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    <title>Sur24</title>
    <subtitle>Todo el sur, todo el día, todos los días.</subtitle>
    <updated>2024-10-30T01:38:50+00:00</updated>
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            Disolución de la AFIP: ola de pedidos de jubilaciones de trabajadores de alto rango
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                <![CDATA[Redacción Sur24]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/RDMmxe99ikqZPi9MfjYkuxpG1ME=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2023/06/AFIP0.webp" class="type:primaryImage" /></figure><p>El anuncio intempestivo del gobierno nacional de disolver la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) para dar paso a la flamante Agencia de Regulación y Control Aduanero (ARCA), tomó por sorpresa tanto a las autoridades como a los trabajadores del ente recaudador.</p><p>Luego de que el vocero presidencial, Manuel Adorni, haga pública la decisión la semana pasada, anunciando además el despido de 3.155 trabajadores de una planta total de 21.000 empleados, los sindicatos activaron una serie de medidas de fuerza con "apagones informáticos" que dificultaron todas las operaciones de liquidaciones de impuestos y de comercio exterior, justo a fin de mes, donde también se da la fecha de cierre de la primera etapa del blanqueo.</p><p>A este conflicto, el ente recaudador suma un nuevo conflicto ligado a los empleados del sector que tienen mayor experiencia y que son de los que obtienen remuneraciones más altas de la administración pública nacional, ya que las negociaciones se dan por fuera de la paritaria central por ser un organismo descentralizado y autárquico.</p><p>Es que en el anuncio hecho por Adorni, también se mencionó el recorte del llamado "concepto de jerarquización" para los puestos de alto rango. A poco más de siete días de que se haya comunicado la decisión, en el organismo se desató una ola de pedidos de jubilación para no perder dicho beneficio.</p><p>De acuerdo a la información publicada por Clarín, habría cerca de 1.700 empleados que iniciaron el trámite jubilatorio, cada uno con el derecho a cobrar una indemnización equivalente a 20 sueldos.</p><p>El Convenio firmado entre la AFIP y los trabajadores representados por la Asociación de Empleados Fiscales e Ingresos Públicos (AEFIP) establece que “el agente que renuncie para acogerse a los beneficios de la jubilación ordinaria o retiro por invalidez, cumplidos los requisitos establecidos en el régimen previsional aplicable, percibirá con carácter de indemnización especial una suma equivalente a veinte meses de la última remuneración por todo concepto, incluyendo la suma devengada por Cuenta de Jerarquización".</p><p>"Esto quiere decir que si acceden a la indemnización por jubilarse embolsarán $ 200 millones de pesos, equivalentes hoy a 176.000 dólares MEP. Lógicamente, luego seguirán cobrando una jubilación posiblemente de las más altas que pague la ANSeS. Siguiendo con los cálculos, por cada 1.000 jubilaciones, la AFIP deberá desembolsar el equivalente a 176 millones de dólares. Si llegaran a las 2.000 jubilaciones, la cuenta saltaría a los 352 millones de dólares", ejemplifica Clarín.</p>Versiones de reemplazo de Misrahi<p>A todo este marco de conflicto, se suman las versiones sobre la continuidad de la hasta ahora titular de la ex AFIP, Florencia Misrahi, ahora al frente de la flamante Agencia de Regulación y Control Aduanero (ARCA).</p><p>Fuentes sindicales confirmaron a la Agencia Noticias Argentinas, que Misrahi se trasladó a la Casa de Gobierno para mantener reuniones con funcionarios de la jefatura de gabinete, luego del paro de agentes de Aduana generara inconvenientes en el Aeropuerto de Ezeiza, pero también en el comercio exterior que se realiza a través de puertos y puestos fronterizos.</p><p>.</p><p>Los sindicatos que representan al personal de la Aduana, y de aquellos que vienen de la Dirección General Impositiva, tenían previsto adherir este miércoles al paro que realizarán varios sindicatos del transporte. Ante esto, el Gobierno dictó la conciliación obligatoria por el conflicto en la AFIP, por 15 días, a través de la Secretaria de Trabajo, que se encuentra bajo la órbita del Ministerio de Capital Humano.</p><p>El Ejecutivo exhortó a los sindicatos del organismo a "terminar con las medidas de fuerza que obstaculizan el normal funcionamiento del órgano recaudador".</p><p>&nbsp;</p><p>A su vez, la Secretaría de Trabajo convocó a las partes a una audiencia el día lunes 4 de noviembre de 2024 a las 11:00.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/RDMmxe99ikqZPi9MfjYkuxpG1ME=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2023/06/AFIP0.webp" class="type:primaryImage" /></figure>En medio de la reestructuración del ente recaudador, se multiplicaron los trámites jubilatorios entre los empleados que más cobran para no perder el derecho a cobrar una indemnización millonaria. A ello, se suman los rumores de renuncia de la titular Florencia Misrahi.]]>
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                <updated>2024-10-30T01:38:50+00:00</updated>
                <published>2024-10-30T01:38:15+00:00</published>
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            Conflicto de la AFIP: el Gobierno dictó la conciliación obligatoria
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        <link rel="alternate" href="https://www.sur24.com.ar/noticias/conflicto-de-la-afip-el-gobierno-dicto-la-conciliacion-obligatoria" type="text/html" title="Conflicto de la AFIP: el Gobierno dictó la conciliación obligatoria" />
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                <![CDATA[Redacción Sur24]]>
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        </author>
        
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/41yHlatkCZDresbrEyNCIwKzpAo=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2024/10/afip.webp" class="type:primaryImage" /></figure><p>El Ejecutivo, a través de la Secretaría de Empleo, Trabajo y Seguridad Social, resolvió imponer 15 días de conciliación obligatoria en el conflicto de la AFIP, la cual podría extenderse si no se alcanzan acuerdos. La decisión se tomó, según expresaron, para "terminar con las medidas de fuerza que obstaculizan el normal funcionamiento del órgano recaudador”.</p><p>Además, las autoridades convocaron a una audiencia para el lunes 4 de noviembre a las 11:00, esperando que los sindicatos suspendan las medidas de fuerza que venían desarrollando desde que se anunciaron los despidos masivos en la AFIP.</p><p>Con este contexto, la próxima reunión entre las partes será clave para definir el futuro de los empleados en conflicto y las condiciones de trabajo dentro del organismo de recaudación.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/41yHlatkCZDresbrEyNCIwKzpAo=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2024/10/afip.webp" class="type:primaryImage" /></figure>Busca frenar las medidas de fuerza impulsadas por los gremios tras el anuncio de más de 3.000 despidos.]]>
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                                <category term="nacionales" label="Nacionales" />
                <updated>2024-10-29T21:49:34+00:00</updated>
                <published>2024-10-29T21:47:49+00:00</published>
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            Con la disolución de la AFIP, resurgen dos organismos de los &#039;90
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                <![CDATA[Redacción Sur24]]>
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        </author>
        
                                <content type="html" xml:base="https://www.sur24.com.ar/noticias/con-la-disolucion-de-la-afip-resurgen-dos-organismos-de-los-90">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/3gBkNJvYUeBfQ3dEnZdOPNP7P-4=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2024/04/afip.webp" class="type:primaryImage" /></figure><p>César Rodríguez</p><p>El vocero presidencial, Manuel Adorni, anunció en la tarde de este lunes que el Ejecutivo nacional disolverá la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) y creará en su reemplazo la Agencia Nacional de Recaudación y Control Aduanero (ARCA).</p><p>"El Gobierno anuncia muy felizmente que al AFIP dejará de existir”, comunicó Adorni en conferencia de prensa en Casa Rosada, donde realizó una serie de anuncios en materia impositiva y sobre el sector de telecomunicaciones.</p><p>&nbsp;</p><p>&nbsp;</p><p>En reemplazo de sus funciones, Adorni anunció que se restablecerán dos organismos simplificados que absorberán sus funciones. Se trata de la Dirección General Impositiva (DGI) y la Dirección General de Aduanas (DGA), que funcionaban hasta la década de los ´90.</p><p>Con esta decisión, el gobierno tiene como objetivo reducir en un 45% los cargos superiores y en un 31% los inferiores. En total, se eliminarán el 34% de los cargos públicos de la estructura.</p><p>En esa línea, el portavoz anunció que "3.155 empleados que ingresaron de manera irregular a la AFIP durante la gestión pasada serán reubicados y pasados a disponibilidad". Este recorte implicaría un ahorro presupuestario del 6.400 millones de pesos anuales en las cuentas del Estado nacional, describió Adorni.</p><p>"A lo largo de su existencia, este organismo funcionó como una caja política y, como todos sabemos, han sometido a muchos argentinos a persecuciones completamente inmorales", señaló Adorni.</p><p lang="zxx" dir="ltr">pic.twitter.com/B9pofFn5D3</p>— Oficina del Presidente (@OPRArgentina) October 21, 2024 <p>Por otro lado, indicó que los altos rangos dejarán de percibir la cuenta de jerarquización. "Por este concepto, hoy cobran la titular más de 30 millones de pesos por mes y los directores mas de 17 millones de pesos por mes. Ahora van a pasar a cobrar, tanto el titular como los directores sueldos equivalentes o equiparables a los que cobran los ministros y los secretarios de Estado", indicó Adorni.</p><p>"Esa Argentina de la voracidad fiscal se terminó. Lo que es de cada argentino es suyo y de nadie más, ningún burócrata del Estado tiene por qué delegarse el poder de decirles que hacer con su propiedad", agregó el vocero, quien luego citó los principios del liberalismo pronunciados por el presidente Javier Milei durante su asunción.</p>Motosierra<p>La AFIP había sido creada en 1996, durante el segundo mandato de Carlos Menem, a partir de la fusión de la Dirección General Impositiva (DGI) y la Dirección General de Aduanas (DGA) mediante el Decreto 1156. Luego, en el 2001, se creó la Dirección General de los Recursos de la Seguridad Social, que se incorporó a la estructura organizativa de la AFIP mediante el Decreto 1231.</p><p>&nbsp;</p><p>La disolución libertaria impuesta sobre el organismo impositivo se da en el marco de la política de "reducción del Estado y la eliminación de estructuras ineficientes", explica el comunicado emitido desde la Oficina del Presidente sobre la decisión de suprimir la AFIP.</p><p>"Este paso es imprescindible para desmantelar la burocracia innecesaria que ha obstaculizado la libertad económica y comercial de los argentinos", agrega el texto oficial.</p><p>&nbsp;</p><p>La nueva Agencia Nacional de Recaudación y Control Aduanero, y sus dependencias de la Dirección General Impositiva (DGI) y la Dirección General de Aduanas (DGA) quedarán bajo la órbita del Ministerio de Economía.</p><p>"La creación de ARCA tiene como objetivo la reducción del Estado, la eliminación de cargos innecesarios, la profesionalización del ente, la destrucción de los circuitos corruptos, y la mejora en la eficiencia de la recaudación y el control aduanero, eliminando los privilegios del pasado y optimizando la gestión pública", agrega el comunicado de presidencia.</p><p>La directora de ARCA seguirá siendo Florencia Misrahi, actual titular de lo que hasta hoy era la AFIP. Liderará la nueva estructura junto a Andrés Gerardo Vázquez, quien asumirá como titular de la DGI, y José Andrés Velis, nuevo titular de la DGA.</p><p>&nbsp;</p><p>"Vázquez, Licenciado en Administración de Empresas y Contador Público, cuenta con más de 30 años de experiencia en la Dirección General Impositiva. Por su parte, Velis tiene una amplia trayectoria en la Dirección General de Aduanas y ha sido responsable del desarrollo de sistemas informáticos clave como el sistema Malvina", describe la gacetilla.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/3gBkNJvYUeBfQ3dEnZdOPNP7P-4=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2024/04/afip.webp" class="type:primaryImage" /></figure>Lo comunicó el vocero Manuel Adorni. Más de 3 mil puestos se reubicarán o pasarán a disponibilidad.]]>
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                                <category term="nacionales" label="Nacionales" />
                <updated>2024-10-21T21:31:06+00:00</updated>
                <published>2024-10-21T21:17:21+00:00</published>
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            Qué trámite reemplaza a la tarjeta azul para conducir un vehículo
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                <![CDATA[Redacción Sur24]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/19qlDKURR4TTwpQXSz_LAXI_zMg=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2023/08/agencia_provincial_de_seguridad_vial_1.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>Desde el mes de mayo que se publico la Disposición 29/2024 la cédula de identificación para autorizados a conducir, conocida como cédula azul, quedó sin efecto como documento de identificación obligatorio para la circulación en vehículos por el territorio nacional.</p><p>A su vez, la cédula verde no tendrá fecha de vencimiento y se podrá presentar tanto en formato físico como en digital (mediante la app Mi Argentina).</p><p>La disposición especifica en su artículo 5 cómo el propietario de un vehículo puede autorizar a otra persona a conducirlo. Para eso, “el titular registral podrá solicitar que su propia cédula sea visualizada en el perfil digital de uno o más terceros determinados”.</p>La cédula azul, quedó sin efecto como documento de identificación obligatorio.<p>El procedimiento para autorizar a un tercero es el siguiente:</p><p>Ingresar al Sistema Integral de Trámites Electrónicos.</p><p>Validarse en el portal de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) con clave fiscal.</p><p>Seleccionar el dominio sobre el cual se es titular.</p><p>Identificar al tercero mediante su nombre y apellido y CUIT, CUIL o CDI.</p><p>Una vez completado este proceso, la persona autorizada verá la cédula verde del vehículo en cuestión en el apartado “Mis vehículos” de la aplicación. En caso de querer desautorizar a alguien, se seguirá el mismo procedimiento.</p>Documentos obligatorios para circular<p>De esta manera, la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV) comunica que los documentos y los elementos de seguridad con los que deberán circular los conductores en todo el territorio nacional son los siguientes:</p><p>-Documento Nacional de Identidad (DNI).</p><p>-Licencia Nacional de Conducir.</p><p>-Cédula verde (o Cédula azul vigente y autorizada por el titular en caso de no contar con la Cédula verde).</p><p>-Comprobante de seguro vigente.</p><p>-Constancia de Revisión Técnica Obligatoria (RTO) o Verificación Técnica Vehicular (VTV).</p><p>-Chapas patente colocadas visibles, sin alteraciones y en buen estado.</p><p>-Matafuegos con fecha vigente y balizas triangulares.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/19qlDKURR4TTwpQXSz_LAXI_zMg=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2023/08/agencia_provincial_de_seguridad_vial_1.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>El gobierno nacional eliminó el documento que validaba a una persona que no era dueño de un vehículo pudiera conducirlo.]]>
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                                <category term="nacionales" label="Nacionales" />
                <updated>2024-09-04T17:20:03+00:00</updated>
                <published>2024-09-04T17:20:01+00:00</published>
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            AFIP eliminó las trabas a la comercialización y producción de yerba mate
        </title>
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                <![CDATA[Redacción Sur24]]>
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        </author>
        
                                <content type="html" xml:base="https://www.sur24.com.ar/noticias/afip-elimino-las-trabas-a-la-comercializacion-y-produccion-de-yerba-mate">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/Zqm5ZY2myoPAZLi0sJej19Qz2uU=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2024/08/yerba_mate.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) a través de la Resolución General 5555/2024, publicada en el Boletín Oficial, se eliminó una serie de requisitos administrativos que, según productores y expertos, dificultaban y encarecían innecesariamente los procesos de traslado e industrialización de este producto.</p>¿Qué cambios se implementaron?<p>Se derogaron normas que estuvieron en vigencia desde 1998. Estas normas exigían a los actores de la cadena yerbatera una serie de documentos y registros que debían presentarse en diferentes etapas de la producción y comercialización. Entre las medidas más destacadas, se encuentra la eliminación de la obligatoriedad de emitir un comprobante conocido como “Hoja de ruta yerbatera”. Este documento era necesario para transportar la yerba mate desde el lugar de producción hacia los molinos, secaderos o depósitos.</p><p>Además, los establecimientos que forman parte de la cadena productiva, como los molinos y secaderos, ya no estarán obligados a registrar los ingresos, egresos y existencias de la yerba mate en un “Libro de Movimientos y Existencias”. Este registro implicaba un seguimiento minucioso de cada movimiento de la yerba mate dentro de los establecimientos, lo que generaba una carga administrativa considerable para los productores.</p>Se derogaron normas que estuvieron en vigencia desde 1998El impacto en la cadena productiva<p>La yerba mate es uno de los cultivos más emblemáticos de Argentina, con una fuerte presencia en las provincias de Misiones y Corrientes, donde se concentra la mayor parte de su producción. La cadena productiva de la yerba mate incluye varios eslabones, desde los productores que cultivan y cosechan la yerba, hasta los molinos y empresas que la procesan y comercializan. Cada uno de estos eslabones se ve afectado por las normativas y requisitos que impone el Estado, por lo que cualquier cambio en las regulaciones puede tener un impacto significativo.</p><p>Con la eliminación de estos requisitos, los productores y demás actores de la cadena yerbatera esperan una reducción en los costos operativos. Menos papeleo significa menos tiempo y recursos dedicados a la gestión administrativa, lo que puede traducirse en una mayor eficiencia en la producción y en una mejora en la competitividad del producto en el mercado. Asimismo, la medida podría incentivar a nuevos productores a ingresar en el negocio, al ver reducidas las barreras de entrada.</p>Con la eliminación de estos requisitos, los productores y demás actores de la cadena yerbatera esperan una reducción en los costos operativos.Otras simplificaciones implementadas por la AFIP<p>La eliminación de trabas en la cadena productiva de la yerba mate es parte de un conjunto más amplio de medidas que la AFIP estuvo implementando para simplificar los trámites y reducir la carga administrativa sobre los contribuyentes. En los últimos meses, el organismo tomó decisiones que afectan a varios sectores productivos, con el objetivo de dinamizar la economía y facilitar el cumplimiento de las obligaciones fiscales.</p><p>Entre las medidas más destacadas se encuentran la eliminación del Impuesto a la Transferencia de Inmuebles (ITI) y del Certificado de Transferencia de Automotores (CETA), dos requisitos que generaban costos y complicaciones para quienes vendían propiedades o vehículos. Además, se redujo de cinco a dos la cantidad de declaraciones juradas que deben presentar los establecimientos rurales sobre la producción de la cosecha, una simplificación que beneficia especialmente a los pequeños y medianos productores agrícolas.</p><p>Otra de las medidas importantes fue la eliminación del Sistema de Importaciones de la República Argentina (SIRA) y la evaluación de la Capacidad Económica Financiera (CEF) como pasos previos para la importación de mercaderías. Estas modificaciones buscan facilitar el comercio exterior y reducir los tiempos de espera para la importación de bienes necesarios para la producción en el país.</p><p>Además, la AFIP también facilitó el registro de trabajadores a través de la aplicación “Mi AFIP”, que ahora permite dar de alta a un trabajador ingresando solo siete datos. Esta medida es especialmente beneficiosa para las pequeñas y medianas empresas, que pueden así cumplir con sus obligaciones laborales de manera más ágil y sencilla.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/Zqm5ZY2myoPAZLi0sJej19Qz2uU=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2024/08/yerba_mate.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>Se elimino la obligatoriedad de emitir ciertos documentos para el traslado e industrialización de la yerba mate.]]>
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                <updated>2024-08-30T12:22:32+00:00</updated>
                <published>2024-08-30T12:19:32+00:00</published>
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        <title>
            Eliminación de trámite: AFIP ya no exige registro de contratos de alquiler
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        <author>
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                <![CDATA[Redacción Sur24]]>
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        </author>
        
                                <content type="html" xml:base="https://www.sur24.com.ar/noticias/eliminacion-de-tramite-afip-ya-no-exige-registro-de-contratos-de-alquiler">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/plDUxfvdk5aQR77_t72HTHrjyMQ=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2024/08/alquileres.webp" class="type:primaryImage" /></figure><p>La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) eliminó la obligación de registrar los contratos de alquiler de inmuebles urbanos y rurales. De esta manera, el organismo continúa con su proceso permanente para reducir la carga administrativa y burocrática de los contribuyentes y responsables.</p><p>Por medio de la Resolución General 5545/2024, la AFIP suprimió el requisito de informar todas las operaciones concertadas entre locadores y locatarios ante el “Régimen de registración de contratos de locación de inmuebles (RELI)”, en virtud del Decreto de Necesidad y Urgencia N° 70/2023, que derogó la ley N.º 27.551 de Alquileres.</p><p>Al mismo tiempo, la nueva resolución de AFIP establece que los contribuyentes que quieran gozar de los beneficios fiscales en el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS) y en los impuestos sobre los Créditos y Débitos en cuentas bancarias y otras operatorias, sobre los Bienes Personales y a las Ganancias -contemplados en la ley 27.737- deberán declarar sus contratos de alquiler en el servicio “Registro de Locaciones de Inmuebles - RELI” de la web del organismo con clave fiscal, antes del 30 de septiembre de 2024 o dentro de los 15 días corridos posteriores a su celebración, según el caso. Quienes ya tengan registrados sus contratos no deberán volver a hacerlo, excepto que haya modificaciones o actualizaciones.</p><p>En línea con dicha medida y con el objetivo de disminuir la carga administrativa de los contribuyentes, por medio de la Resolución General Nro. 5547/2024, con relación al impuesto a las ganancias, se dispuso la eliminación de la obligación por parte del empleado en relación de dependencia de adjuntar -en el servicio SiRADIG- una copia del contrato de alquiler del inmueble con destino a casa habitación. Este requisito resultaba necesario para tener acceso a las deducciones del 40% y del 10%, respectivamente, de las sumas pagadas por este alquiler.</p>Otros trámites derogados<p>Esta simplificación en las operaciones inmobiliarias impulsada por la AFIP se suma a la derogación del Certificado de Transferencia de Automotores (CETA), el documento que debía emitirse al vender un automotor o motovehículo usado y radicado en el país. Además, en lo que va de la actual gestión, el organismo derogó las resoluciones generales que obligaban a productores agropecuarios a presentar cinco declaraciones juradas al año con su cosecha, y, en el mismo sentido, derogó el Sistema de Importaciones de la República Argentina (SIRA) y la evaluación de la Capacidad Económica Financiera (CEF) para autorizar importaciones, con el objetivo de facilitar el comercio exterior.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/plDUxfvdk5aQR77_t72HTHrjyMQ=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2024/08/alquileres.webp" class="type:primaryImage" /></figure>Solo será necesaria su registración para acceder a beneficios fiscales.]]>
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                                <category term="nacionales" label="Nacionales" />
                <updated>2024-08-12T12:01:57+00:00</updated>
                <published>2024-08-12T12:00:17+00:00</published>
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        <title>
            AFIP finalizó con la reglamentación del Impuesto a las Ganancias
        </title>
        <link rel="alternate" href="https://www.sur24.com.ar/noticias/afip-finalizo-con-la-reglamentacion-del-impuesto-a-las-ganancias" type="text/html" title="AFIP finalizó con la reglamentación del Impuesto a las Ganancias" />
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        <author>
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                <![CDATA[Redacción Sur24]]>
            </name>
        </author>
        
                                <content type="html" xml:base="https://www.sur24.com.ar/noticias/afip-finalizo-con-la-reglamentacion-del-impuesto-a-las-ganancias">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/0MWEJmN0EHIQR7x9t0KNkPc0-j8=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2023/12/afip.webp" class="type:primaryImage" /></figure><p>La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) publicó la Resolución General 5531/2024 en el Boletín Oficial, introduciendo modificaciones a la Ley de Impuesto a las Ganancias.</p><p>Esta resolución, enmarcada en la Ley N° 27.743 de Medidas Fiscales Paliativas y Relevantes, trae consigo una serie de cambios destinados a actualizar y simplificar el sistema tributario, afectando a empleados, jubilados y pensionados.</p><p>A continuación, se detallan los aspectos más relevantes de esta resolución y su impacto en los contribuyentes.</p>Esta medida busca simplificar el régimen tributario y aliviar la carga impositiva sobre los ingresos más altos.Modificaciones principales<p>Derogación del Impuesto Cedular:</p><p>La Ley N° 27.743 elimina el Capítulo III del Título IV de la Ley de Impuesto a las Ganancias, que imponía un impuesto cedular sobre los mayores ingresos del trabajo en relación de dependencia, jubilaciones y pensiones de privilegio, entre otros. Esta medida busca simplificar el régimen tributario y aliviar la carga impositiva sobre los ingresos más altos.</p><p>Ajustes en las Deducciones Personales y Generales:</p><p>La resolución modifica las normas relacionadas con las deducciones personales y generales. Las deducciones personales previstas en el artículo 30 y la escala del artículo 94 de la ley del impuesto se actualizarán semestralmente, permitiendo una mayor adecuación a la realidad económica de los contribuyentes. Estos cambios entrarán en vigor a partir del 1 de enero de 2024.</p><p>Régimen de Transición:</p><p>Se establece un régimen de transición para aquellos responsables comprendidos en el régimen de retención del impuesto que hubieran aplicado las previsiones del impuesto cedular sobre los mayores ingresos. Esto garantiza una transición ordenada y evita impactos negativos sobre los ingresos percibidos desde el 1 de enero de 2024.</p><p>Eliminación de la Declaración Jurada Informativa:</p><p>Con el fin de simplificar los procedimientos y la información requerida a los beneficiarios de rentas, se elimina la obligación de presentar anualmente la declaración jurada informativa de ingresos, gastos, deducciones y retenciones. Esta medida reduce la carga administrativa tanto para los contribuyentes como para la AFIP.</p>El nuevo marco impositivo entra en vigencia para 800 mil trabajadores.Cambios específicos en las resoluciones generales<p>Modificaciones a la Resolución General N° 4.003:</p><p>Cálculo de deducciones personales: Las deducciones personales y los tramos de la escala del impuesto se computarán mensualmente y se actualizarán semestralmente. Este ajuste permitirá que las deducciones reflejen más fielmente la inflación y otros cambios económicos a lo largo del año fiscal.</p><p>Formulario de Declaración Jurada F.1359: Los contribuyentes podrán consultar e imprimir el formulario de declaración jurada correspondiente a la liquidación anual, final o informativa a través del "Sistema de Registro y Actualización de Deducciones del Impuesto a las Ganancias (SIRADIG) – TRABAJADOR".</p><p>Liquidaciones Anuales, Finales e Informativas: Se detallan las pautas para la práctica de liquidaciones anuales, finales e informativas, especificando los procedimientos a seguir y los plazos para realizar estas liquidaciones. La liquidación anual se practicará utilizando montos actualizados semestralmente.</p><p>Modificaciones en las Indemnizaciones y Gratificaciones:</p><p>Las indemnizaciones y gratificaciones abonadas por desvinculación laboral tendrán un tratamiento específico dependiendo de si los empleados se desempeñan en cargos directivos y ejecutivos o no. Se establece también la inclusión de indemnizaciones por estabilidad, asignación gremial, y por despido debido a embarazo.</p><p>Sueldos Anuales Complementarios:</p><p>Se especifica el procedimiento para adicionar una doceava parte de las ganancias brutas mensuales y retribuciones no habituales para la determinación del importe a retener en concepto de Sueldo Anual Complementario.</p>Implicaciones para los contribuyentes<p>Los cambios introducidos por la Resolución General 5531/2024 buscan alinear el sistema tributario con las condiciones económicas actuales, simplificando procedimientos y ajustando deducciones de manera más dinámica. Sin embargo, los contribuyentes deberán estar atentos a las nuevas normativas y procedimientos para cumplir adecuadamente con sus obligaciones fiscales.</p><p>Empleados y Jubilados: Estos grupos verán reflejados cambios en sus deducciones personales, con ajustes semestrales que podrían afectar su carga impositiva a lo largo del año fiscal.</p><p>Empresas y Agentes de Retención: Las empresas y otros agentes de retención deberán ajustar sus sistemas y procesos para cumplir con las nuevas disposiciones, especialmente en lo que respecta a las liquidaciones anuales, finales e informativas.</p><p>Simplificación Administrativa: La eliminación de la declaración jurada informativa anual representa un alivio administrativo, reduciendo la cantidad de trámites y documentación que los contribuyentes deben presentar a la AFIP</p><p>Resolución General 5531/2024 by El Litoral</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/0MWEJmN0EHIQR7x9t0KNkPc0-j8=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2023/12/afip.webp" class="type:primaryImage" /></figure>Era lo que faltaba reglamentar para que el nuevo marco impositivo entre en vigencia para 800 mil trabajadores.]]>
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                                <category term="nacionales" label="Nacionales" />
                <updated>2024-07-25T11:08:06+00:00</updated>
                <published>2024-07-25T11:05:17+00:00</published>
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        <title>
            Se amplia el plazo para realizar la recategorización del Monotributo
        </title>
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                <![CDATA[Redacción Sur24]]>
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        </author>
        
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/paPzVwjgl6Nc30dn086shyjJISc=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2024/07/afip_1.webp" class="type:primaryImage" /></figure><p>La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) extendió el plazo para la recategorización del monotributo. La nueva fecha límite para la finalización de dicho trámite será el 2 de agosto. “La disponibilidad del sistema para comenzar la recategorización será informada a través de la página web AFIP”</p><p>De esta manera, se otorga más tiempo a los contribuyentes en virtud de la ley 27.743 (Medidas Fiscales Paliativas y Relevantes), conocida como el “paquete fiscal” que acompañó a la Ley Bases, que incluye los nuevos montos máximos de facturación, entre otros beneficios tributarios, según informó la AFIP.</p><p>“La recategorización es un procedimiento obligatorio que deben realizar los monotributistas cada seis meses para determinar si de acuerdo a los ingresos de los últimos 12 meses les corresponde cambiar de categoría. En caso de mantener la misma categoría no es necesario realizar ningún trámite”, señaló el organismo recaudador en un comunicado.</p><p>Las obligaciones de pago resultantes de la recategorización tienen efecto para el período comprendido entre el 1 de agosto de 2024 y el día 31 de enero de 2025.</p><p>Por medio de la Resolución General 5523/2024, la AFIP dispuso que la nueva fecha límite para completar este trámite hasta el 2 de agosto. La ampliación de los montos máximos de facturación para todas las categorías que se aprobó a través de la ley permite que más monotributistas permanezcan en los niveles actuales sin pasar al régimen general.</p>]]>
                </content>
                                                <summary type="html">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/paPzVwjgl6Nc30dn086shyjJISc=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2024/07/afip_1.webp" class="type:primaryImage" /></figure>Se trata de un procedimiento obligatorio que los monotributistas deben realizar para cambiar de categoría.]]>
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                                <category term="nacionales" label="Nacionales" />
                <updated>2024-07-11T13:46:08+00:00</updated>
                <published>2024-07-11T13:44:42+00:00</published>
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            Nuevos plazos para la presentación de deducciones de Ganancias
        </title>
        <link rel="alternate" href="https://www.sur24.com.ar/noticias/nuevos-plazos-para-la-presentacion-de-deducciones-de-ganancias" type="text/html" title="Nuevos plazos para la presentación de deducciones de Ganancias" />
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        <author>
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                <![CDATA[Redacción Sur24]]>
            </name>
        </author>
        
                                <content type="html" xml:base="https://www.sur24.com.ar/noticias/nuevos-plazos-para-la-presentacion-de-deducciones-de-ganancias">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/bKvLhITsDPA5WcpV4XKOxWRTHMY=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2024/06/afip_1.webp" class="type:primaryImage" /></figure><p>La Agencia Federal de Ingresos Públicos (AFIP) extendió por cuarta vez el plazo para que los trabajadores presenten sus deducciones del impuesto a las Ganancias correspondientes al 2023. A través de la Resolución General 5519/2024, se amplió el plazo hasta mediados de julio, a la espera de la decisión del Congreso sobre la restitución del tributo.</p><p>“Los beneficiarios de las rentas comprendidas en las Resoluciones Generales Nros. 2.442 y 4.003, sus modificatorias y complementarias, podrán -con carácter de excepción- efectuar la presentación del formulario de declaración jurada F. 572 Web, a través del servicio ‘Sistema de Registro y Actualización de Deducciones del Impuesto a las Ganancias (SiRADIG) - TRABAJADOR’, correspondiente al período fiscal 2023, hasta el 15 de julio de 2024, inclusive”, indica la resolución publicada este jueves en el Boletín Oficial.</p><p>No hay cambios respecto de la fecha en que los agentes de retención tiene tiempo de cumplir su obligación de realizar la liquidación anual del gravamen, que es el 31 de julio, inclusive.</p><p>“No se prorroga el límite para que el empleador haga la liquidación anual, es decir que, si hay un empleado que lo presenta el 15 de junio, el empleador igual tiene que hacer la liquidación anual hasta el 31 de julio. Es decir, que tiene menos tiempo para hacer esas liquidaciones”, afirmó el tributarista Sebastián Dominguez.</p>La Agencia Federal de Ingresos Públicos (AFIP) extendió por cuarta vez el plazo para que los trabajadores<p>“Recordamos que, a través del Formulario F572Web, se informan: cargas de familia, sueldos liquidados por otros empleadores, deducciones, desgravaciones, retenciones, precepciones, pagos a cuenta y otros beneficios”, agregó.</p><p>En sus considerandos, la resolución precisa: Que los beneficiarios de las aludidas rentas se encuentran obligados a informar anualmente al agente de retención, mediante transferencia electrónica de datos del formulario de declaración jurada F. 572 Web, a través del servicio ‘Sistema de Registro y Actualización de Deducciones del Impuesto a las Ganancias (SiRADIG) - TRABAJADOR’ disponible en el sitio web de esta Administración Federal, los datos previstos en los artículos 7° y 11 de las normas citadas en los párrafos precedentes, respectivamente.</p><p>“Que el Poder Ejecutivo Nacional puso a consideración del Honorable Congreso de la Nación un proyecto normativo enviado mediante Mensaje (PEN) N° 20/24 cuyas previsiones impactan en la liquidación del impuesto a las ganancias correspondiente al período fiscal 2023. Que dicho proyecto se encuentra, al día de la fecha, en trámite ante dicho Órgano Legislativo, registrado con el número 0002-CD-2024, tal como consta en el sitio web. Que, en ese contexto, este Organismo implementó medidas acordes con los plazos parlamentarios para el dictado de las leyes, considerando, a su vez, su impacto en la liquidación anual del mencionado tributo”, agrega.</p><p>“Dada la demora del Congreso en sancionar el paquete fiscal, sería razonable que los vencimientos generales para el impuesto a las ganancias y bienes personales se prorroguen a mediados del mes de septiembre de 2024 y el plazo para que los empleadores realicen las liquidaciones anuales se prorrogue a mediados del mes de agosto de 2024″, analizó Domínguez.</p><p>Se trata de la cuarta vez que se postergan las presentaciones. La última prórroga extendía el plazo hasta el 30 de junio. Sin embargo, ahora el Gobierno esperará que la Cámara de Diputados decida este jueves si volverá o no a reestablecer el impuesto para los trabajadores de la cuarta categoría como se propone en el paquete fiscal, lo cual había sido rechazado en el Senado por 41 votos en contra contra 31 a favor.</p><p>Este es uno de los capítulos más debatido entre los legisladores: la restitución es rechazada de forma enfática por los gobernadores patagónicos debido a que quedarían alcanzados gran parte de sus trabajadores, algunos diputados dialoguistas de provincias gobernadas por el peronismo manifestaron algunos reparos porque entienden que “pagarán el costo político” y los gobernadores de Juntos por el Cambio buscan que se insista con la versión del proyecto que salió de Diputados.</p><p>“Los empleados en relación de dependencia anualmente deben presentar un formulario donde declaran la totalidad de las deducciones que corresponde descontar en la liquidación anual del impuesto a las Ganancias que realizan los empleadores (por ejemplo, gastos médicos, salarios pagados al personal de casas particulares). Esta nueva prórroga se realiza en beneficio de los trabajadores, ya que el paquete fiscal (Medidas Fiscales Paliativas y Relevantes) que se encuentra en trámite parlamentario, introduce una serie de beneficios que resultan aplicables a la liquidación del impuesto a las ganancias del año pasado”, explicó la AFIP a través de un comunicado.</p><p>“Vale recordar que durante el 2023 se dictaron dos decretos que redujeron el impuesto a las ganancias de los trabajadores, pero estos decretos debían ser validados por el Honorable Congreso de la Nación a efectos de que adquieran fuerza de ley. En ese contexto, las percepciones que los trabajadores tengan a su favor por gastos realizados en el exterior, también deberán computarse. La modificación expuesta se realiza con el único objetivo de favorecer a los trabajadores. De otra manera, los empleados en relación de dependencia deberían abonar el impuesto que no fue cobrado el año pasado”, agregó el organismo.</p>Cómo presentar las deducciones<p>Ingresá con tu CUIT/CUIL/CDI y tu clave fiscal a la página web de AFIP</p><p>Buscar el servicio “Ganancias Personas Humanas - Portal integrado”</p><p>En la opción “Ganancias Personas Humanas” se debe presionar “Declarar”</p><p>Ir a la opción “Mi declaración jurada” y hacer clic en “Comenzar”</p><p>Una vez completado el formulario clickear la opción “Presentar”</p><p>Resolución General 5519/2024 by El Litoral</p>]]>
                </content>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/bKvLhITsDPA5WcpV4XKOxWRTHMY=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2024/06/afip_1.webp" class="type:primaryImage" /></figure>Se postergó la fecha para presentar el formulario Siradig correspondiente al año pasado mientras se trata el Paquete Fiscal en Diputados.]]>
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                                <category term="nacionales" label="Nacionales" />
                <updated>2024-06-27T12:46:18+00:00</updated>
                <published>2024-06-27T12:44:17+00:00</published>
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        <title>
            La AFIP extendió el plazo para presentar declaraciones juradas de Impuestos a las Ganancias y Bienes Personales
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                <![CDATA[Redacción Sur24]]>
            </name>
        </author>
        
                                <content type="html" xml:base="https://www.sur24.com.ar/noticias/la-afip-extendio-el-plazo-para-presentar-declaraciones-juradas-de-impuestos-a-las-ganancias-y-bienes-personales">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/XUcfdQjl2ySVqd_2josCpEEl3AE=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2024/06/afip.webp" class="type:primaryImage" /></figure><p>La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) extendió los vencimientos para la presentación de las declaraciones juradas del Impuestos a las Ganancias y a los Bienes Personales correspondientes al período fiscal 2023, de acuerdo a la terminación de CUIT.</p><p>Las nuevas fechas limites para abonar y presentar los tributos serán el 26, 27 y 28 de agosto, de acuerdo a la terminación del CUIT de cada contribuyente, según la resolución 5516 publicada este viernes en el Boletín Oficial. El plazo era hasta el 13 de junio.</p><p>Según precisó la AFIP, están obligados a pagar y presentar el impuesto a los Bienes Personales aquellos que posean bienes gravados que superen al 31 de diciembre de 2023 el importe de $27.377.408 En ese sentido, la vivienda única y de uso permanente (casa habitación) se computará si supera los $136.887.041.</p><p>La extensión de los vencimientos llegó pese al pedido que elevó a la AFIP, la Federación Argentina de Graduados en Ciencias Económicas (FAGCE) para que se postergaran las fechas de Ganancias y Bienes Personales.</p>Cuándo vence la presentación del Impuesto a las Ganancias y Bienes Personales<p>El plazo para presentar el Impuesto a las Ganancias y Bienes Personales del período fiscal 2023 varía de acuerdo con la terminación de la CUIT de cada contribuyente. Las nuevas fechas límites son las siguientes.</p><p>Terminación CUIT 0, 1, 2 y 3: lunes 26 de agosto, inclusive</p><p>Terminación CUIT 4, 5 y 6: martes 27 de agosto, inclusive</p><p>Terminación CUIT 7, 8 y 9: miércoles 28 de agosto, inclusive</p><p>Una vez realizada la presentación de la declaración jurada, el impuesto debe pagarse el día hábil siguiente según el CUIT. En este caso, las fechas son 29, 30 y 31 de agosto, respectivamente.</p>Cuándo vence el impuesto cedular o a la renta financiera<p>El impuesto cedular, más conocido como gravamen a la renta financiera se presenta de manera anual. Se aplica sobre ingresos financieros generados durante el período.</p><p>Terminación CUIT 0, 1, 2 y 3: lunes 26 de agosto, inclusive</p><p>Terminación CUIT 4, 5 y 6: martes 27 de agosto, inclusive</p><p>Terminación CUIT 7, 8 y 9: miércoles 28 de agosto, inclusive</p><p>Una vez realizada la declaración jurada del Impuesto Cedular, el impuesto debe pagarse el día hábil siguiente según el CUIT. En este caso, las fechas son 29, 30 y 31 de agosto, respectivamente.</p><p>Cómo presentar la declaración jurada de Ganancias, Bienes Personales e Impuesto Cedular</p><p>En el caso de Impuesto a las Ganancias y del Impuesto Cedular se realizan:</p><p>A través del servicio con clave fiscal “Ganancias Personas Humanas – Portal integrado”.</p><p>Mientras que el Impuesto sobre los Bienes Personales, la presentación se realiza:</p><p>Mediante el servicio web con clave fiscal “Bienes Personales Web”.</p>]]>
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                                                <summary type="html">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/XUcfdQjl2ySVqd_2josCpEEl3AE=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2024/06/afip.webp" class="type:primaryImage" /></figure>El plazo para presentarla varía de acuerdo con la terminación de la CUIT de cada contribuyente.]]>
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                                <category term="nacionales" label="Nacionales" />
                <updated>2024-06-07T12:11:22+00:00</updated>
                <published>2024-06-07T12:10:47+00:00</published>
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        <title>
            La Corte falló en contra de la AFIP y en favor de la empresa Vicentin
        </title>
        <link rel="alternate" href="https://www.sur24.com.ar/noticias/la-corte-fallo-en-contra-de-la-afip-y-en-favor-de-la-empresa-vicentin" type="text/html" title="La Corte falló en contra de la AFIP y en favor de la empresa Vicentin" />
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        <author>
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                <![CDATA[Ignacio Hintermeister]]>
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        </author>
        
                                <content type="html" xml:base="https://www.sur24.com.ar/noticias/la-corte-fallo-en-contra-de-la-afip-y-en-favor-de-la-empresa-vicentin">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/4dmOD2rnRj3fqTUctNLk1h9V8Dk=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2024/05/corte_suprema_de_justicia_de_la_nacion.webp" class="type:primaryImage" /></figure><p>La Corte Suprema de Justicia de la Nación falló en contra de la AFIP, que en 2007 había “recalculado” de oficio el impuesto a las Ganancias que debía pagar la firma Vicentin SAIC. Le había impuesto multas además de reclamarle el pago de un diferencial.</p><p>El Fisco entendió que la empresa había utilizado erróneamente la base de cálculo del gravamen, con relación a exportaciones de productos agrícolas a empresas independientes, residentes y no residentes en países de baja o nula tributación.</p><p>Por unanimidad, con las firmas de Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz, Juan Carlos Maqueda y Ricardo Lorenzetti, el Tribunal consideró que la interpretación de la Afip no se ajustaba a la ley de impuesto a las ganancias.</p><p>La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal, Sala II, ya había fallado a favor de la empresa, pero el organismo fiscal - representado por María Alejandra Repila, con el patrocinio letrado de Alberto Iraola- recurrió en queja a la Corte.</p><p>El monto que “de oficio” fijó la Afip fue, para el ejercicio 2001, de $ 476.334,03 en concepto de impuestos, $731.887.23 por intereses, y $952.668,06 por multa; y para el ejercicio 2002, de $14.898.848,43 (por ajuste de quebrantos). La Afip evaluó los contratos cuestionados a precios FOB fijados por la Secretaría de Agricultura Ganadería y Pesca del día de la operación respectiva, en el marco del régimen de productos agrícolas previsto en la ley 21.453.</p><p>La justicia interpretó, tanto en Cámara como en la Corte, que según la ley de impuesto a las Ganancias que regía al momento de los hechos, el Fisco no estaba autorizado para tomar como referencia esos precios de exportación al precio mayorista (de destino u origen), siempre y cuando el exportador pudiese demostrar que los precios pactados eran por libre competencia.</p><p>La Corte avaló la decisión de la Cámara, que en base a la prueba en el expediente, concluyó que las operaciones efectuadas se ajustaron a las condiciones normales de mercado. El máximo tribunal confirmó la sentencia de la Cámara y dejó sin efecto el ajuste fiscal</p>]]>
                </content>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/4dmOD2rnRj3fqTUctNLk1h9V8Dk=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2024/05/corte_suprema_de_justicia_de_la_nacion.webp" class="type:primaryImage" /></figure>El Fisco había aplicado una base imponible distinta -y multas- a la de la empresa para calcular Ganancias. La justicia desestimó lo actuado.]]>
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                                <category term="nacionales" label="Nacionales" />
                <updated>2024-05-28T21:59:40+00:00</updated>
                <published>2024-05-28T21:57:06+00:00</published>
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        <title>
            Las tarjetas de crédito presentaron una baja en su costo financiero
        </title>
        <link rel="alternate" href="https://www.sur24.com.ar/noticias/las-tarjetas-de-credito-presentaron-una-baja-en-su-costo-financiero" type="text/html" title="Las tarjetas de crédito presentaron una baja en su costo financiero" />
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        <author>
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                <![CDATA[Redacción Sur24]]>
            </name>
        </author>
        
                                <content type="html" xml:base="https://www.sur24.com.ar/noticias/las-tarjetas-de-credito-presentaron-una-baja-en-su-costo-financiero">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/woyUJmbunFMca2zcKaF8N96KSGM=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2024/05/tarjetas_de_credito.webp" class="type:primaryImage" /></figure><p>Los bancos comenzaron a bajar el costo de refinanciación de las tarjeta de crédito, que es una de las tasas más altas del sistema financiero y puede alcanzar más del 200%. La medida está en línea con la decisión del Banco Central de ir reduciendo la tasa de referencia, que desde la semana pasada quedó fijada en el 40% nominal anual.</p><p>También comenzaron a operar a la baja las tasas de los préstamos: se redujeron entre 18% y 58% desde diciembre hasta fines de abril, de acuerdo con datos oficiales. Ahora es el turno del costo de refinanciación del saldo de las tarjetas de crédito, que según fuentes del sector comenzó a bajar alrededor de 10%.</p><p>Existen límites normativos para el costo de refinanciación de tarjetas: aún continúa vigente el tope de 122% nominal anual que el Banco Central establece para los saldos impagos de hasta $200.000.</p><p>Para deudas mayores a ese importe, el límite al costo de refinanciamiento se vincula con la tasa de las líneas personales de cada institución, que equivale a la tasa de préstamos personales del mes anterior de cada banco multiplicada por 1,25.</p><p>En este contexto, el dato a tener en cuenta es que pagar el mínimo del resumen de la tarjeta de crédito es desaconsejable, ya que provoca que la deuda sea más abultada.</p>Tasas de la Afip<p>Por su parte la tasa de intereses resarcitorios por falta de pago en término de obligaciones impositivas, previsionales y aduaneras que aplica la AFIP, se reducirá del 12,07% al 6,41% mensual para el bimestre junio/julio 2024. Esta drástica disminución -del 46,89%- se debe a que el Banco Nación ha reducido la tasa activa efectiva mensual de descubiertos en cuenta corriente no solicitado previamente, utilizada como base para determinar la tasa de intereses resarcitorios.</p><p>Además, la tasa de intereses punitorios bajará del 13,93% al 7,39% mensual, es decir, un 46,95%. "A pesar de esta significativa baja, la tasa de intereses resarcitorios sigue siendo superior a la que puede obtener un contribuyente mediante una inversión financiera", consideró Sebastián Domínguez, CEO de SDC Asesores Tributarios.</p><p>Según su análisis, la baja busca evitar que algunos contribuyentes se financien con los impuestos y realicen inversiones financieras con mayor rendimiento, afectando las cuentas públicas. En el caso de micro, pequeñas y medianas empresas, pequeños contribuyentes y entidades sin fines de lucro existen planes de pago con reducciones de la tasa de intereses resarcitorios en un 40% y 50%.</p><p>En esos casos, podría llegar a suceder que el rendimiento financiero de inversiones sea similar o un poco superior a la tasa de intereses resarcitorios. Además, es una asignatura pendiente que el Ministerio de Economía fije la misma tasa de interés para las devoluciones, acciones de repetición, entre otras que interponen los contribuyentes, evaluó Domínguez.</p><p>Y aseguró que "no es justo que la AFIP cobre una tasa cuando el contribuyente se atrasa en el pago de sus obligaciones y no pague la misma tasa cuando se demora (y en muchos casos sin razones) en efectuar las devoluciones".</p>Venta de medicamentos en caída<p>Los medicamentos de venta libre registraron una baja del 35% entre diciembre y abril, mientras que los recetados cayeron 20% en el mismo período, según estadísticas del Sindicato Argentino de Farmacéuticos y Bioquímicos. También entre esos meses los precios de los remedios se dispararon 157%, muy por encima de la inflación, que para ese lapso de tiempo fue del 80%.</p><p>El secretario general del gremio, Marcelo Peretta, cuestionó la política del Gobierno con relación a los medicamentos, por entender que se "favorece la remarcación descontrolada de los laboratorios en detrimento de la población". "En esto, el Gobierno está favoreciendo a los laboratorios al autorizar esas subas, mientras que a las prepagas les pone límites", sostuvo el dirigente.</p><p>Peretta explicó que "el beneficio a la industria de los medicamentos viene por dos lados: la autorización a subir los precios y la luz verde para pasar a venta libre lo que hasta ahora era bajo receta". "Mientras autoriza estas cosas se pone en guerra contra las prepagas, que tienen un 40% de sus prestaciones concentrado en el rubro medicamentos", se quejó el sindicalista, según publicó Diario Popular.</p><p>Además, puntualizó: "Tenemos entre un 18 y 20% de recetas caídas, que es lo que ocurre cuando el paciente viene a la farmacia y se entera de que no puede pagar el remedio. Esto significa lisa y llanamente que el enfermo deja de tratar su dolencia, algo que en el corto y mediano plazo puede originar una crisis sanitaria".</p><p>También señaló que el gasto en remedios, que antes de diciembre representaba el 20% del ingreso de los trabajadores activos y el 40 % de los pasivos, ahora pasó a ser 28% y 50%, respectivamente. "En el caso de los jubilados, si bien es cierto que PAMI solventa el precio de muchos remedios, hay muchos que no los cubre y eso posibilita la lamentable y reiterada escena que debemos presenciar en las farmacias cuando una persona se retira sin haber podido comprar su medicamento", enfatizó.</p>]]>
                </content>
                                                <summary type="html">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/woyUJmbunFMca2zcKaF8N96KSGM=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2024/05/tarjetas_de_credito.webp" class="type:primaryImage" /></figure>Pagar el mínimo de los vencimientos sigue siendo una alternativa cara. La Afip también retrocedió con sus punitorios, pero no es negocio dejar de pagar para hacer un plazo fijo.]]>
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                                <category term="nacionales" label="Nacionales" />
                <updated>2024-05-20T23:23:14+00:00</updated>
                <published>2024-05-20T23:20:10+00:00</published>
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        <title>
            Subasta online de parte de la flota de vehículos de la AFIP
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        <link rel="alternate" href="https://www.sur24.com.ar/noticias/subasta-online-de-parte-de-la-flota-de-vehiculos-de-la-afip" type="text/html" title="Subasta online de parte de la flota de vehículos de la AFIP" />
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                <![CDATA[Redacción Sur24]]>
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        </author>
        
                                <content type="html" xml:base="https://www.sur24.com.ar/noticias/subasta-online-de-parte-de-la-flota-de-vehiculos-de-la-afip">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/pnjpDXDJpVsjm6d1dKPFJSHV9Tc=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2024/05/subasta.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) subastará 47 vehículos en desuso con el objetivo de reducir gastos operativos y de mantenimiento de unidades desactualizadas y recortar gastos asociados tales como patentes y seguros.</p><p>Similar medida tomó a la que tomó Martin Menem en la Cámara de Diputados hace un mes cuando subastó de 46 unidades de la flota de autos oficiales.</p>Los valores van desde los $500.000 hasta los $4.000.000.<p>La medida, explicaron desde el organismo recaudador, “se enfoca en llevar adelante el fortalecimiento institucional y la utilización eficiente de los recursos” y la participación está destinada a toda la comunidad exceptuando a los empleados de la AFIP.</p><p>Las unidades fueron adquiridas por la AFIP desde 0km, pero por antigüedad o por obsolescencia en su función han sido desestimadas de su uso. Los vehículos se encuentran en condición de ser transferidos a sus compradores en forma inmediata, sin deudas.</p><p>La subasta se realizará el próximo miércoles 29 de mayo en forma online, a través del sitio web del Banco de la Ciudad de Buenos Aires (http://subastas.bancociudad.com.ar) y consistirá en el remate de vehículos tipo furgón, pick up y sedán que formaron parte de la flota del organismo y fueron desafectados de su servicio recientemente.</p><p>Los vehículos se podrán ver los días 21 y 23 de mayo de 12 a 16 horas en el depósito de AFIP, ubicado en Zepita 3102, en el barrio de Barracas, en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Los interesados deberán presentarse con DNI para acreditar identidad.</p><p>Las bases de los lotes a subastar oscilan desde los 500.000 pesos hasta los 4.000.000 pesos, dependiendo de cada modelo.</p>]]>
                </content>
                                                <summary type="html">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/pnjpDXDJpVsjm6d1dKPFJSHV9Tc=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2024/05/subasta.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>Similar medida llevó a cabo la Cámara de Diputados el mes pasado. Serán 47 unidades entre vehículos tipo furgón, pick up y sedán.]]>
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                                <category term="nacionales" label="Nacionales" />
                <updated>2024-05-11T02:43:28+00:00</updated>
                <published>2024-05-11T02:40:38+00:00</published>
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            Extendieron el plazo para la presentación de las deducciones de Ganancias
        </title>
        <link rel="alternate" href="https://www.sur24.com.ar/noticias/extendieron-el-plazo-para-la-presentacion-de-las-deducciones-de-ganancias" type="text/html" title="Extendieron el plazo para la presentación de las deducciones de Ganancias" />
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        <author>
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                <![CDATA[Sur24]]>
            </name>
        </author>
        
                                <content type="html" xml:base="https://www.sur24.com.ar/noticias/extendieron-el-plazo-para-la-presentacion-de-las-deducciones-de-ganancias">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/LlXi27D87mE2xfVC6VfBPOSzzAU=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2024/04/impuesto_a_las_ganancias_afip.webp" class="type:primaryImage" /></figure><p>La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) extendió el plazo para que los trabajadores en relación de dependencia informen a sus empleadores las deducciones anuales del Impuesto a las Ganancias de 2023. La nueva fecha límite para presentar el trámite se fijó para el 31 de mayo.</p><p>La medida fue oficializada el lunes mediante la resolución 5507, publicada en el Boletín Oficial. Los empleadores tendrán tiempo hasta el 28 de junio para realizar la liquidación anual y la devolución del impuesto retenido en exceso se efectuará hasta el 10 de julio de 2024. El plazo original para completar la declaración Siradig era hasta el 31 de marzo. Pero unos días antes de esa fecha, el Gobierno lo prorrogó hasta el 30 de abril.</p>Hasta cuándo se puede presentar las deducciones de 2023<p>A través de la resolución 5507, la AFIP extendió el plazo para que los trabajadores informen a sus empleadores las deducciones anuales del Impuesto a las Ganancias del 2023. La nueva fecha límite para presentar el trámite es el viernes 31 de mayo.</p><p>En tanto, los empleadores deberán realizar la liquidación anual antes del 28 de junio y la devolución del impuesto retenido en exceso se debe efectuar previo al 10 de julio de 2024.</p><p>Así, al retrasarse la liquidación definitiva del tributo por los ingresos de 2023, se sigue demora la devolución de las percepciones, en las operaciones de compra de dólar en el mercado oficial, y de adquisición de bienes y servicios en el exterior o en moneda extranjera.</p>Cómo informar las deducciones de Ganancias 2023<p>Los trabajadores registrados deben completar el formulario 572 del Sistema de Registro y Actualización de Deducciones del Impuesto a las Ganancias (SIRADIG), a través de la página de AFIP. Se debe contar con CUIT y clave fiscal. El paso a paso:</p><p>&nbsp;</p><p>El trabajador en relación de dependencia debe ingresar al sitio de la AFIP, con número de CUIL/CUIT y clave fiscal;</p><p>Tiene que entrar al servicio SIRADIG/Trabajador;</p><p>Se abrirá el formulario 572, donde el sistema mostrará los períodos fiscales disponibles;</p><p>Seleccionar 2023 en el menú desplegable;</p><p>Se abrirá un nuevo borrador para confeccionar la declaración jurada;</p><p>Si tiene cargas de familia (hijos menores de 18 años y/o cónyuge), debe confirmar los datos;</p><p>También puede cargar otras deducciones por gastos que se hayan tenido durante el mes como: servicios médicos; intereses de préstamos hipotecarios; alquiler de vivienda permanente, seguros de vida; personal de casas particulares.</p><p>Resolución General 5507/2024 by El Litoral</p>]]>
                </content>
                                                <summary type="html">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/LlXi27D87mE2xfVC6VfBPOSzzAU=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2024/04/impuesto_a_las_ganancias_afip.webp" class="type:primaryImage" /></figure>El organismo recaudador prorrogó hasta el 31 de mayo la presentación del formulario por el año pasado.]]>
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                                <category term="nacionales" label="Nacionales" />
                <updated>2024-04-30T14:08:32+00:00</updated>
                <published>2024-04-30T14:09:01+00:00</published>
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        <title>
            Frigoríficos celebran la desburocratización, pero el contexto es complicado
        </title>
        <link rel="alternate" href="https://www.sur24.com.ar/noticias/frigorificos-celebran-la-desburocratizacion-pero-el-contexto-es-complicado" type="text/html" title="Frigoríficos celebran la desburocratización, pero el contexto es complicado" />
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        <author>
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                <![CDATA[Redacción Sur24]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/8J5epY4__Yp-VitRuQqePqj_J6w=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2024/04/frigorificos.webp" class="type:primaryImage" /></figure><p>(Por Juan Manuel Fernández) - La decisión del gobierno nacional de eliminar la obligatoriedad para los frigoríficos de informar a la Secretaría de Bioeconomía el precio de compra de la hacienda fue recibida "con buenos ojos" por las empresas santafesinas, dijo en diálogo con Campolitoral el gerente de la Cámara de Frigoríficos de Santa Fe (Cafrisa), Sebastián Bendayán.</p><p>"Es algo que veníamos solicitando", dijo el ejecutivo, tras la publicación en el Boletín Oficial de la Resolución 8/2014 que derogó varias normativas (resoluciones 1154/2006, 1486/2006, 2296/2007 y parte del anexo de la resolución 1011/2007) que habían sido instrumentadas durante la presidencia de Néstor Kirchner y obligaban a las empresas a informar diariamente el precio de las operaciones comerciales.</p><p>"Había una duplicidad de carga de datos", explicó Bendayán, ya que la misma información debía ser suministrada a la AFIP. Al respecto, relató que habían planteado la situación ante los nuevos funcionarios del gobierno nacional. "Ellos se comprometieron a analizar todos los digestos normativos y ver qué norma es de utilidad para poder analizar después los datos y hacer los relevamientos correspondientes".</p><p>"Hay muchas resoluciones muy viejas que deberían ser eliminadas, así que lo vemos con buenos ojos", sostuvo. Y consideró que es el resultado de un trabajo conjunto de las entidades con el Estado: "sobre todo para que no haya duplicidad de trabajo, de carga administrativa y demás, así que para nosotros es una buena medida y un principio de acuerdo de empezar a modernizar la actividad".</p><p>De todas formas, el ejecutivo advirtió que quedan pendientes de resolver otros reclamos. Por ejemplo "los sellos en las medias reses y muchos libros que se tenían que llevar en formato papel, que se han anulado, pero algunos siguen existiendo".</p><p>Por otra parte, Bendayán alertó sobre el complicado momento económico que atraviesan las empresas frigoríficas a causa de un mercado doméstico deprimido por la caída del poder adquisitivo y bajos precios en el mercado internacional. "Por esta cuestión de oferta y demanda", indicó que el precio de la carne bovina se mantiene sin cambios en góndola, incluso con algunas bajas. Al respecto sostuvo que muchos frigoríficos compraron hacienda a precios altos, a lo que se les sumó el elevado costo de mantener la mercadería en cámara. "Al ser un artículo perecedero, incluso hay que liberar cámaras y venderlo debajo del valor".</p><p>El gerente de Cafrisa dijo que "la situación es compleja", con plantas que "unifican faena" y dejan de trabajar un día a la semana "por los altos costos fijos que esto implica". Y concluyó: "esperemos que se normalice, tanto para consumo interno como para exportación porque los valores no son competitivos".</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/8J5epY4__Yp-VitRuQqePqj_J6w=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2024/04/frigorificos.webp" class="type:primaryImage" /></figure>Una resolución de Bioeconomía derogó la obligatoriedad de informar a diario los precios de la operatoria comercial. Desde la Cámara de Frigoríficos de Santa Fe lo ven "con buenos ojos". Sin embargo, los malos precios internacionales y el poder adquisitivo del mercado interno deprimido complican la ecuación económica de las empresas.]]>
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                                <category term="campo" label="Campo" />
                <updated>2024-04-24T15:51:39+00:00</updated>
                <published>2024-04-24T15:49:37+00:00</published>
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            Nación vuelve a poner en agenda el impuesto a las Ganancias
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        <link rel="alternate" href="https://www.sur24.com.ar/noticias/nacion-vuelve-a-poner-en-agenda-el-impuesto-a-las-ganancias" type="text/html" title="Nación vuelve a poner en agenda el impuesto a las Ganancias" />
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                <![CDATA[Redacción Sur24]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/3gBkNJvYUeBfQ3dEnZdOPNP7P-4=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2024/04/afip.webp" class="type:primaryImage" /></figure><p>Por César Rodríguez</p><p>El ministro del Interior, Guillermo Francos, ratificó este lunes el interés por parte del Gobierno de restituir el pago de la cuarta categoría del Impuesto a las Ganancias y estimó que el piso mínimo rondaría los $1.200.000.</p><p>El funcionario reconoció que desde la administración de Javier Milei se planea incluir el tema dentro del paquete fiscal de la Ley Bases. A su vez, indicó que se podría aplicar un retroactivo sobre el último trimestre de 2023, como así también sobre los primeros meses del 2024.</p><p>"El tema está dentro de la ley y las escalas son diferentes -por supuesto- a las que estaban vigentes en noviembre para arriba obviamente", dijo en declaraciones radiales.</p><p>Respecto del mínimo no imponible, aseguró que el ministro de Economía, Luis Caputo, está evaluando de cuánto será, aunque sin dar números exactos, reveló que podría ser de $1.200.000.</p>¿Retroactivo?<p>“Lo que hizo por decreto el gobierno nacional (la gestión pasada) fue dictar una norma por la que no se hacían las retenciones de la cuarta categoría. Cuando se sanciona la ley se exime de ese impuesto a partir de enero de 2024, quedó el último trimestre de 2023 donde está la obligación de pagar Ganancias aunque no se hizo la retención”, expresó Francos.</p><p>Y agregó: “Hay que corregirlo porque hay que dejar afuera a ese cuarto trimestre de 2023 que sino generaba una obligación de pagarlo".</p><p>"Es un impuesto anual, con lo cual cuando salga la ley, si no se elimina ese primer trimestre, tiene que pagarse", aclaró.</p>El ministro del Interior, brindó un reportaje este lunes y dejó varias definiciones políticas y económicas. Crédito: Reuters.Bases al Congreso, otra vez<p>En simultáneo, el funcionario que está encargado de avanzar en los acuerdos con los gobernadores para llegar a la aprobación de la llamada ley ómnibus y reveló que, a pesar de las “versiones erróneas que cofunden”, las reuniones “han avanzando y seguramente la Ley Bases se va a tratar en el Congreso hacia finales de este mes”.</p><p>“La idea es que la Ley Bases y la reformas tributarias que se van a enviar sean el primer paso hacia el Pacto de Mayo que propuso el Presidente”, subrayó Francos.</p><p>En ese sentido, el ministro contó que el Gobierno trabaja en la posibilidad de incorporar capítulos de la reforma laboral en el megaproyecto para posibilitar el ingreso de capitales.</p><p>“Uno de los temas más complejos es la regulación laboral obsoleta y que no genera el ánimo de muchos inversores de traer capitales al país. Algunos sugerían que varios aspectos contemplados en el DNU fueran tratados en una ley”, señaló Francos.</p><p>El ministro de Economía, Luis Caputo. Crédito: Reuters.</p><p>Caputo y los impuestos</p><p>Por otra parte, Caputo dijo que la Argentina podría llegar a estar en condiciones para bajar los impuestos "antes de lo esperado".</p><p>El ministro de Economía contestó una serie de consultas en en redes sociales este domingo de Pascuas, y al responderle la pregunta a un usuario dijo que los impuestos irán bajando "cuando tengamos superávit fiscal".</p><p>El intercambio se dio como respuesta a un posteo del titular de la cartera económica en X, donde celebró la decisión de una empresa argentina por reducir sus precios un 10%.</p><p>En febrero el superávit financiero fue de $1,2 billones. La reducción del gasto público, principalmente por la eliminación de la obra pública y las transferencias discrecionales a las provincias, es hasta ahora la principal responsable.</p><p>La caída en los recursos para las provincias llegó a su nivel más bajo en 9 años, y en medio de los acuerdos con los gobernadores, el Ejecutivo prevé que la aceleración del ajuste para llegar al innegociable "déficit cero".</p><p>"Falta, pero podemos llegar a ese punto antes de lo esperado", consideró el ministro.</p><p lang="es" dir="ltr">Toto, se sabe cuando van a empezar a bajar/eliminar los impuestos?</p>— El doma (@JonathanLanzini) March 31, 2024 ]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/3gBkNJvYUeBfQ3dEnZdOPNP7P-4=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2024/04/afip.webp" class="type:primaryImage" /></figure>El ministro del Interior ratificó el interés por volver a implementar el pago del tributo en la cuarta categoría.]]>
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                                <category term="nacionales" label="Nacionales" />
                <updated>2024-04-01T21:51:42+00:00</updated>
                <published>2024-04-01T21:50:08+00:00</published>
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            CAME celebra la rebaja de las tasas de interés para las MiPymes
        </title>
        <link rel="alternate" href="https://www.sur24.com.ar/noticias/came-celebra-la-rebaja-de-las-tasas-de-interes-para-las-mipymes" type="text/html" title="CAME celebra la rebaja de las tasas de interés para las MiPymes" />
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                <![CDATA[Redacción Sur24]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/XgBxB8ecmoqAi3k3q1mXCSakYaU=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2024/01/came_1.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>La Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME) celebra la Resolución General 5481/24 de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) que dispuso una rebaja de las tasas de financiación para los planes permanentes con el organismo recaudador.</p><p>“La semana pasada le manifestamos al ministro Luis Caputo la necesidad de contemplar alguna diferenciación para las micro, pequeñas y medianas empresas. Los incumplimientos en que incurren las MiPymes son por la imposibilidad de enfrentar los pagos. En ningún caso se trata de una especulación respecto de la tasa de mercado”, dijo el presidente de CAME, Alfredo González.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/XgBxB8ecmoqAi3k3q1mXCSakYaU=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2024/01/came_1.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>La decisión se implementó luego de la solicitud de la gremial empresaria al Ministerio de Economía.]]>
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                                <category term="nacionales" label="Nacionales" />
                <updated>2024-01-30T16:06:59+00:00</updated>
                <published>2024-01-30T16:05:53+00:00</published>
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            AFIP amplió el plazo para la recategorización del monotributo: ¿hasta cuándo hay tiempo?
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/iJs0gvRUlYLfFWe1z6aygMi0Y3E=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2024/01/monotributo_1.webp" class="type:primaryImage" /></figure><p>La Administradora Federal de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) decidió extender el plazo para la recategorización semestral de pequeños contribuyentes. La Resolución General N° 4.309, sus modificatorias y complementarias, que establecía originalmente los requisitos y condiciones del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS), fue modificada para permitir que los contribuyentes cumplan con esta obligación hasta el 5 de febrero de 2024.</p><p>El artículo 20 de la mencionada resolución general establecía inicialmente que la recategorización semestral debía realizarse hasta el día 20 de los meses de julio y enero, con referencia a cada semestre concluido en junio y diciembre, respectivamente. Sin embargo, atendiendo a razones de administración tributaria y en consonancia con las peticiones de entidades profesionales, se decidió extender este plazo en particular para la recategorización correspondiente al semestre julio/diciembre de 2023.</p>Atendiendo a razones de administración tributaria y en consonancia con las peticiones de entidades profesionales, se decidió extender el plazoModificaciones<p>Esta modificación implica que los contribuyentes tienen hasta el 5 de febrero de 2024 para llevar a cabo la recategorización, un plazo adicional que permitirá una planificación más adecuada y evitará posibles inconvenientes para aquellos que necesiten ajustar su categoría en el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes.</p><p>Es importante destacar que las obligaciones de pago resultantes de esta recategorización tendrán efectos para el período comprendido entre el 1 de febrero de 2024 y el 31 de julio de 2024. Esto significa que, a partir de febrero, los contribuyentes verán reflejados los cambios en sus obligaciones fiscales de acuerdo con la nueva categorización que realicen hasta la fecha límite establecida.</p><p>&nbsp;</p>A partir de febrero, los contribuyentes verán reflejados los cambios en sus obligaciones fiscales. Créditos: Pablo Aguirre<p>La AFIP, al tomar esta decisión, tuvo en cuenta no solo la necesidad de brindar flexibilidad a los contribuyentes, sino también de garantizar una adecuada administración tributaria. La participación activa de las entidades representativas de profesionales en ciencias económicas en este proceso refleja la importancia de la colaboración entre el sector público y privado para lograr soluciones que beneficien a ambas partes.</p><p>Recategorización del monotr... by El Litoral</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/iJs0gvRUlYLfFWe1z6aygMi0Y3E=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2024/01/monotributo_1.webp" class="type:primaryImage" /></figure>La medida busca facilitar el cumplimiento de obligaciones tributarias, brindando a los contribuyentes un tiempo adicional.]]>
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                                <category term="nacionales" label="Nacionales" />
                <updated>2024-01-22T13:46:23+00:00</updated>
                <published>2024-01-22T13:46:06+00:00</published>
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            Ezeiza: sorprenden a un ciudadano japonés con lingotes de platino y monedas
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        <link rel="alternate" href="https://www.sur24.com.ar/noticias/ezeiza-sorprenden-a-un-ciudadano-japones-con-lingotes-de-platino-y-monedas" type="text/html" title="Ezeiza: sorprenden a un ciudadano japonés con lingotes de platino y monedas" />
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/hTGVUBn8-9ZI5EIdMIBiqYi6mKY=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2024/01/monedas_contrabando.webp" class="type:primaryImage" /></figure><p>Un ciudadano japonés que llegó al Aeropuerto Internacional de Ezeiza desde Abu Dabi, Emiratos Árabes Unidos, fue descubierto por la Aduana al ingresar al país con monedas, lingotes de platino, monedas de colección y detectores de radiación.</p><p>Esta maniobra fue considerada como una transgresión al Régimen de Equipaje, y los artículos valuados en $114 millones fueron secuestrados, con la posibilidad de enfrentar una multa superior a los $342 millones de pesos.</p><p>La Dirección General de Aduanas llevó a cabo el proceso de control cuando los agentes del organismo realizaron preguntas habituales al ciudadano japonés.</p><p>Inicialmente, el pasajero mencionó tener algunas monedas, pero al pasar su equipaje por el escáner, el personal de la Aduana notó que la carga era mucho más extensa de lo que el hombre había indicado. Las imágenes reveladas por el escáner mostraron una gran cantidad de pequeños bultos.</p>Las monedas secuestradas. Crédito: Aduana.<p>Ante esta situación, el equipo de verificación decidió realizar una inspección exhaustiva de las valijas, descubriendo 327 lingotes de platino, 18 monedas de platino, tres monedas doradas de colección de considerable valor histórico y patrimonial, y cinco detectores de radiación nuevos.</p><p>La transgresión al artículo 977 del Código Aduanero llevó al secuestro de la totalidad de la mercadería, valuada en $114.059.961. La multa por esta infracción podría superar los $342.000.000.</p>&nbsp;<p>&nbsp;</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/hTGVUBn8-9ZI5EIdMIBiqYi6mKY=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2024/01/monedas_contrabando.webp" class="type:primaryImage" /></figure>El escáner reveló que la carga era mucho más extensa de lo declarado. Los artículos están valuados en más de $114 millones.]]>
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                                <category term="nacionales" label="Nacionales" />
                <updated>2024-01-20T15:48:58+00:00</updated>
                <published>2024-01-20T15:48:43+00:00</published>
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            Monotributo: prorrogaron hasta el 5 de febrero el plazo para recategorizaciones
        </title>
        <link rel="alternate" href="https://www.sur24.com.ar/noticias/monotributo-prorrogaron-hasta-el-5-de-febrero-el-plazo-para-recategorizaciones" type="text/html" title="Monotributo: prorrogaron hasta el 5 de febrero el plazo para recategorizaciones" />
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                <![CDATA[Redacción Sur24]]>
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                                <content type="html" xml:base="https://www.sur24.com.ar/noticias/monotributo-prorrogaron-hasta-el-5-de-febrero-el-plazo-para-recategorizaciones">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/3Vo_9qHl3YH84AKK_VTsxQFeJJo=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2024/01/monotributo.webp" class="type:primaryImage" /></figure><p>La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) decidió extender hasta el 5 de febrero el plazo para la recategorización del monotributo, correspondiente al semestre julio-diciembre de 2023.</p><p>La RG 5480 será publicada el lunes 22 de enero en el Boletín Oficial. La recategorización abarca el período correspondiente al semestre julio-diciembre de 2023.</p><p>La prórroga del vencimiento responde a razones de administración tributaria, las necesidades de los contribuyentes y las peticiones efectuadas por las entidades representativas de los profesionales en ciencias económicas.</p><p>Tendrán que recategorizarse los contribuyentes cuyos ingresos hayan sido superiores o inferiores a los de la categoría vigente.</p><p>Para ello, deberán ingresar a monotributo.afip.gob.ar con CUIT y clave fiscal.</p><p>Los monotributistas que mantengan la misma categoría no deberán efectuar ninguna acción.</p><p>A su vez, si transcurrieron menos de 6 meses desde la inscripción en el monotributo, no corresponde la recategorización.</p>¿Cómo es el procedimiento?<p>Hay que ingresar al portal Monotributo con CUIT y clave fiscal. Y luego:</p>Seleccionar la opción “recategorizarme” y automáticamente el sistema informará la categoría actual y los topes de cada parámetro.Seleccionar “continuar recategorización”. Luego, ingresar información sobre el monto facturado en los últimos 12 meses.Con estos datos el sistema determina la nueva categoría correspondiente, que se debe confirmar en la opción “confirmar categoría”.Imprimir la nueva credencial.Parámetros<p>Desde el 1 de enero subieron 110% las cuotas mensuales y los parámetros de facturación de los monotributistas.</p><p>El aumento siguió los parámetros de la suba de la movilidad previsional que durante 2023 arrojó ese porcentaje, muy por debajo de la inflación que fue del 211%.</p><p>Por ejemplo, un monotributista de la categoría E (servicios) pasó de pagar una cuota de $ 12.776,61 a $ 26.945,972. Pero si debe subir de categoría, la cuota ascendería a $ 33.137.45, un salto del 159,36%.</p><p>Para estar en la categoría más baja, la A, la facturación tiene que ser inferior a $ 2.108.288, mientras que los ingresos de la categoría más alta (la K) suben a $ 16.957.968.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/3Vo_9qHl3YH84AKK_VTsxQFeJJo=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://sur24cdn.eleco.com.ar/media/2024/01/monotributo.webp" class="type:primaryImage" /></figure>El organismo tributario atendió así un pedido formulado por cl Consejo de Ciencias Económicas que engloba a los contadores.]]>
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                <updated>2024-01-19T23:30:50+00:00</updated>
                <published>2024-01-19T23:29:46+00:00</published>
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