionales e internacionales vinculados a la prevención, sanción y erradicación de la violencia que sufren las mujeres.</p>
Varones y mujeres
<p>En la audiencia de apelación, la Fiscalía sugirió que la Justicia provincial prevea que los tribunales que deban resolver litigios que involucren cuestiones de género sean integrados por varones y mujeres. Los camaristas contestaron que, en función de que el hombre de iniciales CMK será juzgado otra vez, la petición “excede lo meramente abstracto” y decidieron hacer lugar al requerimiento “aunque con alcance limitado al caso concreto”.
Si bien los magistrados especificaron que “la condición masculina no implica per sé una carencia de sensibilización en cuestiones de género o falta de perspectiva de género, al tiempo que ser mujer tampoco garantiza la posesión de esas cualidades”, plantearon que dadas las particularidades del nuevo debate será una “buena forma de reducir los efectos revictimizantes del proceso”. Por lo tanto, en el tribunal deberá haber por lo menos una jueza.</p>
<p>Abusos sexuales
La parte acusatoria le endilgó al hombre de 37 años haber vulnerado la integridad sexual de dos de las hijas de su pareja entre 2017 y 2018, época en la que ellas transitaron la escuela secundaria. Los hechos delictivos ocurrieron en reiteradas oportunidades en una vivienda de la localidad de San Gregorio (departamento General López).
El MPA detalló que el acusado obligaba a cada una de las adolescentes a presenciar los ilícitos que cometía en perjuicio de la otra. “Dadas sus características, los abusos tuvieron entidad suficiente para alterar el libre y progresivo desarrollo sexual de las víctimas”, indicaron Puyrredón y Vidal.</p>
Calificación penal
<p>El hombre de 37 años volverá a ser juzgado como autor de abuso sexual con acceso carnal y de abuso sexual gravemente ultrajante, ambos delitos agravados (por la convivencia preexistente con víctimas menores de 18 años).</p>
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                <updated>2022-06-12T15:23:50+00:00</updated>
                <published>2022-06-11T17:41:30+00:00</published>
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            Diez años de prisión para hombre que abusó sexualmente a pequeña hija de su pareja
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/Obh0J1YFBjS9pvRQfB82bISNdjE=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2021/09/abuso-sexxual-1.png" class="type:primaryImage" /></figure><p>Un hombre de 39 años identificado como Matías Javier Allende fue condenado a 10 años de prisión efectiva por haber vulnerado la integridad sexual de una niña en Venado Tuerto. La víctima es hija de una mujer con la que el condenado mantenía una relación de pareja al momento de los hechos, según el parte oficial de la Oficina de Prensa y Difusión del Ministerio Público de la Acusación (MPA).</p>
<p>La pena fue impuesta por el tribunal integrado por los jueces Mauricio Clavero (presidente), Eduardo Bianchini y Leandro Martín, en el marco de un juicio oral que se llevó a cabo en los tribunales venadenses.</p>
<p>Por su parte, el fiscal que representó al MPA en el debate es Eduardo Lago, quien indicó que “Allende llegó al juicio en libertad y deberá cumplir reglas de conducta hasta que la condena quede firme”. Al respecto, precisó que “no podrá tener contacto por ningún medio con la víctima y su grupo familiar ni acercarse a menos de 100 metros de donde ellos estén”.</p>
Abusos y amenazas
<p>Lago señaló que “el condenado abusó a la víctima en reiteradas oportunidades en una vivienda en la que residían”, y remarcó que “los hechos delictivos sucedieron mientras la niña transitaba la escuela primaria”.</p>
<p>“El hombre agredió sexualmente a la hija de su pareja con una frecuencia casi diaria”, sostuvo el fiscal. “Los ataques fueron en momentos en los que la víctima se quedó al cuidado de Allende, quien solía amenazarla para que no hablara con otras personas sobre sus padecimientos”, expuso.</p>
<p>Según mencionó, “en mayo de 2018, la niña logró contarle a su madre las situaciones a las que el condenado la había sometido y la mujer radicó la denuncia que dio origen a la investigación”. Asimismo, valoró que “la persona abusada fue entrevistada en cámara Gesell y brindó un relato contundente sobre lo ocurrido”.</p>
Calificación penal
<p>El fiscal se refirió a la calificación penal de los ilícitos. “Allende fue condenado como autor del delito de abuso sexual con acceso carnal agravado, por haber sido cometido en perjuicio de una víctima menor de edad, por la convivencia preexistente con ella y por la guarda”, concluyó.</p>
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                <updated>2021-09-08T16:21:22+00:00</updated>
                <published>2021-09-08T12:56:21+00:00</published>
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