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    <title>Sur24</title>
    <subtitle>Todo el sur, todo el día, todos los días.</subtitle>
    <updated>2026-04-24T18:14:10+00:00</updated>
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            Causa Vialidad: ordenan ejecutar 111 bienes de Cristina Fernández y Lázaro Báez
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                <![CDATA[Redacción Sur24]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/nEDAn_Cm1_UO4aH-0EeGJML8STw=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2026/04/cristina_kirchner.webp" class="type:primaryImage" /></figure><p>La causa Vialidad volvió a tener un movimiento judicial de alto impacto. La Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal rechazó los últimos planteos de Cristina Fernández de Kirchner y de Lázaro Báez, y ordenó ejecutar 111 bienes inmuebles para cubrir el decomiso fijado en el expediente.</p><p>La medida alcanza a propiedades vinculadas a la expresidenta, a sus hijos Máximo y Florencia Kirchner, al empresario santacruceño y a firmas ligadas a su estructura empresarial. El objetivo es resarcir al Estado nacional por el fraude determinado en la causa, valuado en $685.000 millones.</p><p>Según el fallo, el decomiso comprende 84 inmuebles de Lázaro Báez, uno de Cristina Kirchner, 19 de Máximo y Florencia Kirchner, dos de Austral Construcciones S.A., tres de Kank y Costilla S.A. y dos de Loscalzo y Del Curto S.R.L.</p><p>La Sala IV de Casación ordenó ejecutar 111 inmuebles en el marco de la causa Vialidad. Foto: Reuters</p>Qué resolvió Casación en la causa Vialidad<p>La decisión fue firmada por Gustavo Hornos, Mariano Borinsky y Diego Barroetaveña. La mayoría del tribunal rechazó los cuestionamientos contra la resolución del Tribunal Oral Federal 2 y sostuvo que los criterios usados para identificar los bienes decomisables fueron adecuados.</p><p>En esa línea, los jueces remarcaron que no es exigible una reconstrucción contable perfecta de cada flujo de dinero en expedientes de criminalidad económica organizada y prolongada en el tiempo. Para Casación, en estos casos alcanza con establecer una coincidencia temporal y una vinculación económica razonable.</p><p>La sentencia también dejó una definición fuerte sobre el sentido del decomiso. Los magistrados entendieron que exigir un rastreo exacto y absoluto del dinero terminaría vaciando de contenido una herramienta central para recuperar activos provenientes del delito.</p><p>Los activos decomisados pasarán a la órbita de la Corte Suprema para su administración y eventual venta.</p>Los argumentos de Cristina Kirchner y de sus hijos<p>Las defensas de Cristina Kirchner, Máximo y Florencia Kirchner habían objetado el decomiso de varios inmuebles al sostener que parte de esos bienes provenían de herencias de Néstor Kirchner o de cesiones posteriores, incluso ajenas al período investigado en la maniobra delictiva.</p><p>Además, argumentaron que algunos inmuebles habían sido adquiridos antes del lapso temporal analizado en la causa y que, por lo tanto, no existía un nexo directo entre esos activos y los fondos de origen ilícito. También invocaron la buena fe de los adquirentes.</p><p>Casación rechazó esos planteos. El voto mayoritario sostuvo que los bienes de origen ilícito pueden ser decomisados aunque hayan sido transferidos a terceros o heredados, siempre que exista una vinculación razonable con la maniobra investigada.</p>El planteo de Lázaro Báez y la diferencia de Borinsky<p>La defensa de Lázaro Báez y de otros condenados también cuestionó la medida. Su argumento central fue que no había una fundamentación suficiente para vincular de manera concreta cada uno de los inmuebles con los beneficios obtenidos del delito.</p><p>Ese criterio tampoco prosperó. La mayoría de la Sala IV entendió que, dada la fungibilidad del dinero y su mezcla con activos lícitos, no puede exigirse una trazabilidad absoluta bien por bien para habilitar el decomiso en una estructura de corrupción de largo alcance.</p><p>Hubo, sin embargo, una diferencia parcial dentro del tribunal. Mariano Borinsky acompañó los lineamientos generales del fallo, pero consideró que en el caso de algunos inmuebles heredados por los hijos de la expresidenta existían defectos de fundamentación. Por eso propuso anular esa parte y ordenar un nuevo pronunciamiento.</p>Qué bienes serán ejecutados y qué pasará ahora<p>El voto mayoritario no aceptó esa disidencia y confirmó la ejecución total del decomiso. De esta manera, la Justicia avanzará sobre los 111 inmuebles identificados para transformar esos activos en recursos que permitan cubrir el monto fijado como perjuicio al Estado.</p><p>El fallo dispuso además que todos los bienes decomisados pasen a la órbita de la Corte Suprema de Justicia. Será el máximo tribunal el que quede a cargo de su administración y de una eventual venta, en el marco del proceso de ejecución.</p><p>La resolución reabre así un capítulo sensible de la causa Vialidad, una investigación que giró alrededor del direccionamiento de obra pública en Santa Cruz a favor de Lázaro Báez, con sobreprecios, incumplimientos y contratos otorgados de manera sistemática.</p>El contexto judicial de Cristina Kirchner<p>La causa ya había terminado con una condena de seis años de prisión e inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos contra Cristina Kirchner por administración fraudulenta en perjuicio de la administración pública. Ese fallo sigue siendo uno de los expedientes más pesados del frente judicial de la exmandataria.</p><p>Actualmente, Cristina Kirchner cumple la pena bajo prisión domiciliaria en su departamento del barrio porteño de Constitución. Ahora, el nuevo paso de Casación vuelve a poner el foco en la dimensión patrimonial del caso y en la recuperación de activos vinculados a la maniobra investigada.</p><p>El fallo no reabre la discusión sobre la responsabilidad penal, pero sí acelera una consecuencia concreta de la condena: la ejecución del decomiso para intentar resarcir económicamente al Estado por el daño fijado en el expediente.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/nEDAn_Cm1_UO4aH-0EeGJML8STw=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2026/04/cristina_kirchner.webp" class="type:primaryImage" /></figure>La Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal rechazó los planteos de Cristina, Máximo y Florencia Kirchner, y también los de Báez. El fallo dispuso avanzar con el decomiso de inmuebles para resarcir al Estado por el perjuicio fijado en la causa.]]>
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                <updated>2026-04-24T18:14:10+00:00</updated>
                <published>2026-04-24T18:03:17+00:00</published>
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            Causa Vialidad: nuevo revés para Cristina contra el tribunal que revisa su condena
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                <![CDATA[Sur24]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/TGCIQzWmZ4-ywoCYEsSrFRjF7z0=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2024/04/cristina_fernandez_de_kirchner.webp" class="type:primaryImage" /></figure><p>La Cámara Federal de Casación rechazó un planteo de la ex presidenta, Cristina Fernández de Kirchner, contra uno de los jueces y el fiscal que deben revisar su condena a seis años de prisión en la Causa Vialidad.</p><p>El máximo tribunal penal, con una formación integrada por el juez Diego Barroetaveña, rechazó una recusación planteada por la ex presidente justamente contra el juez Barroetaveña.</p><p>Cristina Kirchner también recusó al fiscal general Mario Villar, quien pidió que se duplique la condena en su contra, de seis a 12 años de cárcel.</p><p>Los jueces Gustavo Hornos, Mariano Borinsky y el propio Barroetaveña rechazaron la recusación planteada por el abogado defensor de la ex presidenta, Alberto Beraldi, contra Barroetaveña y el fiscal Villar.</p><p>El fallo explica que el fiscal Villar también dictaminó en contra de la recusación contra sí mismo.</p><p>"De conformidad con lo dictaminado por el Ministerio Público Fiscal y oída que fue la Unidad de Información Financiera (UIF), querellante en autos, el recurso intentado debe ser declarado inadmisible", sostiene el fallo.</p><p>Cristina Kirchner aspiraba que la recusación fuera revisada por la Corte Suprema, como última instancia judicial ante su planteo.</p><p>La inadmisiblidad del recurso le cierra la vía directa, pero le queda aún la posibilidad de apelar a un recurso de "queja", de muy improbable éxito para los intereses de la ex vicepresidenta.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/TGCIQzWmZ4-ywoCYEsSrFRjF7z0=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2024/04/cristina_fernandez_de_kirchner.webp" class="type:primaryImage" /></figure>Le rechazaron las recusaciones contra el juez Barroetaveña y el fiscal Villar.]]>
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                                <category term="nacionales" label="Nacionales" />
                <updated>2024-04-09T13:32:48+00:00</updated>
                <published>2024-04-09T13:33:45+00:00</published>
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            Confirman la continuidad de la investigación sobre Cristina Kirchner por presunto lavado de dinero
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                <![CDATA[Sur24]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/c0SbSuD7_g3Aik296EpN5lND96c=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2024/02/cristina_fernandez_de_kirchner.webp" class="type:primaryImage" /></figure><p>La Cámara de Casación Federal confirmó que la ex vicepresidenta Cristina Kirchner seguirá siendo investigada en la causa por la “ruta del dinero k” al ser rechazado un planteo de su defensa.</p><p>De esta forma, es Sebastián Casanello el juez de primera instancia quien junto con el fiscal Guillermo Marijuan continuarán con la causa de lavado de dinero en la que el empresario Lázaro Báez fue condenado a diez años de prisión.</p><p>Ahora fue el turno de los jueces Gustavo Hornos y Javier Carbajo, de la Sala IV de Casación, quien ante un planteo hecho por la exVicepresidenta contra el fallo de la Cámara Federal “resulta improcedente” y por eso rechazaron la apelación.</p>La ex vicepresidenta Cristina Fernández.<p>Cristina Kirchner de esta forma volverá al centro de la escena en esta causa de la que Casanello en dos oportunidades le dictó la falta de mérito por considerar que no había pruebas suficientes para avanzar.</p><p>En la causa a través del juicio que se hizo fueron condenados el empresario Lázaro Báez a diez años de prisión; su hijo Martín a 9 años; el arrepentido Leonardo Fariña a cinco, y otros empresarios.</p><p>La exVicepresidenta nunca fue procesada en el caso y el año pasado en un dictamen fue Marijuan quien llamativamente luego de impulsar la denuncia en reiteradas veces en su contra, reconoció que no hubo pruebas por lavado de dinero.</p>Cristina Fernandez de Kirchner. Crédito: Agustin Marcarian/Reuters<p>En su dictamen, el fiscal nombró los negocios entre el empresario y la vicepresidenta, además de más de 300 comunicaciones entre sus secretarios y ellos mismos, pero dijo que no existió delito alguno para investigar.</p><p>Pero la Cámara Federal abrió el camino al hacer lugar a un planteo de una ONG y ahora tras éste fallo que se confirma, Marijuan y Casanello seguirán adelante con el caso.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/c0SbSuD7_g3Aik296EpN5lND96c=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2024/02/cristina_fernandez_de_kirchner.webp" class="type:primaryImage" /></figure>Se desestimó un planteo de la defensa y de esta forma la ex Vicepresidenta seguirá siendo investigada por la Justicia por la “Ruta del dinero K”. En el caso ya fue condenado el empresario Lázaro Baez.]]>
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                <updated>2024-02-06T12:49:52+00:00</updated>
                <published>2024-02-06T12:49:08+00:00</published>
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            Las incógnitas sin resolver en las causas contra Cristina Fernández
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        <link rel="alternate" href="https://www.sur24.com.ar/noticias/las-incognitas-sin-resolver-en-las-causas-contra-cristina-fernandez" type="text/html" title="Las incógnitas sin resolver en las causas contra Cristina Fernández" />
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                <![CDATA[Emerio Agretti]]>
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        </author>
        
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/xOOGKZoi7nEb5wBS4-Pm1RO1Kdo=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2023/10/cristina_fernandez_de_kirchner.webp" class="type:primaryImage" /></figure><p>La aprobación del pliego de la camarista de Casación Ana María Figueroa, por impulso del kirchnerismo en el Senado y mediante una votación que terminó siendo desempatada por la presidenta pro témpore del cuerpo, habilitó interrogantes sobre la procedencia del trámite, la manera en que se producirá la reinserción de la magistrada y los efectos que esto podría tener sobre los fallos que dispusieron llevar adelante el juicio oral en las causas Hotesur-Los Sauces y Pacto con Irán.</p><p>A esta altura, algunas pocas dudas comenzaron a quedar despejadas. Específicamente, la desvinculación de Florencia Kirchner de la causa por lavado de dinero en los hoteles de la familia en El Calafate, ya que el fiscal ante la Cámara Federal de Casación Penal, Mario Villar, decidió no apelar el sobreseimiento que resolvieron los jueces Daniel Petrone y Diego Barroetaveña.</p><p>Cuando los camaristas firmaron la resolución que se concentraba en las dos empresas de la familia Kirchner investigadas por lavado de dinero, y anularon la decisión de dos jueces del Tribunal Oral Federal 5 (TOF 5) que habían sobreseído a todos los acusados a fines de 2021, fueron determinantes en la necesidad de que la inocencia o culpabilidad de los imputados, se resuelva en la instancia de debate.</p><p>La única excepción en aquel fallo fue Florencia Kirchner: Petrone y Barroetaveña no revocaron su sobreseimiento. Su edad fue un factor clave, y el rol de su hermano y la dinámica familiar también fueron tenidos en cuenta por los camaristas. Entendieron que no se le podía "exigir" una conducta distinta a la que tuvo en este caso y que, si existió un delito, lo decidieron "otras personas" que "mantenían con ella una relación asimétrica", de autoridad, porque eran sus padres y su hermano. El fiscal compartió el criterio de los magistrados y no apeló, por lo cual ésa cuestión está zanjada.</p>Juicio oral cuestionado<p>En cambio, no ocurrió lo mismo con la decisión de enviar a juicio oral a Cristina Fernández y Máximo Kirchner, decisión que la defensa pretende anular. Entre los argumentos, criticaron que la decisión haya salido con la firma de dos camaristas y sin la intervención de la jueza Ana María Figueroa, cesada en sus funciones por la Corte a principios de mes.</p><p>"La Sala que dictó el fallo quedó indebidamente constituida sólo por dos jueces, habiendo sido excluida de la resolución del caso la tercera magistrada (Ana María Figueroa) a través de una decisión de la Corte Suprema de Justicia de la Nación que no registra antecedentes similares y que resulta contraria a la práctica seguida con relación a otros magistrados que se encontraban en idéntica situación a la de la jueza Figueroa", manifestaron los abogados</p>La situación de Figueroa<p>Figueroa cumplió 75 años, la edad límite que establece la Constitución Nacional para su ejercicio como magistrada, el 9 de agosto.</p><p>La jueza Ana María Figueroa cumplió 75 años el pasado 9 de agosto.</p><p>La Corte Suprema, con el voto de sus cuatro integrantes (Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz, Juan Carlos Maqueda y Ricardo Lorenzetti), había resuelto dejar cesante a Figueroa el 6 de septiembre. Ahora, tras el extemporáneo trámite en el Senado, el Gobierno pretende que vuelva a su puesto, clave en las causas de Hotesur y Los Sauces y en la del Memorándum con Irán.</p><p>La jueza necesitaba el aval del presidente Alberto Fernández para continuar en la Cámara Federal de Casación por 5 años más. Luego de alguna demora que alentó especulaciones, el Ejecutivo lo firmó este martes por la noche. Con esa norma en la mano, y los fundamentos que la sustentan, la jueza debe reclamar ahora su restitución ante el Consejo de la Magistratura. Se entiende que eso habilitará una consulta con los jueces del fuero de Casación Penal, y eventualmente ante la Corte, que ya se expidió.</p><p>De todo este proceso resultará establecer si se trata de una nueva designación (y por lo tanto la magistrada deberá volver a prestar juramento), o de una extensión de sus funciones anteriores, que ya habían cesado. Y también si podrá volver a su antiguo puesto: la presidencia de la Cámara está ocupada ahora por Mariano Borinsky, y se tomaron medidas para cubrir el cargo. O si, finalmente, se considera que el trámite no se hizo de la manera correcta, considerando que se trata de una "ex jueza" (como ya dijo la Corte),.</p>El rol del Congreso<p>De acuerdo al artículo 99, inciso 4, de la Carta Magna argentina, el Presidente tiene entre sus atribuciones designar jueces "en base a una propuesta vinculante en terna del Consejo de la Magistratura, con acuerdo del Senado, en sesión pública, en la que se tendrá en cuenta la idoneidad de los candidatos". Allí también se especifica que "un nuevo nombramiento, precedido de igual acuerdo, será necesario para mantener en el cargo a cualquiera de esos magistrados, una vez que cumplan la edad de setenta y cinco años". Y agrega: "Todos los nombramientos de magistrados cuya edad sea la indicada o mayor se harán por cinco años, y podrán ser repetidos indefinidamente, por el mismo trámite".</p><p>La votación en el Senado para que Figueroa continúe por cinco años más fue muy ajustada. Al oficialismo le costó conseguir quórum y una vez que lo logró hubo doble empate a la hora de votar. Terminó desempatando la legisladora santiagueña Claudia Ledesma Abdala (esposa del gobernador de esa provincia Gerardo Zamora) quien estaba a cargo de la presidencia provisional de la Cámara ya que Cristina Kirchner se había retirado del recinto.</p><p>Invocando esas circunstancias, y el texto literal de la Constitución, se presentó una denuncia contra los 35 senadores que votaron a favor de la continuidad en Casación de Figueroa. La Fundación Apolo, con la firma de sus integrantes José Magioncalda, Juan Martín Fazio y Juan Manuel Otegui, los denunció por delito de incumplimiento de deberes de funcionario público.</p><p>Según la presentación de Apolo, los legisladores en cuestión "ponen en riesgo el orden constitucional y el servicio de justicia", ya que buscan "retrotraer 'contra legem' la jubilación de una magistrada, con el fin de nulificar lo actuado por la Sala en cuestión, luego de la salida de Figueroa, en decisiones sobre causas de corrupción que afectan en forma directa a la actual Vicepresidenta".</p><p>La causa quedó radicada en el Juzgado Criminal y Correccional Federal N° 11, a cargo del Dr. Julián Daniel Ercolini. Y se sumó al profuso entramado de planteos judiciales que atraviesan las causas en cuestión, y a los tres poderes del Estado junto con ellas.</p>AMIA: Zanini recusó a los jueces de la Corte<p>El procurador del Tesoro, Carlos Zannini, recusó a los cuatro jueces de la Corte Suprema en el marco de la reapertura de la causa por el Memorando de Entendimiento entre la Argentina e Irán por el atentado contra la AMIA.</p><p>El funcionario presentó un Recurso Extraordinario ante el máximo tribunal contra el fallo de la Cámara Federal de Casación que anuló el sobreseimiento de todos los imputados, apartó a los jueces que lo habían dispuesto y ordenó la realización del juicio oral.</p><p>Zannini no estaba entre los originalmente denunciados por el difunto fiscal Alberto Nisman, pese a lo cual el fallecido juez Claudio Bonadio lo incluyó en la acusación, lo procesó y lo metió preso.</p><p>Zannini, a través de su abogado, Mariano Fragueiro Frías, también pidió la separación de la causa de los jueces de Casación –Diego Barroetaveña y Daniel Petrone- que ordenaron la reapertura del expediente.</p><p>"Los magistrados firmantes de la decisión impugnada demoraron la resolución del recurso por casi dos años, término en el que la tercera integrante del Tribunal (Ana María Figueroa) cumplió la edad en que, para permanecer en el ejercicio de su cargo, el Senado debe prorrogar su nombramiento", argumentó la defensa.</p><p>Zannini interpretó que Petrone y Barroetaveña "intencionadamente la excluyeron de la deliberación, privándola de emitir su voto en la resolución de este recurso".</p><p>Sobre los jueces de la Corte Suprema, la defensa del procurador del Tesoro consideró que no pueden intervenir en esta instancia porque prejuzgaron al ordenar el cese en funciones de la jueza Figueroa cuando estaba pendiente su reválida en el Senado.</p>&nbsp;<p>.</p><p>&nbsp;</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/xOOGKZoi7nEb5wBS4-Pm1RO1Kdo=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2023/10/cristina_fernandez_de_kirchner.webp" class="type:primaryImage" /></figure>La defensa de la vicepresidenta pidió anular el fallo de Casación que dispuso avanzar con el juicio oral. Invoca la situación de la jueza Figueroa, que la Corte consideró jubilada y cuyo pliego fue votado después por el Congreso. El Presidente firmó el decreto para restituirla, pero ahora debe decidir la Justicia. Y ya hay denuncia contra los senadores que la votaron]]>
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                                <category term="nacionales" label="Nacionales" />
                <updated>2023-10-04T11:06:29+00:00</updated>
                <published>2023-10-04T11:01:11+00:00</published>
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            Condenas confirmadas para los 17 narcotraficantes que operaban en Venado
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                <![CDATA[Redacción Sur24]]>
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                                <content type="html" xml:base="https://www.sur24.com.ar/noticias/condenas-confirmadas-para-los-17-narcotraficantes-que-operaban-en-venado">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://sur24cdn.eleco.com.ar/sur24-static/images/logo.png" class="type:primaryImage" /></figure><p>El fallo fue dictado por la Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal, integrada por los jueces Gustavo Hornos, Javier Carbajo y Mariano Borinsky, que avaló lo resuelto por el Tribunal Oral Criminal (TOC) de Rosario el 8 de julio pasado.</p>
<p>En el escrito de 129 páginas el juez Hornos aseguró que se ha logrado demostrar que los acusados llevaron adelante maniobras típicas de comercialización de estupefacientes. Se logró probar que eran más de tres personas quienes, de forma organizada y con un acreditado ánimo de comercio, consumaron la figura penal finalmente atribuida.</p>
<p>De esta manera se confirmaron las condenas de siete años y seis meses de prisión a Guillermo López y Fabricio Monsalvo como coautores del delito de tráfico de estupefacientes, en la modalidad de comercio, agravado por la intervención de tres o más personas en forma organizada, quienes a su vez tenían los roles de mayor importancia en la organización.</p>
<p>Por los mismos delitos, otras quince personas recibieron penas de hasta seis años y nueve meses de cárcel.</p>
<p>En la sentencia dictada por el TOC rosarino se dio por probado la existencia de una organización que se dedicaba al tráfico de estupefacientes en el sur de la provincia de Santa Fe, principalmente en la ciudad de Venado Tuerto.</p>
<p>Asimismo, algunos de los miembros de la banda estaban detenidos en un establecimiento penitenciario y sin embargo coordinaban la venta y conseguían estupefacientes.</p>
<p>En tanto, a partir de allanamientos realizados en distintos domicilios y celdas, como así también por intervenciones telefónicas, se pudo dar cuenta de la comercialización que realizaban los condenados y el rol que tuvo cada uno en la estructura de la organización.</p>
<p>El intendente Chiarella declaró como denunciante y testigo contra vendedores de droga</p>
<p></p>
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                                                <summary type="html">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://sur24cdn.eleco.com.ar/sur24-static/images/logo.png" class="type:primaryImage" /></figure>El fallo fue dictado por la Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal, integrada por los jueces Gustavo Hornos, Javier Carbajo y Mariano Borinsky...]]>
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                <updated>2023-03-04T22:23:18+00:00</updated>
                <published>2023-03-04T14:09:20+00:00</published>
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