<?xml version="1.0" encoding="UTF-8"?>
<feed xmlns="http://www.w3.org/2005/Atom">
    <id>https://www.sur24.com.ar/feed-etiqueta/anmat</id>
    <link href="https://www.sur24.com.ar/feed-etiqueta/anmat" rel="self" type="application/atom+xml" />
    <title>Sur24</title>
    <subtitle>Todo el sur, todo el día, todos los días.</subtitle>
    <updated>2026-05-15T21:15:08+00:00</updated>
        <entry>
        <title>
            QR en medicamentos: qué cambia y cómo impactará en los pacientes
        </title>
        <link rel="alternate" href="https://www.sur24.com.ar/noticias/qr-en-medicamentos-que-cambia-y-como-impactara-en-los-pacientes" type="text/html" title="QR en medicamentos: qué cambia y cómo impactará en los pacientes" />
        <id>https://www.sur24.com.ar/noticias/qr-en-medicamentos-que-cambia-y-como-impactara-en-los-pacientes</id>
        <author>
            <name>
                <![CDATA[Redacción Sur24]]>
            </name>
        </author>
        
                                <content type="html" xml:base="https://www.sur24.com.ar/noticias/qr-en-medicamentos-que-cambia-y-como-impactara-en-los-pacientes">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/m756wouoYuNuuOfzeZdJ-Cz1R9M=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2026/05/medicamentos.webp" class="type:primaryImage" /></figure><p>El acceso a la información sobre medicamentos en Argentina comenzará a cambiar de manera progresiva.</p><p>A partir de una nueva disposición publicada este viernes en el Boletín Oficial, todos los remedios deberán incorporar un código QR o Data Matrix en sus envases para que pacientes y profesionales de la salud puedan consultar prospectos e información actualizada desde el celular.</p><p>La medida fue oficializada por la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica mediante la Disposición 2891/2026 y alcanza a todas las especialidades medicinales, independientemente de su origen o condición de venta.</p><p>Es decir, abarcará tanto medicamentos de venta libre como aquellos que requieren receta médica.</p><p>Abarcará tanto medicamentos de venta libre como aquellos que requieren receta médica.</p><p>Según explicó el organismo, el objetivo es modernizar el acceso a la información sanitaria, evitar la circulación de prospectos desactualizados y fortalecer la seguridad de los pacientes en el uso de medicamentos.</p><p>La decisión se enmarca en el avance de herramientas digitales aplicadas a la salud y busca mejorar la trazabilidad de los productos farmacéuticos en toda la cadena de distribución.</p>Qué deberán incluir los nuevos códigos QR<p>De acuerdo con la normativa, cada medicamento tendrá que incorporar un código bidimensional impreso o adherido mediante etiquetas con tecnología antifraude en el envase secundario, aunque las empresas también podrán incluirlo en el envase primario si así lo desean.</p><p>Al escanearlo desde un teléfono móvil, los usuarios accederán directamente al prospecto vigente aprobado por ANMAT y a la información destinada tanto a pacientes como a profesionales de la salud.</p><p>La disposición aclara además que los códigos no podrán redirigir a contenidos promocionales ni publicitarios. Toda la información disponible deberá estar exclusivamente vinculada al medicamento y mantenerse actualizada en tiempo real.</p><p>Escaneando el QR se accederán a la información destinada tanto a pacientes como a profesionales de la salud.</p><p>En los fundamentos de la resolución, el organismo sanitario sostuvo que la experiencia acumulada durante los últimos años y la evolución tecnológica hicieron necesario ampliar el alcance de la normativa previa. Hasta ahora, la obligatoriedad de estos códigos estaba limitada a determinados medicamentos de origen sintético o semisintético.</p><p>La nueva reglamentación deroga una disposición emitida en 2025 y extiende el sistema a todas las especialidades medicinales comercializadas en el país.</p><p>Otro punto importante es que los laboratorios seguirán teniendo la posibilidad de mantener el prospecto impreso dentro de la caja. Es decir, el código QR podrá coexistir con la versión en papel.</p>Plazos y cómo será la implementación<p>La Anmat estableció un plazo de seis meses para que los titulares de registros generen la totalidad de los códigos QR o Data Matrix correspondientes a cada medicamento.</p><p>En paralelo, la incorporación física en los envases será progresiva para permitir el agotamiento del stock existente y evitar inconvenientes en la comercialización.</p><p>Además, la disposición determina que los códigos deberán ajustarse a estándares internacionales de trazabilidad, como el sistema GS1, utilizado globalmente para identificar productos de manera única y garantizar su seguimiento a lo largo de toda la cadena de suministro.</p><p>El organismo remarcó que los laboratorios serán responsables de garantizar el correcto funcionamiento de los códigos, la disponibilidad permanente de la información y la actualización de los contenidos digitales vinculados.</p><p>También deberán asegurar que los códigos estén ubicados en sectores visibles de los envases y cuenten con el tamaño y contraste adecuados para facilitar su lectura.</p><p>Al mismo tiempo, el nuevo esquema permitirá actualizar información de manera inmediata ante cambios regulatorios o advertencias sanitarias, sin necesidad de esperar nuevas impresiones de envases y prospectos.</p><p>La disposición entrará en vigencia desde este viernes, tras su publicación en el Boletín Oficial, aunque la adaptación total del sistema demandará varios meses hasta que los nuevos códigos comiencen a verse masivamente en farmacias y medicamentos de uso cotidiano.</p>]]>
                </content>
                                                <summary type="html">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/m756wouoYuNuuOfzeZdJ-Cz1R9M=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2026/05/medicamentos.webp" class="type:primaryImage" /></figure>La Anmat dispuso que todos los medicamentos vendidos en Argentina incorporen códigos QR o Data Matrix en sus envases. La medida apunta a facilitar el acceso a prospectos actualizados y reforzar la seguridad sanitaria.]]>
                </summary>
                                <category term="nacionales" label="Nacionales" />
                <updated>2026-05-15T21:15:08+00:00</updated>
                <published>2026-05-15T19:12:48+00:00</published>
    </entry>
        <entry>
        <title>
            Productos de limpieza prohibidos por Anmat por falta de registro y control sanitario
        </title>
        <link rel="alternate" href="https://www.sur24.com.ar/noticias/productos-de-limpieza-prohibidos-por-anmat-por-falta-de-registro-y-control-sanitario" type="text/html" title="Productos de limpieza prohibidos por Anmat por falta de registro y control sanitario" />
        <id>https://www.sur24.com.ar/noticias/productos-de-limpieza-prohibidos-por-anmat-por-falta-de-registro-y-control-sanitario</id>
        <author>
            <name>
                <![CDATA[Redacción Sur24]]>
            </name>
        </author>
        
                                <content type="html" xml:base="https://www.sur24.com.ar/noticias/productos-de-limpieza-prohibidos-por-anmat-por-falta-de-registro-y-control-sanitario">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/bmhfqf7tM5-6C_RGKw2z5hDAIXw=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2026/05/articulos_de_limpieza.webp" class="type:primaryImage" /></figure><p>La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) ordenó la prohibición del uso, comercialización y distribución de una serie de productos de limpieza tras detectar irregularidades en su registro y control. La disposición fue publicada en el Boletín Oficial y alcanza a todo el territorio nacional.</p><p>La medida fue adoptada por el organismo luego de tareas de fiscalización que evidenciaron que los productos involucrados carecían de inscripción sanitaria, un requisito indispensable para garantizar su calidad, seguridad y eficacia.</p><p>Según se detalló en la Disposición 2406/2026, la prohibición alcanza a distintos artículos de limpieza de la marca LOMIR, entre ellos soluciones de hipoclorito de sodio, limpiavidrios multiuso y desinfectantes de superficies.</p><p>La ANMAT también dispuso la instrucción de sumarios sanitarios a las firmas involucradas y la comunicación de la medida a autoridades sanitarias y organismos de defensa del consumidor, con el objetivo de evitar la circulación de estos productos en el mercado.</p>Riesgos para la salud<p>El eje de la decisión radica en la falta de registro sanitario de los productos, lo que implica que no fueron evaluados por el organismo en términos de composición, eficacia ni seguridad.</p><p>Desde el organismo se advierte que este tipo de situaciones representa un riesgo potencial para los usuarios, ya que no se puede garantizar que los productos cumplan con los estándares mínimos exigidos. Además, la ausencia de información confiable sobre su origen o elaboración impide verificar su trazabilidad.</p>Los artículos alcanzados incluían productos de uso cotidiano, como desinfectantes y limpiadores para superficie<p>En este caso, los artículos alcanzados incluían productos de uso cotidiano, como desinfectantes y limpiadores para superficies o piscinas, lo que amplifica el impacto de la medida debido a su uso extendido en hogares y espacios públicos.</p><p>Las autoridades remarcaron que la comercialización de productos sin autorización constituye una infracción a la normativa vigente y puede derivar en sanciones para las empresas responsables.</p>]]>
                </content>
                                                <summary type="html">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/bmhfqf7tM5-6C_RGKw2z5hDAIXw=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2026/05/articulos_de_limpieza.webp" class="type:primaryImage" /></figure>La autoridad sanitaria nacional dispuso el retiro inmediato de artículos domisanitarios que no contaban con inscripción oficial ni garantías de seguridad. La medida rige en todo el país.]]>
                </summary>
                                <category term="nacionales" label="Nacionales" />
                <updated>2026-05-05T12:12:31+00:00</updated>
                <published>2026-05-05T12:06:32+00:00</published>
    </entry>
        <entry>
        <title>
            ANMAT prohibió productos de limpieza por falta de registro sanitario
        </title>
        <link rel="alternate" href="https://www.sur24.com.ar/noticias/anmat-prohibio-productos-de-limpieza-por-falta-de-registro-sanitario" type="text/html" title="ANMAT prohibió productos de limpieza por falta de registro sanitario" />
        <id>https://www.sur24.com.ar/noticias/anmat-prohibio-productos-de-limpieza-por-falta-de-registro-sanitario</id>
        <author>
            <name>
                <![CDATA[Redacción Sur24]]>
            </name>
        </author>
        
                                <content type="html" xml:base="https://www.sur24.com.ar/noticias/anmat-prohibio-productos-de-limpieza-por-falta-de-registro-sanitario">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/aRVdS9YPE4aR_dkKEg0YpCy860k=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2026/04/anmat_1.webp" class="type:primaryImage" /></figure><p>La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica dispuso la prohibición del uso, comercialización y distribución de una serie de productos de limpieza en todo el país. La medida, publicada en el Boletín Oficial, responde a irregularidades detectadas durante tareas de fiscalización, principalmente vinculadas a la falta de registro sanitario.</p><p>La decisión del organismo sanitario nacional vuelve a poner en foco los controles sobre los productos de uso cotidiano que circulan en el mercado. En este caso, se trata de artículos de limpieza —como desinfectantes, limpiavidrios y productos para piscinas— que no contaban con la debida autorización para su comercialización.</p><p>Según se detalla en la disposición oficial, las irregularidades fueron detectadas a partir de inspecciones realizadas en establecimientos donde se elaboraban o distribuían estos productos. Como consecuencia, la ANMAT no solo ordenó su retiro inmediato del mercado, sino que además inició sumarios sanitarios contra las firmas responsables.</p>Se trata de artículos de limpieza que no contaban con la debida autorización para su comercialización.Cuáles fueron las irregularidades<p>El eje de la medida radica en la falta de inscripción sanitaria de los productos involucrados. Esto implica que no habían sido evaluados por la autoridad competente en aspectos clave como su composición, seguridad o eficacia.</p><p>Entre los artículos alcanzados por la disposición 2406/2026, figuran: “Solución de hipoclorito de sodio 85 gr cl/l. Desinfectante de superficies y agua de piscinas. LOMIR”, “Líquido multiuso limpiavidrios. LOMIR” y “Desinfectante para superficies. Alcohol 70°. LOMIR. Listo para usar”.</p><p>De acuerdo con lo informado, estos productos eran elaborados y comercializados por Química El Regreso S.R.L., ubicada en la localidad bonaerense de Lomas del Mirador, donde se constató la existencia de mercadería sin registro durante un procedimiento de inspección.</p><p>El hecho de que un producto domisanitario no esté registrado implica que no cumple con las normativas vigentes, lo que representa un potencial riesgo para la salud pública. En este sentido, desde el organismo remarcan que la ausencia de control impide garantizar condiciones básicas de calidad y seguridad.</p><p>Además, la ANMAT dispuso comunicar la medida a autoridades sanitarias de todo el país y a organismos de defensa del consumidor, con el objetivo de reforzar los controles y evitar la comercialización de estos productos en distintos puntos del territorio.</p>El hecho de que un producto domisanitario no esté registrado implica que no cumple con las normativas vigentesControles y sanciones en aumento<p>La prohibición de estos productos de limpieza se inscribe en una serie de medidas recientes adoptadas por la ANMAT frente a irregularidades detectadas en distintos rubros, desde cosméticos hasta insumos médicos.</p><p>En los últimos meses, el organismo avanzó con múltiples disposiciones que ordenaron el retiro de productos sin registro o con fallas en su trazabilidad. En todos los casos, el denominador común fue la falta de cumplimiento de las normativas sanitarias vigentes.</p><p>Este tipo de controles se intensificó especialmente en el comercio digital, donde muchas veces se detecta la venta de productos sin autorización. La ANMAT advierte que la comercialización en plataformas online sin verificación oficial amplifica el riesgo para los consumidores.</p><p>En ese contexto, la autoridad sanitaria insiste en la importancia de que los usuarios verifiquen que los productos cuenten con la correspondiente inscripción antes de adquirirlos. Esto se puede corroborar a través de etiquetas, rótulos y registros oficiales.</p><p>Por otra parte, las sanciones no solo alcanzan a los productos, sino también a las empresas responsables. Los sumarios sanitarios pueden derivar en multas, clausuras o inhabilitaciones, dependiendo de la gravedad de las irregularidades detectadas.</p>]]>
                </content>
                                                <summary type="html">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/aRVdS9YPE4aR_dkKEg0YpCy860k=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2026/04/anmat_1.webp" class="type:primaryImage" /></figure>La autoridad sanitaria nacional ordenó la prohibición de uso, venta y distribución de varios productos domisanitarios tras detectar irregularidades en su registro y control. También se iniciaron sumarios contra las empresas involucradas.]]>
                </summary>
                                <category term="nacionales" label="Nacionales" />
                <updated>2026-04-30T12:02:57+00:00</updated>
                <published>2026-04-30T12:00:14+00:00</published>
    </entry>
        <entry>
        <title>
            Productos médicos y lotes de medicamentos suspendidos por ANMAT
        </title>
        <link rel="alternate" href="https://www.sur24.com.ar/noticias/productos-medicos-y-lotes-de-medicamentos-suspendidos-por-anmat" type="text/html" title="Productos médicos y lotes de medicamentos suspendidos por ANMAT" />
        <id>https://www.sur24.com.ar/noticias/productos-medicos-y-lotes-de-medicamentos-suspendidos-por-anmat</id>
        <author>
            <name>
                <![CDATA[Redacción Sur24]]>
            </name>
        </author>
        
                                <content type="html" xml:base="https://www.sur24.com.ar/noticias/productos-medicos-y-lotes-de-medicamentos-suspendidos-por-anmat">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/pLlUUT-IfOWk2RH2BBMHCC1gK3I=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2026/04/anmat.webp" class="type:primaryImage" /></figure><p>La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) dispuso la suspensión preventiva de una empresa vinculada a productos médicos y, en paralelo, la prohibición del uso de determinados lotes de medicamentos importados, tras detectar incumplimientos en las condiciones exigidas por la normativa vigente.</p><p>La medida, que fue oficializada en las últimas horas, se enmarca en las tareas de fiscalización que lleva adelante el organismo nacional y apunta a garantizar la calidad, seguridad y trazabilidad de los productos que se comercializan en el país.</p>Control sanitario<p>Según se desprende de las actuaciones oficiales, la decisión de la ANMAT se originó a partir de inspecciones técnicas en las que se detectaron múltiples fallas en los procedimientos operativos de la firma involucrada.</p>Se detectaron múltiples fallas en los procedimientos operativos de la firma involucrada.<p>Entre las principales irregularidades señaladas se encuentran deficiencias en el transporte de medicamentos, problemas en el control de temperatura y en la cadena de frío, así como inconsistencias en la documentación y en la trazabilidad de los productos.</p><p>También se observaron falencias en la verificación de proveedores y en los registros vinculados a clientes, lo que contraviene las exigencias de las Buenas Prácticas de Distribución que deben cumplir todas las empresas del sector.</p><p>A partir de estos hallazgos, el organismo resolvió suspender el tránsito interjurisdiccional de medicamentos de la firma, una medida que implica que la empresa no podrá trasladar productos entre distintas provincias hasta tanto regularice su situación.</p><p>Además, se inició un sumario sanitario para determinar responsabilidades y evaluar posibles sanciones adicionales, en línea con los procedimientos habituales en este tipo de casos.</p>Se inició un sumario sanitario para determinar responsabilidadesAlcance de la medida<p>En paralelo a la suspensión de la empresa, la ANMAT dispuso la prohibición del uso, comercialización y distribución de determinados lotes de medicamentos importados, al considerar que no se encuentran garantizadas las condiciones necesarias para su utilización segura.</p><p>Este tipo de medidas preventivas se adoptan cuando existen dudas sobre la calidad, eficacia o seguridad de los productos, ya sea por problemas en su origen, en su almacenamiento o en su cadena de distribución.</p><p>En ese sentido, el organismo enfatizó que la decisión tiene como objetivo principal proteger la salud de la población, evitando la circulación de productos que no cumplan con los estándares sanitarios exigidos.</p><p>Las restricciones rigen en todo el territorio nacional y alcanzan tanto a establecimientos de salud como a farmacias y distribuidores, que deberán abstenerse de utilizar o comercializar los lotes involucrados.</p><p>El caso se suma a una serie de acciones recientes impulsadas por la ANMAT en el marco de sus tareas de control y vigilancia sanitaria. En los últimos meses, el organismo ha dispuesto distintas prohibiciones, retiros del mercado y suspensiones de empresas ante la detección de irregularidades, en una política orientada a reforzar los estándares de calidad y seguridad.</p><p>Asimismo, las inspecciones periódicas y los controles documentales forman parte de un sistema de fiscalización que busca garantizar que los medicamentos y productos médicos que llegan a los pacientes cumplan con las condiciones adecuadas desde su fabricación hasta su distribución.</p><p>En este contexto, desde la ANMAT recordaron la importancia de que todos los actores del sistema sanitario —laboratorios, droguerías, distribuidores y farmacias— respeten las normativas vigentes, ya que cualquier desviación puede implicar riesgos para la salud pública.</p>]]>
                </content>
                                                <summary type="html">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/pLlUUT-IfOWk2RH2BBMHCC1gK3I=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2026/04/anmat.webp" class="type:primaryImage" /></figure>El organismo detectó irregularidades en los procesos de distribución y control, por lo que dispuso la suspensión preventiva y restricciones sobre determinados productos para resguardar la salud pública.]]>
                </summary>
                                <category term="nacionales" label="Nacionales" />
                <updated>2026-04-22T11:24:35+00:00</updated>
                <published>2026-04-22T11:22:05+00:00</published>
    </entry>
        <entry>
        <title>
            Alerta sanitaria: la ANMAT suspendió medicamentos por graves irregularidades
        </title>
        <link rel="alternate" href="https://www.sur24.com.ar/noticias/alerta-sanitaria-la-anmat-suspendio-medicamentos-por-graves-irregularidades" type="text/html" title="Alerta sanitaria: la ANMAT suspendió medicamentos por graves irregularidades" />
        <id>https://www.sur24.com.ar/noticias/alerta-sanitaria-la-anmat-suspendio-medicamentos-por-graves-irregularidades</id>
        <author>
            <name>
                <![CDATA[Redacción Sur24]]>
            </name>
        </author>
        
                                <content type="html" xml:base="https://www.sur24.com.ar/noticias/alerta-sanitaria-la-anmat-suspendio-medicamentos-por-graves-irregularidades">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/77kv09yNQb1LlGx-YihI9MkkM2g=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2026/04/medicamentosd.webp" class="type:primaryImage" /></figure><p>La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica dispuso la suspensión preventiva de la habilitación de la empresa Global Pharma Group S.A., una distribuidora de medicamentos que operaba a nivel interjurisdiccional, tras detectar múltiples incumplimientos a las Buenas Prácticas de Distribución (BPD).</p><p>La medida, que se publico en el Boletin Oficial, implica que la firma no podrá continuar con el tránsito de especialidades medicinales entre distintas provincias hasta que demuestre haber corregido las irregularidades observadas. Además, se inició un sumario sanitario tanto contra la empresa como contra su directora técnica, en el marco de la Ley Nacional de Medicamentos N° 16.463.</p>Fallas críticas<p>La inspección, realizada en febrero de 2026, dejó al descubierto una serie de deficiencias graves que, según el organismo, comprometen la calidad, seguridad e integridad de los medicamentos.</p>La inspección, realizada en febrero de 2026, dejó al descubierto una serie de deficiencias graves<p>Entre las principales irregularidades se destacan problemas en las condiciones edilicias e higiénicas. Los inspectores detectaron la presencia de suciedad acumulada, manchas de humedad, pintura deteriorada y hasta aberturas que permitían el ingreso de plagas en áreas sensibles como recepción y expedición.</p><p>Sin embargo, uno de los puntos más críticos estuvo vinculado al manejo de la temperatura, un aspecto clave en la conservación de muchos fármacos. Durante la auditoría se registraron valores extremadamente altos —superiores a los 32°C tanto en depósitos como en heladeras— sin que existieran registros, alertas ni investigaciones internas que explicaran estos desvíos.</p><p>A esto se suma que los sistemas de alarma no funcionaban correctamente y que la empresa no contaba con un mapeo térmico del depósito, una herramienta obligatoria para identificar zonas críticas y garantizar condiciones adecuadas de almacenamiento.</p><p>Pero las fallas no terminaron allí. En simulaciones de despacho de productos refrigerados, se detectaron temperaturas por debajo de los 2°C, llegando incluso a valores negativos, lo que también puede dañar medicamentos sensibles.</p>La medida se publico en el Boletin OficialDocumentación incompleta<p>Otro de los aspectos que motivó la sanción fue la imposibilidad de garantizar la trazabilidad de los medicamentos, es decir, la capacidad de reconstruir su recorrido desde el origen hasta el destino final.</p><p>Según el informe oficial, el sistema informático de la empresa no permitía rastrear productos por número de lote ni gestionar adecuadamente el stock. Además, se emitieron facturas y remitos con información incompleta, omitiendo datos esenciales como la monodroga, el laboratorio fabricante, el vencimiento o el número de lote.</p><p>También se detectaron incumplimientos en el Sistema Nacional de Trazabilidad, ya que no se consignaban códigos obligatorios como el GTIN seriado ni los datos de destino (GLN/CUFE), lo que rompe la cadena de control exigida por la normativa vigente.</p><p>Estas falencias no sólo afectan a la empresa, sino que también impactan en otros actores del sistema de salud, como farmacias, clínicas y droguerías, que dependen de información precisa para garantizar la seguridad del paciente.</p>Qué exige la normativa<p>Las Buenas Prácticas de Distribución, establecidas por la normativa nacional, fijan estándares estrictos para el almacenamiento, transporte y control de medicamentos.</p><p>En el caso de la cadena de frío, por ejemplo, se exige que las empresas cuenten con sistemas de monitoreo continuo, alarmas efectivas, procedimientos documentados y estudios de mapeo térmico que permitan validar las condiciones de los depósitos.</p><p>Además, toda desviación de temperatura debe ser registrada, investigada y corregida mediante acciones preventivas y correctivas. También es obligatorio que existan protocolos claros para el transporte, el mantenimiento de equipos y la gestión de contingencias.</p><p>La trazabilidad, por su parte, es un pilar fundamental del sistema sanitario, ya que permite retirar rápidamente productos defectuosos del mercado y evitar falsificaciones o desvíos ilegales.</p>]]>
                </content>
                                                <summary type="html">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/77kv09yNQb1LlGx-YihI9MkkM2g=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2026/04/medicamentosd.webp" class="type:primaryImage" /></figure>Se dispuso la suspensión tras detectar fallas en almacenamiento, trazabilidad y documentación durante una inspección, lo que puso en duda la seguridad y calidad de los productos.]]>
                </summary>
                                <category term="nacionales" label="Nacionales" />
                <updated>2026-04-21T11:30:08+00:00</updated>
                <published>2026-04-21T11:21:33+00:00</published>
    </entry>
        <entry>
        <title>
            Cosméticos, repelente falso y un antibiótico, prohibidos por ANMAT
        </title>
        <link rel="alternate" href="https://www.sur24.com.ar/noticias/cosmeticos-repelente-falso-y-un-antibiotico-prohibidos-por-anmat" type="text/html" title="Cosméticos, repelente falso y un antibiótico, prohibidos por ANMAT" />
        <id>https://www.sur24.com.ar/noticias/cosmeticos-repelente-falso-y-un-antibiotico-prohibidos-por-anmat</id>
        <author>
            <name>
                <![CDATA[Redacción Sur24]]>
            </name>
        </author>
        
                                <content type="html" xml:base="https://www.sur24.com.ar/noticias/cosmeticos-repelente-falso-y-un-antibiotico-prohibidos-por-anmat">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/0z-3x1zptGblcAFC0aR7WcTY5N4=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2025/08/anmat.webp" class="type:primaryImage" /></figure><p>A través de una serie de disposiciones publicadas en el Boletín Oficial, la ANMAT formalizó la prohibición de diversos productos que representan un riesgo para la salud pública. Las medidas alcanzan desde una línea completa de cosméticos y un repelente de insectos con rotulado apócrifo, hasta un medicamento inyectable y tecnología médica sin registro sanitario.</p>Cosméticos "ANZA": sin habilitación ni garantías<p>Mediante la Disposición 1465/2026, el organismo prohibió el uso y comercialización de 21 productos de la marca "ANZA". La investigación comenzó tras detectar la oferta de estos artículos en plataformas digitales.</p><p>Al consultar las bases de datos, se constató que ni los productos contaban con inscripción sanitaria ni la empresa QUÍMICA ANZA S.A.S. poseía habilitación para el rubro cosmético, ni a nivel nacional ni en la provincia de Córdoba.</p><p>Entre los productos prohibidos se encuentran cremas faciales, aceites corporales, tónicos, bloqueadores solares, serums y un repelente de mosquitos denominado "DEFENCE". Al tratarse de productos ilegítimos, la autoridad sanitaria advirtió que es imposible garantizar su seguridad, eficacia o la calidad de sus ingredientes.</p>Entre los productos prohibidos se encuentran cremas faciales, aceites corporales, tónicos, entre otros.Alerta por repelente "OFF!" falso<p>En el marco de la vigilancia post-comercialización, la Disposición 1476/2026 prohibió un producto rotulado como "Repelente de insectos" marca "OFF!" con inscripciones íntegramente en idioma chino.</p><p>El artículo fue detectado en un local comercial de la provincia de Buenos Aires. Tras consultar a la firma titular de la marca en Argentina, S.C. Johnson &amp; Son, la empresa confirmó que no participó en la elaboración ni importación de dicha unidad.</p><p>Al desconocerse su origen y composición, la ANMAT decidió retirarlo de circulación preventivamente para evitar posibles efectos adversos en los usuarios.</p>La Disposición 1476/2026 prohibió un producto rotulado como "Repelente de insectos" marca "OFF!" falso.Retiro de mercado de un antibiótico<p>Por otra parte, la Disposición 1497/2026 ordenó a la firma P.L. RIVERO y CIA S.A. el recupero inmediato de todos los lotes del medicamento DANFERANE I.V. (Trimetoprima + Sulfametoxazol).</p><p>La medida se tomó luego de verificar que la empresa utilizaba un elaborador alternativo no autorizado en el Certificado de Inscripción. Ante la falta de documentación respaldatoria sobre los procesos de fabricación de estos lotes, el organismo consideró que existe un riesgo sanitario, ya que no se pueden establecer los estándares de calidad y seguridad necesarios para un producto de uso delicado.</p>Irregularidades en productos médicos en Mendoza<p>Finalmente, la Disposición 1498/2026 prohibió la comercialización de bolsas de ostomía y tests de hemoglobina fecal encontrados en una distribuidora de la ciudad de Mendoza. Se trata de los productos VELA PORT OSTOMY e INSURE ONE, de origen estadounidense.</p><p>Los elementos fueron hallados en un sector de "muestras", pero carecían de responsable titular en el país y de registro sanitario. El inspeccionado admitió haberlos traído de congresos en el exterior, lo que vulnera las normas de importación y trazabilidad de tecnología médica en Argentina.</p>]]>
                </content>
                                                <summary type="html">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/0z-3x1zptGblcAFC0aR7WcTY5N4=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2025/08/anmat.webp" class="type:primaryImage" /></figure>A través de cuatro nuevas disposiciones en el Boletín Oficial, la autoridad sanitaria ordenó el retiro de mercado de lotes específicos y advirtió sobre etiquetas apócrifas que imitan a reconocidas marcas internacionales de cuidado personal.]]>
                </summary>
                                <category term="nacionales" label="Nacionales" />
                <updated>2026-03-20T11:11:31+00:00</updated>
                <published>2026-03-20T11:07:52+00:00</published>
    </entry>
        <entry>
        <title>
            Anmat retiró equipos estéticos, cremas y medicamentos por falta de habilitación
        </title>
        <link rel="alternate" href="https://www.sur24.com.ar/noticias/anmat-retiro-equipos-esteticos-cremas-y-medicamentos-por-falta-de-habilitacion" type="text/html" title="Anmat retiró equipos estéticos, cremas y medicamentos por falta de habilitación" />
        <id>https://www.sur24.com.ar/noticias/anmat-retiro-equipos-esteticos-cremas-y-medicamentos-por-falta-de-habilitacion</id>
        <author>
            <name>
                <![CDATA[Redacción Sur24]]>
            </name>
        </author>
        
                                <content type="html" xml:base="https://www.sur24.com.ar/noticias/anmat-retiro-equipos-esteticos-cremas-y-medicamentos-por-falta-de-habilitacion">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/2DpUpH_j0wzu10--zDTV0Qngw9Y=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2026/02/anmat.webp" class="type:primaryImage" /></figure><p>La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) dispuso en las últimas horas la prohibición y retiro del mercado argentino de diversos equipos de aparatología estética, productos cosméticos, medicamentos y artículos médicos que se comercializaban sin contar con la autorización sanitaria correspondiente.</p><p>Las medidas alcanzan dispositivos utilizados para tratamientos de radiofrecuencia y HIFU, cremas cicatrizantes, bloqueadores solares, productos antiinflamatorios de uso tópico y una preparación medicinal elaborada con nitrato de plata y nitrato de potasio.</p>Aparatología estética<p>Mediante la disposición 792/2026, el organismo incluyó a los equipos médicos Dermofrax Dermotherap y Dermohifu-7D-FEM Dermotherap. La decisión se adoptó luego de comprobar que la firma Dermoequipos SRL fabricaba y distribuía estos dispositivos sin la debida habilitación sanitaria.</p><p>La investigación se inició tras detectar la oferta de tecnología HIFU en redes sociales, donde también se identificaron equipos presentados como prototipos de radiofrecuencia que carecían de registro y cuya documentación comercial no permitía establecer su trazabilidad.</p><p>Durante una inspección en la sede de la empresa, ubicada en el barrio porteño de Colegiales, se constató que los equipos no estaban autorizados para su uso ni comercialización. Ante esta situación, la ANMAT ordenó iniciar un sumario sanitario contra la firma y su Director Técnico, además de exigir el retiro de todas las publicaciones vinculadas a estos productos.</p>Cosméticos sin habilitación<p>En el ámbito de los productos cosméticos, la disposición 793/2026 prohibió el uso, comercialización, publicidad y distribución —incluida la venta en plataformas digitales— de las cremas “Rucrem curativa”, “Rucrem bloqueador solar RB FPS 80” y “ATO-FLEX FORTE”, elaboradas por el Laboratorio Ruefenacht en Campo Quijano.</p>Cremas cicatrizantes y bloqueadores solares retirados de la venta.<p>La medida se adoptó tras una consulta de la Dirección de Farmacia provincial, que verificó que la firma no estaba habilitada para el rubro cosmético y que el legajo utilizado en el rotulado de los productos correspondía a un registro usurpado.</p><p>Además, los cosméticos no figuraban en la base de datos de la ANMAT y no fue posible determinar el establecimiento responsable de su elaboración, por lo que se desconoce su eficacia, seguridad y la conformidad de sus ingredientes con la normativa vigente. La prohibición alcanza a todos los lotes, presentaciones y fechas de vencimiento.</p>Medicamentos y prohibiciones<p>En la misma edición del Boletín Oficial se publicó la disposición 802/2026, que prohibió la venta del producto Verrugol, elaborado por el Laboratorio Fiorano. El organismo determinó que, por su composición y acción farmacológica, podría tratarse de una especialidad medicinal, aunque ni el laboratorio ni el producto cuentan con autorización sanitaria.</p><p>La investigación estableció además que la marca no figura en la Farmacopea Argentina ni en el listado de productos aprobados. Por este motivo, se dispuso su prohibición preventiva hasta que se regularice la situación y se garantice la seguridad de los usuarios.</p>Equipos médicos y productos clínicos<p>Otras disposiciones incluyeron productos médicos de uso clínico, equipos electrónicos de diagnóstico y artículos domisanitarios, retirados tras detectar irregularidades en calidad, registro y comercialización.</p><p>Entre ellos, la disposición 807/2026 prohibió la Sonda para Succión PM-201-13, modelo SK-29P, marca BIOEQUIP, fabricada por BIOPLAS S.R.L., luego de recibir reportes sobre la presencia de contaminantes en envases primarios de determinados lotes.</p><p>Una inspección en la planta de Ramos Mejía reveló un estado inoperativo del área de producción, fallas en la trazabilidad y problemas en la distribución de los lotes 89/24, 126/24 y 89/25. La ANMAT ordenó un sumario sanitario por presuntas infracciones a las normas de buenas prácticas de fabricación y tecnovigilancia.</p>Electrocardiógrafos, insumos clínicos y domisanitarios<p>Mediante la disposición 795/2026, se prohibió en todo el país el uso y comercialización de al menos cinco lotes del Electrocardiógrafo Contec modelo ECG300G, importado con registro vencido, en infracción a los requisitos de habilitación.</p><p>En tanto, la disposición 779/2026 apartó del mercado todos los lotes del producto Specimen Trap 40 cc, utilizado para muestras estériles, comercializado por La Comercial Médica S.A. de Río Gallegos, al carecer de registro sanitario, responsable importador y fecha de vencimiento.</p>Desinfectantes para piscinas<p>Finalmente, la disposición 778/2026 prohibió la comercialización y publicidad del desinfectante para piscinas nataclor OXY POOL, tras constatarse que se vendía con un rótulo distinto al aprobado, con indicaciones de uso y composición no autorizadas.</p>El retiro preventivo busca proteger a los usuarios ante posibles riesgos para la salud.<p>También se verificó que algunos lotes fueron fabricados antes de obtener el registro correspondiente. La firma Aguas S.R.L. deberá afrontar un sumario sanitario por el incumplimiento de la normativa vigente. Todas las disposiciones fueron comunicadas a las autoridades sanitarias de todo el país.</p>]]>
                </content>
                                                <summary type="html">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/2DpUpH_j0wzu10--zDTV0Qngw9Y=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2026/02/anmat.webp" class="type:primaryImage" /></figure>La medida alcanzó dispositivos, preparados de uso tópico y especialidades medicinales que se comercializaban sin habilitación sanitaria, e incluyó el retiro inmediato de todos los lotes y presentaciones en el país.]]>
                </summary>
                                <category term="nacionales" label="Nacionales" />
                <updated>2026-03-18T16:15:30+00:00</updated>
                <published>2026-02-26T11:23:58+00:00</published>
    </entry>
        <entry>
        <title>
            ANMAT prohibió el uso y comercialización de bombas de infusión extraviadas
        </title>
        <link rel="alternate" href="https://www.sur24.com.ar/noticias/anmat-prohibio-el-uso-y-comercializacion-de-bombas-de-infusion-extraviadas" type="text/html" title="ANMAT prohibió el uso y comercialización de bombas de infusión extraviadas" />
        <id>https://www.sur24.com.ar/noticias/anmat-prohibio-el-uso-y-comercializacion-de-bombas-de-infusion-extraviadas</id>
        <author>
            <name>
                <![CDATA[Redacción Sur24]]>
            </name>
        </author>
        
                                <content type="html" xml:base="https://www.sur24.com.ar/noticias/anmat-prohibio-el-uso-y-comercializacion-de-bombas-de-infusion-extraviadas">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/6CVN2FfeYeszugfBooO0ZBfRADc=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2026/02/bombas_de_infusion.webp" class="type:primaryImage" /></figure><p>La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) dispuso la prohibición del uso, comercialización y distribución en todo el país de determinadas bombas de infusión de las marcas Plum A+TM y Plum360TM, luego de que la empresa titular informara el extravío de varias unidades. La decisión quedó formalizada a través de la Disposición 259/2026, publicada en el Boletín Oficial.</p><p>Según consta en el texto oficial, la medida se originó a partir de una notificación realizada por la firma ICU Medical Argentina S.R.L., habilitada como importadora de productos médicos bajo el Legajo N° 2028. La empresa comunicó el extravío de equipos identificados con números de serie específicos y presentó la correspondiente denuncia ante el Gobierno de la Provincia de Buenos Aires.</p>Las bombas de infusión son dispositivos ampliamente utilizados en unidades de terapia intensivaQué equipos están alcanzados por la prohibición<p>La disposición detalla que la prohibición alcanza a las siguientes unidades:</p><p>Bomba de infusión Plum A+TM (PM 2028-22), números de serie: 18314614, 18313908, 18311337, 18313170, 18312661, 18302456 y 18301723.</p><p>Bomba de infusión Plum360TM (PM 2028-45), número de serie: 20852391.</p><p>Se trata de productos médicos clasificados como de riesgo III, es decir, dispositivos que cumplen funciones críticas en la atención sanitaria y cuyo uso indebido o en condiciones no verificadas puede implicar riesgos significativos para los pacientes.</p><p>De acuerdo con la documentación oficial, la bomba Plum A+TM está indicada para proporcionar infusiones por vía parenteral, enteral o epidural, mientras que la Plum360TM se utiliza para terapias parenterales, enterales y epidurales, además de la administración de sangre o productos sanguíneos.</p><p>Al tratarse de equipos destinados a la administración controlada de medicamentos y fluidos en pacientes, su trazabilidad y estado técnico resultan fundamentales para garantizar la seguridad en hospitales, clínicas y otros establecimientos de salud.</p>Requieren controles técnicos, mantenimiento periódico y verificación de su correcto funcionamiento.El motivo de la medida y su alcance<p>La ANMAT fundamentó la decisión en la necesidad de “proteger a eventuales adquirentes y usuarios” de los productos involucrados, dado que se trata de unidades individualizadas cuyo estado y condición se desconocen tras su extravío</p><p>En este sentido, el organismo resolvió prohibir su uso, comercialización y distribución en todo el territorio nacional. La disposición establece en su artículo 1° la prohibición expresa sobre los equipos mencionados y ordena en el artículo 2° su publicación en el Boletín Oficial, así como la comunicación a las autoridades sanitarias provinciales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires</p><p>Además, se dio intervención a la Dirección de Evaluación y Gestión de Monitoreo de Productos para la Salud y a la Coordinación de Sumarios, en el marco de las facultades conferidas por el Decreto N° 1490/92 y sus modificatorias, normativa que regula las competencias del organismo.</p><p>La disposición lleva la firma del administrador nacional, Luis Eduardo Fontana, y fue publicada con fecha 13 de febrero de 2026 en el Boletín Oficial</p>Por qué es clave la trazabilidad en productos médicos<p>Las bombas de infusión son dispositivos ampliamente utilizados en unidades de terapia intensiva, servicios de oncología, neonatología y en internaciones generales, donde permiten administrar fármacos, soluciones y hemoderivados de manera controlada y precisa.</p><p>Al ser equipos electrónicos programables, requieren controles técnicos, mantenimiento periódico y verificación de su correcto funcionamiento. Cuando una unidad se extravía y pierde su circuito formal de distribución y control, las autoridades sanitarias no pueden garantizar que se conserve en condiciones adecuadas ni que no haya sido manipulada.</p><p>Por eso, ante la pérdida de dispositivos de riesgo III, la normativa prevé la adopción de medidas preventivas como la prohibición de uso, incluso cuando no se hayan reportado incidentes. El objetivo es evitar que esos equipos reaparezcan en el mercado informal o sean utilizados sin las garantías correspondientes.</p><p>Desde el punto de vista sanitario, la decisión apunta a reducir cualquier posibilidad de daño derivado de un funcionamiento defectuoso, calibración incorrecta o alteración de componentes internos.</p>Qué deben tener en cuenta las instituciones de salud<p>La disposición no implica un retiro general del mercado de las líneas Plum A+TM o Plum360TM, sino que se limita estrictamente a las unidades cuyos números de serie fueron detallados. Es decir, otros equipos de la misma marca y modelo que no coincidan con esos identificadores pueden continuar en uso, siempre que cuenten con la documentación y habilitación correspondientes.</p><p>En caso de que alguna institución o profesional detecte la presencia de una de las bombas incluidas en la prohibición, deberá abstenerse de utilizarla y dar aviso a la autoridad sanitaria competente.</p><p>La publicación oficial también ordena la comunicación a las autoridades sanitarias provinciales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a fin de reforzar la difusión de la medida y facilitar su cumplimiento en todo el país.</p>]]>
                </content>
                                                <summary type="html">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/6CVN2FfeYeszugfBooO0ZBfRADc=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2026/02/bombas_de_infusion.webp" class="type:primaryImage" /></figure>La medida alcanza a equipos de riesgo III registrados por la firma ICU Medical Argentina. Se trata de unidades específicas cuyos números de serie fueron detallados oficialmente.]]>
                </summary>
                                <category term="nacionales" label="Nacionales" />
                <updated>2026-03-18T16:15:30+00:00</updated>
                <published>2026-02-13T11:57:05+00:00</published>
    </entry>
        <entry>
        <title>
            Anmar prohíbe productos médicos, de limpieza y cosméticos por falta de registro
        </title>
        <link rel="alternate" href="https://www.sur24.com.ar/noticias/anmar-prohibe-productos-medicos-de-limpieza-y-cosmeticos-por-falta-de-registro" type="text/html" title="Anmar prohíbe productos médicos, de limpieza y cosméticos por falta de registro" />
        <id>https://www.sur24.com.ar/noticias/anmar-prohibe-productos-medicos-de-limpieza-y-cosmeticos-por-falta-de-registro</id>
        <author>
            <name>
                <![CDATA[Redacción Sur24]]>
            </name>
        </author>
        
                                <content type="html" xml:base="https://www.sur24.com.ar/noticias/anmar-prohibe-productos-medicos-de-limpieza-y-cosmeticos-por-falta-de-registro">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/zjVrFsXZoGcAhKjiz3pqkBHzdLI=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2026/02/cosmeticos.webp" class="type:primaryImage" /></figure><p>La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) dispuso en los últimos días una serie de prohibiciones que afectan a distintos productos médicos, domisanitarios y cosméticos que se encontraban en circulación sin los registros correspondientes o cuyo origen y condiciones de fabricación no pudieron ser acreditados.</p><p>Las resoluciones fueron publicadas en el Boletín Oficial y tienen alcance en todo el territorio nacional.</p><p>Las medidas apuntan a resguardar la salud de la población, ya que se trata de productos que podrían representar un riesgo sanitario por no cumplir con la normativa vigente, por desconocerse su trazabilidad o por haber sido comercializados fuera de los canales habilitados.</p>Una lavandina común comercializada bajo la marca “Val Chemical”, elaborada por la Compañía de Poliproductos Baigó S.AConcentrador de oxígeno robado<p>Una de las disposiciones más relevantes corresponde a la prohibición del uso, comercialización y distribución de un concentrador de oxígeno marca Respironics, modelo EverFLO, identificado con el número de serie 0022092.</p><p>Según informó la ANMAT, el equipo fue sustraído de una camioneta durante un recorrido de retiro de unidades de oxigenoterapia utilizadas por pacientes domiciliarios.</p><p>El producto, cuyo titular es la firma Air Liquide Argentina S.A., se encuentra inscripto como producto médico de riesgo clase II, destinado a brindar oxígeno suplementario a personas que requieren terapia respiratoria, aunque no está diseñado como equipo de soporte vital.</p><p>Desde el organismo nacional se advirtió que, al tratarse de una unidad individualizada cuyo estado actual se desconoce, no puede garantizarse su correcto funcionamiento ni su seguridad. Por ese motivo, se resolvió prohibir su utilización en todo el país para evitar eventuales daños a pacientes que puedan entrar en contacto con el equipo.</p>Las marcas involucradas son Restorer, Bully Industry, Fenix, Impactto, Marchand Car Care, Solimo Detailing Products y SedanilLavandina sin registro<p>Otra de las resoluciones alcanza a un producto de uso cotidiano: una lavandina común comercializada bajo la marca “Val Chemical”, elaborada por la Compañía de Poliproductos Baigó S.A. La investigación determinó que el producto no contaba con registro ante la ANMAT, requisito obligatorio para este tipo de domisanitarios.</p><p>Si bien la empresa posee habilitación nacional para el rubro, reconoció haber elaborado el producto sin registrarlo y declaró que no lo había comercializado. Sin embargo, durante el proceso de verificación se detectó la falta de 60 unidades correspondientes a un lote informado, sin que la firma pudiera precisar su destino.</p><p>Ante esta situación, la ANMAT resolvió prohibir el uso, la comercialización y la distribución de todos los lotes del producto hasta que regularice su situación y, además, iniciar un sumario sanitario contra la empresa y su director técnico por presuntos incumplimientos a la normativa vigente</p>Productos para autos vendidos online<p>Las prohibiciones también alcanzan a una amplia gama de productos domisanitarios para la limpieza y el cuidado de automóviles y motocicletas, que se comercializaban principalmente a través de redes sociales y plataformas de venta digital.</p><p>Las marcas involucradas son Restorer, Bully Industry, Fenix, Impactto, Marchand Car Care, Solimo Detailing Products y Sedanil. De acuerdo con la ANMAT, ninguno de estos productos —con excepción de uno puntual— se encontraba debidamente registrado, ni contaba con identificación clara de los establecimientos responsables.</p><p>El organismo nacional resolvió prohibir el uso, la comercialización, la publicidad y la distribución de estos productos en todo el país y en plataformas de venta electrónica, hasta tanto se cumpla con la normativa sanitaria. La medida busca prevenir riesgos asociados a productos de origen desconocido y sin controles de calidad adecuados.</p>Cosméticos capilares<p>Finalmente, la ANMAT dispuso la prohibición total de una serie de productos cosméticos para el cabello comercializados bajo la marca “LG - La Gefa Cosmética VIP”, los cuales se ofrecían por canales electrónicos sin ningún tipo de inscripción sanitaria.</p><p>Entre los productos alcanzados se encuentran shampoos, mascarillas, sérums, tónicos capilares y tratamientos de alisado. El organismo alertó especialmente sobre estos últimos, ya que podrían contener formol (formaldehído), una sustancia cuyo uso como alisante está prohibido por los riesgos severos que implica para la salud.</p><p>La exposición al formol puede generar desde irritaciones y dermatitis alérgicas hasta efectos más graves asociados a la inhalación de vapores tóxicos, con potencial carcinogénico. Por ese motivo, la ANMAT ordenó la prohibición del uso, comercialización, publicidad y venta online de todos los productos de esta marca en cualquiera de sus presentaciones.</p>]]>
                </content>
                                                <summary type="html">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/zjVrFsXZoGcAhKjiz3pqkBHzdLI=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2026/02/cosmeticos.webp" class="type:primaryImage" /></figure>Las medidas alcanzan a un concentrador de oxígeno sustraído, lavandina sin autorización sanitaria, productos para el cuidado automotor y cosméticos capilares comercializados por internet. La decisión busca proteger a los consumidores ante posibles riesgos.]]>
                </summary>
                                <category term="nacionales" label="Nacionales" />
                <updated>2026-03-18T16:15:30+00:00</updated>
                <published>2026-02-10T11:21:01+00:00</published>
    </entry>
        <entry>
        <title>
            Se prohibieron productos para el pelo y un alcohol sanitizante por ser ilegales
        </title>
        <link rel="alternate" href="https://www.sur24.com.ar/noticias/se-prohibieron-productos-para-el-pelo-y-un-alcohol-sanitizante-por-ser-ilegales" type="text/html" title="Se prohibieron productos para el pelo y un alcohol sanitizante por ser ilegales" />
        <id>https://www.sur24.com.ar/noticias/se-prohibieron-productos-para-el-pelo-y-un-alcohol-sanitizante-por-ser-ilegales</id>
        <author>
            <name>
                <![CDATA[Redacción Sur24]]>
            </name>
        </author>
        
                                <content type="html" xml:base="https://www.sur24.com.ar/noticias/se-prohibieron-productos-para-el-pelo-y-un-alcohol-sanitizante-por-ser-ilegales">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/7JIEDlfFWTBM7JOSaillcL-iNDw=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2026/01/alcohol_en_gel.webp" class="type:primaryImage" /></figure><p>La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) dispuso la prohibición del uso, comercialización y distribución en todo el país de una amplia variedad de productos cosméticos para el cabello y de un alcohol sanitizante para manos, tras detectar serias irregularidades en su rotulado, falta de inscripción sanitaria y potenciales riesgos para la salud.</p><p>Las medidas fueron publicadas en el Boletín Oficial y alcanzan tanto a comercios físicos como a plataformas de venta online.</p>Productos capilares<p>Una de las disposiciones más extensas dictadas por ANMAT apunta contra la marca “Diamonds Professional”, cuyos productos capilares se encontraban a la venta sin contar con la correspondiente inscripción sanitaria obligatoria.</p><p>Según se informó oficialmente, la investigación se inició luego de que el Servicio de Productos Cosméticos e Higiene Personal detectara la comercialización de numerosos artículos sin datos de registro en sus rótulos, un requisito indispensable para garantizar su seguridad y calidad.</p>Artículos sin datos de registro en sus rótulos, requisito indispensable para garantizar su seguridad y calidad.<p>El listado incluye shampoos, acondicionadores, tratamientos capilares, alisados, baños de crema, matizadores, aceites, protectores térmicos y productos de nutrición capilar, entre otros.</p><p>En total, se trata de más de medio centenar de cosméticos ofrecidos bajo distintas denominaciones, todos pertenecientes a la misma marca y comercializados sin autorización de la autoridad sanitaria nacional.</p><p>Desde ANMAT explicaron que, al consultar la base de datos oficial de cosméticos inscriptos, no se encontró ningún producto que coincidiera con los datos identificatorios presentes en los envases. Esto implica que se desconoce el origen real de los productos, el establecimiento elaborador y los ingredientes utilizados en su formulación.</p><p>La situación resulta especialmente preocupante en el caso de los productos alisadores para el cabello. La disposición advierte que este tipo de cosméticos, cuando se comercializan sin control sanitario, podrían contener formol o formaldehído, una sustancia cuyo uso como activo alisante está prohibido debido a sus efectos nocivos.</p><p>La exposición a los vapores de formol puede provocar irritación ocular y respiratoria, ardor en la piel, tos, lagrimeo y, en casos de exposición crónica, aumentar el riesgo de desarrollar enfermedades más graves, incluyendo determinados tipos de cáncer.</p><p>Ante este escenario, la ANMAT resolvió prohibir de manera total el uso, la publicidad, la venta y la distribución de todos los productos de la marca Diamonds Professional, en cualquiera de sus presentaciones, lotes o fechas de vencimiento.</p><p>Además, se ordenó dar de baja las publicaciones de venta detectadas en sitios web y plataformas de comercio electrónico, algunas de las cuales ofrecían envíos a todo el país.</p>La medida se adoptó luego de una denuncia por sospecha de irregularidadesAlcohol sanitizante<p>En una disposición separada, el organismo sanitario también prohibió un producto cosmético identificado como “Alcohol sanitizante para manos y piel, listo para usar, sin acción terapéutica”, marca G-I-G, presentado en envases de cinco litros.</p><p>En este caso, la medida se adoptó luego de una denuncia por sospecha de irregularidades realizada por el Colegio de Farmacéuticos de la provincia de Buenos Aires.</p><p>La investigación permitió constatar que algunas unidades del producto se encontraban en circulación sin datos esenciales como el número de lote y la fecha de vencimiento, información clave para asegurar la trazabilidad y la vida útil del producto.</p><p>Si bien el alcohol había estado originalmente inscripto ante la ANMAT, se verificó que su elaboración había cesado en 2022 y que su vida útil era de dos años, por lo que cualquier unidad disponible actualmente estaría fuera de plazo.</p><p>Además, durante una inspección, el establecimiento que figuraba como elaborador informó que no había producido ese alcohol en el período correspondiente, lo que llevó a concluir que el producto en circulación utilizaba de manera indebida un legajo de habilitación sanitaria, declarando datos falsos en su rotulado.</p><p>Por otra parte, una inspección al domicilio de la empresa titular de la inscripción no logró dar con responsables de la firma.</p><p>Frente a estas irregularidades, la ANMAT determinó que se trataba de un producto ilegítimo, del cual no se podía garantizar ni su eficacia ni su seguridad, y resolvió prohibir su uso, comercialización y distribución en todo el territorio nacional.</p>]]>
                </content>
                                                <summary type="html">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/7JIEDlfFWTBM7JOSaillcL-iNDw=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2026/01/alcohol_en_gel.webp" class="type:primaryImage" /></figure>Anmat ordenó el retiro inmediato del mercado de decenas de cosméticos de una reconocida marca profesional y de un alcohol sanitizante para manos que no cumplía con los requisitos legales. Advirtieron sobre posibles efectos adversos y pidieron a la población extremar precauciones.]]>
                </summary>
                                <category term="nacionales" label="Nacionales" />
                <updated>2026-03-18T16:15:30+00:00</updated>
                <published>2026-01-26T10:32:51+00:00</published>
    </entry>
        <entry>
        <title>
            Prohíben a droguería comercializar medicamentos fuera de Buenos Aires
        </title>
        <link rel="alternate" href="https://www.sur24.com.ar/noticias/prohiben-a-drogueria-comercializar-medicamentos-fuera-de-buenos-aires" type="text/html" title="Prohíben a droguería comercializar medicamentos fuera de Buenos Aires" />
        <id>https://www.sur24.com.ar/noticias/prohiben-a-drogueria-comercializar-medicamentos-fuera-de-buenos-aires</id>
        <author>
            <name>
                <![CDATA[Redacción Sur24]]>
            </name>
        </author>
        
                                <content type="html" xml:base="https://www.sur24.com.ar/noticias/prohiben-a-drogueria-comercializar-medicamentos-fuera-de-buenos-aires">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/AnaipXx6El9lsnqB46EipzN1vzE=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2026/01/medicamentos.webp" class="type:primaryImage" /></figure><p>La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) dispuso la prohibición de comercializar medicamentos y especialidades medicinales fuera de la provincia de Buenos Aires a una droguería con sede en el conurbano bonaerense, tras detectar irregularidades en la distribución de estos productos en otra jurisdicción del país.</p><p>La decisión quedó formalizada a través de la Disposición 68/2026, publicada en el Boletín Oficial, y tiene como objetivo resguardar la seguridad sanitaria y garantizar el cumplimiento de la normativa vigente en materia de circulación y comercialización de medicamentos</p>Se inició un sumario sanitario contra la empresa y su director técnico.Irregularidades detectadas<p>Según detalla la normativa, las actuaciones se iniciaron luego de que fiscalizadores de la ANMAT tomaran conocimiento de la comercialización de medicamentos por parte de la firma Dental y Mediquil SA, domiciliada en la localidad de Bernal, partido de Quilmes, fuera del ámbito provincial para el cual se encontraba habilitada.</p><p>La situación fue constatada durante una inspección realizada en un establecimiento veterinario ubicado en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, donde se verificó la existencia de facturas emitidas por la mencionada droguería a favor de esa empresa. En ese procedimiento, la veterinaria inspeccionada reconoció que Dental y Mediquil SA era su único proveedor de medicamentos.</p><p>A partir de esta información, se confirmó que la droguería había realizado tránsito interjurisdiccional de medicamentos sin contar con la habilitación exigida por la normativa nacional, un requisito indispensable para poder distribuir productos farmacéuticos fuera de la provincia donde se encuentra registrada.</p>ANMAT dispuso la prohibición de comercializar medicamentos y especialidades medicinalesFalta de habilitación y antecedentes<p>La ANMAT señaló que Dental y Mediquil SA no estaba habilitada —ni lo está actualmente— para efectuar tránsito interjurisdiccional de medicamentos, tal como lo establece la Disposición ANMAT N° 7038/15. Además, recordó que la firma ya había sido objeto de una medida similar en el pasado.</p><p>En efecto, mediante una disposición emitida en 2016, el organismo nacional ya había prohibido a esta droguería la comercialización de medicamentos fuera de la provincia de Buenos Aires, iniciándose en ese momento las correspondientes acciones sumariales.</p><p>En el marco de las nuevas actuaciones, y ante la falta de habilitación nacional, la ANMAT solicitó la intervención del Ministerio de Salud de la provincia de Buenos Aires para realizar una inspección en el establecimiento de la empresa.</p><p>Durante ese procedimiento, llevado a cabo en el domicilio de la calle Carabelas al 16, en Bernal, la firma reconoció como propia y original la documentación comercial observada durante la inspección previa.</p><p>Asimismo, la empresa aclaró que la dirección de Lavalle 67, en Quilmes, que figuraba en los membretes de las facturas, correspondía a su domicilio fiscal.</p>Infracción a la Ley de Medicamentos<p>Del análisis de la documentación y de las inspecciones realizadas, la ANMAT concluyó que la firma incurrió en una infracción a diversas normas sanitarias, entre ellas el artículo 2° de la Ley N° 16.463 (Ley de Medicamentos), el artículo 3° del Decreto 1299/97 y los artículos 1° y 2° de la Disposición ANMAT N° 7038/15.</p><p>Estos marcos normativos regulan de manera estricta la elaboración, distribución y comercialización de medicamentos en el país, con el objetivo de asegurar su calidad, trazabilidad y seguridad para la población.</p><p>Desde el Departamento de Control de Mercado del organismo se consideró demostrada la distribución interjurisdiccional de medicamentos, lo que habilitó la intervención y competencia de la ANMAT en el caso.</p>Prohibición y sumario sanitario<p>Como consecuencia de estas irregularidades, la Disposición 68/2026 establece tres medidas centrales. En primer lugar, prohíbe a Dental y Mediquil SA la comercialización de medicamentos y especialidades medicinales fuera de la provincia de Buenos Aires, hasta tanto obtenga la habilitación correspondiente para el tránsito interjurisdiccional.</p><p>En segundo término, se instruyó un sumario sanitario tanto a la firma como a su director técnico, Leandro Aníbal Pannunzio, por las presuntas infracciones a la normativa vigente.</p><p>Finalmente, se dispuso dar intervención y notificación a las autoridades sanitarias de la provincia de Buenos Aires, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y del resto de las jurisdicciones, además de ordenar la publicación de la medida en el Boletín Oficial para su difusión pública</p>]]>
                </content>
                                                <summary type="html">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/AnaipXx6El9lsnqB46EipzN1vzE=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2026/01/medicamentos.webp" class="type:primaryImage" /></figure>La medida alcanza a la firma Dental y Mediquil SA, con sede en Quilmes, y se mantendrá vigente hasta que obtenga la habilitación correspondiente para el tránsito interjurisdiccional. También se inició un sumario sanitario contra la empresa y su director técnico.]]>
                </summary>
                                <category term="nacionales" label="Nacionales" />
                <updated>2026-03-18T16:15:30+00:00</updated>
                <published>2026-01-21T11:01:50+00:00</published>
    </entry>
        <entry>
        <title>
            Nestlé explicó los motivos del retiro de una leche de fórmula infantil
        </title>
        <link rel="alternate" href="https://www.sur24.com.ar/noticias/nestle-explico-los-motivos-del-retiro-de-una-leche-de-formula-infantil" type="text/html" title="Nestlé explicó los motivos del retiro de una leche de fórmula infantil" />
        <id>https://www.sur24.com.ar/noticias/nestle-explico-los-motivos-del-retiro-de-una-leche-de-formula-infantil</id>
        <author>
            <name>
                <![CDATA[Redacción Sur24]]>
            </name>
        </author>
        
                                <content type="html" xml:base="https://www.sur24.com.ar/noticias/nestle-explico-los-motivos-del-retiro-de-una-leche-de-formula-infantil">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/uTuAu7HIy7pU0JT9c5Wr0KdMaDE=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2026/01/leche.webp" class="type:primaryImage" /></figure><p>El retiro preventivo de una leche de fórmula infantil generó inquietud entre padres y cuidadores en todo el país.</p><p>Frente a esta situación, Nestlé Argentina difundió un comunicado oficial en el que explicó los motivos de la medida, aclaró el alcance del retiro y detalló las acciones que deben seguir quienes hayan adquirido los productos involucrados.</p><p>La empresa remarcó que se trata de una decisión adoptada por precaución y que hasta el momento no se registraron casos de enfermedad asociados al consumo de la fórmula.</p>Marca: Nestlé Alfamino Presentación: 400 g.Qué dice el comunicado<p>En su mensaje, Nestlé informó que decidió retirar voluntariamente del mercado argentino determinados lotes de fórmulas infantiles tras detectar una posible presencia de cereulida, una toxina producida por la bacteria Bacillus cereus.</p><p>Según explicó la compañía, la situación se originó en un ingrediente suministrado por un proveedor externo, lo que motivó la activación inmediata de los protocolos internos de seguridad alimentaria.</p><p>“El retiro se realiza de manera preventiva y en línea con nuestro compromiso con la calidad y la seguridad de los productos”, señaló la empresa en el comunicado difundido a través de agencias de noticias.</p><p>Además, subrayó que la medida fue adoptada aun cuando no se registraron reportes de consumidores afectados ni eventos adversos vinculados a los productos en cuestión.</p><p>Los productos alcanzados por el retiro son NAN 1 Optipro con HMO, en sus presentaciones de 400 y 800 gramos, y ALFAMINO, en envases de 400 gramos, correspondientes a lotes específicos distribuidos en el país.</p><p>Nestlé aclaró que el resto de su portafolio de fórmulas infantiles no se encuentra afectado y puede consumirse con normalidad.</p><p>En el mismo comunicado, la compañía pidió a las familias que hayan adquirido alguno de los lotes involucrados que no utilicen el producto y se comuniquen con el servicio de atención al consumidor para coordinar el reemplazo o la devolución. Para ello, puso a disposición el número telefónico 0800-999-8100 y un canal de contacto digital.</p>Recomendaciones<p>Nestlé también incluyó en su mensaje una serie de recomendaciones dirigidas a madres, padres y cuidadores. En particular, indicó que si el bebé no presentó síntomas, no es necesario realizar consultas médicas de manera preventiva, aunque sí se recomienda suspender el uso del producto retirado.</p><p>En caso de que el niño presente síntomas gastrointestinales persistentes, como vómitos o malestar, se aconseja consultar con un profesional de la salud.</p><p>Desde el punto de vista sanitario, la cereulida es una toxina resistente al calor que, en determinadas concentraciones, puede provocar síntomas digestivos.</p><p>Sin embargo, la empresa remarcó que el retiro se realiza antes de que exista un riesgo concreto para la salud, como parte de un enfoque preventivo ampliamente utilizado en la industria alimentaria.</p><p>En paralelo al comunicado empresarial, las autoridades sanitarias nacionales fueron notificadas de la situación.</p><p>La ANMAT recomendó a los comercios retirar de la venta los lotes alcanzados por la medida y reforzó el pedido a los consumidores de no utilizar los productos identificados.</p><p>Estas acciones forman parte de los mecanismos habituales de control y vigilancia de alimentos, especialmente en aquellos destinados a poblaciones vulnerables como los lactantes.</p><p>Nestlé, por su parte, pidió disculpas por la preocupación que la medida pudiera generar y reafirmó su compromiso con la transparencia.</p><p>“Lamentamos cualquier inconveniente que esta situación pueda ocasionar a las familias”, expresó la empresa, al tiempo que aseguró que continuará colaborando con las autoridades y revisando sus procesos junto al proveedor involucrado.</p>]]>
                </content>
                                                <summary type="html">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/uTuAu7HIy7pU0JT9c5Wr0KdMaDE=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2026/01/leche.webp" class="type:primaryImage" /></figure>La compañía difundió un comunicado tras retirar de manera voluntaria algunos lotes de una fórmula infantil por la posible presencia de una toxina.]]>
                </summary>
                                <category term="nacionales" label="Nacionales" />
                <updated>2026-03-18T16:15:30+00:00</updated>
                <published>2026-01-06T16:28:04+00:00</published>
    </entry>
        <entry>
        <title>
            Retirán del mercado una leche de fórmula para bebés en Santa Fe: qué pasó y qué productos están afectados
        </title>
        <link rel="alternate" href="https://www.sur24.com.ar/noticias/retiran-del-mercado-una-leche-de-formula-para-bebes-en-santa-fe-que-paso-y-que-productos-estan-afectados" type="text/html" title="Retirán del mercado una leche de fórmula para bebés en Santa Fe: qué pasó y qué productos están afectados" />
        <id>https://www.sur24.com.ar/noticias/retiran-del-mercado-una-leche-de-formula-para-bebes-en-santa-fe-que-paso-y-que-productos-estan-afectados</id>
        <author>
            <name>
                <![CDATA[Redacción Sur24]]>
            </name>
        </author>
        
                                <content type="html" xml:base="https://www.sur24.com.ar/noticias/retiran-del-mercado-una-leche-de-formula-para-bebes-en-santa-fe-que-paso-y-que-productos-estan-afectados">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/7kP_EO-e3SPASI5-USBRH5XDxvU=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2026/01/leche_en_polvo_2.webp" class="type:primaryImage" /></figure><p>Ante la detección de un posible riesgo sanitario en productos destinados a bebés, la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) confirmó que Nestlé Argentina S.A. inició un retiro voluntario y preventivo del mercado de varios lotes de fórmulas infantiles.</p><p>La medida fue dispuesta luego de identificar la posible presencia de una bacteria que puede producir toxinas peligrosas para la salud de los lactantes, y los lotes afectados fueron distribuidos en distintos puntos del país, incluida la provincia de Santa Fe.</p>Alerta sanitaria<p>La medida comunicada por la ANMAT se enmarca en un monitoreo de calidad realizado por la empresa, que detectó que una de las materias primas utilizadas en la elaboración de las fórmulas podría contener la toxina Cereulida, producida por la bacteria Bacillus cereus.</p><p>Esta bacteria se encuentra comúnmente en el ambiente —como el suelo y el agua— y, aunque en muchos casos no causa problemas, puede formar esporas y producir toxinas capaces de generar intoxicaciones alimentarias en niños pequeños, con síntomas que van desde náuseas y vómitos hasta diarrea, dolor abdominal y fiebre si se ingieren productos contaminados.</p><p>La decisión de retirar los productos fue tomada de forma voluntaria por Nestlé Argentina S.A., en coordinación con las autoridades sanitarias nacionales y provinciales, con el objetivo de minimizar cualquier riesgo, aun cuando hasta el momento no se hayan reportado casos de enfermedad asociados al consumo de estos lotes.</p>Marca: Nestlé NAN Optipro 1 c/HMO Presentación: 800 g.¿Qué productos fueron retirados y cómo identificarlos?<p>El retiro comprende fórmulas lácteas en polvo para lactantes de la marca Nestlé NAN Optipro 1 c/HMO, en presentaciones de 400 g y 800 g, así como un lote del producto Nestlé Alfamino, importado desde Suiza y destinado a usos médicos específicos en bebés.</p><p>Los lotes afectados, con sus fechas de vencimiento, son los siguientes:</p><p>Nestlé NAN Optipro 1 c/HMO – 400 gramos</p><p>Lote 517628872A – vence el 31/12/2026</p><p>Lote 524128872A – vence el 28/02/2027</p><p>Lote 524728872A – vence el 31/03/2027</p><p>Nestlé NAN Optipro 1 c/HMO – 800 gramos</p><p>Lote 517628872A – vence el 31/12/2026</p><p>Lote 522828872A – vence el 28/02/2027</p><p>Lote 524128872A – vence el 28/02/2027</p><p>Lote 528928872A – vence el 30/04/2027</p><p>Lote 528928872B – vence el 30/04/2027</p><p>Lote 529028872A – vence el 30/04/2027</p><p>Lote 533228872B – vence el 31/05/2027</p><p>Lote 533328872A – vence el 31/05/2027</p><p>Nestlé Alfamino – 400 gramos (producto importado)</p><p>Lote 51690017Y1 – vence el 30/06/2027</p><p>Estos productos incluyen unidades comercializadas en la provincia de Santa Fe, por lo que las familias de la región deben prestar especial atención al número de lote y fecha de vencimiento si tienen o adquirieron estos artículos recientemente.</p>Marca: Nestlé Alfamino Presentación: 400 g.¿Por qué es un riesgo para la salud?<p>La bacteria Bacillus cereus es capaz de producir distintas toxinas. La más conocida es la Cereulida, que puede causar dos tipos de cuadros clínicos alimentarios:</p><p>Síndrome emético: provoca náuseas y vómitos entre 1 y 6 horas después del consumo del alimento contaminado.</p><p>Síndrome diarreico: se presenta con diarrea, dolor abdominal y fiebre entre 8 y 16 horas después de ingerir el producto.</p><p>Estos síntomas en lactantes pueden ser especialmente preocupantes debido a su vulnerabilidad y a la rapidez con que pueden deshidratarse y requerir atención médica. Por eso, las autoridades enfatizan que no se debe consumir ni preparar ninguna fórmula de los lotes mencionados.</p>Recomendaciones<p>El organismo estableció una serie de recomendaciones claras para los consumidores y distribuidores:</p><p>Para familias y cuidadores:</p><p>No utilizar ni dar de consumir los productos de los lotes mencionados.</p><p>Revisar el número de lote y fecha de vencimiento antes de usar o comprar formular infantil.</p><p>Consultar con un profesional de salud en caso de dudas o si un bebé presenta síntomas gastrointestinales tras el consumo de fórmula.</p><p>En caso de poseer alguno de los productos afectados, contactarse con Nestlé Argentina a través del 0800-999-8100 (opción 3) o por correo electrónico para obtener más información.</p><p>Para comercios y puntos de venta:</p><p>Retirar inmediatamente de los estantes y canales de venta todos los productos afectados, tanto físicos como virtuales.</p><p>Ponerse en contacto con sus proveedores para gestionar la devolución o reemplazo de los lotes involucrados.</p>]]>
                </content>
                                                <summary type="html">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/7kP_EO-e3SPASI5-USBRH5XDxvU=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2026/01/leche_en_polvo_2.webp" class="type:primaryImage" /></figure>Anmat ordenó el retiro preventivo de varios lotes de leches de fórmula elaboradas y distribuidas por Nestlé Argentina por la posible presencia de una peligrosa bacteria. El producto se distribuyó también en localidades de la provincia de Santa Fe y las autoridades sanitarias recomiendan no consumirlos.]]>
                </summary>
                                <category term="provinciales" label="Provinciales" />
                <updated>2026-03-18T16:15:30+00:00</updated>
                <published>2026-01-06T10:29:10+00:00</published>
    </entry>
        <entry>
        <title>
            ANMAT prohíbe comercializar productos de limpieza sin autorización
        </title>
        <link rel="alternate" href="https://www.sur24.com.ar/noticias/anmat-prohibe-comercializar-productos-de-limpieza-sin-autorizacion" type="text/html" title="ANMAT prohíbe comercializar productos de limpieza sin autorización" />
        <id>https://www.sur24.com.ar/noticias/anmat-prohibe-comercializar-productos-de-limpieza-sin-autorizacion</id>
        <author>
            <name>
                <![CDATA[Redacción Sur24]]>
            </name>
        </author>
        
                                <content type="html" xml:base="https://www.sur24.com.ar/noticias/anmat-prohibe-comercializar-productos-de-limpieza-sin-autorizacion">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/QPcZz2sdCvEq9Vtyo2OKrTejiYw=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2025/12/productos_de_limpieza.webp" class="type:primaryImage" /></figure><p>La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) emitió una disposición mediante la cual prohíbe el uso, comercialización y publicidad de una serie de productos de limpieza y tratamiento de agua para piletas, al constatar que no cuentan con el correspondiente registro sanitario y representan un riesgo para la salud pública.</p><p>La medida fue oficializada este jueves 26 de diciembre a través de la Disposición 9289/2025, publicada en el Boletín Oficial.</p>ANMAT prohíbe el uso, comercialización y publicidad de una serie de productos de limpieza.Productos prohibidos<p>Los artículos en cuestión eran fabricados y distribuidos bajo la marca Wohr Química, y fueron identificados sin autorización sanitaria válida y con etiquetado deficiente o inexistente, lo que impide comprobar su seguridad, eficacia y composición.</p><p>La ANMAT remarcó que el uso de productos sin fiscalización adecuada puede generar daños a la salud como irritaciones, intoxicaciones o reacciones alérgicas, especialmente en personas con sensibilidad química. Además, su aplicación incorrecta en ambientes cerrados o en el tratamiento de agua para piletas podría derivar en consecuencias ambientales y sanitarias aún más graves.</p><p>Entre los productos retirados del mercado se incluyen:</p><p>Limpiador multiuso desinfectante</p><p>Sulfato de cobre para piletas</p><p>Removedor de insectos ultra concentrado</p><p>Hipoclorito de sodio concentrado</p><p>Alguicida</p><p>Regulador de pH</p><p>Clarificante y floculante 3 en 1</p><p>Limpiador cremoso</p><p>La ANMAT advirtió que estos productos no estaban registrados como domisanitarios, categoría que incluye aquellos que se utilizan en el hogar o ambientes públicos con fines de limpieza, desinfección o desodorización.</p>Empresa bajo investigación<p>La firma responsable tiene sede en Esperanza, provincia de Santa Fe, y ya fue notificada del inicio de un sumario sanitario, tanto a la razón social como a su director técnico.</p><p>La decisión de la ANMAT se basa en la necesidad de prevenir la exposición de la población a productos que, al no estar debidamente registrados y fiscalizados, no garantizan estándares básicos de seguridad ni eficacia.</p>Estos productos no estaban registrados como domisanitarios.Qué dice la normativa<p>Según la legislación argentina, todo producto domisanitario debe estar registrado ante la ANMAT, llevar un número de RNE (Registro Nacional de Establecimientos) y RNPA (Registro Nacional de Productos Alimenticios, cuando corresponda), además de cumplir con estrictas normas de etiquetado que incluyan advertencias, uso previsto y composición.</p><p>La ausencia de estos datos representa una falta grave y expone a los consumidores a potenciales daños por contacto, inhalación o uso indebido.</p><p>La disposición de la ANMAT se inscribe en una serie de controles sanitarios que apuntan a resguardar la salud pública, frenando la circulación de productos que no cuentan con los avales técnicos correspondientes. La investigación continúa y podrían aplicarse sanciones económicas o penales si se comprueba la responsabilidad de la empresa en la comercialización indebida.</p>]]>
                </content>
                                                <summary type="html">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/QPcZz2sdCvEq9Vtyo2OKrTejiYw=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2025/12/productos_de_limpieza.webp" class="type:primaryImage" /></figure>La autoridad sanitaria nacional prohibió la venta y distribución de artículos domisanitarios que se comercializaban sin registro y sin cumplir las normas de etiquetado obligatorio. La empresa responsable es de Esperanza, Santa Fe.]]>
                </summary>
                                <category term="nacionales" label="Nacionales" />
                <updated>2026-03-18T16:15:30+00:00</updated>
                <published>2025-12-26T11:01:16+00:00</published>
    </entry>
        <entry>
        <title>
            La Provincia refuerza el alerta nacional por un queso asociado a listeriosis
        </title>
        <link rel="alternate" href="https://www.sur24.com.ar/noticias/la-provincia-refuerza-el-alerta-nacional-por-un-queso-asociado-a-listeriosis" type="text/html" title="La Provincia refuerza el alerta nacional por un queso asociado a listeriosis" />
        <id>https://www.sur24.com.ar/noticias/la-provincia-refuerza-el-alerta-nacional-por-un-queso-asociado-a-listeriosis</id>
        <author>
            <name>
                <![CDATA[Redacción Sur24]]>
            </name>
        </author>
        
                                <content type="html" xml:base="https://www.sur24.com.ar/noticias/la-provincia-refuerza-el-alerta-nacional-por-un-queso-asociado-a-listeriosis">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/blX6BliBbbhzEeNqv88UFsNJ_gM=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2025/12/cremon.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure><p>El Ministerio de Salud de la Provincia de Santa Fe, a través de la Agencia Santafesina de Seguridad Alimentaria (Assal) y la Dirección de Prevención y Promoción de la Salud, refuerza la alerta emitido por la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat) y reiteró la recomendación de no consumir un queso de pasta blanda en el que se detectó la bacteria Listeria monocytogenes.</p><p>El alerta nacional fue emitido por la Anmat a partir de un informe técnico del Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa), tras la detección de la bacteria en el producto Queso de pasta blanda Cremón doble crema, marca La Serenísima, peso neto 500 gramos, Lote 2703, con fecha de elaboración 03/07/2025 y vencimiento 11/09/2025, elaborado por el establecimiento B-I-05184 de la firma Mastellone Hnos. S.A., ubicado en Ruta Nacional 5, kilómetro 444, Trenque Lauquen, provincia de Buenos Aires.</p><p>Si bien el producto se encuentra fuera de su período de aptitud para el consumo, desde el Ministerio de Salud provincial se advierte que podría existir un riesgo residual en caso de que algún consumidor haya conservado el producto más allá de su fecha de vencimiento mediante congelación o almacenamiento en freezer. Por este motivo, se recomienda a quienes tengan en su poder el Lote 2703, ya sea fraccionado y o congelado, que se abstengan de consumirlo, especialmente embarazadas y personas inmunosuprimidas.</p><p>¿Qué es la listeriosis?</p><p>Es una enfermedad causada por la bacteria Listeria monocytogenes, que se encuentra en la naturaleza, principalmente en el agua, el suelo y el tubo digestivo de algunos animales. En los seres humanos, la infección se produce principalmente a través del consumo de alimentos contaminados.</p><p>El período de incubación puede ser prolongado, alcanzando hasta 70 días, con un promedio de entre 2 y 3 semanas. En la mayoría de los casos, la enfermedad se manifiesta con síntomas leves, principalmente gastrointestinales, como náuseas, vómitos, diarrea, dolor abdominal y fiebre. Sin embargo, en algunos casos puede evolucionar hacia formas graves e invasivas, como meningitis, encefalitis, infecciones en sangre o abortos. Los grupos con mayor riesgo de presentar estas formas graves son las embarazadas, los recién nacidos, los adultos mayores y las personas con sistemas inmunológicos debilitados.</p><p>Los alimentos más frecuentemente asociados a la transmisión de esta bacteria son fiambres y embutidos, lácteos elaborados con leche no pasteurizada, vegetales crudos y pescados crudos o ahumados. Es importante destacar que Listeria monocytogenes puede multiplicarse a temperaturas de refrigeración, aunque se elimina mediante una correcta cocción de los alimentos.</p><p>La listeriosis es una enfermedad de notificación obligatoria. Ante la detección de casos sospechosos o confirmados, el sistema de salud activa las acciones de vigilancia epidemiológica y control bromatológico correspondientes, con el objetivo de identificar las fuentes involucradas e interrumpir la cadena de transmisión.</p><p>Para más información, se puede consultar el sitio de la Agencia Santafesina de Seguridad Alimentaria: www.assal.gov.ar/eta/listeriosis.</p>]]>
                </content>
                                                <summary type="html">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/blX6BliBbbhzEeNqv88UFsNJ_gM=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2025/12/cremon.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure>El Ministerio de Salud de Santa Fe recuerda la importancia de no consumir un queso de pasta blanda sobre el que la Anmat emitió un alerta nacional, ante el riesgo residual de presencia de la bacteria Listeria monocytogenes.]]>
                </summary>
                                <category term="provinciales" label="Provinciales" />
                <updated>2026-03-18T16:15:30+00:00</updated>
                <published>2025-12-16T12:56:31+00:00</published>
    </entry>
        <entry>
        <title>
            ANMAT ordena retirar del mercado productos domisanitarios irregulares
        </title>
        <link rel="alternate" href="https://www.sur24.com.ar/noticias/anmat-ordena-retirar-del-mercado-productos-domisanitarios-irregulares" type="text/html" title="ANMAT ordena retirar del mercado productos domisanitarios irregulares" />
        <id>https://www.sur24.com.ar/noticias/anmat-ordena-retirar-del-mercado-productos-domisanitarios-irregulares</id>
        <author>
            <name>
                <![CDATA[Redacción Sur24]]>
            </name>
        </author>
        
                                <content type="html" xml:base="https://www.sur24.com.ar/noticias/anmat-ordena-retirar-del-mercado-productos-domisanitarios-irregulares">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/WCJeA02GjRFnp0I3R4m58tPQ3-s=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2025/12/productos_de_limpieza.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) dispuso en las últimas horas la prohibición de venta, distribución y uso de una amplia serie de productos domisanitarios y dispositivos médicos en todo el país.</p><p>Las medidas se tomaron luego de detectar graves irregularidades en inspecciones realizadas en Buenos Aires y Mar del Plata, donde se encontraron artículos sin registro, sin trazabilidad y con información incompleta o incorrecta en sus rótulos.</p><p>Además, se abrieron sumarios sanitarios y se suspendieron habilitaciones para tránsito interjurisdiccional.</p>Entre los artículos observados se encuentran limpiadores desodorantes para pisos, lavandinasProductos de limpieza Swell<p>Una de las disposiciones más importantes alcanza a la firma Grupo Jac S.A., con sede en el partido bonaerense de Malvinas Argentinas.</p><p>La inspección, realizada por el Servicio de Domisanitarios de la ANMAT, reveló una lista extensa de productos de la marca Swell que se estaban elaborando, fraccionando o comercializando sin los registros correspondientes o con incumplimientos en su etiquetado.</p><p>Entre los artículos observados se encuentran limpiadores desodorantes para pisos, desengrasantes, suavizantes para ropa, lavandinas, geles clorados, quitasarro y detergentes concentrados.</p><p>Muchos de ellos presentaban números de RNE incompletos, datos erróneos o leyendas que no coincidían con las autorizaciones aprobadas por la autoridad sanitaria. Algunos directamente no poseían referencia a un registro vigente ante la ANMAT.</p><p>Durante la visita, los fiscalizadores también constataron que se estaban elaborando productos como agua lavandina y suavizante, y que había un importante stock de artículos terminados listos para su distribución.</p><p>&nbsp;</p><p>&nbsp;</p>Puntas de Shaver , instrumentos utilizados en cirugías artroscópicas<p>Varios de ellos mostraban inconsistencias entre la información del rótulo y los datos declarados en expedientes oficiales.</p><p>La situación detectada llevó a la ANMAT a prohibir el uso, comercialización, distribución y publicidad de todos los lotes involucrados, hasta que la empresa regularice su situación.</p><p>La disposición también alcanza al producto Splash Col Swell, cuyos rótulos no coincidían con los aprobados y que además carecía de la leyenda de precaución correspondiente.</p><p>Por la magnitud de los incumplimientos —que incluyen la elaboración de productos sin registro y el uso de rótulos no autorizados— el organismo sanitario, además, resolvió inhibir a Grupo Jac S.A. de elaborar, fraccionar, importar y exportar domisanitarios, conforme a lo establecido en la Disposición 6391/15.</p><p>La empresa y su director técnico, José María Rizzi, deberán afrontar un sumario sanitario.</p>Puntas de Shaver sin trazabilidad en Mar del Plata<p>El segundo caso que motivó otra medida de la ANMAT se originó en una inspección al establecimiento Tecnoprot, ubicado en Mar del Plata, dedicado a la venta de productos médicos y propiedad de Jorge Mauricio Duarte.</p><p>El control permitió detectar una situación especialmente delicada: en los depósitos había una gran cantidad de puntas de Shaver —instrumentos utilizados en cirugías artroscópicas— de las marcas Smith &amp; Nephew y Stryker, sin identificación de importador, sin datos de registro sanitario y, en muchos casos, vencidas entre 2010 y 2024.</p><p>Solo en una de las salas se observaron 87 unidades irregulares de Smith &amp; Nephew y 88 de Stryker, además de otras 161 vencidas.</p><p>Las empresas titulares de los registros de esos productos informaron a la ANMAT que las unidades exhibidas en la inspección no habían sido ingresadas legalmente al país por ellas, por lo que su origen y condición no pudieron acreditarse.</p><p>Frente a la imposibilidad de asegurar su legitimidad y funcionamiento, el material quedó inhibido en el establecimiento.</p><p>La inspección también determinó que Tecnoprot había comercializado productos médicos con tránsito interjurisdiccional sin estar habilitada, lo que constituye una infracción a la Disposición 6052/2013.</p><p>Como consecuencia, la ANMAT prohibió la distribución de todos los lotes involucrados y suspendió a la firma para operar entre jurisdicciones hasta que obtenga la habilitación correspondiente.</p><p>Además, se inició un sumario sanitario por presuntas infracciones a la Ley 16.463, que regula la importación, exportación y comercialización de productos médicos.</p>]]>
                </content>
                                                <summary type="html">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/WCJeA02GjRFnp0I3R4m58tPQ3-s=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2025/12/productos_de_limpieza.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>La ANMAT prohibió la venta de artículos de limpieza y dispositivos médicos tras detectar productos sin registro y faltas graves en inspecciones.]]>
                </summary>
                                <category term="nacionales" label="Nacionales" />
                <updated>2026-03-18T16:15:30+00:00</updated>
                <published>2025-12-10T11:52:45+00:00</published>
    </entry>
        <entry>
        <title>
            Anmat retira del mercado implantes y odontológicos ilegales de empresa rosarina
        </title>
        <link rel="alternate" href="https://www.sur24.com.ar/noticias/anmat-retira-del-mercado-implantes-y-odontologicos-ilegales-de-empresa-rosarina" type="text/html" title="Anmat retira del mercado implantes y odontológicos ilegales de empresa rosarina" />
        <id>https://www.sur24.com.ar/noticias/anmat-retira-del-mercado-implantes-y-odontologicos-ilegales-de-empresa-rosarina</id>
        <author>
            <name>
                <![CDATA[Redacción Sur24]]>
            </name>
        </author>
        
                                <content type="html" xml:base="https://www.sur24.com.ar/noticias/anmat-retira-del-mercado-implantes-y-odontologicos-ilegales-de-empresa-rosarina">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/I00m66Pt-sSPQAnRh8Vw954Bg90=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2025/11/planchita.webp" class="type:primaryImage" /></figure><p>La Anmat detectó irregularidades en distintos tipos de productos de uso sanitario y cosmético, lo que derivó en tres resoluciones que buscan prevenir riesgos a pacientes, consumidores y profesionales de la salud.</p><p>Las disposiciones afectan a una empresa rosarina fabricante de implantes quirúrgicos, a una línea de cosméticos para el cabello —presuntamente elaborados con sustancias no autorizadas— y a dos compañías relacionadas con productos odontológicos cuya habilitación está vencida.</p>Prohíben los productos médicos fabricados por Juratec Medical S.R.L.<p>La Disposición 8703/2025 prohibió el uso, comercialización y distribución de todos los productos elaborados por Juratec Medical S.R.L., empresa con sede en Rosario, luego de comprobar que fabricaba placas, tornillos y otros insumos de osteosíntesis sin el registro correspondiente.</p><p>Las inspecciones revelaron que la firma entregaba material quirúrgico sin identificación, sin esterilización adecuada, sin órdenes formales de producción y sin documentación de respaldo.</p><p>Incluso se verificó la venta de productos a obras sociales, ortopedias y prestadores de varias provincias, pese a que la empresa no contaba con registros vigentes.</p><p>El organismo también señaló que uno de los productos históricos de la marca —el sistema ortopédico PM 2364-1— se encontraba vencido desde noviembre de 2023, lo que lo vuelve ilegal para su comercialización. Ante un patrón reiterado de incumplimientos, la Anmat inició un sumario sanitario.</p>Placas, tornillos y otros insumos de osteosíntesis sin el registro correspondiente.Bloquean la venta de la línea Prodigy<p>La Disposición 8704/2025 prohibió la venta, uso y publicidad de diez productos capilares de la marca PRODIGY, entre ellos alisados, máscaras y shampoos.</p><p>Ninguno figura registrado en la base oficial de productos cosméticos y el organismo advirtió que algunos podrían contener formaldehído, sustancia prohibida para tratamientos alisantes por su potencial tóxico.</p><p>Los inspectores detectaron estos artículos en locales comerciales, sin número de registro ni información del establecimiento elaborador. Debido a que se desconoce su composición y no existen garantías sobre su seguridad, la Anmat ordenó su retiro inmediato de todos los canales de venta, incluidos los digitales.</p>Detectan productos odontológicos<p>La tercera medida anunciada por la Anmat, la Disposición 8705/2025, apunta a productos de uso odontológico que estaban siendo comercializados con datos falsos o certificados vencidos.</p><p>La investigación comenzó luego de que el Departamento de Control de Mercado recibiera una denuncia por la compra de un “Gel Acondicionador – Ácido Fosfórico 37%” a través de un sitio web.</p><p>El producto, identificado con el número de registro PM 1133-7, declaraba estar elaborado por MDT S.A. en un domicilio de la calle Heredia 665, en la Ciudad de Buenos Aires. Sin embargo, cuando los inspectores acudieron al lugar comprobaron que allí funciona una empresa de catering y no una planta elaboradora de insumos odontológicos.</p><p>Posteriormente, el organismo inspeccionó la sede de Company Dental, la firma vendedora. Allí encontró más de 80 jeringas prellenadas del mismo gel acondicionador en distintos lotes, así como unidades de amalgamas dentales de la marca Ventura, todas referidas a MDT S.A. o Macrodent S.A., y todas sin documentación que acreditara su procedencia.</p>Productos de uso odontológico que estaban siendo comercializados con datos falsos o certificados vencidos.<p>La Anmat consultó su base oficial y constató que:</p><p>las firmas MDT S.A. y Macrodent S.A. fueron habilitadas en el pasado,</p><p>sin embargo, actualmente no cuentan con certificado de Buenas Prácticas ni con registros vigentes,</p><p>los números de producto PM-1133-1 (amalgamas) y PM-1133-7 (gel acondicionador) están vencidos desde 2012 y 2016 respectivamente,</p><p>no existe ninguna actividad vigente de ambas empresas en el sistema Helena.</p><p>En consecuencia, el organismo concluyó que los materiales encontrados presentan riesgo para la salud, ya que no se puede garantizar su calidad, esterilidad, composición ni condiciones de elaboración.</p><p>La disposición ordena:</p><p>prohibir el uso, comercialización y distribución de cualquier producto que declare haber sido elaborado o importado por MDT S.A. o Macrodent S.A.; prohibir a Company Dental realizar tránsito interjurisdiccional de productos médicos hasta que obtenga habilitación; retirar preventivamente del mercado todas las unidades halladas.</p><p>Las autoridades sanitarias provinciales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires fueron notificadas para reforzar los controles en sus jurisdicciones.</p>]]>
                </content>
                                                <summary type="html">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/I00m66Pt-sSPQAnRh8Vw954Bg90=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2025/11/planchita.webp" class="type:primaryImage" /></figure>La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica emitió tres disposiciones para retirar del mercado productos médicos implantables, tratamientos capilares y materiales odontológicos fabricados o vendidos sin autorización. Las medidas incluyen prohibiciones totales, retiro preventivo y sumarios sanitarios.]]>
                </summary>
                                <category term="nacionales" label="Nacionales" />
                <updated>2026-03-18T16:15:30+00:00</updated>
                <published>2025-11-27T11:35:59+00:00</published>
    </entry>
        <entry>
        <title>
            Ordenan a prepaga cubrir un costoso tratamiento para una niña con acondroplasia
        </title>
        <link rel="alternate" href="https://www.sur24.com.ar/noticias/ordenan-a-prepaga-cubrir-un-costoso-tratamiento-para-una-nina-con-acondroplasia" type="text/html" title="Ordenan a prepaga cubrir un costoso tratamiento para una niña con acondroplasia" />
        <id>https://www.sur24.com.ar/noticias/ordenan-a-prepaga-cubrir-un-costoso-tratamiento-para-una-nina-con-acondroplasia</id>
        <author>
            <name>
                <![CDATA[Juan Franco]]>
            </name>
        </author>
        
                                <content type="html" xml:base="https://www.sur24.com.ar/noticias/ordenan-a-prepaga-cubrir-un-costoso-tratamiento-para-una-nina-con-acondroplasia">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/h6QM_F_Y3rQVZ8ZZLUsFsUpNHgI=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2025/11/juzgado_federal_de_rafaela.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure><p>El Juzgado Federal de Rafaela ordenó a una empresa de medicina prepaga la cobertura integral e inmediata del medicamento Vosoritida (Voxzogo) a una niña de tres años diagnosticada con acondroplasia -una enfermedad genética que afecta el crecimiento óseo-, al considerar que el escenario jurídico, clínico y regulatorio cambió sustancialmente desde la primera intervención judicial en el expediente. La medida cautelar, solicitada por los padres de la menor, se apoya en un nuevo factor decisivo: la autorización de la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat) para la comercialización del fármaco en Argentina, ocurrida en septiembre último.</p><p>En marzo de 2024, el Juzgado Federal de Rafaela, había hecho lugar a una cautelar ordenando la cobertura del tratamiento, pero en enero de 2025 la Cámara Federal de Rosario la dejó sin efecto. En aquel momento, el tribunal entendió que el medicamento permanecía en fase de ensayo clínico y que no existía evidencia concluyente sobre su eficacia y seguridad a largo plazo.</p><p>Sin embargo, la situación cambió drásticamente cuando la Anmat dictó la Disposición DI-2025-6975, habilitando formalmente su importación y comercialización en el país. Para el juez federal de Venado Tuerto, Aurelio Cuello Murúa, quien asumió como subrogante el 1 de julio último en el Juzgado Federal de Rafaela, este hecho representó un “cambio sustancial de circunstancias” que habilitaba a reexaminar la medida cautelar, en función del principio de mutabilidad propio de estas decisiones.</p>El juez federal Aurelio Cuello Murúa actúa en juzgados de Rafaela, Venado Tuerto y Santa Fe Capital. Foto: Gentileza<p>En este sentido, el magistrado sostuvo que, con la autorización del organismo nacional, el medicamento pasó de la Fase III (ensayo clínico) a la Fase IV, conocida como etapa de farmacovigilancia, lo cual transforma la evaluación judicial. Dicha Fase IV implica que el producto tiene un balance beneficio-riesgo aceptable, suficiente para permitir su utilización mientras continúa siendo monitoreado. Ya no se trata de una droga experimental en un marco de investigación controlada, sino de un tratamiento disponible para pacientes bajo supervisión médica. Técnicamente, se trata de un período que permite detectar efectos adversos poco frecuentes, evaluar la efectividad del medicamento en la vida cotidiana, revisar interacciones con otros fármacos y ajustar indicaciones. Según explicó el juez, basándose en el dictamen del Cuerpo Médico Forense, esta fase posibilita identificar efectos que pueden aparecer solo cuando el fármaco es utilizado masivamente, a veces con frecuencias de “1 en 100.000”.</p><p>Aunque los informes del Cuerpo Médico Forense destacaron que aún falta evidencia robusta a largo plazo, también reconocieron mejoras en el crecimiento lineal y en parámetros morfológicos relevantes —como el foramen magno— que podrían reducir riesgos severos como apnea central o muerte súbita. El juez valoró estos datos como indicios suficientes dentro de una medida cautelar.</p><p>&nbsp;</p>Protección reforzada<p>El magistrado enfatizó que la niña se encuentra en una doble situación de vulnerabilidad: es menor de edad y tiene certificado de discapacidad. En ese sentido, recordó la vigencia de la Convención sobre los Derechos del Niño y la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, ambas con jerarquía constitucional, que obligan a garantizar el acceso efectivo a tratamientos indispensables.</p><p>También ponderó los riesgos severos asociados a la patología, entre ellos apnea central, compresión del tronco encefálico y posibles episodios de muerte súbita, lo cual refuerza la urgencia del tratamiento y el peligro en la demora.</p><p>Citando precedentes de la Corte Suprema, el fallo reafirma que el Programa Médico Obligatorio (OMO) constituye un piso mínimo de cobertura y no puede utilizarse para excluir innovaciones terapéuticas cuando está comprometida la salud o la vida del paciente.</p><p>Asimismo, la resolución señala que otros países —como Estados Unidos, la Unión Europea y Brasil— también aprobaron el uso de Vosoritida para pacientes pediátricos con acondroplasia.</p><p>Ahora, la prepaga deberá proveer con cobertura del ciento por ciento para el Vosoritida (Voxzogo), sus disolventes y los descartables necesarios para la aplicación. Todo bajo la prescripción de la médica pediatra tratante y siguiendo las guías clínicas de administración. La familia deberá presentar el consentimiento informado, conforme a la Ley 26.529.</p>¿Qué es la acondroplasia?<p>La acondroplasia es la displasia esquelética más frecuente y provoca talla baja desproporcionada por una mutación genética del gen FGFR3. Se caracteriza por extremidades cortas, macrocefalia y mano en “tridente”. Puede producir complicaciones graves, especialmente neurológicas, como estenosis del foramen magno, apnea central y compresión del tronco encefálico, por lo que requiere seguimiento integral desde los primeros meses de vida.</p>]]>
                </content>
                                                <summary type="html">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/h6QM_F_Y3rQVZ8ZZLUsFsUpNHgI=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2025/11/juzgado_federal_de_rafaela.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure>El Juzgado Federal de Rafaela, a cargo del venadense Aurelio Cuello Murúa, instruyó a la empresa a cubrir un medicamento tras la habilitación de Anmat para su comercialización. La medida alcanza a una niña de tres años con discapacidad.]]>
                </summary>
                                <category term="provinciales" label="Provinciales" />
                <updated>2026-03-18T16:15:30+00:00</updated>
                <published>2025-11-25T15:12:55+00:00</published>
    </entry>
        <entry>
        <title>
            Causa fentanilo: el informe del juez, la cita a Lugones y una reunión en Santa Fe
        </title>
        <link rel="alternate" href="https://www.sur24.com.ar/noticias/causa-fentanilo-el-informe-del-juez-la-cita-a-lugones-y-una-reunion-en-santa-fe" type="text/html" title="Causa fentanilo: el informe del juez, la cita a Lugones y una reunión en Santa Fe" />
        <id>https://www.sur24.com.ar/noticias/causa-fentanilo-el-informe-del-juez-la-cita-a-lugones-y-una-reunion-en-santa-fe</id>
        <author>
            <name>
                <![CDATA[Nancy Balza]]>
            </name>
        </author>
        
                                <content type="html" xml:base="https://www.sur24.com.ar/noticias/causa-fentanilo-el-informe-del-juez-la-cita-a-lugones-y-una-reunion-en-santa-fe">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/xRtX9nH83aXBkEp3jIAn35GcrWA=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2025/11/fentanilo_1.webp" class="type:primaryImage" /></figure><p>La causa de fentanilo contaminado, por la que se analiza la muerte de 173 pacientes, sigue adelante en varios planos.</p><p>En la Justicia la investigación está a cargo del juez federal de La Plata, Ernesto Kreplak. Y en el Congreso Nacional sigue en funciones la comisión especial presidida por la rosarina Mónica Fein, que presentará sus conclusiones el próximo 9 de diciembre.</p><p>El objetivo es rendir cuentas del trabajo realizado hasta ahora, pero también aportar al debate de nuevas normativas para evitar que se repita una tragedia semejante.</p><p>En las últimas horas, se sumó a la agenda una reunión prevista para el miércoles próximo a las 11 en la Legislatura santafesina. En concreto, familiares de víctimas se reunirán con integrantes de la comisión de Salud Púbica y Asistencia Social de la Cámara baja provincial.</p><p>Es que, del registro total de víctimas que investiga la Justicia, 59 pertenecen a la provincia de Santa Fe. La gran mayoría, 49, fueron atendidas en Rosario.</p><p>Desde el primer momento, familiares de las víctimas constituyen un motor esencial en el avance de la causa y el 3 de noviembre participaron de la reunión de la comisión investigadora en la sede del Concejo Municipal de Rosario.</p><p>Allí estuvieron también Silvana Giúdice (LLA) y Victoria Tolosa Paz (UxP), vicepresidenta y secretaria de la comisión que fue creada por unanimidad en la Cámara de Diputados de la Nación en la sesión del 17 de septiembre pasado.</p><p>Mientras tanto, en la reunión celebrada el 19 de noviembre, el juez Kreplak dio un detalle de los pasos que siguió la indagación, que aún está en curso.</p><p>El ministro de Salud de la Nación, Mario Lugones, fue citado por Diputados para exponer sobre la causa fentanilo. Foto: Archivo.</p><p>Al próximo encuentro de la comisión, anunciado para el miércoles a las 9, fueron citados el Ministro de Salud de la Nación, Mario Lugones, y la titular de Anmat, Nélida Bisio.</p>Cifras e incógnitas<p>El juez dejó en claro que “hay una causa en trámite”, que debía “garantizar el derecho de todas las partes” y que no diría “nada que pudiera afectar el éxito de la investigación”.</p><p>Sin embargo, explicó detalles de cómo se inició y continuó el proceso desde el 13 de mayo pasado cuando, por sorteo, se hizo cargo de la causa, tras la denuncia y posterior alerta lanzada por Anmat.</p><p>“Se trataba de un brote por dos bacterias detectadas solamente (hasta ese momento) en el Hospital Italiano de La Plata, donde daban cuenta de 15 pacientes afectados, 13 de ellos fallecidos”.</p><p>Las autoridades del Hospital, donde se halló la presencia de ampollas de fentanilo contaminado o adulterado, fueron las primeras en exponer en la comisión investigadora de Diputados.</p><p>En ese centro en particular se descubrió la presencia de un lote proveniente del Laboratorio HLB Pharma Group SA de Laboratorio Ramallo, de la sustancia contaminada con dos bacterias.</p><p>La Justicia releva historias clínicas de pacientes que recibieron dosis del fentanilo contaminado. Foto: Archivo.</p><p>No obstante, ese centro de salud había adquirido 10 mil ampollas de las que utilizó 1300 y tenía 15 víctimas “y contando”, porque esa cifra siguió en aumento.</p><p>Luego se supo que el lote tenía 154 mil ampollas. Si 1300 habían producido 15 víctimas, era obvio que la afectación podía ser mucho mayor. La pregunta era dónde estaban el resto de las ampollas y quiénes las habían recibido.</p>Pesquisa y falencias<p>“Aprendimos en pocos días que existe el concepto de campaña que, en producción de medicamentos, consiste en acondicionar un laboratorio para elaborar una determinada sustancia que no necesariamente es un único lote. Cuando se termina, se esteriliza y se dispone el laboratorio para otra sustancia”.</p><p>La campaña en la cual se había producido el fentanilo en cuestión concluyó con 6 lotes de ampollas, lo que daba un número de un millón de unidades.</p><p>“Advertimos que la magnitud de este problema era muy seria. Organizamos el juzgado en consecuencia, y requerimos informes específicos y técnicos de la Anmat”, que “no tenía información suficiente ni oportuna de lo que estaba ocurriendo con el medicamento producido. No sabía dónde estaban las ampollas de fentanilo”, precisó Kreplak.</p><p>Si bien el organismo había dictado la prohibición de uso del fentanilo HLB y de toda la medicación de esa firma en general, “dependía del propio laboratorio para recuperar esas sustancias”.</p><p>En la inspección de Anmat se recuperaron las muestras del lote que salió a la venta y así se confirmó que estaba contaminado. “Pero dependió de que los laboratorios conservaran esa información; el Estado no la tenía”, ratificó el magistrado, que sí destacó el trabajo del Instituto Malbrán en las pesquisas.</p><p>Luego se sumaron casos en el Sistema Integrado de Información Sanitaria Argentina (SISA), que reveló víctimas en Rosario, Santa Fe, Buenos Aires y CABA. “Pero no permitía saber dónde estaban el resto de las ampollas”.</p>Explicaciones "no satisfactorias"<p>"Eran 7 lotes, incluido uno de octubre de 2024 (el 31200). “En 187 establecimientos sanitarios de 13 jurisdicciones oficiamos a través de Policía Federal Argentina y establecimos cuál era el stock (de ampollas). Además, el juzgado se constituyó en depositario para que esas ampollas no se siguieran utilizando, aunque había un alerta de Anmat”.</p><p>El juez federal Ernesto Kreplak, a cargo de la causa fentanilo expuso ante la comisión investigadora de Diputados.</p><p>Se peritaron ampollas de los 7 lotes; se descartaron 5 y se confirmaron 2. De uno de ellos (el lote 7) se encontraron la totalidad de las ampollas. Distinto fue el caso del lote 31202, con 154.530 ampollas, algunas de las cuales se aplicaron en el Italiano de La Plata.</p><p>Del total, 86 mil se libraron al mercado (centros de salud). De esa cifra, 85.848 fueron ubicadas en 51 centros de salud y dos droguerías. De las restantes “interpretamos que, si las habían adquirido y estaban en stock, habían sido administradas”.</p><p>¿Cuál es la cifra de casos no detectados por el SISA? Esa es la otra incógnita a despejar. “A todos los centros de salud que dieron cuenta de la administración de ampollas les exigimos que nos informen a quién se la habían suministrado y la situación de esas personas”.</p><p>La respuesta fue dispar: en algunos casos resultó “completa y exhaustiva y en otros no”, dijo Kreplak, para acotar que se recibieron declaraciones testimoniales de 41 directores médicos de centros de salud, de los cuales en 9 casos “las explicaciones no fueron satisfactorias”.</p><p>Por lo tanto, se pidieron las historias clínicas de la totalidad de los pacientes internados en el período de investigación para relevar a quiénes se les administró la droga.</p><p>“A la fecha estamos analizando cientos de historias clínicas con decenas de páginas de 5 centros de salud”, resumió. En 38 de las 40 evaluadas hasta el momento se confirmó que el uso del anestésico adulterado incrementó el riesgo de muerte.</p><p>La intención del Juzgado es analizar durante los próximos meses, incluyendo la feria judicial, las historias clínicas, reunir la información dispersa y enviar, luego de la feria, los casos de víctimas fatales y no fatales, “para aproximarnos a un número final”.</p><p>“Hay una cantidad importante de sobrevivientes de la contaminación bacteriológica que también son víctimas de este suceso”, señaló el juez, quien confió en elevar la causa a juicio a mediados del año próximo.</p>]]>
                </content>
                                                <summary type="html">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/xRtX9nH83aXBkEp3jIAn35GcrWA=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2025/11/fentanilo_1.webp" class="type:primaryImage" /></figure>Familiares de víctimas estarán el miércoles con legisladores de la provincia. La investigación judicial dio cuenta de falencias y falta de trazabilidad del medicamento. Mientras, la comisión de Diputados de la Nación avanza en su propia indagación.]]>
                </summary>
                                <category term="nacionales" label="Nacionales" />
                <updated>2026-03-18T16:15:30+00:00</updated>
                <published>2025-11-23T16:47:10+00:00</published>
    </entry>
        <entry>
        <title>
            Anmat inhibió las actividades de un laboratorio e inmovilizó otros 139 lotes de medicamentos
        </title>
        <link rel="alternate" href="https://www.sur24.com.ar/noticias/anmat-inhibe-las-actividades-de-un-laboratorio-e-inmovilizo-otros-139-lotes-de-medicamentos" type="text/html" title="Anmat inhibió las actividades de un laboratorio e inmovilizó otros 139 lotes de medicamentos" />
        <id>https://www.sur24.com.ar/noticias/anmat-inhibe-las-actividades-de-un-laboratorio-e-inmovilizo-otros-139-lotes-de-medicamentos</id>
        <author>
            <name>
                <![CDATA[Redacción Sur24]]>
            </name>
        </author>
        
                                <content type="html" xml:base="https://www.sur24.com.ar/noticias/anmat-inhibe-las-actividades-de-un-laboratorio-e-inmovilizo-otros-139-lotes-de-medicamentos">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/cxzySsZ4gcjtDVHXiUbhvHk8Kko=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2025/11/laboratorio.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) ordenó la inhibición preventiva de todas las actividades productivas de la firma DRAWER S.A., con domicilio en Dorrego 127, partido de Quilmes, provincia de Buenos Aires.</p><p>La medida, formalizada mediante una Carta de Advertencia, suspende la elaboración, el control de calidad y la comercialización de los productos del establecimiento hasta que se subsanen las irregularidades detectadas.</p><p>La decisión se adoptó luego de una inspección que se realizó entre el 11 y el 18 de noviembre de 2025 y que registró deficiencias clasificadas como críticas y mayores. El informe de la comisión inspectora documentó fallas que podrían afectar la calidad, seguridad y eficacia de los productos.</p><p>DRAWER S.A., dedicada a la fabricación de medicamentos de uso hospitalario desde 1985, recibió la notificación oficial con detalle de observaciones técnicas y de gestión.</p><p>Además de la inhibición de actividades, ANMAT prohibió el uso, la comercialización y la distribución en todo el territorio nacional de determinados lotes y ordenó el retiro de cuatro partidas específicas.</p><p>En forma preventiva, la autoridad inmovilizó otros 139 lotes y solicitó a la población y a las instituciones sanitarias que se abstengan de utilizar las unidades afectadas hasta completar las investigaciones y definir medidas regulatorias.</p><p>DRAWER S.A., dedicada a la fabricación de medicamentos de uso hospitalario desde 1985, recibió la notificación oficial con detalle de observaciones técnicas y de gestión.</p>Hallazgos de la inspección<p>La comisión inspectora dependiente del Departamento de Inspectorado de la Dirección de Fiscalización y Gestión de Riesgo del Instituto Nacional de Medicamentos detectó incumplimientos a las Buenas Prácticas para elaboradores y exportadores. Entre los puntos más graves se consignó la falta de integridad y trazabilidad de registros, lo que impide reconstruir procesos productivos y controles.</p><p>También se consignaron deficiencias en procesos de producción y salas limpias con clasificación inadecuada y sin monitoreo apropiado. El informe indicó que el plantel de personal resultó insuficiente y con calificaciones deficientes respecto de las tareas exigidas para el tipo de elaboración que realiza el establecimiento.</p><p>El laboratorio de control de calidad mostró fallas metodológicas y documentales que afectan la confiabilidad analítica de los resultados. El informe señaló que esas fallas comprometen la capacidad del establecimiento para garantizar la seguridad y eficacia de los medicamentos destinados a uso hospitalario.</p>Medidas sobre lotes y mercado<p>ANMAT ordenó el recupero inmediato de cuatro lotes que figuran en la Carta de Advertencia y publicó los datos técnicos de cada partida. Entre los lotes para retiro figura DICLOFENAC DRAWER, solución inyectable 75 mg/3 ml, certificado N.º 51.815, lote 90700 con vencimiento 09/2027.</p><p>También se indicó el retiro de VANCOMICINA DRAWER, 1000 mg polvo para inyectable, certificado N.º 52.491, lote 94423 con vencimiento 01/2027 y lote 94446 cuya fecha de vencimiento figura en la carta. Además se ordenó el recuperación del lote AMPICILINA SULBACTAM DRAWER, polvo para inyectable, certificado N.º 52.569, lote 870280 con vencimiento 07/2027.</p><p>En paralelo, la autoridad inmovilizó preventivamente 139 lotes adicionales que aparecen listados en la Carta de Advertencia. Las instituciones sanitarias recibieron la recomendación de no utilizar esos lotes hasta que finalicen las investigaciones y se definan las medidas regulatorias correspondientes.</p><p>La sede porteña de la Anmat. Gentileza</p>Seguimiento y consecuencias regulatorias<p>ANMAT indicó que supervisa el retiro de los lotes afectados y que verificará el cumplimiento de la medida en todo el territorio nacional. La autoridad exigió a DRAWER S.A. la subsanación de las irregularidades detectadas para evaluar la emisión de una Carta de Cierre que permita la reapertura de actividades.</p><p>Mientras tanto, la empresa queda impedida de continuar con la producción, el control de calidad y la comercialización de sus productos. Las restricciones buscan proteger la salud pública y garantizar que los medicamentos que circulan cumplan con los estándares técnicos y documentales exigidos por la normativa.</p><p>La comunicación oficial y la Carta de Advertencia detallan los pasos a seguir y las responsabilidades de la empresa y de los organismos de salud; la fiscalización continuará hasta comprobar la corrección de los hallazgos y la seguridad de los productos afectados.</p>]]>
                </content>
                                                <summary type="html">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/cxzySsZ4gcjtDVHXiUbhvHk8Kko=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2025/11/laboratorio.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>La autoridad regulatoria ordenó la suspensión de producción y comercialización tras inspecciones que detectaron fallas críticas. Se ordenó el retiro de 4 lotes y la inmovilización preventiva de 139 partidas mientras avanzan las investigaciones]]>
                </summary>
                                <category term="nacionales" label="Nacionales" />
                <updated>2026-03-18T16:15:30+00:00</updated>
                <published>2025-11-21T21:35:58+00:00</published>
    </entry>
    </feed>